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Iuris tantum

On-line version ISSN 2594-1879Print version ISSN 2007-0500

Iuris tantum vol.39 n.41 Huixquilucan Jan./Jun. 2025  Epub Dec 09, 2025

https://doi.org/10.36105/iut.2025n41.05 

Artículos

“Y ellos, vivían de nuestros impuestos”: Impacto y distribución del presupuesto de la Cárcel de Belén en la Ciudad de México (1863-1871)*

“And they, lived off our taxes”: Impact and distribution of the budget of the Belén Prison in Mexico City (1863-1871)

Juan Pablo Sarmiento Valle* 
http://orcid.org/0009-0001-6369-7082

*Instituto de Investigaciones Dr. José María Luis Mora, México. juan.sarmiento.valle@gmail.com


Resumen

El artículo tiene como objetivo analizar el impacto económico y la distribución presupuestaria de la Cárcel de Belén en la Ciudad de México durante el periodo comprendido entre 1863 y 1871. La finalidad es comprender el peso socioeconómico que este recinto penitenciario representaba dentro del contexto de la capital mexicana. Para ello, se examina cuánto se destinaba al presupuesto de la cárcel, en qué se empleaban esos recursos y quiénes eran sus beneficiarios. Este análisis permitió explorar aspectos como la planta laboral, las condiciones materiales de la prisión y los delitos que eran castigados en ese espacio. El estudio concluye que los principales rubros de gasto correspondían a la alimentación y a la nómina; sin embargo, el incremento sostenido del presupuesto carcelario durante el periodo analizado se atribuye principalmente al aumento de plazas laborales y a un crecimiento del salario nominal, pero no real.

Palabras clave: cárcel de Belén; ayuntamiento; Ciudad de México; presupuestos

Abstract

This article aims to analyze the economic impact and budgetary distribution of the Belén Prison in Mexico City during the period from 1863 to 1871. Its purpose is to understand the economic and social burden that this penitentiary facility represented within the context of the Mexican capital. To do so, it examines how much was allocated to the prison’s budget, how those resources were spent, and who the beneficiaries were. This analysis explores aspects such as the prison workforce, material conditions of the facility, and the types of crimes punished within its walls. The study concludes that the main areas of expenditure were food and salaries; however, the sustained increase in the prison budget during the period analyzed is primarily attributed to the expansion of the workforce and a nominal-but not real-increase in wages.

Keywords: Belén prison; city council; Mexico City; budgets

Mantener el funcionamiento de las instituciones durante un conflicto armado ha sido un desafío recurrente para los gobiernos y sociedades en todo el mundo a lo largo de la historia. La preservación del status quo de una población es crucial para garantizar el correcto desarrollo de las actividades económicas y sociales que sustentan el lugar en cuestión. En el caso de México, durante la llamada “Década Nacional” (1857- 1867), marcada por guerras civiles y conflictos extranjeros que generaron una seria inestabilidad política, económica y social, fue vital que los gobiernos locales buscaran mantener el funcionamiento de sus economías e instituciones para hacer frente a los gastos asociados con la guerra, la administración gubernamental, las labores de reconstrucción y las necesidades básicas de la población.

La primera mitad del siglo XIX en México estuvo caracterizada por una profunda inestabilidad que propició un notable aumento de las actividades criminales en el país. Las crisis suelen llevar a que las poblaciones vulnerables busquen medios de subsistencia más allá de los límites de la legalidad.1 A pesar de los esfuerzos de las distintas instancias judiciales por resolver disputas y perseguir delitos, estas se encontraban abrumadas y la impunidad, la injusticia y la criminalidad eran moneda corriente en el día a día.2 Sin embargo, esto no implicó que las autoridades judiciales permanecieran inactivas ante la situación.

En este sentido, los estudiosos del crimen han dejado un vacío significativo en cuanto a los datos estadísticos de delitos durante esta época.3 Esto representa un problema para comprender las preocupaciones y actitudes de las sociedades, ya que los crímenes cometidos y registrados son una ventana hacia las inquietudes de una comunidad y las conductas que busca combatir. En consecuencia, la cárcel, como institución estatal encargada de ejecutar las sentencias, refleja las problemáticas que cierta población intenta enfrentar y abordar.

Es importante tener en cuenta que la cárcel, como mecanismo de control y contención del transgresor, requiere recursos de la hacienda pública, es decir, se financia a través de las aportaciones de los contribuyentes. De igual manera, en teoría, la cárcel castiga a quienes infringen la ley, en otras palabras, representa la respuesta a los delitos que una comunidad busca eliminar o prevenir, ya sea mediante la represión de los crímenes cometidos o la disuasión de los futuros. Por lo tanto, la cárcel es de interés común debido a su costo y su impacto en la sociedad. A la par, desde la perspectiva institucional, los reclusos son una parte fundamental de las dinámicas internas de la prisión. Por tanto, es necesario comprender quiénes eran, cuántos eran, qué hacían allí y, específicamente en este trabajo, cuánto le costaba cada preso al Ayuntamiento de la Ciudad de México.

Para este artículo, se busca analizar quiénes conformaban la población carcelaria de la Cárcel de Belén y cómo el gasto presupuestado por la prisión refleja distintos aspectos sociales del período seleccionado. El primero de estos aspectos implica un examen de la población carcelaria para dimensionar qué tipos de infracciones se estaban cometiendo y combatiendo. Este análisis se relaciona directamente con el manejo del presupuesto asignado, que variaba dependiendo de la cantidad de reclusos. Por lo tanto, el gasto ejercido por la prisión afectaba de manera significativa las condiciones de vida de los internos. En cuanto al segundo aspecto, el desglose del egreso de la prisión refleja que Belén no existía de manera aislada. Más bien, el desempeño institucional y los crímenes que se castigaban allí estaban directamente relacionados con el escenario político y económico a nivel nacional.

Por tanto, es necesario abordar estas problemáticas desde lo general a lo particular, es decir, desde tres niveles: a) cuánto se está gastando en la cárcel, b) en qué se está gastando y c) en quién se está gastando. Todas estas preguntas son necesarias para comprender, desde el ámbito social y económico, cómo la vida al interior de la cárcel estuvo atravesada por los acontecimientos nacionales. En otras palabras, cómo los sucesos macro afectaron a lo micro.

Este artículo se dividirá en un primer apartado referente al presupuesto que tenía la Cárcel Nacional de Belén frente al egreso del Ayuntamiento de la Ciudad. Un segundo apartado estará enfocado en el desglose de los gastos efectuados por las autoridades carcelarias. Y, un tercero, mostrará en quiénes se estaba invirtiendo los recursos, tanto empleados como reclusos. Esto con la finalidad de mostrar una relación entre el gasto presupuestado, la calidad de vida al interior de la cárcel, el impacto económico de los espacios de reclusión en el ámbito local y los sucesos de carácter nacional.

¿Cuánto cuesta la cárcel?

Un año después de la derrota de la batalla del 5 de mayo, el ejército francés, compuesto por más de 30,000 soldados, logró tomar la plaza de Puebla y se dirigió hacia la capital del país. Con el presidente Juárez ahora en San Luis Potosí, el ejército interventor estableció un nuevo gobierno que sentaría las bases para el establecimiento de una monarquía católica y constitucional en el territorio, encabezada por el archiduque austriaco, Maximiliano de Habsburgo, como emperador de los mexicanos. Respaldado por el gobierno, los recursos y el ejército de Napoleón III, estableció en México un efímero Imperio que se desmoronó apenas tres años después de su proclamación, debido a razones tanto internas como externas.

Para un Estado que había entrado en guerra oficialmente con Francia debido a la suspensión de pagos de la deuda externa, derivada de la bancarrota que enfrentaba la Hacienda mexicana tras años de guerras civiles, era necesario que tanto el régimen monárquico como el gobierno de la república juarista buscaran nuevas formas de administrar y sufragar las deudas y gastos contraídos. Por ejemplo, en 1864, aunque el Imperio de Maximiliano operó como un gobierno centralista que absorbió las contribuciones de los departamentos e incrementó significativamente la capacidad de recaudación que había tenido la república, en realidad, sus nuevos gastos y deudas lo dejaban incapacitado para cumplir con sus obligaciones.4

En este contexto de constante crisis política y económica, las autoridades locales de la Ciudad de México se vieron involucradas en un juego de poder con los dirigentes nacionales para mantener los esfuerzos de la capital centrados en preservar el modo de vida de sus habitantes e instituciones.5 Sin embargo, aunque las actas de cabildo reflejaron que las preocupaciones de los regidores estaban alejadas de participar en los esfuerzos bélicos de uno u otro bando,6 es innegable que la vida en la ciudad estuvo fuertemente influenciada por los acontecimientos políticos y militares que ocurrían en todo el territorio mexicano.

Por tanto, es crucial analizar cómo estos eventos afectaban el funcionamiento de las instituciones gubernamentales que dependían del Ayuntamiento capitalino, como era la Cárcel Nacional/Imperial de Belém. Para ello, es necesario examinar la cantidad de recursos asignados a los distintos ramos, especialmente el de cárceles, dentro de la hacienda local durante este periodo. Sin embargo, dado que carecemos de una bibliografía especializada que cubra la evolución del gasto ejercido por las autoridades capitalinas entre 1863 y 1871, recurrimos al uso de la fuente más abundante que ofrece el Archivo Histórico de la Ciudad de México: los registros presupuestarios.7

Es importante señalar que el uso de los presupuestos como herramienta de estudio del gasto puede presentar ciertas dificultades. Como menciona Luis Jauregui, durante la primera mitad del siglo XIX, las Memorias de Hacienda no eran una fuente confiable de contabilidad. Por un lado, debido a intereses particulares, los informes a menudo eran incompletos y afectados por los vicios de la burocracia, lo que dificultaba su precisión. Por otro lado, la relación entre el presupuesto solicitado y el gasto efectuado rara vez coincidía. De hecho, Jauregui sugiere que estos documentos reflejan más aspectos político-administrativos que económico-fiscales.8

Este indicio de modernización en la rendición de cuentas se vio reflejado, particularmente, con la Ley de Presupuestos de 1855,9 la cual buscó regularizar el flujo de recursos de distintos niveles de gobierno.10 Sin embargo, parece que los registros de la capital, durante este periodo, muestran una documentación constante del gasto ordinario mes a mes. Por lo tanto, se interpreta que la hacienda capitalina no enfrentaba los mismos problemas de distancia y vacíos que su contraparte federal/imperial. Sin embargo, esto no descarta la posibilidad de que los datos revisados y presentados aquí sean meramente presupuestos, que pueden diferir del gasto real ejercido por el Ayuntamiento. Aunque, al considerar que se rescatan los presupuestos mensuales en lugar de los cortes de caja o las Memorias de Hacienda anuales, es posible rastrear una planificación de gasto más acorde con las dificultades que enfrentaban día con día las instituciones y los recursos que solicitaban a sus autoridades.11

Entonces, el gasto de la ciudad y la asignación de recursos para cada ramo no se mantuvieron constantes a lo largo del año fiscal. Esto significa que, dependiendo del avance de la guerra, la situación política y económica de la capital, así como, las necesidades de cada institución; el Ayuntamiento era capaz de distribuir más o menos recursos. Además, los eventos a nivel nacional tuvieron un impacto significativo en el historial del erario, provocando cambios radicales en algunos puntos, como muestra la Gráfica 1.

Fuente: elaboración propia a partir de los volúmenes 2197-2198 del fondo Hacienda Presupuestos del AHCDMX.

Gráfica 1 Presupuestos del Ayuntamiento de la Ciudad de México y ramo cárceles (1863-1867)  

Por ejemplo, si bien tras la victoria en Puebla, el ejército interventor hizo su entrada triunfal a la Ciudad de México el 10 de junio de 1863, fue hasta junio del año siguiente, cuando la pareja imperial llegó a la capital,12 que se registró el mayor pico en el presupuesto de $100,375.20. Se podría pensar que este incremento se debió a los preparativos y el embellecimiento de la ciudad para recibirlos; sin embargo, en el desglose del presupuesto aparece un gasto de $30,000 destinado al batallón de la guardia municipal,13 sin mayor explicación. Cabe preguntarse si esta guardia fue utilizada para recibir a los nuevos monarcas, considerando que, para ese entonces, la guerra se encontraba principalmente en el norte y occidente del país. En contraste, en enero del mismo año, el presupuesto de todos los ramos apenas alcanzó los $56,899.16, casi la mitad de los recursos. Con respecto al otro pico que observa en la gráfica en septiembre de 1866, si bien, desde enero de ese año Napoleón iii había anunciado la retirada de las tropas francesas en México,14 el egreso subió, principalmente en tres ramas: los festejos del 15 y 16 de septiembre, el gasto de obras públicas y los contratistas de obra, con lo que llegó a un pico de $94,359.30,15 frente a los $77,258.31 que se presupuestaron para el mes de noviembre.

Surge entonces la pregunta: ¿el presupuesto individual de cada ramo también experimentaba estos cambios agresivos? Para el ramo de cárceles, durante este período, el promedio del presupuesto asignado fue de $7,113.42, lo que representaría una media del 11.52% del total destinado para la capital, como puede observarse en la Gráfica 2.16 Esto plantea varios aspectos a considerar. En primer lugar, resulta notable que el ramo de cárceles representara entre un 8% y un 16% de todo el presupuesto de la Ciudad de México, un aspecto que hoy en día sería impensable, ya que esa cantidad llegaría a ser equiparable con lo que se destinaba en conjunto al sector salud y educación de la capital. El presupuesto promedio para sueldos y gastos en conjunto de los hospitales de San Hipólito, San Juan de Dios, San Andrés, San Pablo y del Divino Salvador entre 1863 y 1865 representó mensualmente el 11.48%, es decir, $6,468.89. Por otro lado, el sector educativo, que incluía los sueldos, rentas y útiles empleados por las escuelas municipales, la Compañía Lancasteriana, el Colegio de San Pablo y la Academia de música y dibujo, apenas representaba en promedio el 2.46% o $1,508.56 del presupuesto mensual.

Fuente: elaboración propia a partir de los volúmenes 2197-2198 del fondo Hacienda Presupuestos del AHCDMX.

Gráfica 2 Porcentaje que representa el ramo cárceles (1863-1871) 

Considerando que la Ley de Presupuesto del 31 de diciembre de 1855 establecía que “[…] las erogaciones públicas se destinarían a las oficinas recaudadoras, al pago de la deuda, a la construcción de obras públicas, a la defensa del país, al sueldo de funcionarios civiles y de justicia, y a «las asignaciones de las clases pasivas» (pensionados, viudas, huérfanos, etc.)”,17 se puede inferir que la cárcel de Belém estaría siendo beneficiada con recursos destinados al pago de los sueldos de sus funcionarios y a la asignación de las clases pasivas. Esto, a su vez, refleja el esfuerzo estatal en el combate al crimen y el establecimiento de un régimen penitenciario; y, también es un síntoma de una sociedad con altos índices de criminalidad e instituciones que pagaban muy bien a sus funcionarios.

En segundo lugar, aunque el porcentaje pueda variar hasta en un 8%, el total solicitado por el ramo varía únicamente en una desviación menor a los $2,000, lo que muestra que, en general, la cárcel solicitaba un presupuesto basado en sus gastos fijos y ordinarios, centrados en el pago de salarios, alimentos para una población reclusa medianamente estable, insumos para la cárcel y gastos de administración, como se puede ver en la Gráfica 3.

Fuente. elaboración propia a partir de los volúmenes 2196 y 2197 del Fondo Hacienda Presupuestos del AHCDMX.

Gráfica 3 Distribución del presupuesto del ramo cárceles (1863-1871) 

En tercer lugar, se observa en la Gráfica 1 que la tendencia del presupuesto es al alza, y si bien se pueden apreciar ciertos picos en contacto con la Gráfica 2, esto reflejaría que en épocas de bonanza y de crisis, el Ayuntamiento tenía un presupuesto flexible en este ramo. Sin embargo, el aumento o decremento del gasto solicitado se pudo deber a cuestiones internas, como cambios en la población carcelaria, situaciones extraordinarias, compra de insumos no recurrentes, aumentos en la planta laboral o el incremento en sus respectivos salarios.

El ramo de cárceles comprendía tanto la prisión de Belém como la de Diputación. Aunque se dividía la cantidad destinada para los sueldos de cada una, el número de raciones de comida consideradas en el presupuesto era una combinación entre ambas. Esto es significativo, ya que estos dos rubros representaban entre el 89% y el 97% de todo el gasto solicitado por el ramo (ver Gráfica 3). Durante los meses en los que se observa un aumento en los insumos, pero no se mencionan raciones, se identifica dentro del desglose la compra de productos como arroz, frijol, garbanzo, chile ancho, pasilla, sal, maíz, manteca, jabón, verdura, pan, carne y zontles de leña.

Por otro lado, como se mencionó anteriormente, el hecho de que se esté trabajando con un presupuesto y no con gasto ejercido conlleva el problema de que al momento de ejercerlo pudo sufrir cambios. Esto se evidenció en diversos expedientes en los que se contemplaba una reducción del presupuesto solicitado por el ramo de cárceles. Por ejemplo, en 1869 se presentó un presupuesto de proyecto y uno con reducción, del cual tomaremos en cuenta el último debido a la aparente asignación de fondos a los ramos. Este fenómeno se vuelve más frecuente en expedientes que corresponden a un periodo en un contexto postbélico, donde la falta de recursos económicos afectaba considerablemente las asignaciones presupuestarias. Durante estos años, el rubro de cárceles se vuelve menos evidente en los registros, lo cual dificulta su rastreo. En las reducciones presupuestarias, se observa una disminución del gasto en raciones y petates, aspecto que merece una atención particular en el análisis de la gestión penitenciaria durante este período.18

El ramo de cárceles no era el único que destinaba recursos municipales para la prisión. Los presupuestos generales del Ayuntamiento también incluían otros rubros relacionados con la asignación de fondos para Belém. Por ejemplo, en los primeros meses de 1863, aún se observa una asignación presupuestaria para la construcción de la cárcel, incluso después de que esta iniciara operaciones.19 Esto indica que las adecuaciones del edificio aún no estaban completas al momento de recibir a los reclusos.

Además de la construcción del edificio, la municipalidad también consideraba otros aspectos. En septiembre de 1863, se menciona una asignación, en un ramo distinto al de cárceles, para los jóvenes en la penitenciaría correspondiente a un real diario por plaza, lo que equivalía a aproximadamente 230 reales al mes provenientes del Ayuntamiento que muestra hasta que grado las medidas modernas de readaptación se pensaban llevar a cabo. Sin embargo, este rubro desapareció para 1864, pero ¿por qué? Y ¿con qué otra manera se buscaba apoyar a los jóvenes presos?20

Incluso, se registran rubros específicos que generan desconcierto en cuanto a su naturaleza. Por ejemplo, en junio de 1864, el presupuesto del Ayuntamiento incluyó un rubro específico para la “penitenciaría”, además de una asignación de 188 pesos para los sentenciados en el hospital de San Pablo, aparte de los fondos tradicionalmente destinados a cárceles y presidios.21

A pesar de que la administración de estos fondos se llevaba a cabo en un contexto turbulento, donde mantener el funcionamiento normal de la capital era una prioridad para las autoridades municipales, el ramo de cárceles representaba un gasto considerable para el erario. Aunque es evidente la problemática en torno al enfoque en los presupuestos como instrumentos para la investigación histórica, también son herramientas que permiten analizar el contexto por el cual se estaba atravesando, y, lo que es más importante, cuánta importancia se le estaba otorgando al funcionamiento de la cárcel y otras instituciones.

Si bien se profundizará más adelante en los aspectos que se buscaban cubrir con el gasto, también es crucial plantear preguntas iniciales. ¿Por qué se mencionan raciones si las cocinas de Belém no dejaban de operar? ¿Por qué no se exponen las raciones y se enumeran directamente los productos? ¿Indica esto una interrupción en las funciones de la proveeduría de las cárceles o simplemente un cambio en la elaboración de los presupuestos? ¿Cómo afectaba la vida de los presos que los primeros recortes presupuestarios redujeran la cantidad petates y de raciones? Si la tendencia del gasto del ramo iba en aumento, ¿mejoraba la calidad de vida de los presos o simplemente había más personas a las que atender? Estas preguntas son cruciales para comprender más profundamente la dinámica y los efectos del gasto presupuestario en el funcionamiento de las cárceles durante ese periodo.

¿En qué se gasta?

El traslado de los presos en 1863 desde la antigua sede de la Cárcel Nacional en el edificio de la ex-Acordada al nuevo edificio ubicado en el antiguo Colegio de San Miguel de Belém no solo implicó el movimiento físico de los reclusos, sino también un traslado en las prácticas, los trabajadores y la burocracia asociada. Entre estos elementos, se destacan las prácticas administrativas que regían el funcionamiento del recinto carcelario ante las autoridades del Ayuntamiento. Es crucial señalar que este cambio de sede no conllevó la implementación de un nuevo corpus jurídico administrativo que reformara la forma en que se gestionaban las instituciones penales.

Considerando que los presos de la ex-Acordada fueron trasladados a la cárcel de Belém, es razonable suponer que, debido a este cambio de sede de la cárcel nacional, los insumos utilizados en el sistema penitenciario se mantuvieron constantes. Por lo tanto, en esta sección también se tendrán en cuenta los datos de años anteriores a la apertura de la cárcel, así como los datos posteriores. Esto permitirá obtener una visión más completa y contextualizada de la gestión de insumos en la cárcel tanto antes como después del traslado de los presos a su nueva ubicación.

En esta sección se profundizará en el análisis del consumo que se ejercía en el recinto penitenciario. Se considera que a través del examen de los productos adquiridos se pueden revelar algunas de las condiciones materiales al interior de la prisión. Para ello, se seguirá la postura de Enriqueta Quiroz en sus estudios sobre la historia del consumo,22 complementado con el trabajo de Valeria Sánchez, quien proporciona una breve descripción de los recursos y la alimentación para la manutención de los presos en la Real Cárcel de Corte a finales del siglo XVIII.23 Es importante señalar que, en el ámbito carcelario, la perspectiva de la historia del consumo ha sido poco explorada, y las investigaciones rara vez han analizado los patrones de consumo, las preferencias alimentarias y los hábitos de compra en los espacios de reclusión, aspectos que podrían ofrecer una visión más completa de la vida cotidiana y las relaciones sociales en las prisiones.

Por consiguiente, en esta sección se abordará la dependencia gubernamental encargada de la manutención de las cárceles de la Ciudad, destacando cómo su comprensión no solo profundiza en el entendimiento de esta institución, sino que también complejiza la cantidad de agentes involucrados en la vida carcelaria. Posteriormente, se realizará una revisión de cómo se gastaban los recursos de la cárcel a partir de los registros de libros de hacienda, presupuestos y créditos del Ayuntamiento.

Aunque la postura de Enriqueta Quiroz con respecto a la historia del consumo plantea la problemática de utilizar a las instituciones como referencia para determinar lo que se consumía, lo cual puede llevar a errores metodológicos al intentar establecer precios que no sean aplicables a otros miembros de la sociedad, aun así, al analizar qué productos eran los que la cárcel de Belém adquiría, es posible conocer aspectos sociales de las personas que integraban la prisión. En este sentido, las condiciones materiales, como los alimentos y otros insumos, pueden generar prácticas específicas al interior del recinto carcelario.

La proveeduría de cárceles

Para analizar el consumo en la cárcel, es fundamental examinar la dependencia gubernamental responsable de la distribución de bienes e insumos a las prisiones. En lo personal, no he encontrado referencias a esta dependencia en la bibliografía especializada; se trata de la proveeduría de cárceles.

Esta era una institución particularmente extraña. Por un lado, el nombre “proveeduría de cárceles” aparece como un ramo del Ayuntamiento que cubría los gastos de ambas cárceles de la ciudad (Belén y Diputación);24 en otros momentos fue “reemplazada por la comisión cárceles” y pareció estar bajo la dirección de Obras Públicas mientras que en otros pertenecía a la Obrería Mayor. Por otro lado, existió tanto en nóminas como en reglamentos la figura del proveedor de cárceles, lo cual es desconcertante con respecto a, ¿es acaso una persona una dependencia en sí misma? ¿La proveeduría y el proveedor son lo mismo?

Una respuesta la encontramos en las Bases para el arreglo de las cárceles,25 en ellas se establece un sistema de administración diferenciado para las cárceles según el número de reclusos. En las cárceles con quinientos o más internos, se designa a “proveedores” encargados de su gestión. Estos agentes son nombrados por los Prefectos políticos, previa propuesta de las Juntas inspectoras, y debían garantizar su manejo con una fianza y recibían un sueldo fijado por las autoridades.

Las obligaciones de los proveedores abarcaban el pago de sueldos, la realización de compras, la distribución de raciones, la inspección diaria de la cárcel y las cocinas, la gestión de la iluminación, la supervisión de obras de reposición, la entrega de vestuario, la contratación de servicios fotográficos y la rendición mensual de cuentas al Alcalde municipal. Sin embargo, en las cárceles con menos de quinientos reclusos, la responsabilidad recaía en los “comisionados de cárceles” de los ayuntamientos. Estos comisionados se encargaban de las mismas funciones que los proveedores, pero no requerían de un proceso de nombramiento tan riguroso ni de una fianza. Esta diferencia en los procedimientos de nombramiento y la exigencia de fianzas refleja claramente un espíritu de Antiguo Régimen, donde las fianzas actuaban como mecanismos para asegurar que los funcionarios no malversaran los recursos a su disposición.

El hecho de que en el ramo de cárceles de los presupuestos se considerara normalmente a ambas prisiones juntas genera cierto desconcierto, especialmente cuando se observan periodos en los que se designa una comisión en lugar de una proveeduría, cuando, simplemente, Belém mantenía una población constante mayor a los 1000 reclusos.26

Sin embargo, es interesante notar que esta figura de la proveeduría no siempre aparece en los ramos de los presupuestos del Ayuntamiento, lo que sugiere una fluctuación en su presencia a lo largo del tiempo. No solo en su personal, sino también en torno a quién responde, pues, si antes le respondía a la Dirección de Obras Públicas, en las actas de cabildo de 1865 se menciona que el Ayuntamiento suprimió la proveeduría y dejó sus funciones a cargo de la Obrería mayor.27 Este cambio de responsabilidades en la gestión de las cárceles, junto con los diversos cambios de personalidad que han estado al frente de la manutención de ambas prisiones, refleja cómo el informe del presupuesto solicitado experimenta variaciones significativas en su forma y contenido a lo largo del tiempo, lo que genera problemáticas a la hora de estudiar estos expedientes. También refleja un problema en la cadena de mando, lo que repercutió probablemente en el manejo administrativo de la prisión.

¡A comer!

El nivel de institucionalización que tuvo la Cárcel de Belém durante este periodo ha sido tema de esta investigación. No obstante, para abordar este asunto, es necesario tomar en cuenta los aspectos más particulares del actuar al interior de la prisión. Por un lado, la administración de recursos y empleados por parte de las autoridades brinda pistas importantes sobre cómo la sociedad mexicana de mediados del siglo XIX manejaba las instituciones de gobierno y los espacios de reclusión. Por otro lado, aspectos como la dieta y alimentación de los sentenciados permiten analizar cómo la legislación, y su aplicación o no aplicación, repercute directamente en la calidad de vida de las personas privadas de su libertad. La cantidad de alimentos, la calidad de los ingredientes y la cultura gastronómica que se desarrollaba al interior de la cárcel por la cotidianidad de los presos, permiten relacionar aspectos macro de política y economía con situaciones micro de la cotidianidad de un grupo particular.

Por tanto, es necesario analizar cuáles eran los alimentos y los insumos que se administraban a la cárcel, en qué cantidad y en qué porciones, como se muestra en la Gráfica 4. Esto con una doble finalidad. Por un lado, adentrarnos en la vida cotidiana al interior de la prisión y en las condiciones que enfrentaban los internos. Y, por otro lado, establecer una relación entre la cantidad de recursos que se destinaban para cada uno de los presos por parte del Ayuntamiento.

Fuente: elaboración propia basada en los volúmenes 2196-2198 del Fondo Hacienda Presupuestos del AHCDMX.

Gráfica 4 Número de raciones de comida presupuestadas en el ramo de cárceles (1863-1871).  

Como se mencionó anteriormente, se cuenta con expedientes que hablan de raciones para presos y otros en los que se compraban al por mayor los alimentos necesarios para que las internas prepararan las comidas. Por tanto, si bien se analizarán los diferentes productos que se consumían, es necesario primero establecer qué es una ración y qué contiene. Aunque las cocinas de la cárcel de Belém funcionaban constantemente, no debemos considerar a las raciones de los presos como hoy en día se entendería un lunch individual, sino más bien como la cantidad de porciones a considerar por cada uno de los presos y presentados al mayoreo para el consumo de la institución.

El costo de cada una de estas raciones se calculaba en 12.5 centavos,28 y el promedio mensual de raciones distribuidas en las cárceles era de 43,871, lo que equivale a aproximadamente 1,438.4 raciones diarias. Joaquín García Icazbalceta señaló que, durante su visita a la cárcel de Diputación, había 286 reos, mientras que en la cárcel de Belén se registraron 783 hombres y 336 mujeres, sumando un total de 1,119 internos.29 Esto da un total de 1,405 personas, lo cual no difiere significativamente de la cantidad de raciones solicitadas al día por parte de la proveeduría. A pesar de que Icazbalceta inició sus visitas a los establecimientos de beneficencia en julio de 1863, ya para marzo de ese año se registraban 40,300 raciones distribuidas en 31 días, lo que equivale a aproximadamente 1,300 raciones diarias. Por tanto, el análisis de la cantidad de raciones suministradas a la cárcel también sirve como un indicador del crecimiento de la población carcelaria.

Así las cosas, es necesario analizar qué insumos eran los que se contemplaban dentro de estas raciones. Para ello, se utilizarán los expedientes de los meses en los que la proveeduría de cárceles no intervino en la compra de estos insumos y la cárcel directamente reportaba la cantidad de mercancías que se adquirían. Sin embargo, para esto es necesario contrastar lo que los reglamentos especificaban para este aspecto de la vida de los presos.

Para comprender el aspecto alimenticio de la prisión, es necesario relacionar lo que se establece en el apartado “De los alimentos, instrucción y trabajos de los presos” de las Bases para la organización y arreglo de las cárceles. En esta sección, compuesta por 7 artículos, se establece en su artículo 117 que “A los presos deben darse los alimentos necesarios para su subsistencia, sin escasearlos de manera que sufran hambre, ni prodigarlos en términos que sean un estímulo para desear la prisión”. Asimismo, en el artículo 118 se especifica: “Por la regla general se les dará un desayuno de una taza de atole y tres onzas de pan: comida compuesta de una taza de caldo, dos onzas de arroz en sopa, ocho onzas de carne condimentada, y seis tortillas o seis onzas de pan y merienda de seis onzas de pan y tres onzas de frijol, haba o garbanzo guisado”.30

De acuerdo con las observaciones de Icazbalceta parece haber concordancia entre la normativa y la práctica en cuanto a la alimentación de los presos.31 Así mismo, el artículo 119, refería que “se cuidará que las semillas y pan o tortillas sean de buena calidad, y que todos los alimentos estén bien guisados y condimentados”. Por un lado, Icazbalceta menciona la buena sazón de las cocineras.32 Y, por el otro lado, en cuanto al pan en la prisión, al igual que con los otros alimentos, hay evidencias de que sí se suministraba. Sin embargo, esto se complementa a través de expedientes que muestran pleitos por la falta de pago que se tenía con los panaderos.

Por ejemplo, en 1861 se recibía una cantidad de pan que rondaba en promedio $775.14 al mes para las cárceles de la ciudad. No obstante, Francisco Bezares, quien suministraba el pan a las cárceles y al hospital de San Lázaro, no recibía a tiempo el pago por parte de la tesorería.33 Incluso, desde la década de 1850 hasta 1860, los señores Yudovico y Ramírez mantuvieron un pleito por el pago del pan que suministraron a las cárceles y hospitales de la ciudad.34

Estos conflictos ponen de manifiesto las dificultades que enfrentaba la administración municipal para cumplir con los pagos a los proveedores, lo que podría haber afectado la calidad y regularidad del suministro de alimentos a los presos, a pesar de lo estipulado en la normativa. Sin embargo, estos aspectos de la alimentación no son lo único que importa si queremos analizar la cultura gastronómica de la prisión; la forma en la que se consumen los alimentos es parte vital para comprender las prácticas de la cárcel. Si bien en el artículo 120 de las Bases para el arreglo de las cárceles… se estableció que “la comida de los presos en todas las prisiones, habrá las escudillas de hoja de lata necesarias, que se les entregarán á la hora de ésta por el Alcaide, cuidando de recogerlas luego que hubieren concluido y que las hayan lavado”, en realidad, el visitador imperial de cárceles reportó en diciembre de 1864 que los presos, al no tener ninguna clase de vajilla, tenían que recibir y tomar sus alimentos en sombreros.35

A su vez, con respecto a los demás artículos referentes a los alimentos, de acuerdo con el artículo 121, los alcaides debían supervisar la distribución de los alimentos, asegurándose de que se realice de manera equitativa, ordenada y en cantidades suficientes. El artículo 122 prohibía la introducción de comidas particulares para los presos formales o sentenciados en las cárceles, obligando a todos los reclusos a consumir los alimentos proporcionados por el establecimiento para evitar abusos relacionados con la introducción de comidas externas. Y, por último, según el artículo 123, a los detenidos que reciban alimentos del exterior no se les suministraría comida del establecimiento.

Es evidente que el suministro de alimentos al interior de una prisión es vital importancia para su funcionamiento. Sin embargo, debido a las dimensiones e importancia que tenía Belém, mantener un suministro constante de alimentos representaba un reto logístico significativo. Este desafío involucraba a múltiples agentes externos, reglamentaciones y una cadena de mando ambigua que dependía de la cantidad de recursos disponibles por parte del Ayuntamiento. Todo esto repercutía directamente en la calidad de vida de los internos.

Vendas, petates y demás insumos

Efectivamente, además de las raciones y la comida, que requerían una fuerte carga de distribución de recursos por parte de la cárcel, también eran necesarios otros insumos para el funcionamiento adecuado de la institución. Esto incluía aspectos de limpieza de las instalaciones, artículos de oficina y medicinas. Para analizar estos aspectos, recurriremos al presupuesto de la Proveeduría de Cárceles para 1870, que incluye diversas categorías de gastos necesarios para el mantenimiento y funcionamiento adecuado de las instalaciones.

El suministro diario de alumbrado para la Cárcel de Belén incluía gas, aceite y aguardiente, necesarios para mantener la iluminación adecuada de los aparatos de la cárcel. Así mismo, en la categoría de velas, se destinaba una cantidad significativa a la adquisición de velas de sebo y de ácido esteárico, así como petróleo para los aparatos de iluminación y mechas para los faroles de mano; y, también, se compraban bombillas para asegurar una iluminación adecuada.

Los gastos menores de curación de heridas incluían la compra de seda chaguey,36 cera blanca, alfileres, carbón, hilos, tablas para heridos y toallas, tanto para la cárcel de Diputación como para las enfermerías de Belén. Con respecto a los gastos de limpieza abarcaban la compra mensual de jabón, trapos para fregar, plumeros, escobas de diferentes tipos y escobetas. Además, se incluían palas, lazos y otros utensilios necesarios para mantener la limpieza y el orden. Entre estos gastos se encontraban también la adquisición de jarras, cazuelas y otros servicios, así como morillos, baleas, cedazo,37manos de metate y costales para carne, pan y basura. Además, se previeron fondos para cubrir gastos varios imprevistos. En cuanto a la batería de cocina, se destinaban recursos para el estañado mensual de piezas y para composturas menores, como reclavar y enderezar.

Los gastos de escritorio incluyeron papel fino, papel para cubierta, plumas de acero, obleas y tinta. También se consideró la reposición de tinteros y otros materiales de oficina. En cuanto a los libros necesarios para la administración de las cárceles y la escuela de primeras letras, se adquirieron varios volúmenes destinados a listas, salidas, entradas generales, autoridades, comandantes y jueces, así como libros de práctica del alfabeto.

Para los dormitorios, se contemplaba la compra de petates y otros suministros necesarios para asegurar el bienestar de los reclusos. Además, se incluyó el pago de servicios de barbero para ambas cárceles y los gastos extraordinarios que abarcaban la hojalatería, con reposición de faroles y cristales, carpintería para diversas composturas de puertas y bastidores, y trabajos de herrería para la reparación de barriles y chapas.

Finalmente, la sección de ranchos contempla la adquisición de barriles, cubas y tinas necesarias para el manejo y almacenamiento de diversos productos, así como, los gastos para el carro utilizado en el transporte de las mercancías, que contemplaba la pastura para la mula y las herraduras necesarias cada dos meses, asegurando así su operatividad constante. Este detallado desglose del presupuesto de la Proveeduría de Cárceles para 1870 muestra una cuidadosa planificación para asegurar el correcto funcionamiento y mantenimiento de las instalaciones penitenciarias.38

Por último, quedan cabos sueltos, como el vestido de los presos, los útiles para la escuela y los efectos que era una categoría difusa difícil de definir. Con respecto al primero, Icazbalceta señaló que, en cuanto a vestimenta y calzado, la cárcel no se encargaba de proveerlos, y cada preso debía procurárselos por su cuenta.39 Sin embargo, Las Bases para el arreglo de las cárceles […] establecían las normas para el vestuario de los reclusos, donde se menciona que las cárceles proporcionarían prendas específicas para hombres y mujeres. Se les otorgarían dos conjuntos de ropa al año, incluyendo camisas, calzoncillos o enaguas, pantalones o blusas, zapatos, sombreros o rebozos. Se exigía el uso obligatorio del traje penal, manteniéndolo limpio y en buen estado, con lavado semanal. Aquellos con condenas menores a un año recibirán la ropa según el tiempo de su sentencia, mientras que los indigentes obtendrán vestimenta cada seis meses. Al salir de prisión, se recogería la ropa proporcionada por el establecimiento. Además, se suministrarían sábanas, frazadas y una hamaca enrollable, que los presos lavarían y sacudirían regularmente para mantener la higiene.40 Sin embargo, con respecto a esto último, Francisco Javier Peña quién, menciona que eran los presidentes de los presos los que rentaban frazadas inmundas a los recién llegados y en las noches les volvían a pedir dinero con la amenaza de quitárselas.41

Además, en 1871, aunque ya se había especificado que se le pagaba a un maestro desde 1870, en ese año se presupuestaron “útiles para la escuela de Belém”, indicando una formalización en la provisión de recursos educativos para los reclusos. Sin embargo, no se especifica dentro de la compra los útiles que se suministraron.42

Por último, un punto ambiguo es el término “efectos”, que no se aclara en los registros. Por ejemplo, la tesorería adeudaba a don Juan de la Fuente $638 por “efectos ministrados a las cárceles” en 1861. Sin embargo, la naturaleza específica de estos “efectos” no se detalla en los documentos disponibles, lo que genera incertidumbre sobre su exacta naturaleza y uso dentro del sistema carcelario.43

¿En quiénes se gasta?

Los pobres presos

El señor regidor D. Felipe Robleda escribió en el informe del ramo de cárceles, presentado dentro de las Memorias del Ayuntamiento, que en 1863 cerca de 17,000 personas habían pasado por alguna de las cárceles de la Ciudad de México. De este total, 7,672 individuos fueron internados en la Cárcel de Belém por diversos delitos del ramo criminal, mientras que 9,268 fueron detenidos en la cárcel de Diputación por embriaguez, infracciones de policía y otros excesos. Esto significa que, con las estimaciones de Robleda, entre un 9% y un 10% de la población de la capital mexicana pisaron alguna de estas prisiones durante ese año,44 lo que ilustra y dimensiona la relevancia del tema carcelario para la sociedad mexicana de la época.

Por tanto, será necesario definir qué se entendía como delito en la época, para posteriormente realizar un análisis de los datos estadísticos reportados por el Ayuntamiento. Esto permitirá obtener pistas sobre las actividades delictivas en la capital y la manera en que se castigaban. Una vez que se tenga claro el perfil de la población reclusa en Belém, se dimensionará, tomando los datos anteriores, el costo que representaba para las arcas locales mantener a cada uno de los presos allí recluidos.

Como se mencionó anteriormente, los estudios estadísticos sobre la criminalidad en México, y en particular en la capital, son aún pocos e insuficientes para abordar el periodo comprendido entre 1863 y 1871. Sin embargo, esto no significa que no se puedan aprovechar otras investigaciones que abordan diferentes temporalidades y espacios. Tal es el caso de Teresa Lozano y su estudio sobre la criminalidad en la Ciudad de México en las dos primeras décadas del siglo XIX.45 Aunque este estudio se centra en un momento en el que prevalecía el sentido de justicia del Antiguo Régimen -es decir un gobierno de jueces o lo que sería una justicia jurisdiccional-, también atiende a un periodo marcado por convulsiones políticas, económicas, sociales y militares que afectaban al país.

Dado que para el periodo estudiado no existen mediciones en torno a los índices de criminalidad, es necesario elaborar las propias. Por tanto, se recurrirá al análisis de las entradas a la Cárcel Nacional, una fuente extraordinaria para llevar un registro de los distintos delitos que se castigaban. Pues bien, el tipo de crímenes que se castigaban en la prisión es un indicador claro de las actividades ilícitas de la población.

Con respecto a las características de la población reclusa en estos años, fue complicado realizar un rastreo cronológico de los delincuentes que ingresaban a la prisión. Aunque supuestamente existían los libros de entradas en esta época, no fue posible localizarlos. Por tanto, se recurrió a las memorias que el Ayuntamiento elaboraba anualmente, en las que cada uno de los ramos realizaba un reporte de lo acontecido durante todo el año. Cabe destacar que, aunque el ramo de cárceles elaboraba sus Memorias, estas no eran consistentes en cuanto a la información presentada. Son pocos los años que realmente ofrecen datos cuantificables como el número de reos por delito, entradas, salidas y, en ocasiones, el género de los delincuentes. Esto deja el interrogante si es que estas omisiones eran intencionadas en favor de aprovechar la crisis para encarcelar perseguidos políticos sin dejar registros claros; o eran una herramienta de manipulación presupuestal.

Para tal labor, es importante primero definir lo que se consideraba un delito. Según las Siete Partidas, un delito era un “hecho cometido por uno en daño o deshonra de otro”. De acuerdo con Jorge Corvalán y Vicente Castillo, en el Derecho Indiano, un delito era “el quebrantamiento de una ley, cometido voluntariamente y a sabiendas, con daño u ofensa del Estado o alguno de sus individuos”.46 Por su parte, el Diccionario Razonado de Legislación y Jurisprudencia de Joaquín Escriche definía el delito como “la infracción de la ley penal; un acto prohibido, porque produce más mal que bien, esto es, más mal para el paciente que bien para su autor; la violación de un deber exigible, hecha en perjuicio de la sociedad o de los individuos; lesión de un derecho”.47 Según el mismo autor, aunque el término “crimen” se utilizaba a menudo como sinónimo de “delito”, tenía una connotación más grave y, por tanto, el castigo era más severo.48

Por lo tanto, dado que la Cárcel de Belém abrió sus puertas el 23 de enero de 1863, como puede verse en la Gráfica 5, después de haber sido designada como la nueva sede de la Cárcel Nacional albergó a los presos provenientes de la Ex-Acordada y del presidio de Santiago,49 es posible comenzar a contabilizar los ingresos a partir de ese momento. No obstante, antes de proceder, resulta necesario realizar una clasificación de los distintos delitos que allí se castigaban. En este sentido, he dividido en nueve categorías las razones por las cuales las personas ingresaban a la prisión:

  1. Delitos contra la vida: homicidio, parricidio, infanticidio, suicidio y envenenamiento.

  2. Delitos contra la integridad física: riñas, riñas y heridas, riñas y golpes, heridores, golpes, rapto, servicia (malos tratos, crueldad excesiva), amago, atropello con carro.

  3. Delitos contra la propiedad: incendiarios, robo, robo ratero, ladrones conocidos, hurto, receptación, plagio, asalto y robo, estafa, abigeato y estelionato.

  4. Delitos contra el orden público y autoridades: excesos, ebrios, vagos, nocivos, falsificación, prófugos de casa paterna, prófugos de casa marital, sospechosos, imprenta clandestina, faltas a la autoridad/policía, falta a sus padres, protección de fuga, infracciones, incontinencia, peculado, prófugos, monederos y billetes falsos, portación de moneda falsa, comisión fingida, conspiradores, portación de armas y ocultación de armas.

  5. Delitos contra la moral y las buenas costumbres: incesto, adulterio, mancebía, prostitución, lenocinio, sodomía, estupro, estupro inmaturo, rapto y estupro, fuerza carnal, bigamia, pederastia y seducción.

  6. Delitos contra la integridad moral/honor: injuria, calumniadores, falsedad, abuso de confianza y abuso de confianza.

  7. Crímenes de guerra: abandono de guardia, sublevados, desertores, traición y prisioneros de guerra.

  8. Otras entradas: cadáveres de fetos y párvulos, cadáveres por riñas, cadáveres acuchillados, cadáveres accidentados, enfermos indigentes, heridos, acuchillados, identificación, accidentados y atropellados.

  9. Varios delitos.

Fuente: elaboración propia a partir de la Memoria de los ramos del Ayuntamiento.

Gráfica 5 Entradas totales de hombres y mujeres que registró la Cárcel de Belém durante el año de 1863 

Se tiene registro de las entradas a la cárcel de los años 1863, 1866 y 1868.50 En cuanto a 1863, contamos con el número de entradas totales de hombres (4,973) y mujeres (2,699), y la cantidad de internos que cometieron cada delito (sin discriminar por género) (ver Gráfica 5). Para 1866, únicamente se registró la cantidad total de hombres y mujeres que ingresaron a la prisión durante el año, en total 5,587 personas (4,300 hombres y 1,287 mujeres).51 Por último, para 1868 se cuenta con el total de hombres y mujeres que ingresaron (5,882 y 3,025 respectivamente), así como la distribución que estos tenían frente a los crímenes que se les imputaban (ver Gráfica 6).

Fuente: elaboración propia a partir de la Memoria que el Ayuntamiento Constitucional del año de 1868 presenta para conocimiento de sus comitentes.

Gráfica 6 Entradas totales que registró la cárcel de Belém durante el año de 1868 

En las Gráficas 5, 6 y 7, se observa que, para 1863, los crímenes contra la integridad física, el orden público y la propiedad constituían el 78% de los delitos. Este dato contrasta con lo registrado en 1868 con la notable mayoría de los delitos contra la integridad física, que representaban un 60% en hombres y un 45% en mujeres. Asimismo, se aprecia un crecimiento en otros sectores, como los delitos contra la moral y la propiedad, así como un incremento en las entradas de víctimas a la cárcel.

De igual manera, es importante analizar cómo la distribución de crímenes no era la misma entre ambos géneros. Si bien es bien sabido que las mujeres durante el siglo XIX no eran iguales a los hombres ante la ley y no podían ejercer los mismos derechos políticos, también es cierto que se enfrentaban a un sistema de justicia desigual. De acuerdo con Elisa Speckman, las mujeres no solo eran juzgadas por delitos diferentes a los hombres, sino que también eran castigadas más duramente por los mismos delitos.52 A las mujeres criminales se les castigaba no solo por el delito cometido, sino también por transgredir el modelo de conducta y los valores impuestos por la burguesía a las mujeres de la época. Se les juzgaba con mayor severidad que a los hombres, ya que se consideraba que al delinquir violaban las normas: la legal, la social y la moral. Los crímenes cometidos por mujeres eran tipificados y juzgados desde la perspectiva del estereotipo femenino diseñado por las clases dominantes. Así, las transgresiones a este modelo de conducta estaban implícitas en la definición misma del delito femenino.

Las mujeres recibían castigos más severos si delinquían en el espacio público que en el privado, pues al hacerlo no solo violentaban la ley sino que daban un “mal ejemplo” a las demás mujeres al alejarse abiertamente del ideal femenino. Los jueces, pertenecientes a las clases media y alta, imponían sanciones inspirándose en mujeres que, a diferencia de las criminales, tenían la educación y los medios para ajustarse al modelo de conducta femenino.

En cuanto a los crímenes cometidos por mujeres, predominaban delitos como robo simple, hurto, lesiones leves, injurias y delitos contra la moral. Además, tenían mayor presencia en crímenes relacionados con infantes: aborto, infanticidio, abandono, robo y corrupción de menores, siendo el aborto y el infanticidio delitos casi exclusivamente femeninos.

Fuente: elaboración propia a partir de la Memoria que el Ayuntamiento Constitucional del año de 1868 presenta para conocimiento de sus comitentes.

Gráfica 7 Entradas cárcel de Belém - 1868 

Cabe destacar que estudios como los de Speckman establecen que, durante el Porfiriato, las cifras de criminalidad femenina en el Distrito Federal representaban únicamente el 24% de los delitos consignados y el 21% de los sentenciados.53 Sin embargo, la distribución por géneros de las entradas en la cárcel muestra que, durante 1868, las mujeres representaron el 33.96%, más de una tercera parte del total de entradas a la cárcel, mientras que los hombres ocupaban el 66.03%.54 Aunque las mujeres constituían una parte importante de la población reclusa, es evidente que el tipo de delito por el que eran acusadas era distinto, en particular, los delitos contra la moralidad.

Aunque, de acuerdo con el Regidor Comisionado de Cárceles, Felipe Robleda, para 1863 había bajado el número de presos de años anteriores, se observa que la Cárcel de Belém pasó de 7,672 internos en ese año a 5,587 en 1866 para posteriormente volver a subir en 1868,55 alcanzando incluso 8,907 internos, lo cual refleja que la problemática carcelaria no se frenó con la vuelta de la República juarista. Y bien pudo usarse para fines de persecución política al restaurarse el orden republicano.

Esta heterogeneidad de presos tenía necesidades y gastos no contemplados dentro de los alimentos e insumos cotidianos de la cárcel. Entre estos aspectos, el presupuesto del Ayuntamiento consideraba, en un rubro distinto a otros aspectos relacionados con la cárcel, tales como la manutención de los jóvenes presos,56 así como los materiales necesarios para los talleres. Por ejemplo, para 1863, el regidor Felipe Robleda informó que la cárcel de Belém impartió durante su primer año de servicio talleres de carpintería, carrocería, herrería, hojalatería, sastrería, zapatería, telares de manta y zarapes, entre otros, “para que se ocuparan tantos brazos ociosos como allí se encontraban”.57

Además, hay fuentes que detallan los arreglos al inmueble y el régimen que tenían los presos, así como las peripecias a las que se enfrentaba la comisión de cárceles al buscar lidiar con aspectos como la desnudez, la falta de cobijas, la alimentación e incluso la educación. Con respecto a este último punto, en el que no hemos hecho énfasis, el comisionado de cárceles en 1870 reportó que funcionaba la escuela de primeras letras para aquellos presos que no tuvieran oficio y que voluntariamente quisieran tomar las clases. De estos se dividía en los 3 departamentos (hombres, mujeres y jóvenes). Cada uno de estos departamentos se subdividía según el material que consultaban los alumnos, incluyendo el silabario, el libro primero, el segundo, escritura, aritmética y gramática. De cada uno de estos cursos, la prisión de hombres tuvo en total 392 alumnos, en la de mujeres 122, y de jóvenes 235. En total, 749 alumnos durante ese año en toda la cárcel.58

Todo esto sugiere que, además de las actividades cotidianas, había un enfoque en la educación y el trabajo dentro de la cárcel, lo cual implicaba una inversión en materiales y recursos para mantener estas actividades que no se veían reflejados en los gastos reportados por la proveeduría de cárceles. Sin embargo, estos esfuerzos indican claramente que ya no se consideraba a la prisión únicamente como un espacio transitorio en el que el preso espera a cumplir su condena, sino como un lugar donde, a través de la educación y la obtención de un oficio, los reclusos podrían reintegrarse a la sociedad que los apartó.

La planta laboral de la cárcel

Los historiadores económicos, con el propósito de comprender el bienestar social en relación con variables económicas, se han dedicado a desarrollar modelos de medición de distintos factores que nos permiten obtener una mayor comprensión de la calidad de vida de las personas de una época determinada, considerando aspectos como la riqueza, la distribución, las necesidades que enfrentaron ciertas comunidades, etcétera. Para el caso específico de la Ciudad de México a mediados del siglo XIX, existe un número limitado de investigaciones que proporcionan variables y datos relevantes que pueden ser aprovechados para este estudio con el objetivo de dimensionar la forma en que los empleados de la Cárcel de Belém mantenían un estilo de vida basado en la remuneración que percibían por parte de la institución.59 Como se mencionó anteriormente, la parte de salarios en la distribución de gastos de la cárcel mantenía cierta estabilidad, al ser un gasto fijo y representar un alto porcentaje del presupuesto ejercido. Por lo tanto, es importante analizar la distribución de la nómina del cuerpo burocrático y de guardia de la prisión. Al examinar la evolución del pago de los sueldos de la cárcel, en la Gráfica 8 se observa una tendencia al alza. ¿Qué implicaciones tuvo esto? De acuerdo con los datos recopilados de los presupuestos de hacienda relacionados con la proveeduría de cárceles, esto se explica por dos factores: la ampliación de la planta laboral y el incremento de los salarios de algunos funcionarios.

Sin embargo, es pertinente preguntarse qué establece la legislación con respecto a estos cambios. En relación con la planta laboral, es necesario recordar que la primera planilla de empleado simplemente se trasladó de la antigua sede de la cárcel a la nueva. No obstante, es fundamental revisar la normativa para determinar si el crecimiento de la nómina respondía a la reglamentación o si fue una respuesta a la falta de capacidad operativa.

Fuente: elaboración propia a partir de los expedientes pertenecientes al fondo de Hacienda Presupuestos del AHCDMX.

Gráfica 8 Gasto presupuestado en la nómina de la cárcel 

Para comprender mejor el funcionamiento interno de la cárcel, es necesario conocer quiénes eran las personas que allí laboraban, qué puestos ocupaban y cuánto percibían mensualmente por su trabajo. Gracias a la guía El viajero en México: completa guía de forasteros para 1864; obra útil para toda clase de persona, es posible obtener información valiosa sobre el funcionamiento de la capital mexicana en aquel año. En su quinta parte, referida a la administración de justicia en el Imperio, se encuentra el directorio de los empleados que trabajaban en dicha prisión.60

Fuente: elaboración propia a partir de AHCDMX, [...] Hacienda presupuesto, v. 2072, 2196, 2197, 2198.

Organigrama 1 Dependientes del ramo cárceles, Ciudad de México 

Fuente :Elaboración propia a partir de AHCDMX, [...] Hacienda presupuesto, v. 2072, 2196, 2197, 2198. Para el caso de las líneas continuas refieren a la planta original de la prisión, la línea cortada a los puestos que se fueron añadiendo posteriormente y, por último, la línea punteada del “preso presidente” el cual no era un trabajador pero formaba parte del aparato de control y gozaba de beneficios dentro de la población reclusa.

Organigrama 2 Puestos y salarios de los trabajadores de la Cárcel de Belém (1863-1871) 

Es a partir del organigrama de la cárcel (Organigramas 1 y 2) que se puede observar el desarrollo y crecimiento de la planta laboral. Lo cual responde a una lógica en la que crecieron los puestos al interior de la cárcel, con la llegada de más celadores y con la aparición de nuevas figuras. Sin embargo, también es posible puede observar como algunos puestos como el alcaide y el escribano de entradas si tuvieron un incremento en su salario.

Sin embargo, encontramos que de acuerdo con el Reglamento para el servicio interior de las penitenciarías y presidios (1865), el director de la cárcel, es decir, el alcaide, debía tener un sueldo mensual de $130, mientras que un escribiente $90, el primer vigilante $80 y los demás vigilantes únicamente $40.61 Lo primero a destacar es que los puestos mencionados en esta normativa no coinciden con la cantidad de empleados ni sueldos reales que tenía la cárcel. Aunque otras normativas como Las bases para la organización […] y el Reglamento para el gobierno interior económico […] sí establecían los demás puestos faltantes e incluso otros adicionales, parece que la normativa que más se ajusta a la planta laboral que aparece en la nómina era el Reglamento para el gobierno interior […]. Este reglamento cumple con la mayoría de los puestos, aunque también contempla aspectos de la administración de la cárcel de mujeres que no se cumplían, como los cargos de rectora y la vicerrectora, véase la Gráfica 9.

Fuente: elaboración propia a partir del expediente localizado en AHCDMX, [...] Hacienda presupuesto, v. 2197 /exp: 46 /f:78.

Gráfica 9 Distribución de los gastos de la Cárcel de Belém presupuestado para enero de 1865 

La respuesta al aumento de los salarios de los empleados de la cárcel de Belén puede no estar relacionada con el ajuste a la normativa, ya que, como se ha mencionado repetidamente, el gobierno de la Ciudad de México se enfocaba más en mantener el statu quo de la capital y daba poca importancia a quedar bien con las autoridades imperiales, a pesar de la presencia de visitadores en las instituciones. Además, este estudio trasciende las fronteras temporales del Segundo Imperio mexicano. Sin embargo, las variables económicas permanecen constantes, independientemente de quien gobierne el país, y aspectos como la inflación podrían explicar el incremento en los salarios de los empleados de la cárcel. Aunque otros aspectos de la prisión se mantuvieron estables o incluso se redujeron en comparación con el porcentaje que los salarios representaban para el egreso del Ayuntamiento, es posible que estos aumentos sostenidos tuvieran como objetivo mantener estables los salarios reales de los funcionarios. Por otro lado, también cabe la posibilidad de que los funcionarios mantuvieran altos sus salarios para conservar un estilo de vida privilegiado.

La inflación alcanzó máximos históricos de 537%; entre 1822 y 1861, los precios subieron un 268%, mientras que, durante el Segundo Imperio, la inflación alcanzó el 361% en 1865 y el 414% en 1866.62 Tomando como referencia al alcaide, quien en 1863 ganaba $90 mensuales y para 1870 percibía $105, se observa un incremento de únicamente el 16% en 7 años lo que evidencia la diferencia entre inflación y aumento salarial. Considerando que en enero de 1864 un médico director del Hospital municipal de San Pablo percibía mensualmente $50,63 frente a los $105 que ganaba en 1871 el alcaide de la cárcel más importante del país, se evidencia una disparidad salarial.

Además, en el mismo hospital, un practicante mayor recibía mensualmente $25 y uno menor apenas $15, mientras que, en promedio, un maestro albañil en la Ciudad de México ganaba alrededor de $22.5 al mes en esa época, menos que un celador de la cárcel. Dimensionando estos salarios con el costo de la carne, el maíz y el frijol, que era de aproximadamente de 12.5, 4.6 y 16 centavos por kilogramo respectivamente,64 un alcaide en 1863 podría comprar diariamente alrededor de 23.6 kilos de carne, 64.1 kilos de maíz o 18.3 kilos de frijol, mientras que un boquetero, con sus $28 mensuales, podría adquirir al día 7.28 kg de carne, 19.78 kg de maíz o 5.65 kg de frijol.

En promedio, los empleados de la cárcel de Belén tenían salarios competitivos en comparación con otros trabajadores, lo que les permitía adquirir productos básicos para su día a día. Aunque el incremento sostenido de sus salarios entre 1863 y 1870 no logró equiparar el aumento inflacionario que sufrió la economía nacional, se mantuvieron por encima de lo percibido por otras profesiones y oficios de la época. En conclusión, el aumento sostenido del egreso destinado por el Ayuntamiento de la Ciudad de México para el pago de la nómina de la planta laboral de la Cárcel Nacional entre 1863 y 1871 se debió principalmente a dos factores: el incremento de la planta laboral debido al exceso de las labores al interior de la prisión y el aumento salarial que parece responder a la situación inflacionaria del momento, y no tanto, al apego a una normativa que pareció nunca empatar con el aspecto nominal de la cárcel.

Conclusiones: una cárcel cara

La cárcel, vista a través de sus números, revela diversos aspectos cruciales para comprender el ámbito social de los actores al interior de la prisión. Desde una perspectiva económica, la importancia de la Cárcel Nacional adquiere nuevas dimensiones. Considerando los diversos gastos que efectuaba Belém y la población reclusa que mantenía, el Ayuntamiento de la Ciudad de México destinaba un promedio de 7 pesos mensuales por cada preso para mantener el funcionamiento de la institución.

A lo largo de este trabajo me dediqué a desglosar la distribución de esos 7 pesos, abarcando aspectos como alimentación, salarios, insumos, criminalidad y normatividad. Sin embargo, este último aspecto resultó ser el más problemático, debido a las contradicciones y vacíos existentes en las distintas normativas, que parecían no empatar con la realidad carcelaria en cuestiones como la plantilla laboral y su correspondiente nómina. Esto plantea la interrogante: ¿en qué se basaban para manejar esta institución?

Durante todo el periodo estudiado, el presupuesto para el ramo de cárceles se mantuvo al alza, posiblemente influido por factores inflacionarios y la situación política. No obstante, el porcentaje del egreso que representaba para el Ayuntamiento, frente a otras instituciones, demuestra su crucial importancia para la ciudad. En los años clave de medición (1863, 1866 y 1868), que abarcan desde la llegada de las tropas francesas hasta la restauración de la República juarista, la población carcelaria solo disminuyó en 1866, para volver a crecer en 1868, un año después del fin de la guerra. Además, se observó un cambio en el tipo de delitos, con un notable incremento en aquellos contra la integridad física, la propiedad y el orden público. Esto a simple vista sería ¿es acaso que con la vuelta a la República la gente se peleaba más? o más bien, ¿con la vuelta de los jueces y una persecución de opositores del régimen republicano es que se llenó la cárcel de Belém?

Las conclusiones de este artículo evidencian la urgente necesidad de las autoridades municipales por mantener financieramente una institución con una población reclusa en aumento, enfrentando constantes faltas de pago a proveedores y exempleados, recortes presupuestarios que afectaban la calidad de vida de los reclusos, y problemas en la gestión como los experimentados por la proveeduría de cárceles. Así mismo, la planta laboral, aunque nominalmente veía crecer sus salarios, en realidad experimentaba una disminución en su poder adquisitivo.

Este panorama, sumado a las malas condiciones del inmueble y la falta de insumos, demuestra la dificultad que enfrentaban las autoridades para mantener el orden y el funcionamiento adecuado de la cárcel. A pesar del ligero aumento en presupuesto y salarios durante el gobierno de Maximiliano, los problemas financieros continuaron afectando las necesidades básicas de la prisión. Como resultado, independientemente de quién gobernara el país, los presos vivían un infierno en vida tras los barrotes de Belém, mientras que los altos funcionarios mantenían salarios altos y competitivos. Esta situación resalta las profundas contradicciones y desigualdades presentes en la sociedad mexicana de la época.

Fuentes primarias

Bases para la organización y el arreglo de las cárceles, Sección Primera. Andrade y Escalante, Boletín de las Leyes del Imperio Mexicano: compendio de las leyes, decretos y reglamentos generales, números del 1 al 176, expedidos por el Emperador Maximiliano desde el 1 de julio hasta 31 de diciembre de 1865, México, 1866. [ Links ]

Breve reseña de la situación topográfica de la Prisión de Bethlem, con varias observaciones que ha hecho el que suscribe, para su reforma y mejor arreglo de sus oficinas advirtiéndose además los inconvenientes que hasta hoy presenta para ser una prisión sana y segura, Ca. 1865, Francisco Fernández Zamora, en AGN /México Independiente /Justicia y Negocios eclesiásticos /Justicia Imperio /106 /86126 /31 /f:278 r. [ Links ]

Informe sobre los establecimientos de beneficencia y corrección de esta capital; su estado actual; noticia de sus fondos; reformas que desde luego necesitan y plan general de su arreglo / presentado por José María Andrade. México 1864 “Escrito póstumo de don Joaquín G. Icazbalceta publicado. por su hijo Luis G. Pimentel” [ Links ]

Memoria de los principales ramos de la policía urbana y de los fondos de la ciudad de México 1864, México, Imprenta de Andrade y Escalante, 1864. [ Links ]

Memoria de los ramos municipales correspondientes al semestre de enero junio 1866. México, Imprenta Económica, 1866. [ Links ]

Memoria que el Ayuntamiento Constitucional del año de 1868 presenta para conocimiento de sus comitentes. México, Imprenta de Ignacio Cumplido, 1868. [ Links ]

Miguel María de Azcárate, Memoria de los principales ramos de la policía urbana y de los fondos de la Ciudad de México, México, Imprenta de J. M. Andrade y F. Escalante, 1864. [ Links ]

Reglamento para el servicio interior de las penitenciarías y presidios, en AGN, con la siguiente clasificación México Independiente/Justicia y Negocios eclesiásticos/Justicia Imperio/Volumen 106/86126/23/Exp. 23/ Tomo 106/ Imperio/ Legajo 52/ Fojas 308-323. [ Links ]

Archivos consultados

AHCDMX Fondos: Hacienda - Presupuestos, créditos pasivos; Actas de Cabildo; Cárceles en general. [ Links ]

Bibliografía

Becerril Hernández, Carlos de Jesús, Hacienda pública y administración fiscal, La legislación tributaria del Segundo Imperio mexicano (Antecedentes y desarrollo), México, Instituto de Investigaciones Dr. José María Luis Mora, 2015. [ Links ]

Becerril Hernández, Carlos de Jesús, “El sistema tributario del Segundo Imperio mexicano, 1863-1867”, en Galeana, Patricia, La legislación del segundo imperio, México, INEHRM, 2016. [ Links ]

Calvo, Thomas. Espadas y plumas en la Monarquía Hispana. Alonso de Contreras y otras vidas de soldados (1600-1650), Madrid, El Colegio de Michoacán, 2019. [ Links ]

Challú, Amílcar E. y Gómez Galvarriato, Aurora, “Mexico’s real wages in the age of the great divergence, 1730-1930”, Revista de Historia Económica, Journal of Iberian and Latin American Economic History, vol. 33, núm. 1. [ Links ]

Challú, Amílcar E., García Solares, Israel y Gómez-Galvarrito, Aurora. “Rent-wage inequality in Mexico City, 1770-1930”, The Economic History Review, 2023. [ Links ]

Del Valle, Juan N., El viajero en México: completa guia de forasteros para 1864; obra útil a toda clase de personas, México, Andrade y Escalante, 1864. [ Links ]

Escriche, Joaquín, Diccionario razonado de legislación y jurisprudencia, Madrid, Librería de la señora Viuda e Hijos de D. Antonio Calleja, 1847. [ Links ]

Diccionario razonado de legislación y jurisprudencia, Madrid, Librería de Rosa, Bouret y C., 1851. [ Links ]

Flores Flores, Graciela, La justicia criminal ordinaria en tiempos de transición. La construcción de un nuevo orden judicial (Ciudad de México, 1824-1871), México, UNAM, Instituto de Investigaciones Sociales, 2019. [ Links ]

Gaona Rivera, Elías, “Salario nominales y reales de los mineros de Real del Monte” 1766,1892”, Tzintzun. Revista de Estudios Históricos, núm. 75, enero-junio, 2022. [ Links ]

Gómez-Galvarriato, Aurora y Musacchio, Aldo, “Un nuevo índice de precios para México”, El Trimestre Económico, vol. 67, núm. 265, enero-marzo, 2000. [ Links ]

Jáuregui Frías, Luis, “Los ministros, las memorias de Hacienda y el presupuesto en México, 1825-1855. Una visión desde el gasto público”, Estudios de Historia Moderna y Contemporánea de México, núm. 48, julio- diciembre,2014. [ Links ]

Lira, Andrés y Staples, Ana. “Del desastre a la reconstrucción republicana, 1848-1876”, en Velázquez, Historia General de México ilustrada, vol. II, México, El Colegio de México, Cámara de Diputados, 2010. [ Links ]

Lozano Armendares, Teresa, La criminalidad de la ciudad de México 1800-1821, México, Universidad Nacional Autónoma de México, 1987. [ Links ]

Malby, Steven y Davis, Philip, Monitoring the Impact of Economic Crisis on Crime, Viena, United Nations Office on Drugs and Crime, 2012. [ Links ]

Pani, Erika, “Novia de republicanos, franceses y emperadores: la Ciudad de México durante la intervención francesa”, Relaciones. Estudios de historia y sociedad, vol. XXI, núm. 84, otoño, 2000. [ Links ]

Peña, Francisco Javier, Estudio higiénico de las cárceles de México: tesis para el exámen profesional de medicina y cirujía, México: Imprenta de I. Cumplido, 1875. [ Links ]

Pérez Toledo, Sonia, “El trabajo femenino en la Ciudad de México a mediados del siglo XXI”, Signos históricos, núm. 10, julio-diciembre, 2003. [ Links ]

Quiroz, Enriqueta, El consumo como problema histórico. Propuestas y debates entre Europa e Hispanoamérica, México, Instituto de Investigaciones Dr. José María Luis Mora , 2006. [ Links ]

Quiroz, Enriqueta, La carne: entre el lujo y la subsistencia. Mercado abastecimiento y precios en Ciudad de México 1750-1812, (tesis de doctorado: Colegio de México, Ciudad de México, 2000). [ Links ]

Salazar, Rosa, “Los sirvientes domésticos”, en: Moreno Toscano, Alejandra (coord.), Ciudad de México: ensayo de construcción de una historia, Instituto Nacional de Antropología e Historia, 1978. [ Links ]

Sánchez Michel, Valeria, Usos y funcionamiento de la cárcel novohispana: el caso de la Real Cárcel de Corte a finales del siglo XVIII, México, El Colegio de México, Centro de Estudios Históricos, 2008. [ Links ]

Sarmiento Valle, Juan Pablo, “Habiéndose acostado buenos despertaban en la eternidad”: La cárcel de Belén; espacio, prácticas y reglamentos (1862-1871)”, tesis de maestría en Historia Moderna y Contemporánea, Instituto de Investigaciones Dr. José María Luis Mora, 2024. [ Links ]

Speckman Guerra, Elisa, “Las flores del mal”, Historia mexicana, vol. 47, núm. 1, julio-septiembre, 1997. [ Links ]

Strobel, Héctor. Resistir es vencer. Historia militar de la Intervención francesa 1862-1867, México, Grano de Sal, 2024. [ Links ]

*El presente artículo surge de una versión preliminar que trabajé en mi tesis de maestría denominada Sarmiento, “Habiéndose acostado buenos”, 2025.

1Malby y Davis, Monitoring the Impact of Economic, 2012, p. 36.

2Flores, Justicia criminal ordinaria, 2019, p. 328.

3Si bien se han realizado varios estudios centrados en la justicia, el funcionamiento de los tribunales y el cambio de paradigma en la transición del orden jurídico del Antiguo Régimen a uno moderno, los trabajos enfocados en el estudio de las criminalidades e índices delictivos en el México decimonónico son escasos. Entre los autores que han abordado este tema se encuentran Graciela Flores, María Lucía Rubio, Teresa Lozano Armendares, Georgina López y Yussel Arellano. No obstante, el enfoque de estas investigaciones tiende a centrarse en los extremos del siglo, dejando un vacío historiográfico en el período comprendido entre 1850 y 1870, el cual la presente investigación pretende afrontar, en la medida de lo posible.

4Becerril, Hacienda pública y administración, 2015, p. 171.

5Pani, Novia de republicanos, franceses, 2000, p. 168.

6Ibid, p. 159.

7En específico se utilizaron los volúmenes 2196-2198 del fondo Hacienda Presupuestos de la sección Gobierno del Distrito Federal, 1524-1926 del fondo Ayuntamiento del AHCDMX.

8Jáuregui, Los ministros, las memorias y el presupuesto, 2014, p. 33.

9Ibid, p. 19.

10Becerril, “El sistema tributario del segundo”, 2016, p. 127.

11Esto se analizará más adelante, pues bien, dentro de estos expedientes que expresan, por un lado, una constante en los gastos ordinarios (sueldos, alimentos e insumos), también, muestran necesidades inmediatas que se ven reflejados como gasto extraordinario.

12Lira y Staples, Del desastre a la reconstrucción republicana, 2010, p. 473.

13AHCDMX, [...] Hacienda presupuesto, v.2197 /exp: 45 /f:347

14Strobel, Resistir es vencer, 2024, p. 264.

15AHCDMX, [...] Hacienda presupuesto, v. 2197, exp. 49, f. 102.

16Joaquín García Icazbalceta realizó sus visitas a partir de julio de 1863 para su Informe sobre establecimientos de beneficencia, en el que reportó la situación de la Cárcel Imperial de Belém. En ese momento, se encontraban en la cárcel 1,016 personas presas, y, de acuerdo con las diversas memorias, entre las salidas y las entradas, eran alrededor de mil las personas que constantemente habitaban la prisión. Por tanto, se tomará el número proporcionado por Icazbalceta para promediar con la media de cada mes del presupuesto que se destinaba para la cárcel, que era de $7,113.42, lo cual da como resultado poco más de $7 para mantener a cada uno de estos condenados, tomando en cuenta todo lo que la Hacienda pública destinaba para el funcionamiento de la cárcel.

17Jáuregui, Los ministros, las memorias y el presupuesto, 2014, p. 19.

18AHCDMX, [...] Hacienda presupuesto, v. 2198, exp. 63, f. 260.

29Para febrero de 1863, se registró un gasto de $2,000 para sus obras. AHCDMX, [...] Hacienda presupuesto, v. 2196, exp. 44, f. 224.

20Ibidem.

21AHCDMX, [...] Hacienda presupuesto, v. 2197, exp. 45, f. 347.

22Véase Quiroz, El consumo como problema histórico, 2006 y Quiroz, Consumo e Historia, 2009.

23Sánchez, Usos y funcionamientos de la cárcel, 2008, pp. 62-67.

24Para el caso de la Ciudad de México, en esta época se contaban con 2 espacios de reclusión de la justicia civil. La cárcel de ciudad o diputación, ubicada al interior del Palacio del Ayuntamiento, estaba destinada para los detenidos, mientras que la Cárcel Nacional (o Imperial) de Belém se encargaba de los sentenciados.

25Bases para el arreglo de las cárceles, art. 36-39.

26Este fenómeno se evidencia, por ejemplo, en los expedientes presupuestarios a partir de noviembre de 1863, donde se deja de suscribir por parte de la proveeduría y se pasa a considerar un “Presupuesto de lo debido gastar en alimentos, sueldo de los empleados, gastos menores, y de la Obra en las cárceles de Belén y la Diputación en el próximo mes venidero […]”. Esta situación coincide con el hecho de que desde febrero de 1863 hasta octubre no se presenta un desglose de lo solicitado por el ramo, y antes de este vacío, los expedientes eran firmados por V. B. Mejía y S (M) de León; posteriormente, la firma corresponde a Joaquín Santibañez y, más adelante, a alguien de apellido Robledo. Incluso para 1869, el proveedor de cárceles era José Díaz de Leiva. AHCDMX, [...] Hacienda presupuesto, v. 2196, exp. 44, f. 224.

27AHCDMX, [...] Actas de Cabildo año 1865, vols. 188A y 189A, f. 5r, 3 de enero.

28En los presupuestos que realizó la proveeduría de cárceles para los años de 1869-1871 calcularon una cantidad de raciones de 1500 al día, durante los 365 días del año a un costo de 12.5 centavos. AHCDMX, [...] Hacienda Presupuestos, v. 2198, exp. 62, 65 y 76.

29Cabe mencionar que Icazbalceta también menciona que varias mujeres de la prisión tenían a sus hijos con ellas mientras estaban en reclusión. Icazbalceta, Informe sobre los establecimientos, 1864, pp. 69-70.

30Bases para la organización y arreglo, art, 117.

31Cabe destacar que, aunque los presupuestos, informes y normativas mencionan que estos insumos si llegaban a la cárcel, esto no era miel sobre hojuelas. Por un lado, las actas de cabildo muestran que las raciones de pan y carne tendían a ser escazas para los presos. Mientras, que, por otro lado, numerosos expedientes muestran la gran cantidad de deudas que tenía el ramo de cárceles como los proveedores. Ejemplo de esto, es el caso de la carne, Antonio Escandón tuvo el contrato para suministrar carne a las cárceles y hospitales desde 1855 hasta aproximadamente 1861, año en que surgió un conflicto relacionado con este suministro. Se registra una liquidación por la carne suministrada a varios establecimientos carcelarios, aunque no se especifica cuáles. El valor del suministro de carne a las cárceles de marzo a diciembre fue de $14,732.93, y de febrero a abril fue de $2,083.32, sumando un total de $16,816.25. En 1861, el suministro de carne estuvo a cargo de Carlos Gochicoa. En este contexto, se menciona la figura del proveedor, responsable de los pagos. Sin embargo, dicha deuda no fue solventada. En 1861, el proveedor era Don Manuel Delgado, quien dejó de ejercer esta función para 1864, año en que aún se estaba resolviendo el asunto. Es importante resaltar la demora en los pagos, lo cual refleja la complejidad y lentitud de los procedimientos administrativos de la época. AHCDMX, [...] Actas de Cabildo, 1865, v. 188A y 189A, f. 3-5r y AHCDMX, [...] Hacienda créditos pasivos, v. 2069, exp. 213-231.

32Icazbalceta, Informe sobre los establecimientos de beneficencia, 1864, p. 162.

33AHCDMX, [...] Hacienda créditos pasivos, v. 2069, exp. 223.

34AHCDMX, [...] Hacienda créditos pasivos, v. 2069, exp. 209.

35AHCDMX, [...] Cárceles en general, v. 499, exp. 415, f. 7.

36Textil de importación china. Calvo, Espadas y plumas en la Monarquía, 2019, p. 170.

37Diccionario de la Real Academia. Morillo: Cada uno de los caballetes de hierro que se ponen en el hogar para sustentar la leña. Balea: Escobón para barrer las eras. Cedazo: Instrumento compuesto de un aro y de una tela, por lo común de cerdas, más o menos clara, que cierra la parte inferior. Sirve para separar las partes sutiles de las gruesas de algunas cosas, como la harina, el suero, etcétera.

38Aunque el expediente llega a ser ilegible en algunas partes, con el de 1870 se puede ejemplificar muy bien. Sin embargo, es importante mencionar que en el ramo de útiles para la escuela de Belén no se especifica qué se compró, solo se indica que existe. Para ver el desglose con precios, consultar la tabla 4 en el anexo. Asimismo, cabe destacar que el presupuesto previsto para el año de 1871 contempla una similitud de artículos a precios sumamente similares, como se puede observar en el AHCDMX, [...] Hacienda presupuestos, v. 2198, exp. 65.

39Icazbalceta, Informe sobre establecimientos, 1864, p. 70.

40Bases para el arreglo de las cárceles, 1864, artículos 124-134.

41Peña, Estudio higiénico de las cárceles, 1875, p. 37.

42AHCDMX, [...] Hacienda presupuesto, v. 2198, exp. 76.

43AHCDMX, [...] Hacienda créditos pasivos, v. 2069, exp. 215.

44Azcárate, Memoria de los principales ramos, 1864, pp. 35 y 43.

45Lozano, La criminalidad en la Ciudad de México, 1800-1821, 2010.

46Lozano, La criminalidad en la Ciudad de México, 2010, p. 44.

47Escriche, Diccionario razonado de legislación, 1847, p. 620.

48Escriche, Diccionario razonado de legislación, 1851 p. 522.

49Del Valle, El viajero en México, 1864, p. 321.

50Para el desglose de los crímenes que se registraron en las entradas de la cárcel en 1863 y 1868 revisar tablas anexas 3 y4 respectivamente.

51Memorias de los ramos municipales, 1866, p. 36.

52Speckman, Las flores del mal, 1997 p. 187.

53Ibidem.

54Memoria que el Ayuntamiento Constitucional, 1868, pp. 101-103.

55Esta reducción pudo haber sido provocada, por un lado, por la ausencia de jueces en la capital, que renuentes a colaborar con el Imperio de Maximiliano dejaron a sus subordinados inexpertos encargarse de los juzgados, acumulándose así los procesos criminales de la ciudad Mientras que, por el otro lado, pudo indicar que el gobierno juarista se sirvió de la cárcel para eliminar de la escena política a opositores del régimen. Flores, Justicia criminal ordinaria, 2019, p. 328.

56AHCDMX, [...] Hacienda presupuesto, v. 2196, exp. 44, f. 224.

57Memoria de los principales ramos, 1864, p. 36.

58Memoria que el Ayuntamiento, 1870, p. 44.

59Con respecto a trabajos, sueldos y costos de vida en México durante el siglo XIX, en particular de la zona centro y de mediados de siglo véase: Como principal aportación está el trabajo de Challú y Gómez Galvarriato acerca de los salarios reales en México desde el siglo XVIII hasta el XX, Challú y Gómez-Galvarriato, “Mexico’s real wages”, 2015. Challú, García y Gómez-Galvarrito, “Rent-wage inequality”, 2023. Acerca de los sueldos que percibían distintos sectores de la población y el costo de algunos alimentos, principalmente carne, entre los siglos XVIII y XIX en México: Quiroz, La carne: Entre el lujo y la subsistencia, 2000. Elías Gaona Rivera hace un estudio con respecto a cuáles eran los salarios que percibían trabajadores de las minas de Mineral del Monte desde mediados del siglo XVIII hasta finales del XIX. Gaona, “Salarios nominales y reales”, 2022. Sonia Pérez Toledo y su investigación con respecto al trabajo femenino en la capital a mediados del siglo XIX, Pérez, “El trabajo femenino en la Ciudad”, 2003. El estudio clásico de Rosa Salazar con respecto al trabajo doméstico en la Ciudad de México. Rosa, “Los sirvientes domésticos”, 1978. Con respecto a índices de precios, si bien, no fue posible localizar bibliografía especializada en la temporalidad estudiada, si existe de momentos posteriores, Gómez-Galvarriato y Musacchio “Un nuevo índice de precios para México”, 2000.

60El viajero en México, 1864, pp. 321-322.

61Reglamento para el servicio interior, art. 99.

62Gaona, “Salarios nominales y reales”, 2022, p. 29.

63AHCDMX, [...] Hacienda presupuesto, v. 2197, exp. 45, f. 15.

64Ibid, p. 30.

Cómo citar: Sarmiento Valle, J. P. (2025). “Y ellos, vivían de nuestros impuestos”: Impacto y distribución del presupuesto de la Cárcel de Belén en la Ciudad de México (1863-1871). IURIS TANTUM, No. 41. Año XXXIX, DOI: https://doi.org/10.36105/iut.2025n41.05

Recibido: 11 de Marzo de 2025; Aprobado: 07 de Mayo de 2025

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