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Dilemas contemporáneos: educación, política y valores

On-line version ISSN 2007-7890

Dilemas contemp. educ. política valores vol.9 n.1 Toluca de Lerdo Sep./Dec. 2021  Epub Nov 03, 2021

https://doi.org/10.46377/dilemas.v9i1.2879 

Artículos

El cuentapropismo en el desarrollo socioeconómico territorial de Cuba

The self-employment in the socioeconomic territorial development of Cuba

Arnaldo Gálvez Zaldívar1 

1Máster en Cultura Económica y Política, y Licenciado en Marxismo e Historia. Profesor Auxiliar del departamento de Ciencias Sociales de la Escuela Provincial del Partido “Jesús Suárez Gayol” Las Tunas, República de Cuba. Correo electrónico: arnaldogalvez78@gmail.com; galvez66@nauta.cu


Resumen:

El presente trabajo estima referentes teóricos y político-jurídicos que sustentan al cuentapropismo como forma de propiedad privada, constituido en sector económico complementario y su articulación con las demás formas de propiedad reconocidas en la Actualización del Modelo Económico y Social Cubano de Desarrollo Socialista. El estudio se realiza desde los orígenes de la propiedad privada abordada por los clásicos del Marxismo. El tratamiento dado durante el proceso revolucionario hasta los procesos de flexibilización y ampliación iniciados en la década de 1990 y las peculiaridades de su comportamiento político en el desarrollo socioeconómico territorial, se convierten en interés investigativo desde diferentes miradas disciplinares; teniendo en cuenta la evolución de la normativa política y jurídica establecida en el país.

Palabras claves: cuentapropismo; referentes teóricos político-jurídicos; comportamiento político

Abstract:

This work estimates theoretical and political-legal references that support self-employment as a form of private property, constituted in a complementary economic sector and its articulation with the other forms of property recognized in the Update of the Cuban Economic and Social Model of Socialist Development. The study is carried out from the origins of private property addressed by the classics of Marxism. The treatment given during the revolutionary process to the processes of flexibilization and expansion that began in the 1990s and the peculiarities of its political behavior in the territorial socioeconomic development, become investigative interest from different disciplinary points of view; taking into account, the evolution of the political and legal regulations established in the country.

Key words: self-employment; political-legal theoretical referents; political behavior

Introducción

Al cuentapropismo 1 le es inherente peculiaridades que lo distinguen del resto de los actores económicos. Su estudio y análisis precisa estimar referentes teóricos y político-jurídicos desde diferentes posiciones de investigadores; decisiones políticas contenidas en los documentos rectores del Partido Comunista de Cuba (en lo adelante Partido), de otras instituciones y organizaciones; normas jurídicas y eventos políticos o científicos; aun cuando su incipiente desarrollo como sector en el escenario económico cubano, ha limitado su abordaje desde las ciencias.

El término cuentapropismo es recurrente y centro de atención en los discursos e intervenciones de los dirigentes políticos, estatales y gubernamentales en los diferentes escenarios de análisis y discusión de temas económicos, jurídicos o políticos e ideológicos. El mismo se puede interpretar como una contradicción entre la denominación que se asume por decisión política que reduce el alcance de la propiedad privada en general y la dinámica socioeconómica de una realidad que supera sobremanera las figuras del cuentapropismo.

Por lo antes expuesto, el objetivo del presente trabajo es reflexionar acerca de los referentes que sustentan la naturaleza del cuentapropismo como forma de propiedad privada, las peculiaridades de su comportamiento y de la atención que reciben de las instituciones y organizaciones en su inserción en el desarrollo socioeconómico territorial y su pertinencia en la articulación con los propósitos de construcción del socialismo en Cuba.

Desarrollo

El perfeccionamiento socioeconómico de Cuba en el contexto de Actualización del Modelo Económico y Social Cubano de Desarrollo Socialista (en lo adelante actualización del modelo), demanda en lo que respecta a las transformaciones en las relaciones de propiedad, articular el reconocimiento político a la propiedad privada como complemento para el desarrollo; en este contexto, surge el cuentapropismo como sector económico. Su inserción en la sociedad necesita resignificar el concepto de hombre nuevo que define Guevara2, pues las condiciones sociales de los escenarios tanto intra y extrasocial impactan en la conciencia individual después de varias épocas bajo el influjo de una educación directa e indirecta basada en los vigentes preceptos de la sociedad socialista.

Las normativas políticas y jurídicas implementadas en el proceso revolucionario en Cuba reconocen, denominan y refrendan las actividades que se practican en este sector como el Trabajo por Cuenta Propia. A partir de los elementos recogidos en estos documentos, este se considera “parte importante del trabajo no estatal, (…) se realiza por personas naturales (...) manualmente o con medios de producción elementales (…) y por ello pagan tributos al presupuesto del Estado” (García, 2011: 25).

Existe diversidad de puntos de vistas tanto en la denominación, como la interpretación de las esencias que relacionan y diferencian al sector en su independencia-complementación de realización con el resto de los actores económicos y los propósitos políticos de la sociedad, pues se considera que “un trabajador por cuenta propia, (…) no se encuentra subordinado a la administración de una entidad laboral (…), asume los riesgos de la actividad (…). Este trabajador (…) utiliza el trabajo ajeno” (Pérez y Arredondo, 2013:150).

Los elementos planteados anteriormente constituyen antecedentes a estimar en este estudio, a pesar de desestimar en ellos la naturaleza de propiedad privada del cuentapropismo prevista por las normativas políticas y jurídicas en las perspectivas de desarrollo del sector; aunque estos negocios no tienen subordinación administrativa a una entidad, si obedecen a prerrogativas de atención, orientación, asesoramiento y control de las instituciones estatales. Además, es una obviedad la interacción que este establece con las demás formas de propiedad en la actualización del modelo, la que supone un comportamiento político en las atribuciones funcionales específicas institucionales.

Es por ello, que para el interés investigativo del presente trabajo, se entiende por cuentapropismo al sector económico complementario de carácter privado, con sustento normativo jurídico específico; compuesto por personas naturales que realizan pequeños negocios por el trabajador y su familia; utilizan medios de producción de propiedad privada o determinados medios de propiedad personal por los dueños de negocios con prerrogativas de contratación de trabajadores (asalariados); por sus límites, espacios de actuación y alcance pueden constituir empresas de mediana, pequeña y micro escalas y desarrollar vínculos entre ellas y con las demás formas de propiedad en su contribución al desarrollo socioeconómico territorial.

Justamente, un análisis integral y totalizador de este sector, precisa comprender su naturaleza de propiedad privada, sus características, complejidades y las lógicas contradicciones de su inserción socioeconómica en el entramado social cubano para el desarrollo territorial. Ello presupone un estudio de aquellos referentes que en el orden teórico, político y jurídico sustentan su génesis y evolución.

Referentes teóricos a considerar en la evolución del cuentapropismo como propiedad privada

Para inscribir al cuentapropismo como propiedad privada, es obligado un análisis teórico desde los orígenes de esta propiedad como resultado del proceso de formación de la monogamia, en tanto forma de familia superior en los diferentes estadios de la civilización; familia que “no se basa en condiciones naturales, sino económicas, en el triunfo de la propiedad privada sobre la propiedad común primitiva” (Engels, 1981: 253). Lo anterior constituye un punto de partida en el desarrollo de esta forma de propiedad, que inicia con la apropiación particular de los rebaños por los jefes de familias y del mismo modo se convierte en el cimiente de la explotación, al someter a sus semejantes a la esclavitud.

Un referente teórico determinante se ubica en su naturaleza de propiedad privada, con superioridad de intereses individuales en su relación con el Estado y la sociedad; fundamento que sienta una pauta esencial al concebir “al Estado en capacidad de fijar las relaciones entre la propiedad que representa y protege y establecer los límites de los derechos de los propietarios” (Marx y Engels, 1966: 20). En estos referentes se brindan los elementos necesarios, que permiten realizar un análisis histórico lógico sobre la pertinencia de las decisiones políticas adoptadas al respecto en Cuba.

La propiedad privada identifica el modo de producción capitalista como sistema social, en su realización existe un predominio absoluto de intereses individuales, divergente con los propósitos del socialismo. El rasgo que la define radica en que “la propiedad privada, por oposición a la propiedad social, colectiva, solo existe allí donde los instrumentos de trabajo y las condiciones externas de este pertenecen en propiedad a los particulares” (Marx, 1973: 698).

El tratamiento que en el exterior ha tenido el cuentapropismo (no es la denominación universal, aunque sí es coincidente la de trabajo por cuenta propia), sería un elemento a considerar para comparar con la visión endógena desde la incorporación en las agendas de gobierno en Cuba; en este sentido, se considera en esas sociedades “un segmento informal urbano de la economía, con desiguales alcances políticos y socioeconómicos al laborar en condiciones muy difíciles, víctimas de la exclusión social, el maltrato físico y el desalojo” (Aguilera, 2014: 2).

Internacionalmente, se realizan estudios que aportan referentes teóricos a considerar; estos se encierran en su análisis a partir de las diferentes formas para nombrarlo, entre ellas: trabajo autónomo, trabajo por cuenta propia, autoempleo o trabajo asociado y el trabajador contratado se identifica como asalariado o trabajador por cuenta ajena. Resultan interesantes y válidos en este contexto, las valoraciones acerca de “la regulación jurídica del trabajo autónomo dependiente en España” (Guerrero, 2011: 153).

Igualmente, son significativos los argumentos que identifican y delimitan al trabajador autónomo asalariado como “agente económico representativo de la pequeña y mediana empresa en España” (Ceballos, 2015: 19); además, el análisis teórico acerca del “empleo informal urbano en México y la segmentación de este mercado laboral en asalariados formales e informales, así como el autoempleo superior e inferior” (Martínez, 2008: 123).

La mirada de estos investigadores, se circunscribe al análisis del comportamiento individual respecto a los reguladores jurídicos implementados en las normas en sus contextos de actuación y se limitan al papel de este segmento informal, no vinculado al resto de la propiedad privada predominante en esos países, sin ofrecer argumentos del alcance socioeconómico de las diferentes actividades que practican, ni la interacción con otros actores políticos, pues la conducción de estos procesos está a expensas solo del sustento legal y al papel del Estado.

En Cuba, durante la pseudorepública, este segmento de la población sufre al igual que en varios países de la región, de prácticas excluyentes y represivas; se nutrió en muchas ocasiones de inmigrantes que huían de las duras realidades sociales en sus países, generalmente de asiáticos y españoles. Un número considerable de los representantes de los negocios particulares apoyan la lucha revolucionaria, aunque otros tratan de dividir y frenar este proceso; de ahí su interés para la política por medio de aquellos referentes políticos, convertidos en decisiones implementadas en las normas jurídicas.

Referentes político-jurídicos que articulan al cuentapropismo con el desarrollo socioeconómico territorial en Cuba

Los argumentos teóricos anteriores, permiten afirmar que la propiedad privada rebasa sus esencias predominantes en el modo de producción capitalista y no tiene limitaciones para articularse con la construcción del socialismo en su etapa de transición. La misma se puso en práctica por el primer Estado de obreros y campesinos, con la Revolución de octubre de 1917 en Rusia3, a partir de la interpretación de las interrogantes “¿qué significa la palabra transición? ¿No significará, aplicada a la economía, que en el régimen actual existan elementos, partículas, pedacitos tanto de capitalismo como de socialismo?” (Lenin, 1961: 602), consciente el líder del proletariado mundial de los riesgos de esa política, alerta que los elementos de la pequeña propiedad se valen de medios para socavar el orden jurídico y se convierten en la base económica de la especulación.

La utilidad racional de la propiedad privada en la construcción del socialismo en la etapa de transición en Cuba se visualiza como referente político con “el reconocimiento a los pequeños negocios familiares, se les denomina trabajo por cuenta propia a esa capa social de la población y se plantea la decisión política de no contraponerlos al proceso revolucionario, que es el objetivo de la contrarrevolución” (Castro, 2013: 61). Aunque en aquel contexto se prevé la extinción de esos negocios, la práctica impuso otra realidad con las decisiones del Primer Congreso del Partido (1975) y las diferentes etapas de resurgimiento hasta su reconocimiento como forma de propiedad privada en el VII Congreso del Partido (2016).

El carácter recursivo de las relaciones monetario-mercantiles puede contaminar el comportamiento político individual y colectivo ante el complejo y contradictorio proceso de cambios y transformaciones que experimenta el país, con la articulación de las diferentes formas de propiedad. Es preciso, en este punto, reflexionar sobre las reiteradas alertas de que “las taras del pasado, se trasladan al presente en la conciencia individual y hay que hacer un trabajo continuo para erradicarlas” (Guevara, 2015: 26).

Este trabajo continuo supera la intencionalidad política y jurídica contenida en las normativas establecidas para el cuentapropismo; este precisa reguladores culturales de carácter educativo-formativo desde la mirada ideológica inherente a la labor especializada de dirección política del Partido, que legitime desde la institucionalidad, la política diseñada. Es determinante evitar, dogmatizar los mecanismos que asimilen el sector en los propósitos políticos, porque en la experiencia del llamado socialismo real “la subestimación condujo a no descubrir las vías para emplear la denominada segunda economía a favor del socialismo” (Keeran y Kenny, 2015: 93).

Los Congresos del Partido constituyen referentes políticos por las valoraciones y decisiones que adoptan con relación al papel del cuentapropismo en la sociedad. Posterior, el primer proceso de flexibilización y ampliación iniciado en los primeros años de la década de los noventa del pasado siglo, se plantean conceptos que transversalizan su esencia económica sin contraposiciones al proceso revolucionario: “(…) la riqueza en el socialismo se asienta en el trabajo; la psicología del productor privado tiende al individualismo y no es fuente de conciencia socialista; (…) la labor ideológica (…) debe procurar que su faceta como trabajador prevalezca” (V Pleno del Comité Central del Partido Comunista de Cuba, 1996:8).

El VII Congreso del Partido (2016), lo oficializa y reconoce como sector complementario de la economía y lo ubica dentro de la Conceptualización del Modelo (2017), como parte integrante de la propiedad privada; de esta se interpreta que el término abarca: los pequeños negocios emprendidos en lo fundamental por el trabajador y su familia; las empresas privadas de mediana, pequeñas y microescalas con personalidad jurídica, en las que participan los dueños de negocios con prerrogativas de contratación de fuerza de trabajo, y por otro lado, el trabajador contratado que se convierte en asalariado productor de las ganancias para el titular4.

La filosofía familiar que encierra el cuentapropismo desde sus inicios no se obvia en cuanto a: organización, valores, compromisos, intereses, ventajas- beneficios, dirección, propiedad y sucesión; no obstante, las prerrogativas de contratación superan el entorno familiar, por la dimensión de las actividades, cantidad de trabajadores y su objeto social. Los negocios emprendidos por el trabajador y su familia, en sentido general no perduran en el mismo esquema de funcionamiento, el interés individual predomina y redimensionar el negocio es una pretensión inobjetable.

En los referentes políticos abordados, se visualiza el proceso de toma de decisiones diseñadas en la política sobre el cuentapropismo y tiene su expresión en la normativa política para la labor especializada de dirección del Partido, la que se define como: los principios, concepciones e ideas fundamentales contenidas en los documentos aprobados en los eventos partidistas (Congresos, Plenos del Comité Central, reuniones del Buró Político y del Secretariado); concebidos para dirigir el comportamiento político de la organización en la ejecución de su misión específica; constituyen directrices de trabajo para sus estructuras, cuadros y militantes; aceptadas por las demás instituciones y organizaciones del sistema Político, por el conocimiento científico que poseen de las leyes objetivas para los procesos de Dirección Política de la Sociedad y su valor teórico- práctico y metodológico.

La normativa política para la labor especializada de dirección del Partido se constituye en reguladores que explicita su comportamiento político. En ellos, se sintetizan los mecanismos, medios, vías y métodos que sostienen la labor especializada de dirección política del Partido en la conducción de los procesos; estos se aplican condicionados por las circunstancias y la diversidad de actividades que se practican en el sector, así como las posibilidades, conocimientos y habilidades de los cuadros en su práctica política.

La evolución del cuentapropismo en Cuba cuenta con referentes que constituyen su normativa jurídica, la que se define como: los principios, concepciones y fundamentos contenidos en los cuerpos legales (Leyes, Decretos- leyes y Resoluciones), que establecen la realización e inserción socioeconómica del sector; en ellas se condensan las particularidades de las actividades que se practican y las atribuciones funcionales específicas de las instituciones encargadas de su atención.

Las normativas jurídicas forman los principales reguladores para la realización del sector. En las mismas se establecen los mecanismos de control para su cumplimiento, pero desde ellos se requiere profundizar en el estudio de los diferentes rangos de representatividad y rasgos en modos de actuación y comportamiento de estos trabajadores en función de diversificar los espacios para hacerla entendible a ellos; pues entre sus miembros predominan aquellos que no poseen el nivel superior de instrucción educacional; además, un número importante están entre amas de casa y jóvenes con limitada cultura y experiencia laboral y jurídica. Estas regularidades constituyen demandas en las prioridades para su tratamiento por las instituciones y organizaciones encargadas de su atención.

Al profundizar en el estudio de estas normativas, se constata el carácter específico de la misma en cuanto a estructura y organización del sector, delimita sus niveles de competencias y alcance; además, de estimar la contribución de este al desarrollo socioeconómico territorial. Por otro lado, en su contenido se establecen procedimientos metodológicos para la atención de las instituciones y organizaciones rectoras de las actividades que se practican, a partir de un conjunto ordenado de acciones sistemáticas; basadas en el enfoque estructural-instrumental de las atribuciones funcionales específicas de estos y que expresan su comportamiento político.

Las normativas jurídicas para el cuentapropismo desde el inicio del proceso revolucionario se compendian legalmente por medio de las leyes 896/1960; 1165/1964 y la 1213/1967. Después de una etapa incierta como resultado de la Ofensiva Revolucionaria, el Decreto-Ley No. 14 de 3/1978, "Sobre el Ejercicio de Actividades Laborales por Cuenta Propia", se convierte en la norma jurídica que por acuerdo del Primer Congreso del Partido le da un sustento legal al cuentapropismo; este se deroga por el Decreto- ley 141/1993 “Sobre el ejercicio del trabajo por cuenta propia”, el que permanece vigente hasta la entrada en vigor del Decreto- ley 356, del Ministerio de Justicia (MINJUS, 2018), de igual nombre, aunque sufre modificaciones por medio del Decreto-ley 383/2019.

Los límites de esta forma de propiedad y la regulación en la acumulación de riquezas en ella, se institucionaliza jurídicamente en el artículo 22, inciso d y el artículo 30 de la Constitución de la República (2019). Estos preceptos encuentran en las políticas macroeconómicas (monetarias, fiscal y de precios) el sustento de implementación jurídica para la realización e inserción socioeconómica del cuentapropismo.

Las propias dinámicas en la realización cotidiana del cuentapropismo condicionan los urgentes, sistemáticos y necesarios ajustes a las normativas jurídicas en función de la implementación y legitimación de la política. En este sentido, ampliar y redimensionar el sector a las actividades del comercio internacional, fortalece la inserción socioeconómica del mismo y contribuye al desarrollo de sus fuerzas productivas por las posibilidades de importar materias primas, insumos y tecnologías; además, de exportar bienes y servicios. Estos propósitos políticos se implementan en las normativas jurídicas que contienen las atribuciones funcionales del Banco Central de Cuba; el Ministerio de Comercio Exterior y la Inversión Extranjera; el Ministerio de Economía y Planificación y del Ministerio de Finanzas y Precios, como instituciones rectoras de las 37 empresas estatales autorizadas para mediar en estas transacciones comerciales.

El amplio marco regulatorio antes señalado, constituye las normativas jurídicas del cuentapropismo. Estas se diversifican y ajustan sistemáticamente, a partir de la ruptura que provoca el periodo especial en el desarrollo socioeconómico del país, cuando impone condiciones excepcionales que obligan a adoptar decisiones políticas para su proceso de ampliación y flexibilización. Las sucesivas revisiones y adecuaciones, para institucionalizar el sector, es un referente a considerar para fortalecer el comportamiento político de los actores que se le vinculan en función de legitimar esta política.

La realización del cuentapropismo necesita conjugar la cultura política en la conducta de los actores responsabilizados de su atención y la dinámica de las situaciones objetivas del contexto. Esta visión, rebasa las pautas normativas que indican lo que hay que hacer desde la responsabilidad distintiva de cada actor, pero no concibe los niveles al menos en el orden cognitivo de la interacción entre ellos y de estos con los demás representantes de los escenarios laboral y comunitario; de ahí, la necesidad de estimar aquellos rasgos que caracterizan al sector en su inserción socioeconómica con las similitudes y diferencias en las atribuciones funcionales que identifiquen la actuación de las instituciones y organizaciones que se le vinculan.

El cuentapropismo en el desarrollo socioeconómico territorial. Sustentos que caracterizan su evolución y comportamiento político en Cuba

La realización e inserción socioeconómica del cuentapropismo, se conduce en el marco de los valores socialistas y la legalidad desde la función educativa con enfoque político e ideológico del Partido en su labor especializada de dirección; esta labor debe ser “de modo afirmativo, propositivo, capacitador e interactivo; con un fundamento moral, jurídico, económico, político, estético y ecológico” (Limia, 2018:16).

Homologar el alcance económico del cuentapropismo al resto de las formas de propiedad, no es la esencia de su inserción socioeconómica en Cuba, pero minusvalorarlo sería errático, por su significado en tanto propiedad privada, que conlleva “a la acumulación de riquezas en manos particulares y la formación y acrecentamiento del capital” (Marx y Engels, 1966:73). Si para esta última condición se requiere del trabajo asalariado, justamente la contratación de fuerza de trabajo en el sector es un sustento legal que rebasa las concepciones iniciales de negocios familiares.

Los resultados económicos- productivos del cuentapropismo se asimilan en la prestación de servicios y como fuentes naturales de financiamiento a partir de la obtención de plusvalía o ganancia y su utilidad en los beneficios sociales de las políticas públicas (salud, educación, seguridad y asistencia social); así como su contribución a los proyectos de desarrollo local en el orden socioeconómico, cultural y estético.

Aunque es un sector complementario, hay que rebasar el estatus primitivo predominante en el ciclo productivo del cuentapropismo. La viabilidad de contener la acumulación de capital es opuesta a los dividendos que reportan la generalidad de estos negocios y que asimilan procesos inversionistas para modernizar tecnologías, desarrollar sus fuerzas productivas, disminuir en tiempo el ciclo productivo y de servicios, con incrementos en la calidad y la satisfacción del cliente. Es atinado reflexionar en el propósito de que este sector se consolide en la composición de la fuerza laboral del país y el incremento de sus aportes a la estructura del Producto Interno Bruto (PIB).

Es imposible reducir el cuentapropismo a la reproducción simple del capital, cuando la sociedad actual cada vez más tecnificada, compleja y globalizada transita a la reproducción ampliada, en consonancia a la creciente descentralización en la organización productiva que externaliza toda o parte de la actividad económica estatal. La actividad neta de mercado de este sector, que ocurre en la esfera de la circulación, es donde están las principales reservas de captación de los excesos de liquidez circulantes.

Al analizar las acciones derivadas de la implementación de los Lineamientos del VI Congreso del Partido, relacionadas con el sector no estatal, las transformaciones que estas provocan en las relaciones de propiedad ubican “al trabajo por cuenta propia en el polémico terreno de la micro y pequeña empresa privada (MYPE), a pesar de que el discurso oficial no lo asume como tal, e incluso aunque los propios actores aún no lo hayan percibido” (Arredondo 2013:12). Hacia lo interno del sector, se constatan las diferencias que se establecen en relación a los ingresos entre propietarios y asalariados por su impacto en el nivel de vida y el comportamiento político individual y colectivo de sus representantes. Es pertinente conocer el origen del capital invertido en sus tres fuentes principales: por ahorro propio; por créditos bancarios o por remesas del exterior.

En las prácticas del cuentapropismo, se observan rezagos originarios de las sociedades de consumo, necesitados de reeducación en códigos éticos y morales del socialismo; se exacerba el individualismo económico de subsistencia; persiste el ocultamiento de la realidad en sus hechos económicos, justificador ante la ocurrencia de ilegalidades e indisciplinas sociales y fiscales, así como la subdeclaración de los ingresos; todas asociadas a las carencias del contexto actual, en el ánimo de incumplir sus obligaciones tributarias e incita la competencia excesiva y desleal en sus negocios.

Las políticas crediticias de precios y la tributaria contribuyen al control, regulación, estímulo y transformación del sector con la influencia planificada del Estado en las tendencias y ritmos de desarrollo del mismo. La utilización acertada de estos reguladores económicos en las relaciones monetario-mercantiles, se dirigen a “solucionar la contradicción entre el carácter privado y el carácter social del trabajo, propio de la pequeña producción mercantil, con la finalidad de que (…) no conduzcan a la aparición de relaciones capitalistas de producción” (Vilariño y Domenech, 1986: 109). El escenario natural en el desarrollo del cuentapropismo es el mercado y este recobra su papel de instrumento viable en el funcionamiento descentralizado de la economía, a partir de la actualización del modelo; en sus prácticas se producen distorsiones a considerar sin minusvalorar sus efectos, para que no se contrapongan al carácter consciente de la construcción socialista. Esto implica evitar incongruencias en la regulación directa e indirecta, al depender de la eficacia funcional y el comportamiento de los actores en la aplicación de reguladores culturales desde las diferentes perspectivas y la consabida articulación a los intereses de la sociedad.

En el alcance y desarrollo del cuentapropismo, se identifican y delimitan nuevos grupos sociales por sus niveles de ingreso y el poder adquisitivo; esto les proporciona mayor autonomía social y de gestión que puede ser divergente a los intereses políticos de unidad nacional predominante. Se acentúan las diferencias sociales entre las familias en las comunidades en antítesis a la esencia de equidad y justicia social identitarias del proceso revolucionario; aspectos a considerar en la caracterización del sector en su comportamiento político, tanto individual como colectivo a escala social.

Caracterizar al cuentapropismo en el contexto de actualización del modelo, supone considerar aquellos momentos de continuidad y ruptura en su evolución, que se convierten en antecedentes de la práctica revolucionaria como pautas generales para las decisiones políticas adoptadas en los respectivos Congresos del Partido y el correspondiente aseguramiento jurídico en las agendas de gobierno.

Los estudios realizados en otros contextos, sobre este tipo de propiedad privada, restringen las necesidades de regulación en su esencia económica y social al ordenamiento jurídico. Válido en este sentido en el aseguramiento jurídico de Cuba, con la peculiaridad, de que su alcance se amplía cuando convergen e interactúan la generalidad de los componentes del sistema político y la existencia de una fuerza superior de dirección política como el Partido, para conducir este proceso en el periodo de transición al socialismo.

En los primeros 30 años del proceso revolucionario (a excepción del periodo 1959-1968), el cuentapropismo, además de insignificante desde el punto de vista económico por las bajas cifras de representatividad, se une el número reducido de oficios que se ejercían, los que se limitaban entre otros a campesinos individuales, transportistas privados, costureras, barberos, zapateros, peluqueras, manicuras y otros de bajo valor económico. Es significativo en la segunda mitad de la década de 1960 el involucramiento de propietarios de pequeños negocios en actos vandálicos contra la Revolución, situación que precisa a la dirección del Gobierno a declarar su nacionalización, proceso que se denomina y conoce como La Gran Ofensiva Revolucionaria y tuvo su alcance máximo en 19685.

El Primer Congreso del Partido (1975) significó una nueva apertura para el cuentapropismo, con la inclusión en el Sistema de Dirección y Planificación de la Economía, que se diseña en la Plataforma Programática aprobada en este evento; de esta forma, se produce un reordenamiento en la agenda de gobierno para legitimar las sucesivas decisiones políticas de flexibilización y ampliación implementadas a partir de 1993. Estas incorporan nuevas demandas en cuanto a reguladores culturales del comportamiento de dirección política del Partido en su relación con las instituciones y organizaciones, que en lo adelante asumen una responsabilidad diferente en la atención al sector.

Para enfrentar las secuelas del prolongado periodo especial, condicionado por factores externos, la dirección política adoptó decisiones impuestas por estas circunstancias que acentúan las dificultades en disímiles comunidades del país, principalmente en las rurales, al desaparecer la base económica fundamental; tal es el caso de centrales azucareros, unidades estatales y cooperativas de producción de alimentos, talleres manufactureros, entidades de prestación de servicios sociales en tanto políticas públicas como escuelas, consultorios médicos de la familia y unidades del comercio y la gastronomía. Esta dinámica acelera la irrupción del cuentapropismo como actividad económica elemental en estas zonas.

La evolución del cuentapropismo implica un análisis prospectivo para revelar las peculiaridades que distinguen su comportamiento político respecto a los demás actores económicos. Esta evaluación demanda el estudio y análisis de las dinámicas que lo caracterizan en el orden económico, laboral, político, social y cultural. En el orden económico, el cuentapropismo descarga al Estado de responsabilidades en sectores no estratégicos; diversifica la producción de bienes materiales y la oferta de servicios a la población en las comunidades; dinamiza las relaciones monetario- mercantiles con las demás formas de propiedad e incrementa el aporte al presupuesto; en su justa contribución al saneamiento de las finanzas internas y el desarrollo territorial.

En lo laboral, favorece el enfrentamiento al proceso de reordenamiento laboral causado por las plantillas infladas; genera fuente de empleos que beneficia a desvinculados, jubilados e incorpora trabajadores de diferentes sectores. Se despliegan procesos empíricos de aprendizajes que desarrollan habilidades en oficios tradicionales y la incorporación de otros que propician mayor sentido de pertenencia con el trabajo, la autogestión y la adquisición de conocimientos.

El orden político estima la pluralidad en la organización e interrelación con las demás formas de gestión de la propiedad y diversifica la composición de las organizaciones políticas, de masas y sociales. Además, repercute en el orden social con la recuperación de la funcionalidad de varios lugares públicos, con la reparación constructiva y el cambio de imagen de sitios urbanos y rurales; con la debida articulación a las regulaciones urbanísticas y medioambientales, en la ubicación de los locales y negocios.

En el orden cultural, el cuentapropismo rescata disímiles expresiones identitarias costumbristas, productos alimentarios tradicionales y recupera la actividad del pregón; estas benefician el consumo cultural de lo autóctono cubano y el fomento de la cultura económica de estos trabajadores. Lo anterior puede contribuir a reforzar valores como: “la independencia, participación, ciudadanía activa, solidaridad, cooperación, sensibilidad humana, patriotismo, identidad grupal e identidad territorial, afines a la sociedad socialista” (Fundora, 2013:1).

Es también en lo cultural donde su comportamiento manifiesta tendencias negativas que resultan contrarias a los propósitos políticos concebidos, identificadas con el refuerzo del economicismo en el lenguaje y en la forma de gestionar los negocios; estas pueden incentivar “procesos de deformación de valores que encuentran sus expresiones en el individualismo, racionalismo económico, competencia excesiva, indisciplinas, prácticas ilegales, hurto, corrupción, deslealtad y doble discurso” (Fundora, 2013:1).

La visión cultural se circunscribe al enfoque organizacional- cultural del comportamiento político del sector. El mismo requiere estimar la perspectiva estética; más allá de belleza, arte y apariencia hacia lo interno de los negocios, es importante su proyección e imagen externa en el entramado social y su compatibilidad medioambiental y urbanística.

En lo estético influyen las formas, actitudes, habilidades, capacidades, experiencias y las relaciones internas y externas de los negocios; elementos que expresan comportamiento en los efectos senso-perceptibles y culturales (sensibilidad, gustos, deseos, intereses, aspiraciones, motivaciones, costumbres, hábitos, tradiciones), tanto de trabajadores como destinatarios de sus servicios. La proyección estética carece de una visualización coherente y sistemática en los procedimientos regulatorios como condición básica para la inserción socioeconómica del cuentapropismo.

El influjo de la estética en la articulación entre lo privado y lo público, tiene que ver con una filosofía hacia lo interno de los negocios basada en “la creatividad, la innovación y la improvisación” (Hernández y Caraballo, 2017:25). Estas habilidades subjetivas, cambian las maneras de hacer las cosas en función no solo de sus beneficios económicos, sino en la solución de los problemas locales donde se inserta y cómo se perciben y aceptan sus resultados en el espacio de confluencias de intereses que representa lo público, con sentido transformador en el desarrollo social y cultural comunitario.

En los escenarios de actuación de los trabajadores del sector, es justo reconocer en el orden cultural, el rescate de buenas prácticas en la higiene, presencia y calidad en la producción o prestación de los servicios, las que constituyen un desafío para sus similares estatales. Del mismo modo, en lo estético, existe un resurgir en la educación formal, el trato a los clientes y el afianzamiento de costumbres y tradiciones identitarias en el trabajo artesanal, las artes plásticas, el arte culinario y las manifestaciones artísticas urbanas y rurales territoriales.

El comportamiento político del cuentapropismo asume demandas cuantitativas y cualitativas a partir de elementos particulares apreciados en el tipo de actividad escogida y sus practicantes; estas se valoran considerando, “los requisitos de personalidad (motivación, disposición al riesgo, relaciones humanas, comunicación y habilidades técnicas) y aspectos elementales de la preparación” (Machado y Gattorno, 2013:57).

La motivación para desarrollar las diferentes actividades se concibe desde el punto de vista interno de la personalidad, relacionado con intereses, necesidades y la voluntad individual para desplegar las capacidades físico- mentales en función de los propósitos trazados; desde el punto de vista externo, en aquellos factores que tienen un reflejo condicionado o no en la personalidad para tomar la decisión de ejercer las actividades. Estas se relacionan con el entorno, el papel de los actores políticos y sociales y la asimilación de posibilidad-factibilidad que las normas jurídicas ofrecen.

La disposición al riesgo es determinante porque depende de la capacidad de asumir y asimilar los sacrificios que implica consolidar la actividad, enfrentar las dinámicas laborales con iniciativas y creatividad, evitando contaminar la decisión; tiene que ver con el empuje y la seguridad personal para alcanzar la meta propuesta. Las relaciones humanas se refieren al conjunto de habilidades que es capaz de desarrollar el trabajador; estas facilitan la interacción social con los clientes, interpretar sus sentimientos y trasmitir confianza, respeto, seguridad y credibilidad en el servicio.

La comunicación es en extremo importante y se distancia del sencillo acto de trasmitir la información para promover o pregonar la actividad y su servicio; es la habilidad y capacidad de hacerse comprender por los demás e interiorizar y entender el sentir y la satisfacción del cliente a través del diálogo. Las habilidades técnicas, más allá de preparación y capacitación en conocimientos específicos; es relativa a la destreza acumulada en la experiencia, aportada en buena medida por la estabilidad laboral y las capacidades personales. Estas se reflejan en los hábitos de comportamiento. En el cuentapropismo, los aspectos elementales de preparación del negocio, obedece a la forma de concebir y diseñar el mismo. Definir propósitos y metas, recopilar información sobre las actividades, estudiar y analizar la experiencia de otros similares, gestionar o reclamar preparación y capacitación sobre conocimientos afines a la actividad por parte de instituciones estatales autorizadas; realizar estudios de mercado, con criterio territorial y concentración poblacional para la ubicación temporo-espacial del negocio. Además, autoevaluar y comparar el desempeño con los objetivos trazados.

La interacción del cuentapropismo con los procesos y fenómenos de la sociedad, se caracterizan por relaciones de independencia-dependencia en todos los niveles de análisis; sea general o específico en el desarrollo local. El grado de independencia radica en la prestación directa de servicios públicos a personas naturales; mientras es dependiente cuando se dirige a un cliente en específico a través de la contratación de un servicio determinado, sea persona natural o jurídica. La contratación devela su doble carácter para el funcionamiento interno del negocio y en las relaciones mercantiles a terceros. Los límites diferenciadores de las categorías de propietarios de medios de producción y de trabajador contratado, pueden ser cada vez menos deducibles en el sentido de dualidad en el desempeño laboral. El propietario emprende el negocio aportando los medios de producción y a la vez utilizando su propia fuerza de trabajo, sin acudir a la contratación; se visibiliza así la simultaneidad de ambas categorías y se cualifica en ellas la categoría propietario- trabajador; sin implicaciones técnicas en los reguladores jurídicos, aunque sí impone mayor demanda en su comportamiento político, a partir de la interacción con los actores que se vinculan para su atención.

La multiplicidad de formas en que interactúa el cuentapropismo con la dinámica social en las comunidades es característico de su composición plural y heterogénea. Las diferencias entre las actividades de un titular de establecimiento simple o punto de venta, el productor- vendedor de alimentos o artículos varios y el administrador de un negocio de mediana escala. Además, el transportista en sus diversas modalidades o el profesional que presta servicios generales o específicos públicos o en su domicilio, expresan disímiles y complejas realidades que precisan de una regulación con un mínimo de homogeneidad en asuntos medulares como derechos y obligaciones, niveles de protección social y de medidas que fomenten la actividad.

La práctica devela posibles posiciones yuxtapuestas entre el comportamiento individual y el comportamiento político institucional, en la aplicación de las normativas políticas y jurídicas. Predominan criterios con evidentes incomprensiones en cuanto a dificultades objetivas- subjetivas relativas al acceso a materias primas, instrumentos de trabajo, a tecnologías, a fuentes de financiamientos, así como el empleo y cumplimiento de las políticas crediticia y tributaria; del mismo modo se considera la organización de la capacitación de estos trabajadores, en tanto necesidad urgente y permanente.

Lo anterior se refuerza como limitante en las perspectivas de desarrollo de las fuerzas productivas del sector en función de incrementar sus aportes económicos-productivos al desarrollo territorial. En este sentido, los trabajadores del sector consideran el principal obstáculo de estos propósitos, en la ausencia de un mercado de aprovisionamiento mayorista, justificando así el incremento desmedido de los precios y la competencia excesiva y desleal que predomina hoy en sus negocios. Además, de suponer desmedidos los impuestos, unido a la persistencia de trabas burocráticas para adquirir las licencias. Asuntos que perduran sin una solución radical, aunque están concebidos en la Estrategia Económico y social, aprobada en el Consejo de Ministros en julio de 2020.

La política de gobierno en Cuba, relativa al cuentapropismo, cuenta con el sustento jurídico que legitima y fortalece la institucionalidad desde los límites desiguales en lo estructural- funcional de los actores, en correspondencia con las características y complejidades de las diferentes actividades practicables. En el comportamiento político del sector respecto a estas normativas, se observan disonancias en relación a los códigos de educación política e ideológica y cultural contenidos en los principios del socialismo, en que se fundamenta el proceso revolucionario.

La multidimensionalidad de análisis de los procesos del sector, realizan un reclamo a la necesaria complementariedad entre el conocimiento e interpretación en la aplicación de las normativas políticas y jurídicas, el efecto socioeconómico de esta forma de propiedad y el sentido formativo y educativo como condición esencial en la construcción del socialismo.

Conclusiones

Los referentes teóricos y político-jurídicos abordados en este análisis, argumentan el origen y evolución de la propiedad privada en el devenir histórico de la civilización humana; demuestran la adaptabilidad de esta forma de propiedad a los procesos socioeconómicos en el periodo de transición para la construcción del socialismo y permiten aseverar en el caso de Cuba que el cuentapropismo es análogo a la propiedad privada.

La prospectiva socioeconómica y política del cuentapropismo en los propósitos de construcción del socialismo, radica en la articulación con las demás formas de propiedad y sus resultados están interconectados a las potencialidades y posibilidades del sector estatal predominante en la base económica que sustenta el desarrollo del país.

El desarrollo de las actividades asociadas al cuentapropismo, lo consolidan como sector complementario de la economía. En lo político, impacta en la división social del trabajo, en la estructura socioclasista del país, en la producción de nuevas relaciones sociales y en la composición de la fuerza laboral. En lo económico, beneficia la producción y prestación de servicios, contribuye a los presupuestos territoriales y a los proyectos de desarrollo local. En lo social, satisface necesidades de alta demanda popular, pero acentúa las diferencias sociales individuales y colectivas tanto a lo interno del sector como en su interacción social comunitaria.

El comportamiento político del cuentapropismo en el desarrollo socioeconómico territorial, en sentido general, es simétrico en su posicionamiento de legitimidad de la política diseñada; aunque en lo político e ideológico y cultural, revela relaciones de satisfacción- insatisfacción y de expectativa-motivación, diferenciadoras de sus formas de asimilar, interpretar y pensar- actuar; recurrentes en el desempeño laboral personal, familiar o colectivo a escala social.

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1 El término se utiliza en el proceso investigativo del autor en su formación doctoral y es análogo al reconocido por la Dirección Política de la Sociedad como Trabajo por Cuenta Propia.

2Se refiere a la categoría hombre nuevo, analizada por Ernesto Guevara de la Serna en el ensayo “El Socialismo y el hombre en Cuba”.

3Se refiere a la Nueva Política Económica (NEP), implementada por Lenin en 1921.

4Se refiere al capítulo II: El sistema de formas de propiedad sobre los medios de producción; epígrafe 2.1: principales formas de propiedad sobre los medios de producción reconocidas en el modelo; inciso d: la propiedad privada.

5Ofensiva del Gobierno Revolucionario de intervenir los pequeños negocios particulares como parte del proceso de nacionalización de las propiedades privadas nacionales y extranjeras tanto en infraestructuras productivas e improductivas, por la necesidad de fortalecer el papel estatal en el desarrollo acelerado del país y enfrentar la creciente agresión enemiga.

Recibido: 05 de Mayo de 2021; Aprobado: 11 de Julio de 2021

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