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Debate feminista

versión On-line ISSN 2594-066Xversión impresa ISSN 0188-9478

Debate fem. vol.69  Ciudad de México  2025  Epub 13-Mayo-2025

https://doi.org/10.22201/cieg.2594066xe.2025.69.2520 

Artículos

Los testimonios de las víctimas de violencia sexual del terrorismo de estado argentino como agencia subversiva

The Testimonies of the Victims of Sexual Violence of Argentine State Terrorism as Subversive Agency

Os Depoimentos das Vítimas da Violência Sexual do Terrorismo de Estado Argentino como Agenciamento Subversivo

*Instituto de Filosofía “Alejandro Korn”, Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad de Buenos Aires, Buenos Aires, Argentina. daniela@calandolapiedra.com


Resumen:

Los testimonios de víctimas de violencia sexual perpetrada por el terrorismo de Estado argentino enfrentan aún obstáculos para su reconocimiento. En este artículo sostengo que, desde un abordaje feminista interseccional y contextualizado, es posible alojar estas denuncias y comprender esta violencia como un disciplinamiento específico, político y de género. El tratamiento del género como categoría analítica y como performatividad (Scott, Butler) permite advertir, en este caso, la subversión de mandatos normativos como militantes ayer y como testigos de crímenes de lesa humanidad hoy. Analizando la injusticia epistémica (Fricker, Medina) y el empirismo inverso (Alcoff) que afecta a las denunciantes de violencia sexual, más aún en el contexto concentracionario, se presentan las múltiples dificultades para la percepción y la atribución de credibilidad a los relatos de las víctimas. Finalmente, se plantea que estos testimonios y memorias merecen inscribirse en lo que Ciriza denomina nuestras genealogías feministas situadas.

Palabras clave: Violencia sexual; Terrorismo de estado; Víctimas; Testimonio; Injusticia epistémica; Interseccionalidad

Abstract:

The testimonies of victims of the sexual violence perpetrated by Argentine state terrorism still face obstacles to its acknowledgement. In this article I argue that, from an intersectional and contextualized feminist approach, it is possible to accommodate these denunciations and understand this violence as a specific, political and gender-based discipline. In this case, the treatment of gender as an analytical category and as performativity (Scott, Butler) enables us to see the subversion of normative mandates as activists yesterday and as witnesses of crimes against humanity today. By analyzing the epistemic injustice (Fricker, Medina) and reverse empiricism (Alcoff) affecting those who report sexual violence, particularly in the context of concentration camps, I present the multiple difficulties involved in the perception and attribution of credibility to the victims’ stories. Finally, I suggest that these testimonies and memories deserve to be included in what Ciriza calls our situated feminist genealogies.

Keywords: Sexual Violence; State Terrorism; Victims; Testimony; Epistemic Injustice; Intersectionality

Resumo:

Os depoimentos de vítimas de violência sexual perpetrada pelo terrorismo de Estado argentino ainda enfrentam obstáculos ao seu reconhecimento. Neste artigo sustento que, a partir de uma abordagem feminista interseccional e contextualizada, é possível acolher estas denúncias e compreender esta violência como um disciplinamento específico, político e de gênero. O tratamento do gênero como categoria analítica e como performatividade (Scott, Butler) permitenos notar, neste caso, a subversão dos mandatos normativos como militantes ontem e como testemunhas de crimes contra a humanidade hoje. Analisando a injustiça epistêmica (Fricker, Medina) e o empirismo inverso (Alcoff) que atinge às denunciantes de violência sexual, ainda mais no contexto concentracionista, são evidentes as múltiplas dificuldades para a percepção e atribuição de credibilidade às histórias das mulheres. Por fim, propõe-se que esses depoimentos e memórias mereçam ser inscritos no que Ciriza chama de nossas genealogias feministas situadas.

Palavras-chave: Violência sexual; Terrorismo de Estado; Vítimas; Depoimentos; Injustiça epistêmica; Interseccionalidade

Introducción

La emergencia de testimonios de violencia sexual perpetrada por el terrorismo de estado argentino (1976-1983) conmovió el proceso de memoria, verdad y justicia en curso. El juzgamiento de los crímenes de lesa humanidad cometidos por la dictadura cívico-militar llevado a cabo en Argentina, con sus retrocesos y periodos de impunidad, se destaca a nivel mundial. Sin embargo, diferentes etapas han condicionado la producción de estos testimonios y el reconocimiento de las víctimas de violencia sexual (Sondéreguer 2012,Vasallo 2011). Una primera etapa en la emergencia y recepción de los testimonios de sobrevivientes estuvo signada por la “teoría de los dos demonios” -que enmarcó el primer juicio a las juntas militares y la primera etapa de investigación con la centralidad de la desaparición forzada de personas-, donde las víctimas eran despojadas de identidad política y genérica. Luego, en la etapa correspondiente al periodo de impunidad (1987-2003),1 proliferaron historias de vida, militancia y juicios por la verdad, donde emergieron las identidades políticas de las víctimas, que abrieron interpretaciones sobre la derrota de las organizaciones revolucionarias. Por último, a partir de 2004, con las políticas de memoria y la reapertura de causas penales, se habilitó la proliferación de referencias a crímenes sexuales perpetrados en el contexto de la detención clandestina. Algunas de ellas constan en el Informe Nunca Más, elaborado por la Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas (Conadep) en 1984, sin alcanzar relevancia. En los últimos años, varias denuncias de violencia sexual obtuvieron, no sin dificultades, el reconocimiento como crimen específico de lesa humanidad.

Las resistencias a los testimonios -algunos de los cuales se analizan aquí- pusieron en evidencia presupuestos sexistas en el campo jurídico y de los derechos humanos que condicionan el reconocimiento de estas victimizaciones y de las víctimas como tales.

A 40 años de democracia ininterrumpida en Argentina, la perspectiva de género se ha instalado como una lente crítica de las relaciones de poder que jerarquizan a los seres humanos y operan como habilitación cultural para el despliegue de diferentes formas de violencia contra mujeres y niñas. El activismo feminista local, con una fuerte presencia en el espacio público, ha sacado de lo privado con fuerza irreverente la injusticia de los abusos y crímenes cometidos por parejas, exparejas, novios, así como los feminicidios y la desaparición de mujeres para ser explotadas en redes de trata. Si bien algunos grupos aún preservan una concepción binaria transexcluyente del género, las activistas feministas en articulación con colectivos LGBTIQ también denuncian las violencias contra cuerpos y sexualidades no normativas. Pero resulta notable que la manifestación de solidaridad de estos colectivos con las víctimas de la violencia sexual del terrorismo de estado demandara un tiempo significativo.

En este trabajo se considera el género como categoría analítica, entendiéndolo como “un elemento constitutivo de las relaciones humanas” basadas en las percepciones de las diferencias entre los sexos y como “una forma primaria de las relaciones de poder” (Scott 2011: 65). Como en algunos análisis centrados en el género (asimilado a “mujeres”) se mantienen acríticamente presupuestos que las reifican como el polo subordinado a los varones, surge la necesidad de historizar y contextualizar las categorías para advertir las operaciones discursivas del poder. A la hora de interpretar un ejercicio de la violencia como disciplinadora respecto de mandatos de género, es problemático naturalizar contenidos históricamente atribuidos a lo femenino como si fueran atributos atemporales y universales de los cuerpos sexuados. Resulta crucial detectar la variabilidad y las disputas por fijar estos significados, y la contingencia que entraña la performatividad del género. La apariencia de la permanencia atemporal de las representaciones binarias de género es ya efecto de imposiciones normativas (Butler 2007, Scott 2011).

El supuesto de que la violencia sexual hacia las mujeres es irrefrenable se ancla en la creencia en un modo de “ser” y asocia lo masculino a una sexualidad diferenciada en oposición a la femenina, pasiva y receptora de la violencia. Son frecuentes las traspolaciones de marcos interpretativos binarios de un contexto a otro, las cuales resultan ineficaces para comprender lo que está en juego y refuerzan la idea de inevitabilidad de la victimización de las “mujeres”. Si la violencia sexual contra mujeres que contradijeron ideales y representaciones de la feminidad normativa se interpreta como un arma disciplinadora -en lugar de otro ejemplo de la violencia patriarcal transcultural unilateral hacia todas, la cual naturaliza la violencia masculina-, el enfoque será muy diferente. Es posible, sin minimizar las victimizaciones ni sus recurrencias, dar cuenta de la particularidad de las victimizaciones tanto como de la agencia de las víctimas.

Puede concederse que los marcos de percepción cultural de la violencia sexual se han alterado y que la violencia de género se ha vuelto significativa.2 También que, en sus variadas manifestaciones, se ha tornado un problema social y cultural. Ahora bien, los obstáculos para la escucha, reconocimiento y juzgamiento de las modalidades de violencia sexual denunciadas por las sobrevivientes del terrorismo de estado en Argentina continúan siendo múltiples, pese a la cantidad de testimonios que existen. Tanto en los juicios penales reabiertos desde 2005 y en curso, como en documentales, libros, investigaciones periodísticas y académicas, las sobrevivientes testigos dan cuenta de diversas violencias sexuales perpetradas contra ellas en centros clandestinos de detención (CCD) y en otros sitios controlados por represores.3 Las narraciones evidencian la sistematicidad de la violencia sexual contra las detenidas.

A partir de la jurisprudencia sentada por la Corte Penal Internacional, la violencia sexual ha sido paulatinamente investigada y sancionada como crimen específico de lesa humanidad (Sondéreguer 2012).4 Pero las persistentes dificultades que se presentan a los testimonios de las víctimas dan cuenta de las tensiones que se producen al desafiar los límites de lo “escuchable” sobre la represión política que producen un impacto diferencial respecto de, por ejemplo, los relatos de tortura y de otras experiencias traumáticas. Las denunciantes deben muchas veces tolerar maltratos de funcionarixs judiciales o la sospecha de los auditorios respecto de la veracidad de los hechos narrados.

Se advierte una dificultad sostenida para la aprehensión del daño (Butler 2010), previa al reconocimiento, que indica la perdurable resistencia para comprender esta modalidad de violencia de género como un eje clave de la violencia política concentracionaria (Calveiro 2007). ¿Es una resistencia a las preguntas que los testimonios hacen surgir en los juicios penales y en el imaginario social? ¿En qué medida se conmueven sentidos instalados de lo que una mujer como “víctima” debe sentir, manifestar o callar, y cómo estos sentidos refuerzan un binarismo normativo que aleja las conexiones del género con la política?5 En un intento por responder a esta interpelación ética y política de las víctimas testigos, argumento a favor de un enfoque interseccional para abordar la situación de las denunciantes de violencia sexual en el contexto del terrorismo de estado argentino. A partir de los desarrollos de Fricker (2007), Medina (2013) y Alcoff (2019) sobre la injusticia testimonial y el empirismo inverso, analizo los obstáculos que impiden la escucha y la credibilidad de las víctimas. Finalmente, en contraste con marcos de comprensión reductivos de la violencia de género y cuestionando prevenciones a la exposición de la violencia sexual padecida, presento el testimonio como acto reparador (Macón 2015, Rousseaux 2015) y a las víctimas testigos como agentes.

Un enfoque interseccional y situado de la violencia sexual en el contexto del terrorismo de estado

Considerar la violencia sexual como victimización planificada de las detenidas y como un eje represivo específico, interpretar sus objetivos y dimensionar sus efectos persistentes, requiere no solo atender a la contingencia de los parámetros del reconocimiento (Butler 2009, 2010) de las violencias y las víctimas (Vasallo 2011, Sondéreguer 2012). Resulta necesario además un abordaje interseccional que, en este caso, tome como variable relevante la diferencia política imbricada con el género; es decir, entender la violencia sexual como una victimización dirigida a mujeres militantes revolucionarias y sociales en la Argentina de la década de 1970. Así se puede distinguir esta violencia sexual de otras y advertir los objetivos perseguidos. Además, permite diferenciarla de casos de violencia sexual perpetrada en contextos democráticos y de aquellos enmarcados en acontecimientos represivos en el continente; por ejemplo, las masacres de la política de “tierra arrasada” en Guatemala en la década de 1980.6

Al pensar esta victimización política y de género en el contexto específico argentino, se asume que nuestra colonialidad (Lugones 2014) nos condiciona y entorpece la circulación de epistemologías descentradas. De ellas surge la interseccionalidad que permitió a mujeres afrodescendientes en Estados Unidos dar cuenta de las situaciones de discriminación cruzada en que se encontraban, al no entrar en las definiciones ni de “mujeres” ni de “negros”, cuando se trata la raza y el género como categorías de experiencia y de análisis mutuamente excluyentes (Crenshaw 1995). La aplicación contextual y política de la interseccionalidad es clave en las epistemologías propias de feministas afrodescendientes (Hill Collins 2000) ante la totalización discursiva sobre la opresión de las mujeres, articulada exclusivamente en términos de género.

Los análisis interseccionales dinamizan el descentramiento del sujeto universalizado y homogéneo del feminismo cuyos discursos transculturales reducen las experiencias de dominación al tomar como parámetro universal a las mujeres del norte geopolítico (Mohanty 2008). Esta apropiación, desde el privilegio en nombre del sujeto monolítico del feminismo, encubre la racialización, la clase, la etnia o la sexualidad como ejes de diferencia interactuantes y coconstitutivos (Lugones 2012).

La epistemología feminista del “punto de vista” rescató como válida la experiencia de las mujeres ante el androcentrismo de la producción de conocimiento. A su vez, los feminismos negros (hooks 2020) interpelaron las exclusiones producidas por el racismo y el clasismo en el discurso que encubre la parcialidad de la universalización de experiencias de las mujeres privilegiadas, blancas y con acceso a la academia. Feministas latinoamericanas afrodescendientes, decoloniales e indígenas luchan por hacer audibles sus voces y sus experiencias con otras interpretaciones e historias de dominación. En sus tematizaciones se vinculan otras variables que pivotean en la producción deshumanizante de lxs otrxs con base en múltiples diferencias, como construcciones de la otredad, y son solidarias de distintas modalidades geográficas, contextuales e histórico-culturales del género.

En la “razón colonial feminista”, la “mujer” se halla “siempre en estado de sujeción, menor poder y jerarquía con ‘el hombre’ también universal” (Espinosa Miñoso 2019: 16). Las perspectivas decoloniales y descentradas cuestionan los presupuestos ontológicos modernos y las prescripciones que de estos se derivan para la liberación de “la mujer”, representación del “lado visible” de la colonialidad del género: solo las blancas son “mujeres” (Lugones 2014). La racionalidad eurocentrada y colonial, que naturaliza el dimorfismo sexual y corporal, la heterosexualidad y un solo modelo de familia, sostiene la indiferencia hacia las violencias contra las “otras” deshumanizadas.

La enunciación política identitaria como “mujeres negras” no supone asumir una experiencia homogénea grupal ni esencializar a “la mujer negra” (Hill Collins 2000). No se trata de adicionar mujeres que no habían sido consideradas a la tematización de la violencia patriarcal y racial; se trata de que, al valorizar su propio punto de vista, se visibiliza, por ejemplo, una historia de esclavitud deshumanizante. Al considerar la construcción simultánea de la “mujer negra” junto a la “mujer blanca”, se busca hacer visibles a quienes han quedado negadxs, ocluidxs, para que quienes son, se ven, quienes dicen y hacen como sujetxs, hayan sido y sean posibles. Las categorías de diferencia que construyen a otrxs se acuñan desde posiciones de privilegio; hacen accesibles modelos teóricos disponibles, pero insuficientes e ineficaces, que desvirtúan la necesaria conceptualización de dominaciones cruzadas y las zonas de injusticia invisibles que crean y que intentamos comprender y transformar.

En un gesto homogeinizador, podría reducirse rápidamente a las víctimas exdetenidas desaparecidas testigos de crímenes de lesa humanidad7 a una consideración llana como “mujeres”: mujeres-víctimas en la clásica polarización de la teorización dominante de la violencia patriarcal. Pero, para producir saberes situados sobre la victimización de género y política, como la ejercida en el contexto represivo argentino, deben evitarse tematizaciones universalizantes de la violencia contra las mujeres. Es decir, es necesario intersecar abordajes sobre la violencia estatal contra las mujeres víctimas con otros ejes de diferencia, como la identidad política que operó de modo deshumanizante, y, además, abrir el “género” a reformulaciones.8

A partir del tiempo transcurrido antes de que el potente activismo feminista argentino reivindicara a las militantes y sobrevivientes testigos de crímenes de lesa humanidad que denunciaron la violencia sexual como eje represivo -como si no merecieran solidaridad “como mujeres”-, pretendo indagar pliegues de ese silencio y los motivos de tal injusticia testimonial. Adelanto la hipótesis siguiente: tales víctimas subvirtieron el mandato de silencio que se cierne sobre todas las víctimas de violencia sexual al hacer un reclamo por las detenidas desaparecidas y reivindicar su pasado militante, lo que altera los estereotipos de las víctimas de violencia sexual y de violencia de género. La diferencia relevante que introducen remite a su pertenencia a un movimiento revolucionario, a experiencias borradas o invisibilizadas en el imaginario social y desvalorizadas en las memorias del pasado reciente. Para quienes tienen prejuicios sexistas y para los relatos explicativos instalados de lo acontecido durante el terrorismo de estado, sus voces alteran los límites de lo escuchable. Es decir, obligan a complejizar los alcances y objetivos de la represión y a considerar la violencia sexual como un castigo disciplinador de prácticas disidentes de lo femenino normativo.

Sus desafíos a los mandatos de género y a las fronteras de lo público y lo privado, junto con el compromiso con un ideal revolucionario en lo afectivo íntimo -ensayos de otras modalidades de pareja y crianza, vínculos, maternidades- y en lo político tradicionalmente entendido, constituyen un capítulo pendiente de elaboración colectiva.

En particular, a las mujeres nos empezaron a manosear desde el primer día. Desde el primer día empezaron los manoseos y los insultos. Somos mujeres, somos putas, si es que militamos.Y de los insultos, muy rápidamente, al segundo o tercer día, empezaron las violaciones. Yo recuerdo haber sido violada por lo menos por diez, doce hombres (Silvia Ontivero, Campo de Batalla. Cuerpo de Mujer).

Brevemente, quiero llamar la atención sobre las experiencias previas a la detención ilegal que relatan las denunciantes. En esas reconstrucciones se vislumbra que, en el anhelo colectivo de la revolución y la entrega a las organizaciones y estructuras militantes, las distinciones entre lo personal y lo que no lo era se volvieron irrelevantes porque, por sobre lo individual, prevaleció el esfuerzo por construir una nueva sociedad. Aquella militancia política tuvo un carácter disruptivo respecto de valores y representaciones clásicas de los roles de género con sus ámbitos diferenciados de acción, y también respecto de la concepción liberal de la política. Tanto en el acervo testimonial como en investigaciones recientes (Andújar 2009, Oberti 2015,Vasallo 2014) se destacan los aspectos subjetivos, afectivos y performativos del género que confluyeron con transformaciones en la moral sexual en la efervescencia política de las décadas de 1960 y 1970. Durante su participación en las organizaciones revolucionarias, en aquella generación se produjo “una afirmación subjetiva radicalmente distinta respecto de las anteriores”, es decir, “un desafío ‘doble’ en el caso de las mujeres” (Oberti 2015: 30). Vasallo destaca la práctica y concepción de la maternidad socializada de las militantes: “Fueron madres inéditas que concibieron y parieron hijos en situaciones de extremo riesgo, dieron vida habiendo ya expuesto la propia” (Vasallo 2014: 174).

La presencia masiva de las mujeres en lo público tiende a desestabilizar la distinción entre la política y la vida privada presente en las representaciones culturales que desvalorizan lo femenino y trazan un corte entre las mujeres y la política (Oberti 2015: 25). Así también se desestabilizan las tecnologías de género imperantes. Algunas perspectivas, incluso feministas, consideraron esas apuestas disruptivas de la feminidad de las mujeres militantes -su desafío a la moral “burguesa” y a su individualismo- como modos de masculinización. A las dificultades de la reconstrucción de esta etapa -dados la derrota, el exterminio y el tenor de los crímenes de lesa humanidad cometidos por el terror estatal-, se suma una censura de las prácticas de las revolucionarias desde una mirada binaria del género. Sin embargo, que no hayan sido dóciles ante “mandatos atávicos” de feminidad, además de ser subversivas del orden político (Ponce y Gebennini 2011), fueron factores indisociables de una práctica castigada con la deshumanización y la estigmatización. Además, el rechazo generalizado a “la violencia” como herramienta política que signó la recuperación democrática en Argentina contribuyó al olvido de las militantes setentistas.

El análisis de las construcciones discursivas de las militantes desde el ideario de la contrainsurgencia revela la atribución de “perversidad” a estas mujeres calificadas como “apasionadas” y “prostitutas” (Vasallo 2014). El discurso oficial de la dictadura reforzó la concepción de familia de la jerarquía católica, en la cual la mujer, históricamente acusada de tentadora, “es redimida por los dolores de la maternidad y la servidumbre” (Vasallo 2014: 185, 186). Si el género es un campo clave en la simbolización y construcción legitimadora del poder en Occidente al evocar representaciones en pugna -como Eva y María en la tradición judeocristiana-, la demonización de las militantes obedecía a que ellas desafiaban la esencia presuntamente inalterable de la feminidad. Es decir, de la feminidad destinada al hogar y a preservar los valores occidentales y cristianos. La denunciante Soledad García alude a esta caracterización en su relato:

A mí me violaron entre varios. Fue una cosa muy brutal. Para mí fue muy brutal, además, con permanentes agresiones y vejaciones a tu forma física, así: “eh, hija de puta, dónde hacés las prácticas, con ese lomo, con esas piernas” (Soledad García, en Ponce y Gebennini 2011).

Las memorias de las sobrevivientes demandan su inscripción en las narrativas del pasado reciente. Su disidencia constituye -como la de las Madres de la Plaza de Mayo, subversivas de la maternidad cristalizada y ensalzada por la represión- una parte central de nuestras genealogías pendientes.

Obstáculos a la escucha y valoraciones en pugna de la violencia sexual

Las denuncias de violencia sexual como crimen y experiencia que merece un tratamiento específico en el marco de la violencia estatal concentracionaria han enfrentado sospechas acerca de su veracidad, condenas en términos morales a las denunciantes o, a veces, una indiferencia revictimizante: “Recuerdo que la primera vez que lo denuncié en un juzgado el trato de quien escuchaba fue tan frío que al final guardé silencio y volví a denunciarlo cuando presté testimonio en el juicio que actualmente lleva adelante…” (Vasallo 2011: 252).

Algunas sobrevivientes denunciaron la violencia sexual en el exilio, ante la Conadep, y en el Juicio a las Juntas.

En España la gente de la Comisión Argentina de Derechos Humanos (CADHU) me preguntó por qué había denunciado la violación. Nadie quería escuchar nada de esto en ese entonces. Estamos más educados ahora, se ha avanzado mucho, pero no lo suficiente (Liliana Callizo en Lewin y Wornat 2014: 332, 333).

Aparece Durán Sáenz y me dice que prepare mis cosas -mis cosas eran algunas ropas-, que me llevaban. Bueno, me meten en un auto, atrás, yo ya estaba embarazada de cuatro meses, así que mi embarazo era notorio; y me lleva a su pieza donde soy sometida, en su pieza, en el Regimiento de Infantería (Alfaro 2013).

En la primera etapa de juzgamiento del terror, cuando estaba ocluida la identidad política y genérica de las víctimas, estas denuncias fueron ignoradas. Debe recordarse esta inaudibilidad de lxs sobrevivientes que, posteriormente y en la segunda etapa de las memorias, fueron asumiendo su historia militante. Sin embargo, de manera particular, las mujeres sobrevivientes soportaron sospechas sobre su conducta en cautiverio.

La acusación de “traición” en términos sexuales a estas mujeres (Lewin y Wornat 2014, Longoni 2007) -que niega las violaciones y culpa a las víctimas de consentimiento y de colaboración- es funcional al intento de limitar la polémica sobre las causas de la derrota política de las organizaciones de los setenta. La tensión que provocan las denuncias de abuso despierta interrogantes sobre lo que entrañaba la lealtad y el compromiso revolucionario desde un enfoque crítico de las asimetrías de género. El sometimiento sexual padecido por las sobrevivientes se ha considerado “seducción”, “estigma” o “destino inmodificable de su género” (Longoni 2007) en textos literarios acusatorios de otrxs exmilitantes. Puede pensarse que, pese a los intentos de construcción de una subjetividad alternativa a los valores burgueses, el cuerpo y la sexualidad de las militantes eran mayoritariamente considerados propiedad de la organización. Así se conecta la “entrega” -la violencia sexual en cautiverio donde no había posibilidad de consentimiento- a la traición (Longoni 2007: 131).

Mientras que algunas sobrevivientes pudieron denunciar la violencia sexual tempranamente, en otros casos, este testimonio implicó muchos años hasta poder ser articulado, o la violencia ha sido aludida en forma velada. La reapertura de los juicios penales, la difusión de la perspectiva de género que permeó las instituciones y la política, alentaron a las víctimas a atestiguar. Si hablar como sobreviviente de los secuestros, las torturas, las condiciones inhumanas en los CCD y de presenciar la violencia contra otrxs compañerxs es una experiencia límite y traumática, debe indagarse también qué agravante presenta la narración de la violencia sexual en relación con el testimonio de lo traumático concentracionario.

En primer lugar, cabe detenerse en la injusticia epistémica que tematiza Fricker (2007). Este concepto híbrido, que aúna componentes epistémicos, éticos y políticos, afecta a las mujeres que denuncian violencia sexual; la injusticia se sostiene en prejuicios extendidos. Los mismos se definen como

poderosas fuerzas viscerales, especialmente cuando (son expresadas) no tanto al nivel de la creencia como al nivel de aquellos compromisos sociales, imaginarios y emocionales que moldean más subrepticiamente las percepciones de quienes escuchan a quienes hablan (Fricker 2007: 98; las traducciones son mías).

Presentes en prácticas consideradas en simultáneo cognitivas, perceptivas y éticas de lxs oyentes, las conductas epistémicas reproducen formas de poder social a partir de una economía de la credibilidad. La misma otorga un nivel menor de crédito a las palabras de las mujeres o de las personas pertenecientes a grupos marginalizados, racializados, etcétera, y así sostiene estas formas de injusticia testimonial. Otro nivel estructural de injusticia epistémica remite a la falta de recursos hermenéuticos que colocan a una persona en desventaja cuando debe otorgar sentido a sus experiencias sociales (Fricker 2007: 1). La injusticia hermenéutica proviene de un perjuicio estructural en la distribución de y acceso a recursos simbólicos colectivos. Si una víctima no cuenta con la terminología adecuada para expresar su victimización, si no puede apelar a los conceptos “violencia de género”, “acoso”, a normativas y a instituciones especializadas en la temática, sufre injusticia hermenéutica. Y puede suceder que, al mismo tiempo, el público oyente la prejuzgue y descrea de sus dichos a un nivel perceptual. La injusticia epistémica es un agravio cometido contra una persona “en su capacidad como sujeto de conocimiento, por recibir un déficit de credibilidad en el relato de sus experiencias” (Fricker 2017: 45). El componente epistémico (la falta de credibilidad) y el ético y político (esta falta de credibilidad daña a las personas) propios de la injusticia epistémica pueden empeorar la situación de la persona agraviada hasta reducirla a “fuente de información”, cosificada u objetualizada, en cuyo nombre tienen que hablar otras personas (Fricker 2007: 198). Como la emoción es intencional y constitutiva de ciertas clases de cognición, una actitud de confianza y de credibilidad -o su opuesto- opera en lxs oyentes de un testimonio. Nuestros juicios sobre lo que percibimos y escuchamos de quien da testimonio conllevan un compromiso emocional “involucrado en la actitud de escucha, en su percepción y creencia en la sinceridad o insinceridad del interlocutor” (Fricker 2007: 79). Sin empatía, el juicio sobre quien declara puede estar equivocado y pueden percibirse incorrectamente sus modos, llevando a quien escucha a pensar que miente. Fricker destaca que esta capacidad cognitiva emocional, clave en la sensibilidad testimonial, puede entrenarse para desterrar prejuicios y estereotipos en la percepción y en las respuestas asociadas.

En segundo lugar, y complejizando este tratamiento de la responsabilidad como oyentes, Medina (2013) señala los obstáculos que se presentan cuando damos por sentadas las falsas dicotomías entre lo individual y lo colectivo, o “la tricotomía entre lo epistémico, lo ético y lo político en las discusiones sobre normatividad” (Medina 2013: 82). El daño que se produce en la interacción testimonial es derivado e inescindible “del contexto de daños sistemáticos que lo precede y lo sucede” (Medina 2013: 87). Aun haciendo esfuerzos individuales para tornarnos más conscientes de nuestros prejuicios, seguimos condicionadxs por patrones discursivos y marcos de aprehensión que citamos en las interacciones, y que sostienen indiferencias e insensibilidades a las opresiones y a los daños.

Si las violencias hacia las mujeres y niñas están culturalmente naturalizadas, no se perciben como un agravio. Si las palabras de las mujeres están devaluadas, cuando se refieren a una violencia sexual padecida, las denunciantes serán percibidas como mentirosas o serán acusadas de haber consentido.

Dados los condicionamientos culturales para poder narrar una violación, Hercovich la califica como un “enigma” y considera reductivo abordarla solo desde el plano jurídico, por lo inadecuado de las precisiones legales, y porque la escucha y la percepción de la denuncia “oscila[n] entre la escena erótica y la violación” (Hercovich 1997: 15).9 Entonces, no se puede juzgar a quienes callan, dados los riesgos que remiten a los patrones que inciden en la circulación del discurso de las víctimas. Si existen guiones “aceptables” para las víctimas en contextos no represivos, dichos guiones se complejizan en el caso abordado.

No obstante, desde la citación que propone Butler al tematizar la responsabilidad y la posibilidad de resignificación, sabemos que es imposible no repetir significados heredados en el mismo intento de resignificarlos en un uso subversivo (Butler 2004: 36). En esas repeticiones hay instancias limitadas de subversión. Sin control de los contextos, sin soberanía como actorxs, somos constituidxs en actorxs y operamos en un campo lingüistico de restricciones que son también posibilidades. En efecto,

desligar el acto de habla del sujeto soberano permite fundar una noción alternativa de agencia y, finalmente, de responsabilidad, una noción que reconozca plenamente el modo en el que el sujeto se constituye en el lenguaje, así como el hecho de que aquello que el sujeto crea se deriva también de otras fuentes (Butler 2004: 37).

Se suele recomendar a las víctimas no exponer públicamente la violencia sexual, hasta que existan condiciones diferentes de escucha, a través de una conciencia de las prácticas cognitivas y de las posiciones discursivas jerarquizantes (Alcoff 2019, Fricker 2007). Si una víctima afronta el dilema de narrar y correr el riesgo subjetivo de adentrarse a un abismo emocional cuyas consecuencias no puede anticipar, además se enfrenta a una estrategia social desautorizante de su palabra. Alcoff describe ese “empirismo inverso” que hace que, paradójicamente, quienes tienen la posición “privilegiada”, es decir, la experiencia de la violencia sexual, resulten (mal) juzgadas en su credibilidad y en su capacidad para juzgar racionalmente el tema:

el empirismo inverso se justifica por la mácula psicológica (el desdoro) proyectada sobre las víctimas de violación […] y la mácula que se presenta con posterioridad, a causa de una dilatada historia multicultural en la cual las víctimas -más que los perpetradores- son vistas como perturbadas, moralmente afectadas e incapaces de objetividad o de racionalidad (Alcoff 2019: 77).

Las víctimas son inhibidas o conminadas a callar la violencia sexual por temor a ser representadas en una posición patologizante. Por eso, “desarrollar una conciencia del empirismo inverso es uno de los pasos para el cambio en las condiciones discursivas de interpretación/circulación del discurso de las víctimas” (Alcoff 2019: 73).

Varias denunciantes de violencia sexual del terrorismo de estado argentino han soportado la insistencia para que repitan sus testimonios o respondan a preguntas improcedentes. A Silvia Ontivero, quien relató violaciones reiteradas por parte de varios represores, se le preguntó cómo podía saber que sus violadores eran distintos si ella había estado permanentemente tabicada en el CCD: “¿Qué cómo sé que eran distintos? […] Por el olor, por la forma de putear […] No sé, somos mujeres, sabemos que eran distintos” (Silvia Ontivero, Campo de Batalla. Cuerpo de Mujer).

Aunque para Alcoff hablar y romper el silencio sobre la violación sigue siendo subversivo -de las expectativas sociales sobre las víctimas-, por otro lado, sostiene que las transformaciones sociales necesarias requieren que lxs oyentes adquieran lo que Medina (2013) llama una “metalucidez” -el proceso de tornarnos más conscientes de cómo llegamos a formar nuestros juicios- sobre las prácticas epistémicas, porque las injusticias sociales y las epistémicas se refuerzan mutuamente. Esta forma de responsabilidad evita las injusticias epistémicas, que para Medina constituyen la contracara de la injusticia social. La metalucidez implica ser conscientes de cómo funciona el poder identitario a nivel social y de cómo los juicios de credibilidad están mediados por estereotipos y percepciones sesgadas. De allí la obligación de conocernos, conocer a otrxs, asumir las asimetrías implicadas y los contextos vitales de las transacciones, las acciones y las “resistencias epistémicas” (Medina 2013: 55).

Por un lado, la metalucidez debe complejizarse para mejorar la conciencia crítica de lxs oyentes. La metalucidez suele ser alcanzada a raíz de un conflicto entre marcos interpretativos y de entendimiento generados por nuestras creencias; dicho conflicto demarca lo inteligible de lo no inteligible. La visibilidad creciente de la violencia sexual tematizada por Alcoff provoca una fricción epistémica entre marcos, convenciones dominantes y prácticas cognitivas en una situación comunicativa, así como entre denuncias e intentos de encubrimiento. En la fricción intervienen vicios y virtudes de oyentes y declarantes, pero como “le plantea una exigencia al público” (Alcoff 2019: 56), puede llevar o no a reajustar creencias o prejuicios. La fricción no garantiza metalucidez; depende del compromiso y de los condicionamientos sociales de lxs sujetxs. La imbricación de opresiones que devalúan la credibilidad de grupos subalternizados minimiza tales fricciones epistémicas cuando se procura evitar ciertos testimonios, se sospecha de las acusaciones y se acusa a las víctimas de buscar atención mediática (Alcoff 2019: 57). Aunque es positivo habilitar modos alternativos de circulación para los discursos de las víctimas de violencia sexual, Alcoff advierte que, con frecuencia, su proliferación refuerza la resignación social ante la recurrencia de esta violencia. Estos ecos contraproducentes no dependen del discurso de la víctima en sí, sino de sus circunstancias: “dónde se origina, dónde se transmite, cómo se lo toma, cómo se lo entiende, quiénes lo toman y lo entienden” (Alcoff 2019: 64). El contexto determinará si un discurso puede llevar a transformaciones o a la reafirmación de posiciones desautorizantes.

Las feministas han desafiado los contextos patriarcales y han denunciado históricamente que la disociación de los planos emocional y cognitivo sostiene las asimetrías de poder porque, en esta separación, se otorga mayor crédito a quien detenta mayor autoridad epistémica: los varones. Tratar de “locas” e “histéricas” a las mujeres encubre violencias naturalizadas y perpetradas cuando ellas irrumpen en lo público y expresan hartazgo, dolor o vergüenza, sentimientos no admisibles en esa escena.

En el intento por desnaturalizar la violencia sexual contra las mujeres en nuestra cultura, podemos llegar al acuerdo de que los presupuestos sexistas, el binarismo de género, la atribución de una sensibilidad que mina la racionalidad de las mujeres, y las teorías y modelos que afectan los juicios y la percepción de las víctimas promueven injusticias testimoniales. Podríamos concluir que las narraciones de violencia sexual de las sobrevivientes exdetenidas desaparecidas, aunque denuncien crímenes de lesa humanidad,10 son desestimadas como las de todas las mujeres. Pero nos conformaríamos con una explicación reductiva.

Las sobrevivientes testigos de crímenes de lesa humanidad del terrorismo de estado padecen victimizaciones indisociables: la sexual y la política. Desde una mirada interseccional, la violencia sexual se resignifica como violencia disciplinadora y se remite a una dimensión aún no del todo incorporada al imaginario cultural de la represión estatal sobre la sociedad argentina. Este eje represivo, calculado para destruir la subjetividad con impacto diferencial de género, conlleva un plus de significaciones culturales relativas a la feminidad (y a la masculinidad) normativas. Esta concepción distribuye diferencialmente la sexualidad como activa en los varones y pasiva en las mujeres, además de erotizar la violencia. Según Jelin (2020), la violación en la tortura no implica “un acto individual o grupal para satisfacer el placer” ni un desborde de excitación de los torturadores, sino que

se trata de prácticas basadas en el conocimiento casi “científico” del efecto destructor de la persona que tales prácticas conllevan, como parte de una estrategia política para destruir al enemigo, al destruir las bases culturales que definen la pertenencia de las mujeres a una comunidad (Jelin 2020: 548).

Podríamos cuestionar si las “bases culturales” invocadas se asumen como constantes desde el marco interpretativo del género binario cis-heteropatriarcal. Ese marco, ¿no conlleva el fatalismo de la victimización de quienes, en cuanto mujeres, se definen como propiedad de los varones? Aceptar esta idea reforzaría la creencia en la inexorabilidad de la violencia sexual, por las condiciones de circulación y percepción del discurso de las víctimas que pueden causar un efecto contraproducente: la resignación ante la violencia sexual desplegada en los conflictos bélicos o en las guerras étnicas, como versión extrema de la amenaza que se cierne sobre todas las mujeres, el “continuum de violencia” patriarcal (Vasallo 2011). La violencia sexual del terrorismo de estado resultaría así una amplificación del constante terrorismo sexual que nos domina. A esto se suma el “plus” que supone el trauma de la violación y la vergüenza asociados al estereotipo de la “buena víctima”, el cual obstaculiza la producción de las narraciones y la escucha responsable. Algunas víctimas deciden silenciarla para preservarse y preservar a otrxs significativxs. Por eso, sin forzar testimonios, se debe aguzar el enfoque de opresiones imbricadas que sostienen ese mandato de callar. Pero intentar evitarles una supuestamente inexorable revictimización por hablar públicamente de la violación, asumiendo preconceptos sobre el tenor del daño a la subjetividad generizada, podría operar como una reafirmación de condicionamientos opresivos y normativos.11

Cabe recordar que las detenidas desaparecidas habían sido consideradas “monstruosas” y “no mujeres” por ser militantes (Godoy 2022, Vasallo 2014). Y, pese a los condicionamientos, en sus denuncias inesperadas, las víctimas se refieren muchas veces al dolor de haber sido violadas y “no haber podido evitar” la violación como una falla personal, un índice del peso de la feminidad normativa. Con todo, cuando rompen el silencio, desplazan el mandato normativo.

Al considerar el contexto específico donde circulan estos testimonios y el marco de la violencia concentracionaria, es evidente que los prejuicios proceden de diversas posiciones. Por un lado, las estrategias de defensores de los represores y negadores del terrorismo de estado esgrimen la idea del consentimiento, la colaboración, o erotizan lo que se juega en el ataque sexual. Pero las descalificaciones e injusticias epistémicas también proceden de versiones instaladas sobre la derrota de las organizaciones donde militaban las víctimas, y de producciones de literatura-ficción de compañerxs que objetaron su conducta sexual (Longoni 2007). En la ESMA12 los represores promovieron un proceso de “recuperación” donde se esperaba que las mujeres detenidas expresaran su feminidad como una prueba de este (Actis et al. 2001, Lewin y Wornat 2014). Mientras algunos balances políticos de las pérdidas y responsabilidades de protagonistas acusaron a los sobrevivientes de delación o colaboración, en las sobrevivientes el reproche se volvió una acusación moral. “Putas” las llamaban los represores (Lewin y Wornat 2014), pero también las construían así las sospechas de ligereza ideológica y debilidad como militantes de algunxs excompañerxs (Longoni 2007).

La violencia sexual tardó en ser considerada, en el marco concentracionario, como un ataque destinado no solamente a dañar personalmente a las víctimas, sino a sembrar la desconfianza entre lxs detenidxs al redoblar la indefensión, lo cual no hubiera ocurrido si se tratase solo de varones (Lewin y Wornat 2014). La reorientación hacia el pasado, la resignificación y hasta la percepción de las violencias sufridas como tales, que de ningún modo son inexorables, se produce mediante la afectividad implicada en prácticas epistémicas contextualizadas, dinámicas, en la asimetría de sexismos y otras injusticias.

Desde el acompañamiento integral a testigos, Fabiana Rousseaux destaca la agencia de la víctima testigo de un crimen de lesa humanidad, que se constituye como sujeto en la intersección entre el sujeto de derecho y el sujeto barrado del psicoanálisis (Rousseaux 2015). A la vez, el trauma, frecuentemente considerado como desempoderador por su ambigüedad y por la presencia productiva de afectos, permite revisar la distinción corriente entre el polo activo y el polo pasivo. “El sufrimiento (expuesto públicamente) no implica ya pasividad; el trauma no implica ya el ensimismamiento exclusivo” (Macón 2015: 75). Si narrar la violencia sexual es arriesgarse a un abismo emocional, considerando el traumático marco concentracionario de estos eventos, resulta clave la dimensión del espacio afectivo al que remiten los testimonios en los juicios por crímenes de lesa humanidad. En la exposición pública de afectos, “la memoria puede transformarse en un acto empoderador, no solamente de individuos, sino de sujetos colectivos afectados” (Macón 2015: 75).

Los testimonios de lxs sobrevivientes son imprescindibles para probar la acción ilegal de la dictadura que procuró, mediante la desaparición de personas y la clandestinidad, borrar todo rastro de un acontecimiento traumático a nivel cultural. Para las víctimas sobrevivientes testigos, la herida traumática persiste, pero no paraliza inexorablemente. Desde una concepción del sujeto ético en su vulnerabilidad e interdependencia, en su constante exposición a lxs otrxs, podemos reconocer su agencia. Quien es víctima testigo de crímenes de lesa humanidad, exdetenidx desaparecidx, portadorx de marcas y memorias, como querellante reclama reconocimiento y una sanción social no solamente jurídica, sino también simbólica y moral (Rousseaux 2015). En la exposición de su sufrimiento, que desestabiliza la oposición entre agencia y victimidad13 (Macón 2015, 2013), se habilita, además, el derecho al sentido.

Cuando Elena Alfaro relató su violación en 1985 en el Juicio a las Juntas, fue interrumpida por el tribunal y el hecho no fue investigado. La atención en ese proceso se centraba en probar el plan de desaparición forzada y otros delitos aberrantes. Además, sin sensibilidad al género y sin los marcos jurídicos hoy disponibles contra la violencia hacia las mujeres, ese testimonio era inaudible. Elena insistió en el reconocimiento de la violación en el juicio por crímenes de lesa humanidad de 2011: “Yo pido por favor que esto sea considerado un crimen contra la humanidad. Hay que salir de esta vergüenza, no podemos estar presas del pudor” (Alfaro 2011).

La subsunción de la violencia sexual en la figura de tormentos agravados la invisibilizó durante las etapas previas y al reiniciarse los juicios por crímenes de lesa humanidad. El trabajo colectivo de sobrevivientes y la oportunidad de sancionar penal, simbólica y éticamente esta violencia con la denuncia y la declaración pública, asumiendo la identidad militante, fue horadando el silencio y debilitando el “estigma” que soportaron largamente lxs sobrevivientes.

El tema de las violaciones solo se puede decir ahora, ahora que la sociedad entiende. Antes decían “y ustedes eran estudiantes, estaban con la iglesia, querían ayudar a los pobres”. Y estábamos con culpa y mucha vergüenza. Nos costó mucho tiempo reconstruirnos, lo hemos hecho, seguimos apostando a lo mismo, a una vida mejor, que ninguna mujer la violen. Queremos justicia, aunque pasen 100 años (Porotto 2010).

En el riesgo subjetivo que asumen las testigos denunciantes de violencia sexual concentracionaria, constituidas como agentes en el discurso, pueden citarse de modo subversivo patrones de lo decible/escuchable (Butler 2004), donde son responsables aún de lo que no saben (Rousseaux 2015) porque lo traumático apenas se bordea en el testimonio de los crímenes de lesa humanidad. Si entre los efectos de la política de la desaparición se instaló la incertidumbre para promover una renegación de los hechos que ocluye los duelos, los testimonios permiten reconstruir y resignificar el pasado como memoria colectiva. Esta agencia de las víctimas honra el deber de memoria por quienes permanecen desaparecidxs y repone la solidaridad, fortaleciendo la lucha contra la impunidad y reconstruyendo el lazo amoroso con una historia pendiente de inscribirse como legado.

Palabras finales

He tratado de aportar a una reformulación feminista de la categoría “víctima” desde la agencia ético-política de las denunciantes de la violencia sexual del terrorismo de estado argentino. Enmarcada en un proceso singular, diferente de otros procesos posdictatoriales en el continente -por el juzgamiento de los represores, la lucha inclaudicable de movimientos de derechos humanos, las políticas de memoria y la más reciente articulación con la movilización feminista-, se destaca esta agencia subversiva de las víctimas. Así se reconocen tanto daños silenciados como legados pendientes de inscripción en nuestras genealogías feministas situadas, como lo propone Alejandra Ciriza (2015). Las huellas de las otras, las silenciadas y olvidadas, las protagonistas de luchas revolucionarias y liberadoras, constituyen también nuestras raíces feministas; protagonismos colectivos como el que el terrorismo de estado argentino quiso hacer desaparecer. La agencia de las sobrevivientes que denuncian la violencia sexual se inscribe en las resistencias actuales a los negacionismos y a los discursos de odio. Así como en el pasado, las militantes subvirtieron mandatos de género al protagonizar un proyecto colectivo revolucionario, ahora su tenacidad para inscribir la violencia sexual padecida como eje del disciplinamiento político social del terrorismo de estado resulta nuevamente subversiva. Estas historias y daños que se resignifican hoy desde una mirada enriquecida con significantes, símbolos disponibles, perspectivas feministas contemporáneas, demandan abrir las categorías cristalizadas como “mujeres” o “víctimas” para entender las operatorias del género entrelazadas a victimizaciones políticas.

Al romper el silencio, la doble subversión -la ocurrida en la década de 1970 y también hoy respecto de las expectativas sociales acerca de las víctimas de violencia sexual- constituye una agencia política y ética que exhibe otro fracaso de los objetivos represivos.

Una mirada que no disocie el disciplinamiento de género (mediante violencia sexual contra las secuestradas) del aniquilamiento de toda oposición al proyecto político económico que implantó el terror en Argentina permitirá comprender efectos perdurables del intento de reafirmación de la feminidad normativa. Algunos de ellos se aprecian en los vicios epistémicos de lxs oyentes y en las resistencias a considerar el eje de género imbricado al político en el terror estatal. Y también persisten en el silencio doloroso de algunas víctimas, o en los altos costos que asumen quienes denuncian. Tal heterogeneidad remite a que la feminidad no es sino una imposición que se actúa de modo fallido y que necesita ser citada (Butler 2007). Es un punto débil del poder y abre un espacio de agencia entre los condicionamientos discursivos y la opacidad del yo que testimonia un evento doblemente traumático, resistiendo a las injusticias epistémicas. Cada testimonio es, por eso, una victoria con la que recuperamos historias, lecciones y sentidos para nuestras luchas presentes.

Referencias

Actis, Munú, Cristina Aldini, Liliana Gardella, Miriam Lewin y Elisa Tokar. 2001. Ese infierno. Conversaciones de cinco mujeres sobrevivientes de la ESMA, Buenos Aires, Sudamericana. [ Links ]

Alcoff, Linda. 2019. Violación y resistencia. Cómo comprender las complejidades de la violación sexual, Buenos Aires, Prometeo. [ Links ]

Andújar, Andrea (comp.). 2009. De militancias, minifaldas y revoluciones. Exploraciones sobre los 70 en Argentina, Buenos Aires, Luxemburg. [ Links ]

Butler, Judith. 2004. Lenguaje, poder e identidad, Madrid, Síntesis. [ Links ]

Butler, Judith. 2007. El género en disputa. El feminismo y la subversión de la identidad, Barcelona, Paidós. [ Links ]

Butler, Judith, 2009. Dar cuenta de sí mismo. Violencia ética y responsabilidad, Buenos Aires, Amorrortu. [ Links ]

Butler, Judith. 2010. Marcos de guerra. Las vidas lloradas, Barcelona, Paidós . [ Links ]

Calveiro, Pilar. 2007. Poder y desaparición. Los campos de concentración en Argentina, Buenos Aires, Colihue. [ Links ]

Ciriza, Alejandra. 2015. “Construir genealogías feministas desde el Sur: encrucijadas y tensiones”, Millcayac, vol. 2, núm. 3, pp. 83-104. Disponible en <http://revistas.uncu.edu.ar/ojs/index.php/millca-digital/article/view/523>. [ Links ]

Crenshaw, Kimberlé. 1995. “Mapping the Margins: Intersectionality, Identity Politics, and Violence Against Women of Color”, en Kimberlé Crenshaw, Neil Gotanda, Gary Peller y Kendall Thomas (comps.), Critical Race Theory, Nueva York, The New Press. [ Links ]

Duhalde, Eduardo Luis y Fabiana Rousseaux (comps.). 2015. El ex detenido desaparecido como testigo de los juicios por crímenes de lesa humanidad, Buenos Aires, Fundación Eduardo Luis Duhalde [ Links ]

Espinosa Miñoso, Yuderkis. 2019. “Hacer genealogía de la experiencia: el método hacia una crítica a la colonialidad de la Razón feminista desde la experiencia histórica de América Latina”, Direito e Práxis, vol. 10, núm. 3, pp. 2007-2032. Disponible en <https://www.scielo.br/j/rdp/a/FYW97NwqWXXXGH33NzBt9qP/?lang=es&format=pdf. [ Links ]

Fricker, Miranda. 2007. Epistemic Injustice. Power & The Ethics of Knowing, Nueva York, Oxford University Press. [ Links ]

Godoy, Daniela. 2022. “La vergüenza en los testimonios de violencia sexual del terrorismo de Estado”, ponencia presentada en VI Congreso Género y Sociedad: “Desplazar los centros: cuerpos, territorios y saberes en Nuestramérica”, Universidad Nacional de Córdoba, Córdoba, Argentina, 21, 22 y 23 de septiembre de 2022. Disponible en <https://ffyh.unc.edu.ar/publicaciones/wp-content/uploads/sites/35/2023/05/Actas6CongresoGenero.pdf/>. [ Links ]

Hercovich, Inés.1997. El enigma sexual de la violación, Buenos Aires, Biblos. [ Links ]

Hill Collins, Patricia. 2000. Black Feminist Thought: Knowledge, Consciousness, and The Politics of Empowerment, Nueva York, Routledge. [ Links ]

hooks, bell. 2020. Teoría feminista: de los márgenes al centro, Madrid, Traficantes de Sueños. [ Links ]

Jelin, Elizabeth. 2020. Las tramas del tiempo. Familia, género, memorias, derechos y movimientos sociales / Antología esencial, compilado por Ludmila da Silva Catela, Marcela Cerrutti y Sebastián Pereyra, Buenos Aires, Consejo Latinoamericano de Ciencias Sociales. Disponible en <https://biblioteca.clacso.edu.ar/clacso/se/20201222032537/Antologia-Elizabeth-Jelin.pdf>. [ Links ]

Lewin, Miriam y Olga Wornat. 2014. Putas y guerrilleras, Buenos Aires, Planeta. [ Links ]

Longoni, Ana. 2007. Traiciones, Buenos Aires, Grupo Editorial Norma. [ Links ]

Lugones, María. 2012. “Subjetividad esclava, colonialidad del género, marginalidad y opresiones múltiples”, en Pensando los feminismos en Bolivia, La Paz, Bolivia, Conexión Fondo de Emancipaciones, Series Foros 2. Disponible en <http://rcci.net/globalizacion/2013/fg1576.htm>. [ Links ]

Lugones, María. 2014“Colonialidad y género”, en Yuderkys Espinosa Miñoso, Diana Marcela Gómez Correal y Karina Ochoa Muñoz (comps.), Tejiendo de otro modo. Feminismo, epistemología y apuestas descoloniales en AbyaYala, Popayán, Ed. Universidad del Cauca, pp. 57-73. [ Links ]

Macón, Cecilia. 2013. “Illuminating Affects: Sexual Violence as a Crime Against Humanity”, The Argentinian Case Historein, vol. 14, núm. 1, pp. 22-42. Disponible en <http://dx.doi.org/10.12681/historein.251>. [ Links ]

Macón, Cecilia. 2015. “Giro afectivo y reparación testimonial: el caso de la violencia sexual en los juicios por crímenes de lesa humanidad”, Mora, núm. 21, pp. 63-87. Disponible en: <http://revistascientificas.filo.uba.ar/index.php/mora/article/view/2399>. [ Links ]

Medina, José. 2013. The Epistemology of Resistance. Gender and Racial Oppression, Epistemic Injustice, and Resistance Imaginations, Nueva York, Oxford University Press . [ Links ]

Mohanty, Chandra Tapalde. 2008. “Bajo los ojos de Occidente: academia feminista y discursos coloniales”, en Liliana Suárez Navaz y Rosalva Aída Hernández Castillo, Descolonizando el feminismo.Teorías y prácticas desde los márgenes, Madrid, Cátedra, pp. 112-161. [ Links ]

Oberti, Alejandra. 2015. Las revolucionarias. Militancia, vida cotidiana y afectividad en los setenta, Buenos Aires, Edhasa. [ Links ]

Rousseaux, Fabiana. 2015. “Memoria y verdad. Los juicios como rito restitutivo”, en Eduardo Luis Duhalde y Fabiana Rousseaux (comps.), El ex detenido desaparecido como testigo de los juicios por crímenes de lesa humanidad, Buenos Aires, Fundación Eduardo Luis Duhalde , pp. 63-82. [ Links ]

Scott, Joan Wallach. 2011. Género e historia, Ciudad de México, Fondo de Cultura Económica. [ Links ]

Sondéreguer, María (comp.). 2012. Género y poder. Violencias de género en contextos de represión política y conflictos armados, Bernal, Universidad Nacional de Quilmes. [ Links ]

Vasallo, Marta (comp.). Analía Aucía, Florencia Barrera, Celina Berterame, Susana Chiarotti, Alejandra Paolini y Cristina Zurutuza. 2011. Grietas en el silencio. Una investigación sobre la violencia sexual en el marco del terrorismo de Estado, Rosario, Comité de Latinoamérica y el Caribe para la Defensa de los Derechos de la Mujer. Disponible en <https://amsafe.org.ar/wp-content/uploads/PDFs/2017_8M/Grietas_en_el_silencio.pdf>. [ Links ]

Vasallo, Marta. 2014. La terrible esperanza, Buenos Aires, Colisión Libros. [ Links ]

Declaraciones testimoniales

Alfaro, Elena. 2011. Declaración testimonial en el marco del Juicio por crímenes de Lesa Humanidad (cit. en Lewin y Wornat 2014: 118). [ Links ]

Alfaro, Elena. 2013. Declaración testimonial en el Juicio a las Juntas. Diario del Juicio. Disponible en <https://cdadum.wordpress.com/wp-content/uploads/2013/08/el-diario-del-juicio-07.pdf>. [ Links ]

Porotto, Stella Maris. 2010. Declaración en la Causa Díaz Bessone, citada en José Maggi, “La Patota en su casa”, Página12. Disponible en <https://www.pagina12.com.ar/diario/suplementos/rosario/9-26615-2010-12-15.html>. [ Links ]

Documentales

Álvarez, Fernando. 2013. Campo de batalla. Cuerpo de mujer. Entrevistas a cargo de Lizel Tornay y Victoria Álvarez. Investigación: Lizel Tornay y Victoria Álvarez. Asistentes de investigación: Fabricio Laíno Sanchís, Imeia Mo Arnavet, Eric Baremboim. Desgrabaciones: Adrián Bernasconi, Ayelén Carballo, Agustín Gerille, Laura Gunst Arcaul, Fabricio Laíno Sanchís. Cámara: Fernando Álvarez, Christian Cucchi. Producción Ejecutiva: Lizel Tornay,Victoria Álvarez. Edición: Eric Baremboim, Camila González, Fernando Álvarez. Producción y realización: Fernando Álvarez. Deuteronomio, 1984 de 104 x 43x39 cm. Serie Maniquíes. Texto del Deuteronomio escrito sobre Maniquí, León Ferrari. [ Links ]

Ponce, Luis y Dinora Gebennini. 2011. Lesa Humanidad. Programa “Violencia de Género en Contextos Represivos”, Secretaría de DDHH de la Provincia de Córdoba, con el auspicio de UNIFEM. Realización: 2009/2011. Subsecretaría de DDHH de la Provincia de Córdoba. Dirección Audiovisual: Luis Ponce. Testimoniantes: Gloria Di Rienzo, Delia Galará, Soledad García, Nilda Jelenic. Diseño Gráfico: Marlene von Düring. Dibujos: Ana Grúdine. [ Links ]

1El alzamiento militar de 1987 precipitó la sanción de las leyes de punto final (Ley 23.456/86) y de obediencia debida (Ley 23.521/87) que terminaron con los procesos judiciales en curso. Estas leyes serían declaradas “insanablemente nulas” por el Congreso en 2003. En 1990 se dictaron los indultos para las juntas y algunos miembros de las organizaciones guerrilleras. Aunque la violación, la sustracción y ocultamiento de menores, la sustitución de estado civil y la apropiación extorsiva de bienes estaban exceptuados de las “leyes de perdón”, no hubo en ese periodo denuncias de violación.

2Decir que la violencia se ha vuelto significativa apunta a reconocer su histórica recurrencia al tiempo que señalar la contingencia de los sentidos que se le otorgan social, cultural y subjetivamente.

3Desde violaciones múltiples, en presencia de terceros, durante la tortura o luego de esta, así como en ocasión de “salidas” bajo coerción (Vasallo 2011).

4El Estatuto de Roma (1998) establece que los delitos basados en el género —entre ellos la violación sexual, la esclavitud sexual, la prostitución forzada y los abusos sexuales constituyen “delitos de lesa humanidad” cuando son cometidos en el contexto de un ataque generalizado y sistemático contra la población civil.

5Persistentes prejuicios del imaginario patriarcal instalado —imbricados en la conflictiva elaboración de memorias y balances de las organizaciones revolucionarias— inciden en la resistencia a la escucha de denuncias de violencia sexual y a su interpretación como una forma de victimización planificada y sistemática. Desde funcionarixs judiciales hasta colectivos de derechos humanos y feministas han tenido reservas ante los testimonios.

6En las violaciones sistemáticas de mujeres y niñas mayas y ladinas perpetradas por el ejército guatemalteco para desestructurar comunidades indígenas resistentes, la diferencia étnica fue un eje relevante de diferenciación.

7Esta denominación fue defendida por el entonces Secretario de Derechos Humanos de la Nación de la Argentina para no borrar la mención a la condición de la víctima como exprisionerx de un CCD, lo cual difuminaría la condición del mundo concentracionario en la actitud brutal y eminentemente política de la represión a partir de la reproducción del modelo del campo al conjunto de la sociedad. Además, esa compleja condición de víctima no cesa con la liberación del campo. Véase Duhalde y Rousseaux 2015.

8Quienes han estado excluidxs de una categoría identitaria pueden reapropiársela y resignificarla. Este gesto político no supone la mera inclusión en una lógica o una denominación —“víctima de un crimen de lesa humanidad”, “mujer”— sino una demanda para desplazar los límites de marcos de exclusión contingentes, históricos y siempre presentes.

9La Ley 25.087 cambió la denominación en el Código Penal argentino de delitos “contra la honestidad” por “delitos contra la integridad sexual” en 1999. Integridad sexual de toda persona sin distinción de género ni etaria “cuando mediare violencia, amenaza, abuso coactivo o intimidatorio de una relación de dependencia, autoridad o de poder o aprovechándose de la imposibilidad de que la víctima preste consentimiento” (Vasallo 2011: 142).

10El fiscal Parenti primero y la Procuraduría de Crímenes contra la Humanidad después desestimaron la apelación al consentimiento de las víctimas dado el marco de extrema indefensión y coacción de los CCD. Cuando se da una relación sexual en un contexto de secuestro en un CCD es inaceptable el consentimiento porque no existe tal posibilidad en un contexto concentracionario.

11No se desarrolla aquí el tratamiento desde el “giro afectivo” de afectos/emociones presentes en estos testimonios, que desestabiliza la calificación de “malos” y “buenos” afectos o las dicotomías: interior/exterior, etcétera. Sobre la revictimización de exponer la vergüenza en estos testimonios ver Macón 2013, 2015; Godoy 2022.

12La Escuela de Mecánica de la Armada (ESMA), uno de los mayores centros clandestinos de detención, tortura y exterminio, ubicado en la ciudad de Buenos Aires y convertido en Espacio de Memoria, fue declarado por la Unesco Patrimonio de la Humanidad.

13Con “victimidad” Macón (2013) alude a la cualidad de ser víctima.

CÓMO CITAR ESTE ARTÍCULO:
Godoy, Daniela. 2025. “Los testimonios de las víctimas de violencia sexual del terrorismo de Estado argentino como agencia subversiva”,
Debate Feminista, año 35, vol. 69, pp.75-104, e2520, https://doi.org/10.22201/cieg.2594066xe.2025.69.2520

Recibido: 17 de Octubre de 2023; Aprobado: 23 de Junio de 2024

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