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Migraciones internacionales

On-line version ISSN 2594-0279Print version ISSN 1665-8906

Migr. Inter vol.4 n.4 Tijuana Jul./Dec. 2008

 

Reseña bibliográfica

 

Laicidad e integración de los inmigrantes

 

Aurelia Álvarez Rodríguez y Paulino César Pardo Prieto

 

Margarita Lema Tomé, Madrid, Marcial Pons, 2007

 

Universidad de León

 

El título de la obra nos pone sobre aviso de la complejidad de la tarea emprendida por la autora pues bien sabemos que el alcance semántico y jurídico de los términos laicidad e integración es terreno abonado para la discusión en el ámbito de las ciencias sociales. El éxito con que culmina el esfuerzo clarificador, de esos y otros conceptos que se entrelazan con ellos —adquisición y ejercicio de la ciudadanía, convivencia, valores, multiculturalismo– constituiría por sí un aval del alto valor de la obra, pero aquí esa clarificación no es sólo un fin sino también un medio, el instrumento metodológico que permitirá a lo largo del estudio contrastar la corrección de las actuaciones normativas preconizadas por distintos autores y ensayadas por diferentes gobiernos. Laicidad, libertad de conciencia, extranjero, inmigrante, integración, asimilación, identidad individual o identidad colectiva, mostrarán un sentido casi unívoco para cuando concluyamos el capítulo I.

Siendo crucial este logro, insistimos, no es el único atrayente para el lector. Es, en manos de la autora, una útil herramienta para adentrarse en el trato que se otorga a la inmigración por Francia, Alemania, Gran bretaña y Holanda desde el siglo XIX, decidir sobre la validez de las propuestas de signo liberal o comunitario formuladas por los más prestigiosos tratadistas en la materia, cohonestar el funcionamiento y eficacia de la política integradora puesta en marcha por la Comunidad Autónoma de Madrid o, a la postre, legitimar una amplia lista de medidas tendentes a superar las contradicciones e insuficiencias de los modelos estudiados.

La doctora lema comienza por advertir que es innata a cualquier sociedad democrática la necesidad de armonizar identidades personales y colectivas diversas y, por ende, la inmigración no nos enfrenta a un problema nuevo sino, acaso, acrecienta la dificultad del empeño por cuanto esas sociedades se convierten en receptoras de personas portadoras de elementos identitarios que antes eran del todo marginales o, simplemente, desconocidos. el camino para superar los nuevos conflictos no habría de ser en principio distinto del que habitualmente siguen aquel tipo de sociedades: el recurso al derecho con la finalidad de asegurar la máxima libertad individual. Precisamente ese es el prisma desde el que cabe razonablemente abordar la cuestión de la convivencia en las sociedades de inmigrantes. La misma razón democrática que posibilita la coexistencia pacífica y mutuamente enriquecedora en las sociedades plurales ha de ser atendida, en primer lugar, para afrontar los retos identitarios asociados a la inmigración.

De ahí la imperiosa necesidad de asentar el significado que en los estados europeos occidentales asumen principios superiores de sus ordenamientos, tales como personalismo, libertad de conciencia, pluralismo, tolerancia, participación o laicidad, verdadero precipitado de todos los anteriores y, desde ellos, perfilar el sentido de lo que deba entenderse por integración. A esta labor se aboca tanto la introducción como el capítulo I. A partir de ahí, dispondremos de las líneas fundamentales que han de caracterizar cualquier proyecto democrático de política de inmigración, líneas que más tarde complementa con las propuestas lanzadas desde la sociología y el derecho (Kymlicka, Taylor, Walzer, Rawls, Habermas, Haberle, entre otros).

Y contaremos, del mismo modo, con el preciso juego de unidades de pesos y medidas con el cual abordar la comparación de las políticas migratorias de los cuatro países de la unión europea donde la recepción de inmigrantes ha sido históricamente mayor: Francia, caracterizada por la laicidad de combate, proclive a la asimilación pero rotundamente ineficaz para impedir la formación de guetos en sus ciudades; la Alemania pluriconfesional, despreocupadamente refugiada en la idea del gastarbeiter (trabajador invitado temporal) hasta mediados de los setenta; la Holanda que separa del estado a la iglesia nacional, mientras promueve la integración sobre el comunitario modelo de pilares, regalando bazas a los sectores más integristas tanto de los nacionales como de los inmigrados; Gran bretaña, con su privilegiada iglesia estatal, defensora de la inserción de comunidades en las épocas de mayor apertura y componedora desde la década de 1980 de políticas más y más restrictivas consensuadas por los dos grandes partidos (capítulos II y III).

En España, este proceso es relativamente reciente e incide en desigual medida en unas y otras regiones, lo que lleva a la autora a apostar por el estudio sociológico y jurídico de una de las principales receptoras, la comunidad de madrid. Es en ésta que, con gran probabilidad, se erige un banco de pruebas muy representativo de nuestra realidad, encuentra graves deficiencias, entre las que subraya particularmente aquellas que tienen lugar en el ámbito educativo (desdén por la incorporación de la educación para la ciudadanía y los derechos humanos, inadecuada formación de adultos, permisividad hacia la muy poco equitativa distribución entre centros públicos y privados concertados de la población escolar inmigrante...) y aquellas que conectan con el plano de la participación real y efectiva en la vida política (capítulos IV y V).

No podemos finalizar sin hacer una previa valoración global del libro objeto de recesión. Se trata de un trabajo de investigación profundo que contiene propuestas de futuro para la política migratoria; y el resultado final de ésta constituye un recorrido intenso, sereno, minucioso, crítico y actual (que incluye las últimas reformas normativas y los últimos informes gubernamentales y parlamentarios). Y, además, este análisis permite a la profesora Lema Tomé reclamar el reconocimiento del derecho a emigrar con base en el derecho a la libertad de conciencia y enunciar su propuesta personal para españa en torno a un pacto por la convivencia, un patriotismo constitucional y cultural, presidido por la laicidad (la neutralidad, la separación y la promoción en condiciones de igualdad de todas las creencias) y la afirmación de los derechos de ciudadanía sobre el ius soli, fundado en la promoción de los valores comunes (dignidad y máximo desarrollo individuales; respeto hacia los derechos fundamentales, a los principios democráticos, a la moral pública) pero también en el reconocimiento y promoción de los valores diferenciales, siempre que no entren en contradicción con los comunes.

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