Introducción
La minería es una actividad concebida como un espacio primordialmente masculino; sin embargo, en este trabajo destacaremos la participación de un grupo de mujeres dedicadas a los negocios mineros en el territorio andino durante las últimas décadas del siglo XVIII y principios del XIX. En este texto, abordaremos el Alto Perú (altiplano andino, hoy Bolivia), un espacio minero muy importante de donde se extrajo gran cantidad de plata durante el periodo colonial, con especial énfasis en el famoso cerro de Potosí, entre otros muchos centros mineros. Esta región presenta múltiples evidencias de la explotación de los metales desde tiempos del Inca, cuando se trabajaron minas de plata, cobre y estaño, y posteriormente, con la llegada de los españoles, se intensificó esta actividad. La Corona mantuvo una importante intervención en este sector, pues obtenía considerables recursos a través de los impuestos.
El conocimiento de la minera colonial americana tuvo un gran avance a fines del siglo pasado, pero hay que reconocer que en las últimas décadas se ha renovado con nuevas propuestas, temas y metodologías. En esta apertura hacia distintos intereses, también empezó a cobrar importancia el estudio de nuevos actores que comenzaron a recibir atención por parte de los científicos sociales. Esto ocurrió en relación con la participación de las mujeres en la minería, a quienes a pesar de siempre haber estado presentes en las fuentes no se les hizo visibles hasta estos últimos años, momento en que alcanzaron el interés de muchas investigadoras incorporadas a la vida académica.
Así, la presencia de las mujeres dentro de la actividad minera ha sido escasamente señalada para la región andina y, aunque se encontraban evidencias en las distintas fuentes documentales, no se les había dado un espacio protagónico. Algunos estudios habían señalado su participación como trabajadoras en ciertas labores, a las que haremos alusión más adelante, pero no se había puesto de manifiesto su actividad como empresarias: mineras (propietarias de minas), azogueras (dueñas de instalaciones de beneficio del mineral) y trapicheras (mujeres que tenían en su poder instalaciones menores para procesar el mineral). Este trabajo tiene como objetivo sacar a la luz a un grupo de mujeres que no sólo eran propietarias, sino que también ejercieron como administradoras de sus negocios mineros en los diferentes centros del altiplano andino, a fines del siglo XVIII y principios del XIX. Abordaremos cómo se desempeñaron en esta actividad y cómo a veces encontraron obstáculos y complicaciones para ejercer la minería, pero en vez de retirarse a sus “labores domésticas”, como aparece mencionado en algunas fuentes, ejercieron como empresarias mineras. La legislación minera no prohibía a las mujeres realizar esta labor, aunque a veces encontramos intentos de apartarlas de esta actividad, como señalaremos en el caso de Potosí.
Antes de comenzar a precisar las fuentes y los estudios que son referentes en este tema, considero necesario aclarar que entendemos como actividad minera no sólo el proceso de extracción, sino también la transformación o beneficio del mineral en lingotes o piñas de plata y oro, principales minerales que se extraían en el siglo XVIII en la región andina. El término azoguero o azoguera en los Andes se utilizaba para designar al dueño de la hacienda o instalaciones en las cuales se usaba el azogue o mercurio para el beneficio de la plata y el oro. El trapiche era una instalación más rudimentaria y producía en menor cantidad; los dueños o dueñas eran denominados trapicheros o trapicheras.1
El derecho a la herencia en Castilla y en la América hispana propiciaba que esposas e hijas terminaran como propietarias de minas, ingenios o trapiches. En este caso, al igual que los hombres, tenían diferentes opciones: ejercer de forma personal, administrando sus negocios mineros, poner un administrador, vender o arrendar las propiedades. A veces, las mujeres habían nacido o crecido en el seno de familias mineras y su vocación estaba clara: la minería. En ocasiones, se argumentaba que las mujeres no tenían el conocimiento ni la experiencia para llevar estos negocios, pero era una simple excusa, pues la mayoría de los propietarios mineros tampoco había bajado a las minas.2
Las fuentes y los estudios sobre las mujeres en la minería colonial andina
El principal problema al momento de estudiar el papel de las mujeres en la minería (o, sospechamos, en cualquier actividad económica) es la escasez de fuentes. Es cierto que el número de mujeres dedicadas a este sector como empresarias era mucho menor que el de los hombres, pero en algunas coyunturas la participación de las mujeres fue significativa, como veremos para el caso de Oruro a fines del siglo XVIII. Si reducimos el estudio de las empresarias a la información de las fuentes oficiales, aquellas generadas por o para la administración colonial, entonces tendremos una tarea difícil.
La minería era una prioridad para la Corona; desde el principio, cualquiera que quisiera explotar los recursos del subsuelo debía realizar trámites y pagar impuestos. Registrar una mina y explotarla requería presentarse ante el juez de Minas (corregidores o alcaldes mayores) y hacer el denuncio, después era necesario pagar los impuestos a la producción, lo que también debía quedar reflejado en diferentes documentos e instancias. Por ejemplo, en las cajas reales, una de las entradas de ingresos más importante era el quinto, impuesto sobre la producción de plata (después reducido a 10 %), y en los libros de contabilidad se anotaba el nombre de los propietarios mineros, azogueros y trapicheros que hacían este pago. Son pocas las mujeres que aparecen registradas y pagando impuestos en estos libros, pero encontramos algunas evidencias. A veces, tanto mujeres como hombres propietarios no realizaban este último trámite, pues quedaba a cargo de los comerciantes o rescatadores que financiaban la minería. También habría que destacar la minería informal o pequeña minería que no pasaba por los cauces fiscales.
Las fuentes fiscales son un buen camino, pero resultan insuficientes, porque en el proceso de convertir la tierra-mineral en barras de plata o moneda podían darse muchas posibilidades. Sin embargo, encontramos mujeres que registraron plata y pagaron impuestos en las cajas reales, en el Banco de Rescate, o de San Carlos en Potosí, y también entre los deudores de azogues. En todo caso, estas fuentes son escasas y debemos acercarnos a otro tipo de documentos, como son los protocolos notariales.3 Es sorprendente la cantidad de mujeres que aparecen realizando negocios o testamentos en los protocolos del siglo XVIII en Oruro (Bolivia): compraventa de minas, alquiler o venta de instalaciones, compañías o asociaciones para efectuar negocios mineros y otros asuntos. También, por supuesto, los testamentos de mujeres nos ofrecen una perspectiva muy interesante para conocer el patrimonio y la gestión de los negocios y las propiedades. Manuela Mier, en su testamento, dejaba muy claro que había sido minera y azoguera en Oruro y “como tal” decía que era reconocida de forma pública y notoria.4
Para continuar con nuestra reflexión sobre las fuentes, las evidencias o la información, consideramos importante señalar la escasez de documentación para hacer visible, por ejemplo, la participación de las mujeres en los negocios dentro del matrimonio, tendencia que se mantuvo a lo largo del siglo XIX. En efecto, la viudez era una condición especialmente favorable para la mujer que se encontraba más capacitada legalmente para fungir como cabeza de familia; no obstante, también había mujeres muy activas dentro del matrimonio, aunque es más difícil de valorar a través de las fuentes.5 Esto mismo ha sido destacado por Susan Socolow en su estudio sobre las mujeres en la América colonial, donde señala su participación activa como parte de la élite en los negocios familiares, lo que se manifestaba en muchas ocasiones en los poderes que les dejaban sus maridos mientras estaban ausentes, pero no siempre contaban con esos permisos.6 Por tanto, no cabe duda de que las mujeres tuvieron más importancia en la actividad minera, y de cualquier otra índole, de lo que podemos suponer según los testimonios documentales.7
Otro hecho significativo es que no todas las transacciones o acuerdos económicos quedaban registrados en las fuentes; la oralidad era muy importante en los negocios y para el siglo XVIII es difícil recuperar ese tipo de información. En Chayanta, a fines del siglo XVIII, son frecuentes las referencias a la explotación de las minas bajo acuerdos con los trabajadores, llamados “los capitanes de minas”, cuadrillas de hombres que operaban de forma autónoma y repartían las ganancias con los propietarios. Esta asociación tan interesante se efectuaban mediante acuerdos verbales y, por tanto, también es difícil de documentar.8
En el caso de la minería andina, algunos estudios han señalado la relevancia de las mujeres como empleadas en labores concretas, por ejemplo, en la selección del mineral o en otras labores específicas ejecutadas en los diferentes procesos por los que éste pasaba hasta llegar a convertirse en barras de plata o moneda, o también en el caso del mercurio, como ha apuntado Isabel M. Povea para las minas de Huancavelica en el virreinato del Perú.9 Brooke Larson señalaba la posición activa de las mujeres indígenas que se trasladaban con sus maridos a Potosí y cómo se encargaban de comerciar con pequeñas cantidades de mineral, bien como parte del salario o como producto de las buscas o robos.10 Ya en las fuentes tempranas de los siglos XVI y XVII encontramos referencias al papel de las mujeres como trabajadoras. Luis Capoche en su relación de la villa de Potosí (1585) menciona la labor de las mujeres que tamizaban el mineral.11
Como subraya Isabel M. Povea en su apreciación sobre la historiografía minera, son más frecuentes las referencias a la participación de las mujeres como trabajadoras o como parte de la minería informal que las centradas en su papel como empresarias mineras.12 En Carangas, encontramos referencias al rol de las mujeres en la minería informal, las cuales colaboraban en la economía doméstica con su trabajo como busconas de mineral en los desmontes o minas abandonadas y, por tanto, no desestimamos que se introdujeran en los túneles de estos yacimientos olvidados.13 También, en el plano informal, en trabajos desde instalaciones menores como eran los trapiches, encontramos evidencias de una cantidad considerable de mujeres. En Potosí, Barragán hace mención de que éstas representaban 15% de los dueños registrados en 1762.14 En Lípez, según anota Raquel Gil, las que pertenecían a la comunidad indígena también laboraban en estos molinos.15 En Chayanta, hay pruebas/testimonios de que operaba un número significativo de mujeres que registraban su plata en el Banco de Rescate y el Banco de San Carlos.16
En Oruro, podemos destacar un grupo importante de azogueras, por ejemplo, Josefa Galleguillos, María Josefa Urquieta, María Mercedes Plazas, Rosalía Miranda, Francisca Terán y Manuela Mier, entre otras. Algunas de estas mujeres provenientes de familias mineras eran esposas de los azogueros encarcelados después del levantamiento indígena, en 1784, por estar involucrados en la sublevación de 1781, las cuales se vieron obligadas a fungir como cabezas de familia tras la detención de sus maridos. Las propiedades mineras que llevaron al matrimonio como dotes fueron reclamadas y empezaron a ejercer como mineras y azogueras, profesión que no era desconocida para ellas. También reconocemos a otras azogueras que casadas o solteras decidieron de forma voluntaria ejercer un oficio cuyo ejercicio no se consideraba “apropiado para su género”, pero para el cual no encontraron impedimentos de orden jurídico.17
Hemos considerado retomar tres casos de azogueras de Oruro para destacar la diferencia entre éstas y las de Potosí. Las condiciones en Potosí fueron especiales y determinaron ciertas dificultades para practicar la minería que no tuvieron las mujeres en Oruro. Los tres casos de azogueras orureñas ejemplifican además la variedad de condiciones de estas mujeres: solteras, casadas o viudas. Dicho de otra manera, el marco jurídico y los patrones culturales no fueron obstáculos insalvables para que las mujeres pudieran realizarse en esta actividad. Los discursos y las instituciones, como abordaremos para el caso de Potosí, no pudieron excluir a las mujeres de los negocios mineros. Es verdad que se encontraron trabas en ciertas ocasiones, como veremos en el último apartado, pero se enfrentaron a ellas o las superaron con múltiples y diversos recursos.
Las azogueras de Oruro. Viudas y cabezas de familia, casadas y solteras
El centro minero de Oruro se encuentra ubicado en el altiplano central andino, dentro de la jurisdicción de la Audiencia de Charcas (actualmente Bolivia), territorio conocido en el siglo XVIII como el Alto Perú. Aunque algunas ya habían sido trabajadas, los conquistadores españoles encontraron una gran riqueza en estas minas y comenzaron a explotarlas desde fines del siglo XVI. Así, en 1606, se fundó la villa de San Felipe de Austria, más conocida como Oruro. También se erigió el corregimiento para establecer una autoridad y se estableció una caja real para el control fiscal de la producción minera y la distribución del azogue. Su auge minero, a principios del siglo XVII, levantó grandes expectativas e incluso llegó a considerarse que podría ensombrecer al famoso Potosí. Sin embargo, aunque en la segunda mitad de ese siglo empezó a decaer la producción, ésta logró mantenerse estable, pues durante el siglo XVIII todavía se consideraba el segundo centro productor de plata del virreinato peruano. En las últimas décadas del siglo XVIII, se produjeron algunas novedades; por ejemplo, a partir de 1776, con la creación del virreinato del Río de la Plata, la región del Alto Perú quedó bajo la jurisdicción de ese nuevo distrito. Más adelante, en 1781, este espacio andino se vio sumergido en una importante sublevación indígena que, en el caso de Oruro, tuvo algunas particularidades e importantes consecuencias.18
Como ya adelantamos, Oruro fue uno de los corregimientos que tuvieron una gran actividad durante el alzamiento indígena de la década de los ochenta. La singularidad de este centro reside en que, en un principio, la élite minera criolla se alió con los sublevados, incitándolos a tomar la villa y a asaltar las casas y comercios de algunos peninsulares, pero después de unos días se rompió este pacto y los indígenas que se rebelaron fueron expulsados de la villa. Esta corta vinculación le costó a esa élite minera la posterior investigación, detención y traslado hasta la cárcel de Buenos Aires, donde algunos de los prisioneros murieron y otros salieron libres en 1802. Entre 1781 y 1782, la pacificación del Alto Perú mantuvo ocupadas a las autoridades coloniales. Los criollos mineros incluso colaboraron intentando borrar su implicación pasada, pero en 1783 la investigación abierta por la Audiencia de Charcas los encontró culpables; un año después fueron detenidos y sus propiedades embargadas.
Las repercusiones de este levantamiento en la actividad minera de Oruro fueron muy graves. En primer lugar, es necesario señalar las muertes que fueron producto de la violencia entre los dos bandos, especialmente de los peninsulares comerciantes, que eran los principales financiadores de la minería. En segundo lugar, hay que tomar en cuenta la violencia ejercida sobre las propiedades mineras por los sublevados. Y, finalmente, la detención de los criollos mineros, en 1784, junto con el embargo de sus propiedades, entre las que se encontraba la mayoría de las minas, ingenios y trapiches de la región.19
Las principales familias de mineros y azogueros de Oruro estaban emparentadas antes de la sublevación de 1781: Rodríguez, Herreras, Medranos, Galleguillos, entre otros, constituían una élite muy endogámica. Las hijas casaderas llevaban a veces en sus cartas de dotes propiedades mineras o capital significativo y bastante deseado por cualquier minero o azoguero.20 No obstante, el riesgo en la actividad minera era alto y no faltaron ocasiones en que las mujeres perdieron sus dotes. Era frecuente que las propiedades mineras que les eran heredadas, bien a través de padres o maridos, fuesen puestas bajo arriendo, ya que era una manera segura y “conveniente” para el género femenino de conservar su patrimonio, según la costumbre.21
Tenemos muchos testimonios que atestiguan estas operaciones comerciales; sin embargo, debemos destacar que también hubo mujeres que decidieron administrar personalmente sus propiedades. En Oruro, encontramos casos de azogueras, algunas dedicadas a los negocios después de la detención de sus maridos, pero también hay muchas evidencias de mujeres solteras, casadas o viudas que tuvieron un papel muy activo en la minería.
María Josefa Galleguillos fue uno de los casos más significativos. Esta azoguera orureña, nacida en el seno de una familia minera, fue hija única de un exitoso minero criollo que murió en 1779 y que le dejó todas sus propiedades. María Josefa se casó con su primo Diego Antonio Flores, el cual se estableció en Oruro a mediados del siglo XVIII bajo la protección de su tío. La joven llevó una importante dote al matrimonio, tasada en cuarenta mil pesos, además de las propiedades que finalmente heredó tras la muerte de su padre, así como el cargo de alférez real del Cabildo de Oruro, ejercido por su marido. La dote estaba compuesta de varias minas y tres ingenios en la ribera de Sorasora, además de bienes muebles y alhajas. Sin embargo, su marido no tuvo éxito en la minería y en 1777 sus propiedades fueron embargadas debido a una cuantiosa deuda con su habilitador,22 Manuel Aurrecoechea.
En 1784, Diego Flores fue detenido por su participación en la rebelión criolla de Oruro de 1781, y su mujer acudió ante la Audiencia de Charcas para pedir que desembargaran las propiedades que le pertenecían por su carta dotal. La Audiencia aceptó dejar libres sus ingenios, pero puso un interventor para que, una vez que recuperase los cuarenta mil pesos de la dote, se dividiesen los beneficios a medias con su marido, el cual no pudo disfrutarlos, aunque estaban destinados a su manutención en la cárcel de Buenos Aires.23
Durante la década de los ochenta, después de la detención de los mineros, María Josefa Galleguillos, minera y azoguera de Oruro, de la que antes no teníamos noticias, sino como hija de José Galleguillos y esposa del alférez real Diego Flores, tendría una participación muy activa en este centro minero, donde demostró que era capaz de gestionar y administrar sus negocios con mayor éxito que su marido.24 Además de su presencia como empresaria minera, la azoguera rehízo su vida emocional, pues mantuvo una relación con José Manuel de Santander (oficial de la Caja Real) con quien tuvo un hijo llamado José María Galleguillo.25 Durante el proceso, Flores acusó a su mujer y al amante de ésta de divulgar cargos en su contra. Al final, la azoguera consiguió recuperar todas sus propiedades y Flores perdió lo poco que tenía, pues fue embargado para el pago de las deudas de azogue. Por motivos de salud, estuvo en libertad bajo fianza de 1790 a 1795, año en que fue encarcelado de nuevo; en 1805 salió libre finalmente y volvió a Oruro a la edad de 63 años.26
María Mercedes Plazas y Plantarrosa representa otro ejemplo de azoguera destacada. Su padre, Manuel Plazas, era un peninsular, casado con Ildefonsa Albarracín, arruinado según decía en su testamento.27 Mercedes contrajo matrimonio por primera vez con el oficial mayor de la Caja Real de Oruro, Domingo Antonio Pavía, quien murió asesinado a mano de los indios sublevados durante los acontecimientos de febrero de 1781. Pero, antes del levantamiento, ya encontramos testimonios del interés de Mercedes en la minería, cuando todavía estaba soltera. Al quedarse viuda, y ante la inestabilidad política en Oruro, se trasladó a Cochabamba, donde se dedicó “al fomento de la minería, beneficiando las vetas descubiertas en los cerros de la villa de Oruro y su provincia”.28
Esta azoguera estuvo vinculada desde muy temprano a la minería, pues nació y creció dentro de una familia minera y, según las evidencias documentales, siempre ejerció en este sector; en otras palabras, su oficio no le llegó con el matrimonio ni con su estatus de viuda. En 1787, volvió a casarse, ahora con Vicente Vieytes, hermano del subdelegado de Oruro, cargo que le sería de mucho provecho al matrimonio al momento de obtener beneficios. A través del subdelegado, consiguieron préstamos de azogues sin fianzas y acumularon una importante deuda en la Caja Real.
María Mercedes Plazas utilizó un recurso bastante frecuente en la región para obtener la propiedad de un ingenio, que consistía en denunciar una propiedad abandonada. Así, en 1787, demandaba “por si y por su marido” el ingenio llamado de Canto que estaba “despoblado”. La Audiencia de Charcas respondió asignándolo “al referido Vicente Vieytes y consorte”. Destacamos que, aunque la petición fue realizada por la azoguera, el ingenio fue adjudicado a nombre de su esposo.29
Uno de los más graves problemas que enfrentaría esta azoguera fue la cuantiosa deuda del azogue sacado de la Caja Real. En 1794, intentaba negociar los pagos pendientes y pedía que le prestaran más azogue para continuar con sus labores. Para conseguir el favor de la Corona presentó muchos testimonios que avalaban su capacidad como azoguera. Al principio, se presentaba como una viuda que había sido víctima de la violenta muerte de su marido (el oficial real) y del asalto a su casa, lo que la había obligado a huir de Oruro. Después añadió información muy precisa sobre sus actividades mineras, incluyendo un informe del tesorero de la Caja Real donde decía que era la azoguera que más plata registraba. Mercedes decía estar trabajando en su ingenio de Canto muchos relaves que le rendían una barra de plata semanalmente y señalaba que esta producción estaba garantizada durante muchos años. Asimismo, argumentaba que había invertido mucho dinero para levantar esa hacienda de beneficio, para la cual debió construir una acequia y cinco hornos, de los cuales resultaban semanalmente de 150 a 200 marcos de plata.30 La azoguera realizaba los trámites y peticiones a su nombre y no encontramos la presencia de su marido en los negocios mineros, lo que cuestiona el peso de los permisionarios en las prácticas de las mujeres.31
Otro caso muy especial es el de Manuela Mier, soltera, que se definió en su testamento como “minera y azoguera” y era reconocida por todos en la villa de forma pública y notoria.32 Esta mujer, nacida en Oruro y dedicada a la minería como empresaria, terminó en la cárcel en 1804, pues fue acusada de ser interpósita de uno de los oficiales reales de Oruro, quien resultó culpable de la quiebra de la Caja Real ese mismo año. En ese documento, Manuela reconocía ser propietaria de minas y tener un ingenio en alquiler, pero decía que había pasado por una crisis económica importante que la había obligado a embargar sus joyas y vestidos para continuar en esa actividad. Ella argumentaba que no era testaferro de nadie, de lo cual era acusaba por el visitador de la Caja Real, pues, aunque era cierto que había conseguido un importante préstamo del contador José Manuel de Santander, con el cual tenía una relación amorosa, ella ejercía la minería, lo que era conocido por todos en Oruro. Es cierto que Manuela no había cometido ningún delito, pues la responsabilidad del fraude y de la apropiación del caudal de la Real Hacienda era de los dos oficiales. A éstos no les estaba permitido tener negocios mineros, realizar inversiones ni préstamos con el caudal de la Real Hacienda, a pesar de lo cual lo hicieron durante años. El visitador González de Prada evaluó “la quiebra” (desfalco) de la Caja Real en 236 255 pesos, cifra que después se redujo a 147 827 pesos al embargar los bienes de los oficiales. También estuvieron implicados los familiares de los oficiales y los subdelegados de Oruro y Paria.33
Manuela fue finalmente absuelta, y sabemos que poco tiempo después, en 1805, redactó su testamento estando enferma. Ella no se identificó como una mujer utilizada por José Manuel de Santander, con el cual terminó casándose.
Como hemos expuesto en los párrafos anteriores, se puede apreciar que en Oruro en el siglo XVIII había una presencia importante de mujeres dedicadas a los negocios mineros. Nos ha parecido oportuno presentar los casos con diferentes condiciones: solteras, casadas, viudas y cabezas de familia, todas ejerciendo la minería. Las circunstancias especiales de Oruro después de 1784 propiciaron que un grupo de mujeres esposas de la élite minera se vieran en la necesidad de tomar las riendas de su vida y hacerse cargo de los negocios familiares. No obstante, en todo caso, estas mujeres azogueras habían vivido y crecido en el ambiente minero, provenían de familias mineras y seguro que no les eran ajenas las instalaciones ni los trámites para ejercer el oficio.34
Las dificultades del ejercicio de la azoguería en Potosí. María Teresa Menéndez y Melchora Prudencio
En los distintos cuerpos de la normatividad minera (las Ordenanzas del Perú y las Ordenanzas de Minería de Nueva España), no se recogía ningún tipo de prohibición para las mujeres sobre el derecho a las propiedades mineras ni se incluía referente alguno sobre su exclusión de esta actividad. Aunque, sin duda, era frecuente encontrar en algunos discursos ciertas descalificaciones hacia la mujer para ejercer la minería, pues no se consideraba una actividad adecuada para su género. Como ejemplo, sirva la oposición de los azogueros35 del Gremio de Azogueros de Potosí a la solicitud de María Teresa Menéndez36 para pertenecer a esta corporación. En 1798, María Teresa, viuda de José Elorga, heredó el ingenio Huaillahuasi y solicitó ser admitida en el Gremio, cuyos miembros se negaron de forma unánime. Ella argumentaba estar bien preparada y hablar quechua y aymara, lo que facilitaría la administración del ingenio que había heredado de su padre. En este caso, la negativa tenía mucho que ver con el reconocimiento de los derechos de una mujer a integrase como igual y, por tanto, reconocerle los mismos beneficios que ostentaban los miembros del Gremio de Azogueros de Potosí, respetar su opinión y voto.
La situación de Potosí era especial. En 1572, el virrey Francisco de Toledo estableció la mita (sistema de trabajo obligado) en Potosí, y en 1611 se formó legalmente el Gremio de Azogueros de la Ribera de Potosí. Éste estaba compuesto por un grupo de agraciados con dicha merced que consistía en la asignación de mitayos, es decir, mano de obra obligada a trabajar en las minas e ingenios (planta de beneficios) de su propiedad, los cuales pasaban en herencia, aunque estaba prohibido asignarlos a nuevos ingenios.37 No todas las minas e ingenios de Potosí tenían adjudicados mitayos, por ejemplo, en 1790, tan sólo 26 ingenios gozaban de este repartimiento de mano de obra38 y en la información de la visita de ese mismo año aparecen 34 dueños de ingenios.39
Este Gremio contaba con ciertos privilegios -como tener su particular diputado para negociar en la Península-, que se fueron consolidando y aumentando, pero no todos los azogueros de Potosí pertenecían a él.40 Es cierto que encontramos un número reducido de mujeres admitidas dentro de esta corporación, las cuales suponemos que fueron muy influyentes, como la condesa de Casa Real de Moneda, doña Bárbara y doña Antonia de la Quintana, la marquesa de Santa María de Otavi, cuyos maridos se encargaban de su patrimonio o los tenían bajo arriendo.41 Pedro Vicente Cañete decía en 1798 que incluso se habían admitido algunos miembros que no tenían sus propiedades en la Ribera de Potosí.42 En el resto de los centros mineros andinos (salvo Huancavelica),43 los azogueros no estaban constituidos formalmente como gremio, y no encontramos ningún tipo de exclusión explícita de las mujeres para ejercer esta profesión, salvo en las minas de azogue de Huancavelica (Perú).44
María Teresa continuó gestionando sus negocios y, aunque no fuera admitida por el Gremio, se mantuvo como propietaria del ingenio en Potosí y como empresaria minera. Pocos años después, sabemos de azogueras que se declaraban como tales y que ejercían dentro del Gremio de Azogueros de Potosí. A pesar de que en ningún momento el Gremio podía atentar contra el derecho de las mujeres a la propiedad, tampoco parecía dispuesto a admitirlas como iguales e incluso se pretendió dejar esta exclusión asentada en la nueva normatividad que estaba conformándose.
Por fortuna para esas mujeres emprendedoras, el Código Carolino, legislación generada desde Potosí, no se aprobó, pues tenía contemplada la exclusión en la gestión de las propiedades:
Respecto a que ninguna mujer debe entender por sí misma en la administración y manejo de sus ingenios y minas por decencia de su propio sexo y con esta consideración está obligada a encargar sus fincas a un administrador aprobado por la Superintendencia, conforme la Ordenanza 2, título 1, libro 2 de este Código, no podrá concurrir a las elecciones ni a otras juntas que celebrare el gremio de mineros y para todos esos casos deberá autorizar el citado administrador o a otra persona de su confianza con poder especial.45
El Gremio pretendía que las mujeres no ejercieran como azogueras y que optaran por el matrimonio; consideraba que las herederas propietarias debían casarse o rentar las propiedades a un hombre, quien estaba más capacitado para ejercer la profesión. Por supuesto que en el Cerro Rico se encontraban mujeres vinculadas a la minería de múltiples formas, trabajadoras, trapicheras, busconas, rescatistas y propietarias de ingenios, e incluso azogueras, pero lo que no aceptaban los miembros del Gremio era tener que considerarlas como iguales.46 Por ejemplo, encontramos en Potosí muchas mujeres trapicheras (dueñas de instalaciones menores de beneficiar el mineral), registradas en las visitas a las minas e instalaciones que realizaban cada año las autoridades. En la visita de 1790 y 1791, el número de mujeres trapicheras era importante y en ella se registraron españolas, mestizas e indias.47
La exclusión que pretendían los privilegiados integrantes del Gremio tenía mucho que ver con su espacio y sus derechos, y fue trasladada a la legislación que se estaba formando a fines del siglo XVIII y que debía sustituir a las Ordenanzas de Minería de Nueva España de 1783, que según los potosinos no podía adaptarse por las diferentes condiciones de la minería en el virreinato del Río de la Plata. La propuesta planteada desde Potosí, afortunadamente, recibió muchas críticas de diferentes sectores y al final fue suspendida. El Código Carolino no entró en vigor y, por tanto, no hubo ninguna ley que prohibiera a la mujer el ejercicio de esta actividad.48
Es muy significativo que entre las voces levantadas en contra del desempeño de las mujeres como empresarias mineras, es decir, como azogueras, estaba la del azoguero Joaquín Prudencio Pérez, quien señalaba que el Gremio de Azogueros de Potosí no podía admitir mujeres porque “disputaban con palabras”49 y no con razones como los hombres. Pocos años más tarde, su hermana Melchora Prudencio, ejercería como azoguera en Potosí a principios del siglo XIX. Esta descalificación también era compartida por las autoridades que estaban detrás de la creación del Código Carolino, especialmente el intendente Francisco de Paula Sanz y el autor de la legislación, Pedro Vicente Cañete, quien se casaría en segundas nupcias con la azoguera Melchora Prudencio, pero para entonces ya se había desestimado el Código Carolino.
La azoguera Melchora Prudencio representa un buen ejemplo de una mujer emprendedora y decidida que llegó a ejercer y a tener un peso importante dentro de la minería potosina. De ella decía Matienzo que “ha tomado desde su tierna edad un conocimiento práctico del manejo de ingenios”;50 al parecer, siempre fue muy cercana a su padre, de quien debió aprender el oficio. Su abuelo Pedro Prudencio Pérez, originario de Navarra, se estableció en Potosí, donde consiguió una vida exitosa como dueño de minas e ingenios y como mercader de plata. A la muerte de éste, en 1767, le sucedieron en el negocio minero sus hijos legítimos e ilegítimos, y sería Fermín (padre de Melchora) quien se describiría en 1800 como el azoguero de mayor experiencia y constancia en Potosí.51 Éste se casó con María Josefa Ortega y tuvo cuatro hijos: Manuela, Melchora, Mariano y Joaquín, de los cuales los tres últimos fueron exitosos y expertos azogueros. El ingenio que dejaba en herencia se llamaba Jesús María y podía considerarse entre los cinco más importantes de la ribera del Cerro Rico, pues tenía adjudicados 123 mitayos y estaba valorado en 81 000 pesos.52
En 1802, se produjo la muerte de Fermín Prudencio, quien había nombrado albacea a su hija Melchora, la cual tuvo que afrontar muchos problemas con la herencia. Un año después, ésta se vio en la necesidad de interponer muchas peticiones a las distintas instancias del gobierno para poder acceder a su herencia y ejercer la azoguería. Para entender el conflicto con el Gremio, que afectaba a los intereses de Melchora, debemos introducirnos un poco en las instituciones mineras y las particularidades de Potosí.
En la primera solicitud ante el Consejo de Indias en 1803, Melchora explicaba que su padre había adquirido, como el resto de los miembros del Gremio, una deuda valorada en 32 000 pesos. A principios del siglo XIX, el Banco de San Carlos53 (antes Banco de Rescate) auxilió a los miembros de este gremio minero potosino mientras estaban parados sus ingenios ante la falta de azogue y la importante sequía de 1800, 1801 y 1802. Una vez restablecida la normalidad, se comprometieron a pagar la deuda con un descuento sobre la plata que semanalmente llevaban a registrar al Banco de San Carlos. Melchora había solicitado pagar la deuda de su padre en un solo pago para poder resolver la herencia que debía repartir entre su madre y sus hermanos. Sin embargo, encontró muchos inconvenientes y acudió al virrey y al Consejo de Indias mediante la exposición de lo absurdo y perjudicial que era para el rey el hecho de que no le aceptaran el pago de contado de la deuda. El Gremio le estaba poniendo obstáculos y presionaba para que admitiese la mancomunidad de la deuda, como se había acordado con el resto de los azogueros privilegiados.54 Melchora argumentaba que esto atentaba contra sus derechos a la herencia. Como heredera y albacea se veía en la necesidad de distribuir la herencia de su padre con su familia. En concreto, señalaba que su madre y su hermana no eran azogueras y, por lo tanto, era ella quien heredaba los intereses mineros y se veía obligada a pagar una deuda contraída por su padre; también apuntaba que esto debería afectar a toda la familia y proponía pagar de contado la deuda de su padre con el banco y después repartir la herencia.
Melchora se declaraba azoguera con “licencias superiores”55 y decía que además tenía minas propias y un ingenio arrendado, pero que no se ponía a trabajar por temor de que el banco la considerara mal y quisiera cobrar la deuda de su padre. Su apoderado solicitaba que el Banco de San Carlos de Potosí admitiera el pago de la deuda en un solo monto y que cuando empezara a trabajar y a enviarles su plata no la obligaran a “ningún pacto ni condiciones insólitas”; suponemos que no quería que sus marcos de plata fueran sometidos al descuento que estaban aplicando para rebajar la deuda a los azogueros del Gremio.56
Este problema con el banco y el Gremio de azogueros de Potosí estaba además salpicado de cuestiones personales y familiares que atacaban su honor y eran motivo de escándalo. Su propia madre, María Josefa Ortega, la denunció en junio de 1803 ante la Corona por mantener una relación “escandalosa” con el asesor de la intendencia, Pedro Vicente Cañete (el autor del Código Carolino), estando casada.57 María Josefa decía que, de su matrimonio con Fermín Prudencio, tuvo descendencia, entre la cual se encontraba su hija Melchora, que se casó con don Roque Ambroa, con quien convivió y tuvo una hija legítima, aunque después se separaron. Proseguía con la siguiente acusación:
En esta voluntaria separación dicha doña Melchora se distrajo de sus obligaciones viviendo en libertinaje pero en el día con el mayor escándalo de la villa de Potosí, donde reside por haberse enredado en una ilícita correspondencia con el teniente asesor don Pedro Vicente Cañete quien escusado de los respetos de su empleo hace gala y se gloria de su punible amancebamiento, llegando a tanto extremo su seguridad que ofreciéndole a doña Melchora casarse con ella se aprovecha de sus bienes y para más engañarla, a su nombre ha deducido acción de nulidad del matrimonio con dicho Ambroa.58
En su defensa, Melchora dijo que su madre la obligó casarse con Roque Ambroa en 1786 y que ella promovió la demanda de nulidad del matrimonio, pero que no prosperó por motivos de forma. A partir de este intento de anular el matrimonio, su madre se enfureció y empezó a enviar cartas injuriosas. Al final, consiguió la nulidad de su matrimonio y se casó con Pedro Vicente Cañete, aunque no sabemos la fecha precisa. Según algunas evidencias, la madre pretendía conseguir una ventaja económica perjudicando a su propia hija. En la sala del Consejo de Indias, donde fue visto el expediente, se respondió que esas cuestiones familiares no le competían a dicha institución y se declaraba como prioritario recibir el pago de la deuda del finado, lo que debía aceptar el virrey de Buenos Aires.59
Melchora Prudencio consiguió solventar todos los obstáculos y ejercer como azoguera dentro del Gremio de Azogueros de Potosí; además, pudo obtener la nulidad matrimonial y casarse con Pedro Vicente Cañete. Este importante y polémico personaje, que como autor del Código Carolino había dejado expresa su opinión sobre la no aceptación de las mujeres azogueras, terminó por casarse con esta exitosa azoguera.
La pregunta obligada es por qué María Teresa no consiguió la aceptación del Gremio, a diferencia de Melchora, quien logró hacerse respetar. En todo caso, María Teresa no se rindió y ejerció la minería, quizás cambió de estrategia, porque la encontramos durante esos años en el partido de Porco, donde tenía arrendadas unas minas y un ingenio en el asiento de Siporo, por lo que nos aventuramos a suponer que decidió invertir en las provincias de afuera.60
Hemos elegido estos dos ejemplos para evidenciar que las dificultades para el desarrollo y el ejercicio de la profesión de estas dos mujeres no sólo tenían que ver con el género, sino que otras categorías o condiciones estaban determinando la diferencia. Suponemos que ambas eran españolas y criollas, las dos accedieron a través de la herencia a las propiedades mineras, las dos eligieron dedicarse a la azoguería y las dos terminaron enfrentándose al Gremio de azogueros. Sin embargo, es muy posible que Melchora estuviera insertada en redes más poderosas que María Teresa, las cuales le brindaron apoyo. Su origen familiar era prestigioso, su padre fue un peninsular muy exitoso y con mucho poder, y los escándalos sobre su relación amorosa con Cañete, estando casada, no tuvieron mayores consecuencias. Además, estaba mejor situada, según las evidencias, y era solvente económicamente, pues pagó la deuda de 32 000 pesos de contado; en definitiva, Melchora se consideraba una dama “linajuda”61 y con un notable estatus económico. También contaba con el apoyo del que fuera teniente de la intendencia de Potosí, Pedro Vicente Cañete, y, aunque a principios del siglo estaba en un momento de crisis, seguía contando con redes importantes en Potosí, La Plata y la Paz.62
En 1796, una Junta en el Consejo de Indias había dictaminado sobre el Código Carolino y había decidido que no entraría en vigor.63 Había numerosas quejas contra esta legislación; entre ellas, otra azoguera se había confrontado con Cañete y al final había ganado la partida. Francisca del Risco Agorreta, viuda de Vicente Tardío de Guzmán, propietaria de minas e ingenios en el mineral de Ubina (en Porco, dentro de la intendencia de Potosí), denunciaba en 1795 al asesor y “gobernador interino Cañete” por los perjuicios que conllevaba su empresa minera, por permitir, como señalaba el auto del asesor, que los capchas (ladrones de minas) entraran en sus minas de sábado a lunes, como estaba contemplado en las disposiciones del Código Carolino (que todavía no había sido aprobado). En el auto publicado por Cañete se daba libertad y permiso para que los capchas pudieran acceder los fines de semana a trabajar en las minas de Ubina y, en consecuencia, según la azoguera, se perjudicaban sus intereses, puesto que estos hombres sacaban el mejor mineral y destruían los puentes de seguridad. La azoguera denunciaba al asesor en un documento donde se podía observar el discurso de una mujer segura y poderosa que reclamaba sus derechos frente a lo que consideraba un abuso de autoridad por parte de Cañete.64 En otro de sus documentos, con la misma fecha, dirigido al Consejo de Indias, explicaba su éxito en la minería adjudicándose valores y aptitudes masculinas: “Y en el tiempo de mi viudez, olvidándome de mi tenue constitución, emprendí y concluí con constancia varonil un socavón a costa de 200 mil pesos, tan famoso que pasa por una de las obras más recomendables en su línea”.65
En definitiva, Francisca ganó la disputa, pero la denuncia de la azoguera estaba unida a otras muchas quejas sobre el Código Carolino en el fondo y en la forma, lo cual propició que la Junta de 1796 decidiera no aplicar esta legislación, por lo que no se vieron perjudicadas las mujeres azogueras. Tanto Francisca como Melchora eran mujeres ricas y poderosas que pudieron realizarse como empresarias mineras a pesar de las dificultades,66 al igual que muchas otras mujeres en la minería andina.
Conclusión
A modo de cierre, señalaremos algunas reflexiones abordadas en este trabajo donde hemos pretendido destacar la participación de las mujeres como empresarias mineras en distintos centros mineros de la región andina con distintas condiciones: Oruro y Potosí.
El derecho a la propiedad de las esposas e hijas posibilitó el ejercicio de las mujeres como administradoras de sus patrimonios, en el caso de la minería como dueñas de minas, ingenios o trapiches. Hemos destacado el papel de las mujeres no sólo como propietarias, sino como empresarias ejerciendo una actividad eminentemente masculina, según la concepción de la época. El rol de las azogueras de Oruro, después de la sublevación de 1781, manifiesta la importancia de instituciones como la dote, bajo la cual se permitió que estas mujeres tomaran las riendas de los negocios mineros y de sus vidas mientras sus maridos estaban presos en Buenos Aires. También quisimos exponer los casos de otras mujeres empresarias en distintas condiciones, como las azogueras solteras o casadas, que pudieron encontrar la forma de ejercer sus negocios sin ser limitadas por los discursos o por la legislación.
Sin embargo, las mujeres empresarias mineras no siempre fueron aceptadas, como en el caso de Potosí, donde el espacio privilegiado del Gremio era más cerrado y en el cual encontraron ciertas restricciones. En otras palabras, en este cuerpo de azogueros, constituido en 1611 por los dueños de minas e ingenios privilegiados con asignación de mitayos, se produjo un rechazo a aceptar a las mujeres dentro de él. Aunque las autoridades y el Gremio no podían evitar que fueran propietarias, porque la ley las amparaba en sus derechos, no querían tenerlas como iguales. Su propuesta era que se casaran o designaran a un administrador para que un hombre realizara las gestiones. Esta exclusión que pensaban formalizar en una ley inserta en el Código Carolino no entró en vigor.
Hemos expuesto casos diferentes de mujeres que desarrollaban el ejercicio de la azoguería en Potosí, como María Teresa, a quien se le negó la participación como igual dentro del Gremio, o como Melchora, que a pesar de los conflictos consiguió ejercer la azoguería dentro del Gremio y tuvo una vida exitosa. Las condiciones particulares fueron muy importantes, las redes y el poder económico cambiaron las posibilidades de las mujeres en ambientes cerrados y nada propicios. En todo caso, podríamos señalar que era más fácil para las mujeres desarrollar la actividad minera en las provincias, pues en Potosí había más competencia por los recursos y esto provocaba que los hombres intentaran cerrar el espacio económico a las mujeres. Los centros mineros dispersos por las provincias eran espacios con menor competencia y ofrecían más posibilidades a las mujeres como empresarias mineras, pero ésta es una simple suposición que sería necesario comprobar en una investigación más exhaustiva.
A partir de 1812, cuando la Constitución de Cádiz suprimió la mita, es decir, la institución que obligaba a los indígenas a trabajar en las minas e ingenios de Potosí, se supone que también acabaron los privilegios del Gremio. Estos últimos años fueron políticamente muy inestables, pues Potosí fue invadido en diferentes ocasiones por las tropas independentistas; la guerra perduró hasta 1824 y afectó en gran medida a toda la economía y especialmente a la minería altoperuana. Tenemos evidencia de mujeres propietarias y azogueras en Potosí y otros centros mineros durante el periodo republicano temprano. La legislación no tenía trabas para las mujeres propietarias y, a partir de 1831, el gobierno boliviano puso en vigor las Ordenanzas de Minería de Nueva España de 1783, con lo que buscaba precisamente fomentar esta actividad, tomando como modelo el éxito de la minería novohispana del siglo XVIII.















