Introducción
Ha sido una constante que las comunidades afectadas directamente no sean consultadas previamente, no participen en el diseño de los proyectos propuestos, incluso desconozcan los impactos a largo plazo, por mencionar algunos agravios. La propia ONU ha reconocido que "la historia de las relaciones entre los pueblos indígenas y las empresas industriales está plagada de conflicto y a menudo se caracteriza por la explotación y las violaciones de las libertades fundamentales y de los derechos humanos que sufren las comunidades indígenas, incluidos los derechos a las tierras, los territorios y los recursos" (ONU 2007: 1).
Para evitar estas violaciones a los derechos indígenas, en países como Rusia y Canadá, se ha atendido el problema con alternativas como éstas:
La Constitución de la Federación de Rusia, aprobada en 1993, otorga a las comunidades indígenas el derecho a firmar acuerdos directos con empresas petroleras, a las que se les prohíbe hacer perforaciones sin el permiso de la comunidad ancestral a la que pertenecen los derechos al uso de las tierras locales. Los pueblos indígenas en Rusia también tienen derecho a llevar las controversias con una empresa ante una corte de arbitraje.
En Canadá,1 los pueblos indígenas han firmado acuerdos tripartitos con el Gobierno, la administración local y las empresas pertinentes, con las obligaciones de cada socio claramente detalladas y convenidas desde el principio de un proyecto de desarrollo (ONU 2007).
Las normas establecidas por la ONU para la protección de los Derechos de los Pueblos Indígenas, en su relación con las empresas, buscan aliviar estos conflictos recomendando aplicar varias medidas:
La primera medida es requerir el Consentimiento Previo Libre e Informado de las comunidades que resultarían afectadas por un proyecto determinado, colocando a las comunidades afectadas en igualdad jurídica para que su voz sea escuchada y respetada. Dicha consulta debe ser culturalmente adecuada; esto significa que deberá llevarse a cabo conforme a la cultura de los afectados: en su idioma, de acuerdo a sus formas de proceder y en los sitios (asignados por las comunidades). Esta aclaración es pertinente porque en la experiencia que se ha tenido con las consultas en México se ha observado que no se llevan a cabo en el idioma de las comunidades indígenas, que no se consulta a la Asamblea (en la mayoría de los casos ésta es la máxima autoridad en la forma de gobierno indígena) sino a los "clientes" creados por autoridades gubernamentales y tampoco se acude a los sitios de reunión propios de los pueblos indígenas, sino que se les convoca a reunirse en lugares "cómodamente cercanos" a los funcionarios de gobierno.
La ONU también recomienda que, como parte de las remediaciones que se acuerden, producto de la Consulta, se compartan los beneficios de las obras y proyectos consultados con las comunidades afectadas, así como respetar los Derechos Indígenas en todas las etapas del proceso de implementación de los proyectos de desarrollo y empresariales, de sus culturas, tradiciones, formas de vida y de la utilización de sus conocimientos sobre la protección ambiental y el desarrollo sustentable. Por último, exhorta a las instituciones financieras internacionales que normalmente contribuyen a costear este tipo de empresas que observen el respeto a los Derechos Indígenas desde la presentación de su proyecto.
Por lo anterior, consideramos importante conocer cómo han sido los procesos de interacción de estas empresas con los actores involucrados (autoridades gubernamentales y comunidades indígenas) en proyectos que afectan los territorios, la vida y el medio ambiente en comunidades y pueblos indígenas; de esta manera pueden identificarse los puntos nodales generadores de conflictos, así como los que impiden el pleno acceso a la justicia, y que pueden y deben corregirse.
Las investigaciones antropológicas tienen un lugar casi natural en el abordaje de estos temas, ya que habitualmente somos los antropólogos quienes estamos en condiciones de interactuar directamente con la gente, en campo, y así conocer de primera mano la perspectiva de los afectados, siguiendo una tradición profesional, y especialmente mexicana, según la cual es común que lo hagamos desde el lugar en que se encuentran los despojados, las culturas subordinadas, los marginados, más que desde la posición que ocupan los dueños de casi todo en este país, las elites empresariales, las oligarquías y sus aliados.
Los estudios antropológicos sobre el impacto social, cultural y ambiental producidos por ciertos proyectos empresariales son fundamentales, no solo para dar a conocer la perspectiva y la voz de quienes resultarán directamente afectados -y normalmente no son escuchados por las autoridades gubernamentales-, sino también para que las autoridades de gobierno y las empresas conozcan los efectos que causarán y estén en condiciones de remediarlos.
En el presente trabajo, las autoras abordamos lo anterior con dos casos estudiados, uno sobre minería en Oaxaca, en la comunidad zapoteca Calpulalpam, y otro con el pueblo guarijío de Sonora, sobre la construcción de una represa. Ambos estudios forman parte de una investigación mayor; el de zapotecos de Calpulalpam es uno de los productos de investigación de la tesis doctoral de Haydée Morales Flores y, el del pueblo guarijío, de un proyecto de investigación aplicada en Antropología Jurídica con acompañamiento activo por Teresa Valdivia Dounce2.
Megaproyectos en territorios de pueblos indígenas en México
La mayor parte de los bienes naturales del planeta, sobrevivientes a siglos de explotación humana, se encuentra en los territorios indígenas; por ejemplo, albergan aproximadamente 80% de la biodiversidad del mundo (Sobrevilla 2008; Ganett et al. 2018 en FAO 2021: 22). No por casualidad, sino debido a prácticas hacia el entorno natural, que se sustentan en una episteme del ser-estar en el mundo y de relacionarse con los otros seres vivos. Premisas opuestas al capitalismo, donde los territorios y bienes naturales se habían mantenido al margen de su intensa explotación y bajo intereses privados. Esta "nueva" forma de expansión y dominación capitalista, David Harvey la nombra como "acumulación por desposesión". El capitalismo busca expandirse y reorganizarse geográficamente para seguir acumulando, a través de la desposesión. Dicho proceso conlleva la mercantilización y privatización de tierra, de bienes naturales, de la fuerza de trabajo, así como la expulsión de población, la supresión de derechos colectivos y de las formas alternativas de consumo y producción. Sin olvidar, el papel del Estado para garantizar por todos los medios el acaparamiento (Harvey 2005: 113). Los diferentes tipos de megaproyectos contribuyen al despojo y control del territorio y bienes naturales comunes como el agua, el viento, los bosques, entre otros. El capitalismo plantea un "desarrollo" altamente desigual, concentrador de la riqueza en pocas manos, plagado de corrupción, racista, colonialista y sin interés por proteger y garantizar la supervivencia de generaciones presentes y futuras. Ante ello, actualmente, la mayor parte de los pueblos indígenas se encuentran involucrados en conflictos generados por megaproyectos y sus impactos socioambientales.
Normalmente, los megaproyectos se despliegan bajo el argumento de mejorar las condiciones de vida y contribuir al desarrollo de las comunidades en donde se realizan. En términos generales son grandes obras "de inversión público y/o privado, nacional o internacional" (Leyva et al. 2018: 10) que abarcan distintas actividades económicas, por ejemplo, obras de infraestructura pública, minería, generación de energía, complejos turísticos, construcción de viviendas, entre otros. Por sus características conllevan varios años y etapas de ejecución, así mismo, contemplan el uso de bienes comunes como territorio o agua, incluyendo el requerimiento de mano de obra laboral. En ellos intervienen actores de, al menos, tres sectores: el Estado, empresas (privadas o públicas) y la sociedad (a través de ciudadanos individuales, o bien, organizados, como pueblos indígenas, organizaciones sociales, sindicatos, etcétera).
En México, varios megaproyectos se han establecido en territorios pertenecientes a los pueblos indígenas, lo que implica una relación de poder que se define a partir de condiciones desiguales. Muchas de estas experiencias, sino es que la mayoría, involucran algún tipo de conflicto, el cual puede surgir en la etapa de su implementación o durante su operación, ya sea por la afectación a los ecosistemas, acaparamiento de los bienes naturales o por el incumplimiento de acuerdos por parte de las empresas. Es necesario señalar que no todo megaproyecto genera una disputa, pero sí produce algún tipo de impacto derivado de sus actividades.
En los últimos años, se ha evidenciado el aumento de conflictos asociados a megaproyectos, prácticamente, no hay región en donde no se expresen. Dicho escenario se sitúa como una problemática nacional que trasciende a la agenda de los gobiernos y movimientos sociales. Aunque, entre las iniciativas de mapeo no exista consenso sobre el número o tipología de megaproyectos y conflictividad, éstas contribuyen a visibilizar las diferentes experiencias. Por ejemplo, el proyecto Atlas mezinal I3 contabiliza un total de 512 megaproyectos clasificados en ocho tipos: 127 hidroeléctricos, 85 mineros, 62 ferroviarios, 58 eólicos, 57 turísticos, 50 forestales, 41 carreteros y 32 portuarios; en ellos están involucrados 63 pueblos indígenas. Por su parte, desde una perspectiva de los impactos negativos y de justicia ambiental, el proyecto EJAtlas4 registra un total de 173 casos, relacionados con los siguientes tipos de proyectos: 2 sobre desechos nucleares, 41 de extracción de minerales y materiales de construcción, 16 de gestión de residuos, 14 de biomasa y conflictos por la tierra (gestión forestal, agrícola, pesquera y ganadera), 27 de combustibles fósiles y justicia climática/energética, 29 de gestión del agua, 29 de infraestructura y ambiente construido, 4 de turismo de recreación, 6 de conflictos por biodiversidad/conservación y 5 de conflictos industriales o servicios.
A partir de estas dos propuestas de mapeo podemos observar que un número considerable de megaproyectos se realizan en territorios pertenecientes a pueblos y comunidades indígenas donde, por cierto, son la minería y los proyectos hidroeléctricos los que tienen una mayor presencia y conflictividad. Sobre los megaproyectos en México, Rodríguez señala que
tienen varias escalas de participación, que van desde los juegos de influencia geopolítica a nivel global a los pueblos sobre cuyos territorios se implementan, desde los intereses particulares de transnacionales y aliados locales a las normativas administrativas y jurídicas internacionales y su uso discrecional frente a los instrumentos legales nacionales y sus huecos que propician corrupción orientada (2018: 1).
Sin duda, estas iniciativas responden a intereses geopolíticos cernidos a la lógica de un sistema capitalista que influye y reconfigura la vida de las comunidades indígenas a través de la imposición de lógicas extractivistas. Al respecto, los megaproyectos materializan una nueva forma colonialista de explotación de los territorios y de los cuerpos como fuerza laboral. De acuerdo con Machado, el extractivismo es una condición necesaria para la expansión y acumulación capitalista, "emerge como producto histórico-geopolítico de la diferenciación -jerarquización originaria entre territorios coloniales y metrópolis imperiales; los unos pensados como meros espacios de saqueo y expolio para el aprovisionamiento de los otros" (2013: 131). En lo local, el territorio es el reducto de los bienes naturales de interés a expropiar; es por eso que, mientras para algunos representa riqueza, para otros es una trasgresión a la vida comunitaria, destrucción a los ecosistemas, afectación a la salud de las personas, desplazamiento forzado, una mayor marginación, aumento de la pobreza y, en un sentido más amplio, para los pueblos indígenas, los megaproyectos extractivistas pueden causar graves afectaciones, como el etnocidio.
Neoextractivismo minero en el pueblo zapoteca de Capulálpam de Méndez
Capulálpam de Méndez es una comunidad indígena zapoteca de la Sierra Norte del estado de Oaxaca. De acuerdo con documentos históricos, evidencias arqueológicas y la memoria local, la ocupación de su actual territorio se remota hacia la época prehispánica. Actualmente, junto con otras comunidades de la región, es reconocida a nivel mundial por la gestión y manejo de sus bosques, el cual se realiza mediante un modelo que retoma la organización comunitaria. También, se distingue porque alberga una gran biodiversidad, por ejemplo, aquí aún se encuentran remanentes de bosque mesófilo de montaña (figura 1).
Este pueblo indígena sustenta su vida comunitaria a través de una organización propia y un sistema cultural con particularidades que los definen, como son el gobierno local, la propiedad social del territorio y su histórica defensa de los bienes comunes.5 Con respecto al gobierno local, éste se estructura en un cabildo elegido de acuerdo con sus sistemas normativos internos, mecanismo reconocido por el Estado; asimismo, las decisiones sobre asuntos colectivos se deciden en la Asamblea. La Asamblea es un espacio legítimo para alcanzar acuerdos que son respetados y su práctica es conferida a diferentes ámbitos de la vida comunitaria, ante ello, existen asambleas escolares, para la elección de autoridades locales, incluso para decidir sobre la pertinencia de un proyecto o aceptar los trabajos de una empresa privada en su territorio. Por otra parte, en la comunidad hay dos tipos de autoridades con atribuciones bien definidas, sus propósitos coexisten y son complementarios. Uno de ellos, es el gobierno municipal encargado de la administración del asentamiento urbano, de las gestiones que la ciudadanía realiza sobre los servicios públicos, es decir, las competencias establecidas legalmente para los municipios.
La otra autoridad es el Comisariado de Bienes Comunales que corresponde a una comunidad agraria, sus competencias y funciones se encuentran establecidas en su reglamento interno; de manera general, Bienes Comunales es responsable de la gestión y del manejo del bosque. Ser parte de la autoridad se considera como un servicio a la comunidad, sin pago económico y es escalafonario. Cada autoridad tiene su propia Asamblea y procedimientos particulares; en el caso de la Asamblea de Bienes Comunales, uno de los requisitos es ser comunero y para el caso de la Asamblea de Ciudadanos debe ser reconocido como ciudadano de la comunidad, se puede ser ciudadano, pero no comunero. En torno a la ciudadanía, ésta es un derecho adquirido a partir del cumplimiento de responsabilidades y del servicio prestado a la comunidad, ya sea prestando tequio, aportando cuotas económicas o ejerciendo cargos de autoridad, entre otras acciones.
Uno de los elementos mediante el cual se materializa la relación entre la empresa y la comunidad es el territorio. Podríamos decir que, en muchas ocasiones, los diferentes lenguajes de valoración que se hacen presentes no son compatibles, para Martínez "puede ser que los poderes públicos y las empresas quieran imponer el lenguaje económico, diciendo que se hará un análisis costo-beneficio", mientras que para las comunidades "puede que entiendan ese lenguaje económico y aunque piensen que es mejor recibir alguna compensación económica que ninguna, sin embargo acudan a otros lenguajes que están disponibles en su cultura" (Martínez 2008: 33), como aquellos relacionados con la vida sagrada, lo cuales resultan en oposiciones que conllevan conflictos. Para la comunidad de Capulálpam, el territorio no solo es el espacio de subsistencia económica o alimentaria, sino, en su dimensión simbólica, permite la reproducción cultural y es el lugar de la memoria histórica y de los ancestros, de culto divino y de la interrelación con otros seres vivos. Reconocen lo vital del territorio, por ello, construyen acuerdos para mantener su posesión colectiva y el control de las decisiones sobre las actividades que son permitidas y las que no.
Asimismo, la historia de Capulálpam de Méndez puede plantearse desde la relación establecida entre su territorio y las empresas interesadas por la explotación de sus bienes comunes. Una de las primeras haciendas de beneficio que se inauguraron en la Sierra Norte fue en 1775, precisamente en territorio de Capulálpam, cuyo propietario era el español José Domingo Castresana, en donde se extraía plata y oro (Singuenza 1993: 52). La minería se posicionó como eje central en la dinámica regional y su influencia abarcó todos los ámbitos de la vida comunitaria. La investigación realizada por Siguenza (1993) da cuenta de distintos incidentes que involucran a las empresas mineras en la región, por ejemplo, señala que, en 1910, el presidente del municipio de Natividad presentó una queja por la contaminación del río, sin embargo, el gobierno estatal en su inspección no encontró algún tipo de afectación. A su vez, las empresas estaban beneficiadas con concesiones en el uso del agua de los ríos y hay testimonios de la explotación laboral e incorporación de infantes a los trabajos mineros. Actualmente, en Capulálpam este pasado sigue presente, así lo atestigua un monumento al minero, edificios e historias sobre "esos tiempos" contadas por exmineros. Y si bien, se reconoce que la empresa minera generó trabajos y gracias a ella otras actividades económicas, también se manifiestan los impactos a la salud de los pobladores, las afectaciones a los ecosistemas, violación a contratos labores, malos tratos, situaciones que conllevaron movilizaciones, huelgas, incluyendo la conformación de sindicatos.
Otro momento de la relación entre empresas y comunidad es la experiencia con Fábricas de Papel Tuxtepec (FAPATUX), a la cual a partir del año de 1956 le fueron otorgadas por decreto presidencial 1956, 251,823 hectáreas de bosque para la producción de papel y celulosa, involucrando a las comunidades serranas de la región; dicha concesión abarcaba un periodo de 25 años (Alatorre 2000). Así como sucedió con la empresa minera, durante el establecimiento de la fábrica de papel existieron movilizaciones que exigían mejores condiciones laborales, esto implica el surgimiento de procesos de organización intercomunitaria, lo que fue marcando la relación entre la empresa y las comunidades. También, las comunidades cuestionaron la pertinencia de Fapatux en sus territorios y la posterior lucha se centraría en el fin de las concesiones, es así que "el 21 de marzo de 1980, aprovechando la visita anual que realizan representantes del gobierno federal de la Sierra de Juárez, 13 comunidades formaron la Organización en Defensa de los Recursos Naturales y Desarrollo Social de la Sierra Juárez (ODRENASIJ), para pedir al gobierno federal la restitución de sus derechos sobre los bosques, y para desarrollar una estrategia de buen manejo de sus recursos" (Chapela 1999: 107). Después de un periodo de organización para recuperar sus bosques, por fin, las concesiones son canceladas definitivamente por el gobierno en 1982. A partir de aquel momento, surgen experiencias para la conformación de empresas comunitarias enfocadas al aprovechamiento forestal.
Particularmente, en Capulálpam se creó una empresa forestal denominada "Unidad Económica Especializada de Aprovechamiento Forestal San Mateo" (1984) cuya administración y actividades se encuentran reguladas por la Asamblea de Comuneros y el Comisariado de Bienes Comunales. A su vez, en conjunto con las comunidades agrarias zapotecas de La Trinidad, Santiago Xiacuí, Capulálpam de Méndez y la comunidad agraria chinanteca de Santiago Comaltepec conformaron la Unión de Comunidades Productoras Forestales Zapotecos-Chinantecos de la Sierra Juárez (UZACHI). Una organización social, fundada en 1989, para dar acompañamiento técnico y especializado sobre el uso, gestión, aprovechamiento y conservación forestal. Actualmente, Capulálpam cuenta otras cuatro empresas comunitarias: 1) Sociedad de Solidaridad Social "Capulálpam" (1994) principalmente dedicada a la producción de agregados pétreos, y tabicón; 2) Turismo Ecológico Comunitario Capulálpam Mágico (2008); 3) Planta envasadora de agua "Anda Gagüi" (2007); 4) Juguete Arte de Capulálpam (2011). Una de las características de estas empresas comunitarias es que sus actividades, rendición de cuentas y estructura se encuentran mediadas por la organización propia.
En los últimos años, la comunidad de Capulálpam inició una nueva etapa de defensa del territorio contra la incursión de empresas mineras, principalmente de origen canadiense. Por un lado, se proponía continuar con las exploraciones en el municipio vecino de Natividad; sin embargo, en el transcurso de sus trabajos hubo un derrame que contaminó el Río Grande. Ante ello, Capulálpam emprendió un juicio legal para frenar las actividades, además, declara que también han causado la contaminación y desaparición de manantiales en su territorio. Asimismo, existía el proyecto de exploración en una zona de recarga de agua, sumándose la existencia de concesiones mineras. Hasta el momento han logrado frenar legalmente las actividades en el municipio de Natividad y, en el año 2020, ganaron un amparo contra las concesiones en su territorio.
En este sentido, las empresas mineras y sus proyectos han significado para la comunidad una amenaza que atenta a la salud de sus pobladores, la biodiversidad de sus ecosistemas, la organización interna y también el rumbo de su comunidad. Es así que la lucha contra el restablecimiento de la minería ha sido un proceso que abarca tanto el ámbito legal como el despliegue de estrategias en el interior de la comunidad y hacia fuera. Para enfrentar a la minera, la comunidad tuvo que decidir en Asamblea su oposición y, como una unidad integrada encabezada por la autoridad comunal, desplegaron diferentes estrategias. Las estrategias no solo fueron en el ámbito legal, sino que incluyeron la difusión de los impactos de la minería, movilizaciones, participación en foros, encuentros, entre otros. Sin duda, la presencia de la empresa minera se convirtió en un tema prioritario de la agenda comunitaria, asimismo, un desgaste económico y energético. Por su parte, "las empresas son favorecidas por gobiernos y marcos legislativos, tanto a nivel nacional como estatal, que propician sus acciones en los territorios pertenecientes a los pueblos oaxaqueños, para ello despliegan estrategias que transitan de la negociación a la coerción y la violencia" (Morales 2020: 267).
La memoria y su experiencia histórica de defensa han sido importantes para la organización presente, asimismo, para ellos esta actividad no es una alternativa económica o laboral, al contrario, es un atentado a su forma de vida, pues impone otras lógicas contrarias a la comunalidad. En el proceso ha sido importante el acompañamiento de profesionales de la comunidad y buscar el sustento en otras actividades como en el ecoturismo, por ejemplo. Sin duda enfrentarse a las empresas mineras ha representado un reto y un desgaste, pero hasta el momento, han logrado frenar su incursión.
Construcción de una represa en territorio guarijío
En este apartado nos basamos en los resultados del proyecto "Impacto sociocultural por la construcción de presas: caso guarijío de Sonora", financiado por el Instituto de Investigaciones Antropológicas de la UNAM y el Programa de Apoyo a Proyectos de Investigación e Innovación Tecnológica (PAPIIT IN300713) que tuvo como objetivo conocer y analizar el impacto que habría en la vida del pueblo indígena guarijío, asentado al sur y sureste del estado de Sonora, por la construcción de la presa Bicentenario, a fin de proponer las remediaciones pertinentes a los sectores involucrados, en beneficio de los afectados.
La metodología empleada comprendió tres etapas: 1) prospección y registro en campo y archivo; 2) clasificación, análisis y descripción de resultados; y 3) conclusiones diagnósticas y propuestas. Simultáneamente se trabajó en el conocimiento del proceso y asesoría para la defensa, a través de la observación participante en las asambleas comunitarias. Las técnicas empleadas fueron observación, directa, observación participante, entrevista abierta y dirigida, encuesta de 132 reactivos con censo de población incluido.
Para determinar el impacto sociocultural de la presa en la vida y cultura guarijía, se tomaron y analizaron comparativamente: a) las prácticas culturales ligadas al uso del agua y vegas del río Mayo; b) las perspectivas y puntos de vista de líderes, autoridades y ciudadanos indígenas; c) el inventario de bienes materiales públicos y privados que resultarían afectados.
Para identificar los derechos indígenas que fueron violados en el proceso y qué medidas deberían tomarse, se hicieron dos tipos de registros: a) registro del proceso del conflicto y normas de derecho violadas durante el mismo, desde sus inicios, en octubre de 2010, hasta el fin de la investigación, tomando como fuentes las periodísticas, bibliográficas y testimoniales, así como el marco jurídico de los derechos indígenas a niveles nacional e internacional; b) censo de población guarijía, ya que, tratándose de una indemnización, los datos deben estar actualizados (total de habitantes, por sexo, por rango de edad, según habla de lengua indígena, número de miembros por familia, número de viviendas por familia y número de hectáreas con derecho por ejidatario e identificación oficial).
Existe una importante bibliografía sobre el impacto que las represas de gran magnitud han generado en regiones indígenas de México. Desde las perspectivas sociales y antropológicas, se cuenta con los trabajos de Villa Rojas (1948), McMahom (1974), Barabas y Bartolomé (1983, 1990, 1992a, 1992b), Robinson (1989, 1992, 1993, 1995), Tyrtania (1992), y Quesada (1991), entre otros. También hay aportaciones más recientes, como la de Haro y Martínez (2019), que se refieren al caso específico del pueblo guarijío; y otras que, basadas en experiencias que han tenido otros pueblos nativos en el mundo, proponen recomendaciones internacionales para el manejo más adecuado de este tipo de proyectos (Cernea 1995, 2007; Comisión Mundial de Represas 2001). Así mismo, los estudios de especialistas en ecosistemas que son de gran importancia para el mejor conocimiento de las afectaciones al ambiente y a las personas (Martínez et al. 2012), por mencionar algunos. En todas estas obras se consignan los efectos que causan las represas al medio ambiente, específicamente a la flora y fauna, a los suelos, al clima; también a la salud de las personas que habitan a su alrededor, por el contacto con agua estancada, que promueve la producción de agentes patógenos. De la misma manera, se han registrado los efectos sociales y económicos que las represas causan a los habitantes de las zonas donde se instalan, teniendo como más graves su desplazamiento y reacomodo, los cuales, a su vez, conducen a daños emocionales, psicológicos, aumento de enfermedades, mayor desnutrición y, en general, empobrecimiento. En el caso de poblaciones indígenas, estos efectos pueden provocar etnocidio, debido a que su forma de vida está estrechamente vinculada al aprovechamiento de los recursos del medio ambiente, tanto para su subsistencia económica, como para la recreación de sus lazos sociales y su sistema de creencias culturales.
No obstante, las autoridades gubernamentales hacen caso omiso de todo el conocimiento generado por los estudiosos del tema sobre los efectos de las represas y continúan reproduciendo los errores del pasado, en complicidad con las empresas, como es el caso de la represa Bicentenario, mejor conocida como Presa Pilares (por el sitio donde se construyó la cortina), afectando al territorio guarijío de Sonora, donde, a sabiendas de los efectos dañinos a las poblaciones y al ambiente, se construyó dicha represa. Este tipo de acciones puede comprenderse mejor por medio del análisis del poder implicado entre los actores involucrados.6 Una primera consideración en el manejo del poder es el componente demográfico y organizativo que permite a los actores captar fuentes de poder para incrementar su capacidad en la toma de decisiones. En este caso, el pueblo guarijío, siendo uno de los menos numerosos de México7 y con una organización social y política tribal, se vio enfrentado a un consorcio empresarial asociado políticamente con todo un aparato de Estado.
El territorio guarijío ya había sido impactado, desde hace 66 años, con la construcción de la presa hidroeléctrica Adolfo Ruiz Cortines, conocida como Mocúzari (por estar situada en el ejido del mismo nombre), sobre el cauce del Río Mayo, al sur del estado de Sonora. Según la Comisión Nacional del Agua (Conagua 2009: 69), esta represa tiene una cortina de 62 metros de altura, almacena 960 millones de metros cúbicos de agua y puede generar hasta 10 megawatts de energía eléctrica. Desconocemos quiénes son los principales beneficiados de la energía eléctrica, pero, en cuanto al uso del agua almacenada, se sabe que son principalmente los socios del Distrito de Riego 038 (Valle del Mayo). La presa Mocúzari se terminó de construir en 1956 y entró en operación en 1959. A partir de esos años inició una afectación al ambiente del Río Mayo que tuvo consecuencias en la población guarijía,8 pese a los más de 70 km. de distancia que existen entre el muro y los primeros asentamientos indígenas. Una de las principales consecuencias que los guarijíos recuerdan es la desaparición de especies de peces del río y de un camarón al que llamaban cauqui, así como el cambio del clima de la cuenca. Por ello, cuando los agentes a favor de la presa Bicentenario iniciaron sus incursiones en el territorio indígena para convencerlos de "las bondades" de la construcción de una segunda presa en el mismo río, pero ahora más cerca de los asentamientos guarijíos, ellos dijeron, simplemente, "no" (figura 2).
De sobra sabían que serían afectadas sus vidas en todos los sentidos. De inmediato mencionaron, en este orden: las tierras, los panteones, las plantas medicinales que se dan en las vegas o humedales del río, las enfermedades que causaría el agua almacenada, además de la infraestructura que con tanto esfuerzo han logrado construir (caminos, escuelas, clínica de salud, albergues, almacén y viviendas). Los especialistas agregarían otros daños más a esta lista, de tipo ambiental, de salud, e incluso de patrimonio material como todos los sitios arqueológicos ubicados a lo largo del Río Mayo, fundamentalmente grabados con pintura y petroglifos.
Por su parte, los agentes en favor de la presa solo promovían la idea de que dicha obra traería desarrollo a la región porque daría empleo, fomentaría el uso del vaso de la represa para pesca y turismo, y habría agua para todos. Estas ideas, aunque no pudieron demostrarlas con su proyecto, fueron muy atractivas para la mayoría de la población, fundamentalmente yori (no indígena), que solo escuchó "empleo" y "agua para todos", pues son dos de las más importantes carencias que hay en la región. Así que, durante todo el proceso de defensa que libró por su territorio, el pueblo guarijío tuvo que enfrentarse al rechazo de esa mayoría y de algunos de los propios miembros de las tribus, que se convencieron de esas ofertas de "desarrollo". De esta manera, mucho antes de que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) aprobara el proyecto de construcción de la represa Bicentenario, ésta ya era motivo de disputa en la región, al grado de provocar la polarización de opiniones entre la población regional, a favor o en contra. Esta división llevó a los probables afectados a buscar una alternativa para su defensa por las afectaciones de la represa Bicentenario, misma que inició en 2011 y continúa hasta el día de hoy. Primero, logrando un incipiente proceso de consulta que resultó simulada e inconclusa (2011-2013), después, procediendo a la defensa legal propiamente dicha por medio de dos amparos indirectos (2013-2019/22) y un reconocimiento a sus autoridades tradicionales ante el Tribunal Federal Electoral (TRIFE 2014).
La primera noticia que se tuvo acerca de la construcción de la presa fue a través de Hilario Valenzuela Robles Linares9 a finales del año 2010, quien, a título personal, presentándose como un pequeño empresario, llegó promoviendo la gran obra. Poco después consiguió el apoyo del principal líder del Distrito de Riego 038 para sumar fuerza política. Más tarde tuvimos conocimiento de que su papel en este proceso era "preparar el terreno" para que el Gobierno del Estado construyera la presa sin conflictos con la gente del lugar10. Al igual que en el caso de Calpulálpam frente a la minera, la estrategia del pequeño empresario empezó por tratar de convencer a la gente a través de la palabra, pero, después, con la compra de voluntades y, finalmente, con la amenaza; su pericia tuvo éxito parcial pues, cuando CONAGUA llegó a la región a firmar los contratos de compra venta de terrenos que había negociado el pequeño empresario, los pequeños propietarios yoris de San Bernardo estaban listos para vender, mientras que las comunidades guarijías se sentían amenazadas y conflictuadas en su interior. En ese momento, ningún funcionario de gobierno involucrado en el asunto habló de llevar a cabo una consulta con la población indígena. Fue entonces que el acompañamiento a los guarijíos por la defensa de sus derechos empezó a tomar forma de un cuerpo de asesores, pues ésta era una tarea muy grande para una sola persona, se requerían especialistas en cultura, desarrollo, impacto por represas, manejo de población desplazada, defensa legal, en fin11.
Se inició un acercamiento con las autoridades de Conagua y del Gobierno del Estado para establecer un diálogo entre ellos y los gobernadores tradicionales guarijíos12 que condujera a la realización de la consulta previa, libre, informada y culturalmente adecuada sobre el proyecto de la represa. Se llevaron a cabo varias reuniones mensuales en 2012, que concluyeron en el acuerdo general de realizar la Consulta en noviembre de ese mismo año. Todo parecía indicar que tendría lugar una consulta ejemplar a nivel nacional. Sin embargo, llegado el momento, lo que el Gobierno del Estado y CONAGUA llamaron Consulta fue una reunión culturalmente inadecuada, ya que no acudieron a las comunidades sino que los citaron en la ciudad de Álamos, no se dirigieron a las asambleas indígenas, usaron un lenguaje incomprensible y, cuando percibieron rechazo de los pocos guarijíos que asistieron a la primera reunión (la informativa), decidieron no continuar con la Consulta suscribiendo un acuerdo notariado, donde se comprometían a dar una fecha para llevarla a cabo el siguiente año. Pero dicho acuerdo no se cumplió. Cerraron toda comunicación con los gobernadores tradicionales de las comunidades potencialmente afectadas y con los asesores; después, empezaron a buscar entre los guarijíos a personas que aceptaran apoyar el proyecto de la represa a cambio de algunos beneficios personales, y las encontraron.
El año 2013 fue clave en este proceso, pues se agudizó el conflicto entre las comunidades, sus gobernadores tradicionales, las autoridades de CONAGUA y Gobierno del Estado. Por parte de los funcionarios de gobierno hubo amenazas, extorsiones, compra de voluntades, suplantación de autoridades (en este año surgieron los llamados gobernadores "duales"), alianzas peligrosas (los narcos locales apoyaron al Gobierno del Estado), notas de prensa falsas y alineadas a la política del gobierno estatal. Pero también hubo violencia al interior del pueblo guarijío, entre las Asambleas de las comunidades afectadas (Guarijíos-Burapaco y Colonia Macurawe) y ocho miembros que se habían convencido a favor de la presa. En ese contexto de impunidad y violencia, el Gobierno del Estado declaró públicamente que había pactado con las comunidades guarijías la resolución del conflicto, por medio de un acuerdo suscrito en un Convenio13 firmado por 3 gobernadores legítimos y 2 falsos, estos últimos pretendiendo representar a los de las comunidades afectadas (Ejido Guarijíos Burapaco y Colonia Macurawi). Las comunidades afectadas tuvieron que promover un juicio de Amparo Indirecto por no haber sido consultados, el cual fue aceptado por el Juzgado Séptimo de Distrito, en Ciudad Obregón, en febrero de 2014 (expediente 3484/2013). Ese mismo año se protegieron las tierras ejidales de cualquier acción que pudiera afectarlas hasta que el Juicio de Amparo llegara a su resolución definitiva.
Simultáneamente, al desconocer el Gobierno del Estado la investidura de los gobernadores tradicionales de las comunidades afectadas, éstas se vieron obligadas a promover otro juicio, ahora ante el Tribunal Federal Electoral (TRIFE) por el reconocimiento de su autonomía, de su legítimo derecho de nombrar a sus autoridades y por la investidura de las personas a quienes ellos reconocían como sus legítimos gobernadores14. Este juicio duró menos de un año y la Sentencia reconoció las demandas de las comunidades indígenas. Sin embargo, los funcionarios del Gobierno del Estado y de CONAGUA se negaron a acatar el ordenamiento que mandató el TRIFE.
Mientras tanto, el proceso de Amparo continuó. Se agregaron pruebas de ambas partes y se incluyeron peritajes antropológicos que respondieron preguntas específicas sobre el posible impacto sociocultural a la población potencialmente afectada. Los funcionarios gubernamentales encargados de la obra también continuaron avanzando con acciones impunes. Empezó la construcción de la presa. Resurgieron los conflictos, pero ahora con los yoris de San Bernardo que habían vendido sus tierras, porque no les pagaron el precio prometido. Se ampararon. Ganaron rápidamente el Amparo y en la negociación aceptaron retirarlo a cambio de que les pagaran lo adeudado, pero, una vez retirada la demanda, no les liquidaron por completo, ni a todos, tampoco les pagaron los bienes distintos de la tierra.
La construcción de la presa avanzaba, hasta que no hubo más fondos para continuar, y se detuvo. Se dijo que solo faltaba instalar la puerta electromecánica para que pudieran hacer pruebas y, luego, entrar en operación. Se mantuvo detenida por más de un año hasta que, en mayo de 2019, el presidente Andrés Manuel López Obrador anunció la autorización del presupuesto necesario para terminar la obra. Su anuncio fue hecho días después de que las comunidades guarijías ganaran el Amparo, en el cual el juzgado ordenó la suspensión de la obra hasta que se llevara a cabo la Consulta, por lo que el Ejecutivo violó la Sentencia y el derecho de las comunidades indígenas. Sin ahondar en más detalles -que son muchos-, solo diremos que, a partir de la declaratoria del Ejecutivo, SEMARNAT, CONAGUA y Fondo de Operación de Obras Sonora Sí (FOOSSI) retomaron la construcción de la obra, con los mecanismos y vicios de operación que los había caracterizado: SEMARNAT avaló como Asamblea de Consulta una reunión informal con gente diversa para autorizar, de manera exprés, la continuidad de la construcción de la obra, pese a los cuestionamientos que se le hicieron y pese a la ilegalidad y violación del derecho de Consulta.
Debido a lo anterior, en 2019, las comunidades presentaron un segundo Amparo (expediente 228/2020), ahora por la repetición de los actos reclamados en el primero. Estando en curso este juicio se terminó de construir la represa y, en agosto del 2020, en plena pandemia de Covid-19, fue inaugurada por el Presidente de la República, previa cancelación llevada a cabo un día antes por el Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH) (Ramírez 2020), con quien el propio Presidente negoció para que fuera inaugurada según lo programado a cambio del acuerdo de cumplir en fechas posteriores con la normatividad requerida por el INAH15.
La pandemia también afectó el proceso judicial de los amparos porque los tribunales cerraron y el trabajo se acumuló, a tal grado que, desde que reabrieron, no han podido ponerse al día y, en consecuencia, los dos amparos promovidos por las comunidades guarijías siguen pendientes de resolución hasta el día de hoy (septiembre de 2022). Sin embargo, el delegado de CONAGUA del estado de Sonora aceptó una nueva solicitud para que se promovieran reuniones de diálogo con SEMARNAT, Comisión Estatal del Agua (CEA), FOOSSI y Gobierno del Estado, durante 2020 y 2021, para llegar a establecer las remediaciones a los afectados. Actualmente, aunque los procesos judiciales y de diálogo continúan, ya se ha avanzado en la entrega de 33 hectáreas para fundar la nueva comunidad guarijía con los desplazados de Colonia Macurawe y casi 500 más para áreas productivas. Se están construyendo las 52 viviendas requeridas con celdas solares, horno y estufa, y se espera que pronto tengan red de agua entubada. Todavía siguen pendientes las mesas de diálogo con la segunda comunidad de afectados, la del Ejido Guarijíos Burapaco.
En este caso, hubo un conjunto numeroso de actores involucrados. Por parte del gobierno federal, Semarnat, Conagua, INPI, INAH y el propio Ejecutivo; del gobierno estatal, el Gobierno del Estado, Comisión Estatal del Agua, Foossi, Comisión Estatal para el Desarrollo de los Pueblos y Comunidades Indígenas, Presidencia Municipal de Álamos y Distrito de Riego 03816. Dentro del conjunto de instituciones estatales se alinearon, tanto la pequeña empresa de Hilario Valenzuela (Fundación para el Desarrollo Sustentable, A.C.), como el consorcio Canoras. Aunque existen claras diferencias de funciones y competencias entre todas estas instituciones, incluso diferencias de intereses al agregarse las empresas, y pese a que hubo tenciones y contradicciones por múltiples causas (partidistas, por ejemplo), al final, todos ellos apoyaron la construcción de la obra.
En el lado opuesto, las cinco unidades políticas guarijías, no lograron impedir dicha construcción, tampoco que se llevara a cabo la Consulta y, mucho menos, el pleno resarcimiento de los daños, pese al despliegue de demandas, acciones políticas al interior de sus comunidades y fuera de ellas. Lo poco que han obtenido ha sido producto de los litigios jurídicos que los asesores legales hemos llevado a cabo. Pero el daño social sufrido también es irremediable: hoy las comunidades están divididas por el no reconocimiento de las autoridades gubernamentales a sus Gobernadores Tradicionales legítimos, los nombrados en Asamblea.
Por su parte, la percepción que quedó en el ambiente, sobre la participación del consorcio Canoras en este conflicto, fue la de estar eximido de toda responsabilidad, al menos para los funcionarios de gobierno participantes, así como para los guarijíos.
Conclusiones
Los casos investigados en Oaxaca y Sonora presentan similitudes en el comportamiento de las empresas y de la complicidad de autoridades de gobierno para imponer sus proyectos en las comunidades indígenas, pero también hay una gran diferencia inversamente proporcional, entre los casos, sobre la capacidad de respuesta de las comunidades afectadas. Observamos que, mientras el pueblo zapoteco de Calpulálpam logró detener la imposición de la empresa minera en su territorio por medio de acciones políticas, administrativas y judiciales, el pueblo guarijío, haciendo uso de las mismas estrategias de defensa y, aun habiendo ganado los litigios, no logró que se llevara a cabo la Consulta, que no fueran afectados por la presa, ni que se les remediara por los daños. Cabe preguntarse, entonces, ¿a qué se debió esta diferente respuesta, estos resultados tan distintos?
Podríamos suponer que ciertas particularidades determinaron el resultado, por ejemplo, el tipo de mega proyecto de que se trata, pues la minera privada tenía un propósito individual de ganancia económica, con lo cual, aunque prometiera generar empleo local que beneficiara a algunas familias, su objetivo no era social; mientras que, una represa para contener inundaciones se promueve, claramente, como un proyecto de interés social. Esta distinción pudo implicar, para el caso de Calpulálpam, el rechazo de la ciudadanía local y de la entidad al proyecto, mientras que, para en el caso guarijío, de aceptación plena por ser visto como algo benéfico para la mayoría. Otro de los rasgos distintivos pudo ser la diferente relación que cada empresa tenía con el gobierno estatal pues, aunque la minera canadiense haya llegado a Oaxaca gracias a la promoción que el ex gobernador oaxaqueño José Murat hiciera en Canadá, invitando a las empresas mineras a operar en su estado, la relación que los gobiernos estatales guardan con las empresas, especialmente extranjeras, no logra ser tan estrecha como la que se puede establecer con empresas que son propiedad de oligarquías locales, como sucedió con la represa en Sonora.
Pero, en definitiva, la diferencia fundamental entre ambos casos ha sido la toma de decisiones y acciones políticas que les permitió concentrar más o menos poder para su defensa. Mientras que los guarijíos se mantuvieron en el nivel local, sin poder obtener alianzas estratégicas, ni lograr visibilizar su situación más allá de sus comunidades para obtener el apoyo político necesario para ser consultados o frenar la construcción de la obra, los zapotecos de Calpulálpam lograron desplegar varias acciones políticas estratégicas, tanto al interior de su comunidad como fuera de ella. En ambos casos se trató de "capacidad", pero de capacidad de concentrar poder. Y esta capacidad dependió, a su vez, de los recursos disponibles: la consolidación del ejercicio comunitario, el tamaño de la población, su geopolítica, recursos económicos propios, la forma de vida, la educación, hasta el acceso a los medios de comunicación, etcétera, donde, al compararlos, se puede apreciar inmediatamente que, aun siendo pueblos indígenas ambos, tienen distinta capacidad de concentrar poder debido a la poca (caso guarijíos) o mayor (zapotecos) disponibilidad de recursos. Sin embargo, esta distinción no elimina la vulnerabilidad social y política en que se encuentran los dos a nivel nacional; prueba de ello es que tanto empresas como gobierno ejercieron todo el poder del que disponen para imponer sus intereses a las comunidades y decidir sin tomar en cuenta las expectativas y los intereses de ellas.
Esta vulnerabilidad ha sido debidamente reconocida en el marco jurídico indígena vigente en México y en las respectivas declaratorias de la ONU, las cuales establecen o promueven la protección y el respeto de los derechos indígenas, y su remediación. La protección de los derechos es responsabilidad de los gobiernos, del Estado. Mientras que el respeto y las remediaciones son responsabilidad de gobiernos y empresas.
Como pudimos notar en el presente trabajo, los gobiernos estatales y el poder ejecutivo violaron el derecho de Consulta, incumpliendo con su responsabilidad de proteger los derechos indígenas, solo viéndose obligados a actuar en virtud de la defensa que levantaron las comunidades indígenas. Las empresas también violaron los derechos indígenas pues, aunque no tienen la obligación de su protección, sí tienen la de asumir el compromiso de respetar sus derechos y remediar los daños o efectos negativos que sus obras provoquen pues, aunque en la legislación mexicana no esté explícito este compromiso, sí lo está el que las empresas deben actuar con ética social.
Para lograr el respeto pleno del derecho de consulta, indudablemente, falta resolver una serie de problemas vigentes en sistema político, jurídico y cultural mexicano, como la corrupción con la que se coluden gobiernos y empresas, la ignorancia de la ley por parte de los involucrados, la prepotencia, el autoritarismo y el desdén, o mejor dicho, el racismo y la discriminación con el que los actores en el poder empresarial y gubernamental perciben y tratan a las comunidades indígenas, como producto de sus valores discriminatorios, faltos de ética e ignorantes de la composición multicultural del país. Todo ello contribuye a que no exista "voluntad" genuina por parte de empresas y gobierno para escuchar la opinión de los otros y buscar la manera de disminuir los efectos negativos que las mega obras pueden generar en las comunidades. Sin esta "voluntad" de escucha, difícilmente se puede transitar hacia un tipo de "consulta vinculante" y mucho menos a la obtención de las debidas remediaciones, consignando éstas al ámbito exclusivamente "negociador" entre los actores; el cual depende, a su vez, de sus capacidades políticas y de concentración de poder que, como pudimos observar en los casos comparados, no es la misma para las comunidades indígenas, pero sí para los niveles de poder en los que se encuentran empresas y gobierno.










nueva página del texto (beta)




