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Tzintzun. Revista de estudios históricos

versión On-line ISSN 2007-963Xversión impresa ISSN 1870-719X

Tzintzun. Rev. estud. históricos  no.69 Michoacán ene./jun. 2019  Epub 19-Mar-2020

 

Reseñas

Andrews, Catherine, De Cádiz a Querétaro. Historiografía y bibliografía del constitucionalismo mexicano, México, Fondo de Cultura Económica, Centro de Investigación y Docencia Económicas, 2017, 193 pp.

Agustín Sánchez Andrés* 

*Instituto de Instituto de Investigaciones Históricas. Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo

Andrews, Catherine. De Cádiz a Querétaro. Historiografía y bibliografía del constitucionalismo mexicano. 2017. Fondo de Cultura Económica, Centro de Investigación y Docencia Económicas, México: 193p.


La historia del constitucionalismo mexicano está estrechamente ligada al complejo proceso de construcción del Estado-nación liberal en México. El constitucionalismo moderno constituye la expresión máxima del gran pacto social y político articulado en torno a dos pilares vertebrales del nuevo Estado liberal, como son la organización de los poderes del Estado y el reconocimiento de los derechos de los ciudadanos que constituyen la Nación. Como tal, la historia constitucional es una disciplina híbrida que resulta de la historia del derecho y de las instituciones y de la historia política, abordada de acuerdo a las perspectivas y herramientas teórico-metodológicas propias de cada uno de dichos campos por historiadores, juristas e incluso politólogos. Este carácter poliédrico de los estudios constitucionales ha dado lugar a una gran diversidad de enfoques y ha provocado que los historiadores dedicados a esta disciplina desconozcan, a menudo, los estudios que en torno a este tema se han realizado desde el campo del Derecho o de la Ciencia Política.

La historia constitucional de México no resulta ajena a esta problemática. En este sentido, el libro de Catherine Andrews ofrece una doble herramienta para los historiadores dedicados al estudio de este tema. Por una parte realiza un detallado análisis historiográfico de los distintos enfoques con que especialmente los historiadores, pero también los juristas y politólogos, han abordado el estudio de la historia constitucional desde principios del siglo XIX hasta la actualidad; en tanto que, por otra, presenta una bibliografía temática que, sin llegar a ser del todo exhaustiva —faltan algunos textos publicados sobre todo en revistas extranjeras—, recoge la mayor parte de la bibliografía relativa a la historia del constitucionalismo mexicano y ello desde la triple perspectiva de la Historia, el Derecho Constitucional y la Ciencia Política. El libro presenta un doble formato, impreso y digital, lo cual agiliza la consulta de la bibliografía temática, recopilada y comentada por la autora, la cual, dada su considerable extensión, ya que reúne miles de referencias, es recogida en un formato digital anexo al libro.

La obra contiene un breve e interesante recorrido por los distintos textos que marcaron el desarrollo del constitucionalismo mexicano. Un proceso que arranca con la Constitución de Cádiz (1812) para seguir con el Decreto Constitucional de Apatzingán (1814), el Reglamento Provisional del Imperio Mexicano (1823), el Acta Constitutiva y la Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos (1824), las Siete Leyes (1836), las Bases Orgánicas (1843), el Acta de Reforma de la Constitución Federal (1847), la Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos (1857), el Estatuto Provisional del Imperio Mexicano (1865) y la Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos (1917).

El libro está estructurado en torno a tres capítulos que hacen referencia respectivamente a los orígenes del constitucionalismo mexicano, su desarrollo de Cádiz a Querétaro y a la historiografía contemporánea acerca del mismo. Todos ellos se articulan alrededor de dos líneas narrativas enunciadas por Andrews en su breve introducción: el estudio de la génesis y evolución de una narrativa historiográfica en torno a la historia constitucional de México entre 1812 y 1917 y el análisis de la historiografía contemporánea acerca de este proceso.

Los dos primeros capítulos del libro abordan las controversias entre la historiografía liberal, conservadora y positivista en torno a la organización política del nuevo Estado mexicano y a sus bases ideológicas. La autora analiza la génesis del debate para concluir que éste estaba íntimamente relacionado con las diferentes respuestas dadas al problema de la crónica inestabilidad política de México durante su primera centuria de vida independiente. Si para la historiografía liberal la causa había que buscarla en la falta de educación y de conciencia cívica entre la mayoría de la población y en la resistencia a las reformas de determinados sectores encabezados por la Iglesia Católica; para la oposición conservadora, el problema radicaba en el modelo de organización descentralizado del Estado perseguido por los liberales. Más tarde, los ideólogos de la Revolución Mexicana pusieron el foco en las desigualdades socio-económicas y en el problema de la propiedad de la tierra y, por tanto, se concentraron en desarrollar los derechos sociales en la Constitución de 1917 como panacea para poner fin a la grave inestabilidad política mexicana. Todo ello originó una historiografía constitucional más centrada en los supuestos o reales defectos de la sociedad o de la clase política mexicana, que en una crítica fundada de la organización política del nuevo Estado sancionada por los sucesivos textos constitucionales.

El primer apartado se centra en los orígenes del constitucionalismo mexicano y en cómo las historiografías decimonónicas de todas las tendencias incidieron a lo largo del siglo XIX en las raíces francesas, estadounidenses o españolas del mismo. Ello dio lugar a una historiografía crítica con las tendencias imitativas de los sucesivos constituyentes mexicanos que, tanto para Lorenzo de Zavala como para Lucas Alamán y posteriormente para los autores positivistas como Emilio Rabasa, habían impedido crear un marco de organización política adaptado a las realidades del país. La hegemonía del discurso nacionalista revolucionario provocaría un cambio radical en la historiografía relativa a los orígenes del constitucionalismo mexicano durante la primera mitad del siglo XX, que pasó a despreciar la influencia de Cádiz y a reivindicar el constitucionalismo insurgente y, en especial, el Decreto Constitucional de Apatzingán como el verdadero origen del proceso constitucional mexicano. Este discurso, que tuvo sus principales defensores en Jesús Reyes Heroles o Luis Villoro, encontró la oposición de mexicanistas estadounidenses como Charles A. Hale o Nettie Lee Benson, que resaltaron la influencia del constitucionalismo revolucionario francés y de la Constitución de Cádiz como la fuente originaria del constitucionalismo mexicano. Su discurso acabaría prendiendo en la historiografía mexicana durante las últimas décadas del siglo XX que, desde distintas perspectivas, pasó a incidir tanto en la importancia de la herencia jurídica novohispana, como en el papel de las revoluciones atlánticas en la génesis de este primer constitucionalismo mexicano.

En el segundo capítulo estudia el proceso de construcción de una narrativa historiográfica liberal en torno a los sucesivos textos constitucionales mexicanos entre 1812 y 1917. La autora muestra como la historiografía decimonónica conservadora, crítica con las constituciones federales, fue siendo desplazada por una historiografía liberal de tono predominantemente idealista, que utilizó la historia constitucional como una de las piedras angulares de la construcción de un relato patriótico centrado especialmente en torno a la Constitución de 1857. Este discurso experimentaría notables cambios durante el Porfiriato, ya que los historiadores y constitucionalistas positivistas —como Justo Sierra, Emilio Rabasa o Querido Moheno— consideraban que toda Constitución debía responder a las circunstancias sociales, económicas y hasta biológicas de la nación. Ello no sucedía en todos aquellos aspectos del constitucionalismo mexicano que, como en el caso de la Constitución de 1857, no estuvieran directamente inspirados en la Constitución de los Estados Unidos sino en modelos constitucionales de carácter idealista, como el francés o el español. La obra analiza asimismo lo que la autora denomina la historiografía patriótica de la Constitución de 1917, presentada como verdadero colofón del proceso de desarrollo del constitucionalismo liberal iniciado en 1824. Una interpretación historiográfica estrechamente vinculada al discurso nacionalista revolucionario enfocado en la importancia del constitucionalismo social, considerado un tanto hiperbólicamente como “la conquista jurídica institucional máxima del siglo XX”, en palabras de Alfonso Noriega Cantú. Una visión que tuvo en Reyes Heroles quizás a su máximo exponente y que ha llegado todavía en cierta medida hasta nuestros días.

En el tercer capítulo realiza un exhaustivo estudio del estado de la historiografía constitucional contemporánea. A diferencia de los dos capítulos anteriores, esta parte del libro no está organizada en torno al análisis sucesivo de los distintos textos constitucionales, sino que sigue las principales líneas de discusión alrededor de las que se ha venido articulando el debate historiográfico desde 1970 hasta la fecha. El objetivo de Andrews es analizar cómo la historiografía contemporánea fue cuestionando y desmantelando la historiografía constitucionalista patriótica construida en las décadas posteriores a la Revolución. Para ello, la autora lleva a cabo un amplio resumen de las distintas aportaciones a una serie de temáticas que, en conjunto, condicionan la interpretación historiográfica del constitucionalismo mexicano: el pensamiento político doctrinario subyacente a las distintas etapas atravesadas por aquél; la relación entre Iglesia y Estado; el papel del federalismo; el concepto de ciudadanía y el sistema electoral; la organización y relaciones entre los tres poderes del Estado y los derechos individuales. Todo ello proporciona una visión panorámica de los debates historiográficos en torno al pensamiento constitucional mexicano.

La obra cierra con un interesante epílogo, en el que la autora analiza las más recientes aportaciones al que, sin duda, es el principal debate historiográfico en la actualidad alrededor de la historia constitucional mexicana: el de la naturaleza de las sucesivas reformas que hasta nuestros días se han ido realizando a la Constitución de 1917. Una cuestión indisoluble del análisis de la reforma del sistema político y de los titubeantes avances del proceso de democratización del país durante las últimas décadas. La autora concluye señalando —desde mi punto de vista muy acertadamente—, que es imposible no comparar el debate historiográfico actual con el que tuvo lugar en las postrimerías del Porfiriato en relación con la viabilidad de la Constitución de 1857. Entonces, como ahora, muchas de las preguntas inquieren en las razones del fracaso del marco constitucional mexicano a la hora de alumbrar un Estado de derecho similar al de otras naciones del mundo occidental.

El estudio se complementa con una extensa bibliografía comentada, presentada novedosamente en formato digital, lo que —como señalábamos al principio— hace mucho más fluida su consulta. La prosa ágil de Andrews facilita además la lectura de una obra compleja, que deja planteadas numerosas cuestiones, todas ellas de interés. Se trata, como vemos, de un libro de lectura inexcusable tanto para historiadores y constitucionalistas, como para los lectores interesados en los diversos aspectos de la dilatada y compleja historia constitucional de México a través de los siglos.

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