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Boletín mexicano de derecho comparado

versión On-line ISSN 2448-4873versión impresa ISSN 0041-8633

Bol. Mex. Der. Comp. vol.48 no.142 Ciudad de México ene./abr. 2015

 

Artículos

 

Los principios éticos y las obligaciones civiles*

 

Ethical principles and civil obligation

 

Roberto Sanromán Aranda**, Ivonne González Jaimes***, María Sofía Villa Caballero****

 

** Investigador principal: Roberto Sanromán Aranda, Centro Universitario UAEM Valle de México.

*** Ivonne González Jaimes, profesora de Asignatura UAEM, Valle de México.

**** María Sofía Villa Caballero, profesora de Asignatura de la UAEM, Valle de México.

 

* Artículo recibido el 18 de abril de 2014.
Aceptado para su publicación el 30 de octubre de 2014.

 

Resumen

La ética analiza problemas en su generalidad, es inútil acudir a ella buscando respuestas a lo que debemos hacer o no en situaciones concretas, a pesar de que la ética influye en nuestras decisiones gran parte de ella se debe a la condición moral de cada individuo la cual se determina en función a las necesidades de cada sociedad y al establecimiento del entorno de ésta. Es parte fundamental la moral, el derecho, y en particular las obligaciones civiles, y si existe un equilibrio entre estos podríamos afirmar que hay justicia. Los valores son considerados medios porque que nos conducen a un fin, a diferencia de las obligaciones que se encuentran contempladas dentro del campo del derecho. En el presente artículo se pretende comprobar la hipótesis de que el desempeño del abogado debe estar en el marco del derecho y de los principios éticos, actuando en senderos paralelos, para lograr un equilibrio entre estos, inculcados en la familia, reafirmados en las escuelas y aplicados en el ámbito profesional.

Palabras clave: ética, obligaciones, moral, derecho, ética profesional, responsabilidad social.

 

Abstract

The ethics try to resolve generality problems, it is useless to go to ethics for answers to what to do or not in certain situations, even though ethics influences our decisions much of it is due to the moral status of each individual which is determined according to the needs of each society and the establishment of this environment. The values can be considered as means for are those that lead to an end, unlike the obligations that are referred within the field of law, because it protects, monitors and regulates the legal relationship is between the individuals involved in an obligation, ie creditor and debtor, or that they should always act according to ethics. This article is intended to test the hypothesis that the performance of the lawyer should be within the framework of law and ethical principles, acting in parallel paths to achieve a balance between these, instilled in the family, in schools and reaffirmed applied in the professional field.

Keywords: Obligations, Moral, Law, Professional Ethics, Social Responsibility.

 

Sumario

I. Introducción. II. Ética en la persona. III. Implicación de los valores en la ética de la sociedad. IV. Aplicación de las obligaciones en el campo del derecho. V. Vínculo entre la ética y las obligaciones así como las relaciones que generan. VI. Ética profesional y la colegiación. VII. La responsabilidad social, su análisis. estudio e impacto hacia el entorno. VIII. Bibliografía.

 

I. Introducción

La metodología que se aplicó fue de tipo documental, con un pensamiento filosófico deductivo dirigido a los profesionistas, cuyo resultado de análisis reflexivo abordamos: en primer lugar, la ética en la persona y sus aspectos sobresalientes de la misma, para proseguir con lo importante que es reafirmar los valores que han de ser protegidos por el derecho y aplicados en una sociedad. Seguiremos con la ética profesional, mostrando lo trascendente que es su aplicación en las profesiones y en especial la del abogado, la colegiación profesional, los códigos de ética y finalizaremos con la responsabilidad social, como parte fundamental en el quehacer de cada persona en la sociedad.

En el presente artículo se pretende comprobar la hipótesis de que el desempeño del abogado debe estar en el marco del derecho y de los principios éticos, actuando en senderos paralelos, para lograr un equilibrio entre estos, inculcados en la familia, reafirmados en las escuelas y aplicados en el ámbito profesional.

En la época actual hablar de ética y su objeto de estudio que es la moral parece ser un tema superado, sin embargo se encuentra entre nosotros y más aún, se ha vuelto más tiránica. A pesar de habernos vuelto más permisivos, tolerantes y liberados ahora somos también más exigentes. La violencia se ha vuelto constante en nuestra sociedad aunque la condenamos con severidad, lo que ocasiona una disminución en la práctica de los valores y perjudicial para la moral.

Hoy en día, en México resulta impresionante el nivel de corrupción y de impunidad que se presenta en la vida diaria, ya sea dentro de un proceso, en el cumplimiento de las obligaciones adquiridas por la celebración de un contrato, en materia penal, civil, mercantil, en fin, en todas las áreas relacionadas con el derecho y con la vida en la sociedad; podemos encontrar un gran número de resultados que se adecuan con base en el interés personal y fines económicos, haciendo referencia a los profesionistas o prestadores de algún servicio especializado; de esta manera se omite la justicia y la ética profesional, generando así mismo altos índices de delincuencia, de inseguridad y de saturación de nuestro sistema de procuración de justicia.

Para otros, parece que es perder el tiempo. Reflexionar sobre el comportamiento moral se considera tarea innecesaria, pareciera que ya no le reservamos ningún lugar y que podríamos pasar la vida sin ella. La moral se ha convertido, entonces, en un tema incómodo, ¿cómo hacerlo desde un lugar más allá del bien y del mal? Más aún ¿cómo hacerlo si la certeza o confianza con que vivíamos se han ido modificando e inclusive desapareciendo?

Al encontrarnos en la era de la información estamos inmersos en noticias de manera globalizada que nos hacen ver una parte de la realidad y la preocupación que como docentes tenemos respecto a los alumnos de derecho, que son las generaciones más próximas para poder revertir la situación del país y ayudar al crecimiento en todas las esferas, partiendo de en la ética, y es así que nace la interrogante siguiente: ¿qué influencia, efecto tiene la aplicación de la ética en el ejercicio profesional del abogado en la sociedad mexicana y en otros países?, una vez que se haya analizado en la ética sus antecedentes, la aplicación de ésta en el ejercicio profesional de un abogado, y la responsabilidad social que se tiene, podremos corroborar la hipótesis propuesta para poder modificar o mejorar la calidad de vida, en la profesión del abogado en diversas áreas y distintos países.

Para dar inicio a esta investigación es de suma importancia hacer mención de algunas definiciones de ética.

 

II. Ética en la persona

La palabra ética proviene de ethos, que significa costumbre, hábito o carácter. La ética, en consecuencia, es la ciencia que tiene por objeto el estudio de los juicios de valor, aplicables al bien o al mal.

La ética analiza problemas vistos desde la generalidad, es inútil acudir a la ética buscando respuestas a lo que debemos hacer o no en situaciones concretas. A pesar de que la ética influye en nuestras decisiones gran parte de ella se debe a la condición moral de cada individuo. Ésta se encuentra en constante movimiento, aplicada a la convivencia social. "La ética, la cual no se refiere a objetos muertos o a una racionalidad abstracta y alejada de la realidad ordinaria que todos vivimos, sino busca analizar problemas prácticos que surgen en relaciones efectivas".1

No se puede negar que para el ser humano es vital llevar su paso a la par de la tecnología, de los avances y todo progreso, sin perder de vista que deben ser para el servicio mismo del hombre y nunca a la inversa.

El maestro Víctor Manuel Pérez nos refiere: "Consciente de esto, uno de los líderes políticos de nuestro tiempo señala que <<una de las paradojas del siglo XX es la inconsistencia entre el enorme conocimiento tecnológico de la humanidad y la deplorable situación de nuestro desarrollo moral y espiritual>>".2

Conviene centrar bien los elementos básicos: hombre y sociedad aunado a un tercero, el comportamiento, el derecho se ocupa de la conducta externa encausada a lograr la convivencia en sociedad.

"La principal dificultad con que nos encontramos al estudiar la ética, radica en que el objeto conocido somos nosotros mismos. En la ética somos juez y parte, y es difícil juzgarnos con objetividad es más, muchas veces tendemos a auto justificarnos...".3 No cabe duda que juzgarnos a nosotros mismos no es cosa fácil, la mayoría de las veces excusamos nuestro actuar, sin aceptar los errores o fallas cometidos.

Una cultura de ética en la aplicación del derecho nos dará la clave para que nuestros logros sean materiales y tangibles, ya que ambos son de gran importancia para la actualidad, y tienen una relación estrecha, e incluso en cualquier época de la vida nos enfrentamos con el derecho y la ética ya que sin ésta última la persona no podrá vivir dignamente en sociedad.

Podemos hablar de la ética social y profesional, pero no debemos olvidar la ética pública, que trastoca la parte educativa, académica, de la cual deriva lo siguiente: "El subimiento de la ética pública es una tarea impostergable, tanto en el sector gubernamental como en el académico, y sobre todo en una sociedad que experimenta una seria transformación en su estructura de valores", afirmó el rector de la Universidad Autónoma del Estado de México (UAEM) Eduardo Gasca Pliego. "El buen gobierno resulta sólo una aspiración si no comprendemos que en la confección de la tareas públicas y en la identificación de prioridades, tiene que ser incluidos un cúmulo de valores y principios retomados de la ética". El rector sostuvo que las necesidades colectivas, valores y principios de la ética pública tienen que aderezarse con las necesidades específicas de la profesionalización del servicio público y combate a la corrupción.4

Para el estudio y la mejor comprensión de la ética que nos ocupa, es decir, la ética jurídica, área que compete a la creación de esta investigación, podemos señalar lo siguiente: "La ética jurídica es una subdivisión de la ética general y puede ser entendida como la ciencia práctica que estudia racionalmente la bondad y maldad del acto humano derivado de un ordenamiento jurídico".5

Considerando que todo postulado jurídico, por regla general lleva consigo la unión de lo bueno y lo malo, en un esfuerzo que finaliza con el discernir social, la ética jurídica representa el instrumento inseparable en el ejercicio profesional de todo abogado. La moral se determina en función de las necesidades de cada sociedad y del establecimiento del entorno de ésta, ya que es empírica, es decir, práctica, estudia los medios, virtudes y deberes según corresponde al medio social, guiada por las formas de conciencia que dependen a su vez del sistema social y a las condiciones de vida de cada persona, ya sean económicas, políticas o culturales.

La diferencia esencial entre el derecho y la moral estriba en que el derecho tiene por objeto las relaciones entre personas, mientras que la moral recae sobre el hombre en cuanto individuo.

...El derecho no toma nunca en cuenta la conducta interior del hombre en gracia a ella misma, sino solamente por las consecuencias externas que puede acarrear. A la inversa de lo que ocurre con la moral, que sólo valora la conducta externa del hombre como expresión de sus intenciones, de su vida interior. 6

Por ello la importancia de la moral que parte de las buenas costumbres, mismas que son necesarias para lograr vivir éticamente, sin las cuales el ser humano no podría desarrollarse plenamente en su contexto social.

La influencia de la moral sobre el proceso de creación y aplicación del derecho es evidente. debe quedar claro que deben su carácter jurídico al hecho contingente de su incorporación al ordenamiento jurídico. Como dice Hart: "Ningún positivista podría negar que estos son hechos, o que la estabilidad de los sistemas jurídicos depende en parte de tales tipos de concordancia con la moral. Si es esto lo que se quiere decir al hablar de la conexión necesaria del derecho y la moral, su existencia debe ser concedida."7

Es de afirmar que el cumplimiento de las normas jurídicas no está supeditada a la moral; sin embargo, como se citó, existe una conexión, unión, del derecho y la moral, en la práctica del derecho pueden estar incorporadas a una conducta moral, "...independientemente de la tradición ética que se adopte, la formación de la conciencia moral y la aspiración hacia la autonomía moral del sujeto representan atributos que deben alcanzarse como condición para una vida moral íntegra y una convivencia justa".8 Es una manera en la que la persona puede desarrollarse dentro del núcleo social. La moral trata de la conducta humana respecto a elementos valorativos del bien y el mal, en tanto la ética estudia los fundamentos o bases con los cuales se reflexiona respecto a éstos, evalúa la conducta humana así como lo referente a la moralidad.

Con la justicia se debe establecer un equilibrio en las relaciones y contraprestaciones de los sujetos, de tal manera que exista armonía con dichas relaciones y con su entorno. Esto implica mirar la justicia desde un enfoque evolutivo, que inicie en la familia y se fortalezca en la escuela porque la moral debe dirigirse hacia la igualdad, equidad y reciprocidad, es decir, una construcción de justicia que incluya a todos, que cobre realidad en los actos cotidianos. Pasando de un enfoque centrado en el cumplimiento de reglas y convenciones a otro que apunte a desarrollar en los jóvenes una nueva concepción sobre la justicia, la equidad, el cuidado mutuo, los derechos y el bienestar de las personas. Mientras no se formen seres humanos sensibles, capaces de apropiarse de valores para que sean auténticos se esconderán en prácticas dañinas, o en caso extremo en seres apáticos y negativos para la sociedad.

Una herramienta para lograr la justicia, ética y moral, es la libertad puesto que es necesaria para que el hombre pueda ser ético y por tanto cumplir con sus obligaciones, o bien contribuir con la armonía social, algunos obstáculos para ello son: la ignorancia, el miedo, la violencia y la pasión.

La necesidad moral actúa relacionando un acto y el bien racional del hombre. La necesidad moral es una exigencia racional que nos constriñe a realizar determinados actos que nos perfeccionan, ya que están ordenados a nuestro bien racional, así como a omitir otros que nos alejan del camino de nuestra perfección.9

Mucho se ha cuestionado al abogado, en cuanto a la práctica viciada de sus servicios, conductas deshonestas y ventajosas, que han dejado la reputación y el prestigio de los "hombres de leyes" por los suelos, tales puntos de vista, son los que originan esta investigación, pues hoy en día es muy elevado el número de pensamientos negativos que surgen al mencionar esta profesión, puesto que, para la ética, el abogado debe ser un hombre íntegro, con valores excepcionales y de suma honestidad, al ser la justicia, el fin común de todo abogado. Sucede, que no podemos considerar la existencia de la ética fuera de la privacidad del hombre, como tampoco ajena a su vida profesional, ya que lo acompaña en todos sus actos, en toda su vida. Un hombre entre más se cultive internamente, más valioso será en su apreciación generalizada, su conducta será casi impecable en todo su actuar, por ello se dice, que un hombre sin valores, por más inteligente que nos parezca, se puede llegar a convertir en alguien más bestia que las mismas bestias, de allí la prohibición en nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 22, de todo tipo de tortura, así como de las penas inusitadas y trascendentales.

 

III. Implicación de los valores en la ética de la sociedad

Un aspecto importante a considerar en el hombre, derivado de la ética, son los valores, de alguna manera el ser humano no puede vivir sin ellos. Una forma de recuperar los valores es a través de la educación ante un mundo globalizado que han perdido los valores en el siglo actual, ya lo hemos dicho, la globalización trae cosas buenas y malas, dentro de las primeras podemos encontrar la tecnología, pero en la segunda la corrupción y la pérdida de valores en el grupo social.

"Los valores no son infundidos misteriosamente en nuestra personalidad. Poco a poco, bajo la ley biológica de la temporalidad, se van encarnando en nuestro ser."10 Está comprobado que en la familia en la cual carecen de valores, de moral y ética, los niños que serán adultos en un futuro, en la mayoría de los casos llegan a ser personas insensibles y delincuentes.

Los valores se han explicado de distintas maneras, por lo que "Una definición general sería qué valor es aquello que tienen las cosas y las personas que nos obliga a estimarlos, es decir a juzgarlos positiva o negativamente. Esto es algo en lo que coinciden todos los filósofos..."11.

Podemos decir que los valores son cambiantes, y se pueden amoldar a la época y sociedad en que se practican.

Asimismo, cabe señalar que no existen sistemas de valores puros, es decir, los valores son cambiantes no sólo entre las sociedades, sino al interior de las mismas. Entonces, no se puede concluir que un grupo humano sea de alguna forma u otra a partir del análisis de sus valores, sino una buena cantidad del grupo mantiene valores acordes con algún modelo social particular.12

Como consecuencia del subjetivismo de los valores, por la falta de su objetividad, la sociedad no los practica, los valores se fomentan en la escuela, se aprenden y viven en la familia, en la comunidad y el gobierno debe respetar y proteger los valores, como puede ser por medio de los mentores, al no existir éstos, no se pueden objetivar los mismos, lo que trae como consecuencia una patología en la sociedad, por lo que inculcar los valores es un aspecto muy importante para el desarrollo íntegro de la persona, si hablamos del valor de la salud, se deben buscar todos los medios necesarios para tener buena salud, tales como buena alimentación, suficiente ejercicio, etcétera; pero por desgracia muchas veces no se da esto. Como ya lo habíamos mencionado:

Los valores han pasado a segundo plano: La sociedad en general se ve sometida al ritmo de vida de cada época; en ésta, por ejemplo, el estrés determina nuestro temperamento —frecuentemente alterado—. Así, una serie de factores desplazan o usurpan el lugar privilegiado que la convivencia pacífica solían tener.13

Sólo el ser humano puede valorar moralmente algo, el valor moral con lo que trabaja el hombre tiene características específicas, es decir, el valor con el que se relaciona la moral, es lo bueno. La moral para ser valorada requiere de libertad humana. Será bueno para el hombre lo que le da felicidad, lo que le es útil, lo que lo mantiene vivo, o seguir lo que la razón indique, todo esto dependerá del punto de vista de quien requiera verlo, ya que cada uno le da su enfoque.

Todo ordenamiento jurídico suscita la confrontación de las leyes con los valores esenciales de la persona. La confrontación con la ley debe ser positivamente resuelta, de lo contrario el hombre no encuentra en ésta, aquello que le garantice su realización personal y la seguridad necesaria para desarrollarse como persona.14

El ser humano tiene un propósito en la tierra y es el cumplir con sus fines existenciales que le permiten desarrollarse en sociedad, que en la medida que realiza las cosas de acuerdo con las leyes que le son establecidas y a una cultura sólida influirá en la realidad en que vive.

Un valor importante a considerar es la buena fe, misma que:

es concebida por Rafael de Pina como una disposición de ánimo que lleva a proceder leal y sinceramente en las relaciones con el prójimo. En voz del maestro Luis Gustavo Arratibel Salas; la buena fe es la obligación de dirigirse y actuar en forma honrada en la celebración y durante la vigencia y ejercicio del contrato.15

Existen otros valores con los cuales la persona debe vivir de manera cotidiana, tales como la honestidad, la responsabilidad, la justicia, entre otros, no menos importante que la buena fe.

Como dijo William Shakespeare "No existe nada bueno ni malo; es el pensamiento humano el que lo hace parecer así"; sin embargo, lo que puede beneficiar a alguien en ciertos casos perjudica a otra persona, he aquí el punto inicial de lo bueno, pues si procedemos haciendo lo que nos hace feliz, sin molestar o afectar a los demás somos virtuosos. Cada quien debe valorar qué provoca el mal, sea como ausencia o como presencia.

1. Deontología en el profesionista

Es trascendente recordar que el hombre ha de cumplir con ciertos deberes, con la sociedad, y con su profesión, por lo que existe una ciencia denominada deontología y de acuerdo a lo siguiente:

"El término deontología proviene del vocablo griego deon, deber, y logos, razonamiento o ciencia...".

Según Bentham, la deontología se refiere a los deberes que cada persona tiene consigo misma y con los demás.

La palabra "deontología", que aunque lingüística y socialmente no sustituye a las de "ética" ni "moral", ha venido a influir en un círculo cada vez más amplio de personas y culturas, ya que siendo "la ciencia que estudia el conjunto de deberes morales, éticos y jurídicos con que debe ejercerse una profesión liberal determinada", satisface cualquier tipo de expresión o sentido axiológicos.16

En lo que respecta a la deontología, su objeto de estudio son los principios del deber y las normas morales; asociada con la axiología forma parte de la ética normativa, hay dos principales tipos de deontología; una el deber ser de nuestra vida cotidiana, es decir, si debemos hacer o no lo correcto en alguna situación, y la segunda que determina el comportamiento respecto a las reglas planteadas o necesarias para la convivencia o desarrollo, por lo tanto, la deontología tiene la intención de actuar conforme a la ética y a lo establecido. (La primera es la deontología aplicada y la segunda es prescriptiva).

La diferencia entre la deontología y la ética está en que la primera aplica principios creados a partir de lo pre establecido, y la ética con base en los estudios de diversas sociedades genera principios que después convierte en universales.

Si aplicamos la deontología a distintas profesiones viene a constituir un código de conducta o comportamiento bajo el cual deben actuar; hay que considerar que la deontología se mantiene del derecho y de la moral. A cada profesión y en particular a determinada actividad hay que agregar valores como la justicia, la equidad, la verdad, etcétera. Los cuales ayudarían a las deontologías aplicables a cada situación.

Es importante considerar que el derecho regula algunos aspectos en la actuación de determinadas profesiones, tomemos como ejemplo que el abogado tiene el deber de comportarse correctamente con su cliente, atender el asunto con prontitud no divulgar información, obtener una remuneración justa y equitativa. Así como en la profesión del abogado acontece dicha situación, se puede dar en cualquier otra actividad.

El deber de cada persona de comportarse, en muchos casos no puede ser sancionado o forzado, dependerá del actuar moral de cada persona, pero en la medida que observemos las normas de comportamiento deontológicas tendremos un mejor desarrollo y una sana convivencia, lo que nos permitirá el logro de nuestros fines.

En distintas profesiones existen códigos de conducta que contienen normas deontológicas y que contribuyen a una concientización del actuar, en la medida que los apliquemos y los hagamos nuestros seremos más responsables y actuaremos correctamente bajo nuestros principios morales y como consecuencia en observancia de las normas jurídicas.

La responsabilidad ética puede conformarse de varias características:

— Actuar ante el bien que razonablemente debe hacerse. Recordemos que muchos delitos se actualizan justamente por omisiones culposas o dolosas.

— No conviene proceder de modo individualista, si se advierte que se podrían obtener mejores resultados buscando la cooperación o la actuación de manera asociada.

— No se debe actuar únicamente para lograr satisfacciones superficiales, sentimientos negativos o motivos no racionales.

— Ante el deber, debe predominar la responsabilidad, haciendo a un lado otro tipo de sentimientos. El actuar ético se exige frecuentemente.

 

IV. Aplicación de las obligaciones en el campo del derecho

Primeramente tenemos que recordar la definición del derecho, considerado como un conjunto sistematizado de normas jurídicas que regulan la conducta del hombre en sociedad en busca de un bienestar general o el bien común.

En la aplicación del derecho se debe buscar la justicia como una constante, pues el derecho lo crea la sociedad con efectos prácticos para lograr una convivencia pacífica entre todos los hombres en busca de su bienestar.

Los valores son trascendentales para el mundo del derecho, en todos los países, en la medida que los apliquemos, nos resolverán distintas problemáticas, con el objeto de fijar soluciones justas y equitativas y dar avances que signifiquen logros importantes para la sociedad, en la que se desenvuelven las personas.

El derecho genera obligaciones, mismas que surgen en el derecho romano: "...el término de obligación proviene del latín obligare, obligatio, significa alrededor y ligare que significa acción de atar, por lo cual se entiende que hay una atadura física sujeción moral, entendiendo a la primera con obligatoriedad y exigibilidad, y la segunda se anexa a una consecuencia."17

La materia de obligaciones se encuentra dentro del campo del derecho, como consecuencia protege, vigila y regula el vínculo jurídico que se da entre los individuos participantes en una obligación, es decir, acreedor y deudor. Al presentarse dicha relación jurídica surge una prestación que puede consistir en un dar, un hacer o un no hacer. Así las normas jurídicas constriñen al pago de la prestación, que esta última es el objeto indirecto de la obligación.

Como individuos con capacidad de goce y ejercicio, nos vemos involucrados en distintos actos —como los contratos— y hechos jurídicos que generan obligaciones, mismas que deben ser cumplidas de manera responsable y ética, como una necesidad hacia la colectividad a la que nos debemos.

Independientemente del uso que se haga de la facultad de contratar, lo cierto es que este instrumento jurídico es piedra angular de la sociedad contemporánea, misma que sin él resultaría inimaginable. Una sociedad sin contrato quedaría fatalmente paralizada. La historia ha demostrado que el contrato es una manifestación esencial de la personalidad que debe ser encauzada por el jurista para conducirla a la mejor realización de los valores que en cada caso se persigan atendiendo a las condiciones de cada época.18

Pongamos por ejemplo, el cumplimiento de un contrato de prestación de servicios profesionales que genera obligaciones y derechos que deben estar supeditados a una conducta moral y justa, aplicable aún sinnúmero de actos jurídicos que se llevan a cabo en el mundo del derecho, en el que se dan los acuerdos celebrados día a día.

En la aplicación de las obligaciones, los juristas, como profesionistas, deben buscar soluciones justas ante los recurrentes problemas que se les presenten en el quehacer diario de la profesión. A mayor abundamiento el tratadista Carlos Alberto Ghersi, hace referencia a Larenz en Derecho positivo y dice:

concierne por igual a filósofos y juristas la cuestión de determinar los requisitos que un ordenamiento jurídico tiene que llenar para poder ser considerado derecho justo... Al jurista porque si bien es cierto que puede limitarse a cumplir las normas de un concreto derecho positivo, en la búsqueda de decisiones judiciales, no pude evitar que se lo coloque incesantemente ante el problema de saber si lo que hace es o no justo, sobre todo cuando las relaciones vitales cambian y las cosas no se plantean de modo igual.19

Se puede afirmar, que las obligaciones se deben aplicar en el campo del derecho de una manera justa y moral, con principios éticos, para el logro de un bienestar de las personas, originado por sus distintas relaciones sociales y de cualquier otra índole.

 

V. Vínculo entre la ética y las obligaciones así como las relaciones que generan

La palabra vínculo implica relación o atadura entre dos cosas que reúnen ciertos elementos que pueden ser comunes o complementarios y que por lo mismo nos hace relacionarnos.

Si bien la ética se puede resumir en el comportamiento racional del ser humano, en el actuar con base a principios morales de un buen proceder, para no violentar la esfera social y en especial la jurídica.

Al omitir la ética en la materia de obligaciones se puede complicar dicho vínculo que se hace presente entre las partes, acreedor y deudor, puesto que no obran conforme a principios éticos sino que los envuelve un aspecto material, como puede ser la constante búsqueda de intereses económicos, intereses de poder o bien la falta de moral, debemos considerar que en tales motivos conllevan a la intervención del derecho al proteger el interés jurídico de ambos sujetos y la consecución de la justicia, en función de dar al acreedor y al deudor lo que les corresponde, es decir, lo que les es suyo y les pertenece.

Retomando el tema de obligaciones creemos que debemos considerarla "...como una ligadura física o sujeción moral que genera distinciones entre las obligaciones jurídicas y las morales; en las primeras se entiende la obligatoriedad y la exigibilidad, mientras que en las segundas se anexa a lo anterior una consecuencia".20 Finalmente cualquiera que fuese el asunto siempre va a existir una consecuencia y en algunos puede derivar importantes consecuencias jurídicas.

Como obligación del profesionista, en especial hablando del abogado o el experto en derecho, debe ser la procuración de la justicia, la aplicación de la misma, conforme a derecho, es decir, sin tomar caminos o salidas fáciles, también tenemos como obligación promover los valores, o sea, ser hombres virtuosos.

"En su tránsito por la vida se espera que el profesionista busque el desarrollo de estas virtudes que le van a conferir su relación como persona. En el desarrollo de ellas confluyen la familia, la escuela y la comunidad en general".21

Como nos podemos percatar, cualquier persona (no sólo un profesionista) tiene relaciones sociales que contienen aspectos jurídicos, unidos como ya lo hemos dicho a distintas virtudes dentro de las que encontramos la práctica de la justicia, la dignidad de la persona, entre otras. El estudiante, al preparase en las universidades, le inculcan los valores que al llevarlos a la práctica en su vida profesional y en el cumplimiento de los códigos de ética, que son creados por distintos grupos de profesionistas en diversas instituciones, reafirma la aplicación de los mismos.

Las relaciones que se dan en la familia, en las universidades y en la sociedad en general se ven involucradas no solo por aspectos jurídicos, sino también en el aspecto moral y ético, si una persona crece dentro de un hogar donde existen estos aspectos aumenta la probabilidad de que esta persona los aplique en su vivir, por ende, su desarrollo será íntegro y la convivencia en sociedad lo hará adoptar más valores.

Existe un principio ético que impregna el contrato desde su nacimiento hasta su conclusión: el principio de confianza o buena fe; por eso, el Código Civil sanciona los contratos celebrados en fraude de acreedores, simulación de contratos y contratos cuyo objeto contiene vicios ocultos (artículo 2142). Con razón, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha declarado: la buena fe es la base inspiradora de todo derecho y debe serlo, por ende, del comportamiento de las partes en todas sus relaciones jurídicas y en todos los actos y procesos en que intervenga.22

 

VI. Ética profesional y la colegiación

Es importante utilizar la ética en todas las profesiones, porque es trascendente para el progreso de un país, como en la economía, en el derecho, el profesionista debe estar preparado y aplicar los principios éticos que le han inculcado en su familia, en la escuela o en la sociedad, es por ello que si vivimos y aplicamos nuestra profesión con principios éticos, la sociedad se desarrollará correctamente y cada individuo dentro del núcleo social logrará sus fines existenciales.

Ya estudiada la ética en general, nos corresponde estudiar la ética en las profesiones, que es la que tiene por objeto el estudio de los deberes y los derechos de los profesionistas, es decir, lo que es moralmente justo en las funciones de las profesiones.

En la ética profesional se nos presentan dos perspectivas:

la ética especulativa y la práctica. La primera estudia los principios fundamentales de la moral tanto individual como social y los toma como punto de partida en el análisis de los deberes y derechos profesionales. La segunda determina y establece mediante reglas y normas de comportamiento, el orden necesario para procurar el bien del grupo o comunidad.23

Es importante considerar que los códigos de ética profesional han servido para incluir las reglas morales para realizar las actividades de las distintas profesiones, y llevar el ejercicio de la profesión de una manera honesta, leal y responsable, con los distintos gremios profesionales y con la sociedad.

De acuerdo con lo anterior es trascendente mencionar la colegiación profesional obligatoria, que en México no lo es, sin embargo, en otros países como España, Estados Unidos, Brasil, Perú, Argentina, entre otros, han adoptado el principio de colegiación profesional obligatoria, para ofrecer una prestación profesional con cuantificaciones de conducta ética, basada en valores y principios morales. En México han existido colegios de profesionales desde la segunda mitad del siglos XVIII, como es el Colegio Nacional de Abogados, por lo que la preparación de los profesionistas de una manera ética e integral no es cosa nueva, lo importante es ir reforzando los principios éticos en códigos de conducta.

La colegiación profesional favorece a los clientes y a la sociedad, ya que al actuar el profesionista conforme a principios éticos y de valores, ofrecerá una mejor calidad, respetando la integridad de las personas y creando una sinergia en la actividad profesional del gremio, lo que traerá un beneficio a la colectividad y además será un medio importante de disminuir la corrupción.

La Barra Mexicana Colegio de abogados cuenta con su Código de Ética Profesional del Abogado, que como puntos principales establece:

Artículo 1o. Esencia del deber profesional

El abogado ha de tener presente que es un servidor del derecho y un coadyuvante de la justicia; y que la esencia de su deber profesional es defender diligentemente y con estricto apego a las normas morales, los derechos de su cliente.

Artículo 2o. Defensa del honor profesional

El abogado debe mantener el honor y la dignidad profesionales; no solamente es un derecho, sino un deber, combatir por todos los medios lícitos la conducta reprochable de jueces, funcionarios públicos y compañeros de profesión, y hacerla conocer, sin temor, a las autoridades competentes o a los Colegios de Abogados, apartándose de una actitud pasiva.

Artículo 3o. Honradez

El abogado debe obrar con probidad y buena fe. No ha de aconsejar actos dolosos, afirmar o negar con falsedad, hacer citas inexactas, mutiladas o maliciosas, ni realizar acto alguno que estorbe la buena y expedita administración de justicia. 24

Es de resaltar que se incluyen en dichas disposiciones valores necesarios para ejercer la profesión, de manera indispensable, y como podemos darnos cuenta a lo largo del presente artículo, la moral, los valores y el derecho deben ser parte importante del abogado, por lo que las instituciones y los distintos colegios han de fomentarlos, ya que como hemos dicho, se aprenden en el hogar, se reafirman en la escuela y se aplican en la profesión para un bienestar de la sociedad y en particular del gremio correspondiente y en su caso del cliente.

No sólo en México los colegios de abogados sustentan su Código de Ética, verbigracia, el caso del Consejo Superior de la Federación de Colegios de Abogados de Venezuela, que entre otras cosas en sus primeros artículos habla de los deberes esenciales del abogado, dentro de los que se destacan el actuar con probidad, honradez, discreción, eficiencia, desinterés, veracidad y lealtad. Así como mantener respeto y dignidad como persona y profesional, entre otras cosas.25

Todos los países deben estar preocupados por la preparación de los profesionistas, por lo que a través de sus gobiernos han de buscar o fomentar la creación de instituciones o colegios, es decir asociaciones, de distintos gremios, de acuerdo a sus necesidades y su forma de vida, en los que se mantienen actualizados a los profesionistas ( abogados que son el caso que nos ocupa), basados en códigos de ética con los cuales el profesionista se obliga a cumplir en el ejercicio de su profesión y en su gremio al ofrecer un servicio a sus clientes, de una manera responsable y sustentada en otros valores.

Dependiendo de cada país, los requisitos para ingresar a la profesión varían, en algunos casos se exigen ciertos estudios previos, dependiendo de las exigencias de la institución respectiva, lo que realmente es positivo para el gremio y para la sociedad, pues en la medida que se encuentren mejor preparados, prestarán un mejor servicio a la sociedad. Verbigracia, en Alemania el abogado, una vez que termina sus estudios debe realizar un examen ante un colegio de abogados para poder ejercer la profesión. A diferencia de Suiza en el que no se exige la colegiación obligatoria.

Como nos podemos dar cuenta, depende de las necesidades y costumbres de cada país hacer o no obligatoria la colegiación, lo que sí es importante resaltar es que el ejercicio de la profesión del abogado debe estar basada en valores y principios éticos, que son reafirmados en códigos de ética.

La esencia de todos los códigos de ética del mundo se sustentan en valores y conductas ejemplares que son dignas para las personas y necesarias para la sociedad y el gremio en que se desarrolla el profesionista.

El desempeño de todo profesionista debe ser de servicio tanto para el grupo en que se desenvuelve como para la sociedad, de ahí la necesidad de inculcar valores y reglas morales en las familias y en las escuelas para que en el momento en que el profesionista ejerza lo haga con las bases adquiridas anteriormente.

Hay que considerar que el profesionista es una persona que tiene conocimientos y habilidades para determinada actividad, lo que requiere una práctica constante de los conocimientos adquiridos a lo largo de su vida profesional, en la medida que el profesionista se prepare cada vez más, cumplirá con una función importante dentro de la sociedad, ya que toda profesión debe ser de servicio.

Con el objeto de complementarse el profesionista se asocia con otros colegas, constituyendo personas morales en la que sus integrantes al intercambiar conocimientos prestan un mejor servicio profesional y adquieren prestigio ante la colectividad en la que son una parte importante para su desarrollo.

Por lo tanto, el ejercicio de la profesión debe llevarse a cabo con conocimientos y estudios suficientes, así como habilidades y destrezas suficientes y apoyadas en principios éticos, morales y valores, que son necesarios para un desarrollo óptimo de la profesión determinada dando como consecuencia un bienestar para la sociedad en que convive el profesionista, también el profesionista se ve inmerso en una responsabilidad social, en un aspecto global, que le permita un desarrollo de interacción en su entorno de manera ética y responsable, por lo que en el siguiente apartado nos corresponde hablar al respecto.

 

VII. La responsabilidad social, su análisis, estudio e impacto hacia el entorno

El comportamiento del ser humano no es sólo con las personas, sino que existe también una responsabilidad social hacia los animales, al medio ambiente y al trabajo, de acuerdo con lo siguiente:

La ética es una cuestión humana y su potestad no excluye su comportamiento hacia los animales, en virtud de que el "hombre tiene la responsabilidad de proteger la vida y el bienestar animal" (Ley Alemana de Protección de Animales, agosto de 1986), dado que nuestro comportamiento y acciones hacia ellos los afecta.26

De alguna manera aceptamos que los animales convivan dentro de nuestros hogares por lo que debemos cuidarlos y atenderlos con afecto, algo similar ocurre respecto al lugar donde vivimos, pues pese a que la calle sea pública, no significa que podemos dañarla tirando basura, pintando o destruyendo monumentos, lámparas, entre otras cosas, para evitar vivir en un lugar insalubre, de apariencia desagradable, es en suma necesario iniciar educando a nuestros hijos y familiares, seguir con el ejemplo y promover la cultura del respeto hacia el lugar donde vivimos y donde nos desempeñamos.

Otro ejemplo de esta llamada "nueva ética" es el caso de los derechos de los animales. Mientras se niegan derechos a algunos seres humanos (fetos, enfermos terminales, deficientes mentales, etcétera), se pretende reconocer a los animales, plantas, rocas, montañas, océanos, etcétera. Así como la ética para el caso de los seres humanos que no son personas fue llamada ética del "sentido común", la ética para los supuestos derechos de los animales es calificada como "ética del sufrimiento".

Desde esta propuesta moral, se reconoce que los perros, los gatos, o cualquier otro animal no racional pueden ser titulares de un derecho, por ejemplo, el de igualdad, y no sólo los seres humanos.27

La anterior propuesta, como afirma el autor, son de ascendencia anglosajona que ha tenido influencia en México.

Existen otras disposiciones que protegen a los animales, tal es la Declaración Universal para el Bienestar de los Animales emitida en 2003 por la Sociedad Mundial para la Protección Animal, que entre otras cosas en su artículo 6 declara sobre la relación con los animales de compañía. Se busca una conciencia colectiva para la protección de los animales y su respeto dentro de la sociedad. La ética puede estar en nuestra mente, en nuestro interior, pero se hace válida o visible toda vez que se presentan en nuestras acciones y relaciones que tenemos con el medio social en general, por ello también se habla de una sociedad responsable frente a su entorno.

También debemos considerar que existe una responsabilidad social con el medio ambiente, el grupo social, asentado en un territorio, debe cuidar los ecosistemas, es decir, el medio ambiente que lo rodea. Por desgracia las grandes ciudades con el crecimiento se han ido comiendo la naturaleza, se construyen desarrollos sin tomar en cuenta el medio ambiente, por lo que falta hacer conciencia de la preservación nuestros recursos naturales.

La relación persona naturaleza es, ante todo unitaria e implica una interacción recíproca, de lo contrario carece de sentido. Prácticamente no existe un medio en el planeta que sea independiente de la humanidad; la naturaleza sufre siempre su acción transformadora y a su vez la afecta y determina en un proceso dialéctico de acciones e interacciones.

... Mientras que el territorio es un espacio (geosistema), la construcción de una sociedad sobre un espacio natural (ecosistema), para la colectividad antrópica, éste es una fuente de recursos, un soporte de actividades y relaciones vitales... 28

El ambiente es un bien, es un patrimonio, por eso se pretende crear mayor sensibilidad en los alumnos y que estos la transmitan a la familia y a la sociedad, y así obtener un equilibrio.

Como se puede apreciar la ética no solo tiene que ver con las relaciones entre personas sino también con todas las esferas que ocupan la existencia del ser. Debemos actuar con responsabilidad, con ética aplicada a nuestro entorno, al lugar en que vivimos, cuidarlo para que prevalezca, ya que aquí les tocará vivir a nuestros hijos y generaciones venideras, por ello la importancia de cuidar el planeta, de hacer el deber ser, de aplicar los valores más benéficos para todos e inculcar todo esto a los más pequeños.

El hombre se está comiendo la naturaleza, por lo que debe concientizarse con su responsabilidad social hacia el ecosistema.

Ante la evidente degradación y daño irreversible al ambiente que pone en serio riesgo a la vida y a la Tierra emerge paulatinamente una conciencia de cuidado y respeto a la naturaleza y los seres vivos. Ante las imprevisibles consecuencias de la manipulación genética conviene anteponer la responsabilidad humana respecto a la generación de conocimientos y la correlación que guardan con el poder en sus aplicaciones más allá de intereses económicos inmediatos. De ahí la importancia de la conciencia ecológica en tanto nuevo paradigma pertinente para comprender la Vida como totalidad, planteando incluso una alternativa al modelo económico actual cuyas consecuencias, debido a: falta de respeto a la naturaleza, explotación irracional de sus recursos y contaminación que deteriora la vida y colocan al borde del colapso a la única casa que la humanidad habita: la Tierra.29

En todas las áreas que forman nuestra vida, en especial en el ámbito laboral, debe existir una práctica ética, en la que apliquemos los valores, tales como la responsabilidad, la honestidad y el respeto, solo así se logrará un desarrollo pleno en la corporación a que pertenecemos, debe existir una sinergia con nuestros compañeros y con nuestras familias que realmente se aplique un código de ética con un gran contenido de valores.

Respetar la diversidad, el medio ambiente, los derechos laborales, los valores culturales, y ser eficiente a la vez, no es tarea fácil. La sociedad moderna se vio envuelta en perseguir objetivos eficientistas, pero pagando un alto costo por el deterioro de los valores humanos. Sin embargo esta dicotomía no debe necesariamente estar enfrentada. Se puede ser eficiente y respetar la calidad de vida éste es el gran reto de la sociedad postmoderna.30

Podemos afirmar que la ética vive en un mundo dinámico con la unión de los valores. La persona debe vivir con ética.

Ética, valores, personas, derecho, obligaciones son cinco palabras que siempre deben ir unidas, es decir, han de coexistir recíprocamente en su interactuar cotidiano, para el buen avance de la colectividad.

La ética y los valores también se ven vinculados con las empresas, tanto de modo externo como interno, este aspecto de la empresa es tan importante como cualquier otro de la misma, tal como la producción, por mencionar alguno. La responsabilidad social que existe de las empresas con su entorno es muy importante para la sociedad, ya que su desarrollo debe ser ético y responsable.

La ética va hacia el interior de la empresa, en los miembros que la conforman y también hacia fuera, en el trato de éstos con sus clientes e interesados externos, por ello, su ámbito alcanza a todos los actos humanos. La empresa debe crear una cultura de valores que incluye los de carácter ético para que sus participantes sepan cómo actuar, tanto dentro, como fuera de la misma.

Debemos poner el mismo empeño en ejercer la ética, que en alcanzar las metas y objetivos que nos hemos trazado para triunfar en los negocios.31

La investigación nos llevó a encontrar una relación muy consistente en que existe dependencia entre la identificación del derecho y en particular de las obligaciones civiles y los principios éticos en los profesionistas.

Por lo tanto afirmamos, que las obligaciones civiles deben estar unidas con los principios éticos y los valores del profesionista, ya que en la práctica muchas veces adolecen de estos principios.

De acuerdo a lo desarrollado se puede concluir lo siguiente:

— Cada vez es más importante que un profesionista deba contar con un alto nivel de ética, y ésta a su vez se dará según la capacidad de la persona, por ende alcanzará un equilibrio moral interna y el derecho.

— Se ha entendido ya el concepto de ética y derecho para llevarlos, logrando equilibrio entre estos, el ser humano debe responsabilizarse de sus actos y los que éstos conllevan, por ende el actuar con valores, doblegando su comportamiento, tendrá como fin lograr vivir en una sociedad de cambio, viendo a la ética como una actividad, como herencia familiar, de esta forma le serán consecuencia los principios éticos inculcados desde el seno familiar y a lo largo de su vida profesional.

— La justicia se logra a través de la aplicación de la ética por parte del abogado.

— El inculcar valores en las universidades a través de materias como lo son la Deontología y Axiología Jurídica, así como de otras asignaturas, ayudarán a que en un futuro el estudiante universitario tenga una conducta moral y ética en su actuar cotidiano.

— Hay que hacer la diferencia entre los ideales y los valores, pues las personas que se dejan llevar por su ambición desvirtúan sus valores, debido a que anticipan la aplicación de intereses económicos, sociales y de poder.

— Al actuar libre y responsablemente, guiaremos nuestra conducta hacia la moral, valorando el bien y el mal en la situación y momento correctos.

— Las obligaciones civiles deben estar acordes con la actuación de los sujetos y sus principios éticos y morales, solo así se tendrá una justificación plena.

— En el núcleo social-familiar los valores han de inculcarse, respetarse y practicarse, para que en un futuro las nuevas generaciones los apliquen en su desarrollo profesional y se logre una reivindicación de los mismos, en consecución de un Bien Común.

— El ser humano tiene una responsabilidad social hacia las personas, medio ambiente y trabajo, lo que repercute en un íntegro desarrollo social.

— Tomar con actitud positiva las conductas que el derecho exige, enfocarnos en que las acciones que realizamos sean correctas, tomando siempre en cuenta que la vida es la que siempre se verá afectada o enriquecida dependiendo la actitud ética que asumamos.

— Depende de las necesidades y costumbres de cada país hacer o no obligatoria la colegiación, lo que sí es importante resaltar es que el ejercicio de la profesión del abogado debe estar basada en valores y principios éticos que son plasmados y reafirmados en códigos de ética.

— La esencia de todos los códigos de ética del mundo se sustentan en valores y conductas ejemplares que son dignas para las personas y necesarias para la sociedad y los gremios en que se desarrolla el profesionista.

— Se ha entendido ya el concepto de ética y derecho, actuando en senderos paralelos y logrando así un equilibrio entre estos; el ser humano debe responsabilizarse de sus actos y los que éstos conllevan, por ende el actuar con valores, doblegando su comportamiento, tendrá como fin lograr vivir en una sociedad de cambio, viendo a la ética como una actividad, como herencia familiar, de esta forma le serán consecuencia los principios éticos inculcados desde el seno familiar, en la escuela y a lo largo de su vida profesional y en su entorno social.

 

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Notas

1 Zaragoza M., Edith M. et al. (coord.), Ética y derechos humanos, México, IURE Editores, 2006, p. 2.

2 Pérez Valera, Víctor Manuel, Deontología jurídica. La Ética en el ser y quehacer del abogado, México, Oxford, p. 7.

3 Zagal Arreguín, Héctor y Galindo Montelongo, José, Ética para adolescentes posmodernos, México, Publicaciones Cruz O.S.A., 2005, p. 34.

4 Redacción Valor UEAM, "Ética pública", Revista Valor Universitario, UAEM, septiembre de 2009, p. 27.

5 Martínez Bastida, Eduardo, Filosofía del Derecho, México, Cárdenas Editor y Distribuidor, 2002, p. 82.

6 Radbruch, Gustav, Introducción a la filosofía del derecho, México, Fondo de Cultura Económica, 1998, pp. 53 y 54.

7 En Vázquez, Rodolfo, Derecho, moral y poder. Ensayos de filosofía jurídica, México, Porrúa-Instituto Tecnológico Autónomo de México, 2005, p. 30.

8 Patiño González, Susana et al., Ética actual y profesional, México, Thomson, 2006, p. 81.

9 Zaragoza M., Edith M et al. (coord.), Ética y..., cit., p. 81.

10 González, Luis Jorge, Excelencia personal: Valores, 2a. ed., Font, 1992, p. 41.

11 Ojeda Olalla, María Eugenia et al., Ética, México, Pearson Hall, 2007, p. 109.

12 Webster Henestrosa, Andrés et al., Ética actual y profesional, México, Thomson, 2006, pp. 355 y 356.

13 Maldonado Calleja, Nancy, Revista Valor Universitario, México, UAEM, año 2, núm. 12, septiembre de 2010, p. 56.

14 Aspe Hinojosa, Roberto, Los fines del derecho, México, Porrúa-Universidad Anáhuac, 2003, p. 3.

15 Pérez Bautista, Miguel Ángel, Obligaciones, México, IURE, 2004, pp. 58 y 59.

16 Pérez Fernández del Castillo, Bernardo, Deontología Jurídica. Ética del abogado y del servidor público, 9a. ed., México, Porrúa, 2003, p. 5.

17 Pérez Bautista, Miguel Ángel, Obligaciones..., cit., p. 4.

18 Azúa Reyes, Sergio T., Teoría general de las obligaciones, 5a. ed., México, Porrúa, 2012, p. 1191.

19 Ghersi, Carlos Alberto, Responsabilidad profesional, Buenos Aires, Astrea, 1999, t. 2, p. 27.

20 Ibidem, p. 4.

21 Berumen Nora, María de los Santos et al., Ética del ejercicio profesional, México, Cecsa, 2001, p. 133.

22 Pérez Valera, Víctor Manuel, Deontología jurídica. La Ética en el ser y quehacer del abogado, Oxford, p. 205.

23 Fuentes Mora, Sara María et al., "Ética actual y profesional", Las profesiones y los profesionistas, México, Thomson, 2006, p. 308.

24 Consultada el 24 de abril de 2013, http://www.bma.org.mx/ligas.html

25 Cfr. consultada el 24 de abril de 2013, http://www.telcomercado.com/Leyes/codabogado.pdf

26 Mendoza Vilchis, Roberto et al., Revista Valor Universitario, México, UAEM, año 1, núm. 1, agosto de 2009, p. 50.

27 Saldaña Serrano, Javier, Derecho natural. Tradición falacia naturalista y derechos humanos, México, UNAM, Instituto de Investigaciones Jurídicas, 2012, p. 137, http://biblio.jurídicas.unam.mx (consultada el 19 de septiembre de 2013).

28 Velázquez Montes, Marco Alberto, "¿Qué es el geos tema?", Revista Valor Universitario, México, UAEM, año 1, núm. 1, enero de 2010, p. 52.

29 Loreto, Salvador, "Bioética. Crisis ecológica y responsabilidad", Revista Futuro, México, UEAM, julio agosto de 2008, p. 15.

30 Webster Henestrosa, Andrés et al., "Ética actual y profesional", Valores Eticos Empresariales, México, Thomson, 2006, p. 357.

31 Viguri Bretón, Carlos et al., Ética actual y profesional. Ética interna en las organizaciones lucrativas, México, Thomson, 2006, p. 377.

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