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Investigación bibliotecológica

versão On-line ISSN 2448-8321versão impressa ISSN 0187-358X

Investig. bibl vol.22 no.46 Ciudad de México Set./Dez. 2008

 

Artículos

 

La composición orgánica de las bibliotecas parlamentarias: una perspectiva global

 

Organic composition of Parliamentary Libraries: a global perspective

 

Felipe Meneses Tello*

 

*Facultad de Filosofía y Letras de la UNAM, México. fmeneses@correo.unam.mx

 

Artículo recibido: 2 de abril de 2008.
Artículo aceptado: 29 de agosto de 2008.

 

RESUMEN

Se reflexiona en torno a las bibliotecas parlamentarias o legislativas en relación con la variedad estructural que presentan los órganos legislativos. Así, en la esfera de la composición orgánica de los parlamentos se advierten algunas características que presentan ese tipo de centros bibliotecarios dentro de esos organismos colegiados de poder público. Instituciones bibliotecarias que apoyan el quehacer político–legislativo de los parlamentarios (diputados y senadores). Se observa que las bibliotecas parlamentarias se han creado, desarrollado y transformado en diversos contextos nacionales, internacionales y supranacionales alrededor del mundo y existe una composición orgánica entre bibliotecas y parlamentos; el análisis incluye particularmente el contexto de América Latina y el Caribe.

De este modo, el autor incluye: 1] el concepto de parlamento, 2] el concepto de biblioteca parlamentaria, 3] las categorías orgánicas del Parlamento, 4] tipos generales de instituciones parlamentarias, 5] tipos de bibliotecas parlamentarias, 6] el estatus de algunas bibliotecas al servicio de los parlamentarios, 7] las bibliotecas parlamentarias en América Latina y el Caribe, y 8] la Comisión o el Comité de Biblioteca en la división de trabajo parlamentario.

Palabras clave: Biblioteca parlamentaria, Biblioteca legislativa, Parlamentos.

 

ABSTRACT

Reflexions are made on parliamentary or law libraries, in relation to the structural variety presented by legislative organs. It is emphasized that these types of libraries have been created, developed and transformed in accordance with national, international and supranational models existing around the world. The analysis focuses particularly on Latin América and the Caribbean.

Keywords: Parliamentary libraries; Legislative libraries, Law libraries, Parliament.

 

INTRODUCCIÓN

Si el Poder Legislativo es el centro de la actuación política circunscrita en el órgano conocido como «Parlamento», entonces se puede deducir que la información parlamentaria o para efectos de legislación requiere de un espacio bibliotecario destinado para la respectiva selección, adquisición, organización, difusión y circulación de fuentes bibliográficas. En esta tesitura, es factible discurrir sobre las bibliotecas parlamentarias como epicentros de acceso a la información pública en el ámbito de los instrumentos políticos en los que se basa el principio de la soberanía popular. En la variedad de funciones (según la teoría del Derecho parlamentario funciones de: representación, deliberación, financiación, legislación, control, orientación política, jurisdicción, asunto electoral, administración, investigación, comunicación y educación) que desempeñan esos organismos polivalentes de gobierno se encuentra una explicación lógica respecto al papel relevante que proyecta tanto la teoría de la bibliotecología parlamentaria como la práctica misma que se lleva a cabo en el seno de las instituciones bibliotecarias al servicio de los legisladores. Desde este ángulo, se percibe que los centros bibliotecarios engarzados en los parlamentos deben apoderar a los miembros de los órganos legislativos de los mecanismos idóneos de información, no sólo por el hecho de tenerlos mejor informados sino para apoyarlos para un mejor cumplimiento de esas actividades y funciones, que afectan a toda la sociedad. Tal es la razón que motiva a las bibliotecas parlamentarias a mantener una estrecha relación entre su quehacer y las tareas que realizan las comisiones y grupos parlamentarios. En definitiva, se piensa que los servicios bibliotecarios y de información que forman parte de la estructura orgánica de los parlamentos ayudan a facilitar el acceso a la información pública a todos los usuarios (internos y externos) interesados en los fondos que desarrollan esas instituciones.

En la práctica las bibliotecas parlamentarias están expresamente convocadas a ser unidades dinámicas que incluyen colecciones documentales y servicios adecuados para satisfacer las necesidades de información de aquellos sujetos dedicados al trabajo colegiado que efectúan en los parlamentos. En razón de esto esos centros bibliotecarios son el resultado de un fenómeno político institucionalizado que marca de manera importante la vida pública del Estado, la cual se caracteriza por la circulación, el análisis y la generación permanente de información. Esto significa que el servicio de biblioteca parlamentaria en sus diversos niveles históricos y sociales, ideológicos y culturales, subyace en la estructura de la convivencia política en consonancia con el sistema institucional que corresponde al poder público. En esta perspectiva, debe hoy resultar extraño que una asamblea parlamentaria no cuente con una biblioteca al servicio de los hacedores de leyes y el acceso organizado a la información bibliográfica que ellos requieren. El soporte de información–documentación del parlamento descansa en su diseño institucional, donde el binomio biblioteca–archivo (incluida la versión digital) constituye un área básica dentro de la organización interna de todo parlamento moderno. Las tareas referentes a la compilación y sistematización de información no pueden realizarse sin un buen centro bibliotecario que forme parte de los órganos internos de apoyo que constituyen los servicios técnicos de las cámaras de diputados y senadores.

Por tanto, el carácter de las bibliotecas parlamentarias debe ser profesional porque apoya la actividad de producción legislativa que se desarrolla en el seno de los parlamentos, asambleas o congresos; porque asisten a los expertos (asesores e investigadores) de los diversos temas que tratan las leyes; porque tienen la responsabilidad de informar y documentar a los legisladores y así evitar la producción de leyes ineficaces; porque son una vía para que la ciudadanía conozca el quehacer parlamentario, en general, y el contenido de las normas que conforman el ordenamiento normativo del Estado, en particular; porque se ajustan al principio de máxima información, esto es, a evitar esquemas de información incompleta, equivocada o falsa; porque son mecanismos para agilizar el flujo de información parlamentaria entre los representantes y los representados; porque son, en suma, canales para difundir la cultura parlamentaria y así promover el conocimiento en torno de lo que es la cultura legislativa apegada al Estado de Derecho. Por esta razón las bibliotecas de la estructura institucional del Poder Legislativo están caracterizadas, como las de los otros poderes públicos, por entornos y contornos político–estatales.

 

EL CONCEPTO DE PARLAMENTO

Acorde con el Diccionario universal de términos parlamentarios,1 la palabra «parlamento» deriva del latín parabolare y del francés parlament que significa hablar. Con este nombre se denota así al órgano que conforma al Poder Legislativo de un Estado; consecuentemente, al Parlamento se le conoce como al cuerpo colegiado que tiene un carácter representativo y en el que sus miembros comúnmente son elegidos por la vía del voto popular. Por extensión, el vocablo se aplica a la reunión de representantes del pueblo donde se discuten y resuelven los asuntos públicos. Así, según la fuente de referencia señalada:

Un parlamento es la institución política donde se debate y delibera sobre la vida nacional; es el centro al que concurren las distintas corrientes ideológicas de una nación; es donde se encuentran representados los ideales e intereses del pueblo; es el seno de donde emanan las disposiciones jurídicas que regulan la vida de la colectividad. En síntesis, –se continúa señalando en esa misma obra– el parlamento constituye uno de los ejes de la democracia que conjuntamente con el sufragio universal, los partidos políticos, los procesos electorales y la coordinación y equilibrio entre los poderes, conforman regímenes políticos más o menos estables.

Así, el Parlamento, como infieren Nava, Luna y Villanueva,

[...]es una asamblea o un sistema de asambleas en cuya base hay un principio representativo, variadamente especificado, que determina los criterios de su composición.2

Observamos así que el concepto de Parlamento abarca una definición amplia.

Cabe aclarar que si bien el término «Parlamento» designa a la asamblea de representantes del pueblo de un Estado, existen en el mundo otros términos propios para denominarlo. En esta lógica, encontramos que la institución política central del Poder Legislativo recibe diferentes nombres. Las asambleas legislativas de Reino Unido, Irlanda, Francia y Bélgica se denominan Parlamento; en España se las llama Cortes Generales; en Alemania existe el Bundestag o Dieta Federal, y el Bundesrat o Consejo Federal; Folketing y Storting son las expresiones que designan al Parlamento en Dinamarca y Noruega; y en Suecia se llama Riksdag. Mientras que en América, con base en el ejemplo constitucional de los Estados Unidos, el órgano en que reside el poder legislativo se denomina habitualmente Congreso (Congreso Nacional, Congreso de la Unión, Congreso de la República o Congreso General); una excepción a esta tendencia es el caso de Canadá, donde existe un Parlamento, llamado así a imitación del británico. En el resto del mundo se dan indistintamente los términos Parlamento o Congreso, con excepción de los países con tradición propia como Japón (donde se denomina Kokkai o Dieta Imperial) y en los antiguos órganos legislativos de los extintos Estados soviéticos (Soviets supremos). También en algunos países se le conoce como Asamblea Nacional, Asamblea Legislativa o Asamblea del Pueblo.

Por lo anterior, el órgano representativo del Poder Legislativo es un modelo de organización política cuya denominación más apropiada, en virtud del conjunto de funciones que desempeña, es la de Parlamento. Idea con la que concordamos, pues, como sostiene Orozco al reflexionar sobre el concepto «parlamentario», el parlamento es un "vocablo universal para hacer alusión a los órganos legislativos, no importando el nombre que adopten".3 En torno de este problema terminológico Copeland y Patterson afirman que pese a que en varios países se prefiere el nombre de «asamblea nacional» para referirse a esta gama de instituciones, " 'parlamento' es históricamente el término más común y más aceptado".4 Con base en lo anterior, el autor de este trabajo se inclina a usar el concepto de biblioteca parlamentaria y no el de biblioteca legislativa. De tal suerte que las instituciones bibliotecarias al servicio del Poder Legislativo del Estado comprenden, a juicio de quien esto escribe, todas aquellas «bibliotecas parlamentarias» que existen en el mundo, independientemente del nombre que reciba la institución política en cuestión. Lo importante es que a partir de lo que significa la palabra Parlamento se supere la disyuntiva conceptual que se ha hecho evidente en el campo de la bibliotecología anglosajona, pues la noción parliamentary libraries contrasta con el término legislative libraries. El uso indistinto de estas dos expresiones data de hace mucho tiempo, un ejemplo es el artículo, de más de setenta años, de Rais.5 Dilucidemos pues lo que se entiende como biblioteca parlamentaria.

 

EL CONCEPTO DE BIBLIOTECA PARLAMENTARIA

En el clásico diccionario de Buonocore la expresión que nos ocupa se define como aquella biblioteca que

[...]está destinada al uso directo e inmediato del hombre de gobierno –legislativo, altos funcionarios del poder ejecutivo, magistrados, judiciales, diplomáticos, etc.— y, subsidiariamente, a la colectividad.6

Si aceptamos la visión general de uso–usuario que asevera nuestro autor, entonces significa que ese centro bibliotecario es esencialmente una biblioteca gubernamental, idea con la que estamos de acuerdo; en lo que no es posible coincidir es en que la biblioteca parlamentaria esté también al servicio de usuarios–funcionarios de otros poderes públicos, pues en la práctica cada órgano de gobierno debe tener a su disposición su respectivo servicio de biblioteca. Bajo esta lógica, el Poder Ejecutivo debe contar con sus bibliotecas presidenciales (entre otros tipos de instituciones bibliotecarias diseminadas en el aparato de la Administración Pública) y el Poder Judicial con sus bibliotecas jurídicas en general, y sus bibliotecas judiciales en particular. Esta observación al concepto de Buonocore no sugiere que no debe imperar un espíritu de cooperación interbibliotecaria entre los diferentes géneros de instituciones bibliotecarias gubernamentales, sino todo lo contrario.

En el mismo tenor pero desde otro punto de vista, Englefield acota la comunidad de usuarios al apreciar que las bibliotecas parlamentarias son aquellas que están "[...]dedicadas a asistir a los legisladores en el nivel federal o estatal".7 Una postura intermedia se debe a García, quien apunta que tal tipo de biblioteca es una: "Biblioteca especial al servicio del personal y de los miembros de una cámara o asamblea del poder legislativo de un territorio".8 Este último concepto incluye en el universo de los usuarios tanto a los parlamentarios como al personal auxiliar de éstos. Lo que cabe poner en tela de juicio es el término de «biblioteca especial», sobre todo si esta expresión se usa como sinónimo de «biblioteca especializada», pues se piensa que los centros bibliotecarios que nos ocupan son, en virtud de las diferentes características que proyectan alrededor del mundo, generales por sus acervos; que versan sobre diferentes campos del conocimiento, son especiales por la naturaleza de la institución a la que asisten y por algunos formatos que constituyen ciertas porciones de sus colecciones documentales; son especializadas por el nivel de servicios que ofrecen y por el grado de información que contiene la variedad de fuentes bibliográficas, primarias y secundarias, que el personal bibliotecario maneja y que los usuarios requieren. Es por esto que coincidimos con Landau, quien valora que esos recintos se agrupan en la categoría simplemente de «otras bibliotecas».9

La relación de este tipo de centros bibliotecarios con el cuerpo legislativo en actividad se observa cuando Robinson escribe:

El papel genérico de la biblioteca parlamentaria es ser una fuente de información para la legislatura. El funcionamiento de ese papel varía considerablemente en términos de la visión estratégica, la escala de operación y el rango de servicios;10

en consecuencia, en relación con la composición orgánica del Parlamento. Desde esta arista, Martínez apunta que se trata de una

Biblioteca establecida en una institución parlamentaria con objeto de reunir, catalogar y clasificar libros y documentos relativos a las ciencias sociales, jurídicas, económicas y políticas, por un lado, y por otro, los documentos parlamentarios de los restantes países, publicaciones oficiales nacionales e internacionales y los diarios y publicaciones más importantes tanto nacionales como internacionales.11

Mientras que Priano asevera que esas bibliotecas:

Tienen como tarea principal la localización, el análisis, el tratamiento y el suministro de información a los miembros del Parlamento o, más en general, a las personas y a las instituciones involucradas en la decisión referente al proceso legislativo12.

Por lo que en definitiva, las bibliotecas parlamentarias, como afirmara Bennett, "en el nivel nacional usualmente existen en cada jurisdicción para servir al complejo legislativo".13 En este cuadrante definitorio se contempla, como es posible inferir, el quehacer referente a la organización y, de modo general, al desarrollo del tipo de la colección. Se advierte así que el concepto de biblioteca parlamentaria gira en torno de las diferentes actividades y los elementos que la constituyen; es decir, formula una idea concreta en torno de: 1] la naturaleza de los acervos que desarrolla el personal bibliotecario que la hace funcionar, 2] las diversas tareas de organización que lleva a cabo la biblioteca, y 3] la comunidad de usuarios a quienes debe asistir. Las bibliotecas parlamentarias destacan así por la tríada de funciones que desempeñan: desarrollo de las colecciones, organización técnica de los acervos y administración de los servicios.

Pero el factor determinante que caracteriza a ese centro bibliotecario es que forma parte de la composición de los servicios que asisten al personal que encarna el sistema parlamentario de gobierno. En este sentido, como advierte Robinson:

La misión común de todas las bibliotecas parlamentarias es servir como depósito de libros y otra información con la cual los miembros del Parlamento pueden producir.14

Sin embargo, la función de depósito se complementa de manera relevante con las funciones antes señaladas. Entonces, esos centros se pueden conceptualizar, desde una arista funcional, como los espacios que proyectan y desempeñan las relevantes funciones de depósito, de desarrollo de acervos, de organización y servicio de información documental, para apoyar el trabajo de los parlamentarios y el personal auxiliar; son los recintos que coadyuvan a mantener, en el contexto del proceso de la política, parlamentarios informados que puedan configurar en la práctica un Parlamento efectivo, o sea un órgano activo en el marco de la división de poderes. Bajo este esquema conceptual, como razona Priano:

Las biblioteca parlamentarias, de otro modo llamadas bibliotecas legislativas, son bibliotecas especiales. [...] La bibliotecología parlamentaria es, en consecuencia, aquella parte de la bibliotecología que examina la problemática de este tipo específico de bibliotecas.15

En efecto, la biblioteca parlamentaria es uno de los objetos institucionales específicos de estudio de la profesión y disciplina del bibliotecólogo. En este sentido, y en virtud que los centros bibliotecarios parlamentarios están incrustados en el conjunto de los poderes públicos, esto es, en el aparato legislativo del Estado y en el entramado de la política de la división de poderes, la bibliotecología parlamentaria puede ser parte de la configuración de una teoría de lo que se podría valorar más concretamente como bibliotecología política. Buonocore trazó cierto indicio en este sentido al afirmar "[...]que los fines de las bibliotecas parlamentarias deben estar determinados, en principio, por los mismos fines del Estado, órgano jurídico–político de la nación [...]".16 En esta tesitura, la dimensión social de la biblioteca parlamentaria está encauzada hacia la función de servicio en un orden político determinado, para así favorecer la generación y difusión de la cultura legislativa en particular, y para impulsar el desarrollo de la cultura de la legalidad en general que requiere la figura del Estado de Derecho para su cabal funcionamiento orgánico.

Así, la relación entre biblioteca, parlamento y política se distingue cuando

Kohl asevera:

La profesión de bibliotecólogo parlamentario, para ser eficaz, tiene que estar basada en un análisis cuidadoso de los procesos políticos en las sociedades interesadas, porque el poder político es más grande que el Parlamento.17

Es decir, la esfera de la política no se circunscribe ni se agota en el universo de este órgano deliberativo de gobierno, pues, como afirma también Kohl:

Los procedimientos de toma de decisiones de las autoridades nacionales supremas en sociedades occidentales incluyen, además de los partidos políticos, los medios (en la división de poderes a veces llamados el 'cuarto poder'), las instituciones autónomas dentro de la sociedad, en particular los grupos de interés especial o de presión, los funcionarios de la burocracia y, ciertamente, hoy en día los grupos de acción ciudadana.18

En esta arista, que expande el mundo de los protagonistas políticos, la biblioteca parlamentaria se contempla como la entidad bibliotecaria de desarrollo, organización, análisis, difusión y uso de la información para apoyar el ejercicio civilizado de la política. Es decir,

la posición de la biblioteca parlamentaria definida en este contexto es —a juicio de Kohl— el de una intermediaria, que identifica, encuentra, analiza, selecciona o extrae, interpreta, condensa y populariza la información creada en parte por alguien, pero necesaria para todos los que están implicados en los procedimientos de toma de decisiones y, finalmente, disemina de manera activa los resultados entre todos de una manera fácilmente accesible.19

De esta manera, es posible destacar la relación biblioteca–información–investigación en el contexto de las asambleas parlamentarias, pues como aseverarían Baker y Rush en torno del nexo que hay entre el miembro parlamentario y su información, "[...]el término 'servicios de información parlamentaria' es 95 por ciento sinónimo del trabajo de la Biblioteca"20 al servicio de esas instituciones deliberativas. Ideas que nos permiten comprender mejor la necesidad de escudriñar el concepto del tipo de biblioteca que nos ocupa, a través de la articulación del conocimiento que cultiva la bibliotecología con el de la ciencia política y la ciencia jurídica, entre otras afines, pues estas disciplinas son centrales en la producción de la teoría general del Estado, la cual puede ser la base cognitiva de una teoría política de la biblioteca parlamentaria, que sea parte fundamental del cuerpo de una bibliotecología política, nivel de maduración intelectual que se puede lograr a través de la articulación del conocimiento disciplinario de la bibliotecología con el de la ciencia política.

 

CATEGORÍAS ORGÁNICAS DEL PARLAMENTO

Intentemos hacer una categorizacion general de los organismos colegiados que crean y desarrollan bibliotecas parlamentarias. Con base en el número de cámaras, los parlamentos, en el orden federal o nacional, son unicamerales o bicamerales, de tal manera que la Asamblea del Pueblo de Dinamarca, la Asamblea Legislativa de la República de Costa Rica, la Cámara de Representantes de Colombia y el Congreso de la República de Guatemala, son sistemas parlamentarios unicamerales; mientras que la Dieta Imperial de Japón está integrada por la Cámara de Representantes y la Cámara de Consejeros; el Congreso Nacional de Bolivia conformado por la Cámara de Senadores y la Cámara de Diputados; el Poder Legislativo de Paraguay estructurado por la Cámara de Diputados y el Senado; el Congreso Nacional de Chile con su Senado de la República y Cámara de Diputados; y el Parlamento de la República de Uruguay formado por la Cámara de Senadores y la Cámara de Representantes o Diputados, son sistemas parlamentarios bicamerales, modelo cuyo origen data del siglo XVI, en Inglaterra, donde el parlamento británico sería dividido, acorde con la estratificación social, en dos asambleas: la Cámara de los Lores o Cámara Alta y la Cámara de los Comunes o Cámara Baja; la primera destinada a asumir la representación de la aristocracia y la nobleza y la segunda la encargada de representara la burguesía.

De modo que las bibliotecas parlamentarias, como sistemas de información documental, varían acorde con la naturaleza orgánica del Parlamento, misma que difiere por aspectos políticos, sociales, económicos, ideológicos y culturales en las diversas coordenadas de tiempo y espacio. Al respecto, Copeland y Patterson aseguran que "los Parlamentos nacionales varían en tamaño y forma, en ejercicio, en poderes y funciones, en autonomía y en procedimientos y tradiciones",21 por lo que "juegan diferentes papeles constitucionales, legales y políticos en sus respectivas sociedades". Así que

la historia del parlamentarismo —como infiere Kohl— sugiere que la mera existencia de un Parlamento como institución es resultado de la evolución eventual de las formas de participación de gobierno. 22

En este plano de percepción, este mismo autor piensa que "[...]la biblioteca parlamentaria puede contribuir a este proceso evolutivo".23 Pero además ese tipo de centros bibliotecarios también han sido y seguirán siendo objeto del proceso de cambio debido a la transformación política de los Estados, así como a los avances de la ciencia y tecnología aplicada al campo de la bibliotecología e información.

 

TIPOS GENERALES DE INSTITUCIONES PARLAMENTARIAS

En acuerdo con la extensión jurisdiccional, se observa que los parlamentos se dividen en: 1] locales, 2] nacionales, 3] multinacionales y 4] mundiales. La primera categoría corresponde a las asambleas parlamentarias cuyo poder público responde a la búsqueda de soluciones a problemas comunes que presentan los estados federados, y cuyo poder está en concordancia con la organización territorial o la división político–administrativa; es decir, aquellas asambleas que representan a la ciudadanía que constituye la población del Estado distribuida en entidades federativas, provincias, gobernaturas, departamentos, distritos, parroquias, regiones, municipios, etcétera. Los de alcance nacional son órganos parlamentarios dedicados a deliberar asuntos de interés público que atañen a la sociedad de todo un país. Los multinacionales los podemos subdividir a su vez en: a] continentales, b] regionales y c] subregionales. Los terceros, con cobertura continental, se pueden ilustrar con el Parlamento Europeo (PE), órgano de los representantes de los pueblos de los Estados miembros de la Comunidad Europea; la Asamblea Parlamentaria de la Organización de Seguridad y Cooperación en Europa, en la que participan 56 Estados con el fin de facilitar un diálogo interparlamentario que apunte a prevenir y resolver conflictos; así como la Unión Interparlamentaria Africana (UPA), organización interparlamentaria continental de los Parlamentos de los Estados Africanos.

Con cobertura regional destaca el actual Parlamento Latinoamericano (Parlatino), organismo regional, permanente y unicameral, integrado por los Parlamentos nacionales de América Latina, elegidos democráticamente mediante sufragio popular y con sede permanente en Sao Paulo, República Federativa del Brasil. Entre los de alcance subregional cabe mencionar los siguientes: la Asamblea Báltica, organización internacional establecida con el objetivo de promover la cooperación entre los parlamentos de las Repúblicas de Estonia, Latvia y Lituania; el Parlamento de la Amazonia, organismo permanente constituido por representantes de los Parlamentos de los países de la Amazonia (Bolivia, Brasil, Colombia, Ecuador, Guyana, Perú, Surinam y Venezuela) elegidos democráticamente; el Parlamento Andino, principal órgano deliberante común del proceso de integración subregional andina, esto es, Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela; y el Parlamento Centroamericano, creado para impulsar y orientar el proceso de integración subregional y la más amplia colaboración entre los países centroamericanos: El Salvador, Nicaragua, Guatemala, Honduras y Costa Rica. En este grupo de parlamentos multinacionales se distingue la Asamblea Parlamentaria de la OTAN, organización interparlamentaria de los parlamentarios de los estados miembros de la Organización del Tratado del Atlántico Norte (Bélgica, Canadá, República Checa, Dinamarca, Francia, Alemania, Grecia, Hungría, Islandia, Italia, Luxemburgo, Países Bajos, Noruega, Polonia, Portugal, España, Turquía, Reino Unido y Estados Unidos), entre otros 18 países asociados. La asamblea es un foro importante para el quehacer parlamentario sobre asuntos de seguridad, política y economía, y cuyo principal objetivo es promover el entendimiento mutuo entre los parlamentarios sobre los retos de seguridad a los que se enfrenta la asociación transatlántica. La cuarta categoría se ejemplifica con la Unión Interparlamentaria Mundial, que es un Parlamento de Parlamentos de los Estados soberanos. Mientras que el Parlamento Indígena es un Parlamento sui generis, pues es un organismo autónomo y no gubernamental, de ámbito continental, creado formalmente en el Primer Encuentro de Legisladores Indígenas de América y cuya Secretaría Permanente está en Managua, Nicaragua.

Algunos autores plantean ciertos modelos de Parlamentos con base en la relación legislatura–información. En la obra intitulada Lineamientos para bibliotecas legislativas se abordan tres modelos teóricos en relación con la integración de recursos y la capacidad de servicios bibliotecarios y de información para el funcionamiento eficaz del parlamento, a saber la: 1] legislatura en funciones, 2] legislatura informada y 3] legislatura independiente.24 Se intuye que esta concepción se debe a William H. Robinson, pues cuando fueron publicadas esas pautas era además presidente (1993–1997) de la Sección de Bibliotecas Parlamentarias de la IFLA. Así, más tarde Robinson25 configuraría un esquema con más detalle: 1] legislaturas rudimentarias, esto es, aquellas como las de la Europa Oriental y de la Unión Soviética, pues a su juicio, convalidaban ciega y unánimemente los actos de gobierno; 2] legislaturas incipientes, las cuales se hayan en un escalón evolutivo más alto puesto que cuentan con personal, equipo, salas de lectura y fuentes básicas de información, además de preparar bibliografías y otras guías para transmitir información a los legisladores; 3] legislaturas bien informadas son aquellas que disponen de personal adicional para hacer más eficaz el trabajo de cada parlamentario, así como con equipos de cómputo y telecomunicaciones, con facilidad de tener a su alcance bibliografías anotadas, impresión electrónica, resúmenes de proyectos de ley, etcétera, y 4] legislaturas independientes, o sea, aquellas que se ubican en el extremo superior de la gama respecto a la satisfacción de las necesidades de información, pues además de todo lo anterior, cuentan con todos los recursos indispensable para actuar sin la ayuda del poder Ejecutivo ni de otros ministerios. Bajo esta óptica, Díaz, basándose en los criterios de Robinson, renombra a los Parlamentos respectivamente como: legislaturas de aprobación automática, legislaturas emergentes,26 legislaturas informadas y legislaturas transformadoras. En este sentido, la palabra «legislatura» se entiende como el cuerpo legislativo en actividad.

Y así como varían las entidades parlamentarias respecto a diversos factores, así también difieren las bibliotecas que las asisten, pues se afirma: "Dentro de la administración de la legislatura, el lugar donde se ubica la biblioteca varía significativamente".27 Punto de vista que coincide con el de Priano, bibliotecaria del PE, quien asevera: "Al interior de la estructura del Parlamento la posición de la biblioteca puede variar enormemente". 28 En efecto, la variedad de las bibliotecas parlamentarias, en los ejes geopolíticos de Europa, en cuanto a la administración general que distingue la composición orgánica (departamentalización básica, organización jerárquica, amplitud de mando, relaciones de autoridad entre la línea y otros departamentos de servicios, etcétera) de aquellos centros en el seno de la estructura de esos institutos políticos se hace evidente en el directorio de Englefield29 intitulado Parliamentary librarles and information services. Sobre este mismo tenor, Buñuel al dilucidar en torno a la relación «biblioteca y parlamento» observa que

la mayoría de los Parlamentos han organizado sus servicios de información diversificando los contenidos y áreas en las distintas unidades documentales dentro de la Dirección de Estudios y Documentación.30

En este sentido, la existencia, la ubicación y el desarrollo del centro bibliotecario dentro de la estructura u organigrama del órgano legislativo, reflejan el peso específico que tiene el servicio de biblioteca en el quehacer de los parlamentarios, pues da una idea clara del estatus que el recinto bibliotecario mantiene dentro de la organización del quehacer parlamentario en sus diversos niveles y, en consecuencia, revela un criterio sobre su utilidad y, además, muestra el interés político de los legisladores por las funciones que desempeña en el marco de los servicios con que cuentan esos cuerpos colegiados de poder público. Bajo esta lógica, Priano razona:

La distancia, en la jerarquía de la responsabilidad, entre la biblioteca y el vértice del poder al interior del Parlamento refleja la posición de la biblioteca en el ámbito de la institución y su fuerza de negociación de la biblioteca respecto a los de otros servicios.31

Lo cierto es que el centro bibliotecario del Parlamento es un asunto de gran peso en el desempeño de las funciones de esa institución política.

 

TIPOS DE BIBLIOTECAS PARLAMENTARIAS

Es en el sistema político bicameral donde hallamos hoy en día la división del trabajo bibliotecario y de información parlamentaria que origina dos tipos de bibliotecas que asisten tanto al cuerpo de senadores (bibliotecas senatoriales) como al de diputados. Un ejemplo de esta modalidad se puede ilustrar con el Parlamento Brasileño, el cual cuenta, por un lado, con la Biblioteca Pedro Aleixo32 de la Cámara de Diputados y, por el otro, con la Biblioteca Académico Luiz Viana Filho33 del Senado Federal. Otro ejemplo se presenta en el Congreso de la Unión de la República Mexicana, el que tiene la Biblioteca Melchor Ocampo, "[...]unidad de información documental del Senado de la República";34 y la Biblioteca Legislativa de la Cámara de Diputados, con el objetivo de proporcionar "[...]servicios bibliográficos, hemerográficos y documentales"35 a esa cámara de representantes; además de la Biblioteca General del H. Congreso de la Unión,36 que tiene el carácter de biblioteca pública. Sin embargo no todos los parlamentos bicamerales cuentan con la distribución dual de los servicios bibliotecarios que requieren tanto los senadores como los diputados. Siguiendo a Feliú,37 la asamblea parlamentaria bicameral de Chile es un ejemplo al contar ésta, para ambas cámaras, solamente con la Biblioteca del Congreso Nacional. Un caso semejante es la actual Biblioteca de la Asamblea Nacional de Nicaragua, no obstante que antes tanto la Cámara de Diputados como la del Senado, asevera Mayorga, "tenía sus respectivas bibliotecas".38 La conversión de una asamblea parlamentaria bicameral en unicameral se ha venido suscitando en otros países.

Desde una perspectiva diferente, las bibliotecas parlamentarias se pueden categorizar, según la percepción de Kohl, expuesta en el World directory of national parliamentary libraries,39 en tres grandes grupos, a saber: 1] bibliotecas ex profeso, es decir, aquellas que desarrollan sus propios acervos documentales y disponen de personal propio; 2] bibliotecas híbridas, o sea, aquellas que, además de ofrecer servicio al Parlamento, asumen también otras tareas puesto que sirven a un público más amplio, 3] bibliotecas contractuales, las que cuando el órgano parlamentario no cuenta con biblioteca propia, tienden comúnmente a recurrir al servicio de bibliotecas nacionales o a importantes bibliotecas jurídicas para hacer funcionar el servicio de información creado en alguna parte de la estructura orgánica del Parlamento. Ejemplo del primer tipo son las bibliotecas de los Parlamentos de Bélgica, Francia, Alemania, Italia, Nueva Zelanda, Portugal, España, Suecia, Turquía y otros. En el segundo caso, destaca el hecho de que la biblioteca parlamentaria deba fungir también como biblioteca nacional, tal como la de Estonia, Estados Unidos y Japón. Respecto a la tercera situación, se hallan las asambleas parlamentarias de los países que conformaron la antigua Unión Soviética, así como el caso de Liechtenstein. En esta tesitura, Marcella, Carcary y Baxter40 plantean cuatro modelos de bibliotecas parlamentarias, atribuidos a Kohl: 1] las que sirven solamente a los parlamentarios, como la del Congreso de los Estados Unidos; 2] las que utilizan toda la clase política del país, en la que se incluye a los sindicatos y grupos de presión, funcionarios civiles, grupos de acción ciudadana y medios de comunicación, como en Alemania; 3] las que sirven a los parlamentarios y los profesionales del derecho, como en Hungría, y las que combinan la función de servicio de apoyo parlamentario con el papel de una biblioteca nacional, como en Japón. A estas categorías de Kohl, esos autores agregan: 5] las que sirven a los parlamentarios y al público en general pero excluyen específicamente a ciertos grupos tales como los profesionales del derecho. Como se observa, esta categorización toma como criterio esencial el factor uso–usuario de la biblioteca parlamentaria.

En virtud de la intensidad de trabajo que realizan las bibliotecas en la estructura del Parlamento, seguramente esos espacios de información y documentación continuarán evolucionando en torno de esas categorías. Al respecto Priano piensa:

Las bibliotecas parlamentarias están insertas en un contexto muy dinámico y están viviendo cambios que han revolucionado profundamente el propio modo de laborar y de proveer servicios.41

Pero también los cambios de la unidad bibliotecaria en el marco de la composición orgánica de los Parlamentos sin duda seguirán originándose por diversas razones de organización y administración, así como del desarrollo del Derecho parlamentario. De este modo, los centros bibliotecarios que asisten a las asambleas de este género continuarán evolucionando y transformándose al interior de esos órganos que proyecta la estructura del Poder Legislativo del Estado.

 

EL ESTATUS DE ALGUNAS BIBLIOTECAS AL SERVICIO DE LOS PARLAMENTARIOS

El estatus que tiene la biblioteca en el plano de la composición orgánica de los parlamentos varía también respecto, por ejemplo, a si: 1] tiene el rango o no de biblioteca nacional, y por ende, también si es biblioteca depositaría y, en consecuencia, responsable del acopio de la bibliografía nacional, por lo que algunas bibliotecas parlamentarias figuran, en términos generales, como centros bibliográficos del país; y 2] si es una unidad de información documental que encabeza, gestiona o administra el sistema bibliotecario de la nación, es una biblioteca central nacional. A este respecto en los Lineamientos para bibliotecas legislativas se asevera lo siguiente: "[...] la biblioteca legislativa puede tener una relación muy estrecha con la biblioteca nacional".42 Ejemplos son la Library of Congress (LC) de los Estados Unidos y la National Diet Library (NDL) de Japón, pues se sabe que esas dos instituciones bibliotecarias con carácter nacional, agregan dichos lineamientos, "han tenido que desarrollar un servicio especial de biblioteca e investigación para la legislatura, dentro de la biblioteca nacional".43 Se trata de las bibliotecas parlamentarias híbridas que distingue Kohl.

Otro caso de biblioteca parlamentaria híbrida es, en efecto, la NDL, pues Welch afirma que

tiene un papel dual: su función primaria es servir como biblioteca para la asamblea nacional, pero también sirve como biblioteca para el país entero, proporcionando el uso directo de sus instalaciones a todos los adultos en edad de más de veinte años, y crea los registros bibliográficos a que cada uno puede tener acceso. Actúa como una biblioteca central de distribución porque no presta documentos directamente a los individuos sino a través de sus bibliotecas locales. Junto con las bibliotecas gubernamentales sucursales, es la biblioteca más grande del Japón [...], una de las bibliotecas más importantes del mundo [...]en tamaño de colecciones, personal, y presupuesto es favorablemente comparable con la LC. Proporciona servicio a la rama legislativa – la Dieta – que es el órgano más alto de poder del Estado,44

el cual está constituido por la Cámara de los Representantes y la Cámara Superior de los Concejales, órganos políticos equivalentes, respectivamente, a las cámaras de diputados y senadores que existen en otros sistemas parlamentarios bicamerales. Así, concluye Welch, "la Dieta opera una biblioteca que ayuda al proceso legislativo y también a las funciones como una biblioteca central nacional",45 o sea, es tanto el centro bibliotecario parlamentario como organismo rector de los servicios bibliotecarios y de información bibliográfica de la nación. De tal suerte, en tanto bibliotecas gubernamentales que asisten a sus correspondientes asambleas parlamentarias nacionales, la LC y la NDL denotan en la práctica la mayor jerarquía político–bibliotecaria que puedan alcanzar las instituciones culturales de esa naturaleza en los parlamentos nacionales de modalidad liberal–democrática.

Desde otra perspectiva, la biblioteca, en la estructura del órgano colegiado que nos ocupa, no sólo ha figurado como recinto nacional, sino también paralelamente como un sistema de información documental internacional y supranacional. En la matriz multinacional, el Parlamento Europeo (PE) es un ejemplo en este sentido, pues en virtud que uno de los rasgos distintivos de ese organismo es el de funcionar a través de tres sedes diferentes (Estrasburgo, Francia; Bruselas, Bélgica; y Luxemburgo), cabe decir que las actividades parlamentarias del PE se llevan a cabo no sólo bajo el principio de división de trabajo, sino también bajo el principio de distribución de trabajo itinerante. Esta forma de composición orgánica, aunada a la diversidad lingüística de la euroasamblea, hace imposible que el servicio bibliotecario y de información se concentre en una sede, motivo por el que ese Parlamento gestiona, con diferente rango y organización, ese servicio. Así, en términos generales, los servicios bibliotecarios están distribuidos en un marco de servicios de información y documentación del PE.

En el caso de la sede de Bruselas, la sección de biblioteca, junto con la sección hemeroteca, la sección de documentación, la microteca y la electroteca o área de recursos electrónicos, se incrusta en el Centro de Documentación Parlamentaria (CDP), sistema fundamental del trabajo bibliotecario–informativo–documental de la eurocámara. La biblioteca del PE en Luxemburgo, la cual inició como, asevera Martín, "[...]un pequeño servicio cuya misión consistía en apoyar bibliográficamente el trabajo de los diputados",46 recibiría en los albores de la década de los sesentas del siglo pasado un fuerte impulso al decidir la autoridad correspondiente para convertir ese centro en una «biblioteca parlamentaria central»; esto es, un centro bibliotecario depositario en donde se acopiaran todas las publicaciones recientemente editadas en los países que constituyen la asamblea comunitaria. Dada "[...] la decisión —apunta Martín— de celebrar las reuniones plenarias en Estrasburgo y fijar Bruselas como lugar de trabajo de los distintos órganos parlamentarios",47 el CDP en la capital de Bélgica ha logrado alcanzar una importancia toral, por lo que la otrora biblioteca central parlamentaria en Luxemburgo ha sido convertida en un depósito bibliográfico que hoy sólo utilizan investigadores y becarios. No obstante, esa misma autora afirma que "[...]el núcleo central de los servicios de información internos del PE lo forman el CDP de Bruselas y la biblioteca histórica y los archivos de Luxemburgo".48 El trabajo parlamentario que implica el ejercicio democrático de las reuniones plenarias, llevadas a cabo durante una semana de cada mes en Estrasburgo, Francia, se apoya especialmente en el servicio de documentación que brinda el CDP de Bruselas, el sistema en línea Europarl y, presumiblemente, en menor medida, en aquella biblioteca histórica que llegara a contar, a comienzos de la década de los setentas del siglo XX, con más 70000 volúmenes.

En suma, de acuerdo con las características geopolíticas del PE, los recintos bibliotecarios de ese órgano deliberativo deben responder a políticas supranacionales, internacionales y nacionales, pues esa institución obedece a una particular diversidad político–ideológica–cultural de los Estados miembros que la constituyen. Este carácter geopolítico tridimensional figura especialmente en la naturaleza multilingüe de los fondos bibliográficos que desarrolla esa categoría de bibliotecas parlamentarias. Desde este ángulo, las bibliotecas parlamentarias supranacionales e internacionales presentan un nivel superior respecto a las bibliotecas parlamentarias nacionales, aunque en importancia estas últimas (como la LC y NDL), dada su tradición e influencia en el universo del quehacer bibliotecológico, tienen mayor fama a nivel mundial.

Robinson y Hyde al analizar la organización de las «parliamentary libraries» en la estructura del parlamento referente a la de los países de la Europa Oriental, afirman, en primera instancia, que "[...]todos los países examinados tienen una biblioteca parlamentaria".49 Así, su investigación arrojó, respecto al asunto que nos ocupa, los siguientes resultados: En cinco países la Biblioteca Parlamentaria es como un departamento o una unidad separada dentro del parlamento (República Checa, Hungría, Polonia, Rusia y Ucrania); dos bibliotecas nacionales están funcionando como Biblioteca Parlamentaria (Estonia y Lituania), y una Biblioteca Presidencial sirve como la Biblioteca Parlamentaria (Bielorrusia); y en otros ocho países la biblioteca forma parte de un gran departamento de "información" o "documentación": Albania, Bulgaria, Croacia, Latvia, Moldavia, Rumania, Eslovaquia y Eslovenia. En este plano geopolítico, podemos observar también que la biblioteca en la composición orgánica del parlamento varía, lo que evidencia la dificultad de construir las bases de un cuerpo teórico para esta categoría de biblioteca.

 

LAS BIBLIOTECAS PARLAMENTARIAS EN AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE

En la perspectiva de la composición orgánica de los parlamentos nacionales, enfoquemos nuestra mirada en la región de América Latina y el Caribe. Para tal efecto, se considera como fuente esencial los informes que fueron presentados en el Primer Encuentro Iberoamericano de Bibliotecas Parlamentarias, así como la información pertinente localizada en Internet. Respecto a la Biblioteca del Congreso de la Nación Argentina, se sabe que depende de la Dirección de Referencia Legislativa; ese centro bibliotecario, dice Raed, "[...]constituye un subsistema de información".50 Pero la autoridad directa es una Comisión Permanente Bicameral denominada Comisión Administradora de la Biblioteca, la cual resolvió en marzo de 2002 aprobar y poner en vigencia a partir de entonces "[...]el Reglamento de Circulación y Préstamo de la Dirección de Referencia General de la Biblioteca del Congreso de la Nación".51 Estas dos Direcciones son responsables ante la Dirección de Coordinación General, y la Biblioteca beneficia con sus servicios a las dos cámaras (de diputados y senadores) que constituyen el Congreso de esa nación. En el caso de la República Federativa del Brasil, Safe advierte:

Los servicios bibliotecarios y de información en el Congreso Brasileño son, actualmente, coordinados, en el Senado, por una Secretaría de Documentación e Información y en la Cámara [de Diputados], por un Centro de Documentación e Información [CEDÍ].52

La estructura del CEDÍ incluye, además de la Coordinación de la Biblioteca, la Central de Atención, las Coordinaciones de Archivo, Publicaciones y de Preservación de Bienes Culturales. De tal suerte que el CEDÍ es la unidad responsable de la gestión de la información en la Cámara de Diputados, mismo que tiene como misión: "Dirigir información para fines institucionales, preservar la memoria y el patrimonio cultural de la Cámara de Diputados y diseminarla para la sociedad",53 de tal modo que su visión es: "Ser centro de excelencia en gestión de información, contribuyendo para la promoción de la ciudadanía, la igualdad y la justicia social".54 En este sentido el CEDÍ tiene como valores el compromiso, la ética, el espíritu de equipo, la innovación, la calidad y la transparencia.55 Cabe resaltar que la Biblioteca del Senado Federal, con estatus orgánico de Subsecretaría, gestiona la Red Virtual de Bibliotecas (RVBI), la cual está formada por 15 bibliotecas, entre las que se incluyen la de la Cámara de Diputados, las de los tribunales superiores, ministerios y órganos públicos del Distrito Federal.56 Se observa así que la RVBI es una red de bibliotecas gubernamentales, puesto que incluye instituciones bibliotecarias de los tres poderes públicos (legislativo, ejecutivo y judicial) de Gobierno.

El Congreso de la República de Colombia es un parlamento bicameral, por lo que está constituido por la cámara alta (Senado de la República) y la cámara baja (Cámara de Representantes). Ambas cámaras tienen a su cargo, a través de una Dirección Administrativa, la Biblioteca del Congreso. Así, ese centro bibliotecario tiene la pretensión de ser, según Vivas, "[...]la mejor biblioteca jurídica del país".57 De tal modo que ese espacio bibliográfico se pretendía que estuviese vinculado, en la década de los noventas del siglo XX, con el Centro de Información del Congreso, y éste con el Sistema de Información Legislativa. Asimismo, la Biblioteca del Congreso de Colombia tiene, según la Ley 69 de 1973, el carácter de "Biblioteca Nacional Especializada".58 De tal suerte que esta institución desarrolla sus colecciones mediante Depósito Legal. Observamos en este caso que si no se confunde la naturaleza entre una biblioteca parlamentaria y una biblioteca jurídica, entonces se trata, según la percepción de Kohl antes vista, de una biblioteca híbrida.

En cuanto a la Biblioteca de la Asamblea Legislativa de la República de Costa Rica, Volio señalaría que

[...]en la estructura administrativa de la institución, los servicios bibliotecarios están a cargo del Departamento de Servicios Bibliotecarios, Documentación e Información, el cual depende, jerárquicamente, de la Dirección Ejecutiva, que constituye el órgano ejecutivo del Directorio Legislativo.59

En efecto, en el Artículo 213 del actual Reglamento de la Asamblea de esa nación centroamericana se estipula:

El Archivo y la Biblioteca de la Asamblea Legislativa constituyen departamentos al servicio de los diputados y empleados de la Asamblea, en el ejercicio de sus funciones. Los demás funcionarios del Estado y los particulares podrán consultar este Archivo y Biblioteca de acuerdo con lo que disponga el Reglamento Interno de Trabajo que regula las relaciones del personal administrativo de la Asamblea.60

Se observa así que la regulación de esa biblioteca configura, por un lado, la relación archivo–biblioteca que pudiera establecerse en el ámbito de la satisfacción de necesidades de información de los usuarios reales (diputados, asesores, asistentes, profesionales y empleados administrativos) y el estatus orgánico–funcional de las relaciones entre biblioteca–parlamento y, por supuesto, bibliotecario–parlamentario, fijando así la misión y función de ese centro bibliotecario: servir a los parlamentarios y al personal auxiliar o de apoyo de la Asamblea Legislativa. Respecto a la composición orgánica interna de la biblioteca parlamentaria de Costa Rica puede apreciarse en su actual organigrama.61

En Cuba, apunta Pagés,

la Asamblea Nacional del Poder Popular cuenta con oficinas auxiliares que apoyan el desempeño de su labor. En esta estructura está inserta la Biblioteca Parlamentaria;62

la cual

[...]pertenece al Sistema Nacional de Información, cuyo organismo rector es el Instituto de Documentación e Información Científico Técnica (IDICT), perteneciente a la Academia de Ciencias de Cuba.63

En otro documento, localizado en Internet,64 se detalla de manera más clara la composición orgánica del principal centro bibliotecario parlamentario cubano al aseverar que la Biblioteca–Centro de Documentación está subordinada a la Oficina de Información y Relaciones Públicas, y ésta a la Asamblea Nacional del Poder Popular, y que esa entidad bibliográfico–documental forma parte del Sistema Nacional de Información; que es miembro del Comité de Coordinación de Información Política y Social; y que tiene conexión con el Centro de Información de Prensa. Cabe agregar que el personal de la Biblioteca–Centro de Documentación, al servicio principalmente de los diputados que conforman la asamblea parlamentaria de Cuba, ha estado desarrollando importantes bases de datos, entre ellas la referente al directorio de bibliotecas parlamentarias de Cuba, además de participar en el Proyecto de Integración de Modernización de Bibliotecas Jurídicas de la Unión Nacional de Juristas de Cuba. De esta manera, ese centro bibliotecario–documental es considerado un centro nacional de investigación por las características de la documentación que atesora. En todo caso, es una biblioteca con peso político predominante puesto que está para asistir al órgano supremo del poder del Estado; esto es, el órgano de la República con potestad constituyente y legislativa.

Referente a la biblioteca parlamentaria que apoya al Congreso Nacional del Ecuador, Jara avala que

el Archivo–Biblioteca de la Función Legislativa es una institución descentralizada del Congreso Nacional [...] es una institución autónoma, pero administrativamente forma parte del Congreso Nacional.65

Acorde con lo que se asevera en su sitio web, la visión de ese centro bibliotecario es

[...]modernizar la organización y funcionamiento de la institución, para que sus servicios se optimicen al máximo y respondan en forma oportuna y eficiente a los actuales requerimientos y necesidades del Parlamento.66

De tal modo que el objetivo esencial es el suministrar

[...]a sus usuarios (legisladores, investigadores, estudiantes y público en general) la información de los fondos documentales, bibliográficos y legales, que posee, en forma ágil, oportuna, actualizada y confiable, vía red de informática utilizando los medios informáticos, que se encuentren al momento a su alcance e incrementando los que le sean necesarios a futuro.67

Por lo que entre sus funciones está la de

[...]preservar para las generaciones futuras la documentación de la Función Legislativa en las mejores condiciones posibles, en consideración de que sus colecciones constituyen lo más valioso del Patrimonio Documental del Estado, pues son venerables reliquias de la estructura jurídico–política de la Nación y de la Historia Patria.68

En suma, se observa que la biblioteca del Congreso Nacional del Ecuador relaciona los nexos organización–información documental y servicios–usuarios con miras a apoyar la función legislativa del Estado.

En relación con el cuerpo legislativo de Honduras, Pérez asienta que "[...] el Reglamento Interior del Congreso Nacional establece un servicio de biblioteca y archivo como órgano auxiliar del Poder Legislativo",69 formando así el Departamento de Biblioteca y Archivo con el fin de apoyar, en el marco de una estructura unicameral, a la Cámara de Diputados. En efecto, en cuatro Artículos de ese Reglamento (del 83 al 86) se hace alusión a las colecciones, los catálogos, las obligaciones y los requisitos del encargado de la Biblioteca, enfatizando sobre esto último que deberá: "Tener el suficiente conocimiento o preparación técnica, en lo relacionado con la organización y funcionamiento de archivos y bibliotecas".70 Cabe mencionar que la Biblioteca del Congreso Nacional de Honduras no figura en la estructura organizacional que presenta su sito web. Sin embargo, el hecho que se mencione en el marco de esa norma interna refleja el interés de los legisladores por regular el servicio de biblioteca, para así tener a su alcance el recurso documental disponible para el desarrollo, organización y diseminación de información que requiere el desempeño de las funciones parlamentarias.

Respecto a la Biblioteca de la Asamblea Nacional de Nicaragua, de ser departamento se convirtió en dirección, por lo que, señala Mayorga, "[...]la biblioteca es una dirección más de las direcciones que confirman la Dirección General de Asesoría Jurídica; cuenta con su propio organigrama".71 Además que se le considera como centro de información y documentación jurídica, y sus objetivos son:

Facilitar a la ciudadanía en general el acceso a los estudios o investigaciones de los Ante–Proyectos, Reformas y Nuevas Leyes, que se debaten en el Parlamento. Garantizar, controlar, centralizar, resguardar y conservar el material bibliográfico para dar un servicio adecuado a los usuarios internos como externos, así como toda información que produce la Institución y otras dependencias Nacionales e Internacionales que coadyuven a su fortalecimiento integral.72

No obstante la importancia que se evidencia en el planteamiento de estos objetivos y actividades, ese espacio bibliotecario no figura en la Ley orgánica del Poder Legislativo, norma que se refiere a la organización, funciones, atribuciones y procedimientos de la Asamblea.

Por lo que toca a la Biblioteca del Congreso de la República del Perú, se sabe, afirma Aranda, que

fue reestructurada en julio de 1997, y forma parte de la colección de la antigua Biblioteca Pública y Biblioteca Legislativa, siendo esta última, a su vez, la colección de la anterior Cámara de Diputados y del Senado de la República.73

Actualmente es un Congreso unicameral por cuanto está conformado por una sola cámara de congresistas. Así, en la página Web de ese centro bibliotecario, se asevera que apunta a: "Ser el mejor y más actualizado servicio de información para el Congreso de la República y los ciudadanos", [y de constituirse] en modelo de servicios entre las bibliotecas parlamentarias del mundo", [de tal suerte que su misión es]

Reunir, procesar y difundir materiales y servicios que faciliten el acceso a la información relevante para la toma de decisiones referidas al estudio y/o elaboración de proposiciones legislativas, de acuerdo a las necesidades específicas de cada tipo de usuario y utilizando la más avanzada tecnología de la información posible.74

Cabe resaltar que la estructura orgánica y funcional del Congreso peruano está conformada, según su Reglamento,75 por la Organización parlamentaria (ámbito de organización y trabajo de los Congresistas) y por el Servicio Parlamentario (órganos de asesoría y apoyo administrativo), pero en esa reglamentación se omite o ignora a la biblioteca parlamentaria de ese país. Pensamos que si el servicio de biblioteca de ese órgano se declara como «un servicio de información para el Congreso de la República del Perú», entonces es lógico inferir que forma parte de los servicios institucionales, confiables oportunos y eficaces que se estipulan en ese Reglamento. Pero falta que los legisladores hagan explícita la figura de la biblioteca en ese documento jurídico, tal y como se ha hecho en otros países.

Aguilera nos informa que

[...]el Congreso Nacional de Paraguay es un Parlamento bicameral, y que la Biblioteca fue creada en 1992 con la finalidad de reunir, adquirir, almacenar, seleccionar y organizar materiales bibliográficos y especiales que sean de interés para la institución y para el buen desempeño de las labores parlamentarias.76

Sin embargo, al consultar los sitios web de cada órgano legislativo, observamos que actualmente en su estructura orgánica presenta cada cámara su propio servicio de biblioteca. Así, la Cámara de Diputados cuenta con la Biblioteca y Archivo Central, espacios en donde se desarrollan y organizan colecciones de documentos relacionados con la función legislativa, atendiendo el centro bibliotecario a parlamentarios, funcionarios y al público en general;77 mientras que la Cámara de Senadores se apoya en el Centro de Documentación, el cual se estructura en: Servicio de Biblioteca y Servicio de Archivo y depende de la Secretaría, y se le considera como el órgano de apoyo a la labor parlamentaria, ya que su

[...]principal objetivo es garantizar la disponibilidad de la información y de la documentación necesarias para el desarrollo de la tarea legislativa/ parlamentaria, el estudio, la investigación, así como cualquier otra actividad desarrollada78

en esa Cámara. Así, ambas cámaras funcionan en forma independiente con sus respectivas entidades bibliotecarias.

La Biblioteca de la Asamblea Legislativa de El Salvador, según datos que nos ofrece su sitio en Internet:

Surge como respuesta a la necesidad de los Diputados, las comisiones de trabajo legislativo, funcionarios y empleados de la Asamblea de contar con información bibliográfica y documental actualizada necesaria, para enriquecer el grado de conocimientos de las personas involucradas en el trabajo legislativo, así como también el de todos los usuarios de la Biblioteca [siendo su objetivo] Brindar a los usuarios internos (Diputados y Empleados), y externos, información actualizada científica y técnica relacionadas con las diferentes áreas del conocimiento humano, y especialmente sobre el área política, jurídica, de legislación y parlamentarismo.79

Como se puede inferir, la relación colección–usuarios de la biblioteca, basada en el nexo necesidad–información, es lo que orienta la gestión del servicio bibliotecario de esa Asamblea parlamentaria. En otra latitud, la Biblioteca del Congreso Nacional de la República Dominicana se formó, nos informa Pereyra,80 en la década de los ochentas del Siglo XX con la unificación de la Biblioteca de la Cámara de Diputados y la del Senado de la República. Caso semejante es el de la Biblioteca del Poder Legislativo del Uruguay, pues ésta se origina, según Pereira,81 de la fusión de las bibliotecas que pertenecían, hasta fines de la década de los veintes del siglo pasado, a la Cámara de Representantes y del Senado.

Finalmente, la Biblioteca del Congreso de la República de Venezuela, bicameral hasta antes del régimen actual, se hallaba en un espectro difuso de información parlamentaria. Bencid al respecto afirmaría que

[...]el Congreso de la República de Venezuela tiene como soporte informacional propio el Centro de Información y Documentación Legislativa, la biblioteca, el archivo histórico, el Centro de Documentación Grupo Parlamentario Venezolano–Parlatino y el Centro de Documentación de la Fracción Parlamentaria Social Cristiana.82

En aquel Primer Encuentro Iberoamericano de Bibliotecas Parlamentarias, el mismo autor aseveró que ese centro bibliotecario estaba "en proceso de reestructuración y modernización de sus instalaciones físicas, equipos y en la adecuación de sus recursos humanos",83 previéndose que para 1994 estuviese interconectado al Sistema Nacional de Bibliotecas. Hoy en día, de acuerdo con el nuevo sistema político que proyecta Venezuela en el escenario mundial, los conceptos, el objetivo y la estructura han cambiado. Ahora se trata de la Biblioteca de la Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, centro que se inauguró en junio de 2006 con el ñn de promover la investigación, el intercambio de ideas y la divulgación de conocimiento, de tal modo que es un espacio dinámico donde prima la participación y el intercambio con las comunidades, conceptos enmarcados en el esfuerzo de la Asamblea Nacional por profundizar la democracia participativa. En este orden de ideas, su objetivo, preponderantemente político, es "[...]contribuir con la democratización del acceso al conocimiento y promover el debate nacional sobre la construcción del socialismos del siglo XXI".84 Orgánicamente, esa Biblioteca parlamentaria forma parte de la Dirección de Archivos y Biblioteca, la cual responde a la Secretaría de la Asamblea Nacional, y está situada dentro del Palacio Federal Legislativo, con sede en Caracas.

De acuerdo con la lectura de dichos informes y la consulta de las páginas electrónicas respectivas, se puede concluir que en América Latina y el Caribe: 1] todos los parlamentos cuentan con bibliotecas dentro de su composición orgánica; 2] el estatus de los centros bibliotecarios parlamentarios, es distinto por diversos factores sociales, políticos, económicos, ideológicos y culturales; 3] las denominaciones del servicio de biblioteca e información en el marco estructural de los parlamentos varían considerablemente; 4] es cada vez más frecuente que el término «centro de documentación y/o información» apunte a subordinar la palabra «biblioteca», y 5] la figura del bibliotecario–archivero o archivero–bibliotecario aún existe, asociándose a la existencia de la biblioteca–archivo o archivo–biblioteca como un servicio dual que se complementa en materia de información legislativa. Asimismo, las bibliotecas parlamentarias de Nicaragua, Perú, Dominicana y Uruguay, en virtud de sus fondos de origen y su configuración administrativa, podrían ser consideradas como organismos bibliográfico–documentales–bicamerales, puesto que pertenecen a y le dan servicio paralelamente a ambas cámaras. En estos casos, aun y cuando el sistema político es bicameral, la separación del trabajo bibliotecario y de información parlamentario para senadores y diputados, como aún se practica en México, Brasil y otros Estados, ha terminado fusionándose para conformar una sola biblioteca o un sistema bibliotecario para los dos órganos legislativos.

 

LA COMISIÓN O EL COMITÉ DE BIBLIOTECA EN LA DIVISIÓN DE TRABAJO PARLAMENTARIO

Por último, para entender desde otro punto de vista la importancia que ocupan las bibliotecas parlamentarias como servicio de información y documentación en el espacio estructural de algunos parlamentos, es menester mencionar la forma organizativa de esta institución política. A este respecto se sabe que en los inicios del régimen constitucional, el Parlamento se constituyó con la idea de asamblea única, la cual presentaba serios problemas en cuanto a funcionalidad y operatividad, ya que el trabajo deliberativo era difícil y los resultados superficiales. Esto motivó que se optara por el principio de división de trabajo cuyo fin era que la asamblea parlamentaria alcanzase mayor dinamismo y funcionalidad; es por esto que los parlamentos fueron organizados en secciones, comités y/o comisiones. En este escrito no se hace alusión a las diversas categorías de estos grupos políticos que se crean para ejercer sus funciones en el seno del Poder Legislativo, sólo se menciona que existen algunos parlamentos que, dada la importancia que han percibido los miembros de estos órganos deliberativos, respecto a las complejas necesidades políticas de información, bibliografía y documentación que requieren satisfacción y, por ende, la necesidad de contar con un recinto bibliotecario, por lo que han decidido integrar un órgano interno denominado Comisión o Comité de Biblioteca para referirse a la conformación de un grupo formado por legisladores (diputados o senadores en el caso de las comisiones unicamerales; diputados y senadores en la modalidad bicameral), el cual tiene entre sus objetivos velar por el desarrollo y funcionamiento eficaz de los servicios bibliotecarios, de documentación e información en el entramado de esos órganos de poder público.

Aunque tenue, hay aquí una diferencia que cabe aclarar o que es importante teorizar respecto a la esfera de autoridad. Tanto la «comisión» como el «comité» de biblioteca forman parte de los órganos internos de la estructura orgánica de los parlamentos. Pero cuando se trata de una comisión, ésta se crea principalmente para lograr un mejor cumplimiento de las funciones parlamentarias (representativa, deliberativa, financiera, legislativa, de control, electoral, administrativa, investigación, comunicación, educativa, y otras funciones que reconoce la teoría del derecho parlamentario) que demandan de servicios bibliotecarios y de información; esto es, la comisión contribuye a que el Parlamento cumpla con sus atribuciones constitucionales y legales; pero cuando se habla de un comité, éste es un órgano de menor estatus, influencia o alcance, puesto que se constituye como un órgano auxiliar que apunta a hacer más eficaz el proceso de administración bibliotecaria parlamentaria, y de esta manera alcanzar un servicio efectivo de biblioteca al interior del Parlamento. La diferencia podría estribar entonces en que la comisión de biblioteca es un órgano de organización del trabajo bibliotecario al interior del Parlamento, principalmente cuando éste es bicameral y tiene la responsabilidad de coordinar más de una biblioteca; mientras que el comité de biblioteca es un órgano auxiliar más bien de carácter administrativo al interior del propio centro bibliotecario, el cual responde al Parlamento unicameral o cuando, siendo bicameral, la jurisdicción del comité comprende solamente la biblioteca de una de las dos cámaras. No obstante, esta no es la regla, pues se observa que en ocasiones se usan indistintamente ambos términos; es decir, sin contemplar su radio de acción. Un ejemplo es la Asamblea Legislativa de la República de Costa Rica, la cual en su anterior Reglamento de Orden, Dirección y Disciplina de la Asamblea Legislativa; como afirma Bolaños,

[...] contempla la existencia de un órgano colegiado, denominado Comisión Permanente Especial de Libros y Documentos, que tiene a cargo 'La selección de los libros y documentos que se juzgue adquirir para la Asamblea' y está integrada por tres diputados, nombrados por el plazo de una año, por el Presidente de la Asamblea, en el curso del mes en que se inicia la legislatura.85

Es decir, una comisión que tenía un carácter limitado de comité para controlar el proceso de adquisición de acervos para la biblioteca parlamentaria, pues, sigue apuntando Bolaños:

Esta comisión surgió con el propósito de identificar al Diputado con la Biblioteca en la Asamblea Legislativa, haciéndolo partícipe en la adquisición de material bibliográfico, pues sus miembros deben aprobar las compras.86

Podemos inferir entonces que las relaciones entre biblioteca–parlamento y parlamentario–biblioteca están determinadas no sólo a través de los servicios bibliotecarios sino también mediante el funcionamiento orgánico de la comisión y/o el comité de biblioteca que existe en el entramado estructural del Poder Legislativo.

En efecto, Priano al respecto observa que para haya un control efectivo de los parlamentarios en relación con el servicio bibliotecario,

algunas bibliotecas están sujetas a la supervisión de parte de algunos miembros, que son elegidos o designados para esta tarea, y que forman eventualmente parte de un «comité de biblioteca».87

Uno de los fines originales de la institución de esos comités era —agrega Priano—

[...]la de garantizar la objetividad en la selección del material documentario adquirido, asegurando que la colección de libros fuese representativa respecto a los puntos de vista de todos los lineamientos políticos.88

Bajo esta óptica, el comité de biblioteca no sólo forma parte de la estructura de la división de trabajo parlamentario, sino que también refleja la importancia de lo que implica el desarrollo de las colecciones en el ámbito de la gestión del servicio bibliotecario parlamentario. Todo esto en el contexto del proceso general de gestión parlamentaria y del proceso especial que proyecta la administración de la biblioteca que asiste al cuerpo político del Poder Legislativo. Desde una perspectiva indistinta, la comisión y/o el comité es responsable del buen funcionamiento (mantenimiento del edificio y equipo, capacitación de personal, desarrollo de colecciones, organización de los acervos y administración y difusión de servicios) de la institución bibliotecaria que asiste a los diferentes usuarios oficíales o internos (diputados y senadores, personal auxiliar del Parlamento, personal autorizado por los Grupos parlamentarios y representantes de los medios de comunicación acreditados en el Parlamento, entre otros) y usuarios no oficiales o externos (personas que precisen hacer uso de la biblioteca con ñnes de estudio e investigación), ambos tipos de usuarios inmersos en el quehacer que realiza el Poder Legislativo. Asimismo, esa comisión o comité actúa como el portavoz de las actividades bibliotecarias en el seno del Parlamento e informa al público interesado en las tareas bibliotecarias parlamentarias mediante memorias, informes, reportes, actas, etcétera. Además de que funge como un motor orgánico para impulsar los mecanismos de modernización del sistema de biblioteca, documentación e información, marcados hoy en día por los avances de la tecnología electrónica.

Ejemplos de la conformación y funcionamiento de esos tipos de órganos (comisión o comité) en la región de América Latina los encontramos actualmente en Argentina y México. En Argentina existe la Comisión de Administradora de la Biblioteca89 del Congreso de la Nación, conformada por seis diputados y seis senadores, y sucesoria de la Comisión Bicameral de la Biblioteca del Congreso de la Nación. En este contexto, y en virtud del peso institucional y la relevancia política que tiene la principal biblioteca parlamentaria de Argentina, un caso extraordinario ha sido, según se asienta en la Resolución No. 116/06, la creación de la Comisión encargada de llevar a cabo las actividades pertinentes para formar la Red Federal de Bibliotecas Parlamentarias, esto considerando que "existe la necesidad de formalizar una red que conecte a esta Institución con sus pares provinciales, cuya demanda se ha visto planteada en recientes congresos".90 En esta perspectiva, se observa que un determinado Parlamento no sólo constituye comisiones para regular el proceso legislativo y otras actividades inherentes a la gama de funciones que desempeñan los legisladores en el seno de las cámaras, sino que también tiene la facultad de conformar comisiones con poder de estructurar sistemas de bibliotecas al servicio de las asambleas parlamentarias.

En México se cuenta con la Comisión Bicamaral Sistema de Bibliotecas91 del Congreso de la Unión, formada por cinco integrantes, esto es, dos senadores y tres diputados; y con la comisión ordinaria Biblioteca y Asuntos Editoriales del Senado de República,92 compuesta esta última por cinco senadores y la cual "[...]constituye la unidad básica de organización para el desarrollo bibliohemerográfico, editorial y cultural del Senado".93 Cabe mencionar que la Cámara de Diputados del Parlamento mexicano, antes que se formara la Comisión Bicamaral del Sistema de Bibliotecas, tuvo durante el siglo XX, según afirman Fernández y Martínez,94 Comisión o Comité de Biblioteca, variando a lo largo de los años el nombre: de Biblioteca, de Biblioteca y Archivo y finalmente de Biblioteca e Informática. Así, hoy en día la Comisión Bicamaral Sistemas de Bibliotecas está constituida por las bibliotecas de la Cámara de Diputados y las Cámara de Senadores (o Senado de la República), quedando reconocidas por separado las bibliotecas de ambas cámaras que componen el Poder Legislativo Federal de México. Estos cambios en la estructura política y administrativa del Parlamento Federal mexicano han sido sustanciales, y su modificación quedó regulada en el artículo 134 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.95

A guisa de ejemplo en el nivel local, la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (Ciudad de México), cuenta con el Comité de la Biblioteca "Francisco Zarco",96 constituido por cinco diputados, miembros de dos de las principales fuerzas políticas del país, y al cual, según el Reglamento para el Gobierno Interior de esa Asamblea Legislativa,97 corresponde realizar las siguientes actividades: I. Administrar la biblioteca de la Asamblea en los términos del propio reglamento de la Biblioteca; II. Mantener actualizadas y vigentes las colecciones bibliográficas de la Asamblea y otorgarles las facilidades a los Diputados, autoridades y público en general para ser consultadas; III. Promover el estudio de los temas referentes al Distrito Federal y auspiciar la consulta bibliográfica de la población sobre dichos temas; IV. Custodiar en la biblioteca la información que pongan a su disposición las demás comisiones para consulta pública; V. Impulsar que la Biblioteca de la Asamblea sea un espacio de producción de conocimientos sobre la ciudad y sus temas legislativos; VI. Celebrar convenios interbibliotecarios con otros órganos legislativos e institucionales de educación superior y centros de investigación, y VII. Difundir en el interior de la Asamblea el acervo con que cuenta la Biblioteca Francisco Zarco, así como las próximas adquisiciones". Estos casos demuestran que la biblioteca parlamentaria ha sido considerada como parte del sistema de comisiones y comités del cuerpo legislativo; sin embargo, esto no ha sido el común denominador en la región de América Latina y otras latitudes.

 

CONCLUSIONES

Las instituciones bibliotecarias al servicio del quehacer parlamentario comprenden todas aquellas bibliotecas que se ubican dentro de las estructuras orgánicas de los parlamentos que existen alrededor del mundo,98 sin tomar en cuenta el nombre que recibe la institución política (Parlamento, Congreso, Asamblea Nacional, Consejo Federal, Congreso de la República, Asamblea Legislativa, Dieta Imperial, Duma, Cámara de Representantes, Cámara de Consejeros, Senado de República, etcétera) en cada uno de los países ya tengan éstos régimen parlamentario o presidencialista, que son los modelos de organización política gubernamental que rigen hoy en día alrededor del planeta. Sin embargo, si bien es aceptable que al Parlamento se le denomine Asamblea o Legislativo, el término Parlamento tiene propiamente una connotación más institucional, puesto que proyecta la idea de debate; mientras que el término Asamblea connota que el órgano está formado por ciudadanos que representan al pueblo; y el término Legislativo significa que la función del Parlamento está relacionada única o principalmente con la elaboración de leyes, por lo que es más impreciso. Así, pese a que el Parlamento no tiene el monopolio de esa función de debatir pues desempeña a la vez otras funciones, quizá lo más recomendable sea el término de biblioteca parlamentaria.

El peso específico de la composición orgánica de los centros bibliotecarios en el contexto del Parlamento es posible apreciarlo con base en el reconocimiento de la función del servicio que desempeñan en el marco del trabajo que realiza ese órgano que constituye, en el esquema federal, el Poder Legislativo del Estado. Asimismo, el estatus y desarrollo de ese tipo de centros se distinguen a través de: 1] su normatividad en el Reglamento Interior de los órganos legislativos, 2] su funcionamiento bajo el control de una Comisión o Comité de biblioteca, 3] la información que está disponible en el sito web del Parlamento y 4] la información adicional que se difunde en la literatura sobre bibliotecología parlamentaria. Así, a la luz de la configuración jurídico–política y de la información del Parlamento, observamos que las bibliotecas al servicio de ese tipo de institutos políticos se hallan inmersas en la esfera de la actividad esencial del Estado: la función pública. Consecuentemente, las bibliotecas parlamentarias atienden, a través de sus servicios de información disponibles, principalmente a su comunidad de representantes populares; es decir, al interés público.

Dado que los centros bibliotecarios parlamentarios están insertos en la estructura de los poderes públicos; es decir, en el aparato legislativo del Estado y por lo tanto en el entramado de la política de la división de poderes, la bibliotecología parlamentaria puede ser parte de la configuración de una teoría de lo que se podría valorar, desde un prisma más general, como bibliotecología política, la cual se dedicaría a investigar la biblioteca parlamentaria como uno de sus objetos institucionales de estudio, a la luz del conocimiento que cultiva la bibliotecología pura, pero en estrecha relación con el de la ciencia política y la ciencia jurídica, entre otros campos afines. De esta forma estaríamos en condición de construir con cimientos sólidos una teoría política de la biblioteca parlamentaria.

 

NOTAS

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10 William H. Robinson, "Parliamentary libraries", en World encyclopedia of parliaments and legislatures, Washington, D. C, Congressional Quarterly Inc, 1998, p. 815.        [ Links ]

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12 Silvia Priano, Biblioteca parlamentare, Roma, Asociaciones italiana biblioteche, 2000, p. 5.        [ Links ]

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14 William H. Robinson, "Parliamentary librarles", Op. cit, p. 815.

15 Silvia Priano, Op. cit., p. 5.

16 Domingo Buonocore, Op. cit, p. 81.

17 Ernst Kohl, "The challenge of change in Eastern Europe to the parí ia menta ry librarles of the West", en IFLA Journal, 17 (2) (1991), 128–134.        [ Links ]

18 Kohl, op. cit.

19 Kohl, op. cit.

20 Anthony Baker y Michael Rush, The member of parliament and his information, London, George Alien & Unwln, 1970, p. 290.        [ Links ]

21 Garg W. Copeland y Samuel C. Patterson, op. cit, p. xix.

22 Ernst Kohl, "Collectlon development pollcles of parliamentary librarles", IFLA Journal. 17 (4) (1991), 389–394. 23 Kohl, op. cit        [ Links ]

23 Kohl, op. cit.

24 IFLA, Lineamientos para bibliotecas legislativas, Editor: Ernst Kohl, La Haya, Países Bajos, Federación Internacional de Asociaciones de Bibliotecarios y Bibliotecas, 1997, pp. 62–63.        [ Links ]

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27 IFLA, Lineamientos para bibliotecas legislativas...1997, p. 9.

28 Silvia Priano, Biblioteca parlamentare, Roma, Asociaciones italiana biblioteche, 2000, p. 9.        [ Links ]

29 Dermot Englefield, (Ed.), Parliamentary librarles and information services: a directory of the member legislatures of the European Communities and the Council of Europe, Roma, Camare de deputati, 1990,477 p.        [ Links ]

30 Marta Buñuel Adán, "La biblioteca y el parlamento", Revista General de Información y Documentación, 12 (1) (2002), 175–189.        [ Links ]

31 Silvia Priano, op. cit, p. 9.

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37 Ximena Feliú Silva, Primer Encuentro Iberoamericano de Bibliotecas Parlamentarias, Ciudad de México del 20 al 23 de octubre de 1993, México, Cámara de Diputados, Comité de Bibliotecas e Iformática, 1994, p. 184.        [ Links ]

38 Rhina Mayorga Paredes, "Nicaragua", en Primer Encuentro Iberoamericano de Bibliotecas Parlamentarias..., p.228.

39 International Federation of Library Associations and Institutions, World directory of national parliamentary libraries : including multi–national parliamentary libraries = Répertoire mondial des bibliothèques parlementaires nationales, comp. and ed. by Ernst Kohl, Bonn Deutscher Bundestag, Wissenschaftliche Dienste, Ed. 6, 1995 (1996).        [ Links ]

40 Rita Marcella, lona Carcary y Graemme Baxter, "The information needs of United Kingdom members of the European Parliament (MEPs)", en Library Management, 20 (3) (199), 168–178.        [ Links ]

41 Silvia Priano, Op. cit, p. 8.

42 IFLA, Lineamientos para bibliotecas legislativas...1997. p. 5.

43 IFLA, Lineamientos, op. cit.

44 Theodire F. Welch, Librarles and librarianship in Japan, Westport, Greewood Press, 1997, p. 27.         [ Links ]45 Ibíd., p. 112.

45 Ibíd.,p. 112.

46 Yolanda Martín González, La documentación y los servicios de información del Parlamento Europeo, Gijón, Asturias, Ediciones Trea, 2002, pp. 163–164. Allbíd., p. 143.        [ Links ]

47 Ibíd.,p. 143.

48 Ibíd.

49 William Robinson y Janice Hyde, "Legislatures and information capabilities in emerging democratic nations : a framework for assessment", en Parliamentary libraries and Research services in Central and Eastern Europe, München,: K. G. Saur, 1998, p. 21.        [ Links ]

50 Eduardo N.Raed, "Argentina", en Primer Encuentro Iberoamericano de Bibliotecas Parlamentarias..., p. 146.

51 República Argentina. Biblioteca del Congreso de la Nación, "RESOLUCIÓN N° 077/02 Buenos Aires, 18 de marzo de 2002", (citado: 27 de julio de 2007), disponible en Internet: http://www.bcnbib.gov.ar/institucional/reglamentos.htm        [ Links ]

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54 Ibíd.

55 Ibíd.

56 Brasil. Senado Federal, "Biblioteca Académico Luiz Viana Filho: RVBI", (Citado 30 de julio de 2007), disponible en Internet: http://www.senado.gov.br/sf/biblioteca/rvbi_historico.asp        [ Links ]

57 Diego Vivas Tafur, "Colombia", en Primer Encuentro Iberoamericano de Bibliotecas Parlamentarias..., p. 165.

58 Colombia, Congreso de la República de Colombia, "Biblioteca Luis Carlos Galán Sarmiento", (citado: 31 de julio de 2007), disponible en Internet: http://www.senado.gov.co/        [ Links ]

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61 Costa Rica, Asamblea Legislativa, en "Biblioteca: Organigrama", (citado: 27 de julio de 2007), disponible en Internet: http://www.racsa.co.cr/asamblea/biblio/organi.htm        [ Links ]

62 Rita Pagés Hernández, "Cuba", en Primer Encuentro Iberoamericano de Bibliotecas Parlamentarias..., p. 178.

63 Ibíd.

64 Cuba, Asamblea Nacional del Poder Popular, "La biblioteca Parlamentaria como parte del sistema informativo de la asamblea nacional del poder popular de la República de Cuba", (citado: 24 de julio de 2007), disponible en: http://www.ifla.org/IV/ifla67/papers/pre01.pdf        [ Links ]

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67 Op. cit.

68 Op. cit.

69 Andrés Pérez Murguía, "Honduras", en Primer Encuentro Iberoamericano de Bibliotecas Parlamentarias..., p217.

70 Honduras, Congreso Nacional de Honduras Reglamento Interno del Congreso Nacional de Honduras, (citado: 24 de julio de 2007), disponible en Internet: http://www.ciprodeh.org.hn/capitulo_il.htm        [ Links ]

71 Rhina Mayorga Paredes, "Nicaragua", en Primer Encuentro Iberoamericano de Bibliotecas Parlamentarias..., p. 228.

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80 Eddy Pereyra Ariza, "República Dominicana", en Primer Encuentro Iberoamericano de Bibliotecas Parlamentarias..., p. 250.

81 Jorge Pereira Parsons, "Uruguay", en Primer Encuentro Iberoamericano de Bibliotecas Parlamentarias..., p. 255.

82 Henry Bencid Scoot, "Venezuela", en Primer Encuentro Iberoamericano de Bibliotecas Parlamentarias..., p. 259. 83 Ibíd., p. 260.

83 Ibíd.,p. 260.

84 Venezuela, "Luis Beltrán Prieto Figueroa, Biblioteca de la Asamblea Nacional", (citado: 23 de julio de 2007), disponible en Internet: http://www.asambleanacional.gov.ve/ns2/Biblioteca%20Asamblea%20Nacional/triptico_final.pdf        [ Links ]

85 Manuel Antonio Bolaños Salas, "Los legisladores como usuarios de la biblioteca parlamentaria", en Revista Parlamentaria, 4 (1) (Abril 1994): 159–163.        [ Links ]

86 Op. cit.

87 Silvia Priano, Op. cit, p. 9.88 Ibíd

88 Ibíd.

89 República Argentina, Congreso de la Nación, en "Comisión de Administradora de la Biblioteca de Congreso de la Nación", (citado: 20 de julio 2007), disponible en Internet: http://www.senado.gov.ar/web/comisiones/cominfogral.php?nro_comision=102        [ Links ]

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