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Polis

versão On-line ISSN 2594-0686versão impressa ISSN 1870-2333

Polis vol.19 no.1 México Jan./Jun. 2023  Epub 27-Jun-2025

https://doi.org/10.24275/uam/izt/dcsh/polis/2023v19n1/rispolo 

Artículos

Las libertades republicanas en los discursos de Cristina Fernández de Kirchner

Republican freedoms in Cristina Fernandez of Kirchner speeches

Florencia Daniela Rispolo1 
http://orcid.org/0000-0003-2438-7695

1Universidad Nacional del Litoral - Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET). <rispoloflorencia@gmail.com>.


Resumen.

En el presente trabajo nos proponemos polemizar con aquella bibliografía que asocia la gestión de Cristina Fernández a la tradición populista, distanciándola del republicanismo. En efecto, creemos que en los discursos de Fernández es posible encontrar distintas interpretaciones sobre el concepto de libertad y, por tanto, a conceptos republicanos. De este modo, y a la luz de la historia conceptual propuesta por Reinhart Koselleck, analizaremos las alocuciones de Cristina Fernández con el objetivo de indagar sobre la interpretación y las significaciones que se le otorgaron al concepto de libertad durante ambos periodos de gobierno.

Palabras clave: Discurso; libertad; republicanismo; Cristina Fernández; historia conceptual

Abstract.

In this paper we intend to discuss with bibliography that associates the Cristina Fernandez’s government with the populist tradition, distancing it from republicanism. Indeed, we believe that is possible discover different interpretations about freedom and other republican concepts in Fernandez’s speeches. Consequently, and in light of the conceptual history theory develop by Reinhart Koselleck, we will analyze Cristina Fernandez’s speeches, with the aim of investigate the interpretation and meanings of the freedom concept during both governments’ periods.

Keywords: Speech; freedom; republicanism; Cristina Fernández; conceptual history

INTRODUCCIÓN

Luego de los largos años neoliberales y sus profundas consecuencias, la llegada del kirchnerismo al poder fue concebida como un giro de la política hacia la centro-izquierda (Schuttenberg, 2013). En este sentido, las gestiones de Cristina Fernández han sido asociadas fundamentalmente con principios como la justicia social, la defensa de los menos aventajados y la representación política; o en otras palabras, se ha identificado a estos gobiernos con lógicas populistas (Cordero Fernández, 2016; Fernández Alonso, 2010; Garcia Sigman, 2013; Garzón Rogé, 2009; Muñoz & Retamozo, 2008; Palermo, 2011).

En este contexto, la libertad parecía ser un tópico distante en los discursos de Fernández. Más aun, este concepto era frecuentemente utilizado por quienes criticaban las experiencias kirchneristas (Morán, 2021; Natalucci, 2018; Schuttenberg, 2014). La oposición se autorrevindicaba como defensora de la libertad y la república, y señalaba en el oficialismo pretensiones hegemónicas, poco apego a las normas republicanas y tendencias a aumentar y personalizar el poder. Incluso, algunos autores como Novaro (2011), O’Donnell (2010, 2011), Iazzetta (2011, 2012) y Quiroga (2008, 2011, 2012) sostienen que los gobiernos kirchneristas condujeron a la centralización en el ejercicio del poder, la acumulación de poderes discrecionales y un incremento del decisionismo, lo que como consecuencia resultaban una amenaza a las libertades individuales y a las instituciones republicanas.

En el presente trabajo nos proponemos polemizar con estas afirmaciones, pues al adentrarnos en el discurso de Fernández es posible encontrar referencias -directas o indirectas- al concepto de libertad y, por tanto, a conceptos republicanos. En este sentido, creemos que es posible poner un signo de pregunta sobre esa clásica dicotomía entre populismo y republicanismo, por lo menos para el caso analizado. De este modo, y a la luz de la historia conceptual propuesta por Reinhart Koselleck, analizaremos las alocuciones de Cristina Fernández, con el objetivo de indagar sobre la interpretación y las significaciones que se le otorgaron al concepto de libertad durante el periodo de gobierno.

ALGUNAS CONSIDERACIONES TEÓRICAS

Para conocer y ahondar sobre las referencias de Fernández a la noción de libertad, es necesario adentrarse sobre el recorrido histórico de estas nociones y sus usos. Así entonces, creemos que es fundamental examinar los sentidos que la exmandataria le ha impreso al concepto de libertad y, al mismo tiempo, conocer los aportes e interpretaciones que otros dirigentes políticos han realizado del mismo. En este sentido, el análisis que proponemos requiere que nos adentremos en la relación entre conceptos, historia y política; en otras palabras, los invitamos a sumergirnos en el campo de la historia conceptual. Esta corriente historiográfica nos brindará el marco necesario para poder pensar los modos de producción, reproducción y transmisión de sentidos en los distintos periodos históricos y contextos político-culturales (Palti, 1998).

Aunque es posible identificar varias corrientes de pensamiento que trabajan la relación entre conceptos, historia y política, hacia mediados del siglo XX y como consecuencia del giro lingüístico, aparecen dos núcleos de reflexiones que condensaron debate euroamericano sobre la nueva historia conceptual e intelectual. Estas fueron las propuestas de la «Escuela de Cambridge» (1950), representada por Quentin Skinner y John G. A. Pocock, y la «Begriffsgeschichte» o «Historia Conceptual» (1967) de Reinhart Koselleck. Estas corrientes dieron el puntapié inicial para la elaboración de una profusa bibliografía y fueron las primeras en plasmar alternativas metodológicas explícitas y consistentes respecto a los métodos clásicos de historiar las ideas (Fernández Sebastián, 2002; Fernández Sebastián & Fuentes, 2004; Vilanou, 2006; Cruz Rodríguez, 2011).

Para el presente trabajo hemos adoptado la perspectiva alemana sugerida por Koselleck, quien aborda la relación entre la historia de los conceptos y la historia social. Este autor afirma en sus escritos que ambas disciplinas presentan una relación compleja, pues son interdependientes entre sí, pero a la vez gozan de una autonomía que no permite que se subsuman la una a la otra. En este sentido, ni el lenguaje alcanza por sí solo para representar lo sucedido, ni los acontecimientos son posibles sin la elaboración lingüística que los modifica. Todo hecho social, toda historia cotidiana depende del lenguaje en acción. En otras palabras, existe una interacción recíproca entre lo que acontece socialmente y lo que se dice en o sobre esa circunstancia, que se modifica constantemente.

De este modo, el lenguaje tiene dos caras: receptiva y activa. La primera de estas caras registra todo aquello que sucede por fuera de sí mismo, descubriendo el mundo tal y como se presenta de forma prelingüística. La segunda, tiene que ver con la posibilidad de pensar el lenguaje como productivo de los contenidos y el estado de cosas extralingüísticos; es decir, participa de la percepción, cognición y conocimiento de las cosas. Al trasladar estas reflexiones a nuestro trabajo, observamos que la libertad es un concepto que puede ser considerado como un índice histórico, es decir, como una ventana para conocer la historia argentina y a la vez es un factor constitutivo de esa realidad. Esto significa que la realidad no puede reducirse y estructurarse según los conceptos, pero no es menos cierto que sin esa conceptualización no hay realidad posible. Los conceptos, entonces, pueden ser considerados eslabones que unen el lenguaje con la circunstancia o el mundo extralingüístico.

Por consiguiente, Koselleck define los conceptos como aquellas palabras que engloban la totalidad del contexto de experiencia y significado sociopolítico en los que y para qué se lo utiliza. Así, el concepto concentra en su interior una multiplicidad de significados distintos que no pueden aislarse unos de otros; es decir, los términos singulares contenidos a su interior se encuentran unidos y reflejan un determinado contexto. En definitiva, el concepto contiene una pluralidad de experiencias históricas, así como relaciones teóricas y prácticas de relaciones objetivas. Por tanto, las valoraciones temporales de un concepto dependen de la cantidad de contenidos de experiencia que el mismo acumule.

Nuevamente, si pensamos en el concepto de libertad observamos que este ha sido debatido y acuñado en distintos momentos y latitudes. Esto significa que en cada contexto que se ha empleado la noción de libertad ha ido incorporado una serie de significantes que remiten al devenir social y político de cada época y lugar, dando como resultado un concepto plurívoco.

Ahora bien, un análisis como el que proponemos obliga a abordar dos dimensiones: una, sincrónica y, otra, diacrónica. La primera dimensión implicará la comprensión de los usos y sentidos que Fernández le otorgó al concepto de libertad (o bien qué conceptos utilizan que remiten a esta noción). Mientras que la dimensión diacrónica impulsa la reconstrucción de las significaciones que esta noción fue adquiriendo a lo largo de la historia argentina. Así, la historia conceptual busca comprender el contexto sociopolítico que le da sentido al concepto en el presente, y las modificaciones que el mismo va adquiriendo a lo largo del tiempo. Logra establecer un nexo entre el discurso hablado y el lenguaje ya existente que constantemente influye sobre el primero. Este proceso permitirá observar cómo se mantienen, articulan, solapan, pierden o adquieren nuevos sentidos los conceptos analizados, que a su vez solo son relevantes sociohistóricamente si previamente se ha destacado la historia del concepto.

En este sentido, la noción libertad contiene en su interior una diversidad de significados que trae de las experiencias históricas de la antigua Roma, como también de las interpretaciones que Alberdi o Sarmiento hicieron de las experiencias políticas norteamericanas y europeas. Pero, a la vez, en cada ocasión que se utilizó (y se continúa utilizando) este concepto en nuestro territorio, se aporta una variedad de nuevas experiencias sociales y políticas que se suman y transforman a esas experiencias pasadas. Es decir, la libertad, como la entiende Fernández, dialoga no solo con las experiencias pasadas de contextos externos, sino también con las apropiaciones que antes que ella realizaron dirigentes políticos, como Perón o aquellos enrolados en el nacionalismo.

De este modo, la propuesta de la begriffsgeschichte nos permitirá entrelazar la noción de libertad con los discursos de la gestión de Fernández, a fin de observar cómo es reinterpretada a la luz de los contextos que atraviesan. Asimismo, podremos poner en línea las interpretaciones y apropiaciones realizadas por la exmandataria con aquellas propuestas por otros dirigentes nacionales, permitiéndonos de esta forma con el conocer el legado histórico del republicanismo en la Argentina.

Para poder dar respuesta al objetivo establecido, se recurrirá al trabajo con técnicas cualitativas. Esto permitirá conocer cómo son comprendidos los conceptos, qué sentidos les otorgan, qué interpretaciones ponen en disputa y cómo producen significados (Vasilachis de Gialdino, 2006). Para ello, nos enfocaremos sobre los discursos, a partir de los cuales podremos abordar los nexos entre este concepto republicano y la experiencia de Fernández. Así, en primer lugar, estudiaremos los discursos seleccionados1 mediante un análisis de contenido cualitativo o análisis temático (Casero Ripolles, 2000; Braun & Clarke, 2006, 2013; Boyatzis, 1998; Mieles Barrera, Tonon & Alvarado Salgado, 2012). Y, por otro, realizaremos un análisis diacrónico del uso de estos conceptos en donde se abordarán las distintas interpretaciones que se fueron haciendo a lo largo de la historia argentina.

LA LIBERTAD Y SUS CONNOTACIONES

Antes de comenzar con el análisis de los discursos, es necesario realizar algunas consideraciones sobre el concepto de libertad. En primer lugar, debemos recordar que existe una muy clásica diferenciación establecida por Isaiah Berlin (2001), en donde se distingue entre libertad positiva y libertad negativa. En esta elaboración, el concepto de libertad negativa es definido como el ámbito en que un hombre puede actuar sin ser obstruido por otros. En otras palabras, se es libre en la medida en que pueda realizar mi voluntad sin que ningún hombre o grupo interfieran con ella. En tanto que la libertad positiva se deriva del deseo por parte del individuo de ser su propio dueño. De modo tal que es la capacidad de decidir sobre mí mismo y no recibir más restricciones que aquellas que he consentido. Así, mientras la primera es definida como la libertad de los modernos y propia del pensamiento liberal; la segunda es identificada como la libertad de los antiguos y característica de la tradición republicana.

No obstante, el republicanismo de corte liberal, representado por Quentin Skinner y Philip Pettit, cuestiona la dicotomía entre libertad negativa y libertad positiva propuesta por Berlin (2001), y concibe al Estado como es, un instrumento para priorizar los asuntos públicos por sobre los privados. De allí que la inspiración de estos autores se encuentre en la República Romana y los escritos de Maquiavelo, aunque sus conceptos y visiones resultan divergentes.

Skinner elabora su enfoque sobre libertad recuperando los escritos de Maquiavelo. A propósito de ello, afirma que la idea de libertad negativa no debe asociarse a los derechos naturales, como plantean los liberales; por el contrario, la libertad individual debe ser considerada una ventaja derivada de la vida en un gobierno ordenado y libre. De este modo, solo una república ordenada y soberana que logre transformar ese individualismo en un beneficio para toda la comunidad permitirá asegurar el deseo de los hombres de vivir tan libres como les sea posible, para perseguir sus objetivos sin interferencias. Por consiguiente, según Skinner, lograr el disfrute de la libertad negativa requiere primero la conquista de la libertad positiva.

Alcanzar una comunidad libre, es decir, que no esté dominada por la voluntad de individuo o grupo de ellos, supone un gobierno en manos de quienes componen el cuerpo político que dicta sus propias leyes. Solo si todos los ciudadanos ponen sus talentos en beneficio del bien común, es posible controlar los intereses individuales (Skinner, 2002). Esto significa que únicamente cuando los intereses egoístas y contrapuestos de una comunidad participan del gobierno, se logra la conquista del bienestar común (mediante la limitación mutua) y la formulación de leyes que protejan la libertad. De este modo, el autogobierno o república es una condición necesaria para hacer posible la libertad individual: «solo se puede esperar librarse de la servidumbre personal si se vive como súbdito de un estado libre» (Skinner, 2004, p. 52).

La comunidad, entonces, deberá estar basada en instituciones libres de la voluntad de cualquier facción interna o externa, es decir, los propósitos y acciones llevadas adelante por el gobierno deben estar anclados en la participación de todos los ciudadanos. Solo de este modo la comunidad podrá ser libre de cualquier dependencia interna o externa y conseguirá conquistar la libertad negativa. Tal como se observa, es la devoción al servicio público la condición para lograr mantener la libertad individual. Así entonces, para Skinner existe un vínculo directo e imprescindible entre el concepto de libertad negativa y la virtud (entendida como el acto perseguir el bien de la comunidad). Sin embargo, esto no sería posible si no es por la república, que permite transformar los fines individuales y egoístas en un comportamiento virtuoso que permita sostener la libertad. Es decir, el Estado se convierte en un instrumento ineludible para la participación pública que busca asegurar los intereses privados.

En este punto surge el interrogante sobre cuál es la diferencia entre el republicanismo y el liberalismo. Skinner sostiene que mientras los liberales consideran la utilización de la fuerza (o la amenaza coactiva de su uso) como la única forma de intervención a la libertad individual. En tanto que las autoras y autores neo-romanos insisten en la idea de que vivir en una condición de dependencia o dominación es una forma de restricción, ya que esta situación implica la limitación de ciertos derechos. De esta forma, la libertad es definida como la ausencia de interferencia y de dominación.

Pettit retoma la idea de dominación y realiza su aporte a la distinción entre libertad positiva y negativa, al cual posteriormente adherirá Skinner. El autor sostiene que es necesario distinguir entre la «interferencia», concepto propio de los liberales, y «dominación», característico del republicanismo. Mientras que el primero tiene que ver con la restricción a la voluntad, el segundo se refiere a la dependencia arbitraria de la voluntad de otro. Esto significa que ambos conceptos son independientes entre sí, pero que no se implican mutuamente. Es decir, puede existir dominación sin interferencia e interferencia sin dominación. El problema para este autor no es la interferencia, sino vivir a merced de la voluntad arbitraria de otros.

Para ejemplificar esto, se propone una relación hipotética de amo-esclavo, en donde el amo tiene una disposición afable y no interfiere con la voluntad del esclavo. En este caso, para los liberales existiría libertad, pues el esclavo disfrutaría de realizar su propia voluntad sin interferencias. Sin embargo, para los neo-romanos esto no es libertad, pues el amo aún conserva la capacidad de interferir, aunque efectivamente no lo haga. En otras palabras, la falta de libertad se encuentra en la capacidad de infringir interferencias arbitrarias, sin necesidad de que esta se haga efectiva realmente.

Es importante señalar que la condición de arbitrariedad resulta un parteaguas en la teoría de Pettit, ya que implica que la voluntad de quien ha sido afectado no es tenida en cuenta. Tal como lo mencionamos, puede existir interferencia sin dominación o no arbitraria, lo cual supone una aceptación voluntaria de quien es afectado por la restricción. En este caso, las consideraciones del liberalismo y el republicanismo respecto a la existencia o no de libertad son inversas a las de la situación anterior. Aquí los liberales considerarán que existe falta de libertad, ya que existen restricciones a la voluntad; mientras que el republicanismo sostendrá que como las restricciones son admitidas sin coacción por parte de quienes son afectados, la libertad se efectiviza. Dicho de otra forma, para Pettit la libertad es la capacidad de decidir voluntariamente si las acciones que lleva a cabo un individuo pueden o no ser limitadas por otro, y en caso de hacerlo decidir quién será el que tenga ese poder.

Pero al igual que Skinner, este autor cree que la libertad solo podrá conseguirse en una sociedad atada a un régimen jurídico:

[…] la libertad es vista en la tradición republicana como un estatus que existe solo bajo un régimen jurídico adecuado. Así como las leyes crean la autoridad de que disfrutan los que mandan, así también las leyes crean la libertad que comparten los ciudadanos. (Pettit, 1999, p. 57).

Es decir, las leyes son las que crean la libertad de la que disfruta la ciudadanía. Pero… ¿un ordenamiento legal no implicaría una interferencia sobre la libertad de los ciudadanos? En tanto esas leyes sean dictadas por un gobierno legitimado, y respetando los intereses e ideas del pueblo, las interferencias no implicarán dominación, con lo cual la libertad no se vería afectada. De este modo, mientras el gobierno sea producto de la voluntad del pueblo y sus leyes no se conviertan en instrumentos de la voluntad arbitraria de un individuo o grupo, es posible afirmar que se vive en un régimen libre. Así, tanto Pettit como Skinner afirman que la libertad individual requiere necesariamente de la libertad del cuerpo político, de allí que el Estado sea considerado un instrumento para poder alcanzar este derecho, que en este caso es entendido como «no dominación».

Como lo veremos más adelante, el enfrentamiento que Cristina Fernández mantuvo con el principal multimedios del país (Clarín) como producto de la ley de servicios de comunicación audiovisual, puede ser leído en términos de libertad neo- republicana. En este sentido, al analizar los discursos observaremos que se presenta al Estado como representante de la voluntad del pueblo y mediador entre los intereses contrapuestos de dos sectores de la sociedad, y a la ley como el equilibrio de los intereses individuales en beneficio colectivo. Dicho de otro modo, se propone que mediante el funcionamiento de este gobierno ordenado y surgido de la voluntad del pueblo -libertad positiva- que logran protegerse los derechos individuales -libertad negativa-.

Para finalizar, debemos señalar que Skinner y Pettit retoman el concepto de libertad propuesto por los clásicos del republicanismo y a partir de este construyen todas sus teorías. En este sentido, Skinner no propone una nueva forma de libertad, sino que describe una clase distinta de libertad negativa o un subtipo de la misma. Esta se caracteriza por maximizar la libertad individual y a la vez perseguir el bien común. Mientras que Pettit, introduciendo la noción de arbitrariedad como elemento, afirma estar ofreciendo un tercer tipo de libertad distinto a los clásicos propuestos por Berlin. Pero ambos coinciden en señalar al Estado como la piedra angular para la salvaguarda de la libertad, es decir, la república constituye un instrumento indispensable para alcanzar la libertad individual.

Fuente: Elaboración propia.

Figura 1 Republicanismo neo-romano 

LIBERTAD POSITIVA: LA VOLUNTAD POPULAR Y AUTONOMÍA POLÍTICA

A poco de comenzada la gestión de Cristina Fernández acontece uno de los enfrentamientos políticos más largos y resonantes, que estructuraría la arena política de cara al futuro: el conflicto con el campo.2 Esta es una de las primeras veces que aparece la noción de libertad en los discursos. En este caso, las alocuciones hacen referencia a la libertad en términos republicanos, es decir, a la capacidad de los individuos de darse su propio gobierno. No obstante, es necesario señalar que no aparece en los discursos el concepto de «libertad positiva», sino nociones que se pueden asociar a ella como voluntad popular y autonomía política.

Así entonces, el enfrentamiento con las centrales agropecuarias fue el escenario en donde Fernández desplegó parte de sus interpretaciones sobre el concepto de libertad. Sin embargo, siguiendo una de las premisas fundamentales de la historia conceptual, los conceptos deben ser reinterpretados a la luz de los contextos históricos en los que se utilizan; es decir, las circunstancias sociales, políticas y económicas influyen sobre las connotaciones que se le otorgan a cada concepto. En este sentido, comprender la concepción de libertad que subyace en los discursos supone recordar que la llegada de Fernández al poder se sucede en el marco de la gestión de Néstor Kirchner. Es decir, el triunfo de 2007 puede ser leído como la confirmación del rumbo iniciado en 2003.

En ese marco de continuidad de gobierno, se desata esta disputa como producto del intento de modificación del régimen vigente de retenciones a las exportaciones agrarias, y enfrentó a los distintos sectores de la burguesía agraria -representados por SRA, CRA, CONINAGRO y FAA»-3 y a la segunda gestión kirchnerista (Leiras & Cruzalegui, 2009). Sin embargo, el conflicto logró trascender los límites del campo encolumnado a otros sectores que tenían intereses en la producción agropecuaria o agroindustrial y, sobre todo, a buena parte de los sectores medios de las grandes ciudades y localidades del interior. La masividad y extensión que alcanzaron los actos, cortes, marchas y cacerolazos, puso al gobierno en jaque y generó una crisis política inesperada (Bonnet, 2012).

Este enfrentamiento reconfiguró los procesos de movilización social, la emergencia de nuevos actores políticos, los armados partidarios y el surgimiento de nuevos liderazgos (Sosa & Obradovich, 2016). Asimismo, atravesó toda la construcción discursiva de Fernández; es decir, las nociones y conceptos utilizados en las alocuciones estuvieron definidas a partir de los parámetros y diferencias que este pleito marcó. Pues tal como lo proponía Koselleck, los conceptos son capaces de reflejar y reunir la suma de contenidos sociales y políticos de los hechos a los que se refieren. En este sentido, la primera referencia al concepto de libertad en los discursos es a través de la palabra democracia, la cual atravesará y estructurará todo el conflicto.

Porque la clave está en presentar las ideas de cada uno, los modelos de país de cada uno ante la ciudadanía, y cuando esta elige y vota, si ese voto no nos ha sido favorable, a mejorar la propuesta y esperar el próximo turno electoral, esa es la clave. […] siempre fuimos respetuosos de la voluntad popular, quiero convocar a todos los argentinos, a aquellos que tal vez no les guste este modelo que a partir del 25 de mayo del 2003 devolvió a los argentinos esperanza, trabajo, tal vez porque piensan que pueden hacerlo mejor o de otro modo, o tal vez porque piensan que es bueno que por ejemplo pueda haber pobres y ricos, y que tienen derecho a pensarlo y a sentirlo así, pero asumirse, cada uno en su espacio, con vocación participativa y democrática, a someterse a la ciudadanía. Y allí, con esa representación que da el voto popular, hacer homenaje a la democracia y a todas las víctimas que ha tenido este país. (Fernández, 2008).

Como se desprende de la cita, la democracia es entendida como el respeto a la voluntad popular (Russo, 2016), es decir, la sujeción de la estructura estatal a la decisión que el cuerpo político expresa mediante su voto. De esta manera, el gobierno debe ser resultado de la capacidad de los ciudadanos de decidir sus propios destinos, del ejercicio de su dominio personal (Maizels, 2014). En este sentido, para Fernández democracia es sinónimo de participación ciudadana o, en otras palabras, de libertad positiva.

Esta misma lectura sobre la libertad es la que aparece plasmada en los discursos del MERCOSUR, al referirse a los intentos de golpe de Estado a Evo Morales, a Manuel Zelaya o a Rafael Correa. Según entiende Fernández, la paz de la región depende de la vigencia de la Constitución y la legalidad en aquellos países que ven desafiadas sus democracias (Busso, 2016). Es decir, es necesario trabajar activamente para evitar gobiernos que busquen imponer su voluntad por sobre la del pueblo, y que abandonen la legalidad y las instituciones cuando sus propósitos lo requieran. Así, al igual que se pregona para el ámbito interno, la democracia es el respeto de la libertad positiva y la aplicación de la estructura normativa nacional (Bonavitta, 2011).

Retomando las reflexiones sobre la democracia nacional, observamos que la defensa de la libertad republicana supone para Fernández una especie de contrato entre ciudadanos y dirigentes que implica un doble compromiso. El primero de ellos es el de los dirigentes y el gobierno para con el pueblo y sus intereses, ya que al momento de votar los ciudadanos están optando por un modelo político y depositando en él convicciones, sueños e ideales. En este sentido, los representantes deben actuar en favor de los deseos de sus representados; dicho de otro modo, el triunfo electoral supone la elección e implementación de una determinada visión, proyecto y orientación de la nación (Maizels, 2014). Pues aquel gobierno que no proteja los intereses que le ha dado la victoria electoral ha traicionado su mandato y a la ciudadanía. Por consiguiente, quienes pretendan un cambio de rumbo o modelo en el país deben lograr la legitimación electoral (Russo, 2016).

Y el segundo compromiso es el de la ciudadanía con las instituciones. Una vez que el pueblo ha designado a sus representantes, es necesario que haya respeto y acatamiento a las instituciones, pues en definitiva ellas y los políticos que allí participan representan la voluntad popular. En este sentido, como sostiene Yabkowski (2010), la legitimación electoral le permite ocupar un lugar institucional que autoriza su posición. Por esta razón es que Fernández, durante el conflicto con el campo, afirma que la resolución núm. 125 debía ser aceptada sin grandes dificultades, pues era producto de un gobierno democrático, confirmado unos meses antes del inicio del pleito. Incluso podemos aventurar que para el gobierno existe un apoyo y aprobación implícita a las medidas tomadas, ya que, como dijimos, la gestión de Fernández era considerada la continuidad de la de Kirchner. De este modo, las iniciativas emprendidas por el gobierno no solo eran legítimas, sino también representaban inequívocamente el reflejo de la decisión y los intereses del pueblo (Fair Rzezak, 2008; Maizels, 2014; Yabkowski, 2010).

Esta utilización de la noción de libertad positiva se hace aún más explícita al momento de reflexionar sobre los comicios. En este sentido, Fernández define el voto como una instancia igualadora de los ciudadanos, ya que posee el mismo valor y peso para cada individuo. Y al mismo tiempo afirma que en ese acto igualador los hombres y mujeres expresan su voluntad de forma completamente libre. Así, el voto es entendido como la genuina expresión de los intereses y deseos de los ciudadanos, independientemente de cualquier tipo de influencia o autoridad. A modo de ejemplo, puede observarse el siguiente discurso:

Periodista. Haciendo un análisis de la elección en la provincia de Buenos Aires, ¿el gobierno se sintió traicionado en algún punto por algunos intendentes que no fueron directamente con la lista del gobierno y lo hicieron con dos listas?

Presidenta. No, la gente vota libremente. Eso de pensar que la gente vota de una manera o de otra de acuerdo a lo que le dice fulanito o menganito no lo creo. (Fernández, 2009).

De esta manera, Fernández afirma que los resultados de los comicios no hacen más que reflejar la voluntad ciudadana. En otras palabras, las elecciones son el producto del libre ejercicio del voto y en ellas se expresan los intereses de los ciudadanos de forma autónoma de cualquier tipo de dependencia interna. Nuevamente, en clara coincidencia con la definición de libertad republicana, el voto le otorga al cuerpo político la posibilidad de decidir independientemente quiénes formarán parte del gobierno (Salerno, 2012). Así entonces, la noción republicana de autonomía aparece para definir la política interna.

Estas reflexiones son similares a las que utiliza para referirse a la relación entre nuestro país y el mundo. Aunque no menciona explícitamente la palabra autonomía, al referirse a la relación con los organismos internacionales pone el énfasis en la dependencia con los mismos. De esta forma, destaca el grado de libertad y los beneficios que las políticas de desendeudamiento trajeron a la vida política nacional (Torres, 2009): «Por primera vez en la historia, desde que Argentina adhirió, en 1957, al Fondo Monetario Internacional, este deja de conducir los destinos de la economía y de los argentinos» (Fernández, 2014). Como se puede observar, la noción de autonomía política tiene que ver con la capacidad de actuar libre de condicionamientos por parte de los organismos económicos internacionales.

En este caso, podemos ver que las alusiones a la noción de autonomía o libertad positiva coinciden con las utilizadas por Néstor Kirchner unos años antes para referirse a la cuestión económica del país. En efecto, durante la presidencia del santacruceño la deuda externa había sido uno de los principales problemas de la gestión, y por tanto uno de los principales temas en sus discursos. En este sentido, se sostenía que el desendeudamiento era indispensable para devolver autonomía e independencia sobre las decisiones internas; solo esto permitiría superar las condicionalidades económicas y financieras que había generado la dependencia de los organismos internacionales (Colombo, 2011).

Aún más, podemos aventurar que existe entre las afirmaciones kirchneristas, la argumentación peronista y la propuesta del nacionalismo4 una línea de continuidad. En efecto, las medidas de desendeudamiento para recuperar autonomía política propuestas por Kirchner primero y continuadas por Fernández, corren en el mismo sentido que el concepto de independencia pronunciado por Perón y la corriente nacionalista. Ambas fuerzas políticas coincidían en que el desarrollo económico interno era indispensable para conservar la soberanía nacional, es decir, para mantener la independencia económica del país y defender los intereses nacionales (Galván, 2011a; Picabea & Thomas, 2011). De modo que, mientras Perón y el nacionalismo patrocinaban el crecimiento industrial del país a fin de librarse de las dependencias económicas de otras naciones, Kirchner y Fernández abogaban la desintervención por parte de los organismos internacionales y la integración comercial simétrica. Lo interesante de señalar es que, en cada caso, la autonomía económica estaba pensada en función de conquistar la libertad para que el pueblo pudiera expresar su voluntad y decidir sobre el destino político de la nación; es decir, conseguir la autonomía política o libertad positiva.

En este marco, la disputa suscitada con los denominados «fondos buitre»5 parecía ser un desafío a la independencia que el país había alcanzado. Durante los años 2005 con Kirchner y 2010 con Fernández se sucedieron dos instancias de reestructuración de la deuda externa, en donde se logró incluir a casi la totalidad de acreedores (92%) en un plan de pagos que favorecía ampliamente al país (Nemiña & Val, 2018). Dado que la reestructuración de la deuda implicó fuertes quitas de capital, hubo un ocho por ciento (8%) de tenedores de bonos que se negaron a canjear sus tenencias y procedieron a entablar demandas judiciales. En un principio, el accionar de estos fondos se concentró en intentos de embargos de activos del Estado argentino, pero la estrategia fue poco útil. Hasta que finalmente se encontró un intersticio legal que resultó exitoso (Kulfas, 2014). De este modo, la Argentina recibió un revés judicial en el que se obligaba al país a pagar una suma estimada en 1600 millones de dólares de forma total e inmediata a un grupo de fondos que en realidad había adquirido los bonos por la mitad de ese valor. Pero no solo obligaba al pago, sino también establecía que debía informarse a todas las partes involucradas de manera directa o indirecta en el proceso de pago, lo que implicaba la posibilidad de recibir nuevas demandas y pedidos de pagos de quienes ya habían ingresado en las reestructuraciones (Val, 2017).

En el marco de una Argentina desendeudada y que luchaba por una integración internacional equitativa e inteligente, esta decisión judicial fue definida como una afrenta contra la autonomía nacional y el modelo político-económico impulsado (Kulfas, 2014).

Y quiero decirles algo o confesarles algo: el fallo no me sorprendió, yo esperaba este fallo. […] Está claro que se está convalidando una forma de dominación mundial financiera de derivados, para arrodillar a los pueblos y donde ya ni siquiera es necesario explotar a nadie, sino que simplemente, con la exclusión alcanza y sobra. Basta que haya gobiernos dispuestos a hacer megacanjes, haya gobiernos dispuestos a hacer blindajes, a que haya gobiernos dispuestos a negociar comisiones para que este negocio siga prosperando con la sangre, con el hambre o la exclusión de millones de jóvenes a lo largo y a lo ancho del mundo que carecen de trabajo y de educación. (Fernández, Mensaje de la presidenta con motivo del fallo sobre los fondos buitre, 2014).

Así se asocia el accionar de estos fondos y, particularmente, el fallo judicial a una actitud «extorsiva». De este modo, se denuncia que el fallo afecta a la soberanía nacional (Morasso, 2016). Según Fernández, el problema radica en la capacidad que ha tenido la Argentina de salir de la crisis sin volver a endeudarse, es decir, la posibilidad de desarrollarse y crecer sin el auxilio y supervisión de los fondos internacionales. En otras palabras, para la expresidenta el revés judicial tiene su origen en la independencia y autonomía que adquirió el país luego del desendeudamiento.

Recapitulando, Fernández define la democracia como el respeto a la voluntad popular, la sujeción y el cumplimiento por parte de los representantes del compromiso asumido con los intereses y deseos de los ciudadanos. O expresado en términos más republicanos, las instituciones y el gobierno serán conformados por el ejercicio de la libertad -positiva- del cuerpo político, que debe expresarse de forma independiente de cualquier tipo de autoridad o influencia. Por consiguiente, la voluntad popular es entendida como ejercicio de autonomía política, de libertad positiva o republicana, es decir, como la independencia y la capacidad de gestionar la vida política y económica libre de injerencias externas al individuo o al cuerpo electoral nacional. De esta forma, al igual que Kirchner, Perón e incluso el nacionalismo, la autonomía política no solo supone el libre ejercicio del voto, sino también la independencia económica del país de los fondos internacionales.

Podemos afirmar, entonces, que estos conceptos demuestran un estrecho lazo entre lenguaje e historia. Así, por ejemplo, las experiencias históricas de tiempos tan distintos como los del nacionalismo histórico y Perón son reeditadas por Fernández en la noción de autonomía política para referirse a la relación con los organismos de crédito internacional. De este modo, los conceptos van construyendo un entramado semántico a través del tiempo, que permite aprehender los contextos actuales y hacerlos dialogar con el pasado, lo que torna evidente las persistencias, transformaciones o solapamientos de los sentidos a lo largo de la historia.

¿LIBERTAD NEGATIVA O LIBERTAD NEO-REPUBLICANA?

La segunda connotación que Fernández le da al concepto de libertad aparece en el marco de los discursos por la nueva ley de servicios de comunicación audiovisual. En este caso, la exmandataria aboga por la protección del derecho a la expresión y a la diversidad de información. Y a diferencia del apartado anterior en donde la interpretación estaba ligada a la libertad positiva del republicanismo, ahora presenta una visión más cercana a la liberal o negativa del concepto, ya que alude a la libertad entendida como la ausencia de impedimentos para desarrollar la voluntad, aunque esto no implica pensar la libertad contra la ley (Muraca, 2016).

Ahora bien, la descripción sobre la connotación que se le otorga a la idea de libertad no puede entenderse por fuera del contexto y la relación que se estableció entre el gobierno y la prensa. Al momento de asumir su cargo como presidenta, Fernández se refiere a los medios de comunicación como importantes factores de poder y los llama a aceptar su responsabilidad frente al conjunto de la sociedad. Incluso, los interpela como opositores debido al posicionamiento de ciertos medios frente a la reforma del Consejo de la Magistratura acontecida en 2006. Sin embargo, esa relación que comenzó siendo tirante o ríspida se potenció a partir del conflicto con el campo y alcanzó su punto más álgido en 2009 con la presentación de la nueva ley de servicios de comunicación audiovisual (Preatoni, 2012). Si bien el «malestar» era con los principales medios informativos del país, la disputa se planteó concretamente entre el gobierno y el «multimedios Clarín».

En este marco, y luego de muchos años de mantener una ley de comunicación obsoleta y elaborada durante los años de dictadura, el kirchnerismo decidió darse a la tarea de elaborar una nueva ley6 (Waisbord, 2014). En esta se declaraba la intención de

[...] regular los servicios de comunicación audiovisual […] y el desarrollo de mecanismos destinados a la promoción, desconcentración y fomento de la competencia con fines de abaratamiento, democratización y universalización del aprovechamiento de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación. (Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, 2009).

Una vez que el anteproyecto fue elaborado, se dispuso la realización de una serie de foros abiertos donde intervinieron variedad de actores involucrados en la comunicación: organizaciones de derechos humanos, medios comunitarios, sindicatos, asociaciones de prensa y organizaciones barriales (Hernández Prieto & de la Peña Pérez Alaejos, 2017; Waisbord, 2014). De este modo, cuando llegó al Congreso la ley había recogido los comentarios y modificaciones más diversas. Así, a diferencia de la actitud mostrada en los inicios del conflicto con el agro, en este caso el gobierno expresó desde el inicio una actitud plural, abierta y receptiva, lo que le dio al proyecto gran consenso y potencia política. Ya en el parlamento fue aprobada por ambas cámaras.7 Sin embargo, algunas de las modificaciones que suponía la nueva ley afectaban especialmente al multimedios Clarín,8 lo cual motivó la judicialización y suspensión de la aplicación de la ley (Postolski, 2013).

Ante este contexto de enfrentamiento, se argumenta que existe un monopolio empresarial que limita tanto el derecho a la expresión como el de información, que resultan fundamentales para la vida política de un país. No solo porque se entorpece la posibilidad de una diversidad de opiniones, sino porque la mercantilización de las comunicaciones -radiales, gráficas y televisivas- conducen a sesgar la información que se brinda o incluso a tergiversarla en función de los intereses económicos. Tal como sostiene Fernández Pedemonte (2011), los medios serían transmisores críticos de noticias, poco objetivos y asociados a un determinado conglomerado ideológico. En concreto, Fernández en uno de sus discursos acusando a la prensa de mendaz, sostiene que existen dos países. El primero es el país real que se caracteriza por el progreso, el crecimiento y el desarrollo, mientras que el segundo es el país virtual o mediático en donde todo está mal.

Así, dando cuenta de la estrecha relación que existe entre contexto político y el lenguaje, Fernández recurre al concepto de libertad para demarcar sus perspectivas futuras. De este modo, presenta la ley como la forma de proteger el acceso a la información y el derecho a la expresión. Siguiendo a Muraca (2016), podemos decir que la normativa era entendida como una garantía y no como límite de la libertad. En este sentido, la ley aseguraría el espacio para diversificar la participación en pos de asegurar la presencia de otras voces y ámbitos de expresión (iglesias, universidades, organizaciones sin fines de lucro, entre otras.).

Si ustedes me dijeran qué espero como resultado de esta ley, diría que es que cada uno aprenda a pensar por sí mismo y decida pensar, no como le marcan desde una radio, desde un canal, sino que, precisamente, pueda acceder a toda la información, a todas las voces, a todas las creencias religiosas, a todas las creencias políticas para que, entonces, ese ciudadano pueda decidir a qué dios le quiere rezar, a qué partido puede ingresar, quién es el que no le gusta, quién es la que le gusta; en definitiva, yo creo que solamente podemos formar ciudadanos libres si esos ciudadanos tienen la posibilidad de formar su propio pensamiento. (Fernández, 2009).

Esta cita da cuenta de un convencimiento por parte del gobierno de Fernández de que el poderío de ciertas empresas en el mercado comunicacional interfiere en la libertad de información y expresión de los ciudadanos. De esta forma, la ley viene a eliminar las trabas que impone la lógica empresarial, dando la oportunidad para que aquellos ciudadanos o instituciones que lo deseen puedan expresarse libremente y, sobre todo, asegurar la diversidad de opiniones (Muraca, 2016; Postolski, Saintout & Rinesi, 2016). Es decir, en este caso la libertad es definida como la ausencia de impedimentos para realizar la voluntad de los individuos, aunque no por ello la eliminación de la ley. Como lo afirma Muraca (2016), hay una idea republicana en donde la ley es la que asegura la libertad.

Podríamos pensar en la gestión de Fernández como una institución que equilibra los intereses sociales en favor del bien común. Pues la ley vendría a compensar la oposición entre los intereses de los dueños de los servicios audiovisuales y el supuesto deseo de la ciudadanía de alcanzar un mayor grado de libertad de información y expresión. Así, la legislación surge como producto de los diferentes intereses presentes en la sociedad, lo que asegura que el Estado proteja el bien común.

En este sentido, podemos aventurar que esta connotación es más cercana a las propuestas del republicanismo neo-romano que a la noción de libertad negativa. La posibilidad de que los ciudadanos puedan vivir tan libres como les sea posible, en este caso con un mayor grado de la libertad de información y expresión -libertad negativa-, es resultado de la actuación de un Estado soberano -libertad positiva- que equilibra los intereses individuales y contrapuestos de los ciudadanos en beneficio de la comunidad. De este modo se vinculan la libertad positiva y negativa, pues el accionar del gobierno elegido y consentido popularmente ordena la sociedad con el objeto de que cada individuo pueda desarrollar sus intereses sin encontrar obstáculos.

Aquí, a diferencia de lo que sucedía con la libertad en términos positivos, con la cual fue posible identificar vínculos con interpretaciones pasadas; en este caso, no hemos encontrado esta connotación en otras interpretaciones locales. Por tanto, no fue posible establecer un vínculo con reflexiones previas; sin embargo, podemos aventurar que esta será una significación que gobiernos o líderes futuros podrán retomar o rechaza al momento de utilizar este concepto.

Para finalizar, creemos que es posible afirmar que el concepto de libertad no solo refleja y caracteriza el contexto político del gobierno de Fernández, sino que contribuye a darle forma a esa realidad en la que se inserta. Pues la ley de servicios audiovisuales viene a hacer efectiva esta noción de libertad intermedia, que buscaba eliminar impedimentos y equilibrar intereses. De modo que podemos afirmar que los conceptos son a la vez un registro de la realidad a través del tiempo y también un factor de cambio de la misma.

REFLEXIONES FINALES

Como lo señalamos al comienzo, los conceptos poseen una doble multiplicidad. Una, derivada de las distintas acepciones que una noción puede adquirir al interior de un discurso y, otra, que refiere a la pluralidad de significados que una palabra puede adquirir al modificarse a través del tiempo. Esto significa que la connotación que cada actor social le otorga a un concepto variará dependiendo de dos elementos: del contexto que lo rodea y de las discusiones o diálogos que mantiene con interpretaciones anteriores. Esto es lo que hemos intentado demostrar a lo largo del presente trabajo, mediante el análisis de los discursos de Fernández.

En primer lugar, hemos mostrado que la utilización del concepto de libertad dentro del discurso de la exmandataria ha adquirido por lo menos dos acepciones, y cada una de ellas es condicionada por el contexto histórico en que se enuncia. Aquella que aparece en las alocuciones pronunciadas al referirse a la relación económica del país con el exterior, al conflicto con las centrales agropecuarias o a las elecciones está más ligada a la definición positiva del concepto. Es decir, se pone el énfasis sobre la capacidad de los individuos de decidir sobre sus propios designios, de no recibir más restricciones que aquellas que se ha consentido. Mientras que la segunda connotación, que surge con motivo de la ley de comunicación audiovisual, es una posición intermedia que amalgama la libertad positiva y la negativa. En otras palabras, un gobierno consentido por el cuerpo político -libertad positiva- elabora una normativa que aspira a equilibrar los intereses sociales, con el objetivo de eliminar las trabas, los intereses y el accionar de los individuos -libertad negativa-.

Por otra parte, intentamos dar cuenta de cómo la interpretación de libertad positiva puede dialogar con algunas interpretaciones previas. En este sentido, hemos visto que tanto Fernández, como Kirchner, el nacionalismo y el peronismo, entienden que la autonomía e independencia política de las restricciones económicas internacionales es determinante para el libre ejercicio del voto y la capacidad de decidir el rumbo del país.

Como se observa, en los discursos de Cristina Fernández no solo aparece el concepto de libertad, sino que ha sido utilizado en algunos de los momentos más simbólicos y decisivos de las gestiones. Por otra parte, a diferencia de lo que sostiene una gran cantidad de trabajos, hemos dado cuenta de que Fernández incorpora -quizás no de forma intencional- nociones republicanas a su construcción discursiva. Esto no significa que no existan en estos discursos elementos populistas, pero tampoco significa que los gobiernos asociados con las lógicas populistas no incorporen elementos republicanos, es decir, los actores políticos en sus discursos pueden coexistir elementos de diversas tradiciones, incluso aquellos que se suponen antagónicos.

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1 El corpus discursivo está conformado por comunicaciones emitidas en las siguientes ocasiones: apertura de sesiones legislativas (periodo 2007-2015), elecciones intermedias o primarias (años 2009 y 2011), conflicto con las organizaciones agropecuarias a raíz de la resolución núm. 125 (2008), fallo del juez norteamericano Tomas Griesa sobre los fondos «buitre» (2014) y ley de servicios de comunicación audio-visual (2009).

2 Referencia al conflicto iniciado a principios de marzo de 2008, cuando luego de dos días de bloqueo en los puertos (por protestas agropecuarias frente a la prohibición de exportar trigo) el gobierno nacional anuncia la Resolución núm. 125 que impone un nuevo esquema de retenciones móviles (Aulicino, 2020).

3 Sociedad Rural Argentina (SRA), Confederaciones Rurales Argentinas (CRA), Confederación Intercooperativa Agropecuaria Limitada (CONINAGRO) y Federación Agraria Argentina (FAA).

4 Fuerza política de derecha identificada con la defensa de intereses nacionalistas católicos y corporativistas (Galván, El nacionalismo argentino: observaciones teórico-metodológicas a partir del caso, 2011b). Muchas de las ideas de esta fuerza quedan plasmadas en el semanario «Azul y Blanco», dirigido por Marcelo Sanchez Sorondo.

5 Fondos especulativos que adquieren títulos de deuda de países con dificultades de pago a precios muy bajos, para luego, una vez producido el default, judicializar la disputa y reclamar por el 100% del valor de los títulos (Actis y Creus, 2015).

6 Dando efectivo cumplimiento a una de las propuestas planteadas en la plataforma electoral de 2007 (Preatoni, 2012).

7 La ley fue aprobada el 10 de octubre del 2009 por una amplia mayoría, que excedió largamente a la representación parlamentaria del partido gubernamental.

8 Obligaba a este grupo empresarial a desprenderse de algunas de las empresas que componían el holding.

Recibido: 19 de Abril de 2022; Aprobado: 21 de Marzo de 2023

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