Introducción
Contar con los recursos informativos para el inicio del proceso investigativo, es garantizarle que la realización de esta idea investigativa es correcta, buena y accesible, debido a que esta situación se encuentra ocurriendo en la ciudadela Muñoz Rubio, que en la actualidad, se ha vuelto una realidad problemática que sucede frecuentemente involucrando a toda la sociedad dentro de nuestro cantón Babahoyo porque el impacto ha sido general, ya que todos forman parte de un núcleo social familiar, afectando directamente a las mujeres quienes necesitan protección sobre los agravios que sufren.
Se han constatado manifestaciones fehacientes de este problema con familias desmembradas, infantes quienes se vuelven huérfanos de madre o con un padre tras las rejas, se hace común la falta de integridad y la falta de respeto hacia la vida, la estabilidad social y mental ante la evidente vulneración de los Derechos y Principios de protección a los niños, niñas y adolescentes, y la Reparación Integral del derecho violentado el mismo que está amparado en el Artículo 78 de la Constitución de la República (Asamblea Nacional Constituyente del Ecuador, 2008).
Dentro de esta investigación, se encuentra una combinación de diversos Derechos como el constitucional por la vulneración y el irrespeto a las garantías que da el buen vivir establecido dentro del derecho constitucional que se conocen, citando al Derecho Civil, porque es prioritario hacer valer las Obligaciones y Derechos entre los Cónyuges, los mismos que se encuentran en el Título V, Párrafo 1 de las Reglas Generales en el artículo 136 y 138 del Código Civil, vulnerando el derecho a ayudarse mutuamente, y dejando sin auxilio, creando indefensión y desestabilización del mantenimiento del hogar común y De formación social y cultural necesaria para el desarrollo del infante y la familia (Congreso Nacional del Ecuador, 2005).
Código de la niñez y adolescencia (Congreso Nacional del Ecuador, 2003) es citado, porque con claridad se observa que en la mayoría de los casos los infantes quedan en indefensión, siendo vulnerado el Artículo 96 del Código de la niñez y la adolescencia Libro II El Nino, Nina y Adolescente en sus relaciones de Familia, Título I Disposiciones Generales, donde se habla de la naturaleza de la relación familiar, identificándola como un núcleo importante para el desarrollo de las niñas, niños y adolescentes.
Se cita al Derecho Procesal no Penal por medio del Código Orgánico General de Procesos (Asamblea Nacional del Ecuador, 2015), en el Art. 426 y la Aplicabilidad y cumplimiento inmediato de la Constitución donde se cita claramente que nadie podrá alegar desconocimiento de la Ley para justificar la vulneración de los derechos y garantías establecidos en la Constitución; con lo cual “Nadie puede llegar a pensar o creer que está por encima de la Justicia” (Franklin, 2015).
El Estado, sus leyes y juristas deben poner particular énfasis en ayudar a todas las mujeres que sean agraviadas antes de que tenga un desenlace fatal, ya que deben ser protegidas escuchadas y ayudas; es necesaria una liberación en cuanto a lograr superar ataduras sociales, personales, y su psicología, mediante la educación en conocimiento de sus derechos y métodos de auxilio, los mismos que de la mano con la lógica e investigación jurídica se logrará dilucidar llevando a la razón y a la investigación por el camino apropiado de la solución de este mal que se encuentra aquejando a nuestro cantón promoviendo soluciones que ayuden a volver eficientes los procesos de protección y justicia, con la argumentación necesaria para su debate y utilización respectiva.
Es necesario conocer el porqué de la incidencia de la violencia de género contra la mujer en la ciudad de Babahoyo, llegando a comprender cuáles son los detonantes que llevan a que sucedan estos actos que causan repudio, mismos que muestran las distintas variables socioeconómico familiar y educativo cultural quienes llevan a describir el problema como una debacle social con repercusiones jurídicas graves, ya que el Estado a pesar de todas las garantías no se encuentra en la capacidad de hacer valer los derechos y proteger a los ciudadanos en este caso las mujeres y los infantes resultantes de estas uniones disfuncionales.
La violencia de género contra la mujer es una realidad preocupante en la cual se encuentra, siendo esta progresiva dentro de la cotidianidad de la ciudadela Muñoz Rubio del cantón Babahoyo.
Es necesario determinar la influencia de la violencia de género en el normal desarrollo de los niños y las familias dentro de la ciudadela Muñoz Rubio en el año 2020, debido a que se debe mejorar la cultura en cuanto al respeto, y se sugiere aceptar engrandecer el papel que desempeña la mujer en nuestra sociedad, mostrando en el núcleo familiar que exista protección.
Desarrollo
Objetivo General
Como objetivo general se determina: Garantizar un soporte representativo real, que no solo sirva para sentenciar a un infractor por medio del castigo en caso de violencia o muerte, sino que debe ser útil para prevenir que esto suceda, pues lo más importante es la vida y la estabilidad, de aquí la necesidad de educar en bien de la sociedad.
Objetivos Específicos
Como objetivos se determinan:
o Interpretar y conocer por medio de las cuales se llegue a prevenir estas situaciones de violencia a tiempo.
o Implantar bases de respeto social y educativo, verificando la influencia social y psicológica por la cual la sociedad deba atravesar, dando la connotación cultural educativa que necesitan nuestros niños para ayudarlos a crecer con dignidad, educando a los padres para que el entorno familiar y económico deje de ser tan reactivo en cuanto a los niveles de agresividad.
o Impulsar el derecho a la vida, viendo la necesidad de respetar la ley al momento ya sea de administrar justicia y de no violar la ley realizando actos impropios de lo que signifique ser un buen ser humano.
o Disminuir la violencia contra la mujer y los femicidios, que se han suscitado en la ciudadela Muñoz, donde impera la necesidad de terminar con la violencia, situación que causa que las familias queden dispersas y lastimadas a causa de este fenómeno Psicosocial y jurídico que se tiene.
Para la interpretación de las causas de la violencia contra la mujer y su repercusión familiar, que sirva para el logro de los objetivos específicos se realizará una modelación causal basada en la lógica difusa compensatoria, con la cual se pretende realizar un análisis que sirva para la disertación de las causales de la violencia contra la mujer, y lograr así su prevención.
En lo adelante, el estudio se compone de desarrollo, conclusiones y referencias bibliográficas, donde el desarrollo se estructura como sigue:
Metodología, métodos y técnicas
La modalidad que se usa para el desarrollo de la presente investigación es cualitativa.
Esta investigación es del tipo investigación acción, en la cual se desarrolla con un alcance descriptivo que permite medir lo investigado, usando la comparación y la historia en el cumplimiento de las normas por parte del ente prestador del servicio.
Las técnicas utilizadas para el desarrollo de esta investigación son basadas en la Historia basada en las agresiones en contra de las mujeres, analizando los hechos suscitados en la ciudadela Muñoz Rubio, concretando que toda la investigación se formula y concuerda con los antecedentes que la desencadenan.
Mediante las técnicas dogmática-empírica, basándose en la observación y análisis, se encuentra necesario establecer un sistema integral de protección a las mujeres víctimas de las diferentes formas de violencia de género, fundamentándose en el registro donde a pesar de todos los avances en la creación del mismo hasta el día de hoy, se necesita fortalecer los medios de protección hacia la mujer.
La Lógica Difusa Compensatoria (LDC) es una rama de la Lógica Difusa creada por el grupo científico multidisciplinario Gestión Empresarial en la Incertidumbre: Investigación y Servicios (GEMINIS) del Instituto Superior Politécnico José Antonio Echeverría (ISPJAE), en La Habana, Cuba. El Dr. Rafael Espín Andrade profesor titular del ISPJAE, constituye uno de sus líderes más representativos. De forma general, se puede decir, que se trata de un nuevo sistema multivalente que rompe con la axiomática tradicional para lograr un comportamiento semánticamente mejor que los clásicos [12-16].
Acorde a la bibliografía consultada, se destacan varios preceptos que a continuación se relacionan:
❖ En los procesos que requieren toma de decisiones requiere de predicados compuestos [15]. Los valores de verdad obtenidos sobre estos predicados compuestos deben poseer sensibilidad a los cambios de los valores de verdad de los predicados básicos. Un predicado es una función del universo X en el intervalo [0,1] y las operaciones de conjunción, disyunción, negación e implicación, se definen de modo que al ser restringidas al dominio [17-22] se obtiene la Lógica Booleana [14].
❖ Renuncia al cumplimiento de las propiedades clásicas de la conjunción y la disyunción. Esta noción hace que la LDC sea una lógica sensible [12].
❖ Es flexible y tolerante con la imprecisión, por lo que posibilita modelar expresiones del lenguaje natural, potenciando la utilización de frases completas más que simples variables lingüísticas con el fin de aprovechar el conocimiento acumulado por expertos siguiendo la noción de la Ingeniería del Conocimiento [16].
❖ Es compatible con las ramas de las matemáticas relacionadas con la toma de decisiones por tomar el lenguaje humano, formado por frases de tipo interrogativo, imperativo y declarativo, las cuales presentan en muchos casos un grado de veracidad. La vaguedad y la incertidumbre son los objetos de su modelado.
❖ Utiliza operadores matemáticos que garantizan la combinación efectiva de elementos intangibles valorados a través de expertos, considerando escalas categoriales de veracidad, con información cuantitativa, que aporta valores de verdad a través de predicados definidos convenientemente a partir de tal información.
Operadores | Lógica de predicados |
---|---|
Conjunción | (and), c, ⋀ |
Disyunción | (or), d, ⋁ |
Orden estricto difuso | (o) |
Negación | (not) |
Nota: Elaboración propia.
Van de [0,1] n en [0,1], o va de [0,1] 2 en [0,1] y n de [0,1][15], lo cual satisface los axiomas siguientes:
mín{ x1, x2, ···, xn } ≤ d(x1, x2, ···, xn) ≤ máx{ x1, x2, ···, xn } (Propiedad de Compensación).
d(x1, x2, ···, xn) = d(x1, x2, ···, xn) (Propiedad de Conmutatividad o Simetría).
Si x1 = y1, x2 = y2, ···, xi−1 = yi−1, xi+1 = yi+1, ···, xn = yn, tal que ninguno es cero, y xi > yi, entonces d(x1, x2, ···, xn) > d(y1, y2 ,···,yn ) (Propiedad de Crecimiento Estricto)
Si x i = 1 para algún i, entonces d (x1, x2, ···, xn) = 1 (Propiedad de Veto)
c(x1, x2, ···, xn) = d(x1, x2, ···, xn) = x (Propiedad de Idempotencia).
Según [16], es recomendable el uso de funciones de pertenencias sigmoidales para funciones crecientes o decrecientes, para la modelización de la vaguedad. Esto se logra, además, a través de variables lingüísticas, lo que permite aprovechar el conocimiento de los expertos. Dichas variables lingüísticas tienen su fundamento en escalas como la expuesta en la Tabla 2 [12].
Valores de la verdad | Categoría |
---|---|
0 | Falso |
0.1 | Casi falso |
0.2 | Bastante falso |
0.3 | Algo falso |
0.4 | Más falso que verdadero |
0.5 | Tan verdadero como falso |
0.6 | Más verdadero que falso |
0.7 | Algo verdadero |
0.8 | Bastante verdadero |
0.9 | Casi verdadero |
1 | Verdadero |
Nota: González Caballero (2013).
Cálculo de coeficientes estadísticos
El coeficiente de concordancia (Cc) se utiliza para determinar el grado de consenso de los expertos respecto al tema. Para ello se utilizará la ecuación 4.
Donde:
Se considera empíricamente que, si Cc ≥ 75% entonces es aceptable la concordancia. Los componentes que obtienen valores de Cc < 75% se eliminan por baja concordancia o poco consenso entre los expertos [31].
El coeficiente de variación (Cv) de los predicados se calculará mediante la ecuación 2, aplicando criterios estadísticos de decisión acorde a los siguientes parámetros:
Si Cv ≥0.20, tomar el valor modal (calificación dada por los expertos que más se repite en el rango analizado).
Si Cv <0.20, tomar el valor de la media aritmética (calificación promedio de los expertos).
Resultado de la aplicación de los métodos teóricos
De acuerdo a la Constitución de la República del Ecuador, el Artículo 66 (Asamblea Nacional Constituyente del Ecuador. 2008) garantiza el derecho a la integridad física, moral y sexual, y que disfrute de una vida libre de violencia en el ámbito público y privado.
Dentro de la misma constitución de la República del Ecuador, en el Artículo 75 se garantiza el derecho a acceder gratuitamente a la justicia y la tutela efectiva imparcial y expedita de ello, y a que no quedes en la indefensión dentro de un proceso judicial; dentro del Artículo 78 se determina adoptar mecanismos para la reparación integral del derecho que ha sido violentado; esto quiere decir, que las mujeres cuentan de acuerdo a la constitución de nuestro país con el respaldo ante hechos de violencia intrafamiliar o de cualquier tipo de violencia.
En el Art. 1 de la Constitución de la República se establece que el Ecuador es un estado constitucional de derechos y justicia; y en el numeral 2 del Art. 11 de la constitución describe que todas las personas son iguales y gozan de los mismos derechos deberes y oportunidades (Asamblea Nacional Constituyente del Ecuador, 2008).
En el Artículo 155 “Violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar, se considera violencia toda acción que consista en maltrato físico, psicológico o sexual ejecutado por un miembro de la familia en contra de la mujer o demás integrantes del núcleo familiar. Se consideran miembros del núcleo familiar al cónyuge, a la pareja en unión de hecho o unión libre, conviviente, ascendientes, descendientes, hermanas, hermanos, parientes hasta el segundo grado de afinidad y personas con las que se determine que el procesado o la procesada mantenga o haya mantenido vínculos familiares, íntimos, afectivos, conyugales, de convivencia, noviazgo o de cohabitación.
Mientras mayor sea el nivel de compromiso cultural, social, educativo, y de respeto, más responsable será el círculo en el cual se desarrollen los niños, las niñas y los adolescentes, y en este medio, se encuentra la solución a la disminución y erradicación de este fenómeno jurídico y psicosocial con el que se enfrenta día con día las familias de la ciudadela Muñoz Rubio.
Se ha detectado, que las mujeres han estado sometidas a situaciones violentas, y suelen tener características como la dependencia, la baja autoestima, y sobre todo, son sumisos dentro de este abuso y el efecto de la violencia se encuentra que no depende de los estratos económicos, es un problema encontrado en todos los estratos sociales en el cual el hombre marca su superioridad por encima de la mujer. Utilizando una investigación aplicada se descubre, que la víctima no sólo será la mujer sino todo el círculo familiar que está involucrado al momento de ejecución del mismo; por ejemplo, los hijos, las hijas y demás familiares que pudieran ser parte del núcleo.
Las mujeres que han sido sometidas a ese tipo de tratos suelen sentir un miedo profundo, miedo al que ocasionaría el hecho que ellas respondan en autodefensa, se sienten culpables y creen que sus acciones generan las agresiones, minimizar el tipo de problema o abuso que sufren, se aíslan totalmente de las amistades, los familiares y las actividades que suelen desarrollar, dando paso a la indefensión total, y ellas aprenden a vivir con el abuso, lo aceptan como su realidad. Las mujeres suelen sentirse responsables por los maltratos y por la fidelidad a lo que suelen estar subyugadas en este tipo de problemas, llegando ellas a pensar que su agresor está en su derecho a maltratarlas. Muchas mujeres tienen en su conciencia que no quieren ser víctimas del abuso, pero por miedo a lo que suceda no toman medidas para terminar con ésta, y mantienen una ilusión de cambio en sus parejas, pensando que llegará el día en que ellos las amen, las respeten y las valoren, siendo este un día que no llega.
Eduviges Montes en su ensayo realizado en el año 2020 sobre dependencia emocional en las mujeres citado por (Narváez, et al. 2019) menciona que: Que la dependencia emocional tiene antecedentes en la infancia, donde el apego inseguro hacia los padres puede ser el factor detonante en la adultez para padecer esta patología que genera malestar y limita el desempeño autónomo de las personas”; características que convergen con el sustento teórico que se ha investigado y da las coherencias necesarias para sustentarlo y compararlo con base en las teorías existentes estudiadas dentro de este proyecto (Reyes, 2010) .
En la historia, se han desarrollado los derechos de las mujeres e incorporarlos desde las experiencias, marcando las bases a estrategias para lograr que los ordenamientos jurídicos se sujeten al derecho. Se vive en una sociedad machista, donde por cultura se hace la distinción entre hombres y mujeres, más sin embargo, hombres y mujeres son iguales con base en sus derechos, nadie es superior a nadie, todas las personas son sujetos de derecho.
Jorna, Malaver & Oostra (1991) citan que:“Derechos humanos de las mujeres son el derecho de no ser discriminada por su género, el derecho a decidir libremente el número de sus hijos y el intervalo entre ellos, derecho de acceso a la información, derecho de condiciones de vida actuadas, el derecho a una vida libre de violencia tanto en lo público como en lo privado, derecho al trabajo digno con una remuneración justa”.
Es necesario recordar, que en el año 1789, donde apareció la declaración de los derechos del hombre y del ciudadano reconociendo la libertad y la igualdad entre los derechos naturales consagrados a favor del hombre, la filósofa jurídica Ana rubio citado en Farfán (2012) lo determina como: “La declaración simboliza el pacto originario del contrato llevado a cabo por los individuos que aceptan reconocerse como iguales en derechos, y deciden someterse al poder político común establecido por ellos, un poder que al nacer del pacto de la forma jurídica no es arbitrario y permite el establecimiento de límites legítimos, el poder de esos límites son la salvaguarda de los derechos del hombre y del ciudadano, el mantenimiento del orden social y de la seguridad. Es así, como la legitimidad del poder, queda a partir de este momento, conectada la forma jurídica y a un determinado contenido material de justicia”.
Día a día, las mujeres se encuentran en una lucha constante por hacer que sus derechos sean reconocidos con el amparo de los organismos internacionales que tienen relación a la Protección de los derechos de las mujeres, y poco a poco, con el pasar del tiempo han ido evolucionando.
El Dr. José Fernando Velázquez establece, que los procesos evolutivos constan de cuatro etapas:
Dentro de la concreción en los procesos existe la relación en la cual estos sujetos de derechos con el contenido donde se inicia el derecho humano, al ser dirigido hacia el hombre como género, no se hacía diferencia entre los sexos; en las diferencias entre hombres y mujeres tampoco surgían las especificaciones entre cómo debían ser tratadas las mujeres, los niños, las personas adultas, y demás individuos de la sociedad.
Este tipo de violencia afecta a todas las mujeres del mundo y con los antecedentes históricos en Ecuador que datan de 1994, es específico que existían instituciones que fueron creados para la protección de la mujer; esta era La Comisaría de la mujer, y en el 95 se creó la Ley contra la violencia a la mujer y la familia, que fue conocida como la Ley 103 (Guarderas, 2014).
En Ecuador, el lunes 5 de febrero del 2018, según registro oficial, se promulgó la Ley Orgánica Integral para Prevenir y Erradicar la violencia contra las mujeres; este proyecto de ley fue discutido en primera instancia del nueve al 14 de noviembre del 2017, y su posterior reconsideración y aprobación se dio el 28 de noviembre de 2017, donde fue pronunciada sobre la objeción parcial del presidente constitucional de la República.
La Asamblea Nacional consideró en su pleno y en la constitución en su artículo Uno, se establecen los derechos y la justicia, y se establece en el Dos, que las personas son iguales y tienen los mismos derechos, y se encuentra que los integrantes del sistema de protección son entidades locales nacionales que pertenezcan al Gobierno quienes desarrollarán y serán los actores directos sobre todas las acciones de prevención y atención o reparación en caso de violencia a la mujer.
La Organización Mundial de la Salud indica, que los problemas de violencia contra la mujer son realmente grandes, existen factores de riesgo tales como el bajo nivel de instrucción, la exposición al maltrato, experiencias anteriores de violencia familiar, trastornos de personalidad, mujeres con baja autoestima, y el pensamiento cultural en la cual indican que las garantías sociales privilegian a los hombres, también cita en los antecedentes de la violencia la discordia de satisfacción marital, los mismos que presenta como detonantes de esta situación.
Su repercusión en relación a la salud, la OMS plantea que puede ser mortal y también habla de lesiones; estos ataques cuando son de índole sexual suelen ocasionar embarazos no deseados, abortos por violencia, y sobre todo causan problemas psicológicos, los mismos que indican que pueden ser la ansiedad, el insomnio, la depresión, los efectos en cuanto a la salud física donde las mujeres llegan a sufrir cefaleas, lumbalgias, dolores abdominales, trastornos intestinales, y que las víctimas en general presentan mala salud (Infante, 2003).
La sociedad tiene un problema en cuanto a la repercusión de esta situación, ya que este tipo de personas se encuentran aisladas, no están con sus capacidades completas para enfrentar el día a día, haciendo que esto repercuta en el trabajo, alejándose de sus actividades cotidianas por el sufrimiento de tener que cuidar de sí mismas y de todos los involucrados dentro del círculo de violencia.
Ecuador consta con una Ley Orgánica Integral para prevenir y erradicar la violencia contra las mujeres (Asamblea Nacional del Ecuador, 2018), misma que fue conocida, pronunciada y bajo presión parcial presentada por el señor presidente constitucional de la República en el pleno de la asamblea nacional con sesiones de 10 y 23 de enero del 2018, donde se expone que la violencia de género afecta a las mujeres en nuestro país y el mundo. Históricamente, las mujeres han luchado contra la violencia de género que se ejerce sobre ella. Esto no es un asunto privado sino en el cual debe interferir el estado, contándose con participación y movilización de mujeres dentro del Ecuador para reclamar en ámbitos laborales y económicos; estas mismas manifestaciones fueron las que alcanzaron la regulación de salarios y su incorporación al trabajo remunerado.
En Ecuador, se habla de que el 3.2 millones de mujeres han sufrido algún tipo de violencia solo por el hecho de ser mujer, y una de cada cuatro mujeres han vivido algún tipo de violencia sexual; en el año 2014 fue incluido el femicidio como un delito en base a la disposición constitucional, es necesario considerar todas las medidas para prevenir, eliminar y sancionar todo tipo de forma de violencia, buscando reparar de acuerdo a la protección de las mujeres víctimas de violencia, y de esta manera garantizar la seguridad e integridad. Esta ley de carácter orgánico hace que se prevalezcan sobre otras normas que regulan el ejercicio de los derechos y garantías constitucionales en materia de Derechos Humanos de las mujeres.
Todos los aportes de normas y propuestas de organizaciones de mujeres, dentro de este tipo de cuerpo legal en Ecuador, el 11 de julio del 2017 se resolvió condenar todo tipo de violencia que se ejerce contra las niñas, adolescentes y mujeres de Ecuador, buscando que la función judicial fortalezca los servicios de atención para las mujeres víctimas de violencia, por medio de formación y capacitación permanente de su personal.
La Asamblea Nacional, por su parte, asumió el compromiso de expedir leyes en las cuales se contempla mecanismos eficaces y eficientes para alertar sobre la violencia contra las mujeres, y en todo caso prevenir y erradicar la misma como una respuesta oportuna hacia la petición ciudadana por parte de las mujeres; teniendo en cuenta que en el Art. 1 de la Constitución de la República se establece que el Ecuador es un estado constitucional de derechos y justicia, y en el numeral 2 del Art. 11 de la constitución describe que todas las personas son iguales y gozan de los mismos derechos, deberes y oportunidades (Asamblea Nacional Constituyente del Ecuador, 2008).
Se cree que dentro de nuestro sistema judicial se encuentran leyes que garantizan, protegen y velan por los derechos de las mujeres, más sin embargo, en la aplicabilidad se encuentra con las disfunciones que acarrean los aspectos burocráticos, llevando a la realidad de la Justicia, problemas de orden moral como lo es la corrupción, un problema imperante en el País.
Se cuenta con aportes positivos como fue el realizar las marchas para reclamar por sus derechos y hacer valer su espacio dentro de todos los entornos sociales y económicos, y de esta forma, poder hacer frente a una sociedad injusta, logrando recibir la reparación integral por medio de las garantías y la restauración de los derechos en cuanto al tema de violencia contra la mujer.
La sensibilización y prevención de la violencia ha sido primordial para la participación de la ciudadanía, por medio del uso del principio de corresponsabilidad, por medio del cual se logra garantizar políticas, planes y programas de transformación de los patrones socioculturales y practicar la erradicación de conductas que naturalizan de la violencia contra las mujeres.
Modelación causal mediante la Lógica Difusa Compensatoria
Se seleccionaron como expertos víctimas de la ciudadela Muñoz Rubio - Cantón Babahoyo, así como abogados y otros actores legales que intervienen en los procesos, para un total de 120 encuestados divididos en grupos de 20 (Grupos A, B, C, D, E; F), a los cuales se les preguntó sobre las causales principales que podían haber motivado la agresión en ese preciso momento. Los resultados se modelan en el árbol de predicados y sus expresiones, como se muestra a continuación:
Predicados (casuales identificadas mediante encuestas)
CVCM(x)= Causas de Violencia Contra la | VAb(x)=Víctima de Abuso en la niñez |
Mujer | TPs(x)=Trastornos Psiquiátricos y/o |
CA(x)=Causales inherentes al Agresor | Psicológicos |
CV(x)=Causales inherentes a las Víctimas | HNo(x)=Hijos No deseados |
CAI(x)=Causales internas inherentes al | Eco(x)=Problemas Económicos |
Agresor | PTox(x)=Parejas Tóxicas |
CAE(x)=Causales externas inherentes al | GAnt(x)=Grupos Antisociales como bandas, |
Agresor | cárteles, proxenetismo |
VFV(x)=Vulnerabilidad Física inherente a | Disc(x)=Discapacidad física y/o mental |
las Víctimas | BAut(x)=Bajo nivel de Autoestima |
VSV(x)=Vulnerabilidad Social inherente a | BCult(x)=Bajo nivel Cultural |
las Víctimas | FDisf(x)=Familia Disfuncional |
CSus(x)=Consumo de sustancias | Sol(x)=Soledad o aislamiento |
AFam(x)=Antecedentes Familiares | PPro(x)=Prostitución |
FAfec(x)=Falta de Afecto | DEco(x)=Dependencia económica |
FVFam(x)=Falta de Vínculos Familiares |
Expresiones
CVCM(x)=CA(x)⋀CV(x)
CA(x)=CAI(x)⋀CAE(x)
CV(x)=VFV(x)⋀VSV(x)
CAI(x)=CSus(x)⋀AFam(x)⋀TPs(x)
AFam(x)=FAfec(x)⋀FVFam(x)⋀VAb(x)
CAE(x)=Eco(x)⋀PTox(x)⋀GAnt(x)⋀HNo(x)
VFV(x)=Disc(x)⋀BAut(x)⋀CSus(x)
VSV(x)=BCult(x)⋀Sol(x)⋀FAfec(x)⋀FVFam(x)⋀PPro(x)⋀DEco(x)
Luego de aplicar las encuestas a los expertos consultados, se procedió a tabular los resultados y al cálculo de Cv acorde a la expresión 2 descrita en el epígrafe dedicado a la descripción de los métodos. Para la determinación del valor final, según los expertos, se utilizará el criterio de la moda o la media aritmética. Además, se procede a calcular el Cc=0.845>0.5 por tanto se determina que la calidad del ejercicio es aceptable.
Discusión
Es necesario, para conseguir la erradicación de la violencia, lograr atención integral y oportuna, protección de víctimas o personas vulnerables y la reparación inmediata de los derechos de las mujeres víctimas de violencia, haciendo efectivo su derecho a la seguridad y resarcir su integridad, consiguiendo lograr retomar todas las funciones sociales y profesionales perdidas por efecto de este fenómeno social como lo es la violencia contra la mujer.
Se necesita hacer una readecuación del modelo social que deja la teoría de la Historia de la vida, con base en remodelar la realidad con la cual se encuentra en cuanto a la selección natural estudiada por Darwin, porque se debe estar consciente de que las expectativas de vida y el desarrollo pueden y deben mejorar con el pasar del tiempo; cursar una evolución en el tiempo, ese el real sentido del desarrollo social y la forma en la cual se logra atravesar y dejar detrás el subdesarrollo (Moya, 1989).
Como se pudo comprobar en las Tablas 3 y 4, existen diversas causales de las identificadas por los encuestados, y solo los problemas económicos, las parejas tóxicas, los grupos antisociales, la existencia de hijos no deseados, y los trastornos psiquiátricos y/o psicológicos, no presentan valores por encima de 0.5; por lo que se califican como de baja incidencia. El resto de las causales identificadas resulta de alta incidencia, por lo tanto, se precisa enfocar la atención en éstos.
Predicados simples | Moda | Media | S | Cv | Valor de verdad |
---|---|---|---|---|---|
Eco(x) | 0.4 | 0.467 | 0.082 | 0.175 | 0.467 |
PTox(x) | 0.5 | 0.533 | 0.052 | 0.097 | 0.533 |
GAnt(x) | 0.5 | 0.500 | 0.063 | 0.126 | 0.500 |
Hno(x) | 0.4 | 0.483 | 0.098 | 0.203 | 0.400 |
TPs(x) | 0.5 | 0.500 | 0.089 | 0.179 | 0.500 |
CSus(x) | 0.9 | 0.800 | 0.110 | 0.137 | 0.800 |
Disc(x) | 0.9 | 0.800 | 0.110 | 0.137 | 0.800 |
BAut(x) | 0.9 | 0.783 | 0.133 | 0.170 | 0.783 |
FAfect(x) | 0.9 | 0.800 | 0.110 | 0.137 | 0.800 |
BCult(x) | 0.9 | 0.900 | 0.000 | 0.000 | 0.900 |
Sol(x) | 0.9 | 0.950 | 0.055 | 0.058 | 0.950 |
FVFam(x) | 0.9 | 0.850 | 0.055 | 0.064 | 0.850 |
DEco(x) | 0.9 | 0.900 | 0.000 | 0.000 | 0.900 |
Vab(x) | 0.9 | 0.900 | 0.000 | 0.000 | 0.900 |
Fuente: Elaboración propia.
Predicados compuestos | Valor de verdad |
---|---|
CAE(x) | 0.475 |
CAI(x) | 0.717 |
Afam(x) | 0.850 |
CA(x) | 0.596 |
VFV(x) | 0.79444 |
VSV(x) | 0.794 |
CV(x) | 0.79444 |
CVCM(x) | 0.695 |
Fuente: Elaboración propia.
Además, se pudo verificar, que las principales causales son las víctimas siendo de 0.79444 mientras que las de los agresores son de 0.596, las cuales son afectadas principalmente por las expuestas en el párrafo anterior.
Propuestas de solución
En las propuestas de solución se plantean:
❖ Capacitar, promover y fortalecer programas de ayuda social y la labor de trabajadores sociales en la comunidad.
❖ Fortalecer el cuerpo de policía en las comunas y mejorar la preparación de las personas que atienden los casos de violencia en las sedes de las Fiscalías.
❖ Fomentar el empoderamiento femenino: la educación de las niñas y adolescentes desde los barrios y las escuelas.
❖ Facilitar la formación de las amas de casa.
❖ Mejorar las oportunidades de empleo de las mujeres e igualar los salarios.
❖ Incrementar el número de actividades en pos de la divulgación de los derechos de la mujer en los centros comunitarios.
Conclusiones
La violencia contra la mujer infligida por su pareja es un problema de salud pública, que no sólo afecta la salud mental de la agraviada sino también la de sus hijos, estén o no expuestos a la violencia.
Se recomienda realizar más estudios sobre el tema, para conocer con mayor profundidad la relación de la violencia contra la mujer infligida por su pareja con la salud mental de los hijos adolescentes, con miras a implementar programas de prevención e intervención.