
Pero también, en los momentos críticos como los de la década de 1810, en Nueva España se expiden actas con los "expedientes originales" para "futura constancia" de los vecinos fieles al gobierno durante la restauración de la monarquía en 1815 (Toluca, 9 de junio de 1815, GGM 1815/07/27; GGM 12/8/1815). Se escribe para dejar constancia en el archivo y grabarlo en "la memoria de todos los vivientes y se tradiccionen a la posteridad" (GGM 14/9/1815). Pero al mismo tiempo estos procedimientos cumplen una función política en el presente: permiten identificar y separar a los fieles de los infieles o "descarriados" del vecindario (GGM 19/9/1815). Al hacerlo público "por escrito y de palabra" se consigue distinguir a los leales de los "perdidos y desnaturalizados". En ese sentido, el acto archivístico cumple también funciones de contrainsurgencia al sacar de la sombras (hacer luz) a "los rebeldes" y sembrar entre ellos "la confusión" (GGM 20/7/1816; GGM 3/9/1816). Asimismo en el transcurso de la confrontación militar se suelen salvar no sólo los artefactos de la muerte (cañones, pólvora, municiones, cartuchos de fusiles) sino también "el archivo de papeles de la provincia" (GGM 24/3/1819).