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Intersticios sociales

On-line version ISSN 2007-4964

Intersticios sociales  n.21 Zapopan Mar. 2021  Epub Aug 30, 2021

 

Espacios sociales a debate

Ética de la paternidad: la educación de los hijos, responsabilidad social y jurídica

The ethics of paternity: children’s education, social and legal responsibility

Katherine Ávila Tinajero1 
http://orcid.org/0000-0002-5014-0920

1 Universidad Autónoma de Querétaro, México. Maestra en Derecho por la Universidad Autónoma de Querétaro, México. lickat29@gmail.com


Resumen

La globalización y la revolución tecnológica de la información, son fenómenos que han modificado las dinámicas sociales, dichos fenómenos sociales posmodernos influyen y determinan considerablemente los comportamientos de los menores y de la dinámica familiar en México. Se homogenizan las conductas y se masifican alrededor del bienestar material, la preponderancia de los adultos se centra en allegarse recursos económicos suficientes para la adquisición de bienes y servicios, y se anteponen las necesidades económicas-materiales sobre la atención física de los menores, lo que deriva en una escasa educación presencial en el seno familiar. La dinámica familiar en busca del bienestar material, obliga a los padres a dejar la educación de los hijos en manos de las instituciones educativas, quienes no terminan por cumplir cabalmente con la formación integral de los menores, y es la tecnología la mayor influencia en la formación de los hijos tal como se refleja en el uso excesivo de la misma por estos.

Frente a la gran influencia de los medios masivos de información, la desatención paternal y la falta de responsabilidad institucional, los menores cada vez reproducen conductas antisociales y delictivas, derivadas de un exceso de individualismo y en un marco social legal poco claro e ineficiente, se ha llegado a una necesidad de proponer y discutir la creación de una ley que prevea el actuar de los menores y sus efectos respecto a terceros, aplicándola con el fin de obtener participación social activa de todos los miembros que conforman a la comunidad lo que contrae una corresponsabilidad jurídica entre hijos, padres e instituciones.

Palabras clave: responsabilidad; paternidad; ética; otredad; identidad

Abstract

Globalization and the technological revolution of information are phenomena that have modified social dynamics as postmodern social phenomena that significantly influence -even determine- the behavior of children and family dynamics in Mexico, as behaviors become homogenized and massified around material wellbeing. Adults focus preponderantly on obtaining sufficient economic resources to acquire goods and services, giving priority to economic-material needs instead of paying attention to the needs -physical and otherwise- of their children. This derives in scant physical education in the family nucleus. The search for material goods in family dynamics forces parents to place the education of their children in the hands of educational institutions that often fail to achieve the complete, integral formation of minors, while technology emerges as the most important influence on their development due to its excessive use. The enormous influence of information provided by the mass media, combined with little parental attention and a lack of institutional responsibility are leading minors to express antisocial and criminal behaviors derived from excessive individualism in an unclear, inefficient legal environment. In light of these circumstances, it is necessary to discuss and propose the creation of laws that anticipate the acts of minors and their effects on other individuals, and then ensure their application in order to obtain the active social participation of all members of the community by binding parents, children, and institutions together in a shared juridical responsibility.

Keywords: responsibility; paternity; ethics; otherness; identity

Introducción

La globalización

La globalización es definida como un fenómeno económico y la representa el capitalismo global, un sistema basado en una ideología patrimonial, es decir, en la adquisición de bienes-interés monetario […]. La globalización entre otras situaciones se caracteriza por el desarrollo de la info-tecnología.1

La incursión a la televisión, radio y sobre todo el Internet, ha ofrecido acceso a la comunidad a una gran cantidad de información, en donde se imponen sutilmente estilos de vida. La globalización se promueve mediante la transmisión continua de un conjunto de ideas, tendencias, gustos y costumbres que se adquieren de manera sutil por la influencia de las culturas dominantes que, a través de los medios tecnológicos, orientan el estilo de vida hacia el poder adquisitivo-económico, con la virtual idea de que las personas obtengan aprobación y coincidan en los comportamientos comunes de los integrantes de una sociedad. La mezcla de culturas o aculturación es el resultado de la influencia de una cultura dominante sobre las dominadas.

En este contexto global, se ha generado una influencia drástica entre los individuos, en la forma de pensar y conducirse con los demás, se trata de imitar o formar parte de los círculos sociales presentados a través de los medios tecnológicos universales. Se han homogenizado las maneras de ser y de pensar. Una de las actividades que primero se ha globalizado es la delincuencia,

[…] las actividades delictivas y las organizaciones mafiosas del mundo se vuelvan globales e informacionales, proporcionando los medios para la estimulación de la hiperactividad mental y el deseo prohibido […].2

el crimen global, a través de los medios, motiva a todo aquel que se encuentra en constante contacto con las redes informativas a unirse al propósito de dichas organizaciones, ya sea en colaboración con ellas o considerarlas como un fenómeno normal. Esto es resultado de la adopción de un sistema económico mercantilista, agresivo e impositivo, lo que rebasa lo propiamente humano, es decir, la conciencia, la responsabilidad y la libertad.

La tecnología

La gran influencia de la tecnología en nuestras vidas, ha impactado de manera frontal a la estructura familiar; los intereses y los valores de los miembros de la familia dejan de ser colectivos, se tornan de manera individualista, así es como la globalización y los medios los difunden. En la realidad, el “yo” supera al “nosotros”, primero se busca el beneficio personal y difícilmente, en sociedades como la nuestra, se busca el beneficio colectivo, el amor propio predomina sobre el amor por los demás, esto explica la ruptura que se genera en las relaciones entre los integrantes de la familia, disminuyen las interacciones físicas, la comunicación, el diálogo y se potencializan las formas de contacto virtual, vía redes sociales a través de los medios tecnológicos.

Si consideramos que la tecnología ofrece una atención “personalizada”, los jóvenes, crecen y creen haberse educado por sí mismos, enajenados, se consideran seres únicos e incomparables, libres de pensamiento y palabra, pues no existen límites ni control en su actuar, la virtual voluntad es la única fuerza y el valor supremo. La ruptura de la relación entre padres e hijos se hace cada vez mayor, no se externa el cariño y el amor, los menores se sienten ajenos a los miembros de la familia a la que pertenecen, no se identifican con estos, no se genera identidad, pues al no haber compartido las suficientes experiencias, no reconocen al otro como de su misma especie, de su mismo grupo: se pierde toda identidad social. Si no se reconoce a una figura moral en el núcleo de la familia, después se dificulta que se reconozca una autoridad fuera de este núcleo.

La pérdida de la identidad se debe plantear entonces como la pérdida del principio de sobrevivencia. La identidad es lo que provoca que los hijos sean el reflejo de los padres, pues se presentan un conjunto de elementos físicos y psicológicos que los caracterizan y asemejan al otro, es lo que nos hace pertenecer a la misma especie; a razón de que los hijos poco se parezcan a los padres en sus conductas, al parecer se desvanece por la falta de educación presencial de los padres.

La influencia de la tecnología y la búsqueda del cumplimiento de las expectativas materiales, aleja a los individuos de la interacción personal familiar, los padres entregan a las instituciones la responsabilidad de educar, las instituciones regresan esta responsabilidad a la familia y acusan la falta de atención, en pocas palabras, nadie se responsabiliza de lo que los hijos aprendan o dejen de aprender. Esta responsabilidad se ha vuelto muda. Se educa más en la lejanía que en la proximidad.

Desarrollo

La familia en México

La estructura de la familia tradicional se ha debilitado, “la familia nuclear siempre fue virtual, es decir, una idea vendida por los medios desde hace tiempo […]. La familia pequeña vive mejor”.3 En la familia tradicional, la mujer fungía como el núcleo de esta institución; uno de sus papeles más importantes de la mujer, era la administración de los recursos de la familia, entre educar a los hijos y los quehaceres domésticos. Ser la administradora de la familia, la ponía también como la enemiga principal del consumo. En la década de 1960, principalmente, el mercado llevó a cabo un proceso de “seducción continua”, mediante la promoción de la imagen de la “mujer moderna”, la televisión fue la principal promotora de una nueva estructura familiar, la imagen femenina, antiguo núcleo familiar, fue seducida para llevarla al campo laboral, y sustituida por un núcleo con cables, la misma televisión.

Por otra parte, la llamada “seducción continua”,4 logra que la mujer salga y deje de ser la “ama de casa” y compra el papel de la “mujer moderna”, para convertirse también en proveedora de la familia. La familia patriarcal se transforma y esta transformación es acompañada por el debilitamiento de la imagen masculina, el papel del hombre como proveedor se ha reducido a su mínima expresión en unas cuantas décadas. Los avances en la medicina como los productos anticonceptivos dieron a la mujer el poder de elección sobre sus relaciones y su procreación.

En la actualidad, en mayor medida las relaciones interpersonales se caracterizan por evitar compromisos legales que traigan consigo responsabilidades irrenunciables, entre ellas la procreación de un hijo. Existe un incremento en el número de divorcios,

[…] se da un incremento de otras formas familiares diversas, en donde la responsabilidad y el compromiso son entidades poco claras; familias monoparentales (compuesta por un sólo progenitor: papá o mamá), familias reconstituidas (formadas por personas divorciadas o separadas con hijos o sin hijos), familias de hecho (unión libre), hogares unipersonales (se habita sólo), así como familias compuestas por personas del mismo sexo.5

La falta de compromiso libera de la responsabilidad con el “otro”. El distanciamiento con los hijos es de lo más común, lo común nos termina pareciendo normal, la proximidad con los hijos ahora nos parece extraña, el papel de la paternidad se ha convertido ahora en un juego de proveedores, un juego en donde la legalidad participa y se hace más énfasis en la responsabilidad económica que en la responsabilidad social que se debería de tener con los hijos. Se ha legislado en relación con la adopción, a la manutención, pero poco se ha legislado poco o casi nada en relación con la responsabilidad que se tiene de educar a los hijos y garantizar humanamente su incidencia a la vida social.

Como bien dice Castells,6 recordemos que el fin de la familia es la formación de las personas, con carácter racional, sensorial, emocional y espiritual, capaces de tomar decisiones propias en base a los intereses comunes, si la familia no incide en esta formación no hay garantía de que el objetivo se alcance, por lo que el carácter de persona puede quedar reducido al de individuo, como el de cualquier otra especie animal.

Ya desde el fin de la época medieval, el filósofo y teólogo Martin Lutero,7 en una de sus 95 tesis en contra de la iglesia católica, en la que planteaba al respecto de tener hijos para el servicio de la iglesia, y desde su infancia entregarlos a esta institución para que dispusieran de ellos a voluntad, que “No hay animal irracional que no cuide e instruya a su cría; es una vergüenza que tengamos que ser estimulados e incitados al deber de educar a nuestros niños”.8 En la actualidad esta realidad se repite, en contextos diferentes, los padres descuidan el deber de atender y educar a sus hijos por diversos motivos, entre ellos, la gran mayoría no están calificados para ser padres y no comprenden cómo se debe criar y enseñar a los niños y, aunque estuvieran calificados y dispuestos ellos mismos para educarlos, a causa de otras ocupaciones y obligaciones dentro o fuera del hogar, no tienen tiempo para hacerlo, el sistema de mercado exige jornadas laborales fuera de los estándares de un hombre libre. Esto se refiere también a las ocupaciones al respecto de que hoy los padres están ensimismados, son como adolescentes perpetuos, los cuales no han sido capaces de hacerse cargo por completo de su destino, de su vida, y ya tienen que hacerse cargo de otras vidas, sus propios hijos. Se ocupan más de ellos mismos, de sus propias necesidades sociales que las de sus hijos. Nos referimos también a las obligaciones, cuando se trata de entender que en medio de las condiciones económicas en las que se vive en países como los nuestros, la economía “obliga”, “impone” a los padres de clase media y baja a trabajar jornadas extendidas, mismas que abarcan casi todo el día, por salarios “mínimos”, lo que tampoco alcanza para satisfacer las necesidades básicas, pero sobre todo, no es suficiente para alcanzar las altas expectativas materiales que la misma clase media y baja tienen en nuestra sociedad.

Los padres se enfrentan a educar a sus hijos con poco tiempo, pocos recursos económicos, pocos recursos intelectuales y con una losa enorme de expectativas a cumplir, que a la postre son las bases de la descomposición social y de la manifestación más atroz del individualismo, es decir, que al término del día no hay las condiciones para que nadie se responsabilice por nadie. Que como se dice en el argot mexicano, “cada quien termina rascándose con sus propias uñas”. La moral moderna recomienda tratar a todos como “iguales”, pero no como “comunes”. Se nos educa desde esta perspectiva, el “respeto” a la individualidad se convierte en individualismo, y como a cualquier otra especie animal, se nos refiere, se nos trata como individuos. A todos, por impulso, a las guarderías, todos a las escuelas y todos registrados en las instituciones, todos por igual son tratados. El individuo, en el camuflaje de masa y de las instituciones, se erige por encima de cualquier regla o código moral.

Al individuo se le intenta educar con discursos morales, que terminan siendo insostenibles, irracionales y contradictorios. Cada familia tiene su propio discurso moral, cada institución, cada Estado. Cada cabeza, en su mundo, trata de imponer su propio discurso moral dictatorial. La crisis moral se centra en el hecho de que no existen los fundamentos para la aplicación de un código moral universal para individuos que no construyen en su psique nada en común. Porque nadie es responsable de nadie. Ya nadie construye respuestas por el “otro”. Si consideramos que responsabilidad significa dar respuestas por el otro, la responsabilidad es ahora, muda.

La educación, crisis moral y ética

La conciencia tiene que ver con conocimientos, saber pues, con conocimientos de causa. La conciencia nos permite no solo elegir nuestros actos, sino sobre todo explicarlos, de manera racional, lógica y reflexiva. En el fin de la modernidad, la ahora llamada posmodernidad, ni en la familia, ni en la institución escolar se garantiza ya la formación de la conciencia en el sujeto, mucho se custodia a los niños, pero nadie se hace responsable de ellos, los niños no forman una conciencia de como las consecuencias de su actuar impactan en su entorno social, no consideran la existencia de otros individuos, carecen de bases sólidas para lograr un comportamiento dirigido al logro del bien común. Si formar una conciencia es saberse parte de los “demás”, saberse parte de la misma especie, la humana, el no formar conciencia, aleja de esta condición, es por eso mismo que autores como Daniel Bell,9 aseguran que el siglo XX es el siglo de la deshumanización del planeta.

En el marco anterior, la crisis de la moral se expresa en el relativismo con los que se cumplen los códigos de conducta, la justicia, por ejemplo, es relativa entre las sociedades y entre las personas; el respeto, la tolerancia y el resto de los valores morales que sirven de control social dejan de servir; el acto moral se considera un impulso racional, lo que suena contradictorio, por consiguiente, el acto del individuo se postra sobre toda ley, deja de ser consciente, responsable y libre.

El individualismo, tan fomentado por el mercado global, invita a cometer “actos lejos de toda ética, es decir, actos sin conciencia”, los cuales carecen de explicación y de responsabilidad, ya que no se miden las afectaciones en la libertad de los demás; actos sin responsabilidad, porque se juzga al individuo y nadie se hace responsable de su formación y, por último, actos sin libertad, puesto que se llevan a cabo por impulsos inducidos por las masas.

Ahora bien, hasta aquí hemos planteado que la crisis moral se presenta, no por la falta de un código de conducta, sino por la imposición de muchos de estos códigos y la contradicción entre los mismos códigos. Frente a esto, Bauman10 nos menciona que el individuo se conduce de manera conveniente y se postra sobre cualquier código de conducta que se le haya impuesto, al anteponer el “yo” sobre los demás miembros de la sociedad y al no existir una normatividad que interrelacione a cada uno de los individuos se genera una corresponsabilidad en los actos realizados, que en todo momento afectan a todos los participantes de una comunidad activa, sus actos quedan exentos de toda responsabilidad.

La crisis de la ética deriva de la magnitud del poder que tenemos. Lo que hagamos nosotros u otros puede tener consecuencias de largo alcance y duración, que posiblemente no veamos directamente ni podamos predecir con claridad. Entre los hechos y su desenlace hay una gran distancia tanto temporal como espacial que es imposible imaginar con nuestra capacidad de percepción común; por ello, difícilmente podemos medir la calidad de nuestras acciones conforme a un inventario de sus efectos. Lo que nosotros u otros hagamos tendrá efectos secundarios, consecuencias inadvertidas, que podrían sofocar cualquier buena intención y provocar desastres y sufrimiento que nadie desearía ni adivinaría; más aún, podría afectar a personas a las que nunca conoceremos, por lejos que viajemos o mucho que vivamos.11

Si bien no contamos con un nivel de reflexividad que nos guíe a identificar las conductas perjudiciales a terceros mucho menos podemos reconocer e inclusive determinar los alcances que nuestra conducta contrae al generarlas y con ello nos mantenemos al margen de simplemente ejecutar los actos sin antes pensar en sus consecuencias, ya que lo relevante e importante para el sujeto es su “yo” y la obtención de los resultados deseados por él mismo en su propio beneficio, por lo que los intereses del individuo están sobre cualquier interés colectivo. Para el yo, no existe el “otro”, ni mucho menos un tercero: la sociedad.

Paralelo a la crisis moral y ética, los medios de comunicación han creado una ideología económica, cuyo principal objetivo es el interés monetario y la adquisición de bienes, dejan en segundo plano el fin primordial de la sociedad -el bien común-, lo cual se refleja de manera preponderante en la educación de los niños y jóvenes, quienes adoptan esa misma ideología por ser la que observan en sus padres y su entorno.

Las diferencias entre códigos de conducta de los adultos y los menores trae consigo una desvirtuada transmisión de valores, el significado de estos contradice el comportamiento común entre los sujetos, los hace indiferentes a unos y a otros, la tolerancia que se convirtió en indiferencia y, esta última, es la principal causa de la crisis de la moral moderna.

Se puede deducir que el distanciamiento entre padres e hijos se genera por la necesidad de los individuos de acumular más recursos económicos para subsistir, para tener más reconocimiento social o por la pobreza, esto lleva a los padres a estar poco tiempo en casa y como consecuencia a convivir corto tiempo con los menores, los progenitores buscan compensar la falta de atención, lo que trae consigo un distanciamiento. En la actualidad todas las circunstancias familiares y económicas obligan a los padres a entregar a los hijos a las instituciones para que estas se hagan cargo de su educación, dejan igualmente en manos de la tecnología la educación de los niños a través de los medios electrónicos con los que los menores forman toda clase de nociones, significados de la vida y de sus principios de conducta.

Lo anterior puede explicar conductas violentas y nocivas por parte de menores de edad en contra de otros menores y hasta de adultos, explica también como se involucran cada vez más en hechos delictivos que los llevan al grado de privar de la vida o inducir a la privación de esta a terceras personas. En México, por ejemplo, tenemos que en 2017 hubo un ingreso de 2 728 adolescentes en los centros de tratamiento o internamiento estatales por conductas antisociales asociadas a delitos de fuero común, de conformidad con los datos proporcionados por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) en el Censo Nacional de Gobierno, Seguridad Pública y Sistema Penitenciario Estatales de 2018. Los tejidos sociales no están preparados para entender y atender el fenómeno de la delincuencia, y menos tratándose de menores; las autoridades quedan con las manos atadas frente a la ausencia de una jurisdicción que responsabilice al padre o tutor de la conducta del menor, pues en teoría y de acuerdo con el Contrato Social,12 el Estado y la familia deben garantizar que los menores sean educados para contribuir a la comunidad de manera positiva, para ser productivos y lograr un desarrollo armónico de la sociedad, sin embargo, hoy, la responsabilidad que los padres tienen respecto de sus hijos está limitada por ellos mismos, es decir, al contraponer su ‘yo’ sobre el ‘nosotros’ y hacerse a un lado para que alguien más eduque a sus hijos.

Dejan la responsabilidad en manos de las instituciones educativas quienes a su vez carecen de programas efectivos de formación de valores, de desarrollo cultural, y se limitan a la imposición de códigos de conducta que, como planteamos antes, se vuelven relativos, virtuales y poco funcionales.

En países como el nuestro, la conducta se rige por la obligatoriedad, tenemos un sistema imperativo en el cual los individuos se tendrían que apegar al estricto cumplimiento de la norma, pues esta última trae aparejada una sanción lo que nos sujeta a esta.

Malishev menciona que el sistema considera que solo en la medida en que el individuo logre tomar consciencia de las órdenes internas y pueda someter sus impulsos y pasiones al control de su razón, podrá oponerse al dominio de la voluntad ajena elevado al rango de ley. 13

Es por esto que la conducta tiene que ser limitada en razón de que el individuo por sí mismo no se concientiza de los efectos que produce su comportamiento dentro de la comunidad los cuales pueden beneficiar o afectar a todos quienes la integran, de aquí se puede partir que respecto a la relación que guardan los padres con sus hijos, los primeros mencionados suelen actuar sin una responsabilidad frente a la conducta de los últimos señalados, esto se debe por la falta de una figura jurídica que regule el alcance que puedan llegar a tener las consecuencias de dicha conducta, es decir, la creación de normas que regulen las omisiones por parte de los progenitores.

Pues el educar a los hijos implica una labor no solo económica sino de atención directa para identificar las problemáticas emocionales, físicas e intelectuales que presenten los niños, a fin de ser corregidas o prevenidas y con ello evitar desarrollen prácticas de violencia física o psicológica hacia su propia persona o de terceros.

Ahora bien, se podría decir que hemos sido educados en un sistema del cual parte del apego al estricto cumplimiento de las normas, ya que se considera el menor está sujeto a la familia y no está calificado para decidir por su cuenta, pues los menores están en desarrollo y en aprendizaje por lo que su criterio carece de objetividad para la toma de decisiones correctamente aceptadas por la colectividad, la realidad es que se evita la enseñanza respecto a la toma de decisiones y al momento en que se enfrentan con la necesidad de decidir no se encuentran preparados para ello, por lo que les es difícil medir las consecuencias de su actuar, ya que sus actos se generan por medio de impulsos y no de la razón, análisis previos para elegir la conducta deseable por la mayoría de los ciudadanos. Al considerar que la educación de los niños comienza en la familia, sería importante tomar en cuenta la creación de reglas familiares mediante acuerdos entre todos los integrantes, a base de propuestas que lleguen a acuerdos comunes siempre señalándoles las razones de dichas propuestas, los alcances de las mismas y sus resultados, ya que esto llevará al análisis de la acción sugerida respecto al grado de afectación personal y colectivo, positivo o negativo, formando conciencia en los hijos (conocimiento que obtenemos de nuestro entorno y nos ayuda a entender y conocer nuestra propia existencia y lo que somos en ese entorno, facultados para decidir responsablemente al considerar las consecuencias de los actos que se producirán).

Esquivel establece como válida, frente a la crisis de la razón, una norma cuando es aceptada por todos los participantes en un discurso y se extiende a quienes se reconozcan en él, por la cual nuestros argumentos deben ser racionales, puntuales, con poder de persuasión y convencimiento, con el objetivo de que sean reconocidos y se transformen en una acción obligatoria en la sociedad; si se debe considerar una idea u opinión por parte de cualquier sujeto integrante de la sociedad, este deberá dar las razones/argumentos congruentes para que sean tomados como válidos, siempre a través de acuerdos entre los participantes en la toma de decisiones.14

Hay que ser conscientes (reflexionar sobre nuestros actos al identificar y considerar los resultados que contraerá el acto por realizar), dicha conciencia parece relevante emplearla en el caso de la procreación, en la cual la prioridad se convierte en el infante que llegará al mundo, debemos entender que ya no se trata de la persona en lo individual, sino de una tercera persona que depende del progenitor en mayor o menor escala, y que su fin último sea su formación humana, aprender la interrelación con el resto de los individuos de una sociedad. Con la base de que el ser humano es sociable por naturaleza y se necesita uno al otro, tanto para subsistir como para compartir, para divertirse, para comunicarse y hasta para generar riqueza. Superar así la idea errónea de individualidad, que no es tangible, y que se promueve no solo por los medios, sino por las leyes y por el Estado. Desde la perspectiva de Hobbes, quien considera que el hombre es malo por naturaleza, el Estado y las instituciones se han dedicado a reprimir sus instintos, desde una perspectiva complementaria a esta, los arquitectos sociales consideran que los pobres son los que están llenos de maldad, por lo que habrá que limitarles aún más los recursos, para que la maldad no se multiplique.15 En países como los nuestros esta fórmula siempre ha sido un fracaso social y, a la vez, un éxito económico, pero no para los mismos sectores.

Desde la perspectiva aristotélica de que el hombre es social por naturaleza,16 y también desde una perspectiva común, la de Rousseau, si consideramos que el hombre es bueno por naturaleza, las instituciones deberían concentrarse en cuidar, no reprimir y no corromper esta naturaleza. El punto sería entonces ser conscientes de esta naturaleza, saber cómo el orden es “natural”, el control no lo es. La historia lo comprueba, todo acto de control y de imposición termina siempre en transgresión.

Coparticipación de las instituciones

No podemos detener los avances de la globalización, tampoco podemos reestructurar el tejido de la familia tradicional y mucho menos parar el desarrollo de la tecnología, es claro que el cambio seguirá en vías de crecimiento y no se detendrá, siempre se presentará una razón trascendente (como es el caso de las enfermedades) para aplicar la ciencia, razón por la cual se entendería la necesidad de que los padres tengan una intervención y responsabilidad total respecto a los hijos, dentro del hogar como fuera del mismo, en todos los actos realizados por los menores, es decir, la responsabilidad sobre los niños trascendería en relación a todos los actos ejecutados por éstos como si los progenitores los realizaran junto con ellos.

El acto recaería sobre ambos identificándolos como una misma persona, como sujetos, una corresponsabilidad indivisible. Para lograr dicho objetivo se requiere de todo el apoyo posible de todo tipo de personas con poder de persuasión y jerarquía sobre la población, que mediante estrategias, diálogos y acuerdos, se logre el fin del cumplimiento cabal de la responsabilidad parental, dichas personas serían las comúnmente conocidas como instituciones morales, todas aquellas que conforman la sociedad (tales como la familia, la escuela, la iglesia, y en general todas aquellas que integran al Estado), con quienes se buscaría trabajaran en conjunto para hacer cumplir las reglas de responsabilidad de los padres en particular y de las instituciones en general.

Ya antes se señaló que aparentemente las personas no hacen consciente su actuar dentro de la comunidad, fijan sus objetivos respecto a sí mismos, olvidan inclusive a la familia de la que forman parte, ya sea como hijo o como padres. De ahí se debería partir para que las instituciones sean el marco para la formación de esa conciencia en los sujetos, que si hacemos un análisis reflexivo y nos vamos hacia el pasado y presente, los gobiernos han realizado campañas para crear dicha conciencia, sin embargo, consideremos que en la circunstancia en la que nos encontramos, no han causado suficiente impacto solo con los discursos y lo coercitivo de las leyes, como para lograr cambios notables en los ciudadanos, esto nos lleva a pensar en generar una conciencia que parta del común acuerdo y del diálogo, para construir una normatividad que genere un compromiso de cumplimiento, puesto que se deduce el comportamiento actual de los individuos no tiene límites, por tal motivo los lleva a ser ajenos a las consecuencias de sus actos, por lo que su actuar tendría que ser condicionado en un principio, para posteriormente convertirse en un estado natural de la persona.

Las normas en general buscan el bien común de la comunidad el bienestar de los sujetos y la sana convivencia, se crean con el fin de evitar actos que afecten a terceros o al individuo que ejecuta la acción, la ley respalda el no hacer de los actos, un ejemplo es la ley de tránsito que cada estado implementa, los individuos dan cumplimiento a la misma debido a las infracciones que trae consigo al infringirla, si no uso el cinturón de seguridad será acreedor a una multa, la imposición viene acompañada de una sanción que es la que le da fuerza de acatamiento. Se podría decir que el sistema jurídico mexicano ha funcionado de manera virtual para el logro de un control social efectivo, a través de la coacción e implementación de preceptos limitantes del actuar de los individuos dentro de la sociedad, con ellos se evita o se trata de evitar la ejecución de delitos. Sin embargo, en la práctica en lo tangible el sistema al parecer ha fracasado pues se han presentado conductas clandestinas que llevan a la reiterada ejecución de delitos punibles.

Tomemos como ejemplo que en nuestro país existe un Código Civil Federal y en cada entidad federativa un Código Civil propio, en los cuales se contempla el capítulo denominado “De los alimentos” en el que se establecen preceptos que obligan a dar alimentos tanto de los padres hacia los hijos y viceversa, comprendiendo la comida, el vestido, la habitación, el esparcimiento y la salud, respecto a los hijos algunos códigos incluso contemplan los gastos necesarios para su educación básica y para proporcionarle algún oficio, arte o profesión, aún al ser mayores de edad, cuya obligación subsistirá siempre y cuando se encuentren estudiando una carrera técnica o superior, en tanto se concluya con la misma y hasta la edad de los 25 años. De lo anterior, podemos identificar que la norma se orienta a un fin económico, en ningún momento especifica el compartir tiempo una relación-interacción física con los menores, ni mucho menos dialogar con ellos, lo que nos lleva a concluir que ese es el problema que contrae la norma, la omisión de una normativa que incluya lo mencionado. Podríamos cuestionar la manera en que se evaluaría el cumplimiento por parte de los progenitores a dicha norma, pues no hay una manera tangible como tal para hacerlo, sin embargo, dicho precepto tendría que abarcar una corresponsabilidad entre los padres y los hijos, es decir, que las consecuencias de los actos de los menores impactara de igual forma en los ascendientes, por ejemplo, si un menor realiza un acto ilícito este tendría que cumplir con una sanción por motivo de las afectaciones a terceros, los padres a su vez cumplirían con una pena equivalente a la del hijo, en razón de la corresponsabilidad que se contrae entre ellos, pues la labor de los progenitores consistiría en vigilar y prevenir el actuar del descendiente, por lo que tanto el menor de edad como los progenitores tendrían la obligación de responder ante los daños y perjuicios causados a terceros y como consecuencia resarcir los mismos conforme a las estipulaciones de las normas aplicables al caso en concreto. Es decir, en los casos que se han presentado de menores infractores tales como el menor de edad que por transitar en sentido contrario en estado de ebriedad privó de la vida a un taxista en la ciudad de Santiago de Querétaro, Querétaro, México; así como el tiroteo en el Colegio Americano del Noreste, en la ciudad de Monterrey, Nuevo León, México, en el que un adolescente de 15 años disparó contra varios compañeros y su maestra. En el primer suceso tanto al menor de edad como a los padres del mismo se les sometería al proceso judicial correspondiente, en el segundo caso aún a pesar de que el autor intelectual del hecho se quitó la vida el proceso se seguiría en contra de los padres por ser estos sus tutores y la escuela se sometería a una revisión interna por la falta de atención a los alumnos al permitir la introducción de objetos peligrosos, en razón de la corresponsabilidad que estos contraerían con los menores.

Estos casos de menores infractores deben ser vistos desde una ética dialógica, es decir, en donde el Estado inicie por discutir, dialogar pues las causas, asumir responsabilidades junto con la institución llamada familia y escuela. El estado debe dar ejemplo de autonomía, es decir, dar muestra de la capacidad para tomar acuerdos y hacer nuevos planteamientos que beneficien a todos en común Atacar las causas al mismo tiempo que legislar sobre las responsabilidades legales que se tienen con los hijos, con los alumnos que estamos educando en toda clase de institución. Atacar las causas en primer lugar, implicaría llegar a acuerdos para garantizar una educación de calidad, lo que a su vez implica revisar la administración del tiempo con quienes los menores pasan su infancia, es decir en primer lugar garantizar que sean los progenitores quienes tengan el mayor tiempo con sus hijos durante su primera infancia.

Esto a la vez, nos lleva a pensar que en un Estado natural, podríamos superar el esclavismo laboral y la injusticia social que implica las remuneraciones salariales. Como bien lo plantea Friedrich Wilhelm Nietzsche,17 un hombre que no es dueño de dos terceras partes de su tiempo es un esclavo y, de acuerdo con esta idea, un esclavo no puede más que educar a su hijo como a un esclavo. Los esclavos no son conscientes de su condición, no son responsables de sus actos y por ende no son libres en la toma de sus decisiones. Tal vez tengamos que ver a los niños infractores desde esta perspectiva. Una educación de calidad implicaría una garantía más firme para la formación de la conciencia.

Luego de las reglas que emanan de los acuerdos, deben derivarse las responsabilidades. De manera natural, luego consciente, los adultos tomarían las decisiones para tener hijos, primero en la condición de adultos por saberse responsables y lo que esto implica: dar respuesta por el “otro”. Así como en el contrato social de Rousseau, el acta de nacimiento de un recién nacido, debe responsabilizar a los progenitores de toda clase de acto social referido con el menor, su cuidado, su educación y su interacción social, hasta la edad que se le considere consciente de sus actos.

Las instituciones educativas deberán ser responsables, no solo desde un contrato comercial de instrucción, sino un contrato social de formación con la otra institución llamada familia, en cuanto al cuidado que también deben tener con los menores, su educación y su actuar social.

Y por último, el estado deberá velar por el cumplimiento legal de estos contratos, el contrato de ser padre, educador y dueño de una institución a cargo del menor. Y como bien dice un proverbio africano “los hijos de la comunidad son hijos de todos”.

Conclusiones

Si bien ya existen códigos que regulan de manera general la responsabilidad de los padres hacia los hijos, podríamos señalar que estos códigos requieren revisión, reforzarse, complementarse, apoyarse y homogenizarse en una ley encauzada en específico al tema de la responsabilidad parental que abarque más áreas de protección a los menores, esto beneficiaría no solo a los niños sino también aquellos padres que procuran hacer más de lo que la norma exige, así mismo a la sociedad y en consecuencia a las instituciones que se contratan para el cuidado y educación de los menores. La creación de una ley de esta índole favorece a todos los que participamos dentro de la comunidad, tanto en ámbito personal y colectivo dentro de todas las áreas en las que nos desenvolvemos, tal es el caso de la Ley General para el Control del Tabaco, la cual se creó con fines de salubridad, educación, sana convivencia y control en el consumo del mismo, así también se logró un beneficio económico para el gobierno, estableciéndose las reglas en relación a la producción, distribución y consumo, entre otras, todo ello genera una cadena de beneficio social.

De acuerdo a lo anterior, y como se ha venido señalando, existe la necesidad de apoyo por parte de las instituciones involucradas en los cuidados y formación de los menores, por lo que se podría considerar que la ley propuesta tendría que hacer partícipes a familia, escuelas y gobierno para el logro de su completa observancia, entre ellas, una de las más significativas “la escuela”, esta tendría que trabajar en conjunto con los padres, ya que los niños conviven una gran parte del día y de su vida dentro de ella, además del objetivo de la misma que es el complementar la educación de los niños que los estimule al desarrollo de habilidades intelectuales que les permitan adquirir, transmitir y acrecentar la cultura, obtener conocimientos que los formen como mujeres y hombres con sentido de solidaridad social.

La institución llamada escuela se creó con el propósito de llevar a cabo las tareas que la familia deja de hacer en la formación de los hijos. Cuando la familia deja de educar a los hijos para el trabajo, la escuela sustituye esta labor y forma en oficios y profesiones, así también, cuando la familia deja de educar en valores, por no tener ni la disponibilidad intelectual ni el tiempo, la escuela tiene la responsabilidad de formar en esto de los valores, la escuela por lo tanto debería de responder por los infantes, es decir, si aludimos a que la responsabilidad es en términos éticos, “responder por el otro”, las instituciones educativas tendrían entonces que responsabilizarse legal y jurídicamente de la conducta manifiesta de los menores, y más aún si esta conducta es expresada dentro y en el entorno escolar.

Los marcos legales están definidos ya en la constitución, por lo que escuelas públicas y privadas deberán validar no solo sus líneas de formación académica, sino también validar y su responsabilidad en la formación integral del menor como una fianza ante cualquier circunstancia que la institución enfrente.

La Ley General de Educación señala, en su capítulo I, que en el sistema educativo nacional deberá asegurarse la participación activa de todos los involucrados en el proceso educativo, con sentido de responsabilidad social, privilegiando la participación de los educandos, padres de familia y docentes, para alcanzar los fines deseados, esto nos indica que dicha participación debe ser colegiada cuya responsabilidad recaerá sobre todos los participantes, considerando que al ser la escuela uno de los colaboradores activos dentro del sistema y al existir esta Ley General de Educación se busca la protección de los estudiantes para un sano y constante desarrollo dentro de las instituciones educativas, cuyo fin es la creación de seres humanos intelectuales, esta debe aplicar la norma educativa de manera exhaustiva y eficaz, para el cumplimiento exacto y eminente de la misma, lo que contrae una responsabilidad jurídica a su inexacta aplicación, restricción u omisión en su aplicación. Ante esto deberían surgir a su vez convenios entre la escuela y la familia, que los comprometa entre ellos a cumplir con los fines establecidos en la sociedad mediante las normas jurídicas dictadas dentro de la Ley General de Educación, implementándose una vigilancia permanente hacia los alumnos, de manera, por ejemplo, que si llegasen a faltar a clases, soliciten a los padres el motivo de ello y a falta de justificación se aplique una sanción a la omisión de estos últimos, o bien, si el menor presenta un bajo desempeño en las actividades escolares solicitar un reporte a la institución educativa que explique las razones de la situación y las acciones que se tomarán para la mejora del alumno, a falta del mismo se procediera de igual manera a la aplicación de una sanción, por así señalar algunos ejemplos.

En consecuencia de lo anterior, al implementarse las reglas precisas y concretas mediante el establecimiento de una Ley de Responsabilidad Parental e Institucional y al obtener la participación grupal entre instituciones y padres de familia, promovería una conciencia colectiva tanto en los progenitores respecto al alcance de su actuar con los menores relacionado con sus desatenciones, indiferencias, descuidos y negligencias, inclusive podría manifestarse no solo en quienes ya son padres sino también en aquellos que pretenden serlo y en los adolescentes que comiencen una pronta actividad sexual, así como en las instituciones educativas quienes se esmeraron en la impartición de cátedras de calidad y aguda atención en los estudiantes.

La escuela se debe centrar en el desarrollo de la autonomía del sujeto para que sea capaz de aceptar la regla de manera consciente y voluntaria para la convivencia con los “demás”; aceptar las reglas implica por lo tanto y también, aceptar las reglas con las que pensamos, es decir, las medidas con las que realizamos nuestros juicios, así como las relaciones de causalidad que determinan a nuestro pensamiento, en otras palabras, aceptar voluntariamente que frente a una conducta determinada, se genera un juicio determinado con también una determinada moral y su sanción respectiva. Pero ¿cuál es esa “determinada moral”? una moral familiar, social, individual o hasta una moral, como casi todas las morales, anónima. Con esto, el sujeto pasa a constituirse como un ser moral, sin embargo, no se ha constituido como un ser ético, puesto que la discusión entre lo que es moral y es ético está vigente, lo moral lo hemos referido al conjunto de principios, reglas o valores que permiten controlar la conducta y juzgarla entre el bien y el mal, mientras que lo ético se refiere a los principios o valores con los que explicamos dicha conducta, más allá del bien y del mal.

Ahora bien, el pensamiento moral se construye de la interacción social, de la vivencia, mientras que hemos encontrado que el pensamiento ético se construye de la interacción dialógica, de la experiencia entendida como la traducción y de la reflexión de la vivencia, de la traducción y en la reflexión sobre la conducta. Aquí es donde la escuela debería centrar su papel: en el desarrollo de la reflexividad y no solo el de la obediencia.

Finalmente, para establecer las normas regulatorias de la responsabilidad parental hay que considerar que la sociedad ha tenido un desarrollo significativo cuyas ideologías han evolucionado, así como sus ciudadanos quienes demandan inconscientemente una actualización en el sistema jurídico, en el cual sean tomadas en cuenta sus opiniones, pues al ser México un país democrático quieren ver plasmado ello en la elaboración de las leyes, por lo que el tomar en cuenta un sistema inclinado a la argumentación y diálogo podría ser una buena propuesta para atender la inquietud de la ciudadanía. Con la colaboración de diversos sujetos sociales nos encaminaríamos a la creación de normas justas, equitativas y confiables. Por lo que se supondría necesaria la participación mediante la discusión entre especialistas en áreas tales como psicología, medicina, psiquiatras, pedagogos, economistas, abogados y demás relacionados con el tema, interesados en compartir conocimientos para la generación de los preceptos que conformarían una Ley de Responsabilidad Parental e Institucional.

Hasta ahora ha sido muy fácil legislar para un pueblo esclavizado, inconsciente e irresponsable, no será tarea fácil la que tenemos en frente: legislar para un pueblo consciente y responsable de su libertad.

Referencias

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1 Patricio Merino Beas, “Educación moral en la familia: desafíos y oportunidades”, REXE. Revista de Estudios y Experiencias en Educación 11 (2007): 113-124, disponible en https://www.redalyc.org/pdf/2431/243117032007.pdf (fecha de acceso: 8 de marzo 2019).

2Manuel Castells, “Prólogo: La red y el yo”, en La era de la información. Economía, sociedad y cultura, coordinado por Carmen Martínez Gimeno y Jesús Alborés (Madrid: Alianza Editorial, 1997), 2.

3Consejo Nacional De Población (CONAPO), “Campaña: La familia pequeña vive mejor” (Ciudad de México: CONAPO, 1974).

4Castells, “Prólogo: La red y el yo”.

5Julio Antonio González-Pienda, “Los Retos de la Familia Hoy Ante la Educación de sus Hijos: A Educar También se Aprende”, Revista Galego-Portuguesa de Psicoloxía e Educación 15.2 (2007): 187-201, disponible en https://ruc.udc.es/dspace/bitstream/handle/2183/7080/RGP_15-13_Cong.pdf?sequence=1&isAllowed=y (fecha de acceso: 8 de marzo de 2019).

6Castells, “Prólogo: La red y el yo”.

7Martín Lutero fue un teólogo y reformador religioso alemán, precipitó la reforma protestante al publicar en 1517 sus 95 tesis denunciando las indulgencias y los excesos de la Iglesia católica. Para Lutero la esencia del cristianismo no se encuentra en la organización encabezada por el papa, sino en la comunicación directa de cada persona con Dios. Martín Lutero nació en Eisleben en 1483 y falleció en 1546.

8Moacir Gadotti, Historia de las ideas pedagógicas (Buenos Aires: Siglo XXI Editores, 1998), 63.

9Daniel Bell, Las contradicciones culturales del capitalismo (Madrid: Alianza Editorial, 2004).

10Zygmunt Bauman, Ética posmoderna (Ciudad de México: Siglo XXI Editores, 2005).

11Bauman, Ética posmoderna, 2.

12Jean-Jacques Rousseau, El contrato social (Madrid: Istmo, 2004).

13Mijail Malishev, “Kant: Ética del Imperativo Categórico”, La Colmena 84 (octubre-diciembre de 2014): 9-21, disponible en https://www.redalyc.org/pdf/4463/446344312002.pdf (fecha de acceso: 8 de marzo de 2019).

14Noé Héctor Esquivel Estrada, “Ética del discurso y necesidad de fundamentación”, La lámpara de Diógenes 6.10-11 (enero-diciembre de 2005): 39-61, disponible en https://www.redalyc.org/pdf/844/84401103.pdf (fecha de acceso: 8 de marzo de 2019).

15Thomas Hobbes, Leviatán (Ciudad de México: Fondo de Cultura Económica, 1994).

16Aristóteles, The works of Aristotle (Londres: Oxford, 1912).

17Lawrence J. Hatab, A Nietzschean Defense of Democracy: An Experiment in Postmodern Politics (Chicago: Open Court, 1995).

Recibido: 12 de Marzo de 2019; Aprobado: 19 de Diciembre de 2019

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