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<article-title xml:lang="es"><![CDATA[Derecho tenejapaneco: Procedimientos legales híbridos entre los tzeltales de Chiapas]]></article-title>
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</front><body><![CDATA[  	    <p align="justify"><font face="verdana" size="4">Lecturas</font></p>  	    <p>&nbsp;</p>  	    <p align="center"><font face="verdana" size="4"><b>Derecho tenejapaneco. Procedimientos legales h&iacute;bridos entre los tzeltales de Chiapas*</b></font></p>  	    <p>&nbsp;</p>  	    <p align="center"><font face="verdana" size="2"><b>Rese&ntilde;ado por Araceli Burguete Cal y Mayor**</b></font></p>  	    <p>&nbsp;</p>  	    <p align="center"><font face="verdana" size="3"><b>* Jos&eacute; Rub&eacute;n Orantes Garc&iacute;a, <i>Derecho tenejapaneco. Procedimientos legales h&iacute;bridos entre los tzeltales de Chiapas,</i> Programa de Investigaciones Multidisciplinarias sobre Mesoam&eacute;rica y el Sureste&#45;Instituto de Investigaciones Antropol&oacute;gicas&#45;Universidad Nacional Aut&oacute;noma de M&eacute;xico, San Crist&oacute;bal de Las Casas/M&eacute;xico, 2014, 299 pp.</b></font></p>  	    <p>&nbsp;</p>  	    <p align="justify"><font face="verdana" size="2"><i>** Profesora&#45;investigadora del Centro de Investigaciones y Estudios Superiores en Antropolog&iacute;a Social&#45;Sureste.</i> &lt;<a href="mailto:araceli_burguete@yahoo.com.mx">araceli_burguete@yahoo.com.mx</a>&gt;.</font></p>  	    ]]></body>
<body><![CDATA[<p>&nbsp;</p>  	    <p align="justify"><font face="verdana" size="2">A la literatura antropol&oacute;gica de Chiapas a&uacute;n le falta profundizar en el impacto que produjo el levantamiento armado en 1994, en particular en las transformaciones en las relaciones entre el Estado y los pueblos ind&iacute;genas. El libro de Rub&eacute;n Orantes que aqu&iacute; se rese&ntilde;a se aproxima a algunos de esos cambios en las instituciones de justicia en los municipios de mayor&iacute;a ind&iacute;gena al instaurarse la figura del Juzgado de Paz y Conciliaci&oacute;n Ind&iacute;gena (JPCI) en 1998. El texto se centra en un estudio de caso, el JPCI del municipio de Tenejapa (1999) en el altiplano chiapaneco; se documentan los procedimientos de &iacute;ndole jur&iacute;dica para la resoluci&oacute;n de conflictos en los parajes y en la cabecera del municipio. El objetivo del autor es documentar las "pr&aacute;cticas jur&iacute;dicas h&iacute;bridas" que resultan de la mixtura m&uacute;ltiple de combinar en la pr&aacute;ctica jur&iacute;dica el derecho propio tzeltal y tenejapaneco junto con las normas del derecho positivo mexicano que se despliegan en el funcionamiento cotidiano de los espacios donde ind&iacute;genas y mestizos recurren a buscar justicia. Se reflexiona sobre c&oacute;mo el derecho, el control social y los procesos legales operan en cuanto relaciones de poder dentro y fuera de las colectividades ind&iacute;genas.</font></p>  	    <p align="justify"><font face="verdana" size="2">El libro presenta los resultados de una investigaci&oacute;n desarrollada durante 20 a&ntilde;os (1990&#45;2010). Casi dos d&eacute;cadas de registro etnogr&aacute;fico en el juzgado municipal de Tenejapa y la recopilaci&oacute;n de 400 casos judiciales permitieron al antrop&oacute;logo documentar los cambios que introdujo la creaci&oacute;n del JPCI en el municipio. Adem&aacute;s del trabajo etnogr&aacute;fico, recurri&oacute; al m&eacute;todo hist&oacute;rico para recuperar expedientes de Tenejapa que obran en el Archivo Judicial del Estado de Chiapas, sistematizando la historia pol&iacute;tica y judicial del juzgado, sus disputas y sus articulaciones con los grupos de poder estatal, regional, municipal y comunal, as&iacute; como las particularidades de la cultura jur&iacute;dica y la pr&aacute;ctica judicial en cada momento hist&oacute;rico del juzgado, que se remite hasta la d&eacute;cada de los treinta del siglo XX.</font></p>  	    <p align="justify"><font face="verdana" size="2">El libro se organiza en cinco cap&iacute;tulos y un anexo en el cual se presentan transcripciones de algunos juicios de 2004 a 2009 que son tomados como "casos problemas", los cuales, deconstruidos, le sirven para sustentar sus argumentos. El primer cap&iacute;tulo introduce el debate te&oacute;rico de la antropolog&iacute;a jur&iacute;dica y contextualiza la perspectiva de an&aacute;lisis del JPCI como un "espacio jur&iacute;dico h&iacute;brido"; el cap&iacute;tulo dos se centra en las especificidades del JPCI de Tenejapa y su desarrollo hist&oacute;rico, mientras que el tres aborda los distintos niveles del sistema jur&iacute;dico tenejapaneco (el paraje y la cabecera) y sus v&iacute;nculos con el Distrito Judicial n&uacute;mero tres, con cabecera en San Crist&oacute;bal de Las Casas, documentando la "hibridaci&oacute;n" del espacio de justicia tenejapaneco. El cap&iacute;tulo cuatro reflexiona sobre el impacto del JPCI en cuanto &uacute;nico modelo de "justicia ind&iacute;gena" establecido en todos los municipios de mayor&iacute;a ind&iacute;gena, lo que favorece el control del Estado al aumentar su presencia. De ello resulta que a casi dos d&eacute;cadas de haberse aprobado la creaci&oacute;n de los JPCI en Chiapas (1998), cuando se realizaron las reformas en el sistema de justicia ind&iacute;gena, los pueblos ind&iacute;genas del altiplano chiapaneco no ganaron en derechos auton&oacute;micos, sino que perdieron el control cultural de aquellos que ten&iacute;an en sus manos. En el cap&iacute;tulo cinco se abordan las tensiones en las pr&aacute;cticas jur&iacute;dicas locales en materia ambiental; como estudio de caso toma la ley ambiental promulgada por el gobernador Juan Sabines Guti&eacute;rrez (2006&#45;2012). El libro cierra con una secci&oacute;n de conclusiones y deliberaciones de orden pr&aacute;ctico orientadas a mejorar el desempe&ntilde;o del sistema judicial tenejapaneco en un contexto de m&uacute;ltiples diversidades, tanto &eacute;tnicas como de g&eacute;nero, y otras que provienen de las muchas formas de ser tzeltales y tenejapanecos.</font></p>  	    <p align="justify"><font face="verdana" size="2">El "sistema legal h&iacute;brido" que el autor estudia se produce en el interactuar cotidiano, en el combinar una forma legal del derecho positivo con procedimientos jur&iacute;dicos tradicionales (los mal llamados "usos y costumbres"). En la perspectiva del autor, los h&iacute;bridos legales resultan de la apropiaci&oacute;n y resignificaci&oacute;n que los jueces ind&iacute;genas realizan en el quehacer cotidiano. Al asistir constantemente a cursos de capacitaci&oacute;n aprenden conocimientos jur&iacute;dicos del derecho positivo, los usan y los reinterpretan; de esa interpenetraci&oacute;n resultan "h&iacute;bridos", porque la identidad legal propia no desaparece, m&aacute;s bien se transforma al adoptar "lo ajeno y convertirlo en apropiado", siguiendo a Guillermo Bonfil. Es decir, en la pr&aacute;ctica jur&iacute;dica se est&aacute; produciendo su resignificaci&oacute;n, de lo que resulta un h&iacute;brido jur&iacute;dico, de tal manera que "los observables" en el trabajo etnogr&aacute;fico y en el an&aacute;lisis son las articulaciones, conexiones, interpenetraciones, resignificaciones del derecho propio y de aquel del sistema de justicia del Estado. Lo novedoso es que hoy, despu&eacute;s de las reformas legales que dieron paso a la creaci&oacute;n del JPCI en un contexto de transformaciones del Estado hacia un Estado multicultural, el derecho ind&iacute;gena forma parte del r&eacute;gimen judicial mexicano y modifica tanto al derecho ind&iacute;gena como a las propias instituciones del Estado. Ambos dejaron de ser idealmente puros.</font></p>  	    <p align="justify"><font face="verdana" size="2">No obstante, el autor observa los l&iacute;mites de la interlegalidad entre los dos derechos: el estatal y el tenejapaneco, que no supone una relaci&oacute;n igualitaria. La relaci&oacute;n no es tersa y la interlegalidad, como intersecci&oacute;n de &oacute;rdenes legales, no es horizontal con iguales reconocimientos, sino que predomina la desigualdad y la dominaci&oacute;n. El Estado reconoce capacidades limitadas a los jueces ind&iacute;genas, quienes funcionan en condici&oacute;n de "auxiliares" y con un alcance limitado de lo que pueden conocer y c&oacute;mo pueden resolverlo, por lo que en el centro de las pr&aacute;cticas h&iacute;bridas est&aacute; la persistencia de relaciones de dominaci&oacute;n.</font></p>  	    <p align="justify"><font face="verdana" size="2">En mi opini&oacute;n, la principal contribuci&oacute;n del libro estriba en que, mediante un estudio de caso (el derecho tenejapaneco), se demuestra la capacidad heur&iacute;stica de la "hibridaci&oacute;n jur&iacute;dica" como una categor&iacute;a de an&aacute;lisis y una estrategia metodol&oacute;gica que el autor ha construido con el paso de varios a&ntilde;os de investigaci&oacute;n y publicaciones en el tema, para dar cuenta de procesos y pr&aacute;cticas jur&iacute;dicas que se combinan en espacios jur&iacute;dicos intervenidos por las pol&iacute;ticas multiculturales. En este sentido, me parece relevante destacar el aporte te&oacute;rico y metodol&oacute;gico de la perspectiva de hibridaci&oacute;n jur&iacute;dica para analizar el derecho tenejapaneco; pero llamar&iacute;a la atenci&oacute;n sobre la pertinencia de ubicar esta categor&iacute;a en el tiempo hist&oacute;rico del momento actual, cuando en realidad se est&aacute; frente a procedimientos legales h&iacute;bridos. Considero que el autor debe refinar esta precisi&oacute;n en sus pr&oacute;ximas publicaciones, ya que en este libro no es claramente visible este recorte. Pienso que hoy la justicia ind&iacute;gena es un espacio h&iacute;brido como resultado de las pol&iacute;ticas multiculturales y de las transformaciones en las instituciones de justicia del Estado que se vuelven multiculturales, y esto ha ocurrido en las &uacute;ltimas dos d&eacute;cadas. Quiero decir que si antes &#45;m&aacute;s bien, siempre&#45; las instituciones ind&iacute;genas han sido mixtas o amestizadas por motivo de la relaci&oacute;n colonial en cuanto a su integraci&oacute;n y funcionamiento, hoy son realmente h&iacute;bridas.</font></p>  	    <p align="justify"><font face="verdana" size="2">En el cuerpo del volumen el autor documenta diversas aristas de la "hibridez jur&iacute;dica" en el municipio de Tenejapa, que no se agotan en la interacci&oacute;n entre derecho estatal y derecho ind&iacute;gena. La justicia tenejapaneca se hibrida por su complejidad y diversidad social; con una cabecera municipal pluri&eacute;tnica de coexistencia hist&oacute;rica ind&iacute;gena&#45;ladina y una poblaci&oacute;n tzeltal que ha emigrado del municipio en busca de formaci&oacute;n y empleo, que retorna con nuevos conceptos y percepciones del mismo, as&iacute; como por la influencia y presi&oacute;n de otros actores como los militantes del Ej&eacute;rcito Zapatista de Liberaci&oacute;n Nacional; los organismos no gubernamentales de derechos humanos y derecho internacional, por citar algunos. Ciertos litigantes llevan al juzgado nuevos argumentos y expectativas sobre c&oacute;mo deber&iacute;an ser juzgados, frente a ello los jueces deben responder con un derecho renovado, que combina el derecho propio con los argumentos del derecho nacional reformado. En este sentido, la justicia ind&iacute;gena h&iacute;brida tambi&eacute;n es un producto creado en un contexto de globalizaci&oacute;n: recibe y responde a presiones de nuevos valores que vienen de otros campos y que son llevados al municipio por los actores sociales que usan los espacios jur&iacute;dicos en el municipio.</font></p>  	    <p align="justify"><font face="verdana" size="2">Adem&aacute;s, la hibridez se presenta dentro del propio juzgado de paz en su conformaci&oacute;n: los parajes y las cabeceras. El autor documenta dos espacios judiciales en Tenejapa que, si bien se articulan, son sin embargo distintos. Por un lado, el juzgado de la cabecera municipal regulado por el Distrito Judicial de San Crist&oacute;bal, cuya pr&aacute;ctica y sentencias son vigiladas por un secretario del juzgado, con formaci&oacute;n de abogado y pagado por el Tribunal del Estado, encargado de elaborar actas que registran los acuerdos entre los litigantes. Por el otro lado, en los parajes, persisten pr&aacute;cticas del derecho tzeltal, dise&ntilde;adas para grupos homog&eacute;neos con jerarqu&iacute;as &uacute;nicas, socialmente aceptadas, cuya principal caracter&iacute;stica es la oralidad, sin ning&uacute;n acta que firmar, ning&uacute;n registro que llevar y sin la presencia y vigilancia del sistema judicial.</font></p>  	    <p align="justify"><font face="verdana" size="2">De lo que el autor documenta puedo inferir que la justicia tzeltal se ha refugiado en los parajes mediante pr&aacute;cticas de oralidad y con una organizaci&oacute;n jer&aacute;rquica y coercitiva, que no es parte formal del modelo del JPCI, mientras que en la cabecera se despliega un derecho tenejapaneco, donde el juez y los participantes son juzgados con normas y valores jur&iacute;dicos emanados principalmente del r&eacute;gimen judicial mexicano, que muchas veces los litigantes no comprenden. En este espacio, el juez, las autoridades designadas y el juzgado mismo se han modificado. Sin que la ley lo establezca con nitidez, en la actualidad el juez tiene un perfil biling&uuml;e con alguna profesionalizaci&oacute;n, lo que garantiza al Tribunal de Justicia del Estado que ser&aacute; receptivo a la capacitaci&oacute;n a la que es sometido para interiorizar la normatividad nacional. En los juicios de la cabecera el juez recurre a ciertos elementos de legalidad estatal y muchas veces legitima su rol y su argumento utilizando lo aprendido en la capacitaci&oacute;n.</font></p>  	    ]]></body>
<body><![CDATA[<p align="justify"><font face="verdana" size="2">Estos distintos espacios y niveles de hibridez en los procedimientos legales ofrecen un espacio judicial en constante transformaci&oacute;n. Desde mi perspectiva, &eacute;ste es un aporte esencial del libro porque su estudio lo realiza en un municipio pluri&eacute;tnico cuya hibridez est&aacute; presente incluso en su propia estructura, pues hace dialogar el derecho tzeltal con el derecho nacional, lo que da como resultado un h&iacute;brido: el derecho tenejapaneco. Esta investigaci&oacute;n es novedosa ya que otros trabajos sobre derecho ind&iacute;gena se hab&iacute;an enfocado a realidades culturalmente m&aacute;s homog&eacute;neas. As&iacute;, el estudio de una realidad social culturalmente mestiza con predominancia tzeltal (como es Tenejapa) permite al autor observar y documentar la hibridez de los procedimientos legales.</font></p>  	    <p align="justify"><font face="verdana" size="2">Por ello, y por desvelar los cambios que est&aacute;n ocurriendo en la relaci&oacute;n entre los pueblos ind&iacute;genas y el Estado en los municipios ind&iacute;genas de Chiapas despu&eacute;s de 1994, considero que el libro <i>Derecho tenejapaneco,</i> de Rub&eacute;n Orantes, es una valiosa contribuci&oacute;n a la antropolog&iacute;a jur&iacute;dica en Chiapas; al ofrecer nuevas perspectivas te&oacute;ricas y metodol&oacute;gicas para su an&aacute;lisis. De modo que celebro su publicaci&oacute;n e invito a su lectura.</font></p>      ]]></body>
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