<?xml version="1.0" encoding="ISO-8859-1"?><article xmlns:mml="http://www.w3.org/1998/Math/MathML" xmlns:xlink="http://www.w3.org/1999/xlink" xmlns:xsi="http://www.w3.org/2001/XMLSchema-instance">
<front>
<journal-meta>
<journal-id>0036-3634</journal-id>
<journal-title><![CDATA[Salud Pública de México]]></journal-title>
<abbrev-journal-title><![CDATA[Salud pública Méx]]></abbrev-journal-title>
<issn>0036-3634</issn>
<publisher>
<publisher-name><![CDATA[Instituto Nacional de Salud Pública]]></publisher-name>
</publisher>
</journal-meta>
<article-meta>
<article-id>S0036-36342007000200010</article-id>
<title-group>
<article-title xml:lang="es"><![CDATA[El derecho a la protección de la salud]]></article-title>
<article-title xml:lang="en"><![CDATA[The right to have health protection]]></article-title>
</title-group>
<contrib-group>
<contrib contrib-type="author">
<name>
<surname><![CDATA[Mayer-Serra]]></surname>
<given-names><![CDATA[Carlos Elizondo]]></given-names>
</name>
<xref ref-type="aff" rid="A01"/>
</contrib>
</contrib-group>
<aff id="A01">
<institution><![CDATA[,Centro de Investigación y Docencia Económicas  ]]></institution>
<addr-line><![CDATA[ ]]></addr-line>
<country>México</country>
</aff>
<pub-date pub-type="pub">
<day>00</day>
<month>04</month>
<year>2007</year>
</pub-date>
<pub-date pub-type="epub">
<day>00</day>
<month>04</month>
<year>2007</year>
</pub-date>
<volume>49</volume>
<numero>2</numero>
<fpage>144</fpage>
<lpage>155</lpage>
<copyright-statement/>
<copyright-year/>
<self-uri xlink:href="http://www.scielo.org.mx/scielo.php?script=sci_arttext&amp;pid=S0036-36342007000200010&amp;lng=en&amp;nrm=iso"></self-uri><self-uri xlink:href="http://www.scielo.org.mx/scielo.php?script=sci_abstract&amp;pid=S0036-36342007000200010&amp;lng=en&amp;nrm=iso"></self-uri><self-uri xlink:href="http://www.scielo.org.mx/scielo.php?script=sci_pdf&amp;pid=S0036-36342007000200010&amp;lng=en&amp;nrm=iso"></self-uri><abstract abstract-type="short" xml:lang="es"><p><![CDATA[Este artículo tiene como objetivo analizar cómo debe distribuirse el bien salud, o el derecho a la protección a la salud, partiendo de la definición que establece la legislación mexicana. Se mostrará el contraste entre la definición constitucional y la forma en que se ha distribuido y financiado, en la práctica, el gasto en salud, así como sus implicaciones. A continuación se realizará una comparación con otro bien social de gran relevancia, la educación, mismo que consume una proporción de los recursos fiscales nacionales aun mayor que el bien salud. Finalmente, el artículo propone una posible explicación a este hecho y esboza algunas ideas sobre sus implicaciones.]]></p></abstract>
<abstract abstract-type="short" xml:lang="en"><p><![CDATA[This article intends to analyze how the health good or the right to have health protection should be distributed, following the definition established by the Mexican Constitution. This legal definition will be contrasted with the way in which the expenditure on health is actually distributed and financed, and the implications of this. The distribution of this expenditure, in turn, will be compared to another social good of great relevance: education, which consumes an even larger proportion of the national fiscal resources. Finally, the article will suggest a possible explanation for this fact and provide some ideas regarding its implications.]]></p></abstract>
<kwd-group>
<kwd lng="es"><![CDATA[gasto]]></kwd>
<kwd lng="es"><![CDATA[financiamiento]]></kwd>
<kwd lng="es"><![CDATA[derecho]]></kwd>
<kwd lng="es"><![CDATA[salud]]></kwd>
<kwd lng="es"><![CDATA[México]]></kwd>
<kwd lng="en"><![CDATA[expenditure]]></kwd>
<kwd lng="en"><![CDATA[financing]]></kwd>
<kwd lng="en"><![CDATA[law]]></kwd>
<kwd lng="en"><![CDATA[health]]></kwd>
<kwd lng="en"><![CDATA[Mexico]]></kwd>
</kwd-group>
</article-meta>
</front><body><![CDATA[ <p align="right"><font size="2" face="Verdana"><b>ENSAYO</b></font></p>     <p>&nbsp;</p>     <p><font size="4" face="verdana"><b>El derecho a la protecci&oacute;n de la salud</b></font></p>     <p>&nbsp;</p>     <p><font size="3" face="verdana"><b>The right to have health protection</b></font></p>     <p>&nbsp;</p>     <p>&nbsp;</p>     <p><font size="2" face="Verdana"> <b>Carlos Elizondo Mayer-Serra, Dr en C Pol.</b></font></p>     <p><font size="2" face="Verdana">Centro de Investigaci&oacute;n y Docencia Econ&oacute;micas,    AC, M&eacute;xico</font></p>     <p>&nbsp;</p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>&nbsp;</p> <hr size="1" noshade>     <p><font size="2" face="VERDANA"><b>RESUMEN</b></font></p>     <p><font size="2" face="Verdana">Este art&iacute;culo tiene como objetivo analizar    c&oacute;mo debe distribuirse el bien salud, o el derecho a la protecci&oacute;n    a la salud, partiendo de la definici&oacute;n que establece la legislaci&oacute;n    mexicana. Se mostrar&aacute; el contraste entre la definici&oacute;n constitucional    y la forma en que se ha distribuido y financiado, en la pr&aacute;ctica, el    gasto en salud, as&iacute; como sus implicaciones. A continuaci&oacute;n se    realizar&aacute; una comparaci&oacute;n con otro bien social de gran relevancia,    la educaci&oacute;n, mismo que consume una proporci&oacute;n de los recursos    fiscales nacionales aun mayor que el bien salud. Finalmente, el art&iacute;culo    propone una posible explicaci&oacute;n a este hecho y esboza algunas ideas sobre    sus implicaciones. </font></p>     <p><font size="2" face="Verdana"><b>Palabras clave:</b> gasto; financiamiento;    derecho; salud; M&eacute;xico</font></p> <hr size="1" noshade>     <p><font size="2" face="VERDANA"><b>ABSTRACT</b></font></p>     <p><font size="2" face="Verdana">This article intends to analyze how the health    good or the right to have health protection should be distributed, following    the definition established by the Mexican Constitution. This legal definition    will be contrasted with the way in which the expenditure on health is actually    distributed and financed, and the implications of this. The distribution of    this expenditure, in turn, will be compared to another social good of great    relevance: education, which consumes an even larger proportion of the national    fiscal resources. Finally, the article will suggest a possible explanation for    this fact and provide some ideas regarding its implications. </font></p>     <p><font size="2" face="Verdana"><b>Key words:</b> expenditure; financing; law;    health; Mexico</font></p> <hr size="1" noshade>     <p>&nbsp;</p>     <p>&nbsp;</p>     <p><font size="2" face="Verdana">Michael Walzer, en su libro <I>Spheres of Justice,</I><SUP>1</SUP>    analiza las reglas de distribuci&oacute;n de los distintos bienes sociales,    es decir, lo que tiene valor para los individuos en una sociedad, para tratar    de entender cu&aacute;ndo &eacute;sta se puede considerar justa y cu&aacute;ndo    no. Walzer critica, en primera instancia, la ilusi&oacute;n socialista de la    igualdad a la Marx, o sea, el que &eacute;sta se pueda alcanzar en todos los    &aacute;mbitos, en todos los bienes sociales. Para Walzer esto no s&oacute;lo    es impracticable, sino indeseable. Sin embargo, tambi&eacute;n se opone a la    visi&oacute;n ultraliberal de Nozick, para quien la justicia s&oacute;lo es    alcanzable dentro de un Estado m&iacute;nimo que no interfiere en la vida de    los individuos. Seg&uacute;n Nozick, el individuo debe resolver sus asuntos    con sus propios medios, intercambiando en el mercado los distintos bienes sociales,    mismos que, se asume, ser&aacute;n suficientes si el Estado no interviene. </font></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p><font size="2" face="Verdana"> Walzer propone una teor&iacute;a muy sugerente    a la mitad del camino entre ambas.<SUP>1</SUP> Cada bien social, tal como libertad,    educaci&oacute;n, esparcimiento, seguridad, salud; o cada responsabilidad social,    como pagar impuestos o ir a la guerra, es ponderado en cada sociedad a trav&eacute;s    de una regla impl&iacute;cita de distribuci&oacute;n considerada como justa.    Existe justicia cuando esa regla se respeta, es decir, cuando cada bien se distribuye    con los criterios que son aceptados por la sociedad. Una sociedad es injusta    cuando la regla que domina la distribuci&oacute;n de un bien dentro de una esfera    invade otra. Para Walzer no puede haber justicia si un bien social, el dinero,    determina la distribuci&oacute;n del resto de los bienes sociales. El modelo    imaginado por Waltzer, de esferas con distintos criterios distributivos, que    son aceptados por la sociedad y relativamente aislados unos de otros, da pie    a estas distintas <I>esferas de justicia</I>, como se asienta en el t&iacute;tulo    de su libro. </font></p>     <p><font size="2" face="Verdana"> En este art&iacute;culo se analiza c&oacute;mo    se ha definido en el marco constitucional mexicano la forma en la que debe distribuirse    el bien salud, o el derecho a la protecci&oacute;n a la salud.<a name="tx01"></a><a href="#nt01"><sup>1</sup></a>    En la siguiente secci&oacute;n se ver&aacute; c&oacute;mo se ha distribuido    este bien en la pr&aacute;ctica, c&oacute;mo se ha financiado y con qu&eacute;    implicaciones. Se har&aacute;n algunas comparaciones con otro bien social muy    importante, la educaci&oacute;n, por ser &eacute;ste tambi&eacute;n muy relevante    socialmente y por consumir una gran proporci&oacute;n de los recursos fiscales,    aun m&aacute;s que la salud. Posteriormente, se se&ntilde;alar&aacute;n algunas    posibles explicaciones a este hecho, as&iacute; como algunas de sus implicaciones.    </font></p>     <p><font size="2" face="Verdana"> El marco de referencia son las ideas de justicia    de Walzer. Cada sociedad tiene reglas distintas para determinar c&oacute;mo    distribuir sus diferentes bienes. Un par de ejemplos del libro de Walzer puede    servir para ilustrar este hecho. En el siglo XIX, en Estados Unidos se conceb&iacute;a    como justo el que el servicio militar pudiera ser evitado por quienes pod&iacute;an    pagar una exenci&oacute;n. No era un delito. Era incluso una pr&aacute;ctica    aceptada socialmente. Para el siglo XX esta pr&aacute;ctica hab&iacute;a cambiado.    Se consideraba injusto no ce&ntilde;irse a esta obligaci&oacute;n por el hecho    de tener dinero. Este &uacute;ltimo era un bien para comprar otros satisfactores,    como vivienda o esparcimiento, pero no deb&iacute;a invadir la esfera de la    responsabilidad de cada individuo respecto a la defensa del pa&iacute;s. Durante    la guerra de Vietnam, en principio, los hombres de cierta edad estaban obligados    a servir en el ej&eacute;rcito. Como sabemos, en la pr&aacute;ctica, algunos    de quienes ten&iacute;an recursos monetarios o influencia buscaban utilizarlos    para evadir sus responsabilidades. No pod&iacute;an comprar una exenci&oacute;n,    hubiera sido ilegal, pero buscaban subterfugios dentro de la ley. Sin embargo,    ese comportamiento era considerado injusto y por lo tanto procuraban ocultarlo.    </font></p>     <p><font size="2" face="Verdana"> La tensi&oacute;n entre la regla de la responsabilidad    compartida y la desigualdad real de una sociedad que permit&iacute;a a algunos    evadir sus responsabilidades ya no es analizada por Walzer, dado que el libro    fue escrito a principios de los a&ntilde;os setenta. Esta tensi&oacute;n se    resolvi&oacute; cambiando la regla de distribuci&oacute;n de la responsabilidad    de defender la patria. Ya no hay conscripci&oacute;n obligatoria. Ahora se tiene    un ej&eacute;rcito de voluntarios, forma elegante de llamarle a lo que es, en    realidad, un ej&eacute;rcito de mercenarios, es decir, de individuos que optan    por esa profesi&oacute;n y asumen el riesgo de morir a cambio de dinero. Ya    no se percibe como injusto el ser eximido de esa responsabilidad por tener mayores    recursos. Los que son reclutados no est&aacute;n obligados, como s&iacute; se    est&aacute; cuando hay conscripci&oacute;n, aunque es la falta de dinero lo    que conduce al ej&eacute;rcito. Para algunos cr&iacute;ticos de la sociedad    estadunidense es la capacidad creciente del dinero de comprarlo todo lo que    la vuelve m&aacute;s injusta de lo que era antes, o frente a las sociedades    europeas. Es decir, utilizando el criterio de distribuci&oacute;n del modelo    de Walzer, el dinero ha ido invadiendo otras esferas. </font></p>     <p><font size="2" face="Verdana"> El siguiente ejemplo es m&aacute;s cercano al    tema de este art&iacute;culo. En el medioevo la salud espiritual era distribuida    gratuitamente. Como era el bien m&aacute;s importante, no se pod&iacute;a dejar    a la capacidad de pago de quien la requiriera, por m&aacute;s que un pecador    con dinero pudiera alcanzar m&aacute;s r&aacute;pido las indulgencias con un    buen donativo. Todos los miembros de la comunidad (&eacute;se era el universo    para el cual el bien se distribu&iacute;a gratuitamente) ten&iacute;an acceso    a la confesi&oacute;n si la necesitaban. En contraste, la salud f&iacute;sica    era un asunto dejado al mercado. Se resolv&iacute;a fundamentalmente a trav&eacute;s    del gasto privado, salvo el caso de algunas instituciones de beneficencia para    los m&aacute;s desamparados. No sobra aclarar que la distinci&oacute;n entre    salud espiritual y mental era muy distinta a la de nuestros d&iacute;as.<a name="tx02"></a><a href="#nt02"><sup>2</sup></a>    </font></p>     <p><font size="2" face="Verdana"> En el Estado de bienestar europeo, surgido despu&eacute;s    de la segunda guerra mundial en los pa&iacute;ses desarrollados, esto se invirti&oacute;.    La salud f&iacute;sica tiene prioridad sobre la espiritual, lo que es reflejo,    probablemente, de un siglo m&aacute;s materialista y de que la demanda de atenci&oacute;n    cl&iacute;nica se vuelve relevante debido a que la ciencia m&eacute;dica logra    avances significativos en t&eacute;rminos de efectividad.<a name="tx03"></a><a href="#nt03"><sup>3</sup></a><SUP>,2</SUP>Todo    miembro de la comunidad tiene derecho a acceder de forma gratuita a la salud    f&iacute;sica. Se vuelve un derecho universal para todo ciudadano por el simple    hecho de serlo, y en algunos casos aunque no sea ciudadano, s&oacute;lo por    estar dentro de un pa&iacute;s. Esto, por supuesto, contrasta con los pa&iacute;ses    m&aacute;s pobres. El gasto de bolsillo en China e India, por ejemplo, representa    m&aacute;s de 80% del gasto total en salud. Adem&aacute;s, la salud mental ha    ido incorpor&aacute;ndose dentro de los tratamientos provistos por la seguridad    p&uacute;blica m&aacute;s tarde en algunos pa&iacute;ses, en la medida en que    se va entendiendo mejor la forma en la que los desequilibrios fisiol&oacute;gicos    afectan la salud mental. </font></p>     <p><font size="2" face="Verdana"><b>El derecho a la protecci&oacute;n de la salud    </b> </font></p>     <p><font size="2" face="Verdana">En las sociedades desarrolladas contempor&aacute;neas,    el derecho a los servicios de salud es, crecientemente, un bien que el ciudadano    espera sea distribuido de acuerdo con la necesidad, como criterio dominante.    &Eacute;ste parece ser, en la mayor&iacute;a de las sociedades desarrolladas,    el criterio de distribuci&oacute;n justo, no la capacidad de pago. Se trata    de un bien que algunos van a consumir m&aacute;s que otros, sin que en general    sea por su decisi&oacute;n (salvo cuando se tienen comportamientos de conocido    riesgo para la salud, como fumar) ni se pueda anticipar con certeza qui&eacute;n    tendr&aacute; m&aacute;s necesidad de usarlo, por lo menos no todav&iacute;a    (el avance en la gen&eacute;tica puede cambiar esto, con implicaciones &eacute;ticas    y econ&oacute;micas muy importantes). </font></p>     <p><font size="2" face="Verdana"> En casi todos los pa&iacute;ses miembros de    la Organizaci&oacute;n para la Cooperaci&oacute;n y Desarrollo Econ&oacute;mico    (OCDE) existe un amplio paquete de servicios m&eacute;dicos otorgados a todos    por el simple hecho de ser residentes legales; incluso, en algunos casos incluye    a los no legales y a los turistas. En ciertos pa&iacute;ses, como Canad&aacute;,    la b&uacute;squeda de igualdad en la provisi&oacute;n de este derecho es tan    importante que, para efectos pr&aacute;cticos, la medicina privada est&aacute;    relegada al aseguramiento o prestaci&oacute;n de intervenciones no esenciales    o relativamente sencillas, es decir, no cubiertas por los planes provinciales    financiados con recursos p&uacute;blicos.<a name="tx04"></a><a href="#nt04"><sup>4</sup></a>    De esta forma, los ciudadanos con dinero no tienen una mejor atenci&oacute;n    por poderla pagar, salvo si van a Estados Unidos, algo que al parecer no es    frecuente. </font></p>     <p><font size="2" face="Verdana"> Esta restricci&oacute;n no parece estar motivada    por envidia. No se trata de que quienes no pueden pagar no quieran que aqu&eacute;llos    que s&iacute; pueden hacerlo est&eacute;n mejor. La motivaci&oacute;n radica    en que al tener un doble sistema, uno p&uacute;blico abierto a todos y uno privado    s&oacute;lo para quienes tienen dinero, el privado atrae los mejores recursos    humanos y materiales del sistema de salud. Adem&aacute;s, dado que quienes pueden    pagar suelen tener m&aacute;s influencia, al tener la opci&oacute;n del servicio    privado, se suelen descuidar los servicios p&uacute;blicos. </font></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p><font size="2" face="Verdana"><b>El derecho a la protecci&oacute;n a la salud    en la legislaci&oacute;n mexicana </b></font></p>     <p><font size="2" face="Verdana">Nuestra Constituci&oacute;n no es la excepci&oacute;n    en definir la protecci&oacute;n de la salud como un derecho, aunque se hizo    de forma tard&iacute;a. En la Constituci&oacute;n de 1917 se hab&iacute;a entendido    originalmente la idea de protecci&oacute;n a la salud asociada con las prestaciones    de seguridad social de la clase trabajadora, es decir, no como derecho para    todos los mexicanos, sino s&oacute;lo para los trabajadores y su familia. &Eacute;sta    es la l&oacute;gica que anima la redacci&oacute;n de la fracci&oacute;n XXIX    del apartado A del art&iacute;culo 123 en el T&iacute;tulo Sexto: "Del    trabajo y la previsi&oacute;n social", as&iacute; como la promulgaci&oacute;n    de la Ley del Seguro Social (LSS) en 1943. </font></p>     <p><font size="2" face="Verdana"> Fue hasta 1983 cuando al concepto de previsi&oacute;n    social en salud del art. 123 se adicion&oacute; el concepto "Protecci&oacute;n    de la salud" en el art. 4 constitucional. Este cambio fue parte    de las reformas al iniciar el sexenio de Miguel de la Madrid Hurtado. El p&aacute;rrafo    adicionado al art&iacute;culo 4 estipula: "Toda persona tiene derecho a    la protecci&oacute;n de la salud. La ley definir&aacute; las bases y modalidades    para el acceso a los servicios de salud..." </font></p>     <p><font size="2" face="Verdana"> A diferencia del derecho a la educaci&oacute;n,    que tiene un art&iacute;culo dedicado exclusivamente al tema, el derecho a la    protecci&oacute;n de la salud se encuentra dentro del art&iacute;culo 4 de la    Constituci&oacute;n, donde tambi&eacute;n se define el derecho de los mexicanos    a trabajar en la profesi&oacute;n que les interese, siempre y cuando sea l&iacute;cita.    En el mismo art&iacute;culo se hab&iacute;a incorporado anteriormente la igualdad    jur&iacute;dica entre hombres y mujeres, la libertad de escoger el n&uacute;mero    y tipo de esparcimiento de los hijos, as&iacute; como la obligaci&oacute;n paterna    de cuidar a los hijos. Se ir&iacute;an agregando despu&eacute;s el derecho a    la vivienda, a un medio ambiente limpio y los derechos de la ni&ntilde;ez. </font></p>     <p><font size="2" face="Verdana"> El derecho a la protecci&oacute;n de la salud    no est&aacute; definido con la claridad ni otorgado con la calidad de universal    y obligatorio de que goza el derecho a la educaci&oacute;n. Es en la Ley General    de Salud de 1984 donde se explican con cuidado las modalidades del acceso a    la protecci&oacute;n que tienen los individuos, aunque, al igual que todos los    derechos sociales en M&eacute;xico, nunca se excluye la capacidad, de quien    lo puede pagar, de obtener un mejor servicio en el mercado. Es hasta las reformas    de mayo de 2003 que se define mejor c&oacute;mo proveer una protecci&oacute;n    social en salud m&aacute;s claramente abierta a todos, con el llamado Seguro    Popular. </font></p>     <p><font size="2" face="Verdana"> El objetivo de la reforma que incorpor&oacute;    el derecho a la protecci&oacute;n de la salud en la Constituci&oacute;n era,    como se asienta en el dictamen de las comisiones que estudiaron la propuesta    del Ejecutivo, "dar a todos los mexicanos la garant&iacute;a de recibir    atenci&oacute;n m&eacute;dica acorde a sus necesidades y no acorde a sus recursos".    La propuesta de reforma constitucional fue aprobada por 325 votos a favor, con    una abstenci&oacute;n y un voto en contra, aunque con algunas cr&iacute;ticas    durante el debate. </font></p>     <p><font size="2" face="Verdana"> Entre ellas, la del diputado Pedro Bonilla del    Partido Socialista Unificado de M&eacute;xico (PSUM), quien les recuerda a sus    compa&ntilde;eros que la fecha en la que discuten la reforma, mismo d&iacute;a    en que ser&iacute;a aprobada, es el 28 de diciembre, d&iacute;a de los inocentes.    En sus palabras: "y a m&iacute; se me ocurre que esta iniciativa tiene    mucho de lo que los mexicanos practicamos este d&iacute;a, es una tomadura de    pelo. Una tomadura de pelo &#91;...&#93; si no expresa c&oacute;mo se va a instrumentar".    Con este fin sugiere una adici&oacute;n: "El Estado asignar&aacute; los    recursos materiales y humanos necesarios para hacer efectivo este derecho",    porque de lo contrario, dice Bonilla, "yo podr&iacute;a venir a esta tribuna    a iniciar un proyecto de ley que declarara el derecho de los mexicanos a ser    felices". Si bien la reforma habla de derecho a la protecci&oacute;n de    la salud, Bonilla tiene raz&oacute;n al insistir en que, sin los recursos materiales    y humanos adecuados, ese derecho a la protecci&oacute;n es solamente una buena    intenci&oacute;n. </font></p>     <p><font size="2" face="Verdana"> Definir derechos no los garantiza. El simple    hecho de asignar por ley recursos tampoco los genera; no resuelve por s&iacute;    mismo el problema, como a veces se piensa. Se trata de una ficci&oacute;n m&aacute;s,    tambi&eacute;n propia del d&iacute;a de los inocentes. La Constituci&oacute;n    est&aacute; llena de buenos deseos. Ahora, incluso se ha puesto de moda incorporar    en ley cu&aacute;nto porcentaje del producto interno bruto (PIB), como objetivo    de pol&iacute;tica de gasto, se debe emplear para cumplir con el deseo en cuesti&oacute;n,    como es el caso de la educaci&oacute;n. Esto no recauda, pero sirve de forma    efectiva para la disputa pol&iacute;tica en la lucha por los recursos presupuestales,    por definici&oacute;n limitados. Estos recursos adicionales, adem&aacute;s,    no est&aacute;n claramente sujetos a mejoras concretas en la provisi&oacute;n    de esos derechos. Legislar derechos conjuntamente con recursos deber&iacute;a,    en principio, promover reformas fiscales que financien los nuevos derechos,    m&aacute;s que promover argumentos para cabildear una mejor tajada de un presupuesto    fijo, pero &eacute;ste no es nuestro caso. Todo aumento presupuestal debiera    tambi&eacute;n estar asociado con una mejor y/o m&aacute;s amplia provisi&oacute;n    del servicio p&uacute;blico en cuesti&oacute;n. </font></p>     <p><font size="2" face="Verdana"><b>El ejercicio presupuestal del derecho a la    protecci&oacute;n </b> </font></p>     <p><font size="2" face="Verdana">La ret&oacute;rica de los derechos nos dice poco    de las reglas existentes de distribuci&oacute;n de un bien, que en este caso    es la protecci&oacute;n de la salud. "Amistad que no se refleja en el presupuesto    no es amistad", dec&iacute;an los pol&iacute;ticos mexicanos. Derecho que    no se refleja en el presupuesto no es derecho. Cu&aacute;nto y c&oacute;mo se    gasta en su provisi&oacute;n nos dice c&oacute;mo hemos entendido en la pr&aacute;ctica    la regla de distribuci&oacute;n del bien salud. En lugar de ver lo que dicen    las preferencias abstractas de nuestros legisladores, veamos sus preferencias    reveladas, las que se plasman en pesos y centavos en el gasto p&uacute;blico.    </font></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p><font size="2" face="Verdana"> El m&eacute;todo de ver los derechos en funci&oacute;n    de cu&aacute;nto se gasta enfrenta una limitaci&oacute;n importante. No dice    nada sobre la calidad del servicio, sobre los tiempos de espera, el &eacute;xito    de las intervenciones ni la calidad en la atenci&oacute;n del personal m&eacute;dico.    Para ello habr&iacute;a que utilizar otro tipo de indicadores, algo que no se    hace en este ensayo. </font></p>     <p><font size="2" face="Verdana"> Los mexicanos gastamos en salud, como proporci&oacute;n    de nuestra riqueza, menos que otros pa&iacute;ses de la OCDE.<SUP>3,</SUP><a name="tx05"></a><a href="#nt05"><sup>5</sup></a>    Sin embargo, hay cierta correlaci&oacute;n entre nivel de gasto y nivel de PIB    per c&aacute;pita. A mayor ingreso, mayor gasto proporcional en salud, por lo    que estamos dentro de lo esperable considerando nuestro nivel de ingreso.<SUP>4</SUP>    Sin embargo, dado que nuestro PIB per c&aacute;pita es de los m&aacute;s altos    de Am&eacute;rica Latina, en t&eacute;rminos comparativos nuestro gasto s&iacute;    es m&aacute;s bajo.<SUP>5</SUP> </font></p>     <p><font size="2" face="Verdana"> Para el caso mexicano lo que m&aacute;s sorprende    es la proporci&oacute;n del gasto total en salud que es p&uacute;blico, muy    baja comparada con otros pa&iacute;ses de la OCDE (<a href="#fig01">figuras    1</a> y <a href="#fig02">2</a>). Adem&aacute;s, pr&aacute;cticamente todo el    gasto privado es simplemente de bolsillo (97%); es decir, se trata de un bien    que se paga cuando se consume. El financiamiento de una parte importante de    nuestro gasto en salud no tiene mucho que ver con la necesidad, como lo esperaba    el legislador cuando hizo la reforma constitucional aludida, sino con la capacidad    de pago en el momento mismo en que se requiere. </font></p>     <p><a name="fig01"></a></p>     <p>&nbsp;</p>     <p align="center"><img src="/img/revistas/spm/v49n2/a10fig01.gif"></p>     <p>&nbsp;</p>     <p><a name="fig02"></a></p>     <p>&nbsp;</p>     <p align="center"><img src="/img/revistas/spm/v49n2/a10fig02.gif"></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>&nbsp;</p>     <p><font size="2" face="Verdana">En la medida que la salud no es un bien cualquiera,    esto puede implicar desequilibrios financieros muy importantes para las familias,    como se ver&aacute; m&aacute;s adelante. Este pago de bolsillo es, en buena    medida, resultado de que m&aacute;s de la mitad de la poblaci&oacute;n no est&aacute;    asegurada (<a href="#qdr01">cuadro I</a>), aunque la baja calidad del servicio    p&uacute;blico es tambi&eacute;n un elemento a considerar, dado que tambi&eacute;n    derechohabientes del sistema p&uacute;blico buscan la opci&oacute;n privada.    </font></p>     <p><a name="qdr01"></a></p>     <p>&nbsp;</p>     <p align="center"><img src="/img/revistas/spm/v49n2/a10qdr01.gif"></p>     <p>&nbsp;</p>     <p><font size="2" face="Verdana">Que el criterio de distribuci&oacute;n dominante    del derecho a la protecci&oacute;n de la salud para quienes no son miembros    de alg&uacute;n seguro (p&uacute;blico o privado) no sea la necesidad, sino    la capacidad de pago, lo vuelve una de las principales injusticias para los    mexicanos pobres. Si bien todos tenemos en la Constituci&oacute;n el derecho    a esa protecci&oacute;n, es claro que el Estado no ha cumplido plenamente su    responsabilidad, tanto por insuficiencia de recursos como por gastar lo que    se tiene de forma poco eficaz y concentrada en los actores con m&aacute;s peso    pol&iacute;tico. </font></p>     <p><font size="2" face="Verdana"> El gasto p&uacute;blico no es progresivo; es    decir, no se le otorga m&aacute;s a los que menos tienen. Un r&eacute;gimen    de naturaleza supuestamente redistributiva, como era el emanado de una revoluci&oacute;n,    mantuvo un gasto p&uacute;blico en salud regresivo que favorec&iacute;a a deciles    intermedios o altos. Contrasta lo regresivo del gasto en salud del ISSSTE, incluso    del IMSS, con la progresividad del gasto de la Secretar&iacute;a de Salud (SSA),    la &uacute;nica instituci&oacute;n del ramo donde la regla de distribuci&oacute;n    dominante es la necesidad. El gasto de la SSA es incluso m&aacute;s progresivo    que el de educaci&oacute;n primaria (<a href="#qdr02">cuadro II</a>). </font></p>     <p><a name="qdr02"></a></p>     <p>&nbsp;</p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p align="center"><img src="/img/revistas/spm/v49n2/a10qdr02.gif"></p>     <p>&nbsp;</p>     <p><font size="2" face="Verdana">El gasto p&uacute;blico se ha concentrado en    los sectores pol&iacute;ticamente m&aacute;s organizados. &Eacute;stos ten&iacute;an    a su favor que el derecho a la salud como parte de su paquete de previsi&oacute;n    social fue definido desde 1917 en el art&iacute;culo 123. En ese entonces, la    concepci&oacute;n de justicia distributiva dominante consideraba que eran ellos    quienes ten&iacute;an ese derecho, no toda la poblaci&oacute;n. Con derechos    reconocidos desde antes, con mejor capacidad organizacional, con m&aacute;s    voz y capacidad de presi&oacute;n, terminaron mejor cubiertos en un sistema    de seguridad basado en las cuotas del trabajador y del patr&oacute;n, dejando    a quienes no estaban en esa condici&oacute;n relativamente desprotegidos. </font></p>     <p><font size="2" face="Verdana"> Los conflictos en la esfera de influencia del    concepto de salud, primero como previsi&oacute;n para el trabajador y m&aacute;s    recientemente como un derecho para todos, se manifiestan en la competencia por    recursos provenientes de impuestos generales en el presupuesto de cada a&ntilde;o    entre los servicios para derechohabientes y los servicios generales. Una gran    proporci&oacute;n del gasto de la SSA se paga con impuestos generales, a diferencia    de los servicios para los derechohabientes, donde &eacute;stos s&oacute;lo cubren    una parte, aunque creciente, dado que las pensiones no est&aacute;n bien reservadas,    como se ver&aacute; m&aacute;s adelante. El gasto de la SSA, a diferencia del    vinculado con la situaci&oacute;n laboral, est&aacute; en principio abierto    a todos, con cierta contribuci&oacute;n del usuario que depende de su situaci&oacute;n    socioecon&oacute;mica. M&aacute;s all&aacute; de la calidad del servicio, en    la pr&aacute;ctica, el acceso al bien salud depende de la cobertura que existe    y &eacute;sta ha estado limitada por las carencias presupuestales del sector,    lo cual ha llevado a que una proporci&oacute;n alta de la poblaci&oacute;n no    tenga cobertura adecuada. Ello ha hecho de nuestro derecho a la salud una promesa    para muchos de quienes viven en la pobreza y m&aacute;s lo necesitan. </font></p>     <p><font size="2" face="Verdana"> La gran virtud del Seguro Popular es dotar de    un paquete b&aacute;sico a ciudadanos que no son derechohabientes. El paquete    de enfermedades que cubre este seguro no es ilimitado, aunque abarca cerca de    90% de las causas de atenci&oacute;n, tanto hospitalaria como ambulatoria, disponibles    en las instituciones p&uacute;blicas de segundo nivel. Si bien a&uacute;n no    llega a todos los que lo necesitan, se espera que la poblaci&oacute;n cubierta    sea el 100% en 2010. En ese sentido, no es estrictamente un seguro pagado con    las primas de todos para beneficio de quienes se enfermen. Est&aacute; fuertemente    subsidiado con recursos p&uacute;blicos y hay cierto riesgo de selecci&oacute;n    adversa entre quienes se inscriben. Sin embargo, contribuye a resolver un problema    may&uacute;sculo que es inadmisible: la desprotecci&oacute;n de los m&aacute;s    pobres (<a href="#fig03">figura 3</a>). No es &uacute;nicamente que los pobres    tengan m&aacute;s dificultades cuando se enfrentan a un problema de salud, sino    que adem&aacute;s muchos terminan pobres por no poder enfrentar un problema    de salud, no s&oacute;lo por lo que cuesta, sino porque dejan de trabajar y    por lo tanto se vuelven menos productivos, algo que no cubre el Seguro Popular.    </font></p>     <p><a name="fig03"></a></p>     <p>&nbsp;</p>     <p align="center"><img src="/img/revistas/spm/v49n2/a10fig03.gif"></p>     <p>&nbsp;</p>     <p><font size="2" face="Verdana">Esta vinculaci&oacute;n entre enfermedad y pobreza    tiende a dificultar la salida de esta &uacute;ltima a quienes la padecen, como    se ver&aacute; m&aacute;s adelante. Cabe resaltar, por el momento, que esa baja    cobertura ha llevado a niveles inadmisibles de mortalidad infantil y materna,    muy por arriba de lo esperado para el nivel nacional de ingreso. Inadmisibles    no s&oacute;lo por razones morales, sino por el impacto en el desarrollo de    esos ni&ntilde;os que se quedan sin madre. Si bien la mortalidad materna es    un indicador dram&aacute;tico de muertes evitables, su peso en la salud infantil    es menos importante dada su baja incidencia. Mucho m&aacute;s importante en    el desarrollo infantil (educativo y despu&eacute;s econ&oacute;mico) es el impacto    de la baja salud/nutrici&oacute;n infantil en su potencial. </font></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p><font size="2" face="Verdana"><b>Un sistema en tensi&oacute;n </b></font></p>     <p><font size="2" face="Verdana">Al contrario del gasto de la SSA, el del resto    de los servicios de salud se financia en mayor medida con una cuota obligatoria    de los trabajadores y los empresarios (la distinci&oacute;n en la pr&aacute;ctica    es irrelevante, pues ambas terminan como un impuesto a la n&oacute;mina que    ha incentivado la informalidad o la elusi&oacute;n). Sin embargo, no se financia    completamente con esas cuotas. Casi la mitad del gasto en servicios de salud    para los derechohabientes se logra por medio de impuestos generales. S&oacute;lo    considerando el gasto del IMSS, esta parte es equivalente al gasto completo    de la SSA. </font></p>     <p><font size="2" face="Verdana"> El conflicto de dise&ntilde;o desde 1943 entre    el modelo asistencial y el modelo de la seguridad social se acent&uacute;a en    dos reformas con importantes consecuencias presupuestales: la reforma a la LSS    de 1995, donde la aportaci&oacute;n estatal (los impuestos de todos) al Seguro    de Enfermedades y Maternidad pasa de 5% a casi una tercera parte, y la reforma    a la Ley General de Salud donde se cuantifican las aportaciones al Sistema de    Protecci&oacute;n Social en Salud –Seguro Popular (equiparables en parte a la    LSS)–. Los dos modelos tambi&eacute;n compiten en su visi&oacute;n respecto    a las siguientes cuestiones: el federalismo en la salud, los efectos del financiamiento    de los servicios de salud en la eficiencia de los mercados laborales y la competitividad    de la industria, y las sinergias en la provisi&oacute;n y financiamiento de    la protecci&oacute;n en salud y otras formas de protecci&oacute;n social (pensiones,    guarder&iacute;as, riesgos de trabajo, prestaciones en dinero por enfermedad    general, etc&eacute;tera). </font></p>     <p><font size="2" face="Verdana"> Sin embargo la tensi&oacute;n mayor en el dise&ntilde;o    por el que optamos se refiere al tema de las pensiones. Se opt&oacute; por que    las dos instituciones m&aacute;s importantes responsables de otorgar salud a    la poblaci&oacute;n asegurada, el IMSS y el ISSSTE, se hicieran responsables    tambi&eacute;n de otros servicios, de los cuales el m&aacute;s oneroso son las    pensiones. El gasto en este &uacute;ltimo rubro, no debidamente reservado, ha    implicado utilizar recursos fiscales crecientes para pensionar a los trabajadores,    as&iacute; como deteriorar el servicio m&eacute;dico de ambas instituciones.    </font></p>     <p><font size="2" face="Verdana"> El caso m&aacute;s dram&aacute;tico es el del    ISSSTE<a name="tx06"></a><a href="#nt06"><sup>6</sup></a><SUP>,10</SUP> y el    de las empresas p&uacute;blicas, como CFE, Pemex y LyFC. En cambio, el de los    derechohabientes del IMSS, si bien cuesta al fisco por el momento, qued&oacute;    contenido gracias a las reformas de 1997, siempre y cuando los trabajadores    acumulen, llegado el momento, m&aacute;s que la pensi&oacute;n m&iacute;nima    garantizada por el gobierno (algo que puede no suceder, dado que una gran proporci&oacute;n    cotiza de forma muy irregular); sin embargo, no se puede decir lo mismo del    problema de las pensiones de su sindicato, que no qued&oacute; arreglado. Sin    reformas en la materia, este gasto no s&oacute;lo comprometer&aacute; seriamente    las finanzas del IMSS y del ISSSTE, haciendo imposible la cobertura del servicio    m&eacute;dico al que tienen derecho sus miembros, sino las propias finanzas    p&uacute;blicas. </font></p>     <p><font size="2" face="Verdana"> A pesar de las transferencias fiscales que reciben    tanto el ISSSTE como el IMSS (de los 147.6 mil millones que conformaron el ramo    19 en 2005, casi 70% se dirigi&oacute; a cubrir pensiones y jubilaciones),<SUP>11</SUP>    ambas instituciones han visto comprometida su capacidad de enfrentar las necesidades    m&eacute;dicas de sus agremiados por tener que cubrir las pensiones de todos    los afiliados, en el caso del ISSSTE, y de los miembros del sindicato, en el    caso del IMSS. La distribuci&oacute;n de este costo, la forma en que compiten    derecho y derechohabientes, var&iacute;a en ambos sistemas. </font></p>     <p><font size="2" face="Verdana"> En el ISSSTE, el derecho a la pensi&oacute;n    es para personas en edad de retiro dentro del mismo universo de quienes tienen    derecho a los servicios m&eacute;dicos, aunque quienes requieren estos &uacute;ltimos    son castigados con la cobertura y calidad de su servicio. El grupo, en t&eacute;rminos    generales, es el mismo: los derechohabientes del ISSSTE, pero el derecho a la    pensi&oacute;n, al estar bien definido en pesos y centavos y ser para todos    aquellos que cumplen ciertas caracter&iacute;sticas en a&ntilde;os trabajados    y edad, suele ser defendido por quienes lo gozan con mucha mayor vehemencia    que el derecho a la salud, el cual se va degradando poco a poco y es de inter&eacute;s    inmediato s&oacute;lo para un peque&ntilde;o grupo disperso y heterog&eacute;neo    que, cuando lo necesita de verdad, est&aacute; enfermo y, por tanto, debilitado.<a name="tx07"></a><a href="#nt07"><sup>7</sup></a>    Si bien el incentivo para la reforma del sistema de pensiones del ISSSTE tiende    a ser mayor que en el IMSS (pues, en el extremo, los propios pensionados se    quedan sin acceso a los servicios de salud del instituto, ante la bien fundada    expectativa de que el fisco siga pagando los recursos que se necesitan para    fondear las pensiones), se ha sostenido una situaci&oacute;n injusta en ambos    casos para quienes requieren los servicios de salud y para los causantes en    general, e impagable a la larga. </font></p>     <p><font size="2" face="Verdana"> En el IMSS el problema es comparativamente menor,    dado que la pensi&oacute;n es para un grupo selecto –los trabajadores del IMSS–,    que en principio s&oacute;lo existe para cubrir las necesidades de los derechohabientes.    Estos &uacute;ltimos son los perjudicados con servicios m&eacute;dicos limitados    por utilizarse recursos para financiar las pensiones de los trabajadores. Cabe    recordar que las pensiones para los derechohabientes se pagan con la ayuda de    un subsidio fiscal que disminuir&aacute; en la medida en que quienes se retiren    cuenten ya con una Afore. En cuyo caso se tratar&aacute; de una pensi&oacute;n    limitada a la cantidad de recursos que se hayan ahorrado, aunque si los usuarios    no ahorran suficiente, de cualquier forma tendr&aacute;n acceso a una pensi&oacute;n    m&iacute;nima pagada con recursos fiscales, lo cual puede terminar costando    mucho al erario. </font></p>     <p><font size="2" face="Verdana"> Las dificultades para reformar este sistema    son grandes. Los trabajadores del IMSS, quienes ganan con el actual sistema,    son un grupo bien definido y organizado; los trabajadores derechohabientes,    un grupo amplio y desorganizado. Con todo, el apoyo de los sindicatos de trabajadores    afiliados al IMSS logr&oacute; una reforma legal que obligaba al IMSS a fondear    completamente las pensiones de cualquier futuro trabajador. Dado que esto no    es posible con el actual sistema, se hab&iacute;a paralizado la contrataci&oacute;n    de trabajadores. El deterioro en la provisi&oacute;n de los servicios de salud    por supuesto continu&oacute;, pero la expectativa era obligar al sindicato,    que no pod&iacute;a remplazar a los que se jubilaban, a negociar un acuerdo    que le diera estabilidad al instituto. Al final, el eslab&oacute;n m&aacute;s    d&eacute;bil fue el director del IMSS, quien se vio obligado a dimitir. La nueva    administraci&oacute;n opt&oacute; por una figura intermedia que s&oacute;lo    pospone el problema por un tiempo. </font></p>     <p><font size="2" face="Verdana"> En la medida en que hemos segmentado el sector    en funci&oacute;n de la recepci&oacute;n de las cotizaciones de los asegurados,    la compra de insumos y la distribuci&oacute;n de riesgos, el costo administrativo    de nuestro sistema de salud es muy alto. En comparaci&oacute;n con los otros    miembros de la OCDE, M&eacute;xico es el pa&iacute;s que destina m&aacute;s    recursos al pago de servicios administrativos: 9.5% de su gasto total en servicios    de salud. Otros pa&iacute;ses que gastan parte importante de sus recursos destinados    a salud en dichos servicios son Estados Unidos (6.9%) y Alemania (5.5%). En    contraste, Portugal (0.1%), Italia (0.2%) y Suecia (0.4%) son los pa&iacute;ses    de la OCDE que destinan menos recursos a este rubro.<a name="tx08"></a><a href="#nt08"><sup>8</sup></a><SUP>,12</SUP>    </font></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p><font size="2" face="Verdana"> Este sistema, adem&aacute;s de caro en su administraci&oacute;n,    implica algunos incentivos perversos. La concepci&oacute;n original de un sistema    que es financiado por sus miembros no se cumple en la pr&aacute;ctica. Esto    es as&iacute; porque el IMSS no puede excluir a quienes tienen padecimientos    preexistentes, con lo cual termina cargando con un gran porcentaje de enfermos    cr&oacute;nicos que se pueden afiliar cuando se dan cuenta de sus padecimientos.    Quienes s&iacute; pagan cuotas pueden terminar por financiar enfermedades de    quienes nunca cotizaron, lo cual en un sistema basado en la pertenencia a un    club, por m&aacute;s abierto que sea, es injusto y tiende a propiciar comportamientos    oportunistas. Por ello, en la pr&aacute;ctica se ha ido convirtiendo en un sistema    parcial de seguridad social p&uacute;blico: obligatorio y con un importante    componente fiscal. El Seguro Popular va a incrementar esta tensi&oacute;n en    la medida en que se tenga acceso a cobertura similar a la del IMSS o a la del    ISSSTE a un costo mucho menor para el usuario. Si nos movemos hacia un sistema    universal, habr&aacute; que pensar en financiarlo de forma distinta; de lo contrario    estamos incentivando la informalidad. </font></p>     <p><font size="2" face="Verdana"> Adicionalmente, este sistema es m&aacute;s dif&iacute;cil    de sostener en la medida en que el derecho a las pensiones ha desplazado parcialmente    al derecho a la protecci&oacute;n de la salud. Esto seguir&aacute; acentu&aacute;ndose    si no hay cambios importantes y persiste la existencia de instituciones con    l&oacute;gicas diversas que dan pie a comportamientos oportunistas. Esta situaci&oacute;n    se vuelve a&uacute;n m&aacute;s compleja ante los cambios demogr&aacute;ficos    y pol&iacute;ticos que el pa&iacute;s enfrenta. </font></p>     <p><font size="2" face="Verdana"><b>Tensi&oacute;n entre derechos </b></font></p>     <p><font size="2" face="Verdana">El paquete espec&iacute;fico de derechos al que    tiene acceso un individuo no es est&aacute;tico: cambia en funci&oacute;n de    las expectativas y del propio desarrollo tecnol&oacute;gico, el cual permite    nuevos tratamientos que antes no eran demandados simplemente por no existir,    lo cual va incrementando los costos. Un pa&iacute;s m&aacute;s viejo demandar&aacute;    m&aacute;s gasto en salud. Para que un sistema sea pol&iacute;ticamente estable    debe responder a las demandas y prioridades del pa&iacute;s, y nuestro sistema    de salud fue construido en un momento no democr&aacute;tico y corporativista.    </font></p>     <p><font size="2" face="Verdana"> El sistema mexicano refleja la evoluci&oacute;n    de la concepci&oacute;n del derecho a la protecci&oacute;n de la salud y muestra    a quienes ten&iacute;an voz, los grupos representados en el pacto corporativo    o bien a quienes ten&iacute;an capacidad de compra. Sin embargo, el sistema    no parece ser estable financieramente ni en funci&oacute;n de las demandas sociales.    La deficiencia del sistema se manifiesta incluso en los derechohabientes quienes,    dada la mala calidad de los servicios p&uacute;blicos, tienen que pagar directamente    una parte del gasto.<a name="tx09"></a><a href="#nt09"><sup>9</sup></a> </font></p>     <p><font size="2" face="Verdana"> En una sociedad donde cada vez se tiene m&aacute;s    voz y donde el ciudadano va a exigir que se hagan efectivos derechos constitucionales,    la presi&oacute;n por aumentar el gasto p&uacute;blico en salud ir&aacute; creciendo.    Dada la importancia de este bien, es de los m&aacute;s politizados, y en una    sociedad democr&aacute;tica deber&aacute; serlo cada vez m&aacute;s. </font></p>     <p><font size="2" face="Verdana"> Adem&aacute;s, la salud, a diferencia de la    educaci&oacute;n, no se termina en un a&ntilde;o dado, cuando uno se grad&uacute;a    o deserta del sistema escolar. Por el contrario, con el paso del tiempo y el    envejecimiento relativo de la poblaci&oacute;n, va siendo m&aacute;s cara; adem&aacute;s,    mientras m&aacute;s organizada y moderna sea una sociedad, mayor calidad exigir&aacute;.    Cuando el ingreso crece, el gasto en salud suele aumentar a&uacute;n m&aacute;s    (es decir, tiene una elasticidad mayor a uno). Cuando los individuos tienen    resueltos otros satisfactores se vuelven m&aacute;s exigentes con la salud que    demandan. El simple cambio tecnol&oacute;gico va presionando al alza el gasto    en salud. </font></p>     <p><font size="2" face="Verdana"> Sirva como ejemplo el caso de Estados Unidos.    Se calcula que en 2014 este pa&iacute;s gastar&aacute; en salud 18.7% del PIB.    Hoy gasta 15.4%, lo cual equivale a casi tres veces el PIB total de M&eacute;xico    (en d&oacute;lares corrientes). Dado que gasta tanto en el rubro, aun cuando    la mayor&iacute;a del gasto es privado, el gasto p&uacute;blico en EUA dedicado    a salud es superior, como proporci&oacute;n del PIB, al que ejercen muchos pa&iacute;ses    europeos. </font></p>     <p><font size="2" face="Verdana"> El derecho a la protecci&oacute;n de la salud    compite con muchos otros por los recursos fiscales. Si comparamos el gasto en    salud con el de educaci&oacute;n, se observa el menor peso del primero y su    menor crecimiento relativo. Mientras que en los pa&iacute;ses de la OCDE el    gasto p&uacute;blico en salud y educaci&oacute;n es muy parecido, en nuestro    caso hay una distancia notable.<SUP>13,14</SUP> </font></p>     <p><font size="2" face="Verdana"> El perfil demogr&aacute;fico de la poblaci&oacute;n    puede explicar una parte de estas diferencias. Una poblaci&oacute;n m&aacute;s    joven demanda una atenci&oacute;n de salud menos cara y, por el contrario, m&aacute;s    educaci&oacute;n. Sin embargo, se sugieren dos hip&oacute;tesis para explicar    el mayor peso del gasto en educaci&oacute;n frente al de salud. </font></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p><font size="2" face="Verdana"> Primero, la educaci&oacute;n es un bien cuya    regla de distribuci&oacute;n asentada en la Constituci&oacute;n es mucho m&aacute;s    clara y m&aacute;s compartida por la sociedad. La idea de una educaci&oacute;n    gratuita y universal se encuentra m&aacute;s extendida que la de la salud, aunque    con la creaci&oacute;n del Seguro Popular esto tender&aacute; a cambiar. Mientras    que la mitad de la poblaci&oacute;n no ha tenido ning&uacute;n tipo de cobertura    m&eacute;dica y el gasto de bolsillo es, como ya vimos, muy elevado, incluso    entre quienes tienen cobertura de alg&uacute;n tipo, la educaci&oacute;n primaria    es ya casi universal y todos pueden acceder a ella. </font></p>     <p><font size="2" face="Verdana"> Segundo, en educaci&oacute;n los actores han    estado mejor organizados. Hay un sistema de educaci&oacute;n b&aacute;sica y    un sindicato. Hay muchos m&aacute;s maestros que m&eacute;dicos. La capacidad    de representaci&oacute;n de los maestros en el poder legislativo, en varios    partidos, les ha sido muy &uacute;til para presionar por mayor gasto. Su capacidad    de movilizaci&oacute;n es mayor y su ingreso en t&eacute;rminos relativos al    PIB per c&aacute;pita, frente a lo que sucede en muchos otros pa&iacute;ses,    es mayor. </font></p>     <p><font size="2" face="Verdana"> Un ejercicio a trav&eacute;s de una encuesta    de opini&oacute;n p&uacute;blica para tratar de estimar c&oacute;mo se debiera    distribuir el gasto p&uacute;blico si &eacute;ste se elaborara en funci&oacute;n    de las preferencias ciudadanas, muestra una mayor preferencia por el gasto en    salud. A &eacute;ste le asignar&iacute;a 29% del gasto total, frente a 25.4%    destinado a educaci&oacute;n.<SUP>15</SUP> </font></p>     <p><font size="2" face="Verdana"> En todo caso, ante la ausencia de recursos adicionales    –como los excedentes petroleros– la competencia por recursos fiscales va a tender    a darse entre estos cruciales derechos sociales, no s&oacute;lo en t&eacute;rminos    de su importancia para el ciudadano, sino de lo que cuestan. Para determinar    qu&eacute; hacer en esta disputa no van a ser suficientes los criterios de justicia,    ser&aacute; necesario ver el problema desde una perspectiva de desarrollo, que    tome en cuenta el impacto que tiene cada uno de estos derechos en el desempe&ntilde;o    de la econom&iacute;a. </font></p>     <p><font size="2" face="Verdana"><b>Consideraciones finales </b></font></p>     <p><font size="2" face="Verdana">Los derechos que ofrece el marco legal a los    mexicanos siguen siendo una visi&oacute;n de justicia distributiva incumplida.    No s&oacute;lo por falta de recursos fiscales, sino porque nuestro sistema de    salud comprende organizaciones con objetivos distintos, resultado de la evoluci&oacute;n    del concepto mismo de derecho al acceso a los servicios de salud, lo que genera    incentivos contrarios a un uso &oacute;ptimo de los recursos y ha permitido    que se consoliden grupos con suficiente poder pol&iacute;tico para evitar, por    lo menos hasta ahora, la reforma del sistema. Tener un acceso oportuno y de    calidad depende m&aacute;s del dinero y del lugar que se tenga en la sociedad,    que de la necesidad del enfermo. </font></p>     <p><font size="2" face="Verdana"> Ahora bien, si los criterios de justicia no    son suficientes para procurar que las promesas de la Constituci&oacute;n se    cumplan, se puede apelar al ego&iacute;smo. La experiencia de otros pa&iacute;ses    indica que sin mejoras importantes en salud es muy dif&iacute;cil mejorar la    productividad y, por lo tanto, crecer de forma sostenida. </font></p>     <p><font size="2" face="Verdana"> Es com&uacute;n argumentar que sin educaci&oacute;n    no hay desarrollo posible. Es una afirmaci&oacute;n correcta, aunque la clave    no est&aacute; en gastar m&aacute;s dinero, sino en hacerlo bien. Lo mismo se    puede decir del gasto en salud. Si bien no todo es aumentar los recursos en    la materia, la justificaci&oacute;n para invertir recursos p&uacute;blicos en    el gasto en salud va m&aacute;s all&aacute; de consideraciones de equidad o    de salud p&uacute;blica. Individuos m&aacute;s sanos permiten una sociedad m&aacute;s    productiva que genera m&aacute;s riqueza. </font></p>     <p><font size="2" face="Verdana"> Pareciera cuesti&oacute;n de sentido com&uacute;n    el que individuos sanos sean capaces de trabajar m&aacute;s productivamente.    Sin embargo, por muchos a&ntilde;os los economistas pensaron que una parte importante    del gasto en salud se pod&iacute;a posponer. Se le ve&iacute;a como un lujo,    algo no prioritario para impulsar el crecimiento. Un mayor gasto en salud ven&iacute;a    con el crecimiento, no en sentido inverso. </font></p>     <p><font size="2" face="Verdana"> Actualmente la visi&oacute;n aceptada como correcta    es otra. La evidencia parece mostrar que para desarrollarse hay que gastar en    salud, o mejor dicho, invertir en ella.<SUP>16</SUP> Una mejora en el nivel    de desarrollo s&oacute;lo es posible si se incrementa la calidad del capital    humano. Esto no es posible sin individuos sanos. Un estudio de Fogel<SUP>17</SUP>    de 1994 concluye que 30% del crecimiento de la econom&iacute;a de Inglaterra    de los &uacute;ltimos 200 a&ntilde;os puede ser atribuido a una mejor nutrici&oacute;n.    Un trabajo de Barro<SUP>17</SUP> concluye que cada 10% en la esperanza de vida    lleva en promedio a medio punto m&aacute;s de crecimiento econ&oacute;mico.    </font></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p><font size="2" face="Verdana"> Una poblaci&oacute;n con salud es un prerrequisito    para que otros esfuerzos sociales tengan sentido. Para lograr un mejor rendimiento    del gasto en educaci&oacute;n, el ni&ntilde;o debe tener condiciones adecuadas    de salud. Si las condiciones de nutrici&oacute;n en el embarazo y en los primeros    a&ntilde;os afectan, quiz&aacute;s para siempre, la capacidad intelectual del    ni&ntilde;o, es urgente buscar mejoras en ese &aacute;mbito. Evidentemente,    ambos elementos se van retroalimentando. Cuando se eleva el nivel de educaci&oacute;n    de las ni&ntilde;as, &eacute;stas tienden a embarazarse con mayor edad y a ser    madres m&aacute;s capaces de proveer salud y educaci&oacute;n a sus hijos. </font></p>     <p><font size="2" face="Verdana"> Un gobierno incapaz de hacer valer derechos    m&iacute;nimos de acceso a la salud a sus ciudadanos, no s&oacute;lo queda por    debajo de sus obligaciones constitucionales y de las expectativas de la poblaci&oacute;n,    tampoco genera las condiciones para que otros esfuerzos rindan frutos y se pueda    mejorar la productividad y, por tanto, el ingreso de los individuos. </font></p>     <p><font size="2" face="Verdana"> Con este objetivo, la legislaci&oacute;n tendr&iacute;a    que reformarse para ofrecer un derecho a la protecci&oacute;n de la salud efectivo.    Sin embargo, no se trata meramente de estipular nuevos derechos. El reto es    reformar los existentes para tener un &uacute;nico conjunto de derechos para    todos, el cual sea financiado de una manera congruente con los criterios de    justicia estipulados en nuestra Carta Magna, y que tenga estabilidad presupuestal.</font></p>     <p>&nbsp;</p>     <p><font size="3" face="Verdana"><b>Referencias</b></font></p>     <!-- ref --><p><font size="2" face="Verdana">1. Walzer M. Spheres of Justice: A defense of    pluralism and equality. EU: Basic Books, 1984. </font>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=9234346&pid=S0036-3634200700020001000001&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p><font size="2" face="Verdana">2. Porter R. The greatest benefit to makind-A    medical history of humanity. EV. Norton Company, 1997. </font>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=9234347&pid=S0036-3634200700020001000002&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p><font size="2" face="Verdana">3. Organizaci&oacute;n para la Cooperaci&oacute;n    y el Desarrollo Econ&oacute;micos. Estudios de la OCDE sobre los Sistemas de    Salud-M&eacute;xico. M&eacute;xico. Secretar&iacute;a de Salud de M&eacute;xico,    2005;35. </font>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=9234348&pid=S0036-3634200700020001000003&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p><font size="2" face="Verdana">4. Gasto total en salud y PIB per c&aacute;pita,    en pa&iacute;ses de la OCDE, 2002 (gr&aacute;fica). En: Organizaci&oacute;n    para la Cooperaci&oacute;n y el Desarrollo Econ&oacute;micos. Estudios de la    OCDE sobre los Sistemas de Salud - M&eacute;xico. M&eacute;xico: Secretar&iacute;a    de Salud de M&eacute;xico (para la edici&oacute;n en espa&ntilde;ol), 2005;35.    </font>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=9234349&pid=S0036-3634200700020001000004&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p><font size="2" face="Verdana">5. Ingreso per c&aacute;pita y gasto en    salud como proporci&oacute;n del PIB, pa&iacute;ses seleccionados de Am&eacute;rica    Latina (cuadro). En: Organizaci&oacute;n para la Cooperaci&oacute;n y el Desarrollo    Econ&oacute;micos. Estudios de la OCDE sobre los Sistemas de Salud - M&eacute;xico.    M&eacute;xico: Secretar&iacute;a de Salud de M&eacute;xico (para la edici&oacute;n    en espa&ntilde;ol), 2005;34 </font>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=9234350&pid=S0036-3634200700020001000005&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p><font size="2" face="Verdana">6. Organizaci&oacute;n para la Cooperaci&oacute;n    y el Desarrollo Econ&oacute;micos. Estudios de la OCDE sobre los Sistemas de    Salud-M&eacute;xico. M&eacute;xico. Secretar&iacute;a de Salud de M&eacute;xico,    2005;49. </font>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=9234351&pid=S0036-3634200700020001000006&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p><font size="2" face="Verdana">7. Organizaci&oacute;n para la Cooperaci&oacute;n    y el Desarrollo Econ&oacute;micos. Estudios de la OCDE sobre los Sistemas de    Salud-M&eacute;xico. M&eacute;xico. Secretar&iacute;a de Salud de M&eacute;xico,    2005;50. </font>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=9234352&pid=S0036-3634200700020001000007&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p><font size="2" face="Verdana">8. Organizaci&oacute;n para la Cooperaci&oacute;n    y el Desarrollo Econ&oacute;micos. Estudios de la OCDE sobre los Sistemas de    Salud-M&eacute;xico. M&eacute;xico. Secretar&iacute;a de Salud de M&eacute;xico,    2005;38-39. </font>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=9234353&pid=S0036-3634200700020001000008&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p><font size="2" face="Verdana">9. Scott J. Eficiencia redistributiva de los    programas contra la pobreza en M&eacute;xico. M&eacute;xico: Centro de Investigaci&oacute;n    y Docencia Econ&oacute;micas, A.C., 2004;Documento de trabajo 307. </font>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=9234354&pid=S0036-3634200700020001000009&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p><font size="2" face="Verdana">10. Presidencia de la Rep&uacute;blica. ¿C&oacute;mo    vamos a la mitad del camino...? M&eacute;xico: Presidencia de la Rep&uacute;blica,    2003;32. </font>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=9234355&pid=S0036-3634200700020001000010&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p><font size="2" face="Verdana">11. Secretar&iacute;a de Hacienda y Cr&eacute;dito    P&uacute;blico. Presupuesto de Egresos de la Federaci&oacute;n 2005. M&eacute;xico:    Diario Oficial de la Federaci&oacute;n. 20 diciembre de 2004. </font>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=9234356&pid=S0036-3634200700020001000011&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p><font size="2" face="Verdana">12. Organizaci&oacute;n para la Cooperaci&oacute;n    y el Desarrollo Econ&oacute;micos. Estudios de la OCDE sobre los Sistemas de    Salud-M&eacute;xico. M&eacute;xico: Secretar&iacute;a de Salud de M&eacute;xico    (para la edici&oacute;n en espa&ntilde;ol), 2005;115. </font>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=9234357&pid=S0036-3634200700020001000012&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p><font size="2" face="Verdana">13. Organisation for Economic and Cooperation    Development. Health data. Third edition. Paris: OECD, 2004, . </font>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=9234358&pid=S0036-3634200700020001000013&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p><font size="2" face="Verdana">14. Secretar&iacute;a de Hacienda y Cr&eacute;dito    P&uacute;blico. Presupuesto de Egresos de la Federaci&oacute;n 2005. M&eacute;xico:    Diario Oficial de la Federaci&oacute;n. 20 diciembre de 2004. </font>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=9234359&pid=S0036-3634200700020001000014&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p><font size="2" face="Verdana">15. Consulta Mitofski. El presupuesto de egresos    seg&uacute;n los ciudadanos: Encuesta nacional a viviendas. M&eacute;xico: Consulta    Mitofski, julio de 2005. Disponible en: World Wide Web: <a href="http://www.consulta.com.mx/interiores/99_pdfs/12_mexicanos_pdf/mxc_NA20050720_PresupuestoEgresos.pdf" target="_blank">www.consulta.com.mx/interiores/99_pdfs/12    _mexicanos_pdf/mxc_NA20050720_PresupuestoEgresos.pdf</a> </font>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=9234360&pid=S0036-3634200700020001000015&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p><font size="2" face="Verdana">16. Mayer D. Salud, crecimiento y pobreza. CIDE,    2004, mimeo. </font>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=9234361&pid=S0036-3634200700020001000016&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p><font size="2" face="Verdana">17. Scheffler RM. Health expenditure and economic    growth: An international perspective. Occasional papers on globalization, University    of South Florida.</font>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=9234362&pid=S0036-3634200700020001000017&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><p>&nbsp;</p>     <p>&nbsp;</p>     <p><font size="2" face="Verdana">Fecha de recibido: 14 de julio de 2006    <br>   Fecha de aprobado: 6 de diciembre de 2006</font></p>     <p>&nbsp;</p>     <p>&nbsp;</p>     <p><font size="2" face="Verdana">Este ensayo es una versi&oacute;n m&aacute;s    amplia de una ponencia presentada en el seminario "Retos para la salud    y el desarrollo de M&eacute;xico. Una perspectiva internacional", conferencia    magistral en el seminario <I>La Salud de los mexicanos en el siglo XX: un futuro    con responsabilidad de todos</I>, Ciudad de M&eacute;xico, 13 y 14 de junio    de 2005. La versi&oacute;n estenogr&aacute;fica de la misma apareci&oacute;    en: Elizondo C. Retos para la salud y el desarrollo de M&eacute;xico. Una perspectiva    internacional.     <br>   Solicitud de sobretiros: Dr. Carlos Elizondo Mayer-Serra. Divisi&oacute;n de    Estudios Pol&iacute;ticos. Centro de Investigaci&oacute;n y Docencia Econ&oacute;micas,    AC. Carretera M&eacute;xico-Toluca 3655, col. Lomas de Santa Fe. 01210 M&eacute;xico,    DF. Correo electr&oacute;nico: <a href="mailto:carlos.elizondo@cide.edu">carlos.elizondo@cide.edu</a>    ]]></body>
<body><![CDATA[<br>   <a name="nt01"></a><a href="#tx01">1</a> En el caso del derecho a la salud,    tras un largo debate, no se utiliz&oacute; simplemente el t&eacute;rmino derecho,    como en el caso de educaci&oacute;n, sino derecho a la protecci&oacute;n, en    la medida en que la salud no puede ser garantizada, s&oacute;lo el acceso a    los servicios m&eacute;dicos. Con todo, no son tan distintos ambos derechos,    pues no basta el acceso a los servicios de educaci&oacute;n para tener educaci&oacute;n    o una educaci&oacute;n adecuada. Se necesita una educaci&oacute;n de calidad    y pertinente.    <br>   <a name="nt02"></a><a href="#tx02">2</a> La teor&iacute;a de Walzer es muy sugerente,    aunque enfrenta algunos problemas serios. No es f&aacute;cil determinar cu&aacute;l    es la regla de justicia impl&iacute;cita en cada bien. No suele haber un acuerdo    social evidente y la deducci&oacute;n que hace un investigador sobre la misma    puede ser equivocada, reflejo de sus propias preferencias. De igual manera,    no explica por qu&eacute; y c&oacute;mo estas reglas pueden cambiar. Tampoco    hay un m&eacute;todo claro para saber si hubo o no cambio de las reglas sociales    de distribuci&oacute;n, no hay forma objetiva de medirlo. Adem&aacute;s, si    una sola regla domina todos los bienes sociales, por m&aacute;s que &eacute;sta    fuera socialmente leg&iacute;tima, como probablemente lo es el dominio del dinero    en muchos bienes sociales en Estados Unidos, pierde sentido la teor&iacute;a.    Si el dinero fuera considerado como el mecanismo justo para distribuirlo todo;    amor, prestigio, libertad, dif&iacute;cilmente podr&iacute;a ser considerada    como justa, pero si la sociedad as&iacute; lo viera, no habr&iacute;a un criterio    externo para criticar tal concentraci&oacute;n de beneficios en quienes tuvieran    dinero. Este es un problema com&uacute;n a todas las teor&iacute;as de la justicia    que parten de interpretar lo que las comunidades hacen y no de principios m&aacute;s    abstractos que pueden ser deducidos, a partir de ciertos axiomas evidentes,    sin referencia a las preferencias de una comunidad.     <br>   <a name="nt03"></a><a href="#tx03">3</a> Inicio de la bacteriolog&iacute;a y    farmacolog&iacute;a moderna en la d&eacute;cada de los veinte (antibi&oacute;ticos-penicilina    y sulfatos). Introducci&oacute;n de la anestesia y asepsia en quir&oacute;fanos    hasta finales del siglo XIX. T&eacute;cnicas modernas para la cirug&iacute;a    generalizada (m&aacute;s all&aacute; de las heridas).    <br>   <a name="nt04"></a><a href="#tx04">4</a> Algunas provincias est&aacute;n buscando    ampliar el espacio a la medicina privada.    <br>   <a name="nt05"></a><a href="#tx05">5</a> Lo que sigue se basa en el reciente    estudio de la OCDE sobre el sistema de salud mexicano.    <br>   <a name="nt06"></a><a href="#tx06">6</a> En 2003, el d&eacute;ficit anual de    las pensiones del ISSSTE registr&oacute; cerca de 25 mil millones de pesos.    De continuar la misma tendencia, la SHCP estima que para 2010 esta cifra se    ubicar&aacute; alrededor de los 63 mil millones de pesos (de 2003); para 2020,    ser&aacute; de 115 mil millones de pesos (de 2003); y para 2050, alcanzar&aacute;    los 295 mil millones de pesos (de 2003).     <br>   <a name="nt07"></a><a href="#tx07">7</a> Hay grupos de enfermos que han sido    capaces de organizarse, como los que padecen vih/sida, lo cual no ha incrementado    el gasto total en salud, sino transferido recursos hacia esa enfermedad a costa    de otros males cuyos pacientes est&aacute;n menos organizados.    <br>   <a name="nt08"></a><a href="#tx08">8</a> Cifras correspondientes a principios    de la d&eacute;cada de 2000.    <BR>   <a name="nt09"></a><a href="#tx09">9</a> Ver los datos referentes al gasto de    bolsillo en salud por condici&oacute;n de aseguramiento elaborados por la Unidad    de An&aacute;lisis Econ&oacute;mico de la Secretar&iacute;a de Salud a partir    de informaci&oacute;n de la ENIGH 2002. </font></p>      ]]></body><back>
<ref-list>
<ref id="B1">
<label>1</label><nlm-citation citation-type="book">
<person-group person-group-type="author">
<name>
<surname><![CDATA[Walzer]]></surname>
<given-names><![CDATA[M]]></given-names>
</name>
</person-group>
<source><![CDATA[Spheres of Justice: A defense of pluralism and equality]]></source>
<year>1984</year>
<publisher-name><![CDATA[Basic Books]]></publisher-name>
</nlm-citation>
</ref>
<ref id="B2">
<label>2</label><nlm-citation citation-type="book">
<person-group person-group-type="author">
<name>
<surname><![CDATA[Porter]]></surname>
<given-names><![CDATA[R]]></given-names>
</name>
</person-group>
<source><![CDATA[The greatest benefit to makind-A medical history of humanity]]></source>
<year>1997</year>
<publisher-name><![CDATA[EV. Norton Company]]></publisher-name>
</nlm-citation>
</ref>
<ref id="B3">
<label>3</label><nlm-citation citation-type="book">
<collab>Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos</collab>
<source><![CDATA[Estudios de la OCDE sobre los Sistemas de Salud-México]]></source>
<year>2005</year>
<page-range>35</page-range><publisher-name><![CDATA[Secretaría de Salud de México]]></publisher-name>
</nlm-citation>
</ref>
<ref id="B4">
<label>4</label><nlm-citation citation-type="book">
<article-title xml:lang="es"><![CDATA[Gasto total en salud y PIB per cápita, en países de la OCDE, 2002 (gráfica)]]></article-title>
<source><![CDATA[Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos: Estudios de la OCDE sobre los Sistemas de Salud - México]]></source>
<year>2005</year>
<page-range>35</page-range><publisher-name><![CDATA[Secretaría de Salud de México]]></publisher-name>
</nlm-citation>
</ref>
<ref id="B5">
<label>5</label><nlm-citation citation-type="book">
<article-title xml:lang="es"><![CDATA[Ingreso per cápita y gasto en salud como proporción del PIB, países seleccionados de América Latina]]></article-title>
<collab>Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos</collab>
<source><![CDATA[Estudios de la OCDE sobre los Sistemas de Salud - México]]></source>
<year>2005</year>
<page-range>34</page-range><publisher-name><![CDATA[Secretaría de Salud de México]]></publisher-name>
</nlm-citation>
</ref>
<ref id="B6">
<label>6</label><nlm-citation citation-type="book">
<collab>Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos</collab>
<source><![CDATA[Estudios de la OCDE sobre los Sistemas de Salud-México]]></source>
<year>2005</year>
<page-range>49</page-range><publisher-name><![CDATA[Secretaría de Salud de México]]></publisher-name>
</nlm-citation>
</ref>
<ref id="B7">
<label>7</label><nlm-citation citation-type="book">
<collab>Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos</collab>
<source><![CDATA[Estudios de la OCDE sobre los Sistemas de Salud-México]]></source>
<year>2005</year>
<page-range>50</page-range><publisher-name><![CDATA[Secretaría de Salud de México]]></publisher-name>
</nlm-citation>
</ref>
<ref id="B8">
<label>8</label><nlm-citation citation-type="book">
<collab>Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos</collab>
<source><![CDATA[Estudios de la OCDE sobre los Sistemas de Salud-México]]></source>
<year>2005</year>
<page-range>38-39</page-range><publisher-name><![CDATA[Secretaría de Salud de México]]></publisher-name>
</nlm-citation>
</ref>
<ref id="B9">
<label>9</label><nlm-citation citation-type="book">
<person-group person-group-type="author">
<name>
<surname><![CDATA[Scott]]></surname>
<given-names><![CDATA[J]]></given-names>
</name>
</person-group>
<source><![CDATA[Eficiencia redistributiva de los programas contra la pobreza en México]]></source>
<year>2004</year>
<publisher-name><![CDATA[Centro de Investigación y Docencia Económicas]]></publisher-name>
</nlm-citation>
</ref>
<ref id="B10">
<label>10</label><nlm-citation citation-type="book">
<collab>Presidencia de la República</collab>
<source><![CDATA[¿Cómo vamos a la mitad del camino...?]]></source>
<year>2003</year>
<page-range>32</page-range><publisher-name><![CDATA[Presidencia de la República]]></publisher-name>
</nlm-citation>
</ref>
<ref id="B11">
<label>11</label><nlm-citation citation-type="journal">
<collab>Secretaría de Hacienda y Crédito Público</collab>
<article-title xml:lang="es"><![CDATA[Presupuesto de Egresos de la Federación 2005]]></article-title>
<source><![CDATA[Diario Oficial de la Federación]]></source>
<year>20 d</year>
<month>ic</month>
<day>ie</day>
</nlm-citation>
</ref>
<ref id="B12">
<label>12</label><nlm-citation citation-type="book">
<collab>Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos</collab>
<source><![CDATA[Estudios de la OCDE sobre los Sistemas de Salud-México]]></source>
<year>2005</year>
<page-range>115</page-range><publisher-name><![CDATA[Secretaría de Salud de México]]></publisher-name>
</nlm-citation>
</ref>
<ref id="B13">
<label>13</label><nlm-citation citation-type="book">
<collab>Organisation for Economic and Cooperation Development</collab>
<source><![CDATA[Health data]]></source>
<year>2004</year>
<edition>Third edition</edition>
<publisher-loc><![CDATA[Paris ]]></publisher-loc>
<publisher-name><![CDATA[OECD]]></publisher-name>
</nlm-citation>
</ref>
<ref id="B14">
<label>14</label><nlm-citation citation-type="journal">
<collab>Secretaría de Hacienda y Crédito Público</collab>
<article-title xml:lang="es"><![CDATA[Presupuesto de Egresos de la Federación 2005]]></article-title>
<source><![CDATA[Diario Oficial de la Federación]]></source>
<year>20 d</year>
<month>ic</month>
<day>ie</day>
</nlm-citation>
</ref>
<ref id="B15">
<label>15</label><nlm-citation citation-type="book">
<collab>Consulta Mitofski</collab>
<source><![CDATA[El presupuesto de egresos según los ciudadanos: Encuesta nacional a viviendas]]></source>
<year>juli</year>
<month>o </month>
<day>de</day>
<publisher-name><![CDATA[Consulta Mitofski]]></publisher-name>
</nlm-citation>
</ref>
<ref id="B16">
<label>16</label><nlm-citation citation-type="book">
<person-group person-group-type="author">
<name>
<surname><![CDATA[Mayer]]></surname>
<given-names><![CDATA[D]]></given-names>
</name>
</person-group>
<source><![CDATA[Salud, crecimiento y pobreza]]></source>
<year>2004</year>
<publisher-name><![CDATA[CIDE]]></publisher-name>
</nlm-citation>
</ref>
<ref id="B17">
<label>17</label><nlm-citation citation-type="book">
<person-group person-group-type="author">
<name>
<surname><![CDATA[Scheffler]]></surname>
<given-names><![CDATA[RM]]></given-names>
</name>
</person-group>
<source><![CDATA[Health expenditure and economic growth: An international perspective. Occasional papers on globalization]]></source>
<year></year>
<publisher-name><![CDATA[University of South Florida]]></publisher-name>
</nlm-citation>
</ref>
</ref-list>
</back>
</article>
