1. Introducción: observaciones preliminares
En este artículo, me propongo ofrecer una interpretación, en parte novedosa, del pasaje 5.54-5.5423 del Tractatus (1922) en el que Wittgenstein considera las proposiciones que representan relaciones intencionales como juzgar (‘A juzga que p’) o decir algo (‘A dice que p’). Este pasaje tiene antecedentes en los escritos pretractarianos (2009, B33, B55, C29 y C39; 1961b, p. 118). Ciertamente, lo que Wittgenstein propone directamente es un análisis de la forma de las proposiciones que representan relaciones intencionales, no un análisis de la forma de las relaciones intencionales mismas. Pero según el Tractatus la forma lógica debe ser idéntica en ambos casos (T 2.18, 4.04), lo que significa que el análisis en cuestión tiene que arrojar luz sobre la naturaleza del juicio.1
Como es sabido, los parágrafos en discusión empiezan con la afirmación característica de la teoría veritativo-funcional de las proposiciones (T 5.54):
En la forma general de la proposición las proposiciones ocurren en otras proposiciones solo como base de operaciones veritativas.
Esto introduce naturalmente el problema de la extensionalidad para las proposiciones que representan relaciones intencionales (T 5.541):
A primera vista parece como si una proposición pudiese ocurrir en otra de una manera distinta.
Particularmente en ciertas formas de proposición en psicología como ‘A cree que p es el caso’, o ‘A piensa p’, etc. [ . . . ]
En efecto, el valor de verdad de una proposición no analizada como ‘A juzga que p’ no parece depender del valor de verdad de la proposición ‘p’ que ocurre en ella. Esta sería la razón por la que Wittgenstein sostiene a continuación que las proposiciones que representan relaciones intencionales son realmente de otra forma (T 5.542):2
Es claro, sin embargo, que ‘A cree p’, ‘A piensa p’, ‘A dice p’ son de la forma “ ‘p’ dice p”.3 [ . . . ]
Aquí es donde se produce primero una divergencia de interpretaciones: por un lado, están quienes ven ese parágrafo como si se propusiera un modo en el que la proposición ‘p’ puede ocurrir veritativo-funcionalmente en un contexto intencional,4 mientras que, por otro lado, están quienes consideran “ ‘p’ dice que p” como una pseudo-proposición que no expresa un sentido, lo que implica que no es una proposición con un valor de verdad.5 En ambos casos se mostraría que las (pseudo-)proposiciones que (pseudo-)representan relaciones intencionales no son una excepción a la extensionalidad del lenguaje. Por mi parte, ofreceré una respuesta en la estela de Frank P. Ramsey, pero también de otros intérpretes como White (2006) y Frascolla (2007), según la cual las proposiciones de la forma “ ‘p’ dice que p” pueden entenderse en términos veritativo-funcionales porque en la proposición completamente analizada no ocurre ninguna proposición ‘p’.
En mi propuesta, esta interpretación, que es el núcleo del presente artículo, es el resultado de argumentar que, según el Tractatus, las proposiciones de la forma “ ‘p’ dice que p” son proposiciones que tratan de complejos y, en consecuencia, se pueden descomponer a su vez en las proposiciones sobre sus partes constituyentes y en las proposiciones que describen los complejos de manera completa (T 2.0201). Como veremos, este análisis permite garantizar la extensionalidad del lenguaje porque “ ‘p’ dice que p” resulta ser equivalente a una conjunción de proposiciones que, por tanto, solo ocurren como base de operaciones veritativas. Justamente en tal conjunción de proposiciones como analisans desaparece la cláusula ‘que p’. A este respecto, la proposición completamente analizada se corresponde con la versión de Ramsey (1925a, p. 40), con la diferencia de que aquí argumento cómo llega Wittgenstein a ese resultado. Se sigue que la cláusula-que es un ‘símbolo incompleto’, en la terminología de Russell, lo que implica que, al menos en los contextos intencionales que estamos examinando, no tiene significado por sí misma y en esa medida no contribuye con un sentido tractariano (o un contenido proposicional). De hecho, la teoría russelliana del juicio como relación múltiple entre un sujeto y las entidades del mundo que resultan de descomponer un contenido proposicional está basada en un análisis de la forma del juicio donde la cláusula-que, o la proposición que figura en ella, es considerada como un símbolo incompleto (Russell 1910a, p. 44; 1910b, pp. 334-335; 1913, pp. 108-109). Ciertamente, parece que si la caracterización de una relación intencional como el juicio no requiere introducir un sentido o contenido proposicional, entonces dicha relación no puede ser una relación dual entre un sujeto y un genuino contenido proposicional. En particular, Wittgenstein reemplaza dicha teoría del juicio por una teoría de la proposición [Satz] según la cual la relación relevante ahora sería la relación entre los constituyentes lingüísticos (o mentales) mismos de una proposición tractariana. Deberíamos concluir que la teoría del Tractatus no es una teoría del juicio como relación dual.
Sin embargo, Wittgenstein continúa su análisis criticando la teoría russelliana del juicio como relación múltiple (T 5.5422):6
La explicación correcta de la forma de la proposición ‘A juzga p’ tiene que mostrar que es imposible juzgar un sinsentido. (La teoría de Russell no satisface esta exigencia.)
A este respecto, consideraré brevemente la célebre objeción de Wittgenstein a la teoría russelliana para luego argumentar que la teoría del juicio que, según mi propuesta, se defiende en el Tractatus, una versión de la teoría del juicio como relación múltiple, es inmune a esa objeción. El último parágrafo del pasaje ilustra la teoría del juicio de Wittgenstein a través de una analogía con la percepción del cubo de Necker, que es una de las escasas ocasiones en que se habla de los complejos, lo que contribuye a fortalecer la interpretación que propongo en este artículo (T 5.5423):
Percibir un complejo quiere decir percibir que sus partes constituyentes se relacionan entre sí de esta y aquella manera. [ . . . ]
A continuación, examinaré primero (sección 2) la concepción tractariana de las proposiciones que tratan de complejos. Procederé luego (sección 3) a justificar la idea principal según la cual las proposiciones que representan relaciones intencionales son proposiciones que tratan de complejos y, por tanto, deben analizarse de cierta manera específica. Por último, argumentaré (sección 4) que la teoría del juicio de Wittgenstein excluye la posibilidad de juzgar sinsentidos, a diferencia de la teoría russelliana del juicio como relación múltiple.
2. Las proposiciones que tratan de complejos
Parece bastante indudable que Wittgenstein toma de Russell el problema de los complejos, que es una versión del problema de la unidad metafísica entre un todo y sus partes. En varios lugares, Russell (1913, pp. 79-80; 1910b, p. 332; 1912, pp. 74-75) no establece una distinción neta entre un complejo, que introduce como un todo analizable en constituyentes o partes, y un hecho, que introduce como lo que hay cuando un juicio es verdadero, y justifica este tratamiento con la idea de que se da una correspondencia uno a uno entre ellos (por ejemplo, entre el complejo descrito como el-cuchillo-a-la-izquierda-del-libro y el hecho de que el cuchillo está a la izquierda del libro).7 Wittgenstein se ocupa extensamente de los objetos complejos ordinarios como relojes o libros en los escritos pretractarianos, principalmente en los Notebooks (1961a, pp. 4, 16, 46-50, 59-61, 63-64, 96, 101), lo que no ocurre en el Tractatus. Sin embargo, su concepción previa del análisis y, por tanto, de las proposiciones sobre complejos está incorporada en él, como veremos a continuación. Ahora bien, es evidente que Wittgenstein siempre puso especial énfasis en distinguir entre complejos y hechos (1961a, p. 48). Me parece que la razón principal por la que en el Tractatus hace esa distinción es que empieza con la idea russelliana de que la noción de un complejo se deriva de la noción de un constituyente, de tal modo que los constituyentes serían como bloques de construcción a partir de los cuales se obtiene el complejo (o hecho), mientras que la noción tractariana de un hecho es anterior a la noción de un constituyente (cfr. White 2006, pp. 30-33; Zalabardo 2015, pp. 123-124). Esta distinción es el resultado de tener diferentes concepciones de los constituyentes: o bien como entidades independientes o autosubsistentes, que es justamente lo que sostenía Russell (1903, § 49) de los ‘términos’ (objetos, propiedades y relaciones), o bien como entidades dependientes en el sentido de que no pueden existir sin combinarse con otros constituyentes, que es justamente la noción tractariana de objeto (T 2.011-2.0141). En efecto, de la tesis de la independencia se sigue que los constituyentes están dados antes de combinarse entre sí, lo que significa que tienen prioridad ontológica sobre el todo del que forman parte, como de la tesis de la dependencia se sigue que los constituyentes solo se obtienen a partir de una combinación ontológicamente previa. Volveré sobre esta cuestión más adelante en esta misma sección.8
Pero una vez que la relación entre los hechos y sus constituyentes se entiende de esta manera, es claro que no cabe ya hablar de complejos en el sentido russelliano, sino que cualquier referencia a un objeto complejo y sus constituyentes tendrá que analizarse en términos de estos ‘nuevos’ hechos. Puede decirse entonces que Wittgenstein tiene una concepción eliminacionista del análisis (Potter 2009, pp. 43-45; Proops 2011, pp. 222-223) según la cual una proposición solo es aparentemente sobre un complejo. Así, en una versión previa del parágrafo 2.0201 que mencionamos en la introducción, establece lo siguiente:
Toda proposición que parece ser sobre un complejo puede analizarse en una proposición sobre sus constituyentes y la proposición que describe el complejo perfectamente; i.e., la proposición que es equivalente a decir que el complejo existe. (2009, C25; cfr. B17; las cursivas son mías)
En términos semiformales, donde ‘[aRb]’ sería el nombre compuesto, o la descripción, de un complejo, una expresión equivalente a ‘a-en-la-relación-R-con-b’, esto significa con mayor precisión que una proposición sobre ese complejo podrá analizarse en ciertas proposiciones sobre los constituyentes a y b más la proposición que representa la combinación entre ellos:
φ[aRb] si y solo si: φa y φb y aRb.9
Desde luego, si a su vez a es, digamos, el complejo [cSd], entonces el análisis no termina ahí, sino que remite a otras proposiciones del mismo tipo sobre los constituyentes de a más la proposición que representa su combinación, el hecho de que c está en la relación S con d, pero por simplicidad no tendré en cuenta esta posibilidad. Considerando un ejemplo célebre por la autocrítica que desarrollará Wittgenstein en una etapa posterior (cfr. 1953, § 60), supongamos, como una instancia del esquema anterior, que la proposición ‘La escoba está en la esquina’, o ‘El-palo-fijado-al-cepillo está en la esquina’, puede analizarse en términos de la conjunción de proposiciones: ‘El palo (de la escoba) está en la esquina’, ‘El cepillo (de la escoba) está en la esquina’ y ‘El palo está fijado al cepillo’. Esto significa que la proposición ‘La escoba está en la esquina’ no trata realmente de la escoba, o del objeto complejo descrito como el-palo-fijado-al-cepillo, sino de sus constituyentes, el palo y el cepillo. Pues en las proposiciones que componen el analisans, es decir, en la proposición completamente analizada cuyos nombres determinan de qué trata realmente la proposición sin analizar, ya no figura el nombre compuesto, o la descripción, de ese complejo. La contraparte metafísica del análisis es entonces que no hay un objeto complejo, la escoba, que sea algo más que el palo, el cepillo y el hecho de que el palo está fijado al cepillo. Justamente de la última línea de C25 se sigue que la proposición ‘La escoba existe’ es equivalente a la proposición ‘El palo está fijado al cepillo’, lo que metafísicamente significa que el hecho de que la escoba existe no es nada más que el hecho de que el palo está fijado al cepillo.10 A este respecto, la versión anterior del parágrafo 2.0201 podría reformularse de este modo: Toda proposición que parece ser sobre un complejo puede analizarse en una proposición sobre sus constituyentes y la proposición que representa el hecho en que consiste la existencia del complejo.
Como es claro, en la forma actual el análisis propuesto no puede dar cuenta de la mayor parte de las proposiciones sobre complejos. Por ejemplo, la proposición ‘La escoba pesa 1 kilogramo’ no puede analizarse parcialmente en términos de las proposiciones ‘El palo (de la escoba) pesa 1 kilogramo’ y ‘El cepillo (de la escoba) pesa 1 kilogramo’. Siguiendo a Peter Simons (1992, pp. 325-326), deberíamos flexibilizar las condiciones introduciendo predicados modificados en las proposiciones sobre las partes constituyentes de un complejo:
En nuestro ejemplo, las proposiciones relevantes podrían ser ‘El palo (de la escoba) pesa 400 gramos’ y ‘El cepillo (de la escoba) pesa 600 gramos’.
Pero aun esta solución es insuficiente. Considérese, por ejemplo, la proposición ‘Las tenazas sujetan el clavo’. No cabe decir que cada uno de los brazos semicirculares que componen las tenazas sujeta algo por sí mismo, aunque sin duda tiene propiedades físicas, como cierta rigidez, que son necesarias para que las tenazas puedan sujetar el clavo. Wittgenstein afirma que la proposición que trata de un complejo está en una relación interna con una proposición que trata de una parte constituyente de aquel (T 3.24). Quizá esta condición no requiera usar el mismo predicado, o un predicado modificado, sino que pueda satisfacerse introduciendo predicados distintos, pero adecuadamente relacionados con el predicado usado para caracterizar el complejo, en las proposiciones sobre sus partes constituyentes:
Para completar esta exposición del análisis propuesto, vuelvo ahora a examinar la naturaleza de los hechos. He sostenido que, para Wittgenstein, un hecho no es un complejo russelliano en el sentido de que la noción de un hecho es anterior a la noción de un constituyente, lo que se explica por el carácter dependiente que tienen los constituyentes. Pero en una primera concepción de los hechos que Wittgenstein presenta en una carta de 1913 introduce una distinción entre forma y objeto (o nombre a nivel proposicional) que correspondería a la distinción entre constituyentes dependientes y constituyentes que no lo son (1974a, p. 19; cfr. 2009, B1; Candlish y Damnjanovic 2012, pp. 77-79). Respecto de una proposición de la forma sujeto-predicado como ‘Sócrates es mortal’, analizaríamos el hecho en términos de Sócrates y la forma ∃x (x es mortal). Aquí la forma debe combinarse con el objeto, que por su parte no tendría un carácter dependiente. Es en el Tractatus donde Wittgenstein introduce una concepción según la cual todos los constituyentes de un hecho atómico son dependientes (cfr. Ramsey 1925b, p. 408; Candlish y Damnjanovic 2012, pp. 86- 89; Johnston 2007).11 Pero, paradójicamente, ahora un hecho atómico solo es una combinación de objetos (T 2.01). Me parece correcta la idea de que este cambio es el resultado de absorber la forma en los objetos mismos (Pears 1977, pp. 187-188; Bartmann 2021, pp. 85, 120-125), que así adquieren un carácter dependiente. Justo se afirma que la forma de un objeto consiste en sus posibilidades de combinación con otros objetos o, equivalentemente, sus posibilidades de ocurrencia en hechos atómicos (T 2.0141). No hay, por tanto, ningún constituyente especial como la forma lógica que sea responsable de la unidad de un hecho, sino que los objetos tractarianos están unidos directamente entre sí como los eslabones de una cadena (T 2.03; 1973, p. 23). En cierto sentido, puede decirse que Wittgenstein disuelve la distinción entre constituyentes dependientes e independientes, dado que los hechos atómicos ya no contienen constituyentes del primer tipo en combinación con constituyentes del segundo tipo. Pero esto significa abandonar la noción de un constituyente como un bloque de construcción que tiene prioridad ontológica sobre el todo del que forma parte.
Si el hecho de que Sócrates es mortal fuese un hecho atómico, ahora analizaríamos ese hecho en términos de Sócrates y la mortalidad como objetos a cuya forma pertenece la posibilidad de combinarse entre sí. Puesto que aparentemente la mortalidad es una propiedad, se seguiría que las propiedades y las relaciones son objetos. Una cuestión disputada en la literatura es justamente si entre los objetos tractarianos deben incluirse o no las propiedades y relaciones, lo cual puede verse como una disputa entre una interpretación realista y una interpretación nominalista del Tractatus.12 Existe evidencia textual de que efectivamente Wittgenstein consideró las relaciones como objetos (1961a, p. 61; Lee 1980, p. 120) pero, más allá de esto, es esperable que así sea, puesto que los objetos tractarianos tienen un carácter dependiente, según acabamos de ver. Podría insistirse en que, a pesar de la dependencia que comparten, las relaciones no pueden incluirse entre los objetos tractarianos porque un objeto no puede relacionar otros objetos. Por decirlo con palabras prestadas de Russell: si la relación fuese un objeto, entonces solo podría ser una relación en sí, no una relación que relaciona (1903, § 54). Pero, en la medida en que Wittgenstein disuelve la distinción entre constituyentes dependientes e independientes, en esa misma medida disuelve la distinción entre objetos y relaciones.13 La insistencia en que las relaciones no deben incluirse entre los objetos tractarianos equivaldría entonces a sostener arbitrariamente que, a pesar de no tener ya el perfil que distingue a los objetos de las relaciones, no puede haber objetos tractarianos que relacionen otros objetos.
Considerando entonces las relaciones como objetos, se sigue ahora que los constituyentes del hecho aRb, tomado como un hecho atómico, no son solo a y b, sino también la relación R. Aparentemente este resultado reintroduce el problema de la unidad de los hechos. En efecto, la relación R no puede ser el ‘cemento’ que mantiene unidos a y b en el hecho atómico, puesto que siendo R un constituyente más, aún quedaría por explicar la combinación entre a, b y R. Pero justo ocurre, como vimos, que todos los objetos tractarianos tienen un carácter dependiente que participa en la combinación, por lo que no es necesario que alguno de los objetos, la relación, desempeñe el papel de un cemento unificador. Por otra parte, esto es especialmente relevante, el análisis de las proposiciones sobre complejos debe modificarse para introducir la correspondiente proposición sobre la relación R como uno de los constituyentes del hecho en que consiste la existencia del complejo:
3. Las proposiciones que representan relaciones intencionales
Podría pensarse inicialmente que el análisis de las proposiciones que representan relaciones intencionales como ‘A dice que p’, o ‘A juzga que p’, termina en proposiciones como “‘p’ dice que p”, pues se establece que las primeras tienen la forma de las segundas (T 5.542). Pero es sabido que Wittgenstein no proporciona ningún análisis completo de una proposición del lenguaje ordinario a lo largo del Tractatus, lo que implica que aquí podríamos estar solo ante un protoanálisis. Más relevante es que muchos intérpretes consideran incompleto el análisis de ‘A dice que p’ en términos de “‘p’ dice que p” porque la proposición completamente analizada debería representar la producción misma (física o mental) del vehículo proposicional. Así, el análisis completo de ‘A dice que p’ sería de la forma ‘Ocurre en A o es producido por A algo que es capaz de ser una figura de p’ (Anscombe 1971, p. 88). En esta misma línea, algunos sostienen que “‘p’ dice que p” solo sería el segundo miembro de una conjunción de proposiciones: algo como “A produjo ‘p’ y ‘p’ dice que p” (Mounce 1983, pp. 110-111). Ahora bien, si se ve el primer miembro de esa conjunción como una proposición que representa cómo son producidos y se combinan entre sí ciertos elementos lingüísticos o mentales (Kenny 1982, p. 95), podríamos estar de vuelta en la propuesta original. En efecto, consideremos el análisis de ‘A dice que aRb’ en términos de “‘aRb’ dice que aRb”. Supongamos ahora que la expresión “‘aRb’” es entendida como la forma abreviada de una proposición que representa un vehículo o signo proposicional, que justo es la combinación de ciertos elementos lingüísticos o mentales (Anscombe 1971, p. 89; Diamond 2012, pp. 167-168, 173-174). Esto significaría que “‘aRb’” es la forma abreviada de una proposición que representa el hecho de que el elemento ‘a’ está en tal o cual relación con el elemento ‘b’. Justamente un signo proposicional es un hecho (T 3.14). Entonces resulta, según estas autoras, que “‘aRb’ dice que aRb” sería realmente algo como “Que ‘a’ está en cierta relación con ‘b’ dice que aRb”.14 Adviértase que no se trata aquí de que, a través del análisis de “‘aRb’ dice que aRb”, la expresión “‘aRb’” sea reemplazada por la proposición “Que ‘a’ está en cierta relación con ‘b’”: dicha expresión no es un nombre que desaparece con el análisis, sino una variante notacional abreviada de la proposición. En ese caso, sería redundante completar el análisis de ‘A dice que aRb’ en términos de “‘aRb’ dice que aRb” con una proposición adicional que represente la producción del signo proposicional, o cómo se combinan ciertos elementos entre sí. Resultaría, por tanto, que el análisis propuesto en 5.542 sí tiene un carácter terminal.
Voy a defender, sin embargo, que las proposiciones como “‘aRb’ dice que aRb” son proposiciones que aparentemente tratan de un complejo y no de un hecho. Esto se reduce al nivel del lenguaje a la cuestión de si “ ‘aRb’ ” es el nombre del complejo lingüístico ‘aRb’, o ‘a-en-la-relación-R-con-b’, o si, por el contrario, es la forma abreviada de una proposición que representa el hecho lingüístico de que el nombre ‘a’ está en cierta relación con el nombre ‘b’.15 Téngase en cuenta, en primer lugar, que si la expresión “‘aRb’ ” es entendida como la abreviación de “Que ‘a’ está en cierta relación con ‘b’ ”, no es realmente la abreviación de una proposición, sino de una cláusula-que. Pero la concepción estándar de las cláusulas-que es que son términos singulares (serían nombres compuestos en el sentido tractariano, T 3.143)16 que refieren a un hecho. El problema ahora es que es central a la idea tractariana de los hechos que un hecho tiene una articulación tal que solo puede representarse proposicionalmente y, por tanto, no puede nombrarse (T 3.144). Por otra parte, incluso quienes sostienen que las cláusulas-que no son términos singulares, sino otro modo de representar proposicionalmente un hecho, como ocurriría en el lado derecho de “‘aRb’ dice que aRb”, tienen una concepción de los predicados intencionales según la cual el lado izquierdo debe ser ocupado por un término singular. En efecto, para la concepción prenectiva un predicado intencional no es un predicado diádico normal con dos lugares para términos singulares, ‘x dice y’, sino que debe entenderse como un predicado que tiene una forma lógica híbrida entre una expresión predicativa con lugar para un término singular a la izquierda y una conectiva oracional con lugar para una proposición (u oración) a la derecha: ‘x dice p’ (Trueman 2021, pp. 160-168; cfr. Prior 1971, cap. 2). En consecuencia, el lado izquierdo de “‘aRb’ dice que aRb” no podría ser la abreviación de “Que ‘a’ está en cierta relación con ‘b’”, que según la propia teoría no es un término singular. O bien las cláusulas-que son términos singulares, en cuyo caso “‘aRb’” no puede ser la abreviación de “Que ‘a’ está en cierta relación con ‘b’ ” porque ello implicaría nombrar un hecho, o bien las cláusulas-que no son términos singulares, en cuyo caso “‘aRb’” no puede ser la abreviación de “Que ‘a’ está en cierta relación con ‘b’ ” porque ello implicaría ocupar un lugar reservado para un término singular.
Una confusión puede generarse por el célebre parágrafo 3.1432 del Tractatus:
No: “El signo complejo ‘aRb’ dice que a está en la relación R con b”, sino más bien: “Que ‘a’ está en cierta relación con ‘b’ dice que aRb”.
Nótese, en primer lugar, que esto confirma la interpretación propuesta: Wittgenstein usa “‘aRb’” como el nombre de un complejo lingüístico (o un signo complejo), no como la forma abreviada de una proposición que representa el hecho lingüístico de que ‘a’ está en cierta relación con ‘b’. De otro modo no podría establecer el contraste que ahí establece entre las expresiones “‘aRb’” y “Que ‘a’ está en cierta relación con ‘b’ ”. Ahora bien, el parágrafo afirma que no le corresponde al complejo lingüístico ‘aRb’ decir que aRb, lo que parece implicar que Wittgenstein no podría plantear el análisis de “A dice que aRb” en términos de “‘aRb’ dice que aRb” si “‘aRb’” es el nombre de ese complejo. Sin duda, esto sería así si el análisis propuesto en 5.542 fuese un análisis completo. Pero justamente de la hipótesis de que “‘aRb’ dice que aRb” es una proposición que trata de un complejo se sigue, considerando la concepción tractariana de las proposiciones sobre complejos (T 2.0201; cfr. 2009, C25 y B17; 1961a, p. 4), que la transformación de ‘A dice que aRb’ en “‘aRb’ dice que aRb” solo es una primera fase del análisis, o un protoanálisis. El análisis deberá terminar en una conjunción de proposiciones que, por un lado, traten de los constituyentes del complejo lingüístico ‘aRb’ y, por otro lado, describan ese complejo completamente. Puesto que, como vimos en la primera sección, esta última proposición es la proposición que representa el hecho en que consiste la existencia del complejo, se tratará de la proposición que representa el hecho lingüístico de que el nombre ‘a’ está en cierta relación con el nombre ‘b’.
Resulta entonces que el análisis propuesto en 5.542 no tiene un carácter terminal, sino que es la puerta de entrada a un análisis completo que nos permite ahora tener una interpretación adecuada de 3.1432. En efecto, no le corresponde al complejo lingüístico ‘aRb’ decir que aRb, como establece la primera parte de ese parágrafo, porque en la proposición completamente analizada, es decir, en la conjunción de proposiciones del analisans, desaparecerá el nombre “‘aRb’ ”, que por tanto solo aparentemente refería al complejo lingüístico ‘aRb’. En otras palabras, no hay realmente ningún complejo lingüístico ‘aRb’ que pueda decir que aRb. El análisis completo solo arrojará el hecho lingüístico de que ‘a’ está en cierta relación con ‘b’. Pues, hablar del complejo ‘aRb’ no es nada más que hablar de sus constituyentes y de ese hecho. Mi propuesta explicará así la verdad de la segunda parte del parágrafo 3.1432: explicará, una vez completado el análisis de ‘A dice que aRb’, por qué solo ese hecho puede decir que aRb. Esto no significa, sin embargo, que según el análisis la proposición “‘aRb’ dice que aRb” es reemplazada por algo como “Que ‘a’ está en cierta relación con ‘b’ dice que aRb”. La conjunción de proposiciones del analisans solo contendrá la proposición “‘a’ está en cierta relación con ‘b’ ”, la proposición que representa el hecho de que ‘a’ está en cierta relación con ‘b’, puesto que la propia cláusula ‘que aRb’ es un símbolo incompleto que también desaparecerá con el análisis. Pero, como veremos, el análisis muestra sin decirlo en una proposición que este hecho lingüístico dice que aRb.
Por analogía con las proposiciones sobre complejos extralingüísticos, propongo entonces que una proposición de la forma “ ‘aRb’ dice que aRb” debería analizarse en términos de una conjunción de proposiciones que, en una primera aproximación, representaré así:17
Como antes, por simplicidad supondré que, por ejemplo, ‘a’ no es a su vez un complejo lingüístico (o un nombre compuesto), sino un nombre tractariano, es decir, una expresión primitiva o indefinible (T 3.26). De este modo, esa conjunción podría ser una conjunción de proposiciones elementales que contase como un análisis completo de “‘aRb’ dice que aRb”. Un primer aspecto del análisis propuesto que precisa aclaración es el carácter del predicado ‘φ’, que es el predicado intencional ‘x dice p’ para una concepción prenectiva. De entrada, la formulación anterior no recoge el carácter diádico del predicado en una proposición de la forma “‘aRb’ dice que aRb”. Por lo tanto, lo más adecuado es formalizar “‘aRb’ dice que aRb” como “φ(‘aRb’, aRb)”. Ahora bien, ese predicado no puede distribuirse entre los constituyentes porque los nombres tractarianos no dicen algo, no expresan un sentido [Sinn], sino que significan un objeto y así el objeto es su significado [Bedeutung] (T 3.203). Siguiendo la propuesta de Simons que elaboré en la sección anterior, es necesario introducir un predicado distinto pero adecuadamente relacionado con ‘φ’, digamos ‘ψ’, para caracterizar el papel semántico de los nombres. Este es el predicado diádico normal ‘x significa y’, de manera que, por ejemplo, la proposición “‘a’ significa a” deberá formalizarse como “ψ(‘a’, a)”.18 Entonces, el análisis de una proposición de la forma “ ‘aRb’ dice que aRb” tendrá, en una representación más perspicua, la siguiente forma:
φ(‘aRb’, aRb) si y solo si: ψ(‘a’, a) y ψ(‘b’, b) y ψ(§(R), R) y ‘a’§(R)‘b’.19
El segundo aspecto que aclararé ahora es el uso de ‘§(R)’, que no parece tratar de un nombre puesto que no incluye una expresión entrecomillada. Efectivamente, §(R) es la relación misma en que están los nombres ‘a’ y ‘b’ en el hecho lingüístico ‘a’§(R)‘b’, que es el hecho representado por la última proposición del analisans. Siguiendo a Peter T. Geach (1957, pp. 52-60; cfr. Sullivan 2005), quien emplea ‘§(R)’ para indicar la relación entre los constituyentes mentales o ‘ideas’ de un juicio, emplearé así esa expresión para indicar también la relación entre los nombres de un hecho lingüístico (o signo proposicional). En el caso que estamos examinando, parece que la relación §(R) es la relación binaria __está a la izquierda y __está a la derecha de ‘R’ (Anscombe 1971, p. 89; cfr. Ricketts 1996, pp. 69-72). Entonces, la última proposición del analisans representa el hecho de que ‘a’ está a la izquierda y ‘b’ está a la derecha de ‘R’. Ahora bien, puesto que en la sección anterior mantuve que las relaciones son objetos tractarianos, la relación §(R) debe ser un constituyente del hecho ‘a’§(R)‘b’, del mismo modo que R es un constituyente del hecho aRb. Por tanto, en algún sentido sin duda especial debe tratarse de un nombre: la relación §(R) es a nivel simbólico, no gramatical, un nombre que significa (o refiere a) la relación R, del mismo modo que el nombre ‘a’ significa (o refiere a) el objeto a (Proops 2011, p. 217; Sullivan 2005, pp. 65-66). A diferencia de otros nombres tractarianos, la relación §(R) significa algo en tanto que relaciona ciertos nombres en un hecho lingüístico. Justamente la penúltima proposición del analisans se hace cargo de la relación §(R) como un nombre especial cuyo significado es la relación R. Esto implica que ‘R’ mismo no es un nombre, lo que equivale a decir que no simboliza por sí mismo, sino que es un ‘símbolo auxiliar’ cuya función es introducir la relación §(R) que lleva a cabo la simbolización (Sellars 1979, pp. 45-47; MacBride 2018, p. 186). Como era esperable, lo que simbolizará en el hecho de que ‘a’ está a la izquierda y ‘b’ está a la derecha de ‘R’ no es el símbolo ‘R’, sino la relación __está a la izquierda y __está a la derecha de ‘R’, lo que justo establecería T 3.1432 (cfr. 1961b, pp. 108-109). Supongamos, por ejemplo, que la proposición “ ‘Bruto mató a César’ dice que Bruto mató a César” se analiza de tal modo que la última proposición del analisans representa el correspondiente hecho lingüístico.20 Mi propuesta es que uno de los constituyentes de ese hecho lingüístico (o signo proposicional) es la relación __está a la izquierda y __está a la derecha de ‘mató a’, que desempeña el papel de un nombre especial que significa la relación __mató a__ en el hecho de que Bruto mató a César. Vemos así también la diferencia entre el complejo lingüístico ‘Bruto mató a César’ y el hecho lingüístico de que ‘Bruto’ está a la izquierda y ‘César’ está a la derecha de ‘mató a’.
El análisis propuesto es indudablemente coincidente con la interpretación de Ramsey, cuya mejor expresión puede encontrarse en las lecciones sobre los fundamentos de la matemática, en las notas tomadas por L.H. Thomas:
El significado de una proposición como ‘A asevera aRb’ se analiza ahora como:
(∃‘a’, ‘b’, R0): ‘a’, ‘b’ están en la mente de A . ‘a’Sa . ‘b’Sb . R0S′R. ‘a’R0‘b’.
En este análisis no ocurre ningún hecho y no presupone aRb (1925a, p. 40).21
Ramsey introduce una expresión cuantificacional porque el carácter específico de los nombres o constituyentes que ocurren en la mente de A podría ser algo desconocido. Pues, podríamos saber que un chino tiene una cierta opinión sin tener ningún conocimiento del lenguaje que él usa (Ramsey 1923, p. 472; cfr. Methven 2015, pp. 161-164).22 Es muy relevante aquí que este análisis coincide con la idea tractariana de que las proposiciones sobre complejos tienen algún grado de indeterminación que se expresa con el signo de generalidad (T 3.24). Justo en este caso se trataría de la indeterminación con la que una proposición representa la mente de A. Este es un argumento adicional a favor de la tesis de que las proposiciones que representan relaciones intencionales son proposiciones sobre complejos, algo de lo que por razones de espacio no puedo ocuparme aquí. Pero Ramsey no presenta el resultado anterior como una aplicación del tipo de análisis que Wittgenstein establece para las proposiciones que tratan de complejos.
Considérese ahora, como ilustración del esquema previo, el análisis de la proposición “ ‘Bruto mató a César’ dice que Bruto mató a César”:
Dice(‘Bruto mató a César’, Bruto mató a César) si y solo si:
Significa(‘Bruto’, Bruto) y
Significa(‘César’, César) y
Significa(__está a la izquierda y __está a la derecha de ‘mató a’, __mató a__) y
‘Bruto’ está a la izquierda y ‘César’ está a la derecha de ‘mató a’.
A continuación, examinaré algunas consecuencias relevantes de este análisis. Téngase en cuenta primero, respecto al problema de la extensionalidad, que siendo una conjunción la proposición completamente analizada, las proposiciones del analisans solo ocurren como base de operaciones veritativas (T 5.54). Si, por ejemplo, ‘Bruto’ no significa Bruto, entonces la conjunción será falsa y, puesto que esta conjunción especifica las condiciones de verdad y con ello el sentido (o contenido proposicional) de “ ‘Bruto mató a César’ dice que Bruto mató a César”, esta también será una proposición falsa, no una pseudo-proposición o un sinsentido [unsinn] (cfr. T 3.24). Es muy plausible que se siga de ciertas doctrinas tractarianas que “ ‘Bruto’ significa Bruto” es un sinsentido, a pesar de que Wittgenstein dice que los significados de los signos simples se nos tienen que explicar para que los entendamos (T 4.026), y esa podría ser una manera de hacerlo.23 Mi punto aquí es que está considerando el problema de la extensionalidad con independencia de ciertas doctrinas tractarianas. En particular, está examinando un problema específico para la teoría veritativo-funcional que introduce en el parágrafo 5 con independencia de la teoría figurativa de la proposición, que es justamente la teoría que podría llevar a considerar “‘Bruto’ significa Bruto” como un sinsentido. En efecto, cabe una interpretación según la cual la relación de significar, que en las proposiciones es la relación figurativa que coordina los elementos de la figura con las cosas (T 2.1514), no puede figurarse en una proposición con sentido. Ahora bien, la cuestión de la extensionalidad no es, de entrada, acerca de si el sentido de una proposición como ‘A dice que p’, o “‘p’ dice que p”, pudiera verse amenazado por el hecho de que ‘p’ ocurra en ella como un sinsentido, sino que la amenaza reside en que el sentido de esa proposición no sea una función de verdad del sentido de ‘p’. No está en cuestión, en otras palabras, ni el sentido de ‘p’ ni el sentido de “‘p’ dice que p”: se trata de determinar, respecto a un contexto intencional, si la teoría veritativo-funcional del sentido es correcta o no. Parece entonces que la respuesta a dicha amenaza no procederá en términos de garantizar que las proposiciones del analisans tengan sentido, o si no concluir que una proposición como “‘p’ dice que p” es un sinsentido (y, por tanto, las proposiciones que representan relaciones intencionales son pseudo-proposiciones). Procederá en términos de garantizar que las proposiciones del analisans sean bases de la correspondiente operación veritativa, o si no concluir que una proposición como “‘p’ dice que p” no es una función de verdad (y, por tanto, la teoría veritativo-funcional del sentido es errónea). Entonces, podríamos formular así la respuesta de Wittgenstein al problema de la extensionalidad: si “‘Bruto’ significa Bruto” fuera una proposición genuina, lo que la teoría veritativo-funcional de las proposiciones no entra a discutir, ocurriría como base de operaciones veritativas en la conjunción que es lógicamente equivalente a “ ‘Bruto mató a César’ dice que Bruto mató a César”.
Continuando con los resultados del análisis propuesto, vemos que en las condiciones de verdad de “‘Bruto mató a César’ dice que Bruto mató a César” ya no se habla del complejo ‘Bruto mató a César’. La proposición completamente analizada no trata realmente de ese complejo, sino de sus constituyentes, ‘Bruto’, ‘César’ y la relación __está a la izquierda y __está a la derecha de ‘mató a’. La contraparte metafísica del análisis es que no hay ningún complejo ‘Bruto mató a César’ que sea algo más que dichos constituyentes y el hecho de que ‘Bruto’ está a la izquierda y ‘César’ está a la derecha de ‘mató a’. Más relevante aún, la cláusula ‘que Bruto mató a César’ del lado derecho desaparece en el analisans (cfr. White 2006, pp. 97-98; Frascolla 2007, pp. 152-154), y en esa medida es un símbolo incompleto que no contribuye con un sentido (o contenido proposicional) a la proposición completamente analizada. Pues, en el análisis propuesto el predicado ‘x dice p’ es reemplazado por el predicado ‘x significa y’, que en vez de expresar un sentido atribuye un significado a los nombres constituyentes de la proposición. Se sigue entonces que el sentido (o contenido proposicional) de “‘Bruto mató a César’ dice que Bruto mató a César” no es:
que el complejo ‘Bruto mató a César’ dice que Bruto mató a César,
sino:
que tales y cuales nombres tienen tal y cual significado, y ‘Bruto’ está a la izquierda y ‘César’ está a la derecha de ‘mató a’.
Desde luego, el signo proposicional en que consiste la existencia del complejo, el hecho lingüístico de que ‘Bruto’ está a la izquierda y ‘César’ está a la derecha de ‘mató a’, dice que Bruto mató a César. Pero que el signo proposicional dice esto (o expresa este sentido) no es, como acabamos de ver, el sentido de la proposición “‘Bruto mató a César’ dice que Bruto mató a César”. En otras palabras, según el análisis la proposición “‘Bruto mató a César’ dice que Bruto mató a César” no nos dice qué dice ese signo proposicional. Más bien, a través de su sentido genuino esta proposición nos muestra lo que el signo proposicional dice. Que los nombres significan Bruto, César y la relación __mató a__, y que ‘Bruto’ está a la izquierda y ‘César’ está a la derecha de ‘mató a’, muestran que este último hecho lingüístico dice que Bruto mató a César. Como señala Peter M. Sullivan (2005, p. 64) cuando comenta la interpretación que Ramsey hizo del Tractatus, se trata de que para establecer lo que un signo proposicional dice, a partir de cierta atribución de significados a los nombres, solo cabe decir qué signo proposicional es. Con mayor rigor, puede plantearse de este otro modo: se trata de que para establecer lo que una proposición dice solo cabe decir qué proposición es. Consideremos la distinción entre el signo proposicional como la oración sin interpretar y la proposición como la oración interpretada (Soames 2016, pp. 7-8). El signo proposicional es, por ejemplo, el hecho de que ‘Bruto’ está a la izquierda y ‘César’ está a la derecha de ‘mató a’. La proposición, por el contrario, sería el hecho más fino de que ‘Bruto’, cuyo significado es Bruto, y ‘César’, cuyo significado es César, están así ordenados en la relación __está a la izquierda y __está a la derecha de ‘mató a’, cuyo significado es la relación __mató a__ (Hanks 2019, pp. 1375- 1376). Según el análisis propuesto, vemos entonces que “ ‘Bruto mató a César’ dice que Bruto mató a César” dice cuál es la proposición relevante, el hecho lingüístico más fino, con el resultado adicional de mostrar así lo que esa proposición dice: que Bruto mató a César.
Considérese ahora el parágrafo 5.542 en el que, respecto a una proposición de la forma “ ‘p’ dice que p” o “ ‘aRb’ dice que aRb”, Wittgenstein habla de la coordinación de hechos mediante la coordinación de sus objetos. Es sabido que la coordinación de objetos es la relación figurativa mediante la cual una figura toca la realidad (T 2.1514-2.1515). En el caso de una proposición esa coordinación de objetos (o elementos) es la coordinación entre nombres y objetos mediante la cual un nombre se convierte en el representante de un objeto (T 3.22) y el objeto se convierte en su significado (T 3.203). Como en otras lecturas, pienso que, cuando la figura es una proposición, los hechos en cuestión son el signo proposicional (el hecho de que ‘a’ está en la relación §(R) con ‘b’) y el hecho representado en la proposición (el hecho de que a está en la relación R con b). Pero no veo mejor explicación del parágrafo que el análisis propuesto aquí (cfr.Methven 2015, pp. 140-141). Ciertamente, si “‘aRb’ ” no fuese el nombre de un complejo lingüístico sino la forma abreviada de una proposición que representa el signo proposicional, entonces esa proposición mencionaría los nombres ‘a’, ‘b’ y la relación §(R). La proposición “‘aRb’ dice que aRb” sería realmente la proposición “Que ‘a’ está en la relación §(R) con ‘b’ dice que aRb”. Pero si esta proposición establece una coordinación de hechos, no lo hace en términos de la coordinación de sus objetos. Nada en dicha proposición establece que, por ejemplo, el nombre ‘a’ está coordinado con el objeto a.24 A través del predicado ‘x dice p’ se introduciría la coordinación entre los hechos, pero terminando el análisis ahí, faltaría aún introducir la coordinación de los objetos mediante el predicado ‘x significa y’. Por el contrario, el análisis desarrollado anteriormente termina en proposiciones que representan la coordinación entre los nombres del signo proposicional y los objetos del hecho representado. Justamente a través de la coordinación de los objetos en términos de la relación de significar, la proposición completamente analizada muestra la coordinación de los hechos en términos de la relación de decir. En otras palabras, el análisis dice cómo están coordinados los objetos y así muestra cómo están coordinados el hecho de que ‘a’ está en la relación §(R) con ‘b’ y el hecho de que a está en la relación R con b.
Por último, podemos ver que el parágrafo 5.5423 establece una analogía entre la percepción y el juicio, y otras relaciones intencionales, según la cual el sentido (o contenido proposicional) de un juicio no es un complejo russelliano, sino un hecho tractariano. Del mismo modo que percibir un complejo es en realidad percibir que sus partes constituyentes se relacionan entre sí de tal y cual manera, el sentido de un juicio no es un complejo [aRb], o a-en-la-relación-R-con-b, sino el hecho aRb, o el hecho de que a está en la relación R con b. Por ejemplo, el sentido del juicio que hemos estado examinando no es el complejo descrito como la-muerte-de-César-por-Bruto, en este caso un cierto evento,25 sino el hecho de que Bruto mató a César. Si esta interpretación es correcta, en el análisis de las proposiciones que representan relaciones intencionales Wittgenstein no solo estaría desechando los complejos lingüísticos (o mentales) como las entidades genuinamente representacionales, también estaría desechando, en consonancia con la ontología introducida antes en el Tractatus, los complejos extralingüísticos (o extramentales) como las entidades genuinamente representadas. A este respecto, el análisis propuesto nos llevaría del error de ver el juicio como una coordinación de complejos a verlo correctamente como una coordinación de hechos, lo que justo 5.542 establece.26
4. La imposibilidad de juzgar sinsentidos
Por simplicidad, hasta aquí he considerado principalmente una proposición de la forma “ ‘p’ dice que p” como parte del análisis de ‘A dice que p’, sin tener en cuenta otras relaciones intencionales que no son lingüísticas, como el juicio. En cualquier caso, Wittgenstein sostiene que una proposición como ‘A juzga que p’ también es de la forma “ ‘p’ dice que p”, así que, excepto por algunas variaciones que incluyen introducir constituyentes mentales, o ejemplares [tokens] mentales de nombres, el análisis propuesto sería igualmente válido. Mi punto ahora es argumentar brevemente que, aunque la teoría de Wittgenstein no es una teoría del juicio como relación dual, evita la célebre objeción que el propio Wittgenstein presentó contra la teoría russelliana del juicio como relación múltiple.
Como es sabido, esta última teoría se distingue de la teoría del juicio como relación dual entre un sujeto y un contenido proposicional, que el propio Russell había defendido con anterioridad, porque el juicio es entendido como una relación entre un sujeto y los constituyentes mundanos del contenido proposicional (o proposición russelliana) (Russell 1910a, 1910b, 1912 y 1913).27 Por ejemplo, el juicio de que Bruto mató a César no consiste ya en una relación entre un sujeto y la proposición russelliana de que Bruto mató a César, sino en la relación múltiple entre el sujeto, Bruto, César y la relación de matar (en este caso una relación múltiple de cuatro ‘términos’). La idea no es que esa relación múltiple sea la suma de las relaciones duales en las que el sujeto pueda estar con cada una de las entidades de la colección {Bruto, César, matar}, que para Russell son las relaciones previas de familiaridad [acquaintance] con cada una de ellas. En el juicio mismo el sujeto está en una sola relación comprehensiva con todas las entidades de la colección, lo que, por tanto, consiste en relacionar unas con otras (Russell 1913, p. 112). Pues, una colección como {Bruto, César, matar} no es más que un agregado sin la unidad relevante proporcionada por una relación (Russell 1903, § 136). En la teoría dual del juicio de 1903 justo la proposición juzgada, en este caso la proposición de que Bruto mató a César, tiene la unidad relevante proporcionada por la relación de matar que en la proposición, pero no en la colección, relaciona a Bruto con César. Por el contrario, ahora es la relación de juzgar la que, relacionando a un sujeto con todas las entidades de la colección, lo que incluye la relación de matar, hace que el juicio (o complejo judicativo) resultante tenga la unidad que, en una teoría dual, le correspondía al contenido proposicional (o proposición russelliana) como uno de los términos del juicio. Usando en parte la simbología del propio Russell, diríamos entonces que el juicio representado por una oración (o proposición tractariana) de la forma ‘A juzga que aRb’ no es:28
J(A, aRb),
sino:
J(A, a, R, b).
Ciertamente, según el análisis tractariano el juicio representado por la proposición ‘A juzga que aRb’ tampoco puede ser una relación dual entre el sujeto A y el contenido proposicional (o proposición russelliana), puesto que esa proposición, y en consecuencia el juicio mismo, es de la forma “‘aRb’ dice que aRb”. Esto es algo que, por lo demás, Wittgenstein deja claro en 5.542 cuando señala que el juicio no consiste en una coordinación de un hecho con un objeto, lo que parece ser un rechazo de la idea, considerada superficial en el parágrafo anterior, de que una proposición está en algún género de relación con un objeto A (T 5.541). Con todo, podría pensarse en una relación dual entre el complejo mental ‘aRb’ y el contenido proposicional. Pero, como he estado proponiendo, el análisis no termina ahí, lo que ahora significa que el juicio representado por “‘aRb’ dice que aRb” no consiste en que, en la mente de A, se instancie una relación entre un complejo mental y un contenido proposicional, sino que consiste en que, en la mente de A, se instancian relaciones entre nombres mentales y los constituyentes mundanos del contenido proposicional, junto con una relación entre los propios nombres mentales. En la medida en que el juicio consiste en parte en esta última relación entre los constituyentes mentales, digamos, la relación temporal __ocurre antes y __ocurre después de ‘mató a’ entre los nombres mentales ‘Bruto’ y ‘César’, algunos autores estiman que Wittgenstein introduce una nueva versión de la teoría del juicio como relación múltiple (Potter 2009, pp. 220-222; Johnston 2013; Sullivan y Johnston 2018). Se sigue entonces de lo que acabo de señalar que el juicio mismo en la mente de A representado por la oración (o proposición tractariana) “‘aRb’ dice que aRb” no es:
φ(‘aRb’, aRb),
sino:
ψ (‘a’, a), ψ(‘b’, b), ψ(§(R), R), §(R)(‘a’, ‘b’).29
En otras palabras, el juicio de que Bruto mató a César es el hecho psicológico de que ‘Bruto’, cuyo significado mental es Bruto, y ‘César’, cuyo significado mental es César, están así ordenados en la relación __ocurre antes y __ocurre después de ‘mató a’, cuyo significado mental es la relación __mató a__.
La objeción de Wittgenstein a la teoría russelliana del juicio como relación múltiple ha recibido muchas interpretaciones, especialmente en los últimos años.30 En el Tractatus mismo, Wittgenstein solo hace referencia al hecho de que la teoría de Russell no mostraría la imposibilidad de juzgar sinsentidos (T 5.5422), que es justamente el modo como expone su objeción en ocasiones anteriores (1974a, p. 19; 2009, B33). Dejando de lado una reconstrucción histórica que no puedo ni esbozar aquí, me parece que la objeción de Wittgenstein se identifica con lo que se conoce como el problema amplio de la dirección (Griffin 1985, p. 222), según el cual una teoría del juicio debe garantizar que uno de sus constituyentes o ‘términos’ sea una relación que relaciona los otros constituyentes, ocupando la posición correcta para que el juicio tenga sentido (Connelly 2021, p. 35). Una consecuencia de satisfacer este requerimiento es que no será posible sustituir esa relación por un constituyente que no relaciona ni, por tanto, pasar de juzgar un sentido a juzgar un sinsentido (Stevens 2018, pp. 96-97). Ahora bien, según la versión russelliana de la teoría, la relación de juzgar es la relación que relaciona, por ejemplo, los constituyentes mundanos Bruto, César y matar en el juicio de que Bruto mató a César, de modo que la relación de matar, la relación subordinada, solo comparece como un constituyente que no relaciona. Pero si la relación de matar ocupa esa posición, podrá sustituirse por otro constituyente que no relaciona, lo que incluye objetos como Cicerón. El problema es que no hay ningún sentido juzgable cuyos únicos constituyentes sean Bruto, Cicerón y César, pues no puede juzgarse nada que no tenga una relación (o una propiedad) como constituyente. En efecto, no hay nada expresado por ‘Bruto Cicerón César’ ni, equivalentemente, por ‘Bruto ciceronea César’ (cfr. 2009, B33) que pueda juzgarse. En otras palabras, el problema es que pasaríamos de juzgar un sentido:
J(A, a, R, b),
a juzgar un sinsentido:
J(A, a, c, b).
Veamos ahora en qué medida el análisis tractariano de la forma del juicio evita la objeción de Wittgenstein. Ciertamente, la relación §(R), que en el ejemplo ahora es __ocurre antes y __ocurre después de ‘mató a’, comparece como un constituyente mental que no relaciona en una de las relaciones instanciadas en la mente de A:
Justamente planteábamos que, a nivel simbólico, la relación §(R) es un nombre que significa la relación R, en este caso, la relación de matar. Parece entonces que aquí podríamos sustituir §(R) por un cierto nombre mental ‘c’:
Sin embargo, la relación §(R) también ocupa la posición de una relación que relaciona y, por tanto, es una de las relaciones instanciadas en la mente de A:
Como es claro, la relación §(R) no puede sustituirse aquí por el nombre ‘c’, un constituyente mental que no relaciona (el propio simbolismo impide que esa posición sea ocupada por un nombre estándar):
Puesto que debe tratarse del mismo constituyente en ambas posiciones, se sigue que §(R) no puede sustituirse por ‘c’ simpliciter. Sin duda, es una cuestión controvertida si Wittgenstein admitiría la posibilidad de que una relación comparezca también como un constituyente que no relaciona, como en ψ(§(R), R). Pero si la relación §(R) es un nombre a nivel simbólico, debe poder comparecer como un constituyente que alguna otra relación, en este caso la relación de significar mentalmente, relaciona con algo más. Supongamos entonces, como pensó Russell (1903, §§ 48-49, 52, 54; 1910b), que los constituyentes o ‘términos’ se dividen entre aquellos que solo pueden aparecer sin predicar o relacionar y aquellos que pueden aparecer tanto predicando o relacionando como sin hacerlo (las propiedades y relaciones). Si se traslada esta idea al plano mental, resulta que, en la mente de A, la relación §(R) solo podría sustituirse por otra relación, dado que solo una relación puede ocupar ambas posiciones. Se evita así la posibilidad de juzgar sinsentidos en el aspecto relevante que hemos estado discutiendo.
Aunque este es el aspecto de la cuestión que me interesaba discutir, no puede obviarse el hecho de que también existe un problema de sustitución con la misma relación R.31 Pues, en ψ(§(R), R) también la relación R comparece como una relación que no relaciona. En consecuencia, podría sustituirse por otra entidad que no relaciona, incluyendo aquellas entidades u objetos tractarianos que no son relaciones:
Esto implicaría que, por ejemplo, la relación §(R) en la mente de A tuviera como significado mental a Cicerón y que entonces el juicio cuyo vehículo es ‘a’§(R)‘b’, o §(R)(‘a’, ‘b’), consistiese en juzgar un sinsentido equivalente a la pseudo-proposición ‘Bruto ciceronea César’. Sin embargo, no puede invocarse aquí la solución anterior, dado que no hay ninguna otra posición ocupada por la relación R como una relación que relaciona (es decir, la relación R no es una de las relaciones instanciadas en la mente de A). La manera de solucionar este problema, garantizando así que en ψ(§(R), R) la relación R solo pueda sustituirse por otra relación, es apelar al isomorfismo entre lenguaje (o mente) y realidad según el cual los constituyentes mentales y los constituyentes mundanos que son sus significados deben tener las mismas posibilidades de combinación. Ciertamente, Wittgenstein habla del isomorfismo primero en términos de la forma de figuración (T 2.17), y luego en términos de la forma lógica que comparten una figura lógica y el hecho figurado en ella (T 2.18). Pero justo la forma de una figura es la posibilidad de que las cosas se combinen unas con otras como los constituyentes de la figura (T 2.151). No es este el lugar para examinar el isomorfismo tractariano, basta con ver que si la relación §(R) puede combinarse tanto relacionando como sin hacerlo, se sigue del isomorfismo que debe tener como significado un constituyente mundano que también pueda combinarse tanto relacionando como sin hacerlo. Por tanto, la relación §(R) solo puede tener como significado otra relación, lo que garantiza que en ψ(§(R), R) la relación R solo puede sustituirse por otra relación.32










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