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Boletín mexicano de derecho comparado

On-line version ISSN 2448-4873Print version ISSN 0041-8633

Bol. Mex. Der. Comp. vol.50 n.150 Ciudad de México Sep./Dec. 2017

https://doi.org/10.22201/iij.24484873e.2017.150.11846 

Bibliografía

Peñaloza, Pedro José et al., Múltiples miradas de la criminalidad

Sergio García Ramírez

Peñaloza, Pedro José. Múltiples miradas de la criminalidad. México: Posgrado en Derecho, Facultad de Derecho, Inacipe, 2016. 305p.


He tenido la oportunidad de comentar, por invitación del doctor Pedro Peñaloza, la obra coordinada por él en torno a La prevención del delito. Una asignatura pendiente, libro valioso y aleccionador, y de colaborar a otra obra colectiva propiciada por el profesor de la Facultad de Derecho de la UNAM: Seguridad pública. Voces diversas en un enfoque mutidisciplinario.

Las denominaciones del último libro citado y de la obra que ahora comento ponen de manifiesto el empeño de Peñaloza por reconducir en nuestro medio el examen del fenómeno del crimen -sus factores, fenomenología, atención- con profundidad y más allá de las limitaciones inherentes al examen puramente jurídico-dogmático de la materia, que ha prevalecido entre nosotros y producido, desde luego, obras muy valiosas. El coordinador de la presente obra se aparta de esa tradición tan arraigada y elude el monopolio de la versión jurídica a través de una mirada -que son muchas miradas particulares- fresca y enriquecedora, desde distintas perspectivas que examinan nuestra realidad actual.

El libro al que ahora me refiero se asocia a un proyecto útil y necesario: el Seminario Permanente de Análisis de la Fenomenología Criminal, programa que reside en el Posgrado en Derecho de la UNAM. Sirve al diálogo multi e interdisciplinario sobre un tema prioritario de la agenda nacional e internacional, como señala uno de los autores convocados a esta obra, el profesor Carlos Reyes Díaz, quien coordina el Posgrado en Derecho e invita, bajo ese título, a la lectura de la obra (pp. XV-XVI).

También conviene tomar nota de que esta publicación se halla bajo el sello de un coeditor prestigiado: el Instituto Nacional de Ciencias Penales (Inacipe), que en 2016 ha cumplido cuarenta años de vida fecunda al servicio de México mediante la ciencia jurídico-penal, o un poco menos si se descuentan de esas cuatro décadas los pocos y desafortunados años que permaneció en suspenso, cancelado por una reforma reglamentaria que al cabo sería revocada. Con todo, han asediado -y actualmente asedian al INACIPE- vientos de fronda que he llamado “institucidas”, desconocedores de la enorme trascendencia de su presencia y de su labor.

La exploración emprendida por los autores de los trabajos aquí reunidos pasa revista a una notable variedad de materias, que no pretendo comentar detalladamente; apenas daré noticia de ellas para suscitar el interés de los futuros lectores. A la cabeza de estos trabajos pondré el que debemos al profesor Peñaloza (pp. 15 y ss.), que lleva a cabo una pertinente reflexión sobre lo que se podría denominar la economía criminógena y el Estado “evaporado”. Esta cuestión reaparece, con diversos enfoques y distintas expresiones, en otros artículos incluidos en la obra, como el de Víctor Alejandro Payá Porres (pp. 255 y ss.).

La decisión de marchar hacia un Estado mínimo -plausible cuando elimina el oneroso gigantismo administrativo y racionaliza los quehaceres públicos- puede implicar, sin embargo, la reducción de las obligaciones del Estado y en la misma proporción de los derechos exigibles por los individuos que aguardan los beneficios de la sociedad política. El Estado declinante puede desembocar en la categoría de “fallido”, si atendemos a la caracterización de éste formulada por Chomsky.

En la presente obra se analizan las conexiones o desconexiones entre cultura y violencia, y en el arranque se localiza un epígrafe tomado de Sigmund Freud, que hace recordar el diálogo entre el maestro vienés y su interlocutor Albert Einstein, quien inquirió sobre la posibilidad de erradicar la violencia de la vida individual y colectiva. Freud observó que aquélla se hallaría siempre entre nosotros -como una suerte, digamos, de acompañante bíblico-, pero destacó la existencia de medios o instrumentos para reducirla o moderarla. Esta mitigación de la violencia sería el fruto de una empeñosa política de prevención de la conducta antisocial y del impulso criminal.

Cuando se acude al escenario en el que se enfrentan, en rudo contraste, el Leviatán público, investido con todos sus poderes y armado con su condición de “defensor de la sociedad”, y el individuo “mondo y lirondo” -o casi-, sea el imputado, sea la víctima del delito, vienen al caso los derechos humanos -como ocurre en los artículos elaborados por Elías Polanco Braga (pp. 47 y ss.) y José Zamora Grant (pp. 67 y ss.) -, siempre proclamados y rara vez atendidos con la oportunidad, pertinencia y plenitud que anuncian las Constituciones, los tratados y los discursos.

En ocasiones se agregan a ese enrarecimiento en la verdadera observancia de los derechos del individuo -prenda del Estado de derecho- ciertas ideas que sugieren corresponder al maltrato inferido por el victimario, el que puede causar el Estado -tal vez mayor que aquél si cotejamos, con Ferrajoli, los costes del crimen y los de la justicia-. En esta línea surge el cuestionamiento, muy peligroso, del debido proceso, al que se atribuyen culpas que en realidad corresponden al indebido procedimiento, y se asientan giros en el tratamiento de esta materia en la propia Constitución y en la ley, que han sembrado inquietantes ambigüedades y permitido la emergencia de algunas expresiones del “derecho penal del enemigo” en la más reciente normativa penal mexicana.

Los jóvenes han recibido la atención de la obra examinada. No podía ser menos. Recordemos que fueron personaje central del estudio y las recomendaciones derivadas del Congreso Internacional sobre Seguridad Pública y Justicia Penal convocado, hace un lustro, por la Universidad Nacional Autónoma de México y el Instituto Iberoamericano de Derecho Constitucional, cuyas recomendaciones, ampliamente difundidas entonces, no han tenido seguimiento y reposan en el archivo que aloja estupendas intenciones.

Emilio Daniel Cunjama López, Alán García Huitrón y Giovanni Octavio Hernández Uribe son autores del estudio “Índice mexicano de jóvenes en riesgo y pandillas” (pp. 85 y ss.), que suscita naturales inquietudes y merece cuidadosa reflexión. Hace pensar en que estamos haciendo muy poco para acudir con eficacia a esta trinchera -no violenta, en lo que concierne al Estado- y moderar los factores de inmenso riesgo que ahí se plantean. No olvidemos la ocurrencia que reside en la expresión dirigida a millones de jóvenes: “ninis” -ni estudian ni trabajan-, a la que cabría responder con otra del mismo tenor destinada a la sociedad y a las instituciones públicas: “ninis” también, porque ni ofrecen soluciones ni promueven esperanza.

La cuestión de género, que ahora nos desvela, es objeto de comentario por María del Pilar González Barreda (pp. 139 y ss.) y Tilemy Santiago Gómez (pp. 157 y ss.). La violencia contra la mujer es otro problema que no cede, pese a alertas alarmantes, “silbatos” providenciales y leyes que ofrecen improbables paraísos (que en ocasiones transitan, hay que decirlo, a contrapelo del desarrollo del orden penal democrático en una sociedad moderna, como han manifestado algunos juristas españoles que estudian la legislación de género en su país).

Recordaré algunos extremos de esta cuestión -no tanto la mujer víctima, que ha sido tradición milenaria-, sino la victimaria, se veían venir desde que el clásico Alfredo Nicéforo enunció, hace mucho más de un siglo, las leyes de evolución de la criminalidad. Si hay cuotas que marcan la presencia de la mujer en la vida regular o normal, también puede haberlas en la irregular. Digamos que uno de los estudios incluidos en esta obra, que ya mencioné, debido a Tilemy Santiago Gómez, propone un nuevo enfoque de la criminología -y hasta una nueva denominación: Zemialogy (p. 169), tomada de Pemberton-, para superar los extremos de sexo y género que pudieran condicionar -y entorpecer- la respuesta de las instituciones en este campo.

Naturalmente, acude a esta obra, el problema de las prisiones, a través de un artículo de José Luis Cisneros (pp. 173 y ss.), problema atrapado en una dialéctica de “palabras y más palabras”, a la manera del Hamlet de Shakespeare: palabras que se presentan como novedades, y en el fondo son antigüedades, desembarcadas en nuestra Constitución y en la copiosa normativa que deriva de ésta, hecha a la mar hace poco tiempo para contener las oleadas de incompetencia y corrupción, que son el verdadero problema del sistema de privación cautelar y punitiva de la libertad. Todo ello, por supuesto, sin perjuicio de la necesidad de “pensar” de nuevo la prisión, como sugiere José Luis Cisneros.

En varios artículos de la obra colectiva, Celia Elizabeth Caracheo Miguel, David Ordaz Hernández y Diego Pulido Esteva (pp. 201 y ss.) examinan el caldo de cultivo de la criminalidad, y también el marco de sus soluciones, concentrado en el escenario urbano. Por supuesto, en unas cuantas décadas cambió el foro del delito: del campo a la ciudad, pero conviene ampliarlo en la reflexión y en la propuesta: de la ciudad -e incluso la metrópoli, distinguiendo en la voz genérica “ciudad” las realidades específicas de las “ciudades”- a la región y al mundo entero. Esto así, cuando se trata del crimen trascendente, que no respeta fronteras, y de la no menos trascendente persecución, que busca eludirlas a su manera.

A propósito del urbanismo y la persecución, se plantean en esta obra la percepción intimidante de la inseguridad, que no es una “leyenda urbana”, y un personaje crucial de aquélla: el policía. Ya la Declaración francesa de 1789 reclamó la existencia de la fuerza pública para amparar la retahíla de derechos humanos y de los deberes del Estado contenidos en ese documento fundacional de la era moderna. Ahora bien, el policía es mucho más que un personaje copado por la oscuridad y la rutina: -aquí y ahora, en nuestra cotidianidad estricta- es pieza fundamental, aunque obviamente no única, de la seguridad (la pública, pero también la humana) y de la justicia penal que se está instaurando en México con bombo y platillo.

En rigor, la justicia penal está acotada y de alguna manera determinada por los dos personajes menos atendidos -los hechos lo demuestran- de una procesión de actores que trasladarán a los hechos, las palabras de la ley, o frustrarán ese traslado: de un lado el policía; del otro, el custodio de las instituciones preventivas y punitivas.

Los dos últimos capítulos o secciones de la obra se refieren a drogas, violencia y criminalidad, uno, y a comunidades indígenas y criminalidad, el otro. El artículo en torno a las drogas, de Alejandro Payá Porres (pp. 255 y ss.), que se refiere a las autorizadas y a las proscritas, va mucho más allá de este tema -o mucho más a fondo, mejor dicho- y explora ciertos abismos donde anidan las causas de la violencia y el crimen. Por este conducto recuperamos el hilo de la economía y de la cultura -como señalé-, sin perder de vista la subcultura que crea sus santos y sus rituales y “ameniza” su presencia a través de narcocorridos.

En cuanto a comunidades indígenas y criminalidad, tema que aborda Socorro Apreza Salgado (pp. 283 y ss.), el punto central en la reflexión que nos ofrece es la comunicación entre las comunidades indígenas y el “mundo exterior”. Aquéllas han recibido la consigna de guardar silencio; una consigna de medio milenio, salvo que primero -y como condición para elevar la voz- ingresen en las filas de la regularidad cultural y política, que les permitiría hablar como flamantes ciudadanos políticamente correctos. La autora describe la criminalización de los intentos por salvar la muralla del silencio mediante los medios electrónicos.

Sergio García Ramírez

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