Introducción
El origen de los funcionarios denominados “Intendentes” se ubica en Francia, hacia mediados del siglo XVII (Rees Jones 1983, 58).1 En la Francia absolutista operaron hasta noventa intendentes, cumpliendo encargos militares y fiscales en favor de la corona francesa. No fue casual que una dinastía con influencia francesa los retomara e implantara en España (primero) y en gran parte de los territorios de ultramar en los virreinatos de Nueva España y del Río de la Plata. Con esos funcionarios, además de impactar la tasa fiscal, la corona española buscó consolidar a nivel local el gobierno frente a los súbditos, incluida la Iglesia católica. El período se conoce como reformismo borbónico y abarcó el siglo xviii y los primeros años del XIX. Fue un proyecto estatal marcado por el mercantilismo, con cambios en la economía, la administración, la organización territorial, el comercio y el régimen de gobierno.
La mayoría de intendentes americanos se formaron en los ejércitos, con retazos de la Ilustración europea asimilados en aulas, batallones y buques de guerra de los ejércitos españoles del siglo XVIII. Debían estar dispuestos a navegar y trasladarse largas distancias, cambiar frecuentemente de lugar de residencia, adaptarse a otros climas y dietas, tratar con nuevos gobernados, conocer de leyes, redactar largas y argumentadas cartas, entender de cartografía, aprender idiomas y tratar con grupos de poder “hostiles”, distinguiendo posibles aliados de enemigos. Su tarea debían realizarla con equipos de gobierno reducidos y poco confiables. Esto aparte de aprender a “convivir” con funcionarios locales quienes casi siempre respondían a intereses de su círculo cercano (a veces de oligarcas y familias poderosas), pese a que servían a un mismo monarca.
Fueron elegidos para ejercer el cargo personas con trayectoria militar vinculada a las acciones de guerra de España contra las potencias europeas, principalmente Inglaterra. El perfil y la trayectoria de los intendentes fueron considerados importantes para su designación en las provincias o jurisdicciones a las que arribaron. Fue el caso de la capitanía general de Yucatan, en donde el contrabando influía en amplias redes personales, familiares e institucionales. Por su experiencia combatiendo contrabandistas y corsarios en Europa y África, José de Gálvez convenció a Lucas de Gálvez de aceptar el nombramiento de intendente en la capitanía yucateca. El crimen de Lucas de Gálvez se asocia, precisamente, a un complot desplegado por redes familiares a quienes el intendente pretendía afectar en sus privilegios antiguos y negocios ilícitos. ¿Cómo procedieron intendentes como él para encontrar perfiles idóneos para los cargos de subdelegados? Y ¿qué formación, apoyos, desempeño y aspiraciones rigieron a los funcionarios nombrados como “subdelegados” durante todo el ciclo borbónico en Yucatán? El libro Los subdelegados en Yucatán. Ámbitos de acción política y aspiraciones sociales en la Intendencia, 1786-1821 ofrece respuestas a estas interrogantes.
La obra
Aunque, para el caso español, diversos trabajos sobre el absolutismo en el siglo xviii ya habían explorado los orígenes y el desarrollo del régimen de intendencias, poco se sabía del peso e importancia de los subdelegados (los encargados de abajo) dentro de dicha estrategia reformista. El eje de la obra de Laura Machuca son justamente los subdelegados en Yucatán, los funcionarios más terrenales de la pirámide burocrática del gobierno borbónico de Intendencias, que en un primer momento fueron nombrados por los intendentes para luego ser escogidos mediante un sistema de ternas en el que entró la opinión del intendente, del virrey, de los cabildos españoles y hasta del rey. Llegaron para sustituir y mejorar la labor de alcaldes mayores, corregidores, tenientes, capitanes a guerra y demás funcionarios menores del virreinato preborbónico ocupados de colectar tributos, impartir justicia, administrar algunas cuentas, defender el territorio y una que otra tarea más. La historia virreinal registra que la actuación de esos ministros de la etapa de los Austrias implicaba abusos, evasiones, irregularidades y otras satrapías cometidas contra comunidades indígenas. No pocas fueron denunciadas por líderes de comunidades o por curas y religiosos quienes tampoco escaparon de cometer prácticas arbitrarias contra la población originaria. Como la Nueva España era un crisol de diferencias regionales y subregionales, las alcaldías mayores, corregimientos, tenientazgos y capitanías a guerra, eran reflejo de esa diversidad en lo económico, social y cultural respecto de rubros diversos y complejos como fueron los repartimientos (de mercancía o en especie), cobros tributarios, redes de comercio y contrabando, etcétera.
La reforma borbónica planteó erradicar a los alcaldes mayores y demás funcionarios análogos, junto con sus prácticas, con base en un principio étnico de confianza y lealtad a la corona plasmado en la Ordenanza de 1786. No obstante, pudo cumplirse sólo a medias ya que los nuevos cargos de subdelegados debían por ley ser cubiertos por españoles europeos, consigna que no fue posible consumar de manera cabal. La realidad se impuso a la norma en algunas intendencias. Laura Machuca registra que de los 66 subdelegados que sirvieron en la Intendencia de Mérida durante 32 años sólo diez procedían de España, un muy bajo 13.63 %. La mayoría restante, el 86.7 %, formaba parte de familias pudientes de encomenderos, propietarios y comerciantes novohispanos: Peón, Cárdenas, Bolio, Cosgaya y demás. Éste es uno de los aportes más relevantes del trabajo de Machuca; llegar a la raíz más profunda de las relaciones sociales y de poder para explicar cómo la designación de los nuevos funcionarios locales determinó procesos de negociación entre fuerzas políticas de élite (la reformista, la Iglesia y las familias de la oligarquía local).
Los subdelegados en Yucatán está conformado por un sólido aparato crítico distribuido en la introducción y en el capitulo 1. En ellos la autora da cuenta de investigaciones sobre el impacto de la formación de las Intendencias en la América Hispana, y realiza un recorrido puntual de trabajos (tesis incluidas) nacionales y locales que preceden su obra. Varios están relacionados con lo que la historiografía reciente ha llamado el “régimen de subdelegaciones”, otros han estudiado los períodos de algunos intendentes específicos, la formación de milicias o la impartición de justicia. La trilogía de libros de la Red de Estudios sobre el Régimen de Subdelegaciones de la América Borbónica (rersab) y otros trabajos especializados han dejado claro que las subdelegaciones fueron el complemento dinámico del “régimen de Intendencias” ya que ambos niveles redefinieron los límites territoriales vigentes hasta 1786 a nivel local. Estos niveles de gobierno estaban interconectados tanto porque pretendían servir a la misma causa según lo planteado en la Real Ordenanza de 1786, como porque no pocos subdelegados fueron protegidos por los titulares de las intendencias, en sus aciertos y en sus errores.
La temporalidad del trabajo abarca precisamente el período de vigencia de las Intendencias en Nueva España (1786-1821), pero como Laura Machuca lo expone retomando a Luis Navarro García, los denominados “pies de barro” de la reforma, las subdelegaciones, no fueron tan endebles (Navarro García 2009). Esas jurisdicciones se prolongaron nominalmente hasta muy avanzado el siglo xix en la provincia de Yucatán. Para el caso local todavía en 1870, en documentos oficiales se denomina “subdelegado” a funcionarios menores o jefes políticos de algunos partidos locales.
El capítulo 2 es sustancial para comprender cómo se construyó el nuevo orden de gobierno local en la capitanía dando lugar a la Intendencia. La autora muestra que Lucas de Gálvez recogió la opinión de autoridades y personajes de peso de la jurisdicción como fueron el obispo Piña y Mazo y el contador Policarpo Echánove Calzadilla. Podemos inferir que ese camino también fue transitado por otros intendentes americanos, incluidas las ríspideces que acompañaban solicitar información y su materialización ya que, sobre la reforma en sí, se acumularon críticas debido al perfil liberal de sus ejecutores, entre los que destacó el llamado “Clan Gálvez” (Hernández González 2019). Las observaciones de Piña y del contador Echánove Calzadilla sobre la conducta, vicios y prácticas de algunos capitanes a guerra (en la capitanía general de Yucatán sólo existieron alcaldes mayores en la provincia mayor de Tabasco), fueron decisivas para excluirlos de la posibilidad de mantenerse vigentes como funcionarios, en este caso, como subdelegados.
En mis investigaciones acerca de la Intendencia de Valladolid de Michoacán, he encontrado que varios alcaldes mayores continuaron sirviendo a la corona como subdelegados en los primeros años de la institución; en esa jurisdicción la continuidad de personas se debió tanto a la escasez de opciones capacitadas (y a la urgencia fiscal del período), como a la voluntad de entregar buenas cuentas durante su ciclo como alcaldes mayores (Franco Cáceres 2001, 107). Para Yucatán, Laura Machuca recupera a los primeros afianzadores de los subdelegados de la región, rubro en el que destacan regidores de los ayuntamientos de Campeche y Mérida y una mayoría de miembros del ejército. Sus afianzados acumulaban experiencia administrativa como redes de poder. Y los perfiles de los afianzadores son por cierto distintos a los que pueden encontrarse en otras intendencias en las que hubo presencia de nobleza, empresarios, propietarios y comerciantes ricos no necesariamente residentes en la jurisdicción a gobernar. Con cierta “lógica” el texto evidencia el tono endógámico con que se erigió la institución. El capítulo se cierra con un recorrido general de las nuevas jurisdicciones o partidos de la Intendencia, en donde se contempla o recupera su extensión, demografía y conflictos a lo largo de la etapa de estudio, así como la preminencia de familias con propiedades y redes comerciales de peso.
El capítulo 3 se avoca a entender las características generales de los subdelegados yucatecos. Se sustenta en el uso del análisis de redes sociales, una aportación metodológica de la historiografía francesa, como también de la prosopografía, técnica que deriva de la ciencia política de principios del siglo xx. Si como dice el dicho “todos los caminos llevan a Roma”, la metáfora al estudiar este segmento a través de esas técnicas deriva en la imagen “todos los caminos pueden llevar al poder”, ya que no todos los postulantes a subdelegaciones lograron tal cometido; no pocas veces porque sus “redes” no eran tan influyentes ni poderosas como las de sus rivales al cargo o, al contrario, porque contaron con una carga familiar y nobiliaria decisiva como para que el mismo rey concediera el empleo y la confianza de ejercerlo. Como establece Laura Machuca, la primera e importante red es la familia, por lo que una familia conectada o con ramificaciones hacia arriba y hacia abajo de las relaciones económicas y sociales era determinante para que uno, dos o más miembros de su núcleo primario, accedieran a cargos públicos desde donde perpetrar, perpetuar y ampliar sus espacios de poder. Destacan por supuesto casos de hacendados y encomenderos. Esto se potenciaba mediante los lazos matrimoniales, sobre todo cuando esa “segunda familia” (de la esposa o del esposo) estaba “enredada” en relaciones que significaban apoyos, alianzas o conexiones para mantener posiciones ventajosas o privilegiadas.
Machuca establece que de los 66 subdelegados definitivos, 45 (68 %) eran yucatecos y 10 campechanos (15.5 %), por lo que casi el 84 % fueron criollos. La Ordenanza desconfió de manera explícita de este grupo social para ocupar cargos públicos como subdelegados. Llama la atención que el monto yucateco de criollos contrasta con la Intendencia de Oaxaca, región que ha estudiado la autora y en donde encontró que sí se aplicó el mandato de la Ordenanza al ser mayoría los subdelegados peninsulares quienes cumplieron el cargo. En cambio, en Yucatán, sólo diez subdelegados eran españoles y uno de Chiapas. Además resalta que muy pocos subdelegados se dedicaban a una sola actividad: 36 eran dueños de haciendas o ranchos, doce comerciantes (nueve tenían hacienda), 34 estaban en las milicias y seis en el ejército. Quince del total de 66 habían ejercido algún cargo en los cabildos de Campeche y Mérida, cuatro eran capitanes a guerra y otros cuatro eran encomenderos. Las gráficas que acompañan el capítulo son luminosas. Llevan detrás minuciosas horas de búsqueda de nexos entre individuos, familias y poderes, por lo que inauguran una mirada metadocumental que nos hace falta aplicar en muchos trabajos históricos del medio. Sin duda un mérito del paciente y detallado trabajo de la autora.
El capítulo 4 nos ofrece un recorrido amplio de cómo ejercieron los subdelegados yucatecos las cuatro causas dictadas en la Real Ordenanza: justicia, policía, hacienda y guerra. El recuento es muy cuidadoso para cada rama de responsabilidad por lo que consigue diseccionar con la documentación que tuvo a mano, las oportunidades y conflictos que los nuevos funcionarios enfrentaron en cada una de las causas. Básicamente porque se abrió un nuevo campo para la resolución o problematización de responsabilidades de cara a las competencias de ministros religiosos y de otros jueces españoles encajados en la legislación particular correspondiente. No fueron muy distintos los claroscuros hallados en la actuación de subdelegados yucatecos respecto de otras investigaciones que preceden la suya, si bien Laura Machuca pone orden en la discusión al abordar con delicada lectura cada ramo establecido en la Ordenanza. Vale distinguir que, en el rubro de justicia, a diferencia de policía, hacienda y guerra, sobresale la tesis de que los subdelegados “tenían total independencia del intendente” al no estar este último facultado para conocer sus casos. La tesis revela que los subdelegados podían recurrir de forma directa a la Audiencia. Mucha de la tarea del ramo debía resolverla el asesor letrado correspondiente, pero los rezagos e incompetencias a este nivel fueron muy altos, aunque hacen falta estudios sobre estos funcionarios.
Esa dimensión de independencia, sugerida por el investigador J. L. Alcauter, la toma como guía Machuca, si bien encontró que el intendente sí intervino al considerarlo necesario en algunas disputas. El apartado es amplio y complejo. Conviene que quienes estén interesados en ese punto lean con detenimiento los párrafos que la autora destina a las controversias jurisdiccionales como fueron la lucha por el poder en el partido de la Sierra, la labor de los subdelegados como jueces privativos de tierras (con abusos de por medio), pleitos ante el Tribubal de Instancia, entre otros procedimientos judiciales en donde se observa la reiteración secular de abusos, despojos y arbitrariedades cometidas por los nuevos funcionarios. No muy distintas a las cometidas por los capitanes a guerra del pasado reciente yucateco como reportaron a Lucas de Gálvez el obispo Piña y el contador Echánove Calzadilla. Este es un punto clave de la visión crítica que existía contra la reforma a nivel terrenal. Tengo la impresión que muchas “resoluciones” se arreglaron por fuera de los tribunales y que, en la medida que una que otra implicó sanciones monetarias que beneficiaron a la real hacienda, las cosas se dejaron morir.
La causa de policía o “la administración de las cosas públicas” hace referencia al buen gobierno de la etapa virreinal, no a la noción decimonónica de “seguridad y vigilancia” con que inmediatamente asociamos tal concepto. Refiere el cuidado y seguimiento que los subdelegados (e intendentes) debían poner en el abasto de la ciudad o pueblo, en la salud, la obra pública, la seguridad y el orden en su jurisdicción. Para comprender este punto, Machuca recupera dos placas pétreas vivas de Izamal y Valladolid en las que quedaron labradas frases de cómo los subdelegados respectivos ejecutaron obras públicas como caminos, construcción de casas de gobierno, escuelas y demás. Podemos desde luego hacer extensivo y explícito el cumplimiento de dicha causa con la labor de Lucas de Gálvez en Mérida al mejorar el camino real a Campeche, el proyecto de la Alameda, etcétera, cinceladas en sendas placas empotradas en los rumbos de San Juan y la desaparecida Alameda, de nuestra ciudad. El ministro José de Gálvez cumplió con creces esa causa en su período como funcionario en Málaga, por lo que, como sugiere un trabajo dedicado a esa etapa de su trayectoria, fue un rubro inspirado en la tarea de creación de urbanidad y embellecimiento del paisaje citadino bajo influencia ilustrada francesa (Santos Arrebola 2016).
La causa de hacienda estaba relacionada con la exigencia fiscal y hacendaria, base de las reformas borbónicas por su orientación a financiar los cuerpos defensivos de un inmenso entorno imperial débilmente protegido. Siguiendo a Ernest Sánchez Santiró, Machuca plantea que la intención de poner orden y sanear la actividad hacendaria en la capitanía, permitió pasar del déficit a la autonomía financiera. No queda claro en qué período de gobierno se alcanzó tal estabilidad, aunque sí sugiere que períodos de crisis financiera se vivieron bajo los gobiernos de Benito Pérez Valdelomar (con la abolición de tributos de 1812-1815) y por el inicio de la guerra insurgente al no llegar los situados que inyectaban con recursos las cajas reales de Mérida y Campeche. Alfredo Blanco Giles en su tesis sobre las milicias muestra cómo el proyecto de modernización defensivo de Lucas de Gálvez se topó con la indiferencia del virrey Revillagigedo, a pesar de que el ecijano comprobó que no se causaba mayor daño a la hacienda real (2020). El plan de Lucas de Gálvez sugiere que desde entonces ya existía cierta capacidad financiera en las cajas reales de Nueva España y la propia jurisdicción local.
El resto del apartado se enriquece con detalles de abusos y deudas de subdelegados en diversos aspectos relacionados con la causa, independientemente de que -como menciono en el ensayo “En el nombre del rey” (Franco Cáceres 1993)-, los subdelegados locales participaron activamente en la recolección de donativos y préstamos durante las coyunturas de guerra con Inglaterra. Finalmente, Laura Machuca observa que los intendentes yucatecos estaban concientes de la ubicación estratégica de la Península. Tanto Lucas de Gálvez como su sucesor Arturo O’Neill se ocuparon de presentar planes y reglamentos que no avanzaron hasta su aprobación ante la tendencia virreinal de fortalecer la tarea de los subdelegados como responsables de la vigilancia y defensa del territorio, aunque muchos no eran militares. Es decir, respecto al proyecto de fortalecimiento de las milicias de ambos intendentes, el virrey optó por fortalecer el mando de los subdelegados. Una tensión que, como sabemos, se expresará con fuerza en el siglo XIX.
El capítulo 6 es muy revelador porque muestra que la resistencia a la reforma mediante intendencias/subdelegaciones tuvo en la capitanía general los tres niveles posibles de rechazo: soterrada, activa y frontal. Todas las vivió en carne propia el primer intendente Lucas de Gálvez, pero el cabildo y oligarquía campechanos claramente expusieron su rechazo a los subdelegados al desplazarlos de impartir justicia y de control territorial. Machuca reconstruye el episodio de oposición frontal contra los subdelegados como un momento que debe considerarse antecedente de los irremediables conflictos decimonónicos entre las oligarquías de Mérida y Campeche. Tensiones que concluyeron con la independencia o separación de ambos ámbitos de poder e influencia político territorial en 1858-1859. Una tras otra lectura del capítulo abre la perspectiva histórica para comprender ese eje de rivalidad regional en el que desempeñaron papeles decisivos el libre comercio, el contrabando, la conexión portuaria Veracruz-Villahermosa-Campeche, la lucha por control territorial, entre otros elementos idiosincráticos.
Para concluir esta apretada síntesis del cuerpo capitular, el último tramo finaliza con una revisión de los subdelegados bajo el contexto gaditano. La autora repasa los conflictos y confusiones jurídicas y territoriales que derivaron del choque entre lo establecido en la Constitución de Cádiz y la aplicación de la Ordenanza de Intendentes. En términos amplios nos muestra que, lejos de debilitarse el poder e influencia de los subdelegados ante el constitucionalismo, circunstancias como el nombramiento de Miguel Castro Araoz como gobernador, dieron paso a una consolidación de nepotismo a la hora de nombrar y ocupar subdelegaciones en el llamado “sexenio absolutista” (1814-1820). Pese a ser “criollo”, ya que llegó desde los diez años a Campeche, en realidad, Castro Araoz (como se ve en su paso de diecisiete años como gobernador político militar de Tabasco) fue un consumado monarquista borbónico. El período fue de un auténtico choque de competencias y visiones organizativas de la vida político institucional, en la que, por razones históricas, la hegemonía jurídica continuó marcando la legalidad y poderes del régimen antiguo, pese a los abundantes argumentos y orientaciones proconstitucionalistas propuestos en esos años.
Apuntes finales
Leales y bien remunerados los intendentes debían entregar buenas cuentas al superior monárquico. La figura histórica de los intendentes novohispanos muestra que poseyeron el perfil de personas formadas en academias militares de España, no precisamente doctos pero sí conocedores de leyes, administración, letras y geografía. Por eso también se incorporaron al ejercicio del cargo académicos preparados en ramas del conocimiento aupadas por la Ilustración como ingenieros, botánicos, geógrafos, médicos, arquitectos y demás. Con base a su formación académica y militar, los intendentes y (algunos) subdelegados proporcionaron datos (económicos, fiscales, demográficos y demás), mediante la ejecución de una ley conocida como Real Ordenanza. Sus aportes son indiscutibles. Dejaron ver desde una órbita amplia el cómo y el por qué de las decisiones de los monarcas borbones y sus ministros, así como la permanencia y predominio de una lógica legislativa de corte casuístico.
Los subdelegados en Yucatán llena un hueco de la historiografía regional del período borbónico reformista en Yucatán en donde, así como se ha avanzado en la mirada de qué hicieron y confrontaron intendentes como Gálvez, O’Neill, Pérez Baldelomar y demás en la zona, se avanza para entender el papel y trascendencia de los funcionarios menores o subdelegados de ese último tramo absolutista novohispano. Machuca da un paso muy importante desde la óptica de la historia regional de Yucatán, Campeche y en parte Tabasco para comprender lo que significó la creación de una institución que no sobrevivió nominalmente en el tiempo, pero que dejó una huella irrefutable a nivel político, territorial, administrativo y fiscal. En su entramado podemos entender procesos amplios y “pequeños” de negociación y conflicto entre los poderes interactuantes: corona, funcionarios antiguos y nuevos, élites y familias influyentes, jerarquía católica y clérigos, así como comunidades indígenas. Nos enseña que en ese tenso y hasta violento proceso transitorio, así como pervivieron añejas prácticas, también se inauguraron otras que representaron, en mi opinión, más y mejores ventajas para la corona antes que para la población novohispana. Sin duda, este libro es un relevante aporte para entender el alcance del reformismo borbónico en esta parte de la Nueva España.














