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Signos filosóficos

versión impresa ISSN 1665-1324

Sig. Fil vol.21 no.42 Ciudad de México jul./dic. 2019  Epub 04-Abr-2022

 

Artículos

El Estado comercial cerrado de J. G. Fichte: límites y posibilidades

The closed commercial state of J. G. Fichte: limits and possibilities

1 Universidad Nacional de Educación a Distancia. Correo electrónico: jorge.prendas.solano@gmail.com/jprendas@itcr.ac.cr


Resumen

En este artículo realizo un análisis crítico respecto de las posibilidades y límites de la propuesta de J.G. Fichte en su obra El Estado comercial cerrado. El problema de investigación es el siguiente: ¿es posible defender en el siglo XXI una propuesta política de un Estado comercial cerrado, tal y como lo hace Fichte? Antes de responder la cuestión, es necesario entender los principios filosóficos que animan su filosofía, en particular la obra Fundamento del derecho natural. La hipótesis de trabajo que se intentará demostrar es la paradoja de que, si bien los principios filosóficos del pensamiento político de Fichte son correctos en relación con el Estado y sus funciones, sus conclusiones pueden ser consideradas problemáticas en lo relativo a la necesidad de la clausura comercial del Estado.

Palabras clave: libertad; trabajo; contrato social; idealismo alemán; filosofía política

Abstract

In this article I carry out a critical analysis of the possibilities and limits of J.G. Fichte’s proposal in his work The Commercial Closed State. The research problem is the following: is it possible to defend a political proposal of a closed commercial state in the 21st century, as Fichte does? Before answering such question, it is necessary to understand the philosophical principles of his political philosophy, specifically in his work Foundations of Natural Right. The working hypothesis that I will try to confirm is the paradox that, even though the philosophical principles of Fichte’s political thought are correct in relation to the State and its functions, its conclusions can be considered erroneous regarding the necessity for the commercial closure of the State.

Keywords: freedom; work; social contract; german idealism; political philosophy

Introducción

El Estado comercial cerrado (Der geschlossene Handelsstaat),1 de Johann Gottlieb Fichte, es un texto concebido como prolongación de los principios filosóficos elaborados por el mismo autor, dentro de la obra Fundamento del derecho natural según los principios de la Doctrina de la Ciencia (Grundlage des Naturrects nach Principien der Wisseschaftslehre) (GNR). Editado a finales de 1800 por la librería J. G. Cotta, en Tubinga, vio la luz dentro de una coyuntura difícil en la vida personal del autor, quien hacía poco había sido expulsado de la Universidad de Jena, producto de la agria polémica sobre la acusación de ateísmo.2 La obra, dividida en tres libros, es concebida como muestra de una política a seguir en el futuro, es decir, no se trata de un mero ejercicio filosófico, un análisis del presente o una propuesta coyuntural, sino de una reforma del Estado a profundidad, con el sentido de convertirse en un programa de trabajo y de reformulación de las instituciones del Estado prusiano. Por ello mismo, Fichte albergaba la esperanza de que lo planteado en sus ideas pudiera revestir importancia para la política de su época.3 Pese a estas esperanzas respecto de convencer al ministro Struensee y de que su programa de trabajo pudiera ponerse en práctica, es importante observar que el mencionado ministro en una carta dirigida a Karl Friedrich Beyme, jefe del gabinete Real, con fecha del 16 de noviembre de 1800, le comunica la siguiente opinión: “El contenido del escrito es bastante teórico, y uno puede saber a priori que ni el Estado descrito en él ni el dinero propuesto allí existirán como se han descrito” (Fichte, GA I/7: 13). Con este elemento queda claro que el texto de Fichte no fue recibido por las autoridades como un libro cuyas propuestas fueran posibles de ser realizadas en el contexto del Estado prusiano de principios del siglo XIX.

Por otra parte, es importante señalar que el libro de Fichte ha sido leído desde diversas perspectivas. Por ejemplo, en una lectura contemporánea se señalan algunas de las diversas posibilidades de lectura del texto:

Texto controvertido -diana privilegiada de las ironías de Hegel y de la corriente liberal en general-, fuente de malestar desde el principio, presentada alternativamente como utopía igualitaria (roussoniana, babuvista), como expresión de un arcaico mercantilismo, como anticipación de la planificación socialista o del nacionalismo económico. (Balibar, 2011: 17)

En otra lectura contemporánea, se afirma que el trabajo de Fichte debe ser entendido como una prolongación del proyecto filosófico de Kant en relación con la paz perpetua:

Fichte’s Closed Commercial State was a pivotal development of Kant’s model of perpetual peace. This book shows how Fichte redefined the political economy of the Kantian ideal and extended it into a strategic analysis of the prospects for pacifying modern Europe. (Nakhimovsky, 2011: 19)

Ahora bien, más allá de estas consideraciones, en el presente artículo pretendo realizar un análisis de las posibilidades y límites de la propuesta de Fichte en torno a su visión de un Estado comercial cerrado, ello en el contexto de su pensamiento político. Para dicho fin, es necesario en primer lugar entender cuál es el sentido del Estado en el planteamiento filosófico-político de este autor, es decir, responder a la pregunta: ¿por qué debería existir un Estado, cuál es su origen y dónde radica su necesidad para la sociedad? En segunda instancia, es necesario analizar la cuestión acerca de si y cómo el Estado debe encargarse de asegurar el trabajo y la base material de todos los individuos que conforman una comunidad de seres racionales. Una vez aclarados estos dos asuntos, en tercera instancia, se debe realizar una exploración de las funciones específicas del Estado comercial cerrado que se plantea Fichte. A partir de la resolución de este asunto, se realiza una exploración de las fortalezas y debilidades filosóficas, así como materiales del planteamiento fichteano, intentando dar un fundamento a la hipótesis inicial, a saber, el hecho de que Fichte puede llevar razón en lo relativo a los principios filosófico-políticos que animan su pensamiento político y, no obstante, las conclusiones prácticas derivadas de dichos principios son problemáticas, y en alguna medida pueden ser consideradas erróneas. Por ende, sería necesario tomar distancia de las propuestas fichteanas a partir de una lectura crítica. En el siglo XXI, en pleno curso de la globalización económica, no parece posible la defensa de una estructura estatal de carácter comercial cerrado, como la defendida por Fichte, en este punto se encuentra la más importante limitación de sus planteamientos.

¿Por qué debería existir un Estado?

El pensamiento jurídico-político de Fichte parte de una premisa filosófica fundamental: para la constitución de un ser racional y libre es necesario que éste se comprenda como un individuo, uno entre otros seres racionales, por lo cual no existe uno fuera del establecimiento de las relaciones con otros, es decir, de las relaciones de reconocimiento. Lo racional lleva la marca de las relaciones y de la comunidad intersubjetiva, pues el ser racional finito sólo se desarrolla como tal en la interacción con los otros, mediante reconocimiento mutuo como seres libres y la educación o cultura, añadiría también por medio del lenguaje. De esta manera, la noción de reconocimiento, como sostiene David James (2011), es introducida por Fichte en su intento por deducir el concepto de derecho, como condición básica de la autoconciencia.4 En consecuencia, en lo concerniente al concepto de derecho y su realización intersubjetiva, en el GNR se aclara:

Respecto de este concepto, se encuentra que deviene necesario porque el ser racional no puede ponerse como tal con autoconciencia, sin ponerse como individuo, como uno entre muchos seres racionales que él admite fuera de él. (Fichte, GA, I/4: 319)

De esta manera, Fichte piensa la libertad como una esfera que debe ser compartida entre los sujetos, por ello ninguno puede apropiarse de toda la esfera pública o acapararla como si fuera solo posesión de uno.5 Tal cosa sería un absurdo, ya que nadie puede ser libre en el marco de unas relaciones sociales donde regiría lo opuesto de la libertad: la tiranía de uno que pretende ser el único libre, como si la libertad tuviera el modo de ser de la cosa, la cual, si yo la poseo, los otros no pueden poseerla. Se es libre porque los demás seres a mi alrededor también pueden realizarse con libertad. Mi libertad no es una abstracción: es una relación con los otros, por lo cual debo pensar en la libertad de los demás: “No me atribuyo a mí mismo toda la libertad que he puesto, porque también tengo que poner otros seres libres y atribuirles una parte de la misma” (Fichte, GA, I/4: 319).

Por lo tanto, al ser la libertad externa (en el ámbito del derecho, social y político) una esfera dividida entre los individuos, mi libertad podría colisionar con la de otros, o en otras palabras, perturbar el espacio de los demás. Como parte de la comunidad debo ser capaz de darme cuenta de la necesidad de coordinar la parte de libertad que me corresponde con la de los demás. Esto surge como un acto en el cual cada uno de los que forma parte de las relaciones sociales pone límites a su propia libertad como un acto de autonomía y de potencia propia. Necesito que los demás se realicen como libres sin interrumpirlos porque solo así yo mismo puedo alcanzar la libertad necesaria: “todos deberían ponerse estos límites mediante la libertad misma; esto es, todos deberían haberse dado como ley no perturbar la libertad de aquellos con los que están en una relación de acción recíproca” (Fichte, GA, I/4: 320). Esas limitaciones mutuas de la libertad pública de todos deben estar regidas por las leyes del Estado. Si alguien entra en relación recíproca con otros seres racionales, acepta ingresar en una constitución jurídica con ellos que asegure el libre juego entre los individuos.

Así pues, las tensiones entre los individuos no pueden ser resueltas si no es dentro de los necesarios principios del derecho y no meramente de la moral.6 En el fondo, el problema es regular las relaciones entre seres libres, asunto que se resuelve mediante un ejercicio donde cada individuo se deja limitar en su libertad externa por medio de leyes que afectan a todos, es decir, en un ejercicio autónomo (interior), lo cual permite que todos puedan convivir bajo el signo de la libertad. La convivencia implica el acto de la limitación de la libertad, pues, en caso contrario, los individuos se destruirían recíprocamente. Tal acto de limitación debe ser entendido como un acto esencial, limito mi libertad porque así lo deseo (quiero y debo), no porque alguien más me lo impone. Sin embargo, una vez que ingreso en las relaciones sociales en el ámbito del derecho, cabe la coacción si las leyes son vulneradas, ésta siempre es constitutiva del derecho, pues por eso se está en el ámbito externo o público de la libertad. Cuando el individuo acepta vivir en la comunidad, se está, por lo tanto, ante un ejercicio de autonomía y posteriormente de coerción, de obligación externa de cumplir las leyes.

De esta manera, la racionalidad y la libertad no son formas o realidades transcendentes, sino que solamente se materializan en el seno de una comunidad de seres racionales y libres, lugar donde encuentran un mundo completo de relaciones sociales. El objeto del derecho es una comunidad de seres libres y racionales, donde cada uno debe admitir a otros de su especie, obligados a vivir unos junto a otros (no sólo por realizar su racionalidad, sino también para cubrir más convenientemente sus necesidades materiales) aceptando los elementos de coacción jurídicos. La clave de este asunto reside en el concepto de arbitrio. La vida en comunidad no puede ser impuesta como una obligación no libre (desde el punto de vista moral), así como tampoco puede imaginarse que la libertad (absoluta e infinita) sea coaccionada (de manera heterónoma), desde fuera de la subjetividad. Lo único que puede resultar compatible con esta libertad es un ejercicio en el cual la persona7 se impone a sí misma sus límites. Una autolimitación es necesaria porque, de lo contrario, la autonomía del sujeto se lesionaría al ser condicionada desde fuera del seno de la propia conciencia.

A partir de lo anterior, el concepto de individualidad humana, racional, se reafirma como un concepto recíproco que debe pensarse solo en relación con otro, un concepto por el cual se reúnen dos conciencias esencialmente: la mía y la de otro, la de otro y la mía. Al ser así y al entrar en una relación de convivencia social, las consecuencias de tal modo de vivir ya no dependen enteramente de un sujeto o persona, pues ambas partes o voluntades deciden ingresar en la relación social donde se deben mutuamente obligaciones jurídicas, mediante las cuales es posible la existencia social. No puede ser que solo una parte tenga obligaciones, sino que estas deben ser distribuidas con equidad. En consecuencia, la ley es una obligación para todas las partes comprometidas en el pacto social. La existencia humana requiere de este tipo de acuerdos para superar la fragilidad y desvalimiento empíricos, si se mantiene al margen de las relaciones con los otros. Por ello mismo, todo aquel que entra en contacto con otro individuo debe establecer una relación jurídica, pues ésta es la única que garantiza el reconocimiento del otro como un ser libre, es decir, debe llegarse a un contrato social y a la fundación de un Estado:

La relación entre seres racionales deducida, a saber, que cada uno limite su libertad por el concepto de la posibilidad de la libertad del otro, bajo la condición de que éste límite igualmente la suya por la del otro, se llama relación jurídica, y la fórmula ahora establecida es el principio del derecho. (Fichte, GA, I/4: 358)8

En consecuencia, la piedra angular de todo el pensamiento político de Fichte es la idea de que no puede haber comunidad humana sin la existencia de un contrato social y, por consiguiente, sin un Estado. En esta institución se funda la posibilidad de una comunidad que vive de manera armónica. La relación jurídica implica un contrato social donde las personas que entran en contacto requieren la conformación de un Estado, pues no existe otra manera de formalizar esta relación en el mundo. Los seres humanos no pueden constituir una comunidad racional sin un Estado, pues lo contrario implicaría la negación de la relación jurídica y del reconocimiento mutuo. Lo opuesto a una comunidad organizada en un Estado es la guerra: una situación donde cada uno hace lo que quiere (sin límites) y esto trae como consecuencia la anarquía o anomia. El Estado es una necesidad para los seres humanos, significa el sometimiento a la ley de dicha institución y en caso necesario una coerción. En cuanto se decide entrar en un Estado determinado, es necesario que el individuo cumpla con las obligaciones derivadas de la relación jurídica:

Ahora bien, tan pronto expresa la voluntad de entrar en un Estado determinado y es aceptado en el mismo, queda sometido sin más, mediante esta mera declaración recíproca, a todas las limitaciones que la ley jurídica exige para este conjunto de hombres. (Fichte, GA, I/7: 326)

Si alguien no quisiera la constitución del Estado, tendría que irse a un lugar donde no tenga contacto con otras personas. Al respecto, Fichte concibe la remota posibilidad de una existencia aislada (factible en su tiempo, no tanto en el presente), de seres humanos que no se relacionen y, por lo tanto, sin comunidad, relación jurídica o un Estado. El precio de alejarse de toda forma de vida civilizada es demasiado alto y el aislamiento de los otros no es deseable (conlleva de manera inherente el riesgo de muerte, el estancamiento en la evolución y perfeccionamiento personal), razón por la cual no cabe más que aceptar las herramientas jurídicas una vez que se han establecido las relaciones intersubjetivas. Por esta razón, se entiende la necesidad de la existencia de un Estado desde la perspectiva filosófica de Fichte.

El Estado debe asegurar el trabajo y la base material de todos

El GNR de Fichte sostiene la idea básica de que la libertad como capacidad trascendental no es una sustancia posible sin un mundo. La materialidad del mundo es una condición necesaria para el despliegue del Yo puro en el Yo empírico como actividad libre, es decir, no es una capacidad que pueda ejercerse en la abstracción.9 De esta manera, dentro de la visión filosófica de Fichte, es esencial que el Estado asegure la existencia de la propiedad como una parte del mundo disponible a la libertad de un individuo y que, por lo tanto, la hace posible, así como su vida en tanto un ser orgánico y racional.10 En este sentido, para Fichte, la propiedad constituye un elemento esencial para la afirmación del sujeto, la autoconciencia y su libertad.11 Negarle a un ser humano el derecho a la libertad de acciones y la realización de éstas mediante sus propiedades sería equivalente a negarle su propia libertad y, por tanto, ello significaría la exclusión de ese individuo del contrato social (elemento fundamental primero), lo cual llevaría de manera catastrófica al fin del Estado. En síntesis: cada ser humano debe tener al menos los elementos materiales básicos para desplegar su libertad en el mundo.

El cuerpo es donde se realiza la primera forma de la objetivación del derecho a la propiedad, que luego se ampliará a la posesión de objetos. Esta posesión tiene en Fichte dos formas: primero, lo inmediatamente poseído (Besitz) de forma física; y, segundo, la propiedad (Eigentum) o posesión reconocida por los otros, momento intersubjetivo o de la comunidad donde se reconoce lo que es de cada quien. Así pues, la propiedad es un derecho de los seres humanos que interactúan en el marco del reconocimiento recíproco (como seres libres organizados mediante un contrato social), debe señalarse que es responsabilidad fundamental del Estado (como institución) velar para que todos los individuos tengan al menos lo necesario para llevar a cabo sus acciones libres dentro de un espacio determinado. El modo primordial de poseer es aquel derivado del trabajo12 (también se considera la herencia como un modo secundario), entonces el Estado ha de asegurarlo a todos. Esto implicaría, en este sentido, otorgar a los individuos las herramientas necesarias y básicas para acceder a la propiedad y con ello a la realización material de su libertad. Por ello, Fichte afirma en el GNR:

Poder vivir es la propiedad absoluta inalienable de todos los hombres. […] La consecución de este fin está garantizada; este es el espíritu del contrato de propiedad. El principio de toda constitución racional es: todo el mundo debe poder vivir de su trabajo. (Fichte, GA, I/4: 22)

Fichte comprende que para llevar a cabo esta tarea es necesario que el Estado programe la economía con independencia, como los otros no tienen en realidad ese fin, el Estado no puede estar abierto a su injerencia incontrolada, pues en ese caso no podrá cumplir con su cometido. No existe otra misión para el Estado que asegurar las condiciones de existencia básicas para cada uno de los ciudadanos, es decir, que cada uno tenga un espacio propio para ejercer sus acciones libres. Para ello, el Estado ha de asegurar un trabajo a todos, porque sólo así se pueden obtener los bienes materiales necesarios no sólo para alcanzar una vida agradable (ein angenehmes Leben), sino también para el ejercicio de la libertad y de acciones libres.13 Acerca de este aspecto, puede decirse de Fichte: “he loudly and clearly proclaimed that the state could not fulfill its limited duty to protect individual liberty and property rights without guaranteeing a right to work” (Nakhimovsky, 2011: 26). Si el Estado no asegura un trabajo para todos, entonces la existencia colectiva se encontraría amenazada por quienes no tienen por qué guardar ningún respeto o aprecio a un lugar donde nadie los ha reconocido. Siendo así, el aparato Estatal está obligado a gestionar las condiciones para el pleno empleo. Todos los individuos que vivan bajo un Estado racional están en su derecho de trabajar y de recibir reconocimiento por su trabajo, pero al mismo tiempo tienen la obligación de generar un producto óptimo. Al respecto, por ejemplo, es necesario señalar que al Estado fichteano no le interesa cualquier tipo de trabajo, sino aquel que se involucra activamente por la calidad. De esta manera, el trabajo profesional se fiscaliza y controla, como se establece, con claridad en el gHS: “A aquel cuyo trabajo no sea al menos tan bueno como el del resto de sus colegas del país, se le impedirá el ejercicio público de su profesión, hasta que la haya aprendido mejor y supere un segundo examen” (Fichte, GA, I/7: 62).

Funciones y labores del Estado comercial cerrado

Considerando lo anterior, para cumplir la principal tarea de política económica, Fichte propone cerrar comercialmente el Estado por medio de una serie de medidas, pues sólo así puede asegurar el trabajo y la libertad material a todos los súbditos, obligado por el contrato social. El Estado, en este sentido, no puede dejar las circunstancias libradas al azar de cada uno ni pretender que se arreglen solas por mecanismos como los del mercado, lo cual es incorrecto porque éste no se preocupa de dar el pan cotidiano a todos,14 sino que ese es un deber del Estado: “Decir «todo esto se arreglará por sí mismo, cada cual encontrará siempre trabajo y pan», y dejarlo depender de la buena suerte, no es decoroso para una constitución completamente legítima” (Fichte, GA, I/7: 90). Por lo tanto, desde el punto de vista práctico, para Fichte, el cierre comercial del Estado es una medida necesaria y obligatoria, pues si no se diera, no se podría asegurar un puesto para todos, al estar expuestos constantemente a la influencia de fuerzas individuales y exteriores que superarían la capacidad y las fuerzas de éste. La presencia de un Estado jurídico con un cuerpo de leyes y principios normativos ordenados regulando a un grupo de individuos es una premisa insoslayable para considerar la idea de un cierre de las relaciones comerciales con individuos no sometidos al mismo orden de coacción. No obstante, el Estado como institución (en la visión fichteana) no es autárquico (en el sentido estricto del vocablo), porque puede comerciar con países extranjeros (no así los individuos), pero hacerlo implica la necesidad de programar el Estado en su conjunto, para controlar su economía y ofrecer a todos trabajo y precios justos. Ese es el fin último de la acción de un Estado.

Teniendo en cuenta lo anterior, ¿cuáles son las principales medidas bajo un Estado comercial cerrado? En la aplicación general de sus principios establecidos al intercambio público, Fichte describe el funcionamiento idóneo de los dos grandes sectores (estamentos) de la economía: productores y artesanos. En medio de estos interviene un tercero: los comerciantes. Estos son los estamentos fundamentales de la nación. En el desarrollo del gHS tratará las relaciones entre ellos. No se excluyen a los profesores o miembros del gobierno, cuarto estamento, pero éstos sólo son a causa de los primeros. De esta manera, el texto plantea una especie de reconstrucción de los orígenes de la división social del trabajo, donde cada uno se ocupa de una rama de la producción llegando a un pacto con los demás.

La división social del trabajo tiene lugar en el hecho de que la naturaleza no se transforma fácilmente, es decir, no vivimos en un mundo que entregue sus productos de manera fácil y sencilla. Al contrario, lo propio de las leyes de la naturaleza es que el ser humano deba trabajar arduamente, al ser de esta manera, lo más sensato es promover la especialización de la técnica (repetición constante), para acceder a niveles mucho más altos de producción. La destreza y la práctica se adquieren con el trabajo cotidiano, por ello dividirlo es una necesidad social. Esta es una de las razones más poderosas para vivir en sociedad. Lo anterior permite el intercambio y fomenta las relaciones entre los productores, pues no tiene sentido la producción en masa, sin criterios de acuerdos previos que la ordenen. Por eso, el Estado racional fichteano no debe ni puede abandonar su labor ordenando el mercado. La economía debe estar planificada en el sentido estricto de la palabra, pues de ello se puede obtener un orden más racional y benéfico para el bienestar común. Respecto de los productores, Fichte realiza la interesante observación de que éstos siempre tienen la posibilidad de ser autosuficientes al producir sus alimentos y no necesitan de los demás, en principio. Por ello, tienen una ventaja sobre el gremio de los artesanos que deben, desde luego, primero alimentarse y posteriormente producir.

El tema de fondo, para Fichte, es que no debe existir una descompensación (muchos de unos y poco de los otros) entre productores y artesanos, pues ambos deben vivir de la misma manera y de forma agradable. Sus relaciones son obligatorias y no sólo opcionales. Ambos estamentos se obligan recíprocamente a entregarse lo que realizan mediante su trabajo. Un medio para facilitar dicho intercambio se representa en la figura del comerciante, cuya labor consiste en facilitar los intercambios de los objetos producidos. Estos tres estamentos son la base de la nación y es necesario ocuparse de ellos, porque sin su existencia no podría haber posteriormente profesores, militares, intelectuales o cualquier otro estamento. Lo primero es, pues, la base material para la reproducción de la existencia:

Los tres estamentos citados constituyen los componentes fundamentales de la nación. […] Los miembros del gobierno, así como los de los estamentos de profesores y militares, sólo existen y se computan a causa de los primeros. (Fichte, GA, I/7: 58)

En todo caso, importa señalar que entre los estamentos fundamentales de la nación se materializa una división social del trabajo que permite una racionalidad en la producción y distribución de los objetos necesarios para la existencia. Este pacto social es legitimado formalmente por el Estado y, por otra parte, el gobierno vela su cumplimiento. Resolver la alimentación y obtención de productos de la naturaleza es la base material fundamental de las relaciones sociopolíticas. Por ejemplo, sólo cuando las condiciones de producción de alimentos suben considerablemente pueden aparecer muchos más artesanos, lo cual promueve el desarrollo completo de la industria. En este sentido, el Estado debe limitar el desarrollo de la producción industrial, por ello, es sinónimo de límites, control y orden. En un Estado racional, donde los individuos tienen necesidades básicas sin resolver, es su obligación jurídica dirigir los recursos prioritariamente a este sector para atender sus necesidades, pero de la misma forma tiene que balancear, limitar y distribuir la cantidad de propiedad que puede tener un solo individuo, pues, de lo contrario, se estarían incubando tendencias autodestructivas en el seno de la intersubjetividad que no puede resistir de ninguna manera la universalización del egoísmo absoluto y las tendencias egocéntricas que niegan la cooperación y la realización en el marco de la comunidad de seres libres y racionales. En consecuencia, dentro del planteamiento del gHS, ningún ciudadano tendría tampoco derecho al derroche, mientras existan otros conciudadanos que no puedan satisfacer sus necesidades básicas:

[…] todos los ciudadanos deben estar saciados y vivir seguros, antes que alguien decore su vivienda; en primer lugar, todos deben estar vestidos de una forma decente y abrigada, antes que alguien se vista lujosamente. (Fichte, GA, I/7: 61)

El tercer estamento dentro del modelo fichteano son los comerciantes. Este grupo está en medio de los productores y los artesanos, su cantidad está determinada en relación con ellos. Como los productores son el estamento clave de todo el conjunto social, habría que sopesar a partir de éstos, cuántos artesanos y comerciantes pueden existir. Igualmente, factores como la cantidad de mercancías en circulación dentro de la nación y la situación de la industria influyen sobre la cantidad de los comerciantes.15

Límites y posibilidades del Estado comercial cerrado de Fichte

Se podría afirmar que algunos de los elementos anteriores, en términos de la intervención permanente del Estado en la actividad económica, marcan un carácter antiliberal en el pensamiento político de Fichte.16 En este sentido, las ideas del gHS marcan el camino de cierta propuesta filosófica anticapitalista, puesto que no da lugar a la ausencia de criterios específicos en términos de la producción de los bienes.17

Ahora, me permito señalar algunas fortalezas y debilidades de la propuesta del gHS. La primera fortaleza teórica y filosófica: una distribución justa de los bienes (dar a cada uno lo que es suyo y necesario) y del trabajo para alcanzar una vida agradable y libre, pues en ausencia de bienes es imposible realizar la libertad. Ciertamente, en ese punto no habría grandes discrepancias con la propuesta de Fichte. Sin embargo, para conseguir el fin mencionado, él está convencido de que la única forma de hacerlo es mediante la clausura jurídica y comercial del Estado, lo cual es muy discutible.

Una segunda fortaleza filosófica es la tesis de que los seres humanos, por el mero hecho de serlo, están provistos de una dignidad irrenunciable. En consonancia con el espíritu de la moral kantiana, para Fichte el hombre no es un medio, sino un fin en sí mismo, por esta razón su trabajo no puede ser considerado como mera mercancía. Por eso, el ser humano debe trabajar y transformar su entorno natural, pero no lo hace como una bestia de carga, que una vez exhausto se detiene para luego de un descanso comenzar de nuevo la faena. Por ello mismo, el ser humano: “Debe trabajar sin miedo, con ganas y alegría, y disponer de tiempo libre para elevar su espíritu y sus ojos hacia el cielo, ya que ha sido creado para la contemplación de éste” (Fichte, GA, I/7: 71).

Una tercera fortaleza filosófico-histórica es la aguda mirada acerca del carácter de los desarrollos comerciales que constituyen la base material del desarrollo europeo desde el siglo XV y que han convertido a esta sociedad en una entidad depredadora. Una muestra de ello, desde el punto de vista de Fichte, es que las sociedades europeas siempre se han apoderado de las fuerzas de trabajo y productos de los habitantes del mundo, sin proporcionar un equivalente suficiente de sus propias fuerzas y productos. Así pues, por muy desfavorable que sea la condición para un Estado europeo en relación con otro del mismo continente, éste siempre sacará provecho de su relación comercial con el resto de los países del mundo, inclinando la balanza comercial hacia su lado. Una clausura del Estado comercial implicaría perder los privilegios que ha gozado el comercio europeo, por ende, no sería un asunto de esperar pronto. Al respecto, advierte: “Para resaltar la razón de esta negativa habría que mostrar que una relación como la de Europa con el resto del mundo, la cual no se fundamenta en el derecho ni en la equidad, es imposible que pueda persistir” (Fichte, GA, I/7: 44). En síntesis, se trata del problema del colonialismo: los Estados de Europa no quieren cerrarse al comercio porque quieren seguir explotando colonialmente a los otros pueblos.

Ahora bien, la primera limitación importante del gHS de Fichte es que se precipita al considerar como única opción posible, para la realización de su misión, desechar el intercambio comercial de los ciudadanos de una nación con los extranjeros. Este paso es el más débil de su propuesta, llegado a este punto, el gHS se destruye a sí mismo porque su propuesta de un cierre comercial para los Estados modernos es inviable, más aún desde el proceso de globalización del siglo XXI.18 Si bien Fichte considera importante la existencia de un derecho internacional y cosmopolita, insiste en un Estado racional comercialmente cerrado (para cumplir con las obligaciones derivadas del contrato social), es decir, debe controlar la economía del país, al menos hasta que todos los ciudadanos de los Estados extranjeros se rijan por los mismos principios, es decir, si no se puede unificar el derecho para todos los ciudadanos del mundo, entonces corresponde cerrar las fronteras comerciales:

[…] entonces todos los intercambios que se efectúen en el Estado deben ser organizados del modo indicado anteriormente; y para que esto sea posible, la influencia incontrolable del extranjero debe ser excluida; y el Estado racional es un Estado comercial cerrado, lo mismo que es un reino cerrado de leyes e individuos. (Fichte, GA, I/7: 70)

Esta es una de las aporías del pensamiento político de Fichte, por una parte, defiende el derecho cosmopolita e internacional en el GNR, pero, por otra, defiende la necesidad de un Estado cerrado jurídica y comercialmente en el gHS. De esta manera, se puede señalar, como una posible interpretación, lo siguiente:

No obstante, este derecho a circular libremente por la superficie de la tierra reconocido en el Fundamento del derecho natural resulta incompatible con el orden jurídico nacional e internacional que Fichte esboza en su trabajo de 1800, el Estado comercial cerrado. (Schwember, 2016: 7)

La argumentación de Fichte es clara, pero problemática: la intervención de un extranjero en la economía nacional produciría necesariamente un desequilibrio en los intercambios comerciales, pero, ante todo, se trataría de una situación de alguien que interviene en el mercado interno y no está sometido a las leyes del Estado o no está controlado por las mismas. Esto crearía una situación difícil de resolver, pues todos los que desean intervenir en las dinámicas internas del comercio deben someterse al derecho del Estado y sus leyes (elemento adicional contra el cosmopolitismo). Aún más, dependiendo de la eventual potencia económica de un agente foráneo interviniendo en la economía, ello haría aún más difícil o imposible cumplir con el deber de procurar el trabajo universal (fijado por el contrato social) y, al mismo tiempo, fijar el precio al menos de los productos básicos, es decir, la necesidad de controlar la economía para que no hubiera indigentes. El argumento es correcto, pero tiene consecuencias indefendibles, tales como limitar en exceso el arbitrio personal de los individuos que habiten un Estado comercialmente cerrado para el bienestar colectivo.

La conclusión de Fichte respecto de la clausura comercial del Estado es materialmente insostenible, a pesar de defender su idea a partir de principios correctos (la existencia de un Estado planificador, necesidad de garantizar la propiedad mínima para todos los individuos y por consiguiente la libertad individual, el trabajo como fuente material para la resolución de las necesidades). El problema no son los principios filosóficos en sí mismos, sino su manera de aplicarlos e interpretarlos. El ideal de Estado fichteano es aquel donde todos están incluidos tanto formal como materialmente, gracias a la existencia del pacto social, que incluye no solamente los derechos formales de los ciudadanos, sino también sus condiciones materiales y económicas de subsistencia para el ejercicio de su libertad. Pero la realización de un Estado comercial cerrado no carece de dificultades, Fichte mismo advierte que la clausura jurídica y comercial contiene en el fondo una serie de medidas que ningún Estado moderno querrá aceptar. Esto es verificable, por ejemplo, para los Estados europeos: la razón central de esto radica en su historia, ninguna de estas naciones desearía un cierre comercial y jurídico, pues eso supondría deshacerse de la gran ventaja que tiene el continente en materia de comercio respecto del resto del mundo y de colonización de otros territorios a los que explota comercial y políticamente.

Una segunda debilidad, de acuerdo a Arrese Igor (2018), es que no reconoce la necesidad de una educación moral de los individuos como paso previo a la clausura del Estado. Esto quiere decir que Fichte coloca una serie de obligaciones y labores en los ciudadanos, pero sin considerar la necesaria educación que pueda habilitarlos para alcanzar un Estado comercial cerrado como el que propone. De esta manera, el gHS se concentra exclusivamente en el diseño arquitectónico de un Estado donde reine la justicia distributiva (dar a cada uno lo suyo para llevar una vida agradable) desconociendo que esto no se puede alcanzar de un solo golpe, sin antes preparar el terreno para tales fines. La ausencia de educación moral es harto problemática, porque no prepara a los individuos para aceptar la justicia como una medida necesaria para que cada uno tenga lo suyo como condición de realización de la autoconciencia. Cada quién debe tener lo suyo porque de lo contrario no hay comunidad humana, y si ésta no existe, no hay individuos ni hay Estado racional. De esta manera, lo que resta es un estado de naturaleza y de guerra entre seres humanos. Ahora bien, el hecho de que los individuos acepten realizar una justicia distributiva no se consigue fácilmente o de manera instantánea, sino que necesita un camino previo de preparación.

Una tercera debilidad del gHS, sugerida por Jean Cristoph Merle (2006), consiste en que la propuesta de Fichte descansa en una autarquía impuesta por la fuerza a la gente, sin su consentimiento. Se puede considerar que las consecuencias de realizar un Estado comercial cerrado (a partir de individuos capaces de dejar el egoísmo personal) conlleva un grado importante de autoritarismo que se debe ejercer sobre los ciudadanos; lo cual definitivamente recae sobre los arbitrios individuales. Esto precisamente hace que su proyecto se tambalee, puesto que no habría muchos individuos dispuestos a aceptar la imposición de tantas restricciones y normas como Fichte propone.

En consecuencia, este camino tomado por Fichte es equivocado, pues no repara en la necesidad de una educación moral de los individuos y la preservación de un fuerte arbitrio individual dentro del Estado racional que propone. A diferencia del GNR, paradójicamente, donde su propuesta consiste en el libre y progresivo establecimiento del contrato social como fundamento de la comunidad, es decir, nadie es incorporado a la fuerza o violentamente como ciudadanía, en el gHS la premisa parece ser una sola: la fuerza como mecanismo de construcción de un Estado racional. Las personas no pueden elegir el ingreso o no al Estado comercial cerrado, sino que éste se impone para cumplir con la obligación de dar a cada uno lo que le corresponde.

En este sentido, López Domínguez (1994) señala como una debilidad el hecho de que el Estado configurado en el gHS, a causa de sus innumerables competencias (planificar, ordenar, regular), casi termina por disolver el arbitrio individual (lo cual negaría los fundamentos mismos de la filosofía de Fichte) y, por otra parte, en esta condición se hace imposible pensar en una eventual disolución del Estado, un momento en el cual esta institución se vuelva superflua y se avance hacia la anarquía.19 Volver al Estado una entidad determinante en sus funciones y tareas, dentro de esta postura, asentaría las bases para una posterior divinización del Estado, como sucede en el pensamiento político de Hegel. En síntesis, en este punto se expresa una idea clara: el tipo de Estado desarrollado por Fichte en el gHS restringe en exceso al arbitrio, lo cual es inconsecuente con su propia obra filosófica, pero además crea un marco de condiciones para hacerlo una entidad indisoluble.

Etienne Balibar (2011) sostiene que estos excesos planteados en el gHS acerca del arbitrio individual tienen un sentido: Fichte considera el problema de la desigualdad económica entre los individuos (la injusticia social) como un asunto directamente relacionado con las guerras económicas, es decir, con el imperialismo que mantiene el continente europeo con las naciones del mundo, pero igualmente en su interior. Se trata por lo tanto de un doble problema. En este sentido, se explica la posición de Fichte, a saber:

El cierre autoritario de fronteras […] medio según su opinión de suprimir el dinero (o, al menos, de separar moneda interior y moneda internacional, por lo tanto, de suprimir el espacio mundial de acumulación capitalista), debería resolver de una sola tirada este doble problema. (Balibar, 1990: 18)

Conclusiones

En concordancia con lo anterior y atendiendo a la interrogante inicial, a saber, ¿si es posible o no defender en el presente, siglo XXI, una propuesta política de un Estado comercial cerrado tal como lo hace Fichte?, es necesario señalar la imposibilidad de este proyecto por las razones anteriores. Si bien es cierto, no es difícil compartir o conceder razón a los principios filosóficos que le dan forma a su filosofía política, la realidad más allá de estos principios hace difícil continuar en el terreno de su aplicación. En el gHS Fichte traslada sus principios filosóficos al campo concreto de la planificación y ordenamiento político de la economía, pero termina construyendo un proyecto con rasgos opresores, lo cual contradice su propia filosofía, que enarbola la libertad como el más alto principio.

Así pues, la clausura del Estado propuesta por Fichte lleva a consecuencias que no pueden ser reivindicadas: la supresión de ciertos arbitrios individuales (los ciudadanos de un Estado comercial cerrado, por ejemplo, no tienen permitido viajar), la imposición vertical y autoritaria del proyecto (no existe una educación moral preparatoria) son un conjunto de medidas cuyo carácter es problemático. La historia del siglo XX, a mi parecer, enseña que la construcción de regímenes económicos, y políticos basados en la violencia o la fuerza necesariamente terminan mal y, por ende, no pueden ser celebrados o aceptados sin una fuerte crítica.

De esta manera, considero haber confirmado la hipótesis formulada inicialmente, a saber, la paradoja de que, si bien los principios filosóficos que animan el pensamiento de Fichte en relación con el Estado y sus funciones son correctos dentro de la comunidad de seres finitos y racionales, no obstante, sus conclusiones son insostenibles en nuestro tiempo. Esto no anula la verdad de los principios fichteanos, sino que obliga a sus lectores desde el siglo XXI a buscar nuevas maneras de interpretar el mundo y transformarlo a partir de las ideas contenidas en la obra de este pensador. Permanecer fieles al pensamiento de Fichte significaría, en este contexto, reconocer las falencias de su obra, introduciendo correcciones a la letra del pensamiento filosófico, pero no al espíritu del planteamiento que merece ser recuperado e incorporado en el presente.

Agradecimientos

Agradezco todas las oportunas observaciones y comentarios realizados a este manuscrito por el profesor Dr. Jacinto Rivera de Rosales.

Bibliografía

Almeida Carvalho, Mario Jorge (2009), “Introducción histórica”, en Jacinto Rivera de Rosales y Oscar Cubo (coords.), La polémica sobre el ateísmo. Fichte y su época, Madrid, Dykinson, pp. 13-134. [ Links ]

Arrese Igor, Héctor (2018), “Sense and limits of the fichtean project of a closed commercial state”, Tópicos. Revista de Filosofía, núm. 54, pp. 215-236. [ Links ]

Balibar, Etienne (2011 [c. 1990]), “Fichte y la frontera interior. A propósito de los Discursos a la nación alemana”, La Torre del Virrey: Revista de Estudios Culturales, núm. 10, pp. 11-23. [ Links ]

Damiani, Alberto Mario (2013), “Trabajo y ciudadanía en la filosofía política de Fichte”, Isegoría. Revista de Filosofía Moral y Política, núm. 48, enero-junio, pp. 285-304. [ Links ]

Fichte, Johann Gottlieb (1988), Werke 1800-1801, Stuttgart, Friedrich Fromann Verlag (Günther Holzboog). [ Links ]

Fichte, Johann Gottlieb (1970), Werke 1797-1798, Stuttgart, Friedrich Fromann Verlag (Günther Holzboog). [ Links ]

Fichte, Johann Gottlieb (1966), Werke 1794-1796, Stuttgart, Friedrich Fromann Verlag (Günther Holzboog). [ Links ]

James, David (2011), Fichte’s Social and Political Philosophy: Property and Virtue, Cambridge, UK, Cambridge University Press. [ Links ]

López Domínguez, Virginia (1994), “Individuo y comunidad: reflexiones sobre el eterno círculo fichteano”, Daimon. Revista Internacional de Filosofía, núm. 9, pp. 211-227. [ Links ]

Merle, Jean Cristoph (2006), “Johann Gottlieb Fichte, der geschlossne Handelstaat (1800)”, en Manfred Brocker (coord.), Geschichte des politischen Denkens, Fráncfort del Meno, Suhrkamp, pp. 387-402. [ Links ]

Nakhimovsky, Isaac (2011), The Closed Commercial State: Perpetual Peace and Commercial Society from Rousseau to Fichte, Princeton, Princeton University Press. [ Links ]

Rivera de Rosales, Jacinto (2018), “Der Geschlossene Handelsstaat im Kontext der praktischen Philosophie Fichtes”, en Thomas Soren Hoffman (coord.), Fichtes Geschlossener Handelsstaat. Beiträge zur Erschließung eines Anti-Klassikers, Berlín, Duncker & Humblot, pp. 13-42. [ Links ]

Schwember Augier, Felipe (2016), “Libertad, propiedad y derecho de cosmopolita: aporías de El Estado comercial cerrado de Fichte”, Revista de Estudios sobre Fichte, núm. 11, pp. 1-15. [ Links ]

1 El nombre completo del texto es: Der geschlossene Handelsstaat: Ein philosophischer Entwurf als Anhang zur Rechslehre, und Probe einer künftig zu liefernden Politik. En adelante será nombrado con las siglas gHS. Para mayor claridad, todas las citas de Fichte refieren a la edición crítica de sus obras, publicada por la Academia de las Ciencias de Baviera.

2 Mario Jorge Almeida Carvalho (2009) cataloga la polémica del ateísmo como un importante episodio del pensamiento postkantiano, muy relevante para el desarrollo del pensamiento de Fichte, así como del idealismo alemán. Aunque en un plano mayor, también se trata de un evento que tiene gran resonancia porque allí se anidan una serie de problemas filosóficos, políticos y sociales fundamentales de la segunda mitad del siglo XVIII y el paso al siglo XIX.

3Un detalle importante del sentido básico del texto es que se encuentra dedicado al señor de Struensee, ministro privado del Estado Real de Prusia y Caballero de la Orden del Águila Roja. Struensee fue Ministro de Hacienda en 1800, particularmente conocido por su talante abierto y liberal.

4En relación con este asunto, James (2011) señala la interesante manera en que la historia de la filosofía ha recibido este problema del reconocimiento entre los individuos, de una manera injusta asociándolo más como un triunfo de Hegel que de Fichte. Para Fichte, el reconocimiento que se dan las personas entre sí es un elemento constitutivo de la autocomprensión o autoconciencia.

5La libertad tiene un modo de ser comunitario positivo: sólo soy libre si el otro es reconocido y tratado como tal, lo cual forma parte esencial de mi propia libertad. Es cierto que, si yo poseo algo, otro no lo posee y limito al otro, pero ese reconocimiento de mi ámbito material de libertad lleva aparejado el reconocimiento del ámbito material de la libertad del otro. Ese momento positivo y afirmativo del otro es esencial en Fichte, a saber, la libertad no es algo que yo pueda tener (o ser) sin que la tenga también el otro.

6Fichte concibe al derecho y a la moral como esferas distinguibles y claramente distintas. En este sentido, aboga por una ciencia del derecho independiente de la moral: “La regla del derecho: —limita tu libertad mediante el concepto de la libertad de todas las demás personas con las que entras en relación”, recibe una nueva sanción, para la conciencia (Gewissen), mediante la ley de la absoluta concordancia consigo mismo (la ley moral); y el tratamiento filosófico de esta última constituye un capítulo de la moral, pero en modo alguno la doctrina filosófica del derecho, que debe ser una ciencia propia, autónoma (Fichte, GA, I/4: 320-321).

7Al respecto, como bien señala James (2011), es importante tener en cuenta un asunto básico: Fichte usa el término persona para designar un ser humano que se ha dado a sí mismo una esfera para el ejercicio de su libertad, y que de manera exclusiva es el único capaz de tomar decisiones dentro de dicha esfera.

8 Virginia López Domínguez (1994: 221) señala que toda relación humana es jurídica, por lo cual para acercarse al fin final de la perfección: “el hombre no tiene otro camino que la construcción de la sociedad a través del Estado”.

9En este sentido, a saber, la libertad no es una substancia que pueda existir sin el mundo, pero tampoco es una más (un objeto entre otros limitado por las leyes de la naturaleza), se puede decir lo siguiente: “die Freiheit oder das absolute Ich nach Fichte keine Substanz ist, die sich ohne Welt realisieren oder uberhaupt sein könnte. ̈ Nach dem Vorigen ist uns klar, daß das transzendentale Ich und seine Freiheit kein immanentes Objekt der Natur und ihrer Gesetze ist. Aber es ist auch keine transcendente Substanz, die ohne Welt existieren könnte” (Rivera de Rosales, 2018: 28).

10Es esencial tomar en cuenta que la propiedad, para Fichte, no remite a la posesión de objetos materiales específicamente, sino más bien al derecho de ejercer acciones en el mundo dentro de un cierto ámbito o espacio de actividad. Al respecto del derecho a la propiedad, Héctor Arrese Igor señala (2018: 222): “This right is a form of activity in the world of the senses. Therefore, Fichte does not define it in terms of the mere exclusive possession of an object”. Igualmente se puede afirmar: “La teoría fichteana concede que, en sentido figurado, se diga que un objeto es propiedad de quien tiene el derecho a una actividad sobre él” (Damiani, 2013: 298).

11Sin la propiedad no es posible la existencia de la libertad ni de la vida. Estas cosas se encuentran íntegramente asociadas: “Das Eigentum ist ein Teil der Welt, der der Freiheit eines Individuums zur Verfugung steht und dadurch seine Freiheit und sein Leben als organisches Wesen möglich ̈ macht” (Rivera de Rosales, 2018: 34).

12La cuestión del trabajo recorre todo el pensamiento político de Fichte. De acuerdo con Alberto Mario Damiani (2013), esto se puede identificar desde las primeras preocupaciones filosóficas del joven Fichte, por ejemplo, en el texto sobre el Destino del sabio de 1794, donde el trabajo aparece signado bajo la concepción de no ser un mero medio para satisfacer necesidades humanas, sino con la idea de la realización personal o del perfeccionamiento continuo. El ser humano debe ser mejor constantemente, lo cual sólo es posible gracias al trabajo.

13Es importante observar, tal como señala Arrese Igor (2018), que existe una contradicción en esta propuesta filosófica de Fichte, al argumentar que no son los individuos quienes deciden el contenido de una vida agradable (fin final de la existencia humana), sino que esa labor está asignada exclusivamente al Estado. La contradicción radica en que si los individuos no deciden, sino el Estado, entonces se anula su arbitrio. Se produce un paternalismo autoritario por parte del Estado: éste conoce lo mejor para cada uno de nosotros.

14En el caso del pan, concretamente, no se trata de una cosa cualquiera, sino que todas las cosas se miden por su valor. La razón de esto reside en la necesidad de poner como tema prioritario la subsistencia de las personas, de esta manera el pan es el elemento central en las sociedades donde es la base de su alimentación. Al respecto, puede decirse lo siguiente sobre Fichte: “el valor de las cosas se estima, en primer lugar, por su aptitud para sostener la vida; el agrado entra en consideración después. Y esa aptitud para sostener la vida es lo que Fichte denomina el valor intrínseco de un bien, y aquel bien que permite sostener la vida por más tiempo vale consecuentemente más que aquel que contribuye a ese mismo fin” (Schwember, 2016: 9).

15Desde luego, todo esto es propio de la época de Fichte, fundamentalmente agrícola y ganadera. Es importante tomar nota de que posterior a la revolución industrial, que Fichte no logra ver del todo, la industria cobra una creciente importancia. En nuestros días, la revolución tecnológica y digital va a la vanguardia del desarrollo económico, así como la industria del ocio y del turismo, que Fichte tampoco puede ver en su época y respecto de la cual no se encuentra conforme.

16Entiendo por antiliberal una postura contraria de la vieja aspiración de que el Estado no debe intervenir en la economía y de que debería mantenerse al margen del mercado: el famoso “dejar hacer, dejar pasar”. El pensamiento de Fichte claramente se aleja de este criterio filosófico y político. El Estado fichteano debe planificar y ordenar la economía, en caso contrario se abre la posibilidad de ser incapaz de cumplir con las obligaciones derivadas del contrato social. En este sentido, afirma Arrese Igor (2018: 219): “For this reason, the state must plan the economy in a centralized way for the purpose of avoiding the possibility that the fundamental right ends up being subordinated to the anarchy and the hazard of the free market”.

17A mi manera de entender, si algo caracteriza el sistema económico y productivo capitalista es el constante divorcio entre las necesidades de los seres humanos y lo que la industria y el comercio producen. Esta separación entre necesidades y producción se expresa claramente en las continuas crisis del capitalismo, las cuales se manifiestan como los típicos problemas de sobreproducción.

18En el siglo XXI es muy difícil continuar la defensa de un Estado comercial cerrado como el planteado por Fichte. En el siglo XX, las referencias más concretas serían las del comunismo en la Unión Soviética y experiencias individuales como las de Cuba, no obstante, en el presente esto se vuelve cada vez más una obsolescencia, con el agravante de que las sociedades de mayor bienestar ciudadano en el mundo no son Estados comerciales cerrados, como sería el caso de Dinamarca, Suecia, Finlandia, Noruega, los cuales no han tenido que recurrir a este tipo de medidas.

19 López Domínguez (1994) defiende que Fichte, a diferencia de Kant y Hegel, considera posible la existencia de una comunidad libre de las normas coercitivas del Estado. De hecho, según la autora, una de las principales ideas del pensamiento político de Fichte sería la consecución de la anarquía como meta última de la organización social humana.

Jorge Prendas-Solano: Profesor Asociado o Titular del Instituto Tecnológico de Costa Rica en la Escuela de Ciencias Sociales, y de la Escuela de Filosofía de la Universidad de Costa Rica. Doctor en Filosofía por la Universidad Nacional de Educación a Distancia, España, 2019. Magister en Sociología por el Programa Centroamericano de Sociología de la Universidad de Costa Rica, 2012. Licenciado en Filosofía por la Escuela de Filosofía de la Universidad de Costa Rica, 2009. Áreas de especialidad: Idealismo Alemán, Pensamiento Filosófico Contemporáneo, Ética y Filosofía Política. Ha presentado diversas ponencias en congresos, coloquios y seminarios en América Latina y Europa. Sus publicaciones han aparecido en diversas revistas académicas de Costa Rica y del extranjero. Actualmente trabaja en la publicación de su tesis doctoral sobre el concepto de “Estado racional” en el pensamiento político de J. G. Fichte.

Recibido: 20 de Agosto de 2018; Aprobado: 26 de Marzo de 2019

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