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Problema anuario de filosofía y teoría del derecho

versión On-line ISSN 2448-7937versión impresa ISSN 2007-4387

Probl. anu. filos. teor. derecho  no.13 Ciudad de México ene./dic. 2019  Epub 19-Mayo-2020

https://doi.org/10.22201/iij.24487937e.2019.13.13724 

Artículos

Tres contratos, tres incertidumbres: la conformación de soluciones institucionales en Hobbes, Locke y Rousseau

Three Contracts, Three Uncertainties: The Configuration of Institutional Solutions in Hobbes, Locke and Rousseau

Diego Solis Delgadilo* 

Josafat Cortez Salinas** 

*Doctor en Ciencias Sociales-Ciencia Política-Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales-México. Tutor de la Maestría en Políticas Públicas Comparadas de la Flacso México.

**Doctor en Ciencias Sociales-Ciencia Política-Flacso-México. Profesor-investigador en el Centro de Estudios Políticos de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales de la UNAM.


Resumen:

Este trabajo analiza cómo la interpretación de incertidumbre afecta las propuestas de diseño institucional. Para ello, revisamos los contratos sociales en las obras de Hobbes, Locke y Rousseau a la luz del neoinstitucionalismo de la elección racional. Nuestro argumento es que los contratos sociales propuestos por cada uno de estos autores tienen como objetivo superar problemas de incertidumbre. Sin embargo, cada uno de ellos, dadas sus circunstancias históricas, los concibió de manera distinta. Esto último tiene consecuencias sobre cómo las instituciones distribuyen el poder político.

Palabras clave: Instituciones; incertidumbre; cooperación; acción colectiva; contrato social

Abstract:

This paper analyzes how different understandings of social uncertainty lead to different frameworks for institutional design. For this, the ideas of social contract theorists, such as Hobbes, Locke and Rousseau, are examined from the approach of Rational Choice Institutionalism. The argument is that the social contract theories, defended by each of these authors, aim to overcome problems of uncertainty. However, given their historical circumstances, each political thinker conceived uncertainty differently, which ultimately has consequences for the way in which institutions distribute political power.

Keywords: Institutions; Uncertainty; Cooperation Action; Social Contract

Sumario: I. Introducció́n. II. Incertidumbre e instituciones. III. Hobbes y la guerra de todos contra todos. IV. Locke y el abuso del poder del Estado. V. Rousseau y la imposibilidad de la representación. VI. Incertidumbre, cooperació́n y distribució́n de poder. VII. Conclusiones. VIII. Bibliografía.

I. Introducción

El objetivo de este trabajo es analizar cómo la interpretación del problema de incertidumbre afecta las propuestas de diseño institucional. Para ello, revisamos los contratos sociales en las obras de Hobbes, Locke y Rousseau a la luz del neoinstitucionalismo de la elección racional. Se busca demostrar que los contratos sociales propuestos por cada uno de estos autores tienen como objetivo superar problemas de incertidumbre, sin embargo, cada uno de ellos, dadas sus circunstancias históricas, los concibió de manera distinta. El artículo sostiene que dichas diferencias influyen sobre la manera en que distribuyen el poder político.

Las instituciones son entendidas frecuentemente como reglas del juego, conocidas y compartidas por los miembros de la sociedad, que estructuran las interacciones sociales, son marcos en los que las interacciones sociales tienen lugar.1 Estas instituciones pueden estar más o menos estructuradas2 e incluyen reglas formales, leyes escritas, convenciones sociales, normas informales de comportamiento, creencias compartidas sobre el mundo y los mecanismos para hacerlas cumplir.3 Al mismo tiempo, estas reglas son relevantes porque tienen consecuencias sobre cómo se distribuye tanto el poder político como el económico.4

El neoinstitucionalismo, especialmente su corriente de elección racional, asume una serie de supuestos. En primer lugar, las instituciones son endógenas y son resultado de la interacción humana; en segundo lugar, los actores son autointeresados y buscan promover sus intereses;5 en tercer lugar, los actores se encuentran constreñidos por reglas, tanto formales como informales,66 que limitan su rango de posibles acciones al establecer aquello que está permitido, prohibido o requerido por los actores;7 en cuarto lugar, las reglas son benéficas para los actores porque generan certidumbre acerca de aquellas estrategias y comportamientos que son válidos en un juego;8 en quinto lugar, las instituciones generan incentivos, promoviendo algunos comportamientos e inhibiendo otros, y finalmente, las instituciones tienen resultados distributivos que pueden generar ganadores y perdedores.9

El nuevo institucionalismo es reciente, pero se puede establecer un diálogo con los clásicos de Hobbes, Locke y Rousseau para identificar diversos componentes que actualmente forman parte de las premisas del neoinstitucionalismo. En primer lugar, la idea del estado de naturaleza, de una situación pre política, destaca el problema de la incertidumbre; en segundo lugar, la idea del contrato social asume por un lado individuos con voluntad propia como constructos sociales que son producto de la interacción humana; por otro lado, las sanciones del Estado generan incentivos que controlan el autointerés de los actores, y finalmente, la composición del Estado conlleva no solamente la concentración del poder político en una organización, sino también diversas formas de distribución del poder político en un monarca, en una legislatura o en el pueblo.

Este trabajo está organizado de la siguiente manera; primero se presenta la definición de incertidumbre y la manera en que se relaciona con el diseño institucional; enseguida, se aborda el contrato social en Hobbes, precisando el tema del orden en el estado de naturaleza; se continúa analizando el contrato social de Locke y su preocupación por la protección de los derechos de propiedad; en cuarto lugar, se desarrolla el contrato social en Rousseau y los problemas que se desprenden de la imposición de intereses parciales en el espacio público. Posteriormente, se hace una comparación destacando las consecuencias de estas diferencias en la concepción de la incertidumbre sobre la organización del Estado y la distribución de poder político. Finalmente se presentan las conclusiones.

II. Incertidumbre e instituciones

En el centro del institucionalismo de la elección racional se encuentra el tema de la incertidumbre. North10 sostiene que las instituciones son creadas para generar orden y reducir incertidumbres en el intercambio porque disminuyen los costos de transacción y producen certeza contractual al generar regularidades. Esta condición es necesaria para llevar a cabo intercambios económicos porque aminora el riesgo de incumplimiento por alguna de las partes.

En otras palabras, las instituciones evitan comportamientos oportunistas.11 Este supuesto de actores autointeresados que buscan maximizar su utilidad es el que guía al institucionalismo económico. Existe incertidumbre sobre el comportamiento humano porque no es posible conocer la confiabilidad de los actores de manera ex ante. La solución a este problema es el establecimiento de reglas que hacen cumplir los compromisos adquiridos e imponen altos costos de deserción a los participantes.

Por incertidumbre nos referimos a una condición donde una persona no puede asignar las probabilidades de un evento y es incapaz de arribar a formas de asegurarse contra el acto.12 Por ejemplo, en el caso de la Teoría de la justicia de Rawls,13 los individuos bajo el velo de la ignorancia actúan en condiciones de incertidumbre porque desconocen qué lugar ocuparán en el futuro. De la misma manera, las situaciones pre políticas, como las planteadas en el estado de naturaleza, son inciertas debido a la falta de predictibilidad en el comportamiento humano.

En esta corriente, las instituciones son concebidas como una forma de superar dilemas de acción colectiva, en situaciones en las que la cooperación puede generar bienes colectivos pero la maximización del interés individual evita que esto suceda, generando resultados socialmente ineficientes.14 En el caso de la Ló́gica de la acció́n colectiva, la maximización individual conduce a la subproducción de bienes públicos.15 Mientras que en la aplicación que hace Hardin en la Tragedia de los Comunes lleva a la sobreexplotación de recursos naturales.16 Consideramos que los contratos sociales propuestos por Hobbes, Locke y Rousseau proveen un marco institucional que disminuye la incertidumbre y promueve la cooperación.

El efecto de la incertidumbre sobre el diseño institucional ha sido abordado previamente,17 indicando su impacto en el diseño de instituciones socialmente eficientes y en los actores que actúan de manera similar a los individuos bajo el velo de la ignorancia de Rawls: diseñarán instituciones que favorezcan al actor social medio en lugar de generar ventajas distributivas.

En este trabajo, sostenemos que la incertidumbre que da origen al diseño institucional no se limita a las potenciales posiciones que ocuparán quienes diseñan las reglas, sino que responden al tipo de comportamiento, impredecible, que buscan evitar. El diseño institucional depende del tipo de incertidumbre que los autores consideran como criterio relevante. Para Tsebelis18 las consideraciones sobre la repartición futura de recursos es el tema central, para otros el criterio puede girar sobre temas como la sobrevivencia, la protección de la propiedad o la aversión a la tiranía.

La alternativa a la convivencia social bajo un marco institucional es una situación con un amplio espectro de opciones, en el que los resultados de los individuos dependen de las acciones de los demás. Las soluciones institucionales propuestas por estos autores buscan reducir el repertorio de estrategias disponibles para los actores, teniendo en mente comportamientos oportunistas específicos que se presentan en el estado de naturaleza o bajo las instituciones propuestas por otros autores. En consecuencia, reparten el poder político en función de los comportamientos que buscan evitar.

Este último punto rompe con la idea de Tsebelis19 quien considera que la incertidumbre sobre las posiciones futuras llevará a una distribución justa de los recursos. Contrario a esta idea, consideramos que, en los diseños institucionales analizados, la repartición del poder político está pensada para resolver la falta de certeza generada por el comportamiento maximizador de determinados actores. Esto se puede observar en las propuestas teóricas de los tres contratos sociales que analizamos en este artículo.

III. Hobbes y la guerra de todos contra todos

El miedo es parte fundamental del pensamiento hobbesiano; en el centro del argumento del Leviatán se encuentra la preocupación por una vida corta y violenta en el estado de naturaleza, en ese constructo teórico caracterizado por la anarquía, la competencia y el miedo, poblado por actores autointeresados que buscaban satisfacer sus necesidades y acumular poder para sobrevivir.

En el estado de naturaleza los hombres se enfrentan a la incertidumbre acerca del comportamiento de los demás individuos. Los hombres al no estar sometidos a ningún tipo de norma política o social están inmersos en una guerra de todos contra todos, en una condición en donde no existen barreras que contengan las pasiones y deseos de los hombres, un estado en el que los hombres tienen derecho a todo e incluso el hombre más fuerte puede ser presa de los demás mientras duerme. En el estado de naturaleza los hombres viven sin seguridad, con miedo, y en peligro de una muerte violenta, es una vida solitaria, pobre, repugnante, brutal y corta.20

La solución propuesta por Hobbes a la incertidumbre del estado de naturaleza es la constitución del Leviatán, de un ente ante el cual los individuos, en busca de su seguridad, renuncian a su capacidad de violencia en favor de un súper hombre con poder absoluto. Los hombres racionales21 buscando salir del estado de naturaleza, arriban a la conclusión de que la única manera de garantizar su propia seguridad es mediante la celebración de un contrato social que dote al soberano de las armas, sanciones suficientes e incentivos, que le permitan garantizar la paz y evitar vivir en estado de zozobra. Este argumento lo resumiría siglos después John Stuart Mill: “Para impedir que los miembros más débiles de la comunidad fuesen devorados por los innumerables buitres, era necesario que hubiese un animal de presa más fuerte que el resto y que estuviese encargado de contenerlos”.22

Ese animal más fuerte, lo encontró Hobbes en la figura bíblica del Leviatán, pero a diferencia del monstruo del libro de Job, no tiene un carácter divino, sino que es el resultado de un pacto celebrado entre hombres. El Leviatán existe para garantizar la seguridad de sus súbditos y evitar el peligro de una muerte violenta.23

En consecuencia, con la conformación del Estado los individuos obtienen certeza acerca de los comportamientos válidos de otros hombres, tienen información acerca de lo que es permitido, lo que genera certidumbre, porque las normas están respaldadas por el monopolio de la violencia del Leviatán. Aquí Hobbes introduce las capacidades de monitoreo y sanción como uno de los elementos cruciales para el buen funcionamiento de las instituciones. Si el Leviatán careciera de ellas, se trataría de leyes muertas o como él lo sostuvo: “Leyes que sin espada no serían más que palabras”.24

Hobbes había experimentado la incertidumbre que se desprende de la guerra y estaba convencido de que la única manera de evitar la guerra civil, una condición que se asemeja al estado de naturaleza, era por medio de la concentración de la autoridad tanto legislativa como ejecutiva en una persona o grupo de personas. Para Hobbes el soberano debía poseer un poder ilimitado para garantizar la seguridad de sus súbditos, lo que conllevaba a que los súbditos obedecieran al soberano mientras que éste fuera capaz de garantizar su seguridad.

De ahí que, como señala Schmitt,25 el Leviatán-Estado puede ser también entendido como una guerra civil impedida continuamente, lo que Hobbes ilustraba como la lucha entre el Leviatán-Estado y el Behemoth-Revolución, de manera que el absolutismo estatal era una condición necesaria para evitar el caos. La solución institucional de Hobbes es distribuir el poder político absoluto en una persona o un número restringido de personas, ya que considera que la dispersión del poder es una amenaza para la paz y por lo tanto debe ser evitada.

IV. Locke y el abuso del poder del Estado

El pensamiento de Locke cuestiona la solución hobbesiana al problema del orden, poniendo atención en los problemas que surgen de la concentración del poder absoluto en la figura del monarca.26 Locke tiene una idea, diferente a la de Hobbes, del estado de naturaleza, y propone una solución distinta a la incertidumbre. Por ello, no es de extrañar que autores como John Rawls consideren el trabajo de Locke como una justificación para resistir al poder de la Corona.27

A diferencia del estado de naturaleza hobbesiano, Locke imaginó la situación pre política como un estado de perfecta libertad en la que no existen estructuras de autoridad. Locke concibió un estado de naturaleza regido por la ley natural, esto es, por normas de reciprocidad, en donde los hombres no buscan dañar a otras personas en tanto que aquellas no les generen daños u ofensas. En consecuencia, la ejecución de esta ley es descentralizada y se encuentra en manos de todos los hombres quienes tienen derecho a castigar a quien transgreda la ley natural. Estas sanciones están justificadas en la ley natural ya que un criminal al abusar de su libertad demuestra que no comparte las reglas de la razón y equidad común y puede ser sancionado por los demás hombres.28

Para Locke un problema central en el estado de naturaleza es que cuando los hombres son jueces de sus propias causas pueden ser parciales, cegarse por sus pasiones, o excederse en los castigos. La solución que propone es el gobierno civil, que establece normas y reglas imparciales que son aplicadas a todos por los hombres que han sido autorizados para ello.29 Su propuesta es un diseño institucional que lleva a la aplicación impersonal de la ley.

En el contrato social de Locke el tema de la protección de la propiedad es un tema fundamental, entendiendo a la propiedad en sentido amplio como la vida, la libertad y los bienes. Para Locke solamente a partir de una autoridad externa, ante la cual los miembros de la sociedad renuncian a su poder natural por medio del contrato social, se puede generar certidumbre acerca de la protección imparcial de la propiedad, es decir, las facultades de elaboración de leyes y aplicación de sanciones se trasladan al Estado. En otras palabras, la sociedad civil implica que cada hombre ceda su poder ejecutivo, que le ha dado la naturaleza, al poder público.30

Esta necesidad de certidumbre sobre la propiedad es la justificación del gobierno civil. Sin embargo, para Locke la solución no se encuentra en la monarquía absoluta, porque esta forma de gobierno implica la renuncia de todos los hombres de su libertad, pero manteniendo la libertad absoluta del soberano. Locke considera que la ausencia de controles sobre el soberano resulta más dañina que el mismo estado de naturaleza, porque en las monarquías absolutas un solo hombre se mantiene en el estado de naturaleza, como juez de su propia causa, y es capaz de imponer su voluntad sobre los demás hombres.

El contrato social propuesto por Locke se preocupa por el despotismo que puede ser ejercido por el Estado absoluto. Locke identifica un nuevo problema de incertidumbre, que se deriva de la concentración del poder absoluto en los monarcas y la arbitrariedad con que éstos pueden actuar, de tal forma que el absolutismo puede llevar a situaciones en donde la propiedad de los hombres sea aún más vulnerable que en el estado de naturaleza, de ahí la necesidad de limitar y controlar al poder político.

Locke aboga por instituciones que distribuyan el poder político entre un mayor número de actores, para ello recurre a la idea del consentimiento como fuente de legitimidad. El contrato social se origina por el consentimiento de hombres libres, iguales y racionales.31 Una vez constituido el Estado, garantiza la propiedad de los individuos atribuyendo mayores atribuciones al parlamento, considerando a la pluralidad como un freno al ejercicio despótico del poder. Este tipo de gobierno genera que las reglas del juego sean aprobadas por la mayoría y que sean aplicables a todos los miembros de la sociedad, incluyendo a los mismos integrantes del Parlamento. La aplicación sin excepciones de la ley genera certidumbre con respecto a la propiedad de los hombres.

V. Rousseau y la imposibilidad de la representación

En el estado de naturaleza de Rousseau los hombres nacen libres, y al igual que en el estado de naturaleza de Locke están gobernados por la ley natural. En este contexto, el contrato social surge como una solución a una situación en la que los hombres son gobernados por sus propios instintos.32 Al igual que en Hobbes y Locke, el tránsito hacia una sociedad civil tiene como objeto generar certidumbre con respecto a la preservación de los hombres. Sin embargo, Rousseau difiere profundamente con la solución absolutista de Hobbes, al considerar que el absolutismo se asemeja a una situación en la que un pastor cuida de un rebaño sólo para terminar devorando a las ovejas, o, en otras palabras, que en la monarquía prevalecen los intereses privados y no el interés público. En este punto comparte con Locke la idea de que los abusos y arbitrariedades del Estado pueden ser tan peligrosos para los hombres como el estado de naturaleza, pero, a diferencia de Locke, propone una solución más radical para controlar el poder político.

En la obra de Rousseau, el contrato social surge como medio de conservación y es creado por medio de la agregación de fuerzas. Este contrato es el resultado del consentimiento de los hombres para otorgar autoridad a un cuerpo político cuya legitimidad procede del consentimiento de los actores que voluntariamente lo han constituido. El resultado del contrato social es una asociación que defiende a cada uno de sus miembros y sus bienes, por medio del poder que procede de cada hombre, pero que a diferencia de la solución hobbesiana considera a cada miembro como parte indivisible del todo.33 El resultado de este contrato social es un orden político donde las decisiones son tomadas por la voluntad general, lo que garantiza la promoción de la utilidad pública. Este orden político se caracteriza por un principio de igualdad de derechos y por el sometimiento de todos, sin excepción, a la autoridad de las leyes.

La transición del estado natural al estado civil conlleva una transformación de los hombres de una conducta basada en los instintos a otra fundada en la moralidad. Es decir, que el hombre pasa del individualismo, de un estado en donde su preocupación es su propia persona, a un estado en donde es capaz de razonar y controlar sus inclinaciones. Con este tránsito el hombre pierde su libertad natural y el derecho ilimitado a todo cambio de la certidumbre que provee la libertad civil que está circunscrita a la voluntad general.

La distribución del poder en Rousseau es marcadamente diferente a la propuesta por Hobbes y Locke, para Rousseau la soberanía no radica ni en un monarca ni en una asamblea, sino en el pueblo, en cada uno de los asociados al contrato social en donde reside el poder absoluto. En consecuencia, la única manera de generar certidumbre acerca de la protección de los hombres, especialmente de su libertad, es por medio de decisiones que reflejen la voluntad general. Esta voluntad que no puede recaer en un órgano como el parlamento debido a que el pueblo no puede ser representado sino por él mismo.34 Cualquier otra forma de organización política conlleva un problema de compromiso, esto es, la incertidumbre con respecto a las acciones de los representantes, dado que éstos pueden privilegiar intereses particulares en detrimento de la voluntad general.

Ahora bien, como sostiene Urbinati,35 Rousseau no descarta a las elecciones como medio de selección de tomadores de decisiones,36 pero aboga por el mandato imperativo como un mecanismo que genera certidumbre acerca del comportamiento de los representantes. Por esta razón, establece una relación agente-principal, en la que los representantes tienen un carácter fiduciario cuya obligación es seguir las encomiendas hechas por sus principales, es decir, el pueblo. Solamente bajo este esquema de representación, en donde los agentes no toman decisiones sino que ejecutan instrucciones de sus representantes, se puede llegar a la certidumbre de que la toma de decisiones adoptará medidas que benefician al pueblo y no a intereses particulares.37 Aun en las decisiones en las que la ley llegara a crear privilegios, la gran diferencia con respecto a otros tipos de gobierno radicaría en que si bien esas leyes establecerían las cualidades de los ciudadanos que pudieran acceder a ellos, no establecerían la identidad de quienes pueden acceder a esos privilegios, es decir, Rousseau rechaza por completo la personalización de estos beneficios.

Son precisamente los intereses particulares los enemigos comunes de la voluntad general. Este enemigo común funge como aglutinador de la colectividad contra intereses parciales. Como señala Hannah Arendt,38 Rousseau encontró un principio unificador no en un enemigo externo sino en un enemigo que residía en el interior de cada ciudadano, es decir, su voluntad e intereses particulares. La voluntad general se conforma frente a un enemigo común que es la suma de los intereses particulares de todos los ciudadanos. Lo anterior explica por qué en la elección de magistrados Rousseau se inclina por la lotería como método de asignación de los cargos, porque bajo este procedimiento se minimiza la posibilidad de que una “voluntad particular” prevalezca sobre la voluntad general.39 Este razonamiento tiene consecuencias sobre la distribución del poder político en Rousseau, ya que es la comunidad la que constriñe esos intereses que contravienen el interés público.

Rousseau pone mayor atención al problema derivado de la distribución del poder político porque la manera en que se distribuye el poder en el gobierno civil puede generar incertidumbres con respecto a la manera en que será ejercido. Comparte con Locke la idea de que la concentración del poder en un solo individuo pone en riesgo la preservación de los hombres, pero también cuestiona la solución representativa de Locke, al considerar que solamente los mismos hombres, decidiendo como voluntad general, son garantía de que el interés público prevalecerá en las decisiones del Estado, tomando como consideración el latente enemigo que representan los intereses y voluntades particulares de los individuos o en una versión más débil que sólo la representación por mandato imperativo genera certidumbre de que el actuar de los tomadores de decisiones no se desviará del interés público.

VI. Incertidumbre, cooperación y distribución de poder

Detrás de la idea del estado de naturaleza, reside un problema de acción colectiva, la idea de que la no cooperación produce resultados socialmente ineficientes, ya sea el constante miedo y peligro de una muerte violenta, el despojo de la propiedad privada, o la incertidumbre de una libertad ilimitada. La conformación de los contratos sociales en los tres autores implica un reconocimiento por parte de los hombres en estado de naturaleza de que solamente a través de la cooperación se puede establecer instituciones capaces de proveer certidumbre.

El estado de naturaleza se asemeja a los problemas de cooperación del dilema del prisionero, en donde las estrategias cooperativas producen resultados más eficientes en términos sociales. Este problema de cooperación social fue planteado por Rousseau en el dilema de caza del ciervo. En esta historia, un grupo de cazadores requieren de la cooperación de los demás para cazar a un ciervo, solamente con la participación de todos se puede lograr este objetivo. No obstante, los cazadores enfrentan dos opciones: cooperar o actuar de manera egoísta y perseguir una liebre. Por tanto, los cazadores deben decidir entre la cooperación que conduce a un beneficio social o el beneficio personal.40

La estructura de este juego es básicamente la misma que gobierna la teoría de juegos. Esta rama de las ciencias sociales modela interacciones estratégicas donde los resultados para los participantes dependen de lo que los demás decidan hacer. La situación del estado de naturaleza puede ser explicada a partir de un dilema del prisionero. En este juego dos criminales son puestos en celdas separadas y tienen ante sí la opción de confesar o no confesar. Si ambos cooperan entre sí y no confiesan cada uno recibe un año de prisión, pero si uno confiesa y el otro no, quien confiesa sale libre y el otro recibe una condena de 20 años, finalmente si ambos confiesan los dos son castigados con cinco años de prisión.

En este juego el resultado cooperativo es el que produce mayor eficiencia. No obstante, cuando uno de los actores decide cooperar enfrenta la incertidumbre sobre el comportamiento del otro jugador. Dado que el potencial costo de callar y que el otro confiese es muy alto (20 años de prisión), lo que se espera es que ambos confiesen y pasen cinco años en prisión. Por lo tanto, la no cooperación es la estrategia dominante del juego. Esta incertidumbre sobre el comportamiento de los jugadores también está presente en la teoría de Hobbes y Locke.

Para fines de simplificar este juego, pensemos en dos jugadores A y B que tienen ante sí dos opciones: actuar de forma pacífica o violenta. El comportamiento pacífico lo podemos considerar como una estrategia cooperativa, mientras que el violento como deserción. La tabla 1 presenta la matriz de pagos de este juego, es decir, la utilidad que cada jugador recibe en cada una de las combinaciones de estrategias.

Tabla 1 Dilema de cooperación de los individuos en el estado de naturaleza 

Jugador A
Jugador B Pacífico Violento
Pacífico 3,3 0,4
Violento 4,0 2,2

Si ambos jugadores deciden optar por un comportamiento pacífico la utilidad para ambos es de tres unidades. Pero al igual que los prisioneros enfrentan la incertidumbre sobre el comportamiento del otro jugador. Si uno de ellos opta por una estrategia pacífica y el otro actúa de manera oportunista el costo es muy alto. Esto puede observarse en las casillas con estrategias violento/pacífico y pacífico/violento, donde el actor cooperador obtiene una utilidad de cero. En consecuencia, la estrategia dominante es la violencia.

El problema es que, si comparamos los dos equilibrios de este juego pacífico/pacífico y violento/violento, vemos que la cooperación lleva a mayor eficiencia social, debido a que en comparación con la estrategia no cooperativa representa una mejora de Pareto. Esto significa que al menos a uno de los jugadores mejora sus resultados sin empeorar a ninguno de los participantes.

Una solución que se ha dado al dilema del prisionero es que cuando éste se juega de manera repetida y la comunicación entre los participantes es permitida, la cooperación es posible. Sin embargo, en situaciones donde el número de actores es alto y no se tiene información sobre todos los miembros del grupo, la cooperación es menos probable.41 Se requiere de una tercera parte que induzca la cooperación, es decir, que resuelva el problema de incertidumbre de este juego.

Los contratos sociales propuestos por Hobbes y Locke son particularmente compatibles con el dilema del prisionero porque parten de una situación socialmente indeseable, caracterizada por la inseguridad, que puede ser solucionada a través de la cooperación social. En el estado de naturaleza la maximización individual lleva a resultados que benefician al individuo en el corto plazo pero que preservan una situación de incertidumbre sobre el comportamiento futuro de los demás actores. La constante competencia resulta ineficiente en términos sociales por los altos costos que conlleva: la inseguridad de la propiedad o la misma vida. Estos autores proponen al Estado como un mecanismo para escapar de estas situaciones no cooperativas.

En el caso de Rousseau el problema de cooperación se asemeja más a uno de asimetría de información. Este fenómeno ocurre cuando el conocimiento de una de las partes en un contrato es inferior a la del otro. De particular importancia es que una de las partes desconoce las intenciones reales de la otra. En economía tiene aplicaciones cuando los empleadores desconocen las habilidades de los candidatos a un puesto de trabajo42 o cuando los inversionistas desconocen el valor real de una firma antes de comprarla.43

En el trabajo de Rousseau se presenta un problema de asimetría de información porque existe incertidumbre sobre las motivaciones reales de los representantes. Los tomadores de decisiones pueden defender intereses particulares una vez en el poder. Para el ciudadano no es posible conocer de manera ex ante los intereses que el funcionario representará. Se asemeja a la situación de incertidumbre en los contratos planteada por North,44 por tanto, la respuesta institucional de Rousseau con el mandato imperativo es equivalente a las reglas que evitan la deserción en los contratos.

El problema de incertidumbre no se presenta sólo en el estado de naturaleza. Tanto Locke como Rousseau muestran que no solamente la anarquía o las deficiencias de la ley natural son motivo de incertidumbre, sino que algunas soluciones institucionales pueden ser tan perjudiciales para la libertad como la situación pre política del estado de naturaleza. Al respecto, para Locke y Rousseau no cualquier distribución de poder en el gobierno civil es capaz de garantizar la preservación de los individuos, especialmente cuando el poder absoluto es concentrado en un solo individuo, porque al no contar con límites y controles sobre su autoridad puede actuar arbitrariamente y puede abusar de sus súbditos, generando incertidumbre e inseguridad sobre las vidas, libertades y posiciones de los súbditos, por lo que Locke y Rousseau proponen diseños institucionales que minimicen la posibilidad del despotismo.

Este punto es importante porque cada uno de los autores aquí analizados arriban a soluciones institucionales distintas debido a que se enfocan en distintas incertidumbres: para Hobbes el problema de la incertidumbre es un problema de orden, la incertidumbre que lo motiva es el miedo a una muerte violenta y por lo tanto su solución es el absolutismo como manera de evitar las divisiones propias del estado de naturaleza. Lo que busca este diseño institucional es limitar la competencia incesante entre los hombres en el estado de naturaleza, bajo la premisa de que es la dispersión del poder la que permite el comportamiento oportunista.

Para Locke, el problema es la deficiencia de la ley natural, es decir, los excesos a los que se pueden llegar al momento en que el hombre es juez de sus propias causas. Aquí surge un problema producido por la falta de imparcialidad de los hombres, es decir, la posibilidad de que las personas, cegadas por sus pasiones, abusen de esta autoridad lleva a una situación de incertidumbre que solamente puede ser solucionada con el establecimiento una tercera parte imparcial: el gobierno civil. Locke identifica un segundo problema en la solución hobbesiana, ya que considera que un gobierno donde se concentra el poder político sobre una persona produce un problema de incertidumbre sobre el comportamiento del gobernante. Es esta última preocupación la que conduce un diseño institucional que da primacía al Poder Legislativo y se caracteriza por la distribución plural del poder político.

Finalmente, para Rousseau el problema del estado de naturaleza es uno de preservación, pero a diferencia de Locke considera que las instituciones representativas presentan un problema de compromiso ya que se desconocen las verdaderas intenciones de los representantes. Es decir, identifica un problema de asimetría de información entre los representantes y los representados. En consecuencia, propone un diseño institucional que evita la colonización del espacio público por intereses privados y distribuye el poder político en toda la comunidad a través de la soberanía popular y establece controles sobre el comportamiento de los representantes a través del mandato imperativo (véase tabla 2).

Tabla 2 El estado de naturaleza, la incertidumbre y las soluciones institucionales de Hobbes, Locke y Rousseau 

Autor Estado de naturaleza Incertidumbre Solución institucional
Thomas Hobbes Anárquico Miedo a una muerte violenta Estado absolutista (monarquía)
John Locke Regido por la ley natural Inseguridad de la propiedad Gobierno civil (parlamentario)
Jean-Jaques Rousseau Regido por la ley natural Colonización del espacio público por intereses privados Soberanía popular (delegados)

Fuente: elaboración propia.

Los tres contratos sociales comparten con el institucionalismo de elección racional una preocupación por el comportamiento oportunista. En cada uno de ellos se presenta un problema de compromiso sobre las acciones futuras de los individuos. Estos autores identifican actores que buscan maximizar su beneficio: en Hobbes los hombres, en Locke el soberano y en Rousseau los representantes. En las tres obras se considera que el comportamiento maximizador lleva a resultados socialmente indeseables como la zozobra y la muerte violenta, la expropiación de la propiedad privada o la colonización del espacio público. Los contratos sociales que proponen son soluciones que constriñen el oportunismo y generan certeza sobre los comportamientos válidos.

En suma, el contrato social permite superar dilemas de cooperación que conducen a equilibrios ineficientes como los planteados en el dilema del prisionero, al establecer un marco que delimita las acciones permitidas. Particularmente, el estado surge como una tercera parte que hace cumplir los contratos entre los participantes del juego, es decir, el estado disminuye la incertidumbre sobre las estrategias válidas promoviendo resultados sociales más eficientes. Sin embargo, los diseños institucionales pueden generar a su vez nuevos problemas. En el caso del absolutismo la concentración del poder político da pie a la incertidumbre sobre el actuar del monarca, mientras que en el gobierno civil se presenta incertidumbre sobre las intenciones de los representantes públicos. Estos diseños institucionales son contingentes y buscan solucionar comportamientos específicos que conducen a situaciones socialmente ineficientes.

VII. Conclusiones

Los tres autores aquí analizados comparten la idea de que la cooperación es un requisito crucial para la preservación de los hombres. Los contratos sociales son soluciones a problemas de cooperación que permiten superar un contexto incierto que es socialmente ineficiente. Las propuestas institucionales hechas limitan el comportamiento oportunista de los individuos al restringir las estrategias válidas en la vida social lo que genera información y certidumbre para los demás participantes del juego político.

Las soluciones institucionales en los tres autores varían enormemente con respecto a la forma en que el poder político es distribuido; este trabajo ha sostenido que la explicación de estas divergencias reside en las diferentes concepciones de la incertidumbre. Para Hobbes, el problema de la incertidumbre está relacionado con un problema de orden. En esta teoría el contexto de competencia que genera inseguridad solamente puede ser resuelto a partir de la concentración del poder político, por ello, la solución hobbesiana es absolutista, ya que en este diseño institucional la distribución del poder despoja a todos, menos a uno, de las capacidades de violencia.

En contraste, para Locke el problema no se reduce al orden; en su obra el problema del estado de naturaleza es una falla en la ley natural, particularmente de la incertidumbre derivada de que los hombres sean jueces de sus propias causas. A partir de ello, la solución de Locke es el tránsito hacia un gobierno civil que ejecute imparcialmente la ley, generando certidumbre sobre los miembros de la comunidad política.

No obstante, para Locke el problema de la incertidumbre puede continuar si el poder político es concentrado en una sola persona, ya que éste puede actuar tan arbitrariamente como los hombres en el estado de naturaleza. Por lo tanto, su diseño institucional busca reducir la incertidumbre del absolutismo por medio de la distribución del poder en una asamblea representativa plural que evite los excesos de la monarquía y garantice la protección de la propiedad.

Rousseau pone atención en la incertidumbre generada por los gobiernos representativos, particularmente en la posible colonización del espacio público por intereses privados, de ahí que su propuesta distribuya el poder político entre todos los miembros de la sociedad, esto es, que la soberanía, el poder último, resida en el pueblo y que las decisiones públicas reflejen la voluntad general. O en el caso de que se presenten elecciones, que los representantes se ciñan a un mandato representativo, que se comporten como delegados que expresan la voluntad general y no como tomadores de decisiones.

En suma, los autores aquí analizados proponen formas de limitar comportamientos oportunistas. Particularmente, buscan reducir la incertidumbre que se presenta en juegos donde la estrategia dominante es la no cooperación. El Estado surge como una tercera parte que evita la deserción que caracteriza a juegos como el dilema del prisionero. Sin embargo, los diseños institucionales a su vez pueden producir nuevos problemas al distribuir el poder político en pocas manos. Es posible que las instituciones resuelvan el problema de cooperación del estado de naturaleza, pero, al mismo tiempo, generen un problema de compromiso entre los gobernantes y gobernados.

La incertidumbre que se deriva del comportamiento de los gobernantes es la que guía el trabajo de Locke y Rousseau. En ambos existe la posibilidad de que tanto el monarca como los representantes públicos privilegien sus intereses sobre los de la comunidad política. De manera que sus propuestas teóricas pueden ser entendidas como formas de contener la arbitrariedad de los gobernantes y garantizar que éstos se apeguen al interés público. La incertidumbre derivada de estos comportamientos maximizadores es la que guía la respuesta institucional de estos autores y la manera en que distribuyen el poder político.

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2 Shepsle, Kenneth, “Rational Choice Institutionalism”, en Rhodes, R. A. W. et al. (eds.), The Oxford Handbook of Political Institutions, Nueva York, Oxford University Press, 2006, pp. 1031-1049.

3 North, Douglass C. et al., Violence and Social Orders. A Conceptual Framework for Interpreting Human History, Cambridge, Cambridge University Press, 2009, pp. 1-29.

4 Knight, Jack, Institutions and Social Conflict, Nueva York, Cambridge University Press, 1992; Acemoglu, Daron y Robinson, James, Economic Origins of Dictatorship and Democracy, Nueva York, Cambridge University Press, 2006. pp. 21-40.

5 Shepsle, Kenneth, op. cit.; Colomer, Josep, Lecciones de teoría política positiva, Madrid, Instituto de Estudios Fiscales,1999, pp. 9-32.

6 North, Douglass, op. cit., pp. 3-61.

7 Ostrom, Elinor, Understanding Institutional Diversity, New Jersey, Princeton University Press, 2005.

8 Ostrom, Elinor, Governing the Commons: The Evolutions of Institutions for Collective Action, Nueva York, Cambridge University Press, 1990; North, Douglass, op. cit.; Shepsle, Kenneth, op. cit., pp. 5-31.

9 Knight, Jack, op. cit., pp. 21-40.

10 North, Douglas, op. cit.; North, Douglas, “Institutions”, The Journal of Economic Perspectives, 5, 1, 1991, pp. 97-112.

11 Williamson, Oliver E., The Economic Institutions of Capitalism. Firms, Markets, Relational Contracting, China Social Sciences Publishing House, 1985, pp. 65-84.

12 North, Douglas, Institutions, Institutional Change and Economic Performance, cit., pp. 3-61.

13 Rawls, John, Teoría de la justicia, México, Fondo de Cultura Económica, 2007, pp. 135-140.

14 Peters, Guy B., Institutional Theory in Political Science. The New Institutionalism, Londres-Nueva York, Pinter, 1999, pp. 43-62.

15 Olson, Mancur, The Logic of Collective Action. Public Goods and the Theory of Groups, Cambridge, Harvard University Press, 1965. pp. 5-52.

16 Hardin, Garrett, “The Tragedy of the Commons”, Science, New Series, 12(3859), 1968, pp. 1243-48.

17 Tsebelis, George, Nested Games. Rational Choice in Comparative Politics, Berkeley, University of California Press, 1990, pp. 92-118.

18 Tsebelis, George, op. cit., pp. 92-118.

19Idem.

20 Hobbes, Thomas, Leviatán o la materia, forma y poder de una república eclesiástica y civil, México, Fondo de Cultura Económica, [1651] 2013, pp. 3-304.

21Entendemos aquí por racionales el hecho de que los hombres son capaces de estimar las consecuencias de sus actos.

22 Mill, John Stuart, Sobre la libertad, Madrid, Akal, [1859] 2012, p. 48.

23 Schmitt, Carl, The Leviathan in the State Theory of Thomas Hobbes, Chicago-Londres, The University of Chicago Press, 1938, pp. 35-157.

24 Hobbes, Thomas, op. cit., pp. 3-304.

25 Schmitt Carl, op. cit., pp. 35-157.

26 Locke, John, Segundo ensayo sobre el gobierno civil, Buenos Aires, Losada, [1589] 2004, pp. 5-119.

27 Rawls, John, Lectures on the History of Political Philosophy, Harvard University Press, 2007, pp. 103-155.

28 Locke, John, op. cit., pp. 5-119.

29 Idem.

30 Idem.

31 Rawls, John, Lectures on the History of Political Philosophy, cit., pp. 103-155.

32De acuerdo con Sabine, Rousseau concibe al hombre natural como un animal puramente instintivo, carente de lenguaje y consecuentemente, al no poder comunicarse más que a través de gritos, de toda idea general. De manera que el hombre natural no era moral ni vicioso. Veáse Sabine, George H., Historia de la teoría política, México, Fondo de Cultura Económica, [1937] 2012, pp. 398-415.

33 Rousseau, Juan Jacobo, El contrato social, México, Porrúa, [1762] 1996, pp. 3-76.

34La voluntad general es entendida por Rousseau como unanimidad sosteniendo que “una voluntad dividida sería inconcebible”.

35 Urbinati, Nadia, Representative Democracy. Principles and Genealogy, Cambridge, 2006, pp. 60-100.

36En el Contrato Social, Rousseau expresa que el mejor método de selección es la lotería y liga este método selección con los gobiernos democráticos y a la elección con las aristocracias, sin embargo, más tarde en su libro Consideraciones sobre el gobierno de Polonia acepta la representación bajo reglas de mandato imperativo. Veáse Manin, Bernard, The Principles of Representative Government, Nueva York, Cambridge University Press, 1997, pp. 74-79.

37 Ubirnati Nadia, op. cit., pp. 60-100.

38 Arendt, Hannah, The Portable Hannah Arendt, Londres, Penguin Books, 2000, pp. 259.

39 Manin, Bernard, op. cit., pp. 74-79.

40 Shepsle, Kenneth, “Rational Choice Institutionalism”, cit., pp. 1031-1049.

41 North, Douglas, Institutions, Institutional Change..., cit.; pp. 3-61. North, Douglas, Institutions, cit., pp. 97-112.

42 Stiglitz, Joseph E., “The Contributions of the Economics of Information to Twentieth Century Economics”, Quarterly Journal of Economics, 115, 2000, pp. 1441-1478.

43 Capron, Laurence, Shen, Jung-Chin, “Acquisitions of Private vs. Public Firms: Private Information, Target Selection, and Acquirer Returns”, Strategic Management Journal, 28, 2007, pp. 891-911.

44 North, Douglas, Institutions, Institutional Change and Economic Performance, cit., pp. 3-61.

Recibido: 09 de Febrero de 2018; Aprobado: 13 de Agosto de 2018

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