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Historia mexicana

On-line version ISSN 2448-6531Print version ISSN 0185-0172

Hist. mex. vol.65 n.1 Ciudad de México Jul./Sep. 2015

 

Reseñas

Arrigo Amadori, Negociando la obediencia. Gestión y reforma de los virreinatos americanos en tiempos del Conde-Duque de Olivares (1621-1643)

Óscar Mazín* 

* El Colegio de México. Correo electrónico: mazin@colmex.mx.

Amadori, Arrigo. Negociando la obediencia. Gestión y reforma de los virreinatos americanos en tiempos del Conde-Duque de Olivares (1621-1643). Sevilla: Consejo Superior de Investigaciones Científicas, Universidad de Sevilla, Diputación de Sevilla, 2013. 509p. ISBN: 978-840-009-698-4.


Palabras clave: Amadori; monarquía; política; América; siglo XVII

Keywords: Amadori; monarchy; politics; America; 17th Century

El tema principal de este libro sobresale en la renovación historiográfica de los últimos 20 años en lo referente a las monarquías ibéricas. Se trata del dilema entre los cuerpos convencionales de justicia y gobierno, consagrados por la tradición, y el avance cada vez más autónomo del poder de la corona a iniciativa del valido del rey. Es un tema que fluye en el tiempo largo, desde la Edad Media hasta el resquebrajamiento de la Monarquía hispánica en 1808.

Fruto de una tesis doctoral, el estudio de Arrigo Amadori aborda esa cuestión durante las décadas de 1620 y 1630. Los tres primeros capítulos responden qué tanto lograron prevalecer los criterios y prácticas de autoridad del Conde-Duque de Olivares sobre el Consejo de Indias, instancia suprema del dominio de las posesiones del Nuevo Mundo. Pero como las reformas de Olivares en ningún momento pudieron evitar el modelo de administración por Consejos, las respuestas a esa interrogante no pueden ser simples. Y es que los términos del dilema se hallaron fuertemente entrelazados en un tejido que nos es develado aquí mediante las nociones de eficacia, obediencia y “capilaridad”, que son los instrumentos de análisis. El autor también toma en cuenta la gracia o capacidad de patronato del monarca, especie de argamasa que daba consistencia a las relaciones en la Corte, tanto en Madrid como en Lima y México, al grado de que hasta un tercio de los consejeros de Indias experimentaron los efectos de la dispensa o distribución del favor real que el valido llegó a controlar.

En sus últimos dos capítulos, Amadori presenta un par de ejemplos del Nuevo Mundo a los que da consistencia la capacidad de negociación de los grupos de poder local. Uno se refiere al diseño de una política fiscal para el Perú y el otro al tema de la defensa de las Indias en una época de guerra total en la Monarquía. Las élites americanas se habían fortalecido, las remesas de plata para la corona descendían y el comercio en la ruta oficial trasatlántica perdía vitalidad.

La investigación se basa en fondos documentales del ­Archivo General de Indias, mayormente en las consultas al Consejo de Indias, de las que se hace un análisis estadístico para los años comprendidos. Pero también sobresalen decretos de gobernación y gracia, títulos de ministros, expedientes de reformas, así como muy numerosos libros de registro de órdenes reales.

El primer capítulo, “Consejo y valimiento”, presenta a los actores de la Corte de Madrid y los términos del problema de estudio. La inercia y solidez de la tradición frustraron los intentos del Conde-Duque de aplicar sus reformas. Las redes de poder fincadas en el patronato y el clientelismo eran demasiado fuertes, por lo que el gobierno y la administración eran indisociables de un sistema de intercambio de favores y servicios. Para el valido del rey los Consejos adolecían de falta de obediencia y capacidad resolutiva, sus ministros estaban “consentidos, enseñados a no ejecutar o a ejecutar flojamente y sin tiempo”. Por lo tanto, si no podía evitarlos, no le quedaba más alternativa que manipularlos. El autor dice echar de menos estudios sobre las dinámicas cotidianas de trabajo del Consejo, es decir, investigaciones que ahonden en los mecanismos informales y su manipulación. Es verdad que estamos en espera de esos trabajos. Sin embargo, no son inexistentes. Algunos, de reciente publicación de este otro lado del Atlántico, han escapado a la atención de Arrigo Amadori.1 En un estudio precisamente sobre mecanismos informales mostré que, aun en las causas de justicia que en principio eran materia exclusiva suya, el Consejo de Indias se halló siempre sujeto a formas de poder no convencionales, como las cadenas de mando personal, las juntas especiales y hasta la presencia en la Corte de personajes con experiencia americana, los arzobispos, por ejemplo. También advertí que en Madrid los litigios pasaban por etapas en que una de las partes era más favorecida. Sin embargo, una nueva apelación provista de influencia cortesana podía cambiar súbitamente el curso de un proceso contencioso.2

Amadori explica en seguida que el valido intentó dinamizar el Consejo de Indias, concentrarlo en los asuntos más urgentes, aligerarlo incluso de la carga de los casos de justicia. De ahí el título de su segundo capítulo, “Eficacia, obediencia y capilaridad”, en que incluso da cuenta de las medidas de coerción por incumplimiento de las órdenes reales. Como consecuencia tuvo lugar, de manera paradójica, la elaboración inusitada y cuidadosa de repertorios de legislación y una normatividad más puntual. Se trata de la etapa quizás más importante de la historia del Consejo de Indias en términos de acopio legislativo, sistematización de gobierno y reconocimiento de los territorios.3 Pero las exigencias solas no bastaron para imprimir el dinamismo. Fue necesario erigir nuevas instancias, como la Secretaría del Despacho, vincular de manera activa la labor del canciller de las Indias a la de Olivares y garantizar la capacidad de gestión cortesana de los presidentes sucesivos del Consejo de Indias. Por eso el autor subraya la capilaridad como rasgo resultante de la confluencia de entidades múltiples y simultáneas de asesoría: por ejemplo, las juntas especiales y aun otros Consejos de la Monarquía, todo lo cual dio lugar a un espacio común de gestión.

El tercer capítulo aborda la capacidad de patronato del valido en relación con el gobierno de las Indias. Ya desde 1623 se había pedido al Consejo que elaborara un informe pormenorizado del valor de los sueldos que se pagaban en el Nuevo Mundo y en España y que costeaban las arcas indianas, pero también de todas las mercedes que se habían concedido por medio de aquel sínodo durante el último medio siglo. En esto el objetivo era doble: incrementar las expectativas de individuos respecto de la gracia del rey y subrayar la importancia de los méritos personales ante las autoridades dispensadoras del patronato. Quedaron así disponibles distinciones honoríficas tales como la concesión de hábitos de las órdenes militares o de caballería. En esta exaltación de la nobleza de méritos y servicios entra el tema de la retribución de los sujetos y linajes oriundos de América. El autor dedica a este tema un espacio importante, el cual asocia con la política fiscal: a mayores demandas y exigencias de reconocimiento, mayor fue el acceso de los criollos al poder mediante la venalidad. De esta manera se consolidaron nuevos equilibrios entre los poderes regionales y el central. Fueron así, las élites locales, las garantes de la unidad y funcionalidad de la Monarquía, como sucedió en otras latitudes de ella. Por ejemplo, en materia de los recursos de las encomiendas de indios, la tendencia expansiva del régimen de Olivares experimentó un avance sobre las prerrogativas de los virreyes referentes al patronato y al favor real.

Para Arrigo Amadori es en el terreno fiscal donde se ven más claramente las intersecciones entre la vida política indiana, las dinámicas del imperio y el consenso entre el poder central y los ámbitos locales. Este es el tema de su cuarto capítulo. Pero además me parece que el fiscal es el campo que más contribuye, al menos en este libro, a esbozar diferencias medulares entre el Perú y Nueva España. En Lima, de manera más temprana que en México, los grandes comerciantes fueron los primeros en desafiar al monopolio sevillano participando de manera directa en el comercio trasatlántico. Por lo mismo, desde mediados de la década de 1620 el régimen de Olivares desplegó para el Perú, que aportaba más plata y recursos a la corona, una política fiscal voraz que suscitó un clima de resistencia soterrada. El incremento de la presión tuvo lugar a partir de 1629 y se extendió durante toda la década siguiente, mientras que la ciudad de México se hallaba postrada a consecuencia de la peor de sus inundaciones.

Este estudio revisa los ingredientes de la política fiscal del reinado de Felipe IV para con las posesiones americanas, sobre todo en materia de nuevas imposiciones, como los juros, la mesada, la media annata o la prolongación del usufructo de las encomiendas. El indulto a los fraudes por parte de una corona cada vez más urgida de recursos neutralizó, sin embargo, toda posibilidad de adoptar medidas o reformas más enérgicas. Los pactos, nos dice el autor, pasaron a ser un elemento central de la fiscalidad del comercio trasatlántico. Se dio así el preludio a la relación de dependencia característica de la segunda mitad del siglo XVII entre la corona y la corporación mercantil limeña. Desde mi punto de vista, la aportación más original del libro radica en el análisis de las acciones, reacciones y actitudes del Consejo de Indias frente al paquete fiscal conocido como los “arbitrios de 1631”, diseñado para el virreinato del Perú. Mediante ellas, ese cuerpo llegó a suavizar la tónica agresiva adoptada por el régimen del Conde-Duque, haciéndola más aceptable para los vasallos americanos.

También destaca en este libro la actuación del virrey Conde de Chinchón, quien debía aplicar la nueva política fiscal en el Perú. La resistencia de los grupos de poder local impuso a su gestión la necesidad de encontrar un punto de encuentro entre las aspiraciones de Madrid y el ámbito limeño. Una de sus expresiones más relevantes fue la participación de los “naturales de la tierra”, es decir, de los criollos, en los oficios de la Monarquía. Si ese virrey planteó el premio o gratificación como medio para imponer el expediente fiscal dando, por cierto, un espaldarazo a obispos y cabildos eclesiásticos, lo contrario ocurrió en México bajo el mandato del Marqués de Cadereyta. Y es que en Nueva España el poder de los virreyes se hallaba más mediatizado por personajes y corporaciones que en Lima. El autor muestra asimismo cómo la resistencia a la fiscalidad contribuyó a delinear la naturaleza del vínculo de las posesiones americanas a la Monarquía de Felipe IV, es decir, el estatuto jurídico y político de las Indias Occidentales en el concierto de la Monarquía católica. A este respecto me parece importante indicar que esto no constituyó en modo alguno una exclusividad americana y que el libro de Amadori podía haber evocado los efectos de la fiscalidad olivarista en otras latitudes.4

En todas partes la capacidad de la corona de introducir reformas que afectaran a los grupos de poder local fue bastante limitada. Con todo, este estudio explica que las entradas de la Real Caja de Lima experimentaron un aumento constante entre 1625 y 1655, aunque de manera moderada y paulatina. Y es que en ese mismo lapso se alcanzó el pico máximo de la producción de plata en el Perú. Sin embargo, el autor reitera que ese mantenimiento de los ingresos de la Caja de Lima y el aumento de las remesas reales como respuesta a las presiones de Olivares dependió del manejo de las relaciones de poder con la élite local. Por lo mismo, en las Indias no tardaron, nos dice, en dejarse sentir los síntomas de agotamiento tras dicha avanzada fiscal, la mayor del siglo.

El último capítulo del libro corresponde a la defensa militar de las Indias. El autor advierte que este fue el rubro en el que más injerencia tuvo el Conde-Duque de Olivares. Los holandeses, principales enemigos de la Monarquía, se aprovecharon de la postración de la década de 1640 para dificultar todo intento de tregua. Al igual que franceses e ingleses, fortalecieron su presencia sobre todo en el Caribe y las Antillas. El tratado de Münster (1648) vino a sancionar legalmente sus enclaves en el Nuevo Mundo. Estructuran este capítulo dos cuestiones: la defensa costera del virreinato del Perú mediante la Armada del Mar del Sur y la organización en Nueva España de la Armada de Barlovento, al parecer prioritaria para el régimen del valido. Como en los capítulos anteriores, se analizan aquí las relaciones entre las presiones fiscales de Madrid, el papel de los virreyes como conciliadores entre la Corte y los principales grupos locales, y las exigencias de estos últimos de contar con cuotas mayores de poder a cambio de la ayuda demandada por la corona. Amadori concluye que tanto la defensa de las Indias como el nexo trasatlántico dependieron cada vez más de la participación de las corporaciones comerciales en las sedes de ambos virreyes.

Estoy de acuerdo con la principal conclusión del autor: estamos obligados a hacer una lectura siempre más dinámica y compleja de lo que de manera tan simplista se suele llamar “política colonial”. Así lo indica la renovación historiográfica de los últimos años de la que este libro es fruto importante. Sobre todo porque el fortalecimiento de los grupos de poder local obligó a la corona a contar cada vez más con su participación.

1Óscar Mazín, Gestores de la Real Justicia. Procuradores y agentes de las catedrales hispanas nuevas en la corte de Madrid. 1.- El ciclo de México (1568-1640), México, El Colegio de México, 2007. Jean-Pierre Berthe y Thomas Calvo (eds.), Administración e imperio. El peso de la monarquía hispana en sus Indias (1631-1648), Zamora, El Colegio de Michoacán, Fideicomiso Teixidor, 2011.

2Óscar Mazín, Gestores de la Real Justicia…

3De esto último da cuenta la obra ya mencionada editada por Jean-Pierre Berthe y Thomas Calvo.

4Óscar Mazín y José Javier Ruiz Ibáñez (eds.), Las Indias Occidentales. Procesos de incorporación territorial a las monarquías ibéricas, México, El Colegio de México, Red Columnaria, 2012.

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