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Boletín mexicano de derecho comparado

On-line version ISSN 2448-4873Print version ISSN 0041-8633

Bol. Mex. Der. Comp. vol.44 n.130 Ciudad de México Jan./Apr. 2011

 

Artículos

 

The American Way. Los abogados latinoamericanos como estudiantes de maestría en Estados Unidos de América*

 

The American Way. Latin American Lawyers as Graduate Students in the United States

 

Marta Vides**, Manuel Gómez*** y Luis Fernando Pérez Hurtado****

 

** Profesora asociada en Sociología jurídica del Ramapo College de Nueva Jersey.

*** Profesor asociado en la Escuela de Derecho de Florida International University.

**** Director del Centro de Estudios sobre la Enseñanza y el Aprendizaje del Derecho, A. C. (CEEAD).

 

Correspondencia

** mvides@ramapo.edu, *** magomez@fiu.edu, **** luisph@ceead.org.mx.

 

* Artículo recibido el 16 de febrero de 2010.
Aceptado para su publicación el 24 de agosto de 2010.

 

Resumen

El presente trabajo explora las razones por las cuales los abogados latinoamericanos deciden realizar cursos de maestría en los Estados Unidos, y por qué las escuelas de derecho estadounidenses ofrecen posgrados para extranjeros.

Palabras clave: posgrado, maestría, educación, escuelas de derecho.

 

Abstract

This article explores the reasons Latin American lawyers decide to pursue graduate studies in the United States (US). Correspondingly, this article also researches the reasons US law schools offer post-graduate programs for the benefit of foreign students.

Keywords: post-graduate, master's programs, education, US law schools.

 

Sumario

I. Introducción. II. Descripción general de los posgrados en derecho que ofrecen las escuelas de los Estados Unidos a los extranjeros. III. Los abogados latinoamericanos como estudiantes de maestría en los Estados Unidos. IV. Conclusiones. V. Bibliografía.

 

I. Introducción

A pesar de las importantes diferencias entre los ordenamientos jurídicos de Latinoamérica y los Estados Unidos de América,1 los posgrados en derecho ofrecidos por las universidades estadounidenses han atraído a los abogados latinoamericanos desde hace mucho tiempo. Lamentablemente, no existen estadísticas de cuántos abogados latinos han ido a cursar estudios de posgrado en derecho en los Estados Unidos, pero la percepción generalizada es que la presencia de aquellos se ha venido haciendo cada vez más numerosa.

Según la American Bar Association (Asociación Americana de Abogados; ABA, por sus siglas en inglés), "durante los últimos años ha habido un incremento significativo en el número de egresados de escuelas extranjeras que se han inscrito en cursos de posgrado en los Estados Unidos. De hecho, casi la mitad de los estudiantes actualmente inscritos en cursos de maestría son egresados de escuelas de derecho extranjeras".2 Este interesante hecho impone investigar la interdependencia entre las necesidades de las instituciones que ofrecen estos cursos de maestría y las necesidades de los estudiantes que participan en ellas. Como se verá más adelante, uno de los objetivos de los dos cuestionarios en que basamos muchas de las observaciones plasmadas en este artículo era precisamente descifrar los intereses, de cada parte, que han contribuido a dicha interdependencia, así como también a descubrir los posibles conflictos de intereses en dicha relación.

Desde la perspectiva latinoamericana, conocer la cultura de los abogados estadounidenses parece estratégicamente conveniente, si tomamos en cuenta que la expansión de las economías y de los mercados del hemisferio occidental se ha venido produciendo, en gran parte, por influencia de la estrecha relación con los Estados Unidos. Este fenómeno ha motivado a las firmas de abogados estadounidenses a aumentar su presencia en América Latina. A su vez, los despachos o firmas3 latinoamericanas han transformado su práctica adaptándose cada vez más al estilo propio de las law firms de los Estados Unidos.4 Igualmente, es de hacer notar que un porcentaje importante de los abogados que ejercen la abogacía, organizados dentro de firmas profesionales, han realizado estudios de posgrado en facultades de derecho de los Estados Unidos. El resultado de una investigación preliminar que hicimos sobre las principales firmas de abogados latinoamericanos, según los directorios de las organizaciones Latin Lawyer5 y Martindale-Hubbell,6 arrojó que un número importante de los socios de estas firmas han cursado al menos un posgrado en derecho en universidades de los Estados Unidos de América.

En esta misma dirección, un estudio publicado por la revista Latin Lawyer indicó que "más de las tres cuartas partes de aquellos abogados latinoamericanos que han sido incluidos en la lista 'cuarenta debajo de 40'7 han estudiado o trabajado en los Estados Unidos o en Europa".8

A diferencia de lo que ocurre con respecto al caso estadounidense,9 muy pocos trabajos de investigación que conocemos han estudiado el fenómeno de la transformación y desarrollo de la profesión de abogado en Latinoamérica,10 y según entendemos, ninguno ha analizado el punto de vista de aquellos que van a los Estados Unidos a cursar posgrados en derecho, ni la opinión de las propias escuelas de derecho estadounidenses que ofrecen programas para extranjeros, y que los reciben como estudiantes.

Nuestro interés por investigar "¿cuáles abogados latinoamericanos estudian maestrías de derecho en los Estados Unidos y por qué?" surgió luego de un valioso intercambio con varios de los investigadores latinoamericanos. De acuerdo con lo que pudimos conocer, el ofrecimiento de cursos de posgrado es común entre las escuelas de derecho latinoamericanas, aunque las razones por las cuales estos cursos existen parecen variar dependiendo de cada país.

Los objetivos de los programas latinoamericanos de posgrado en derecho van desde la idea de brindar a los abogados las herramientas para trabajar en un mundo cada vez más globalizado, como es el caso de Brasil,11 hasta la necesidad de compensar a los abogados recién graduados por las deficiencias en su formación universitaria de pregrado, como ocurre en Venezuela.12 En cuanto a los tipos de cursos ofrecidos, en algunos países como Colombia, el énfasis parece estar en el establecimiento de especializaciones en lugar de maestrías y doctorados.13

En cuanto a los rasgos socioeconómicos de la población que realiza posgrados en derecho en Latinoamérica, existen indicios, como en el caso de México, de que los posgrados locales son cursados generalmente por los estudiantes de menos recursos, pues los más privilegiados económica y socialmente suelen trasladarse a los Estados Unidos de América para realizar sus estudios de posgrado.14 Con el objetivo de lograr una visión más amplia sobre lo que ocurre en Latinoamérica sobre este tema, consideramos que estos interesantes estudios sobre algunos países de la región debían complementarse con el análisis de las razones que impulsan a los latinoamericanos a cursar posgrados de derecho en los Estados Unidos.

En atención a lo anterior, el objetivo que trazamos para nuestra investigación fue responder a la cuestión fundamental sobre ¿quiénes son los abogados latinoamericanos que cursan maestrías en derecho en los Estados Unidos y por qué deciden estudiar en ese país?; así como, también, ¿qué obstáculos enfrentan los abogados latinoamericanos para estudiar posgrados en los Estados Unidos? En el intento de lograr nuestra meta, exploramos también el punto de vista de las instituciones académicas (escuelas de derecho) a través de las siguientes interrogantes: ¿qué opciones ofrecen las escuelas de derecho de los Estados Unidos para los abogados extranjeros?, ¿qué objetivos persiguen las escuelas de derecho al ofrecer posgrados para extranjeros? y ¿cuántos latinoamericanos cursan maestrías en escuelas de derecho de los Estados Unidos?

Esperamos que el esfuerzo que representa este trabajo contribuya al objetivo más general de entender la relación entre la educación jurídica, el ejercicio de la profesión legal y el Estado de derecho, tanto en los Estados Unidos como en Latinoamérica.

Para su mejor comprensión, el contenido de este artículo ha sido dividido en cuatro partes. En la primera, está formada por esta introducción general y una breve explicación sobre la metodología empleada para llevar a cabo el proyecto en que se basa este artículo. En la segunda parte, se presenta una breve descripción general de los cursos de posgrado ofrecidos a los extranjeros por las escuelas de derecho de los Estados Unidos. En la tercera parte, analizamos el perfil de los estudiantes latinoamericanos de maestrías en derecho en los Estados Unidos, con especial interés en su país de origen, donde obtuvieron su título de abogado, y en qué universidades estudiaban al momento de nuestro estudio. En esta misma parte exploramos las razones por las cuales los abogados latinoamericanos decidieron cursar estudios de maestría en universidades de los Estados Unidos, por qué eligieron determinada universidad y programa, y qué metas aspiraban completar una vez egresados. De igual manera, analizamos los principales obstáculos que percibían los latinoamericanos para cursar estudios de maestría en derecho en los Estados Unidos. En la última parte, ofrecemos las conclusiones de este trabajo.

Metodología

Los datos utilizados para la elaboración de este artículo fueron obtenidos fundamentalmente a través de dos cuestionarios especialmente diseñados para este proyecto. Los cuestionarios fueron distribuidos entre las escuelas acreditadas por la ABA15 y entre los estudiantes latinoamericanos de maestrías en dichas escuelas. Para los efectos de este trabajo, hemos considerado como estudiantes latinoamericanos a todos aquellos provenientes de los veinte países de habla hispana, francesa (Haití) y portuguesa (Brasil), situados al sur de los Estados Unidos,16 con la excepción de Puerto Rico.17 Esta demarcación de lo que constituye América Latina es consistente con la definición del Centro Latinoamericano y Caribeño de Demografía (Celade).18

El primer cuestionario,19 dirigido a las escuelas de derecho, tenía por objeto conocer los tipos de maestría que se ofrecen a los estudiantes extranjeros en los Estados Unidos, así como también cuáles objetivos persiguen las universidades estadounidenses con la oferta de estudios de posgrado a extranjeros. El segundo cuestionario,20 dirigido a los estudiantes latinoamericanos, tenía como finalidad conocer el perfil de quienes vienen a los Estados Unidos a cursar estudios de maestría en derecho, conocer la percepción de éstos sobre los estudios de posgrado en los Estados Unidos, y finalmente, los obstáculos que más comúnmente enfrentan.

Es importante destacar que nuestro interés es únicamente en las maestrías y no en otros cursos de posgrado en derecho. La razón de esta elección estriba principalmente en que las maestrías, a diferencia de los otros cursos de posgrado: a) son generalmente el primer contacto de los abogados extranjeros con el sistema educativo de los Estados Unidos, lo que facilita conocer con mayor exactitud las aspiraciones y preferencias de aquellos, y permite evaluar más fácilmente el contraste que representa para ellos el cambio de un sistema a otro; b) tienen una duración predeterminada —generalmente un año—, lo que marca una etapa fácil de identificar; c) la población de las maestrías es significativamente más numerosa que la de los demás posgrados; y d) los abogados que se inscriben para realizar doctorados u otros cursos en los Estados Unidos son generalmente una población dispersa, lo cual hace más difícil su estudio.

Con el objeto de seleccionar la población a la que serían distribuidos los cuestionarios, elaboramos una lista de todas las escuelas de derecho inscritas en la ABA en 2003. La información obtenida de diversas bases de datos21 se comparó con la publicada en los portales web de las escuelas de derecho, y fue verificada adicionalmente —sólo respecto de algunas escuelas— con información suministrada a nosotros por sus representantes a través de correo electrónico.22

Los destinatarios del cuestionario 1 fueron todas las escuelas de derecho inscritas en la ABA en 2003. Dicha encuesta fue distribuida por correo electrónico a los administradores de cada una, y adicionalmente se les pidió distribuir el cuestionario 2 entre sus estudiantes provenientes de Latinoamérica. La utilización de las escuelas de derecho como intermediarias para la distribución de este segundo cuestionario fue la única forma para poder acceder a los estudiantes, pues no se nos permitió contactarlos directamente bajo el argumento de que estaba en juego su privacidad, y ninguna escuela nos permitió comunicarnos con ellos directamente, lo cual hubiera sido ideal.

Los cuestionarios fueron diseñados con la asistencia de Zoomerang®, un programa especializado en el manejo de encuestas a través de Internet. La utilización de este método simplificó notablemente las tareas de diseñar, distribuir y analizar las encuestas. La forma de distribución fue sencilla. Al destinatario se le envió un mensaje de correo electrónico contentivo de un hipervínculo hacia la encuesta. Las preguntas fueron respondidas utilizando un formato web, y luego los resultados fueron almacenados en el sitio web de Zoomerang®, desde donde se extrajeron para su posterior análisis. La distribución a través de este mecanismo representó una ventaja por su rapidez y alcance.

No consideramos que esta forma de distribuir la encuesta haya dejado excluido a algún sector de la población estudiantil, dado que el correo electrónico es un sistema comúnmente usado por todas las universidades en los Estados Unidos, y presumimos que todos los estudiantes de maestría tienen acceso a una cuenta de correo electrónico.

Los cuestionarios fueron distribuidos y respondidos durante el primer semestre de 2003, por lo cual la información contenida en ellos se refiere principalmente al año académico 2002-2003.

De las 183 escuelas de derecho encuestadas, solamente 57 respondieron el primer cuestionario. La mayoría (40) lo hizo luego de la primera solicitud, y un reducido grupo (17) lo hizo luego de la segunda petición de participar en nuestro estudio. En relación con el segundo cuestionario, solamente fue respondido por 64 estudiantes que están afiliados a 19 universidades diferentes, como se explicará más adelante. Este número de participantes es muy bajo para ser una muestra representativa del total de estudiantes latinoamericanos en Estados Unidos. Sin embargo, nos ofrece información muy interesante para conocer sobre este fenómeno, que puede servir como referencia para futuros trabajos.

 

II. Descripción general de los posgrados en derecho que ofrecen las escuelas de los Estados Unidos a los extranjeros

Los estudios de posgrado en las escuelas de derecho de los Estados Unidos de América están sometidos a un régimen diferente, y si se quiere, más flexible que los estudios de pregrado (Juris Doctor o JD).

De acuerdo con la normativa en vigor de la ABA, cualquier escuela de derecho que sea miembro de dicha Asociación está en libertad de ofrecer cursos de posgrado, siempre que éstos no afecten negativamente la calidad de los estudios de pregrado ofrecidos por la misma escuela. Para ello, durante el proceso de implementación de un curso en particular, cada escuela de derecho debe solicitar la aquiescencia de la ABA. Esta se limita a evaluar si el posgrado a ofrecer afecta o no a los estudios regulares de pregrado, sin involucrarse en analizar el contenido ni los requisitos de admisión de aquellos, lo cual queda a la libre decisión de cada escuela.

Dicho de otra forma, el único rol de la ABA en cuanto a los posgrados está en asegurarse de que la existencia de los mismos no influya negativamente sobre los factores que han sido tomados en cuenta para la acreditación de la escuela. De esta manera, el único control sobre la calidad de los cursos de posgrado en derecho depende de las propias escuelas y no de algún órgano externo, como en el caso de los estudios de pregrado. Otro aspecto que conviene mencionar es que los cursos de posgrado tampoco son tomados en cuenta para la determinación "no oficial" de la jerarquía o rango entre las escuelas de derecho.23

Los cursos de posgrado no pueden considerarse como sustitutos de la licenciatura en derecho (JD) para propósitos relacionados con la habilitación para ejercer la profesión de abogado en los Estados Unidos de América, pero algunos facilitan el proceso de preparación para el proceso de admisión en algunos estados, como se verá más adelante.

1. Qué clases de cursos de posgrado ofrecen las escuelas de derecho en los Estados Unidos

En líneas generales, según información obtenida de la ABA,24 las escuelas de derecho estadounidenses ofrecen tres clases de cursos para aspirantes egresados de universidades extranjeras: 1) maestrías para no abogados, 2) maestrías para abogados y 3) cursos de doctorado en derecho. Adicionalmente, algunas escuelas organizan 4) cursos o talleres de corta duración sobre temas específicos. A continuación, describiremos brevemente las características de cada uno.

1) Maestrías para no abogados: para ser admitido a uno de estos cursos de posgrado no es necesario tener el diploma de abogado, pero algún otro título profesional es indispensable. El objetivo de estas maestrías es ofrecer una visión interdisciplinaria del derecho, y contribuir a formar no-abogados en disciplinas jurídicas. Este tipo de maestría es ofrecida por las escuelas de derecho en forma muy excepcional.

2) Maestrías para abogados: es el tipo de posgrado más común. Según la descripción ofrecida por la ABA, estas maestrías están dirigidas tanto a abogados americanos como a abogados extranjeros, y hay diversas categorías: Master of Laws (LLM), Juris Master (JM), Master of Comparative Law (MCL), Master of Jurisprudence (MJ),25 y Master in the Science of Law (JSM), que es ofrecido únicamente por la Escuela de Derecho de la Universidad de Stanford; pero es el LLM (general) el que más comúnmente se ofrece.26

Las maestrías para abogados duran generalmente un año, y exigen que sus estudiantes lo sean a dedicación exclusiva o a medio tiempo, lo cual los obliga a residenciarse en la universidad.27 Incluyen un proceso de admisión riguroso y bien estructurado, y en muchos casos el ingreso es altamente competitivo por concurso de credenciales. Aunque algunas maestrías se concentran en áreas específicas, lo más común es que ofrezcan una especie de introducción general al sistema legal de los Estados Unidos.

Para ser aceptado en una de estas maestrías, se exige al aspirante que demuestre suficientes conocimientos del idioma inglés, mediante la presentación de un examen conocido como TOEFL.28 Una vez admitidos, los estudiantes extranjeros de maestría suelen tomar los cursos regulares que ofrece la escuela a los estudiantes de pregrado —aspirantes a obtener el título de JD—, aunque en ocasiones (muy excepcionalmente), las escuelas de derecho ofrecen cursos exclusivamente para los extranjeros.

Una de las ventajas prácticas para los estudiantes de maestría extranjeros, al poder cursar materias ofrecidas a los estudiantes de derecho estadounidenses, está en que ello les permite llenar algunos requisitos para obtener la licencia para ejercer como abogado en determinados estados,29 y también permite a los extranjeros conocer de cerca "la forma como razonan los abogados locales (estadounidenses)".30

Para poder ejercer como abogado en los Estados Unidos, se tiene que cumplir con el proceso de admisión a través de la Junta de Examinadores de cada estado (State Board of Bar Examiners) que generalmente depende de la más alta corte, o de la Asociación de Abogados (Bar Association) del estado. Los requisitos de admisión varían, según cada jurisdicción estatal, pero una exigencia común es que el aspirante ostente el título de Jurisprudence Doctor (JD) por una universidad acreditada ante la ABA, salvo en el caso de aquellas jurisdicciones que contemplan la posibilidad de admitir abogados extranjeros.

Según la ABA, el número de abogados extranjeros que, después de obtener el título de magíster en leyes (LLM), aspira su admisión para ejercer en los Estados Unidos, ha venido aumentando.31

Volviendo a la descripción de las maestrías, algunas escuelas de derecho exigen como requisito para graduarse, además de la aprobación de una cantidad determinada de cursos, la presentación de un trabajo de grado o tesis.32

Una vez egresados de las maestrías, y de acuerdo con las normas sobre inmigración del Servicio sobre Inmigración y Ciudadanía de los Estados Unidos (USCIS), los extranjeros portadores de visas de estudiante (F1) tienen derecho a permanecer durante 12 meses adicionales en los Estados Unidos con el objeto de realizar una pasantía relacionada con lo que han estudiado.33 Durante este periodo de "entrenamiento práctico" (practical training) muchos abogados de otros países tienen la oportunidad de trabajar en firmas de abogados estadounidenses como "asociados extranjeros" (foreign associates).

El proceso de búsqueda de empleo para el periodo de entrenamiento práctico está muy bien organizado a nivel de todo el país. Cada año, se organizan algunas ferias de empleo (job fairs) que tienen por objeto reunir a despachos de abogados y aspirantes a trabajar durante un periodo promedio de 9 a 12 meses. Luego de vencido el periodo de entrenamiento práctico, la mayoría de los asociados extranjeros deben regresar a sus países de origen de acuerdo con las normas sobre inmigración y naturalización, a menos que sean contratados en forma permanente por las firmas para las cuales han trabajado, o cambien su situación legal de otra forma.

3) Doctorado en derecho: al igual que ocurre en muchos otros países, el doctorado es para las escuelas de derecho de los Estados Unidos el título académico más avanzado. Está fundamentalmente dirigido a aquellos interesados en dedicarse a la carrera docente o de investigación. Es común que su duración no esté preestablecida, pero normalmente son más de dos años. Según la descripción ofrecida por la ABA, los principales títulos de doctorado ofrecidos por las escuelas de derecho en los Estados Unidos, son: Doctor of the Science of Law (JSD), Doctor of Juridical Science (SJD) y Doctor of Comparative Law (DCL).34

El proceso de admisión para los cursos de doctorado es más riguroso que para las maestrías. Se concentra casi exclusivamente en actividades de investigación orientadas a la preparación de una tesis que debe representar un avance al conocimiento científico en un área del derecho. El ingreso para los cursos de doctorado es altamente competitivo, y en casi todos los casos se exige que el aspirante haya cursado una maestría previamente. Los egresados de los cursos de doctorado generalmente no asisten a las ferias de empleo de las firmas de abogados ni se preparan para presentar los exámenes del Colegio de Abogados, pues su interés fundamental está en proseguir en la carrera académica, para lo cual hay también ferias de empleo específicas.35

4) Cursos o talleres cortos (workshops): son de poca duración —generalmente desde un par de días hasta uno o dos meses—, se refieren a temas o áreas específicas (por ejemplo, mecanismos de resolución de conflictos, impuestos o comercio internacional), y el proceso de admisión para ellos es relativamente sencillo y sin las exigencias que ordinariamente se imponen a quienes se postulan a las universidades. Su costo es elevado, en relación con el costo de la matrícula de los posgrados, y están dirigidos fundamentalmente a abogados en ejercicio que no tienen la posibilidad de separarse de sus puestos de trabajo por un periodo prolongado.

Como se explicó en páginas anteriores, para el presente trabajo, solamente nos ocuparemos de las maestrías en derecho y no de los otros cursos.

Aun cuando las maestrías más comúnmente ofrecidas por las escuelas de derecho estadounidenses son de contenido general (LLM), existen otras 46 categorías que van desde derecho marítimo hasta derecho urbanístico.

Como se explicó en la primera parte, nuestro cuestionario 1 estuvo dirigido a obtener información sobre las maestrías ofrecidas por cada escuela en general, y particularmente aquellas dirigidas a abogados extranjeros.

Según los datos que pudimos obtener en 2004, en los Estados Unidos había 18336 escuelas de derecho aprobadas por la ABA.37 De este universo, 100 escuelas ofrecen un total de 209 maestrías en derecho (esta última cifra se explica porque una misma escuela puede ofrecer varias maestrías) y las restantes 83 no ofrecen estudios de posgrado. Otro aspecto interesante está en que la mayoría de las maestrías (192 de 209) admiten abogados extranjeros (véase esquema en la siguiente página).

Nuestro cuestionario fue enviado a las 183 escuelas de derecho mencionadas en primer lugar, y fue respondido únicamente por 57 de ellas. De este universo, 17 indicaron no ofrecer estudios de posgrado, contrario a las restantes 40 que respondieron afirmativamente, y suministraron información sobre todas las preguntas del cuestionario.38 Este último grupo informó que ofrece 77 maestrías diferentes, de las cuales 53 son para abogados estadounidenses y extranjeros, 20 solamente para extranjeros, y las restantes cuatro solamente para abogados graduados en los Estados Unidos (véase gráfica 1 en página posterior).

La segunda pregunta del cuestionario 1 tenía por objeto saber ¿cuántos programas de maestría ofrece cada escuela? La mayoría de las escuelas que forman nuestra muestra ofrecen entre 1 y 2 maestrías (véase gráfica 2 en subsiguiente página).

La información del cuestionario fue verificada a través de una búsqueda en Internet, lo que también nos permitió conseguir datos sobre las restantes 126 escuelas que no respondieron a nuestras preguntas. De este universo (que no respondió la encuesta) tenemos que 60 escuelas ofrecen 132 maestrías diferentes, de las cuales 83 son para abogados estadounidenses y extranjeros, 36 solamente para extranjeros, y las restantes 13 solamente para abogados graduados en los Estados Unidos.

Como se dijo anteriormente, una proporción significativa (40 de 57) de las escuelas de derecho que respondió nuestro cuestionario indicó ofrecer cursos para abogados extranjeros, lo que —según pudimos comprobar a través de una búsqueda complementaria— representa el 40% de la población total de escuelas de derecho inscritas en la ABA que ofrecen posgrados.

El hecho de que en la mayoría de las maestrías se admitan extranjeros, pudo ser comprobado a través de nuestro cuestionario al preguntar sobre si los programas de maestría ofrecidos están abiertos a abogados extranjeros (preguntas 4, 8, 12, 16 y 20). Se hizo la misma pregunta para cada una de las maestrías ofrecidas por la misma escuela, con el objeto de identificar diferencias entre los diversos programas. Sin embargo, la gran mayoría de las escuelas participantes lo hizo afirmativamente (véase gráfica 3 en la siguiente página).

Al preguntarle sobre la presencia de latinoamericanos en sus programas de maestría, el 82% de las escuelas encuestadas que ofrecen posgrados para extranjeros respondió tener estudiantes de Latinoamérica en sus maestrías (véase gráfica 4 en página posterior).

Otro aspecto interesante que exploramos a través del cuestionario 1 fue el propósito de las escuelas de derecho para ofrecer maestrías a los extranjeros (preguntas 5, 9, 13 y 17). Por cada maestría ofrecida, se preguntaron seis razones distintas, y se dejó además espacio para que mencionaren alguna otra no incluida en la pregunta. Se pidió información únicamente sobre las primeras cinco maestrías.

Con la finalidad de facilitar el análisis y la lectura de la información obtenida, se consolidaron las respuestas sobre todas las maestrías (véase gráfica 5 en subsiguiente página).

Como puede verse, los motivos más comunes para todas las maestrías, según la población que respondió el cuestionario, fueron: (a) la posibilidad de proveer entrenamiento a los abogados en áreas específicas (26%) y (b) el incremento en la oferta de programas académicos (25%).

Con el objeto de determinar si con posterioridad a la implementación de las diferentes maestrías ha habido algún cambio en las razones para continuarlas ofreciendo (¿cuál es la razón actual de este posgrado?, preguntas 6, 10, 14 y 18), se hicieron preguntas similares a las anteriores, sin que se hayan reportado diferencias significativas.

2. ¿Desde cuándo las escuelas de derecho de los Estados Unidos ofrecen maestrías en leyes (LLM)?

Otro aspecto que nos pareció relevante conocer fue lo relacionado con la antigüedad de las maestrías ofrecidas por las escuelas de derecho encuestadas (véanse las respuestas en la tabla 1 en las siguientes páginas).

Como puede verse, a pesar de que existen maestrías desde hace más de 100 años, no fue sino hasta la década de los ochenta que las escuelas de derecho comenzaron a ofrecer posgrados concentrados en temas internacionales (negocios, derechos humanos). La siguiente década (1990-1999) se observa como la más prolífica en cuanto a la apertura de maestrías para abogados extranjeros, especialmente en áreas como Introducción al derecho de Estados Unidos, Derecho de negocios y Derecho internacional. Por último, desde 2000, se observa una proliferación en las maestrías sobre Propiedad intelectual y Tecnología, lo que coincide con el crecimiento de estas áreas dentro de la economía de los países.

3. ¿Cuántos estudiantes latinoamericanos cursan maestrías en derecho?

Otro aspecto que consideramos relevante se refiere a la cantidad de estudiantes latinoamericanos y su comparación con la población restante de estudiantes de maestrías en derecho.

A los encuestados se les solicitó información sobre cuántos estudiantes provenientes de América Latina tienen actualmente en sus maestrías, cuántos tenían en 1990 y cuántos en 1980. Ninguno de los encuestados nos pudo suministrar con exactitud las cifras para 1980 y 1990, pero sí lo hicieron para el presente año académico (véase gráfica 6 en la siguiente página).

Como puede apreciarse, durante el año académico 2002-2003 los estudiantes provenientes de América Latina solo representaron el 14% (226) de la muestra total de estudiantes de maestría (1642) obtenida a través del cuestionario 1.39

 

III. Los abogados latinoamericanos como estudiantes de maestría en los Estados Unidos

En esta sección nos referiremos fundamentalmente a los estudiantes latinoamericanos que se trasladan a los Estados Unidos a realizar estudios de maestría en derecho. Como indicamos en la parte introductoria, los datos para la preparación de esta sección los hemos tomado principalmente de las respuestas obtenidas al cuestionario 2. Con el objeto de facilitar la lectura y análisis de los resultados, hemos agrupado las preguntas del cuestionario en cuatro grupos, a saber: a) preguntas sobre el perfil de los abogados latinoamericanos que cursan maestrías en Estados Unidos; b) preguntas tendientes a conocer dónde están los estudiantes latinoamericanos de maestría y en qué áreas están interesados; c) preguntas sobre los motivos por los cuales han escogido los Estados Unidos para cursar una maestría en derecho; y d) preguntas sobre los obstáculos más comunes que se presentan a los abogados latinoamericanos en Estados Unidos.

1. El perfil de los abogados latinoamericanos que cursan maestrías en las escuelas de derecho de los Estados Unidos

El primer grupo de preguntas del cuestionario 2 (preguntas 3, 4, 5, 7, 8 y 9) estuvo dirigido a conocer el perfil de los encuestados. En cuanto a la edad promedio (pregunta 3), tenemos que la gran mayoría (75%) tienen entre 25 y 31 años de edad, el segundo grupo más numeroso está formado por los que tienen de 32 años en adelante, y finalmente, los que tienen menos de 25 (véase gráfica 7 en la siguiente página).

La mayoría de los encuestados son hombres, pero la diferencia no es significativa con respecto a la cantidad de mujeres, como puede verse en la siguiente tabla.

Con respecto al país de origen (lugar en que obtuvieron el título de abogado), tenemos que el grupo más numeroso de encuestados (23%) proviene de México, seguido de Argentina (17%), Brasil (16%) y Chile (11%). Los otros países, representados en menor cantidad, son: Venezuela (9%), Colombia (6%), Panamá y Paraguay (3% cada uno), Costa Rica, Cuba, Bolivia, Ecuador, El Salvador, Guatemala y Perú (2% cada uno). En la gráfica 8, en páginas posteriores, se expresa la distribución en números absolutos

Las tres últimas preguntas de este grupo (preguntas 7, 8 y 9) estuvieron dirigidas a conocer la calificación y experiencia profesional de los encuestados (véase gráfica 9 en subsiguientes páginas).

Con respecto a la pregunta 7, más de la mitad (54.68%) de los encuestados informó haber obtenido el título de abogado durante los últimos cinco años (entre 1998 y 2002), mientras que aquellos con más años de graduados representan la minoría.

Al preguntar a los encuestados sobre si poseen otro diploma o título profesional (pregunta 8), el 43.75% respondió afirmativamente, y dentro de este grupo, más de la mitad (57.14%) indicó que ese otro diploma es una maestría o especialización en derecho obtenida en otros países (y en algunos casos, en Estados Unidos).

Finalmente, en relación con la experiencia profesional previa, la gran mayoría (78.12%) de los encuestados informó haber trabajado o desempeñado la docencia en derecho antes de comenzar a estudiar la maestría en los Estados Unidos. Dentro de este grupo, la mayoría (60%) trabajó por más de cuatro años.

2. Dónde están los estudiantes latinoamericanos encuestados

Luego de conocer el perfil de los encuestados, nos interesamos en las universidades en que se encontraban cursando sus estudios de maestría (pregunta 1) y el área de su especialidad en el posgrado (pregunta 14). Enseguida, mostramos los resultados.

Con relación a la distribución de nuestros encuestados entre diferentes universidades, tenemos que ellos cursan en 19 universidades diferentes, como puede verse en la tabla 3 en la siguiente página.

Con relación a las áreas en que los encuestados están realizando sus maestrías, el grupo más numeroso realiza estudios en derecho de negocios (21), seguido de derecho internacional (19), mecanismos alternos de resolución de conflictos (4), propiedad intelectual (4) y luego materias más generales como derecho ambiental (3), procedimiento civil y criminal, derecho constitucional, tributario, administrativo, derechos humanos (estas últimas cinco categorías con 2 cada una); y en menor medida, teoría general del derecho, inmigración y bioética (estas tres últimas categorías con 1 cada una). Los resultados se muestran en la gráfica 10, en subsecuentes páginas.

3. Por qué deciden los abogados latinoamericanos estudiar maestrías en los Estados Unidos

El tercer grupo de preguntas (preguntas 10, 13, 14, 15 y 16) está dirigido a conocer las razones por las cuales los latinoamericanos escogen estudiar maestrías en los Estados Unidos, tanto en general como referidas a los programas particulares.

Igualmente, se pretende conocer las expectativas que tienen los estudiantes en relación con los posgrados. A continuación, veamos el resultado.

Al inquirir sobre las razones por las cuales han escogido cursar una maestría en los Estados Unidos (pregunta 10), para la mayoría (33.81%) el "prestigio académico" es la principal razón, seguido del "tipo de cursos" ofrecidos por las escuelas en los Estados Unidos (20.14%) y por la idea de "vivir y estudiar en el extranjero" (19.42%). Para nuestra población, la razón para estudiar una maestría en Estados Unidos tiene poco que ver con la presencia de expertos en las áreas de su interés (10.08%), el contacto personal con alguna universidad o profesor, la relación institucional o exigencias laborales (3.60% en cada una de estas tres últimas categorías). Entre las "otras" razones, los encuestados expresaron el enfoque de la educación legal estadounidense y motivos personales (traslado de la familia a los Estados Unidos) (véase la gráfica 11 en la siguiente página).

Adicionalmente, se le preguntó a los encuestados sobre la principal razón que tuvieron para escoger la maestría que estaban cursando. Las respuestas fueron similares a las ofrecidas en la pregunta 10 sobre los motivos generales para estudiar en los Estados Unidos. El primer motivo para escoger un posgrado, en particular, es el "prestigio académico o rango" (23.91%), seguido muy de cerca por el tipo de "cursos ofrecidos" (21.01%), y en menor escala por la "estructura del programa" (18.84%), la "ubicación de la universidad" (18.11%) y la "disponibilidad de becas o ayuda financiera" (10.14%).

Resulta interesante la importancia que se otorga al "prestigio académico" sobre las otras razones, a pesar de que no existe algún criterio oficial que indique jerarquía o rango alguno entre las escuelas de derecho en los Estados Unidos. No obstante ello, algunas publicaciones, como la revista U. S. News, divulgan anualmente un listado denominado "Las 100 mejores escuelas de derecho en los Estados Unidos"40 en donde indican el rango de cada una, de acuerdo a un sistema de jerarquías.

Este listado se prepara tomando en cuenta varios factores a los que se le otorga una calificación individual y luego se totalizan.41 Aun cuando no es oficial y ha sido duramente criticado por el Law School Admission Council,42 el listado de U. S. News es tomado como referencia por estudiantes al momento de elegir las universidades en las que desean cursar sus estudios, por despachos de abogados para evaluar las credenciales de sus potenciales empleados y hasta por algunas escuelas como indicador de buena calidad.

Otro aspecto que nos interesó conocer fue el referido a los planes a futuro que tienen los estudiantes latinoamericanos de maestría, es decir, ¿qué aspiran hacer luego de concluidos sus estudios en los Estados Unidos? Se formularon dos preguntas similares, la primera para conocer los planes que tenían antes de comenzar sus estudios de maestría (pregunta 15), y la segunda para conocer si luego de haber comenzado a estudiar en los Estados Unidos los planes habían cambiado o seguían siendo los mismos (pregunta 16).

Con respecto a la primera pregunta, más de la mitad (53.57%) respondió que pensaba regresar a su país de origen para ejercer la profesión de abogado (30.95%), para dedicarse a la vida académica (9.52%), para trabajar en el gobierno (9.52%), o seguir estudiando (3.58%). Una proporción menor (39.29%) manifestó querer quedarse en los Estados Unidos, bien para trabajar por dos o menos años (23.80%), trabajar por más tiempo (9.53%), o seguir estudiando (5.96%). Un tercer grupo mucho menos numeroso (2.39%) informó irse a un tercer país, y el porcentaje restante (4.76%) dijo no saber (véase la gráfica 12 en la siguiente página).

La pregunta siguiente, sobre si se produjo algún cambio en los planes originales, arrojó un interesante resultado, pues contrario a la tendencia expresada en las respuestas a la pregunta anterior, la mayoría (57%) manifestó querer permanecer en los Estados Unidos, mientras que sólo el 29% pensaba regresar a sus países de origen; 6% dijo pensar trasladarse a un tercer país, y el restante 8% indicó no saber (véase la gráfica 13 en la siguiente página).

Dentro del grupo de encuestados que expresó su interés de permanecer en Estados Unidos, la mayoría dijo que pensaba quedarse para ejercer en un despacho o firma de abogados. Ello es predecible, si tomamos en cuenta la serie de facilidades que existen para permitir a los extranjeros que han cursado LLM en Estados Unidos quedarse a trabajar al menos por un año. La primera ventaja está en la existencia de las ferias anuales de empleo (job fairs) organizadas primordialmente para que las firmas de abogados estadounidenses contraten asociados extranjeros (foreign associates). Aquellos que han obtenido un LLM tienen alta probabilidad de ser contratados, pues casi ningún despacho recluta extranjeros que no hayan cursado un LLM.43 La segunda facilidad está en la posibilidad que la legislación migratoria estadounidense otorga a los estudiantes extranjeros para trabajar durante el periodo de entrenamiento práctico (practical training) al que nos referimos en páginas anteriores. Dicho periodo es, sin duda, la mejor oportunidad que tienen los abogados latinoamericanos para poder trabajar en una firma de abogados en Estados Unidos, pues ello les soluciona el requisito de la visa, sin la cual sería imposible conseguir empleo. Adicionalmente, parece haber también una razón económica para que los graduados de un LLM decidan quedarse a trabajar en los Estados Unidos: lograr obtener empleo en una firma estadounidense puede ayudar en muchos casos a recuperar lo invertido en los estudios de maestría y repagar el préstamo obtenido para estudiar,44 pues los salarios para los asociados extranjeros suelen ser buenos, o al menos, comparativamente mejores que los salarios que podrían obtenerse en la mayoría de los países de América Latina.

4. Los obstáculos que se presentan a los abogados latinoamericanos para cursar estudios de maestría en los Estados Unidos

El último grupo de preguntas se refiere a los principales inconvenientes que enfrentan los estudiantes latinoamericanos de maestría en los Estados Unidos. En la primera pregunta se les solicitó indicar ¿cuál fue el principal obstáculo para estudiar en los Estados Unidos? (pregunta 11). El primer problema reportado es la falta de fondos o fuentes de financiamiento para pagar los estudios de maestría (42%); en segundo lugar, el idioma (13%); luego la complejidad y exigencia en los procesos de admisión (11%); y en menor escala, las decisiones familiares que tienen que tomar los estudiantes (8%), la visa (7%) y obtener permiso en el trabajo (4%). Es importante destacar que un 14% dijo no haber enfrentado ninguna dificultad (véase la gráfica 14 en la siguiente página).

Precisamente, con relación al principal obstáculo (falta de fondos), se hizo la última pregunta: ¿cómo financia usted los estudios de maestría en Estados Unidos? (pregunta 12). A este respecto, la mitad de los encuestados indicó pagar los estudios con sus propios fondos o con dinero de su familia (50%). El siguiente grupo manifestó pagar sus estudios con un préstamo (19%). Otro segmento cuenta con la ayuda de una beca obtenida en los Estados Unidos (18%), y una menor cantidad recibe asistencia de su empleador (7%) o de una beca obtenida en sus países de origen (6%) (véase la gráfica 15 en posterior página).

 

IV. Conclusiones

Muchos aspectos de este interesante tema quedan aun pendientes por descubrir, y esperamos que este trabajo sirva de punto de partida para futuros proyectos. No obstante, a continuación ofrecemos algunas observaciones finales.

El motivo del creciente interés de las escuelas de derecho estadounidenses por ofrecer LLM es un tema interesante. Intuitivamente, podría pensarse que una de las razones primordiales de las escuelas de derecho para admitir extranjeros en las maestrías es meramente económica.

Después de todo, los estudiantes de LLM (muy numerosos en algunas escuelas)45 pagan una matrícula anual que oscila alrededor de treinta mil dólares, sin que la escuela tenga que realizar cuantiosas inversiones para recibirlos. Usualmente no es necesario contratar profesores adicionales ni crear una infraestructura costosa, pues los extranjeros tomarán los mismos cursos organizados para los JD, y se adaptarán a las instalaciones existentes en la escuela. En otras palabras, los LLM serían para las escuelas una forma de obtener importantes ingresos con una inversión relativamente pequeña.46

No obstante lo anterior, resulta interesante que ninguna de las escuelas de derecho encuestadas indicó que el motivo para ofrecer la maestría era económico.47 Al contrario, los motivos más comunes que revelaron las encuestadas para ofrecer maestrías fueron meramente académicos. "Ofrecer formación en un área específica" (26%) e "incrementar la oferta académica" (25%) fueron las razones que tuvieron más cabida. Y contrario a lo que podría pensarse, "responder a la necesidad de los abogados extranjeros" (12%) tampoco fue considerado un factor importante.

Con respecto a los estudiantes, los datos recopilados a través de las encuestas no nos permitieron saber exactamente cuántos latinoamericanos cursaban LLM en todo el país ni cual era la proporción de éstos dentro del universo de estudiantes de maestría. Sin embargo, nuestra percepción —que pudimos corroborar a través de la encuesta y de otras fuentes consultadas— es que los latinoamericanos constituyen un grupo numeroso dentro de los abogados extranjeros que cursan maestrías en las escuelas de derecho estadounidenses. En la actualidad, parece común que los abogados latinoamericanos considerados como exitosos en el ejercicio de la profesión tengan en su haber al menos una maestría cursada en una universidad estadounidense.

Pero ¿cuáles el perfil de los latinoamericanos que cursan maestrías en los Estados Unidos? Como pudimos ver, la vasta mayoría son menores de 31 años de edad, y como era de esperarse, han obtenido el título de abogado en tiempo relativamente reciente (dentro de los últimos cinco años). No obstante, la mayoría (78%) tiene varios años de experiencia en el ejercicio de la profesión, y un número importante tiene en su haber otro diploma de maestría o especialización en derecho. Consistente con la tendencia hacia la feminización de la profesión, pudimos observar que la diferencia entre la cantidad de hombres (56%) y mujeres (44%) es relativamente reducida.

Con respecto al origen nacional de los estudiantes, la mayoría de los países (15) de la región estuvieron representados en la muestra empleada por nosotros.48 Sin embargo, es importante notar que la mayoría de nuestros encuestados son de México, Argentina y Brasil, que están coincidencialmente entre los países más poblados de la región.49

Una de nuestras hipótesis, al comienzo de este proyecto, era que el principal inconveniente que enfrentaban los latinoamericanos p ara estudiar en los Estados Unidos era de índole económico (falta de dinero para costear los estudios). Y ello demostró ser correcto. Además, pudimos ver que muy pocos de nuestros encuestados (apenas un 6%) habían obtenido becas en su país de origen, y que curiosamente la mayoría de los que dijeron contar con ayuda financiera, informaron haberla recibido en los Estados Unidos.

Otro de los hallazgos de nuestro proyecto es que la mayoría pagan sus estudios con dinero propio o de su familia y no con fondos provistos por la firma de abogados o de la universidad donde trabajan, como generalmente se cree en los Estados Unidos. Este hecho permite además reforzar la idea de que la mayoría de los que van a los Estados Unidos a cursar maestrías pertenecen a las clases económicas altas. Esto resulta obvio si consideramos que el costo anual de la matrícula (sin tomar en cuenta los demás gastos de vivienda y manutención en que incurre un estudiante) es varias veces superior al ingreso anual promedio per cápita en Latinoamérica.50 Por lo tanto, sólo los más pudientes, o los pocos afortunados que logran conseguir becas, tienen acceso a las maestrías en los Estados Unidos.

Cuando iniciamos nuestro estudio, esperábamos observar que la mayoría de los estudiantes latinoamericanos elegían determinadas escuelas por sus lazos históricos con determinado país o por gozar de buena reputación entre los latinoamericanos. Sin embargo, no pudimos notar alguna tendencia en este sentido, salvo el hecho de que la mayoría de nuestros encuestados eran estudiantes de la Universidad de Miami, situada en la región geográfica y culturalmente más cercana a América Latina. Lo que sí notamos es que los latinoamericanos deciden ir a los Estados Unidos, guiados en gran parte por el prestigio académico de las universidades estadounidenses y de sus programas en particular.

Completar una maestría en los Estados Unidos, le otorga un valor agregado a la carrera profesional (bien en la academia o en el ejercicio de la profesión) de los abogados latinoamericanos, además de la valiosa experiencia que para ellos habrá significado asimilar otra cultura, perfeccionar el idioma inglés y, en muchos casos, trabajar en despachos de abogados estadounidenses para concluir su aprendizaje in the American way.

 

V. Bibliografía

ABEL, Richard, American Lawyers, Nueva York, Oxford University Press, 1989.         [ Links ]

BREA, Jorge, "Population Dynamics in Latin America", Population Bulletin, núm. 58, 2003.         [ Links ]

CLARK, David S., "Comparing the Work and Organization of Lawyers Worldwide: The Persistence of Legal Traditions", en BARCELÓ III, J. y CRAMTON, R. (ed.), Lawyers Practice and Ideals. A Comparative View, La Haya, Kluwer, 1999.         [ Links ]

DALY, Mary, "The Structure of Legal Education and the Legal Profession, Multidisciplinary Practice, Competition and Globalization", Journal of Legal Education, núm. 52, 2002.         [ Links ]

DEZALAY, Y. y GARTH, B., The Internationalization of Palace Wars. Lawyers, Economists, and the Contest to Transform Latin American States, Chicago, The University of Chicago Press, 2002.         [ Links ]

FALCAO, Joaquim, "Lawyers in Brazil", en ABEL, Richard L. (ed)., Lawyers in Society: The Civil Law World, Beard Books, 1988.         [ Links ]

FIX-FIERRO, Héctor y LÓPEZ-AYLLÓN, Sergio, "La educación jurídica en México. Un panorama general", en PÉREZ-PERDOMO, R. y RODRÍGUEZ TORRES, J. (eds.), La formación jurídica en América Latina. Tensiones e innovaciones en tiempos de globalización, Bogotá, Universidad del Externado, 2006.         [ Links ]

----------, "Faraway, so Close! The Rule of Law and Legal Change in Mexico", en Friedman, L. y PÉREZ-PERDOMO, R. (eds.), Legal Culture in the Age of Globalization. Latin America and Latin Europe, Stanford, Stanford University Press, 2003.         [ Links ]

FRIEDMAN, Lawrence et al., "Law, Lawyers and Legal Practice in Silicon Valley: a Preliminary Report", Indiana Law Journal,núm.64, 1989.         [ Links ]

 

Notas

* Este artículo se inició en 2003 cuando Martha Vides era coordinadora del Programa de Educación Legal "Building Legal Capacity in Latin America" e instructora en la Escuela de Derecho de la Universidad de Stanford; Manuel Gómez era candidato al JSD y colaboró en su redacción; y Luis F. Pérez Hurtado era candidato al JSD y colaboró con la implementación de las encuestas que sirvieron para obtener la información base del artículo. Expresamos nuestro sincero agradecimiento a los colegas que han contribuido en este proyecto, especialmente a Lawrence M. Friedman, Carola Vázquez y Paola Bergallo. Sus comentarios y sugerencias han sido invaluables, y por supuesto, cualquier error es de nuestra responsabilidad. Igualmente, agradecemos los comentarios y sugerencias que nos fueron hechos durante la presentación preliminar de este trabajo en el Centro de Estudios Latinoamericanos de la Universidad de Stanford (Bolivar House) en mayo de 2004. Gracias a Marcela Barrio por las innumerables horas de trabajo en la organización de los datos.

1 Merryman, J. H., La tradición jurídica romano-canónica, México, FCE, 1994.

2 Véase http://www.abanet.org/legaled/postjdprograms/postjdc.html#2foreign (23 de julio de 2009). Texto original en inglés. La traducción es nuestra.

3 Utilizaremos indistintamente los términos despacho, firma, escritorio o estudio de abogados, como sinónimos para expresar el mismo concepto referido al ejercicio de la profesión legal, en forma mancomunada y permanente por dos o más abogados y que prestan servicios a sus clientes bajo una misma denominación.

4 Los despachos de abogados latinoamericanos se asemejan cada vez más a sus contrapartes de los Estados Unidos, no sólo en cuanto a la apariencia exterior (decoración de las oficinas y distribución de los espacios físicos) sino también en cuanto al aspecto organizacional (uso del sistema de tarifa horaria para cobrar a los clientes, empleo de profesionales de otras disciplinas dentro de las firmas, sistemas de organización, ascenso o promoción para sus afiliados y de remuneración para sus miembros, entre otros).

5 Véase http://www.latinlawyer.com (23 de julio de 2009).

6 Véase http://martindale.com (23 de julio de 2009).

7 La lista "Cuarenta debajo de 40" surge de una encuesta que realizan periódicamente los editores de la revista Latin Lawyer entre los abogados de cada país latinoamericano, y en la cual les piden indicar quiénes son los abogados menores de cuarenta años de edad considerados como más exitosos en el medio. Los resultados son publicados en un número especial de la revista.

8 "Learning to Work the American Way", Latin Lawyer, núm. 23, 2003.

9 Durante los últimos veinte años ha surgido en los Estados Unidos una vasta literatura sobre distintos aspectos relacionados con la profesión de abogado. El creciente interés sobre este tema ha impulsado la aparición de revistas dedicadas a divulgar trabajos de interés académico sobre el tema, como es el caso del Journal of the Legal Profession publicado por la Escuela de Derecho de la Universidad de Alabama (véase http://www.law.ua.edu/jlp/ (23 de julio de 2009) Adicionalmente, podemos mencionar la aparición de numerosos artículos y libros sobre el tema escritos por diversos autores. Entre los más destacados, conviene mencionar los trabajos de Galanter y Palay (1991), Abel (1989), Clark (1999), Dezalay y Garth (2002), Merryman (1994), Friedman et al. (1994), Fix-Fierro y López-Ayllón (2003), entre otros.

10 Con excepción de la obra de Pérez-Perdomo (1981, 2001, 2006a, 2006b), Falcao (1988), Fix-Fierro y López-Ayllón (2003, 2006) y algunos otros, los estudios publicados sobre el desarrollo de la profesión legal en los diferentes países de la región son escasos en comparación a la copiosa divulgación estadounidense.

11 Junqueira, Eliane, "Brazil: The Road of Conflict Bound for Total Justice", en Friedman, L. y Pérez-Perdomo, R. (eds.), Legal Culture in the Age of Globalization. Latin America and Latin Europe, Stanford, Stanford University Press, 2004.

12 Pérez-Perdomo, Rogelio, Latin American Lawyers: A Historical Introduction, Stanford, Stanford University Press, 2006.

13 Fuentes-Hernández, Alfredo, Educación Legal y Educación Superior en Colombia, inédito, 2004.

14 Fix-Fierro, Héctor y López-Ayllón, Sergio, "La educación jurídica en México. Un panorama general", en Pérez-Perdomo, R. y Rodríguez Torres, J. (eds.), La formación jurídica en América Latina. Tensiones e innovaciones en tiempos de globalización, Bogotá, Universidad del Externado, 2006.

15 En los Estados Unidos, las escuelas de derecho están clasificadas de acuerdo a su acreditación ("accredited" or "non-accredited") por la ABA. Cuando se dice que una escuela ha sido acreditada, ello significa que ha cumplido con una serie de requisitos, tales como: que exista una cierta proporción entre la cantidad de profesores y de estudiantes, que un porcentaje determinado de cursos básicos sean dictados por miembros del escalafón docente, que los estudiantes tengan a su disposición servicios de biblioteca, entre otros. Una de las desventajas de la "no-acreditación" está en que los estudiantes de las escuelas que no han cumplido los requisitos de la ABA, al culminar el primer año de la carrera y para poder proseguir sus estudios, deben aprobar un examen de suficiencia administrado por la ABA. Este requisito no se exige a los estudiantes de las escuelas acreditadas.

16 Estos son: los diez países de habla hispana y portuguesa (Brasil) situados en América del Sur; los seis países de habla hispana situados en América Central; México, y los tres restantes situados en la región del Caribe (Cuba, Republica Dominicana y Haití).

17 En el caso de Puerto Rico, a pesar de las semejanzas culturales con el resto de América Latina, sabemos que se trata de un territorio dependiente de los Estados Unidos, y cuyas escuelas y estudiantes de derecho están sujetos a la acreditación de la ABA, por lo cual se les considera como parte de los Estados Unidos.

18 Véase http://www.eclac.cl/celade/ (13 de enero de 2004).

19 Véase anexo 1.

20 Véase anexo 2.

21 Fundamentalmente consultamos http://www.abanet.org/legaled/approvedlawschools/approved.html (12 de enero de 2004) y, en ciertos casos, también recurrimos a algunas fuentes adicionales, como las publicaciones impresas de la ABA y de revistas especializadas.

22 La razón de esta comparación fue la de detectar y corregir posibles inconsistencias en la información obtenida.

23 Como es el caso del listado de "Las 100 mejores escuelas de derecho", publicado anualmente por la revista U. S. News. Véase http://grad-schools.usnews.rankingsandreviews.com/best-graduate-schools/top-law-schools (18 de agosto de 2009)

24 Véase http://www.abanet.org/legaled/postjdprograms/postjd.html (23 de julio de 2009).

25 Idem.

26 Según información obtenida de la ABA, los LLM generales son ofrecidos por 36 universidades, siendo seguidos de cerca por las maestrías especiales en impuestos (taxation) que son ofrecidas por 31 escuelas de derecho. Véase http://www.abanet.org/legaled/postjdprograms/postjdc.html (23 de julio de 2009).

27 Sin embargo, hay algunas maestrías con un régimen muy excepcional que permite a estudiantes extranjeros asistir a clases únicamente durante dos meses al año por un periodo de tres años. Este tipo de esquema no requiere que los estudiantes estén residenciados en los Estados Unidos. Adicionalmente, en los últimos años, gracias a la expansión de la Internet, algunas universidades han comenzado a ofrecer posgrados on-line (a distancia) dirigidos fundamentalmente a aquellos que no pueden ser estudiantes a tiempo completo o que están en otras partes del mundo. Información sobre algunos de estos posgrados, puede encontrarse en http://socialecology.uci.edu/cls/mas/, http://www.nsulaw.nova.edu/online/mhl/ y http://www.llmprogram.org/ (23 de julio de 2009).

28 Test of English as a Foreign Language (TOEFL).

29 Como, por ejemplo, ocurre en los estados de California y Nueva York. Particularmente en este último, se permite a los abogados extranjeros rendir el examen para ejercer la abogacía, siempre y cuando hayan aprobado al menos 20 unidades de crédito en cursos profesionales de derecho, incluyendo cursos básicos en derecho estadounidense, en una escuela acreditada por la ABA. Véase Sección 520.6 (b) (1) (ii) de las Reglas de la Corte de Apelacionesdel Estado de Nueva York para la Admisión de Abogados y Consultores en Leyes. El Estado de California tiene un sistema más flexible al no exigir al aspirante cursar materias de derecho estadounidense. Véase www.calbar.ca.gov/calbar/pdfs/admissions/GBX/eligibility.pdf (18 de agosto de 2009).

30 "Learning to Work...", cit.

31 Véase http://www.abanet.org/legaled/postjdprograms/posjdc.html#2foreign (23 de julio de 2009).

32 Este es el caso de la Escuela de Derecho de la Universidad de Stanford, que como requisito para obtener el grado de Master in the Science of Law (JSM) exige a los aspirantes la presentación de una tesis.

33 Véase Ley sobre Inmigración y Naturalización de los Estados Unidos. Sección 101 (a) (15 (F)(i).

34 Véase http://www.abanet.org/legaled/postjdprograms/postjd.html (23 de julio de 2009).

35 Las ferias de empleo académicas son organizadas anualmente por la American Association of Law Schools (AALS). A diferencia de las ferias de empleo para LLM, las ferias académicas no son exclusivamente para extranjeros sino que están abiertas a todos los interesados (estadounidenses y de otros países) en dedicarse a la actividad docente y de investigación en derecho en los Estados Unidos.

36 Según el listado oficial, hasta junio de 2008 había 200 escuelas de derecho en total. Sin embargo, como explicamos anteriormente, cuando realizamos nuestro estudio había 186 escuelas, aunque excluimos tres escuelas de derecho situadas en Puerto Rico.

37 La mayoría de las escuelas de derecho aprobadas por la ABA son también miembros de la American Asociation of Law Schools (AALS), que es una organización que tiene como objetivos "el mejoramiento de la profesión legal a través de la educación jurídica". Fundada en 1900, la AALS es una asociación sin fines de lucro formada por 166 escuelas de derecho. Las escuelas de derecho pueden hacerse miembros de la AALS únicamente después de haber cumplido con los requisitos previstos en el artículo 6o. de los estatutos. Véase http://www.aals.org/about_handbook_bylaws.php (23 de julio de 2009).

38 Si tomamos en cuenta que solamente 100 escuelas de derecho ofrecen maestrías, tenemos que nuestra muestra comprende el 40% de ese universo, dado que precisamente 40 fueron las escuelas de derecho encuestadas que respondieron ofrecer estos cursos de posgrado.

39 Hubiera sido útil disponer de cifras de años anteriores para observar la variación, o de la cantidad de otros extranjeros para comparar cómo se sitúan los latinoamericanos respecto de aquellos. Esto puede ser un tema interesante para explorar en un futuro.

40 Véase http://www.usnews.com/usnews/edu/grad/rankings/law/brief/lawrank_brief.php (23 de julio de 2009).

41 En el caso de la lista de U. S. News, los factores a tomar en cuenta para calificar las escuelas son: 1) evaluación por otras escuelas, 2) evaluación por los jueces, 3) evaluación por los abogados, 4) promedio general de calificaciones de los estudiantes admitidos el año anterior, 5) promedio general de calificaciones obtenidas por los estudiantes en el examen de admisión para las escuelas de derecho (LSAT), 6) porcentaje de estudiantes admitidos en relación con los aspirantes, 7) proporción entre estudiantes y profesores, 8) porcentaje de egresados que han obtenido empleo al graduarse, 9) porcentaje de egresados que han obtenido empleo dentro de los nueve meses siguientes a la graduación, y 10) porcentaje de egresados que han aprobado el examen de admisión para ejercer como abogados en la jurisdicción.

42 Véase http://www.lsac.org/Choosing/deans-speak-out-rankings.asp (23 de julio de 2004).

43 "Learning to Work...", cit.

44 Como veremos en la siguiente sección, la mayoría de nuestros encuestados informaron que los estudios de maestría en Estados Unidos los habían pagado con su propio dinero o de su familia (50%), y en segundo lugar, con un préstamo (19%).

45 Algunas escuelas reciben hasta casi 400 estudiantes de LLM cada año. Muy excepcionalmente, hay escuelas de derecho que admiten un número muy reducido de estudiantes para las maestrías. Dos ejemplos de esto último lo constituyen, el LLM ofrecido por The Florida State University College of Law, que admite siete estudiantes cada año; véase http://www.law.fsu.edu/academic_programs/llm_program/index.html (23 de julio de 2009); y Stanford Law School que admite un promedio de 15 estudiantes en cada una de sus maestrías; véase http://www.law.stanford.edu/admissions/adv/ (23 de julio de 2009).

46 Hay quienes han comentado sobre los cuantiosos beneficios económicos que los LLM generan a las escuelas de derecho estadounidenses, y cómo ello ha jugado un papel importante en el desinterés que han mostrado aquéllas en revisar los objetivos de sus posgrados. Véase Daly, Mary, "The Structure of Legal Education and the Legal Profession, Multidisciplinary Practice, Competition and Globalization", 52 Journal of Legal Education, 480, 488. Véase especialmente la nota 6 (2002).

47 Sin embargo, una minoría (6%) dijo que uno de los motivos por los cuales ofrecían LLM era "competir con las demás escuelas por el mercado de las maestrías".

48 Un aspecto que sería interesante dilucidar en un futuro estudio se refiere al motivo de la baja presencia de estudiantes de determinados países en programas de maestría en los Estados Unidos, y más concretamente, si existen o no factores en algunos de estos países que desmotivan la internacionalización de la educación jurídica. Véase García Padilla, Antonio, "Perspectives on the Internationalization of Legal Education", 51 Journal of Legal Education, 350, 354, 2001.

49 Brea, Jorge, "Population Dynamics in Latin America", Population Bulletin, vol. 58, 1o. de marzo de 2003.

50 De acuerdo con los indicadores económicos publicados por Latin Focus, el producto interno bruto promedio per cápita en Latinoamérica para 2002 era de $3192. Véase http://www.latin-focus.com/latinfocus/countries/latam/latindex.htm (13 de septiembre de 2004).

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