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Cuestiones constitucionales
versión impresa ISSN 1405-9193
Resumen
PEREIRA NOBRE JUNIOR, Edilson. Mandado de segurança coletivo e sua impetração por partido político. Cuest. Const. [online]. 2007, n.16, pp.281-318. ISSN 1405-9193.
La Constitución Brasileña de 1988 concibió el mandado de segurança coletivo o recurso de seguridad colectivo como un medio de protección constitucional en contra de leyes y actos que vulnerasen derechos colectivos y difusos. Los sujetos legitimados para promoverlo son los sindicatos, asociaciones y partidos políticos, respecto de estos últimos, la jurisprudencia y la doctrina no logran ponerse de acuerdo si su legitimidad es únicamente en relación a sus afiliados o de la comunidad en general. Los requisitos que deberán observar separa su promoción son los mismos que los del mandado de segurança individual un derecho líquido y cierto y un acto de autoridad.
Palabras llave : mandado de segurança coletivo; partidos políticos; derechos colectivos; derechos difusos.