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Historia y grafía

versión impresa ISSN 1405-0927

Hist. graf  no.40 México ene./jun. 2013

 

Ensayos

 

Los pecados de la carne en las polémicas sobre el Nuevo Mundo*

 

Sins of the Flesh in the controversies about the New World

 

Marialba Pastor

 

Facultad de Filosofía y Letras UNAM, México.

 

Artículo recibido: 29-4-2012.
Artículo aceptado: 31-10-2012.

 

Resumen

Este artículo indaga, en los testimonios de las primeras polémicas sobre el Nuevo Mundo, qué significaron para la moral hispano-cristiana los pecados de la carne atribuidos a los aborígenes americanos, a fin de contribuir a la mejor comprensión de los documentos escritos de los primeros colonizadores y, con ello, a su mentalidad e interpretación de la realidad.

Palabras clave: pecados de la carne, teología hispana, sexualidad cristiana, conversión.

 

Abstract

Based on the testimonies of the first polemics about the New World, this article delves into what the sins of the flesh attributed to the American aborigines meant to Spanish-Christian morals, in order to contribute to a better understanding of the written documents of the first colonizers, and hence, to their mentality and interpretation of the reality.

Key words: sins of the flesh, Spanish theology, Christian sexuality, conversion.

 

Con base en algunos documentos elaborados por funcionarios y evangelizadores españoles a raíz de sus primeros contactos con América, este texto analiza por qué los pecados de la carne adquirieron un significado central en las discusiones tendientes a legitimar la dominación española; cómo los españoles no estaban preparados para observar en forma directa e empírica las culturas americanas, y de qué manera extrajeron sus juicios de un esquema mental previo, configurado por la teología cristiana durante largo tiempo y estudiado en las universidades españolas en los siglos XV y XVI.

 

EL PESO DE LA TEOLOGÍA EN LA INTERPRETACIÓN DEL MUNDO

Puesto que en el siglo XVI la expansión del Imperio español se entendió como la del Imperio de Cristo, todas las acciones políticas y jurídicas debieron ser plenamente compatibles con la doctrina cristiana. A la Corona española le preocupó que entre lo terrenal y lo espiritual existiera plena correspondencia y que las disposiciones necesarias para imponer el orden moral no violentaran lo sustentado en la teología. En ese momento, judíos y sarracenos eran acusados en España de representar el mundo invertido: ser discípulos del diablo, parricidas, incestuosos, promiscuos, sodomitas y adúlteros.1 La religión era la fuente del derecho y del "patrón de comportamiento rígidamente impuesto, es decir, imperante en el ámbito público y privado".2 Las autoridades civiles y eclesiásticas debían tomar muy en serio su obligación de traer a todos a la santa Iglesia católica y que todos gozaran de la redención de Cristo para su salvación.3

Preocupados por los falsos conversos, los consejeros de los Reyes Católicos emprendieron una reforma para retornar a las autoridades de la teología, a la razón iluminada por la fe, primordialmente a Agustín de Hipona, Jerónimo de Estridón y Gregorio Magno, con la finalidad de enfrentar y solucionar los problemas sociales y humanos inmediatos que amenazaban la integridad de la Iglesia y la Corona.4 Asimismo, la obra de Tomás de Aquino, un compendio erudito de saber sobre el mundo, gozaba de buena reputación, ya que en ella se encontraban las respuestas a los grandes problemas de la relación de los hombres entre sí y con los órdenes natural y sobrenatural.

De acuerdo con Francisco Tomás y Valiente, en el siglo XVI los teólogos jugaban un papel social de primer orden por ser los sabios especialistas, los llamados "[...] a dirimir contiendas religiosas, a condenar herejes, a censurar ideas peligrosas". La alianza entre los reyes, los teólogos y la jerarquía eclesiástica era "lógica y fue profunda y estrecha", porque el Estado manifestó expresamente que uno de sus fines era la protección y conservación de la fe católica. La teología, la ciencia de la revelación, escrutaba los misterios de la divinidad y la relación del hombre con Dios para implementar postulados prácticos. De este modo, además de fijar las reglas de la predicación de la moral que habían de asumir los hombres para alcanzar la salvación, los teólogos fijaban las normas políticas y públicas para el ordenamiento de la sociedad y la protección de la fe, el fin superior. La justicia partió de los supuestos teológicos, de la interpretación de las leyes divinas cuya exclusividad poseían los teólogos y, por tal motivo, "[...] las más destacadas creaciones del pensamiento filosófico jurídico castellano de la época" fueron obra de notables teólogos.5 Lo anterior explica por qué las hazañas de Cristóbal Colón no fueron interpretadas como hechos fortuitos sino como señales de la elección divina de España para abanderar la expansión de la cristiandad hasta su triunfo total, es decir, hasta la eliminación completa de herejes y paganos.6

Los españoles estaban convencidos de su superioridad, no sólo por la experiencia acumulada en sus distintas cruzadas y luchas contra la infidelidad, sino porque el cristianismo se presentaba como la última religión, la perfecta y verdadera. En este sentido, las figuras del judío, el moro y de los heréticos en general, elaboradas por los apologetas cristianos durante siglos, así como las imágenes de los salvajes de las leyendas medievales, organizaron y prefiguraron el destino de las poblaciones americanas.7 Sin la firme convicción de que la conquista de las nuevas tierras era un mandato divino que formaba parte de la historia revelada, o sea del proyecto de expansión del cristianismo por el mundo, difícilmente la conquista de América hubiera sido posible.8 De ahí que los conquistadores sintieran que Dios los había acompañado e iluminado en la lucha; Dios había elegido a España por su fe cristiana demostrada y el valor y virilidad de sus hombres.

Conforme con la tradición teológica cristiana, entonces -al igual que hoy- los pecados se entendían como los actos humanos dichos, hechos o deseados que ofendían a Dios y contrariaban a la ley eterna y la razón. Los pecados constituían desacatos de la ley divina y la ley moral que debía regir entre los hombres, es decir, rompían la alianza entre Dios y los hombres y mostraban el desorden de la voluntad humana. Se distinguían de acuerdo con los mandamientos que quebrantaban, el objeto al que se dirigían, o las virtudes que negaban: pecados relacionados con Dios, el prójimo o consigo mismo; pecados de pensamiento, palabra, acción u omisión; pecados carnales y espirituales. La herejía, la apostasía y la ira contra Dios eran pecados mayores. A ellos seguían los siete pecados capitales: vanagloria, avaricia, glotonería, lujuria, pereza, envidia e ira.9

Por otro lado, los términos "carne" y "carnal" se empleaban para designar la condición de la humanidad en general, sus limitaciones y debilidades, y su oposición al espíritu. El término "cuerpo" hacía referencia al instrumento material, a la "cárcel del alma". En cambio la carne tenía una connotación ambivalente. En sentido positivo, el Verbo se había hecho carne, con ella Cristo se había convertido en el mediador entre Dios y los hombres, y éstos podían ponerla al servicio de los fines espirituales. En sentido negativo, las inclinaciones terrenales y corruptibles de la carne se manifestaban, como lo había señalado Pablo de Tarso (entre los años 50 y 56), en: "fornicación, impureza, lascivia, idolatría, hechicería, odios, discordias, celos, iras, rencillas, disensiones, divisiones, envidias, homicidios, embriagueces, orgías y otras como éstas [...]"10

Como había señalado Agustín de Hipona, entre las obras de la carne no se encontraban únicamente las pertenecientes a su deleite, sino también aquellas con que se manifestaban "los vicios del ánimo ajenos al deleite carnal como son: la idolatría, las hechicerías, las herejías, las iras, las envidias, etcétera",11 pues, de acuerdo con este teólogo, "[...] no fue la carne corruptible la que hizo pecadora al alma, sino al contrario, el alma pecadora hizo a la carne que fuese corruptible", ya que la cabeza y la fuente de todos los vicios es la soberbia que reina en el demonio.

En congruencia con lo anterior, al analizar las fuentes de la conquista y la evangelización de América para comprender cómo explicaron los españoles las culturas indígenas, es indispensable tomar en cuenta que los pecados de la carne respondían tanto a carnalidades como a animosidades; de ahí la discusión en torno a la naturaleza racional o irracional de los indios.

Para los cristianos, los paganos acostumbraban vivir en la mentira, en la carnalidad, porque vivir en la verdad, en la espiritualidad, es vivir según Dios. Al destruir el orden de la Naturaleza, el buen orden dado por Dios, pecaban contra naturam12 Además se distinguían por realizar actos sexuales del demonio que deshonraban la buena y loable naturaleza, por no saber cuál era el principio del linaje humano ni tampoco su destino, o sea, por no tener noticias de la bienaventuranza eterna. El vivir bestialmente y ser siervos de sus apetitos los condenaba a sufrir la pena eterna después de la muerte.13

La práctica de los sacrificios humanos y el uso de encantamientos mágicos y hechicerías propios de los demonios que tenían subyugados a muchos pueblos precristianos contravenían el Decálogo cristiano, sobre todo el tercer mandamiento, que impone santificar las fiestas, es decir, recordar el sacrificio de Cristo y no servir a otros dioses o ídolos; y, por supuesto, el quinto mandamiento: no matarás. Si además estos sacrificios cruentos se acompañaban de antropofagia, esto indicaba que sus comitentes estaban apresados por pensamientos, deseos y actos de naturaleza impura, pues el único sacrificio permitido era a Dios y debía consistir en el sacrificio de uno mismo y del cuerpo místico y verdadero que es la Iglesia. Este sacrificio supremo, encarnado en Cristo, había sido el último de los sacrificios para la remisión de todos los pecados y por él cederían, paulatinamente, los sacrificios de los dioses falsos.14

Imbuidos en los principios teológicos anteriores, los españoles llegados a las nuevas tierras consideraron que sus pobladores eran esencialmente carnales (mortales, terrenales, materiales, corruptibles), se guiaban por sus bajos instintos y por eso cometían todo tipo de pecados de la carne: pecados debidos a la debilidad de la carne que conducen a la inmoralidad, la impureza y el desenfreno; pecados cometidos por relaciones con fuerzas sobrenaturales satánicas como la idolatría y las hechicerías; pecados causados por la irascibilidad que producen enemistades, pleitos, celos, iras y contiendas; pecados por actitudes egoístas y envidiosas que desunen y crean sectas, partidos religiosos y herejías; y pecados de lascivia y embriaguez.15

 

LA PECAMINOSIDAD INDÍGENA

La necesidad de incorporar al Nuevo Mundo poblado de seres vivos al concepto de naturaleza e historia sagrada16 sembró muchas inquietudes entre los Reyes Católicos y sus teólogos. En octubre de 1495, Michele da Cuneo, nativo de Savona, acompañante de Colón en su segundo viaje, narró en una carta las vicisitudes por las que atravesó, poniendo especial atención en las relaciones de los americanos con la carne: habló de mancebos castrados tal vez para engordarlos y comerlos luego; de mujeres bien dotadas de "valores táctiles" y de naturales de las islas que vivían como bestias, que "usaban del coito a menudo [...] cuando les venía en gana". Afirmó que los mansos indios habían contraído el vicio de la sodomía de los feroces caníbales, le habían cogido gusto y la "áspera cachondez de la lascivia antropófaga palpita y revive hasta nuestros días [...]".17

Descripciones análogas de sacrificios humanos, antropofagia y pecados contra natura se sucedieron una tras otra al arrancar el siglo XVI: Cristóbal Colón, Américo Vespucci, Pedro Mártir de Anglería, Martín Fernández de Enciso. Llenas de confusiones entre lo visto y lo escuchado y cargadas de fantasías e incomprensión -aunque con referencias plausibles-, se tradujeron y distribuyeron por Europa causando escándalo, morbo y curiosidad. Por ejemplo, en las cartas sobre el Nuevo Mundo escritas por Vespucci entre 1500 y 1504, producto de su convivencia con aborígenes americanos durante 27 días, este navegante destacó sus conductas desordenadas, como no comer a horas fijas y hacerlo sin mantel; desconocer las leyes y la religión; inclinarse a la violencia, la guerra y el canibalismo y realizar prácticas sexuales lujuriosas.18

Las primeras noticias sobre las conductas de los indígenas, en particular las de Vespucci, llegaron a la Universidad de París, uno de los centros de estudio de teología más prominentes en esos tiempos, donde en el siglo XIII había enseñado Tomás de Aquino. En 1510, el teólogo escocés representante del nominalismo, John Major (o Mair), después de conocerlas, aplicó el concepto aristotélico de "jerarquía natural" y resolvió que los habitantes del Nuevo Mundo eran bárbaros pecadores contra natura, incapaces de gobernarse y prosperar. Por consiguiente, debían estar sometidos y servir a quienes por naturaleza estaban mejor dotados para ejercer la autoridad. Así justificó plenamente la guerra y el derecho de obligar a los nuevos paganos a abrazar la fe cristiana. Esta resolución se podía corroborar en las Sentencias de Pedro Lombardo, la obra más comentada en la teología cristiana después de la Biblia, empleada como manual en las universidades europeas desde su aparición en el siglo XII: a los hombres viciosos no se les podía conceder la libertad, porque no sabrían usarla; más bien les perjudicaría.19

En diciembre de 1511, según informa Bartolomé de Las Casas en su Historia de las Indias, el fraile dominico Antonio de Montesinos denunció el maltrato al que eran sometidos los indios por los conquistadores en la isla La Española. La denuncia generó efervescencia en el Caribe y la Corte española. El 23 de marzo de 1512, el padre provincial de los dominicos en España, Alfonso de Loaysa, prohibió que se abordaran estas cuestiones desde el púlpito.20 De todos modos, la lucha entre el clero -en especial los dominicos- y los encomenderos se desató, y Fernando el Católico se vio obligado a reunir a los más destacados juristas y teólogos en la ciudad de Burgos para determinar la naturaleza de los indios y decidir si debían ser esclavos o libres; de lo cual dependería el derecho de los conquistadores de ocupar sus tierras, servirse de ellos y tributar a la Corona.

Siguiendo la tradición cristiana y conociendo hasta ese momento sólo las conductas de isleños y costeños americanos, los pecados de la carne fueron la justificación central dada por quienes defendían la causa de los encomenderos para la guerra, el despojo y el sometimiento de los indios. No obstante, dos de los participantes en las Juntas de Burgos (más de 20 sesiones), el jurista y consejero real Juan López de Palacios Rubios y el teólogo dominico Matías de Paz, reconocieron la universalidad del derecho natural y consideraron que la pecaminosidad no podía justificar violencia alguna, ya que el único para juzgar la moral indígena era Dios. Ellos fueron los primeros en poner en duda el sometimiento natural de los indios a los españoles y quienes escribieron los primeros tratados sobre esta cuestión. De ellos se desprendieron las Ordenanzas reales para el buen regimiento y tratamiento de los indios (diciembre de 1512), mejor conocidas como Leyes de Burgos.21

Como los fundamentos de las discusiones y las leyes descansaron principalmente en la Suma Teológica (1265-1272) de Tomás de Aquino, es importante detenerse brevemente en algunos de sus principios y recordar que en el "Tratado de la ley antigua", contenido en esta obra, el teólogo medieval, con base en Aristóteles, sostiene que la justificación del sometimiento de unos hombres por otros descansa en la estratificación de la especie humana entre hombres racionales, es decir, capaces de apartarse del mal, dominar sus instintos y controlar sus pasiones, emociones y sentimientos para ponerlos al servicio de la obra espiritual de alabanza y adoración de Dios; y hombres irracionales que obedecen a las pasiones y los impulsos de la carne y se arrojan sin mediación, como animales, a satisfacer deseos tales como fornicar sin reglas ni límites.22 No siendo animales, pues los animales no pecan, el sometimiento de los seres irracionales, inferiores, bárbaros e impuros a los seres racionales, superiores, civilizados y puros se justifica, pues de este modo es posible modificar sus costumbres, convertirlos en racionales y permitir que abandonen las tentaciones de la carne y sigan el camino de la salvación de sus almas. La ley natural dada por Dios a los hombres es inmutable y universal. Por ella se establece el orden moral al que la vida debe ajustarse con sus normas, ritos y creencias. De estas últimas se desprenden los derechos y deberes de los hombres que son mutables y responden al progreso del cristianismo. Según el aquinate, los pueblos precristianos no se ajustaron adecuadamente al orden natural, pero llegó el día en que el cristianismo, el advenimiento de la posibilidad de alcanzar la perfección, es decir la concordancia exacta entre las leyes naturales y las leyes morales, se les reveló. A los pueblos que habían caído en el pecado como consecuencia del pecado original, la verdad les fue revelada porque los hombres son buenos por naturaleza y existe una inclinación natural al conocimiento de Dios. En el momento de la revelación abandonan sus prácticas equivocadas o, en caso contrario, Dios los juzga y castiga.23

De acuerdo con Santo Tomás, lo que es natural al hombre ni se da ni se quita por el pecado. De esto se desprendió, para el caso americano, la imposibilidad de conquistar o intervenir a causa de los pecados cometidos por los indios, ya que éstos "no les privan de su libertad, ni de sus derechos naturales y humanos".24 Palacios Rubios resolvió que los indios pecaban porque no se les había revelado la verdad; pero esto no daba derecho a nadie a despojarlos. Además, todo parecía indicar que eran racionales, porque, según indicios recogidos por Colón, había en ellos inclinaciones al bien y la buena animosidad para aceptar la fe. Dios quiere -afirma este consejero del rey- que todas las gentes y naciones sean salvadas y conozcan la verdad. Así está revelado y así se ha expandido por todo el orbe.25 Y su compañero, Matías de Paz, añade: "existen algunos infieles a cuya noticia ha llegado la fe verdadera de nuestro Redentor como son los Judíos, Sarracenos, Turcos y herejes. Todos éstos tienen propiamente el pecado de infidelidad, no sólo privativa, sino también positivamente, el cual es el pecado mayor, según prueba Tomas de Aquino [...]".26 Los indios tienen el pecado de infidelidad no por haberlo cometido, sino "por omisión", por desconocerlo. Con base también en los testimonios de Colón, Matías de Paz afirma que la gente hallada sí cree que en los cielos hay un Dios creador y parece apta para recibir la fe católica y ser enseñada en las buenas costumbres. Además: "Estos indios [...] doquiera están prestos a servir". 27

Para Palacios Rubios y Matías de Paz, la idolatría, el culto a los ídolos, es, como indica la tradición cristiana, el pecado mayor, contrario al derecho natural: "Lo natural es adorar a un solo Dios creador, y no a sus criaturas".28 El Papa puede declararles la guerra justa a los infieles y privarlos de sus bienes o potestad sobre sus hijos, pero sólo si intentan arrastrar a sus ritos y ceremonias a los fieles. Si un cristiano ve a otro idolatrando o judaizando podrá, con autoridad propia, darle impunemente muerte. Esto no significará crueldad sino piedad por castigar los crímenes contra Dios. Además, todo cristiano tiene la obligación de delatar estas prácticas.29 Pero la situación de los indios es otra: ellos han servido a los ídolos por ignorancia. Por eso, "[...] apenas cautivados y vencidos, recibieron gustosísimos, según es fama, la fe de nuestro Salvador y el sacramento del bautismo".30

Como puede advertirse, los principios teológicos de estos dos letrados tienen como fundamento lo sostenido por Santo Tomás, para quien la idolatría es un pecado propio de los hombres de naturaleza imperfecta por efecto de la ignorancia de su entendimiento o el desorden de sus afectos. Es la causa, principio y fin de todo pecado, porque produce o induce a cometer muchos otros.31 La idolatría, la adoración de toda clase de criaturas ofrecida con o sin imágenes, y no la adoración exclusiva al Creador, es una forma de superstición, es decir, de no religión, que procede de un pacto con el demonio y se expresa en la fabricación y el culto de los ídolos. Es el pecado más grave porque entraña infidelidad y odio a Dios y porque sólo Dios, cuya perfección sobrepasa la de todas las cosas creadas, tiene derecho a ser adorado. Así -para la escolástica tomista-, la idolatría introduce el desorden y con él otros pecados; está "contra el imperio divino universal".32

Según Tomás de Aquino, la disposición a este pecado proviene de deficiencias de la naturaleza humana y de la ignorancia de su espíritu, y por ella se producen pecados como "ofrendas rituales de vidas humanas, mutilación de miembros y cosas semejantes".33 En el culto a los ídolos, algunos antiguos construyeron con arte nefando imágenes que, por virtud de los demonios, causaban ciertos efectos, lo que les llevaba a pensar que había en ellas poderes divinos. Pero los ídolos "no eran nada en el mundo", eran seres inanimados sin poder divino; lo inmolado a ellos tampoco lo era, porque por tal inmolación las carnes "ni adquirían carácter sagrado alguno, como creían los gentiles, ni impureza de ninguna clase, como pensaban los judíos".34

A los teólogos y juristas reunidos en Burgos no les interesó precisar en qué consistían los cultos a los ídolos; qué significaban para los aborígenes la carne, la sangre y el espíritu; cómo eran las relaciones entre los miembros de la comunidad; cuáles eran sus principios religiosos; a qué respondían las reglas de parentesco, y menos aún indagar asuntos relacionados con la sexualidad, porque en ese momento accedían al conocimiento de las cosas a través del corpus de textos de las autoridades aprobadas por la Iglesia, donde se había determinado con antelación quiénes eran los paganos y cómo se comportaban, y no por los medios empíricos que se desarrollarían más tarde en Europa. Por eso, si bien los escritos de Palacios Rubios y Matías de Paz enriquecieron la concepción teológico-jurídica castellana (las leyes de Alfonso X y las Pragmáticas promulgadas por los Reyes Católicos), la imagen del mundo americano quedó impregnada del discurso cristiano-medieval que se desprendía, sobre todo, como se ha reiterado antes, de la escolástica tomista estudiada hacía más de dos siglos en Europa.

Un ejemplo es el siguiente. Palacios Rubios dice: "Los indios, antes de llevarse a sus mujeres a habitar con ellos, les permitían tener trato carnal con quien quisieran". Ellas se prestaban "[...] al punto y espontáneamente al trato carnal y otras exigencias con cualquier hombre, considerando ilícito el negarse. A causa de estos adulterios y del trato femenino con muchos hombres no era posible tener certeza de la paternidad de los hijos; por lo cual la sucesión, se hacía por las mujeres, sobre todo tratándose de las de aquellos que tenían sobre los demás poder y jurisdicción".35 Con su mirada medieval-tomista, este jurista dedujo que entre los indios no existía el matrimonio y, para ello, atrajo una serie de pruebas teológicas para decidir que debían contraerlo para dejar de vivir en pecado mortal pues, de otro modo, se seguirían perdiendo "infinitas almas". 36 Aunque Palacios Rubios advierte que "la sucesión, se hacía por las mujeres", no imagina -porque los tiempos en que vive no se lo permiten- relaciones matrilineales de parentesco y califica las conductas sexuales femeninas como libertinas.

Además de servir como ejemplo, el caso anterior remite a las reflexiones sobre la lujuria expuestas por Santo Tomás, para quien este es un pecado capital, porque se opone a la recta razón y al orden natural de la especie humana, además de injuriar a Dios. Este pecado, consistente en liberar el apetito del placer carnal, no es grave por su uso -dice el aquinate-, por la excitación de los órganos genitales o por la intensidad del placer que produzca, sino porque el apetito interior se desvía. La cópula carnal no es contra natura, al contrario, para Santo Tomás la procreación es ley natural. El pecado ocurre cuando se aparta de esta última función y el placer despierta una sed creciente de gozar más y más, esto es, cuando se convierte en vicio. Por eso, la virtud moral tiene como finalidad reducir los movimientos de la carne a sus justos límites; preservar el cuerpo de todo movimiento violento.

Para la moral tomista, los pecados contra natura son nefandos, es decir, impíos e innombrables, porque satisfacen los deseos sin resultados productivos, es decir, porque son contrarios a la reproducción de la especie. Éstos incluyen la sodomía, la molicie o tocamientos torpes y las posturas que recuerdan actos sexuales de animales, que se apartan de la regla de la dominación del macho sobre la hembra. A estos pecados, siguen el sacrilegio, el incesto, el adulterio, el estupro y la fornicación simple.37

De acuerdo con Santo Tomás, la lujuria es un vicio capital muy grave porque elimina o borra la razón, es egoísta, es la pura satisfacción de un deseo personal y no colectivo o comunitario y es una muestra de odio a Dios, porque malgasta la energía que debe encaminarse a su adoración. En suma, el pecado de lujuria es propio de los irracionales, es una afectación mental que "impregna con su desorden a todas las demás manifestaciones humanas"; es el que lleva a más hombres al infierno.38

La Junta de Burgos resolvió que la idolatría, que, como hemos visto, involucra otros pecados de la carne como los sacrificios cruentos y los pecados contra natura, justificaba la presencia de la Corona española en las tierras recién descubiertas; pero los indios eran libres y no debían ser despojados de sus bienes; aunque, como vivían en condiciones bárbaras, había que enseñarles la verdadera religión. La guerra solo podía justificarse (ser justa) si los naturales se oponían al Requerimiento, esto es, a la exposición de los justos títulos de la Corona que los capitanes de las tropas españolas debían leer a los caciques e indios de cada territorio para exigirles que reconocieran a las altas potestades de la Iglesia y la Corona.39

Al separar los poderes terrenal y espiritual y el derecho de gentes del derecho natural, el Requerimiento fue muy criticado en su tiempo. Además chocó con la realidad, pues los indios no entendieron su contenido y los conquistadores lo usaron para asaltar militarmente a los pueblos y recibir con rapidez repartimientos y encomiendas.40 Por otra parte, los conflictos entre los encomenderos interesados en las tierras y los dominicos defensores del poder misionero de la Iglesia para difundir el Evangelio se mantuvieron, en parte porque, para ambos grupos, los indios significaban la mano de obra que habría de mantenerlos y proveer los tributos y diezmos reclamados por la Corona.41

Aunque las Leyes de Burgos reconocieron al indio como un ser libre con derechos sobre sus bienes42 y determinaron la nueva reglamentación tendiente a limitar su sobreexplotación, los españoles impusieron las reglas del juego: se conservaron las diferencias jerárquicas entre las autoridades españolas, los caciques indígenas y el resto de los miembros de las comunidades; la conversión de los indios al cristianismo fue una imposición y la encomienda no se condenó.43

Las Juntas de Burgos dieron inicio a la serie de polémicas sobre el Nuevo Mundo que culminaría con las Controversias de Valladolid (1550-51) entre Ginés de Sepúlveda y Las Casas, representantes de dos posturas opuestas en muchos sentidos. La del primero, influida por el nominalismo e inclinada al sometimiento de los nuevos paganos y la imposición del cristianismo por la fuerza, invocaba, en estricto apego al Antiguo Testamento, los pecados de la carne para justificar el sometimiento y castigo de los indios. Al aceptar que fueran desposeídos de sus tierras y avalar la guerra justa, esta postura era conveniente a los conquistadores, los encomenderos y sus aliados intelectuales.44 En cambio la posición del segundo, la que entendía los pecados de los indios como parte del desenvolvimiento natural de los pueblos precristianos y la conversión como un acto voluntario propio del libre albedrío y el acceso a la gracia divina, estaba comandada por un grupo de dominicos apegados a la teología tomista y perseguía el fortalecimiento de la misión evangelizadora y la tutela de los indios por los religiosos.

Pocos meses después de promulgadas las Leyes de Burgos, fray Pedro de Córdoba, uno de los primeros evangelizadores dominicos en América, compañero y defensor de Montesinos, planteó al rey su desacuerdo con ellas. Otra vez la Corona pidió la reunión de los teólogos, para lo cual se solicitaron nuevos informes. De esta reunión se desprendió un complemento titulado Declaración y moderación de las ordenanzas de indios (julio de 1513).45 En el centro de las ordenanzas y de este complemento se encuentran los métodos a seguir en la conversión de la población americana al cristianismo; una continuación de las ordenanzas dadas por los Reyes Católicos desde 1503: acercar sus viviendas a los pueblos de españoles para que éstos no abusen de ellos ni de sus mujeres y aquellos no regresen a su "ociosidad y malos vicios"; colocar cruces e imágenes de la virgen María en las Iglesias; llamarlos a rezar y a cantar el Ave María, el Paternoster y el Salve Regina y enseñarles los diez mandamientos, los siete pecados mortales y los artículos de la fe; establecer el matrimonio monogámico e impedir que tomen por mujer a parientes; dar los hijos de los caciques a los franciscanos para su educación religiosa; llevar a los indios los domingos y los días de fiesta a oír misa y después proporcionarles "carne guisada" para que ese día coman bien.46 Como se puede observar, la estrategia seguida para "civilizar" a los bárbaros incluía la formación de nuevas comunidades controladas por aquellos caciques indígenas que se sometieran a los españoles, así como la educación cristiana de todos, en especial de los futuros caciques, los hijos de aquellos.

 

LA INCORPORACIÓN DE LOS INDIOS AL "ESTEREOTIPO DEL PAGANO"

Los dominicos mostraron la mayor inconformidad con la encomienda y con quienes calificaron de irracionales a los indios. Así lo manifestó en repetidas ocasiones Bartolomé de Las Casas, el representante de esta orden en la Corte española y las instituciones encargadas de la empresa de Indias, nombrado por el cardenal Jiménez de Cisneros "protector universal de todos los indios".47 Según Las Casas, las medidas adoptadas por la Corona no remediaban los abusos, las crueldades y las matanzas padecidas por los naturales. En su Memorial de remedios para las Indias (1516) presentó un plan para la colonización pacífica de la Indias y posteriormente realizó experimentos agrícolas con los cuales intentó demostrar que con el cese de los repartimientos y las encomiendas no se produciría la ruina del reino, tal y como pronosticaban los particulares.48 El fracaso de estos experimentos lo condujo a tomar el hábito dominico en 1522, en el convento de Santo Domingo en Haití, para, después de siete silenciosos años de estudio de leyes y teología, reiniciar su lucha contra las encomiendas.49 Entretanto, en sus Cartas de Relación, Hernán Cortés daba a conocer las terribles costumbres practicadas por indios del interior del continente americano, y formulaba ese estereotipo que cronistas civiles y religiosos habrían de repetir después, con pocas variaciones, sobre el sacrificio humano: en presencia de sus ídolos, los habitantes de Tenochtitlan abrían vivos por los pechos a seres humanos, les sacaban el corazón y las entrañas, después quemaban éstas y ofrendaban su humo. Todo esto lo hacían muy frecuentemente y, como eran muchas las "mezquitas", anualmente morían alrededor de cuatro o cinco mil ánimas en cada una.50 Años después, Francisco López de Gómara copiaría textualmente algunas descripciones de Cortés y, remitiéndose al orden teológico, referiría los "grandísimos pecados": "idolatría, sacrificios de hombres vivos, comida de carne humana, habla con el diablo, sodomía, muchedumbre de mujeres y otros así". Otro soldado, Bernal Díaz del Castillo, en su Historia verdadera., escrita 60 años después de la conquista de México, también pondría atención en los mismos componentes y los describiría en forma análoga.51 Como la penetración al interior de los territorios mesoa-mericanos demostró -según los escasos informes de los testigos presenciales- que los pecados de la carne no los cometían tribus aisladas, sino grandes conglomerados sociales como el azteca y el inca, la respuesta de las autoridades españolas no se hizo esperar. En junio de 1523, Carlos V instruyó a Cortés y a sus virreyes, audiencias y gobernadores de Indias para que derribaran ídolos, ares y adoratorios de la gentilidad, quitaran sus sacrificios y prohibieran "expresamente con graves penas a los indios idolatrar, y comer carne humana, aunque sea de los prisioneros y muertos en la guerra [...]"52 En 1526 el monarca firmó en Valladolid una real cédula en la que ordenó a los capitanes y descubridores que les dieran a entender a los indios que los habían mandado para «enseñarles las buenas costumbres, apartarlos de vicios y comer carne humana [...]"53 En esa segunda década del siglo XVI, aparte de los problemas morales, a la Corona le preocupó quedarse sin tributos debido a la posible supresión de las encomiendas, pero también por la mortandad indígena que las epidemias empezaban a producir.

En los textos de las polémicas, en las primeras leyes y ordenanzas y en algunos pasajes de las primeras crónicas, la atención de los peninsulares españoles se concentró en los pecados de la carne, sobre todo en tres elementos invariables: la idolatría, los sacrificios cruentos a veces acompañados de antropofagia, y los pecados contra natura. Como se señaló arriba, la atención puesta en este particular conjunto de pecados estuvo dirigida no tanto por las observaciones empíricas o los testimonios de testigos oculares de los hechos, sino por las lecciones de retórica y teología aprendidas de memoria en los conventos y en las universidades españolas que permitían aprehender el mundo conocido y por conocer.

En efecto, desde el polémico alejandrino Tertuliano (160-220 d. C.), en los textos de los preniceanos, los niceanos, la patrística y la escolástica, la imagen fija del pagano había sido elaborada y reelaborada constantemente por la teología para identificar y liquidar a las religiones antiguas; para servir en el proceso de conversión de los gentiles, en la reducción de la multiplicidad a la unidad acorde con el monoteísmo; y para confirmar la historia revelada anunciada en la Biblia.54 Esto no fue privativo de los cristianos, pero a lo largo de los siglos encontraron argumentos filosóficos y biológicos para enriquecer y perfeccionar el "estereotipo del pagano" que se difundió entre el vulgo y se repitió hasta el cansancio en los escritos religiosos. De este modo, cuando los españoles descubrieron a los americanos, el miedo al "otro", en este caso al bárbaro o nuevo pagano, más sus prejuicios o imágenes preformadas propiciaron que del comportamiento indígena destacaran los mismos pecados que los de los antiguos europeos: idolatría, sacrificios cruentos a veces acompañados de antropofagia, y pecados contra natura. Es decir, el "estereotipo del pagano" se reactivó y transfirió por analogía al "estereotipo del indio", como se observa en las crónicas civiles legadas por Hernán Cortés, Gonzalo Fernández de Oviedo, Francisco López de Gómara, Bernal Díaz del Castillo y otros, y en las crónicas de evangeli-zadores como Andrés de Olmos, Motolinia, Las Casas, Diego Durán, Bernardino de Sahagún, Diego Valadés, Joseph Acosta y Juan de Torquemada.55

De los cronistas antes citados se pueden tomar dos trabajos de Andrés de Olmos como ejemplos. El primero, el Tratado de hechicerías y sortilegios (en su mayor parte copiado del español de Castañega), fue muy empleado por los frailes franciscanos como guía para distinguir a la Iglesia católica, de naturaleza espiritual, de la iglesia diabólica indígena, inclinada a promover los pecados. Para Olmos, la firme edificación del cristianismo requería arrancar primero los malos vicios, las herejías, las hechicerías, las abusiones y las supersticiones para plantar las virtudes después. Él recomendaba a los indios no acudir a sus adivinos cuando se enfermaran o para que les hablaran de su destino o de sus sueños, porque estos malvados acostumbraban conducirlos a "los sacrificios, el polvo, la basura, la ceniza, la ruina, la enfermedad, etcétera, para que se hastiaran, odiaran, mataran y devoraran entre sí."56 Con base en sus estudios de teología, este mismo franciscano también escribió Los siete sermones principales sobre los siete pecados mortales y las circunstancias en fin de cada uno por modo de pláticas. En el sermón correspondiente a la lujuria recurrió a exhortaciones de carácter colectivo e incluyó menciones a figuras indígenas para que los neófitos vieran "con pavor todo lo que es lujuria, adulterio y concupiscencia".57 Esto lo condujo a explicar, principalmente a los varones, conductas sexuales desviadas como tocar a una mujer con "el mal deseo de cometer falta con ella", pronunciar palabras que pervirtieran y deshonraran58 o echar por tierra, por propia voluntad, el semen en vano.59

 

LA CARNALIDAD: UNA OBSESIÓN DE LA ÉPOCA

Lo hasta aquí planteado no puede comprenderse sin considerar lo que ocurría en la Península, pues, cuando los españoles descubrieron a los indios americanos, los Reyes Católicos se habían visto obligados a emprender, con el cardenal Jiménez de Cisneros a la cabeza, la conversión masiva de los moros al cristianismo, y el Santo Oficio de la Inquisición trabajaba con intensidad para limpiar a España de herejías y delitos contra la Iglesia como el infanticidio, la bigamia, la brujería, la sodomía, los cálculos astrológicos y otras formas de adivinación.60 Además, para reconocer a los enemigos de la cristiandad se mandaban componer tratados contra las herejías, las hechicerías, las supersticiones y las adivinaciones y abundaban los libros dedicados a las virtudes morales, la vida en oración pobreza y la mortificación y a la formación de las mujeres y los gobernantes. Para algunos religiosos, la herejía era permitida por Dios para purificar a la Iglesia y en ese tiempo tocaba el turno al protestantismo contra el cual era necesario cerrar filas; aunque no todos los condenados por la Inquisición fueran herejes, pues el Santo Oficio castigaría también otros crímenes: la sodomía y bestialidad; la poligamia y los pecados ordinarios de la carne.61

En 1519, a pocos meses de instaurado el Imperio de Carlos V, entre conflictos políticos, levantamientos y rebeliones de los comuneros de Castilla, en un ambiente de crítica y burla popular vertida en la literatura contra los miembros del clero por su ignorancia, simonía y fama de caer en debilidades de la carne por tener amantes e hijos ilegítimos, las ideas reformistas de los alumbrados, de Erasmo de Rotterdam, Thomas Müntzer y Martín Lutero fueron bien acogidas en la Península, pero inmediatamente perseguidas por las autoridades. En 1521 el Emperador dio a conocer un edicto que formalizaba e institucionalizaba la censura en España. Al mismo tiempo, los libros sobre asuntos del Nuevo Mundo fueron liquidados cuando contradecían los intereses y el prestigio españoles.62 En contrapartida, la obra de Tomás de Aquino fue adoptada por ser la más adecuada para luchar contra los moros y judíos y para distinguir claramente a los infieles que nunca recibieron la fe de aquellos que, conociéndola, la rechazaron. A principios del siglo XVI, la escolástica, no únicamente la tomista, era estudiada en los conventos, en la Universidad de París -donde se formaban las altas jerarquías de religiosos españoles- y en las universidades de Valladolid, Alcalá y Salamanca. Tanto los teólogos ortodoxos como los reformadores mostraban sus obsesiones por la carne. Humanistas como Juan Luis Vives y Erasmo reclamaban mayor rigor corporal.63

A partir de 1526, como producto de sus críticas a la Iglesia española, frailes franciscanos y dominicos emprendieron una campaña contra el erasmismo. El de Rotterdam fue acusado de favorecer al luteranismo y se reclamó la censura teológica, revisión y expurgo de sus obras.64 En 1528 los procesos inquisitoriales en contra de los erasmistas dieron inicio en los reinos españoles y en París.65 En esta misma década, los dominicos cuestionaron las tesis de Lutero y se prohibió la entrada de sus obras a España por considerarla una figura diabólica. Según Domingo Soto -uno de los más influyentes teólogos de la Escuela de Salamanca (1530-1570)-, John Wyclif y Lutero, con el líbelo "De la abrogación de la misa privada" (1522), querían destruir el sacrificio y "difamarnos", al sostener que quienes llamamos "sacrificio al sacramento del altar, incurrimos en una impía idolatría"; así como echar por tierra toda la jerarquía eclesiástica, negando que haya distintos grados de Obispos, Sacerdotes y legos... 66

Lo paradójico del caso fue que las conductas pecaminosas atribuidas al clero por Erasmo, Lutero y otros reformadores se asemejaron a las atribuidas a los indios por los teólogos españoles. Las inclinaciones de la carne conducían -enfatizaban los reformadores- al renacimiento de creencias y prácticas paganizantes que destruían el espíritu cristiano y abrían las puertas a la actuación del demonio. Y justamente estas prácticas se empleaban ahora para erradicar el paganismo indígena, con lo cual se ponía en marcha la misma estrategia de sustitución utilizada durante más de quince siglos por los cristianos para convertir a "bárbaros" de distintas latitudes del orbe: sustituir los cultos a los ídolos por los cultos a los santos y sus reliquias; cambiar la adoración a las diosas-madre por la adoración a las distintas advocaciones de la virgen María; convertir los sacrificios y autosacrificios cruentos paganos por las mortificaciones, las flagelaciones, los sufrimientos de los mártires y, más que nada, por el sacrificio de Cristo y la ingesta de su sangre y su carne en la Eucaristía; eliminar las prácticas mágicas y hechiceras de los aborígenes para introducir los milagros y la exteriorización de los sentimientos religiosos en peregrinaciones y fiestas.

Finalmente, el "paganismo" católico apoyaría la estrategia de evangelizar a la población indígena por los medios "suaves y dulces" del convencimiento y la persuasión que después de tantas polémicas diseñó y perfeccionó la segunda escolástica desarrollada por la Escuela de Salamanca,67 sobre todo Francisco de Vitoria, Domingo Soto y Bartolomé de Las Casas, con base en la "correcta interpretación" de los pecados de la carne y la determinación de nuevos principios teológico-jurídicos. Este asunto ameritaría continuar este análisis en otro momento.

 

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Notas

* Agradezco al Instituto Ibero-Americano Preussischer Kulturbesitz, al Instituto Latinoamericano de la Universidad Libre de Berlín y a la Dirección General de Asuntos del Personal Académico de la Universidad Nacional Autónoma de México su apoyo para realizar, en el año 2012, la estancia sabática durante la cual me fue posible elaborar este artículo.

1 Guy Rozat, "Identidad y alteridades. El Occidente medieval y sus 'otros' ", pp. 42-47.

2 Juan Cruz Monje Santillana, Las Leyes de Burgos de 1512, p. 9.

3 Francisco Tomás y Valiente, El derecho penal de la monarquía absoluta (siglos XVI-XVII-XVIII), pp. 85-86.

4 Manuel Fernández Álvarez (dir.), La Universidad de Salamanca I. Trayectoria histórica y proyecciones, v. I., p. 272.

5 Tomás y Valiente, El derecho penal, op. cit., pp. 84-87.

6 "Pagano" (del latín paganus), originalmente campesino, habitante de un pueblo. Hasta el siglo xv fue sinónimo de gentil y se aplicó a los idólatras o politeístas, especialmente a los antiguos griegos y romanos. Alonso Martín, Diccionario medieval español.

7 Cfr. Rozat, "Identidad y alteridades...", op. cit., p. 50; Roger Bartra, El salvaje en el espejo.

8 Juan Pérez de Tudela, "El horizonte teologal en el ideario de Las Casas", p. 29.

9 Tomás de Aquino, Suma teológica, I-II, c. 71-89.

10 Gál. 5:16-21.

11 San Agustín, La ciudad de Dios, XIV, 2-4.

12 Ibidem, XIV, 6, 9.

13 Ibidem, X, 5.

14 Ibidem, X, 6.

15 Las Siete Partidas, las leyes vigentes entonces, se refieren a los pecados de la siguiente manera: "Pecados muy grandes y muy desmedidos son según disposición de la Iglesia: matar hombre a sabiendas o de grado, o hacer simonía en orden o ser hereje. Y los medianos pecados dicen que son estos, así como adulterio, fornicación, falso testimonio, robo, hurto, soberbia, avaricia, que se entiende por escasez, saña de mucho tiempo, sacrilegio, perjurio, embriaguez continuadamente, engaño en dicho o en hecho, del que viene mal a otro", Las Siete Partidas del rey don Alfonso el Sabio, 5, 33, p. 218.

16 Para un análisis de la proyección de la naturaleza física en las visiones indígenas, véase Marcelo Ramírez Ruiz, Naturalezas novohispanas.

17 Antonello Gerbi, La naturaleza de las Indias Nuevas, p. 49.

18 Américo Vespucci, Cartas de viaje, pp. 94-110.

19 Joseph Hóffner, La ética colonial española del Siglo de Oro, pp. 292-293; Teófilo Urdanoz, "Introducción biográfica", pp. 295-296.

20 Hóffner, La ética colonial, op. cit, pp. 238-241; Monje, Las leyes de Burgos, op. cit.

21 Venancio Diego Carro, "Bartolomé de las Casas y la lucha entre dos culturas: cristianismo y paganismo", pp. 153-256.

22 Santo Tomás de Aquino, Suma teológica, I-II, c. 98-101; véase también, Santo Tomás de Aquino, Suma contra los gentiles, caps. 21 y 22.

23 Idem.

24 Carro, "Bartolomé de las Casas...", op. cit., p. 247.

25 Juan López de Palacios Rubios y Matías de Paz, De las islas del mar Océano. Del dominio de los Reyes de España sobre los indios, p. 16.

26 Ibidem, pp., 220-221; Tomás de Aquino, Suma Teológica, I-II, c. 102.

27 De Palacios, De las islas, op. cit., pp. 222, 233.

28 Ibidem, p. 104.

29 Ibidem, pp. 116-117, 122.

30 Ibidem, p. 251.

31 Tomás de Aquino, Suma teológica, II-II, c. 94.

32 Idem.

33 Idem.

34 Idem.

35 López de Palacios, De las islas, op. cit., p. 10.

36 Ibidem, p. 11.

37 Tomás de Aquino, Suma teológica, II-II, c. 94.

38 Idem; Francisco Vázquez García y Andrés Moreno Mengíbar, Sexo y razón, p. 299.

39 Recopilación de Leyes de los Reynos de Indias, 5, p. XXXVI; Antonio-Enrique Pérez Luño, La polémica sobre el Nuevo Mundo, p. 19; Antonio Ybot León, La Iglesia y los eclesiásticos españoles en la empresa de Indias, v. 1, p. 175.

40 José Luis Abellán, La Edad de Oro. Siglo XVI, v. 2, p. 501.

41 En esa época la Iglesia suministraba una cuarta parte de los ingresos del erario real español por medio de tercias reales, subsidios y cruzadas. Stanley G. Payne, La España imperial, pp. 24-25.

42 Si bien algunos académicos han interpretado que en los textos de Palacios Rubios y Matías de Paz se encuentra el origen del derecho internacional y de los derechos humanos, por reconocer la libertad de los indios, es preciso recordar que muchos siglos antes el jurista romano Domitius Ulpianus (170-228) formuló los principios de libertad, igualdad y dignidad humanas de los que debía disfrutar como derecho natural todo ciudadano del Imperio romano, inclusive los esclavos. Por esta razón se ha denominado "pionero de los derechos humanos". Como Platón, Aristóteles, Ulpiano y Tomás de Aquino compartieron algunas ideas relacionadas con la justicia, es común que muchas de ellas se atribuyan a este último. Tony Honoré, Ulpian, Pioneer of Human Rights, pp. 76-94.

43 López de Palacios, De las islas, op.cit., pp. XIII, XXII.

44 Hóffner, La ética colonial, op. cit., pp. 295-296.

45 Ybot, La Iglesia y los eclesiásticos, op. cit., v. 1, pp. 223-224.

46 "Ordenanzas reales sobre los indios. (Las leyes de 1512-13)", pp. 417-471.

47 Hóffner, La ética colonial, op.cit., pp. 242-243.

48 Bartolomé de Las Casas, Historia de las Indias, v. 1, 187 ss.

49 Hóffner, La ética colonial, op.cit., pp. 252-253.

50 Hernán Cortés, Cartas de Relación, pp. 21-22.

51 "[...] los mexicanos cada noche hacían grandes sacrificios y fiestas... y tañían su maldito tambor... y daban gritos y alaridos [...] y hablaban con sus ídolos [...] Bernal Díaz del Castillo, Historia verdadera de la conquista de la Nueva España, pp. 327-328.

52 Dice Carlos V: "[...] porque por las relaciones e informaciones que de esa tierra tenemos, parece que los naturales della tienen ídolos donde sacrifican criaturas humanas, y comen carne humana, comiéndose unos a otros y haciendo otras abominaciones contra nuestra Santa Fe Católica y toda razón natural; y que ansimismo, cuando entre ellos hay guerras, los que cautivan y matan, los toman y comen de que Nuestro Señor ha sido y es muy deservido, habéis de defender y notificar y amonestar a todos los naturales de esa tierra que no lo hagan por ninguna vía..." Para evitarlo dice que enviará ganado. José Luis Martínez (ed.), Documentos cortesianos 1518-1528, v. 1, p. 266.

53 Ybot, La Iglesia y los eclesiásticos, op. cit., v. 1, 362.

54 Marialba Pastor, "Del 'estereotipo del pagano' al 'estereotipo del indio' ".

55 Idem. En este artículo se indican las partes de las obras donde estos cronistas recurren al "estereotipo del indio".

56 Andrés de Olmos, Tratado de hechicerías y sortilegios., p. 29

57 Ibidem, p. 43.

58 Idem.

59 Ibidem, p. 45.

60 Haim Beinart, La inquisición española. Antecedentes y comienzos, pp. 32-39; Helen Rawlings, Church, Religion and Society in Early Modern Spain, pp. 8-16; Rafael Carrasco, Inquisición y represión sexual en Valencia. Historia de los sodomitas (1565-1785), p. 20.

61 Karl Joseph von Hefele, El cardenal Jiménez de Cisneros y la Iglesia española a fines del siglo XV y principios del XVI, pp. 42-45, 219.

62 Antonio Sierra Corella, La censura de libros y papeles en España y los índices y catálogos españoles de los prohibidos y expurgados, pp. 62-73; 172-173; José Pardo Tomás, Ciencia y censura. La Inquisición española y los libros científicos en los siglos XVI y XVIl, pp. 24-25.

63 Marcel Bataillon, Erasmo y el erasmismo, pp. 181-182; Erasmo, El Enquiridion, pp. 160-177, 269.

64 Erasmo estaba de acuerdo con la conversión paciente y pacífica de los infieles por medio del diálogo, pero le parecía necesario que los cristianos mostraran conductas dignas de Cristo. En estos momentos, su obra pasaba a América y el primer obispo de México, el franciscano De Zumárraga, utilizaba la Paraclesis en sus Doctrinas y apoyaba la idea de difundir la Escritura en todas las lenguas.

65 Urdanoz, "Introducción", op. cit., pp. 32-33; Rawlings, Church, Religion and Society, op. cit., p. 30; Bataillon, Erasmo y el erasmismo, op. cit., pp. 60, 158.

66 Domingo de Soto, De la justicia y el derecho en diez libros, v. 1, p. 779.

67 Fernández, La universidad de Salamanca, op.cit., v. 1, p. 237.

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