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<abstract abstract-type="short" xml:lang="en"><p><![CDATA[This essay contains a generalizing reflexion about religious cargo system, but it cointains something more: in one hand it proposes a meaningfull notes wich contribute to establish "religious cargo system" as a category of political anthropology, in other hand, it reveals new investigation routes inexplored until the present time in folk religion studios.]]></p></abstract>
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</front><body><![CDATA[ <p align="justify"><font face="verdana" size="4">Diversa</font></p>     <p align="center"><font face="verdana" size="2">&nbsp;</font></p>     <p align="center"><font face="verdana" size="4"><b>Los lugares comunes y los vac&iacute;os en los estudios sobre los sistemas de cargos religiosos</b></font></p>     <p align="center"><font face="verdana" size="2">&nbsp;</font></p>     <p align="center"><font face="verdana" size="2"><b>Hilario Topete Lara<sup>*</sup></b></font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">&nbsp;</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2"><sup>* </sup><i>Doctor en Antropolog&iacute;a. Profesor de Investigaci&oacute;n Cient&iacute;fica y Docencia adscrito a la Escuela Nacional de Antropolog&iacute;a e Historia del Instituto Nacional de Antropolog&iacute;a e Historia. Su labor editorial abarca desde ediciones, coordinaciones, art&iacute;culos cient&iacute;ficos, ensayos y art&iacute;culos de divulgaci&oacute;n.</i></font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">&nbsp;</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2"><b>Resumen</b></font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">El presente ensayo contiene un ejercicio de generalizaci&oacute;n en torno de los sistemas de cargos religiosos (<i>religious cargo system</i>). Pero contiene algo m&aacute;s: por un lado, propone un conjunto de notas significativas que coadyuvar&iacute;an a darle carta de naturalizaci&oacute;n a "sistema de cargos religiosos" como una categor&iacute;a de la antropolog&iacute;a pol&iacute;tica; por otro, desvela nuevas rutas de investigaci&oacute;n hasta ahora inexploradas dentro de los estudios de religiosidad popular (<i>folk religion</i>).</font></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p align="justify"><font face="verdana" size="2"><b>Palabras clave:</b> sistema de cargos religiosos, organizaci&oacute;n comunitaria para el ceremonial, poder.</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">&nbsp;</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2"><b>Abstract</b></font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">This essay contains a generalizing reflexion about religious cargo system, but it cointains something more: in one hand it proposes a meaningfull notes wich contribute to establish "religious cargo system" as a category of political anthropology, in other hand, it reveals new investigation routes inexplored until the present time in folk religion studios.</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2"><b>Key words:</b> religious cargo system, power, community organization for ceremonial.</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">&nbsp;</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2"><b>INTRODUCCI&Oacute;N</b></font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">El tema "sistema de cargos", como se conoce entre algunos acad&eacute;micos al conjunto de cargos que hacen posible el ceremonial religioso cat&oacute;lico en su expresi&oacute;n cat&oacute;lico&#150;popular, es tan actual y relevante como creativas suelen ser las localidades para garantizar su reproducci&oacute;n ah&iacute; donde existe. Pero la propia nominaci&oacute;n "sistema de cargos" es problem&aacute;tica a la luz de la etnograf&iacute;a que, sobre cargos, poseemos. Sobre el particular he propuesto utilizar sistemas de cargos (as&iacute;, en plural) para destacar que lo que conocemos como sistema de cargos no es una entidad homog&eacute;nea ni &uacute;nica, sino que la historia local y regional ha coadyuvado a su diversificaci&oacute;n. As&iacute;, por ejemplo, hay localidades donde las expresiones del catolicismo popular son responsabilidad de una persona que, por s&iacute; misma, en tanto carguero, le es imposible constituir un sistema; otras hay donde los cargos religiosos se encuentran imbricados con cargos civiles (o puestos, o comisiones) conformando un sistema pol&iacute;tico&#150;ceremonial o un sistema de cargos c&iacute;vico&#150;religioso; otras m&aacute;s s&oacute;lo conservan un sistema de cargos religiosos separados del &aacute;mbito civil, aunque suelen coincidir, en determinado momento, en el ceremonial, etc&eacute;tera. En aras de esa confusi&oacute;n, de cuya introducci&oacute;n en el tema me siento parcialmente responsable, es menester aclarar que el uso de "sistema de cargos", en el presente trabajo refiere a lo que autores como Korsbaek (1996) y Carrasco (1990) denominaron respectivamente "t&iacute;pico sistema de cargos" y "sistema pol&iacute;tico&#150;ceremonial"; en cambio, cuando refiero a "sistemas de cargos", aludo a una gama de posibilidades de organizaci&oacute;n social creada para resolver el problema de la organizaci&oacute;n del ceremonial, los proyectos comunitarios, la distribuci&oacute;n del poder, la constituci&oacute;n de autoridades, etc&eacute;tera. Pero para adentrarnos en la especificidad mencionada, me parece &uacute;til acercarnos a una revisi&oacute;n sobre los rasgos conspicuos del sistema de cargos y de ah&iacute; proponer una definici&oacute;n operativa de sistema, de cargos y de sistema de cargos religioso. Posteriormente, emprender un ejercicio de distanciamiento de los sistemas de cargos religiosos del "t&iacute;pico sistema de cargos" y otros similares. Despu&eacute;s, tratar de proponer la inclusi&oacute;n de los sistemas de cargos religiosos como una categor&iacute;a de la antropolog&iacute;a pol&iacute;tica. Luego de su tipificaci&oacute;n se intenta poner a prueba la categor&iacute;a ponder&aacute;ndola con una revisi&oacute;n de algunos lugares comunes en los estudios sobre el tema para destacar similitudes y diferencias en relaci&oacute;n con las categorizaciones que le anteceden. Al final, propongo un enlazamiento de las ideas desperdigadas para sugerir su carta de naturalizaci&oacute;n.</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">&nbsp;</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2"><b>LAS CERTEZAS DE PEROGRULLO O CIERTOS LUGARES COMUNES EN TORNO DEL SISTEMA DE CARGOS</b></font></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p align="justify"><font face="verdana" size="2">Principiando por su inexistencia universal, voy a hacer un recorrido por lo que eufem&iacute;sticamente llamo "mitolog&iacute;a cargol&oacute;gica"; en otras palabras, voy a aproximarme a los abrevaderos a que recurrimos en materia de estudios sobre sistema de cargos. El primero de ellos es justamente la certeza de que el sistema de cargos (as&iacute;, en singular) existe <i>per se</i>, que ya nos es dado ah&iacute; donde se realiza un servicio &#150;no remunerado&#150; a los santos, a una comunidad o a ambos; hay mucho de raz&oacute;n en la idea de servicio gratuito y un grave error en la primera parte de la misma &#150;que la existencia de que el servicio gratuito garantiza la existencia de un sistema de cargos que bien puede ofrecerlos una cofrad&iacute;a. Adicionalmente, dentro de la profusa literatura que nos da cuenta del tema, hay un vac&iacute;o en el que pocos hab&iacute;amos reparado: nadie, ni por equivocaci&oacute;n, nos hab&iacute;amos planteado definir qu&eacute; es un sistema; por supuesto, nadie se ha tomado la molestia de explicar por qu&eacute; el sistema de cargos es un "sistema", ni qu&eacute; es espec&iacute;ficamente lo que lo hace ser tal; tampoco se ha reparado en la especificidad del cargo ni del sistema de cargos en su conjunto, y menos pensar si pudiera existir m&aacute;s de alg&uacute;n tipo de sistema de cargos. Esto es tan curioso como el asunto de los duendes y las brujas: todo el mundo habla de ellos aunque nadie puede comprobar que los ha visto, sino que se dan por entendidos, por existidos; o como el tema de los predicamentos: todo mundo los cita pero nadie los define. Al respecto, con justicia podr&iacute;a pensarse: "es que no pueden ser definidos porque no tienen g&eacute;nero pr&oacute;ximo ni diferencia espec&iacute;fica", pero "sistema" no es un predicamento.</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">Sin duda, m&aacute;s de alg&uacute;n erudito en materia de sistema de cargos ya habr&aacute; convocado las reflexiones que nos heredaron tanto Leif Korsbaek (1996) como Pedro Carrasco (1990), y algunos m&aacute;s previamente a ellos, como Sol Tax (1996) y F. Cancian (1976). Seguramente habr&aacute;n resaltado una virtud compartida: enlistan sus caracter&iacute;sticas (rasgos m&aacute;s conspicuos) y, con excepci&oacute;n de algunas diferencias, evidentemente notables al m&aacute;s simple contraste, refieren a casi lo mismo. Como acad&eacute;mico, a veces, cuando llego a este punto, planteo a mis alumnos un juego l&oacute;gico&#150;formal: imagina conmigo un animal hogare&ntilde;o domesticado vertebrado, cuadr&uacute;pedo (aunque puede faltarle una pata por alg&uacute;n accidente o intervenci&oacute;n quir&uacute;rgica), mam&iacute;fero (por lo tanto, cubierto de pelo y viv&iacute;paro, nacido vivo de la madre), con cola y de cortas dimensiones&hellip; &iquest;Qu&eacute; tenemos? Seguramente un perro, o un gato, o una rata, o un hur&oacute;n&hellip; &iexcl;Vaya usted a saber! Podr&iacute;a agregar: "ladra", e inmediatamente vendr&iacute;a a nuestra mente "&iexcl;un perro!". Pero sigo con el juego: &iquest;entonces lo que hace a un perro es su capacidad de ladrar y/o su ladrido?, &iquest;y si por alg&uacute;n extra&ntilde;o accidente el aparato fonador de un perro se hubiese atrofiado, y no ladrase, dejar&iacute;a de ser un perro? Seguramente, como en el caso de la carencia de una pata (y la cola y una oreja, si se quiere), el animal seguir&iacute;a siendo un perro, mudo y mutilado o incompleto, pero un perro al fin. Creo que lo mismo pasa con los sistemas de cargos (n&oacute;tese que he usado el plural): podemos pasar pl&aacute;cidamente agregando o quitando alguna que otra caracter&iacute;stica y quiz&aacute; no ocurrir&iacute;a nada; como en el caso del perro, podemos quitarle la cola, pintarlo, raparlo, desorejarlo, describirlo peque&ntilde;o o grande, juguet&oacute;n o hura&ntilde;o, mudo o agresivo&hellip; y siempre ser&aacute; un perro. Esto es porque ciertas caracter&iacute;sticas no son inherentes a "perro"&hellip; y no nos causa angustia, ni problema. Ahora, m&aacute;s de alguno habr&aacute; advertido una especie de trampa porque supuso que lo que hace al perro es el conjunto de todas ellas, a pesar de que prescindiendo de alguna o algunas, el perro no deja de ser tal, pero tampoco es tan cierto. Pues bien, en materia de sistema de cargos podr&iacute;a estar pas&aacute;ndonos lo mismo, pero resulta que "perro" es un concepto; "sistema de cargos", no: es una categor&iacute;a. Para finalizar, un perro es un paquete gen&eacute;tico de 39 pares de cromosomas cuya combinaci&oacute;n hace posible un <i>Canis familiares</i>, pero, &iquest;qu&eacute; es lo que dice un especialista en sistema de cargos? He ah&iacute; el meollo, un meollo que nos lleva justamente a lo que es un sistema, a lo que es un sistema de cargos y, claro, a lo que es un cargo.</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">Hace a&ntilde;os tuve la oportunidad de hacer trabajo de campo en la etnorregi&oacute;n pur&eacute;pecha. Ah&iacute;, mis viejas y primigenias ideas sobre el sistema de cargos fueron resquebraj&aacute;ndose y reorient&aacute;ndose. Como resultado de esa experiencia me atrev&iacute; a publicar en 2005 "Cargos y otras yerbas" (Topete, 2005a), y "Variaciones del sistema de cargos y la organizaci&oacute;n comunitaria para el ceremonial en la etnorregi&oacute;n pur&eacute;pecha" (Topete, 2005b), cuyo contenido aludir&eacute; aqu&iacute; s&oacute;lo en tanto sea necesario.</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">Una de las ideas que campea en los ensayos es el reconocimiento de que ha habido cierto abuso de la categor&iacute;a "sistema de cargos" para denominar a cualquier forma de organizaci&oacute;n social destinada al ceremonial; en efecto, en "Cargos y otras yerbas" propuse unos apuntes para empezar a distanciar entre cofrad&iacute;as, mayordom&iacute;as y sistemas de cargos, y entre cargos, comisiones y puestos. Hab&iacute;an razones de peso para hacerlo, entre ellas, que un cargo no puede hacer un sistema de cargos. Esta es una verdad incontrovertible: un sistema, en su sentido m&aacute;s coloquial, es la interrelaci&oacute;n de elementos orientados hacia un fin, de partes cuyas funciones son indispensables para que marche el conjunto al que pertenecen. Un sistema social, como el de cargos, incorpora tambi&eacute;n las reglas del juego, las normas, las regularidades a que se somete el accionar del conjunto en su movimiento orientado hacia cierta direcci&oacute;n. En este sentido, un individuo &#150;o una familia&#150; que se hace responsable de una imagen, le rinde culto y pugna por la expansi&oacute;n de &eacute;ste, la ornamenta y la festeja, por s&iacute; mismo(a) no integra un sistema (aunque la familia s&iacute; lo sea), como ocurre en la mayordom&iacute;a del Ni&ntilde;opa en Xochimilco, Distrito Federal; tampoco la literatura etnogr&aacute;fica ha sido parca al ofrecernos ejemplos de familias que, por generaciones, se han responsabilizado de custodiar alguna imagen, de organizarle su fiesta, de observar su culto, como en los casos de la <i>Kowin&aacute; </i>en algunos lugares de Chiapas o en la mayordom&iacute;a de San Isidro de San Juan Nuevo Parangaricutiro en Michoac&aacute;n. Podr&iacute;a objetarse que de cualquier forma una familia, aun una extensa no residencial, podr&iacute;a rotar la imagen, podr&iacute;a auxiliarse y activar relaciones de concentraci&oacute;n&#150;redistribuci&oacute;n, de cooperaci&oacute;n simple o compleja, relaciones socioecon&oacute;micas todas; la objeci&oacute;n ser&iacute;a pertinente, aunque valdr&iacute;a la pena reflexionar si es ello lo que conformar&iacute;a y definir&iacute;a a un sistema de cargos, idea que me parece poco convincente, como tratar&eacute; de mostrar.</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">El t&iacute;pico sistema de cargos no se da en macetas, ni existe por doquier, y es dif&iacute;cil su estudio. El antrop&oacute;logo puede estar frente a &#150;o dentro de&#150; un sistema de cargos pero lo &uacute;nico que percibe es un conjunto de acciones de sujetos encaminadas a garantizar partes &#150;o la totalidad&#150; de un ritual, un ceremonial (o ciertos asuntos c&iacute;vico&#150;pol&iacute;ticos); afortunada o desafortunadamente, seg&uacute;n se le vea, nunca percibe de manera inocente porque lleva consigo una serie de prejuicios forjados en el yunque de alguna teor&iacute;a, es decir, herramientas te&oacute;ricas que le permiten seleccionar, discriminar, organizar lo que ve, lo que oye, lo que piensa. El etn&oacute;grafo escucha acerca de &#150;y vive, en ocasiones&#150; los elementos, de los ingredientes, de las normas que hacen posible el ritual, el ceremonial; gracias a ello, organiza, clasifica, analiza la informaci&oacute;n; construye el dato, lo analiza, lo interroga, lo pone a prueba, lo interrelaciona&hellip; categoriza, genera hip&oacute;tesis. Luego regresa sobre la realidad y somete a prueba su categor&iacute;a, sus ideas, sus deducciones, sus procesos sint&eacute;ticos. El estudioso de los sistemas de cargos est&aacute; atrapado en este sino.</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">Dec&iacute;a afortunadamente porque el potencial cribador y seleccionador de las categor&iacute;as impide el inicio del proceso gnoseol&oacute;gico "desde cero", porque proporciona un basamento sobre el cual levantar nuevos conocimientos: desafortunadamente, dec&iacute;a, porque puede uno caer en la tentaci&oacute;n de someter, ajustar los datos, doblegarles la voluntad para obligarlos a ser coherentes, coincidentes con nuestros prop&oacute;sitos, a ser part&iacute;cipes en nuestra teor&iacute;a, en nuestras categor&iacute;as; y una realidad alterna, que se mueve en otro horizonte, puede no ser atrapable, comprensible con nuestras herramientas te&oacute;ricas. En muchos casos esto es lo que nos ha ocurrido con los estudios sobre sistema de cargos. En efecto, cuando Sol Tax escribi&oacute;:</font></p>     <blockquote>       <p align="justify"><font face="verdana" size="2">&#91;&hellip;&#93; hay una jerarqu&iacute;a de cargos seculares en cada municipio cuyas funciones van desde las de un alcalde y juez de paz, hasta los de un conserje y mensajero y una jerarqu&iacute;a de funcionarios religiosos encargados de los santos importantes del municipio. Los dignatarios son te&oacute;ricamente "electos", pero en realidad siguen un orden, principiando con los cargos m&aacute;s bajos y ascendiendo por grados; en el ascenso hay una alternancia entre las jerarqu&iacute;as secular y religiosa, de suerte que las dos est&aacute;n en realidad eslabonadas. Eventualmente, al pasar por todos los cargos, el individuo se convierte en un principal, un patriarca de la comunidad eximido de servicios adicionales en el pueblo.<sup><a href="#notas">1</a></sup></font></p> </blockquote>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">Se refer&iacute;a a una realidad concreta, la de la organizaci&oacute;n pol&iacute;tico&#150;administrativa y religiosa de algunos municipios de las tierras altas en Guatemala. S&oacute;lo mediante un descuido podr&iacute;a hacerse una extrapolaci&oacute;n de ello para suponer la existencia de sistemas escalafonarios c&iacute;vico&#150;religiosos por doquier, pero la etnograf&iacute;a sobre el tema lo impedir&iacute;a; por cierto, Tax no hab&iacute;a utilizado el t&eacute;rmino "sistema de cargos".</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">La estancia de Frank Cancian en la etnorregi&oacute;n le permiti&oacute; dejar al descubierto casi todas las caracter&iacute;sticas de lo que m&aacute;s tarde L. Korsbaek llamar&iacute;a t&iacute;pico sistema de cargos: organizaci&oacute;n del sistema como una jerarqu&iacute;a de doble escalaf&oacute;n (c&iacute;vico&#150;pol&iacute;tica una y religiosa otra, ambas alternadas) con periodos anuales de ejercicio, descansos entre cargo y cargo, gratuidad del servicio, culminaci&oacute;n de la carrera ascensional en un grupo de selectos pasados o principales, reforzamiento de la obligatoriedad del compromiso de los hombres para con los valores y el sistema normativo comunitario, onerosidad del servicio, y funciones como la de paliar en controversias intracomunitarias, y las de reproducir y fortalecer s&iacute;mbolos que cohesionan y posibilitan cierta identidad a los miembros. Cancian, adem&aacute;s, se percat&oacute; de que la instituci&oacute;n propicia un cierto aislamiento de la comunidad ind&iacute;gena de la sociedad mayor que la contiene, y recuper&oacute; a los estudiosos iniciales sobre el tema, afirmando con ellos que el sistema define los l&iacute;mites de la comunidad porque todo miembro var&oacute;n adulto o es, o ha sido, o puede ser carguero (Cancian, 1996). De hecho, en esta obra es donde asistimos a la utilizaci&oacute;n del concepto "sistema religioso de cargos", un sistema que no pod&iacute;a existir sino integrado con otro sistema (sistema pol&iacute;tico de cargos, evidentemente)<sup><a href="#notas">2</a></sup> conformando ambos una jerarqu&iacute;a de doble escalaf&oacute;n (c&iacute;vico&#150;pol&iacute;tica una y religiosa otra, ambas alternadas y conformando &#150;agrego&#150; un sistema c&iacute;vico&#150;religioso de cargos o lo que econ&oacute;micamente devino en lo que llamamos sistema de cargos) con periodos anuales de ejercicio, descansos entre cargo y cargo, gratuidad del servicio, culminaci&oacute;n de la carrera ascensional en un grupo de selectos pasados o principales, reforzamiento de la obligatoriedad del compromiso de los hombres para con los valores y el sistema normativo comunitario, onerosidad del servicio, y funciones como la de paliar en controversias intracomunitarias, y las de reproducir y fortalecer s&iacute;mbolos que cohesionan y posibilitan cierta identidad a los miembros.</font></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p align="justify"><font face="verdana" size="2">En una etnorregi&oacute;n como la maya, cuyos procesos y antecedentes hist&oacute;ricos de cultura mesoamericana, y los de orden pol&iacute;tico, econ&oacute;mico, social y religioso desde la Colonia hasta la Independencia tuvieron mucho en com&uacute;n, las similitudes de lo etnografiable parec&iacute;an estar justificadas. Sol Tax (1996), Manning Nash (1996), Fernando C&aacute;mara (1998), Calixto (1984) Guiteras (1965), Alfonso Villa Rojas (1947), Frank Cancian (1976), Henri Favre y Leif Korsbaek (1996), entre muchos m&aacute;s, pudieron encontrar bastantes similitudes en la organizaci&oacute;n pol&iacute;tico&#150;ceremonial de las localidades mayenses. Pero de ah&iacute; a suponer que este epifen&oacute;meno se reprodujera &#150;y se reprodujera de manera homog&eacute;nea&#150; a trav&eacute;s del tiempo en toda el &aacute;rea "mesoamericana", donde las &oacute;rdenes religiosas emprendieron su proceso de evangelizaci&oacute;n de manera diversificada, donde el proceso de Conquista, las congregaciones y las reducciones, las formas econ&oacute;micas introducidas y los proyectos de los conquistadores fueron diferentes, donde &#150;entre muchos factores m&aacute;s&#150; el impacto del Estado colonial afect&oacute; de manera diferente, hay una gran distancia. Empero, result&oacute; mucho m&aacute;s c&oacute;modo suponer y aceptar que indagar y reflexionar.</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">Si la historia tiene alg&uacute;n sentido, y los dichos en la historia tambi&eacute;n, me gustar&iacute;a recordar que "sistema religioso de cargos", m&aacute;s tarde "sistema de cargos", refer&iacute;a a una interrelaci&oacute;n de cargos c&iacute;vico&#150;pol&iacute;ticos y religiosos; pero tambi&eacute;n compromet&iacute;a un sistema normativo y de valores, en tanto sistema social. Un concepto operativo hab&iacute;a adquirido carta de naturalizaci&oacute;n para dar cuenta de una realidad espec&iacute;fica. Pero el desarrollo de la etnograf&iacute;a sobre las formas de organizaci&oacute;n y de autoridad era bastante exiguo, y nuevos rostros de la realidad aparecieron pronto; en algunos casos, el etn&oacute;logo, al encontrarse con formas diversas de organizaci&oacute;n social para el ceremonial y de otras formas de organizaci&oacute;n pol&iacute;tica, a falta de categor&iacute;as <i>ad hoc</i>, y bajo el peso de la autoridad de los cl&aacute;sicos, les impuso el concepto previamente propuesto para algo parecido a lo que ahora ten&iacute;a entre sus manos. Cualquier sistema de cargos religiosos, articulado o no con cargos c&iacute;vico&#150;pol&iacute;ticos, dispuestos o no en un doble escalaf&oacute;n ascendente y alternado, pod&iacute;a ser un sistema de cargos. El concepto empez&oacute; a ser tan bueno para todo como mult&iacute;voco y falto de precisi&oacute;n.</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">Bajo la anterior circunstancia, y ante las variaciones que evidentemente exist&iacute;an o podr&iacute;an existir, L. Korsbaek (1996) hab&iacute;a propuesto a la comunidad acad&eacute;mica otro concepto operativo basado en los rasgos caracter&iacute;sticos del sistema que conoci&oacute; durante su estancia en Guatemala: el t&iacute;pico sistema de cargos, un concepto que correspond&iacute;a plenamente con el sistema religioso de cargos (c&iacute;vico&#150;religioso) que Cancian (1976) hab&iacute;a estudiado entre los mayas, pero, &iquest;pod&iacute;a derivarse de ah&iacute; que se aplicase a cualquier forma de organizaci&oacute;n social que tuviese algo que ver con el ceremonial y/o el gobierno local? Seguramente no; el investigador dan&eacute;s lo sab&iacute;a muy bien y pudo corroborarlo al entrar en contacto con el sistema de cargos religiosos existente en algunas comunidades ind&iacute;genas del Estado de M&eacute;xico: un sistema escalafonario de cargos religiosos (o, agrego, un sistema de cargos religiosos no escalafonados, ambos t&eacute;rminos m&iacute;os, y de su uso tal vez equivocado en tanto concepto, Korsbaek no tiene ninguna responsabilidad), aunque jer&aacute;rquicamente dispuestos, bien podr&iacute;a existir sin formar una mancuerna alternada con cargos pol&iacute;ticos; en su etnograf&iacute;a, aunque nunca haya nombrado a esa forma de organizaci&oacute;n sociopol&iacute;tica de esta manera, dejaba al descubierto formas de organizaci&oacute;n comunitarias para el ceremonial (y de distribuci&oacute;n y organizaci&oacute;n del poder, agrego, de ah&iacute; su esencia pol&iacute;tica) diferentes a las estudiadas por &eacute;l desde d&eacute;cadas atr&aacute;s. Esto nos coloca, sin profundizar m&aacute;s, ante una variabilidad impresionante: sistemas de cargos religiosos jerarquizados pero sin escalaf&oacute;n, sistemas de cargos religiosos jerarquizados sometidos a escalaf&oacute;n, sistemas c&iacute;vicos de cargos jerarquizados sin escalaf&oacute;n, sistemas c&iacute;vicos de cargos sujetos a escalaf&oacute;n, sistemas de cargos c&iacute;vico&#150;religiosos o pol&iacute;ticos religiosos sin escalaf&oacute;n y sistemas de cargos c&iacute;vico&#150;religiosos o pol&iacute;tico&#150;religiosos escalafonarios. Esta &uacute;ltima es la forma t&iacute;pica que encontraron Cancian (1976), Carrasco (1990), Korsbaek (1996) y otros m&aacute;s y, como se propone, no es la &uacute;nica posible; de ah&iacute; la necesidad de usar "sistemas" y no su singular.</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">Hay, en lo anterior, me parece, una constante: cuando se accede a los cargos no tan s&oacute;lo se controlan s&iacute;mbolos o espacios religiosos, sino que se influye en voluntades; por ello es posible proponer al (los) sistema (s) de cargos religiosos en particular y, en general, al de cargos como categor&iacute;a de la antropolog&iacute;a pol&iacute;tica.</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">&nbsp;</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2"><b>SISTEMA DE CARGOS COMO CATEGOR&Iacute;A DE LA ANTROPOLOG&Iacute;A SOCIAL</b></font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">Si organizan cierto &aacute;mbito (forma) del poder a partir de los cargos y su accionar, les da sentido, los convierte en un instrumento para prop&oacute;sitos colectivos y/o individuales, como han demostrado (proponi&eacute;ndoselo o no) pr&aacute;cticamente todas las investigaciones sobre el tema no pueden pertenecer a otro &aacute;mbito de la cultura que no sea el de la pol&iacute;tica, toda vez que el coraz&oacute;n de los estudios pol&iacute;ticos lo constituye el poder. En efecto, para cualquier antrop&oacute;logo social es familiar la idea de que la categor&iacute;a nuclear de la pol&iacute;tica es el poder: la pol&iacute;tica est&aacute; interesada en su origen, su sentido, sus formas de organizaci&oacute;n, etc&eacute;tera; la antropolog&iacute;a pol&iacute;tica, como campo transdisciplinar, no va en contraflujo. Pues bien, una vez re&#150;colocado en el centro este tema, voy a solicitar que se acepte una petici&oacute;n de principio: "en casi toda relaci&oacute;n humana hay una relaci&oacute;n de poder", y si esto tiene algo de certidumbre, es posible que tambi&eacute;n lo tenga la afirmaci&oacute;n: "toda jerarquizaci&oacute;n normada de las relaciones humanas es, evidentemente, una forma de organizar &#150;y de jerarquizar a los detentadores de&#150; el poder". Pero, &iquest;hacia d&oacute;nde van estos argumentos?</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">Hace unas l&iacute;neas destacaba la idea de que un cargo no hace un sistema; varios, interrelacionados, s&iacute;; si tienen un prop&oacute;sito o propenden hacia un fin, tambi&eacute;n forman un sistema; y si est&aacute;n normados, con mayor raz&oacute;n. Hasta aqu&iacute; lo puramente formal y en relaci&oacute;n con sistema. Consecuentemente, podemos hablar de sistema religioso, sistema pol&iacute;tico o, entre otros, sistema social; incluso podemos hablar de sistemas que, como en los diagramas de Behn, se forman con las intersecciones de dos conjuntos (pol&iacute;tico&#150;religioso, socio&#150;pol&iacute;tico, etc&eacute;tera). Hasta aqu&iacute; nos aproximamos a la "mitad de la ecuaci&oacute;n".</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">Por otro lado tenemos "cargo". La etnograf&iacute;a en torno de las formas de organizaci&oacute;n para el ceremonial nos dice que "cargo" remite a un oficio con grandes responsabilidades, que literalmente constituyen una carga. La noci&oacute;n de carga casi siempre se ha inclinado hacia uno de sus aspectos m&aacute;s visibles: el patrocino de la fiesta a los santos y todos los trabajos inherentes a ella; en este sentido, el cargo corresponde directamente con el peso de los gastos que implica la m&uacute;sica, las bebidas, la coheter&iacute;a, los alimentos, la ornamentaci&oacute;n y otros elementos de la parafernalia ceremonial, y con esta idea no eludo el reconocimiento de que la carga puede establecerse tambi&eacute;n en el &aacute;mbito de lo civil, del gobierno local; simplemente voy a circunscribirme a lo estrictamente ceremonial porque, como podr&aacute; leerse, el inter&eacute;s del presente trabajo est&aacute; centrado en los sistemas de cargos religiosos jerarquizados sujetos o no a escalaf&oacute;n y articulados con cargos o puestos civiles; es decir, voy a dejar de lado "sistemas de cargos" civiles, las mayordom&iacute;as, las cofrad&iacute;as, las organizaciones religiosas y las comunidades eclesiales de base. Interesan sobre todo aquellos que se basan en el cargos aunque esa noci&oacute;n de la carga (patrocinio, onerosidad) en cierta manera han reducido el campo de estudio del sistema (y no me eximo del juicio autocr&iacute;tico) porque no ha comprometido plenamente el terreno pol&iacute;tico.</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">El cargo ocasionalmente es la resultante y manifestaci&oacute;n de formas de reciprocidad con el santo, por un don recibido (o por recibir), por su persona o por alg&uacute;n miembro de su parentela. En efecto, cuando se ha obtenido el beneficio &#150;previa solicitud del mismo&#150;, suele solicitarse el cargo (religioso) y, conforme con las normas existentes, puede &#150;o no&#150; acceder a &eacute;l y se asume como forma de pago de manda en agradecimiento por la salud, el trabajo, la buena fortuna, la vida, la gloria eterna; se trata entonces de un pago de manda (deuda) y una de las formas que revisten las relaciones de reciprocidad. Una variante es aquella en la que el individuo compromete a su familia (no hay cargo sin apoyo de la parentela consangu&iacute;nea y en ocasiones sin apoyo de los parientes rituales, los vecinos, los amigos y los manderos) adquiriendo un cargo como forma de comprometer la voluntad del santo en beneficio de s&iacute; y/o de su familia; estos son los casos de cargos por promesa.</font></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p align="justify"><font face="verdana" size="2">La carga eventualmente es solicitada como producto de un fen&oacute;meno aparicionista o de revelaci&oacute;n en sue&ntilde;os que fueron interpretados como la voluntad del santo para ser servido por el elegido. Pero puede tener en algunos casos como motivaci&oacute;n la consustancial necesidad humana de reconocimiento, o el firme prop&oacute;sito de trascender e incrustarse en la memoria local, o cumplir con una palabra empe&ntilde;ada consigo (honor personal), o simplemente el prop&oacute;sito de obtener prestigio y/o poder. Esos casos, enteramente subjetivos, personales, contrastan con aquellos en los que las presiones familiares (puede colocarse el honor familiar en ello) de otros cargueros o entes colectivos orillan al individuo a optar por el cargo, pero no lo convierten en otra cosa.</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">La carga puede ser tambi&eacute;n asumida con plena conciencia de la importancia de corresponder a los santos por dones personales y colectivos derramados &#150;o por derramar&#150; sobre s&iacute; y de los miembros de su comunidad; en este caso, el cargo es una estrategia comunitaria para garantizar proyectos que trascienden al individuo, al colectivo y a las generaciones presentes. Pero la carga es, en otro sentido, un medio socioculturalmente creado para que los individuos pudiesen marcar su distancia social (econ&oacute;mica, en consecuencia) de otros mientras se proporciona la sensaci&oacute;n de un aminoramiento de las distancias econ&oacute;micas gracias a la erogaci&oacute;n de fuertes sumas de dinero y otros valores a cambio de reconocimiento; en estos casos, el cargo puede fenom&eacute;nicamente aparecer como un "igualador" de las condiciones econ&oacute;micas y como el medio mediante el cual se obtienen fuertes sumas de prestigio, aunque sea &eacute;ste s&oacute;lo uno de sus m&uacute;ltiples rostros; en efecto, en ocasiones el cargo se adquiere por cuestiones de honor o simple necesidad de reconocimiento. La carga es enga&ntilde;osa para los extra&ntilde;os porque si bien se exhibe ante todos los miembros de la comunidad y se hace deseable &#150;dec&iacute;a&#150; por el potencial prestigio que parece prometer, tambi&eacute;n lo es que no cualquiera puede con el peso (econ&oacute;mico, social, energ&eacute;tico) que implica y no es extra&ntilde;o el caso de localidades donde el endeudamiento y el empobrecimiento son el tributo a pagar con tal de poseerla; sin embargo, a diferencia de lo que han dicho algunos investigadores, no es absoluta y universalmente abusiva, como afirmara en su momento George M. Foster (1987), por lo que en algunas comunidades se selecciona &uacute;nicamente a los solventes o bien se opta por distribuir el peso entre m&aacute;s hogares o la misma comunidad produce alguna alternativa para erogar s&oacute;lo trabajo y no mercanc&iacute;as (dinero, etc&eacute;tera). La carga (religiosa, civil o c&iacute;vico&#150;religiosa) es tambi&eacute;n una estrategia mediante la cual se pueden constituir adultos, mayores, miembros de la comunidad; en efecto, existen localidades donde el sistema normativo dicta que un hombre y una mujer pasan a ser mayores mediante un determinado n&uacute;mero de estrategias, dentro de ellas, con el matrimonio, con la asunci&oacute;n de la responsabilidad de una familia y con la potencial apertura a cargos de responsabilidad para el trabajo, para los fines comunitarios; un carguero suele ser considerado como un mayor y, si es el caso, un adulto pleno y miembro de la comunidad.</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">Hasta aqu&iacute; casi todos los estudiosos del tema podr&iacute;an coincidir con las ideas expuestas. Pero a&uacute;n no encontramos el meollo de un sistema de cargos religiosos porque se comporta como una instituci&oacute;n que en su movimiento resuelve necesidades de diversa &iacute;ndole. Es decir, como sistema es un tejido de relaciones en las que la carga (y el poder, en un pol&iacute;tico an&aacute;lisis) es el mecanismo coadyuvante para, entre otros fines, marcar diferencias entre sujetos sociales, porque en materia de cargos, m&aacute;s importante que el individuo, lo son el rol (normas, por ejemplo) y la posici&oacute;n (jerarqu&iacute;a, poder); en efecto, no es que el sistema genere diferencias econ&oacute;micas (socioecon&oacute;micas) porque ellas son preexistentes y, en ocasiones, una condici&oacute;n <i>sine qua non</i>, pero nunca su producto salvo en las excepciones que confirman la regla: las del empobrecimiento a ultranza del carguero de por s&iacute; ya empobrecido. En este mismo tenor de ideas, pensar que de &eacute;l manan o en &eacute;l se producen las relaciones de reciprocidad, las de cooperaci&oacute;n o las de concentraci&oacute;n&#150;redistribuci&oacute;n indispensables para el accionar de los cargos, ser&iacute;a demasiado ingenuo puesto que ellas tambi&eacute;n son preexistentes, y si aparecen en el ceremonial no es porque se generen ah&iacute; sino que en &eacute;l se hacen texto visible, se sacralizan y legitiman. Por el contrario, las relaciones sociales productivas se generan en el proceso mediante el cual los miembros del grupo definen una manera particular de acceder a la tierra, al agua, a los recursos energ&eacute;ticos, a los instrumentos y medios para transformar la naturaleza; se definen en la estructura de poder y en las de parentesco; se definen, en suma, en el manejo y control de recursos significativos que, m&aacute;s all&aacute; de la tierra y el agua, incorporan instrumentos de trabajo, recursos financieros, capital social, s&iacute;mbolos, etc&eacute;tera, y esto implica ineludiblemente poder. En efecto, es menester no perder de vista que la misma pervivencia de los cargos evidencia que su propia reproducci&oacute;n y producci&oacute;n se hace posible, entre otros factores m&aacute;s, mediante: <i>a</i>) un conjunto de relaciones sociales fincadas en el parentesco (la venas primarias por donde suelen correr relaciones socioecon&oacute;micas de reciprocidad, cooperaci&oacute;n y concentraci&oacute;n&#150;redistribuci&oacute;n), la afinidad, las simpat&iacute;as, la residencia y en la devoci&oacute;n, tanto del carguero como de los manderos, mediante las cuales es posible disipar la onerosidad (merced a las m&uacute;ltiples donaciones cuyo destino es el carguero o los cargueros, consistentes en dinero, trabajo, productos en especie, etc&eacute;tera) del patrocinio;<sup><a href="#notas">3</a> </sup><i>b</i>) una fuerte presencia del culto cat&oacute;lico que puede o no tener en el clero agentes coadyuvantes en la reproducci&oacute;n tanto del culto como del sistema;<sup><a href="#notas">4</a></sup> <i>c</i>) la conservaci&oacute;n y reproducci&oacute;n en la comunidad de un sistema de valores y normas vinculadas con la deuda, el respeto, la generosidad o el desprendimiento, el honor social, la reciprocidad, la redistribuci&oacute;n, el "gusto", cierta forma de trascendencia y, eventualmente, <i>d</i>) la articulaci&oacute;n entre cargos religiosos con cargos o puestos de orden pol&iacute;tico&#150;administrativo que hace posible la conformaci&oacute;n del gobierno local.<sup><a href="#notas">5</a></sup></font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">El sistema de cargos &#150;religiosos, civiles o c&iacute;vicorreligiosos&#150;, pues, se comporta como una instituci&oacute;n y, como cualquier instituci&oacute;n, puede ser considerado tal si fuera un sistema, seg&uacute;n la perspectiva te&oacute;rica que se invoque para el an&aacute;lisis. Pero lo que quiero observar aqu&iacute; es la dimensi&oacute;n de "sistema" que evidencian las relaciones entre los cargos; en este sentido, si hacemos un trabajo de taxidermista y apuramos la segmentaci&oacute;n &#150;s&oacute;lo con fines did&aacute;cticos y anal&iacute;ticos&#150; de las relaciones econ&oacute;micas y las sociales, s&oacute;lo nos quedar&iacute;an las de orden pol&iacute;tico y las religiosas, en este caso, muy dif&iacute;ciles de separar. Ahora, &iquest;qu&eacute; es lo que har&iacute;a al sistema de cargos &#150;religiosos,<sup><a href="#notas">6</a></sup> que son los que aqu&iacute; interesan&#150; ser una categor&iacute;a de la antropolog&iacute;a pol&iacute;tica, sin menoscabo de que se aplique lo dicho a los sistemas de cargos c&iacute;vico&#150;religiosos (pol&iacute;tico&#150;ceremoniales)? Antes perm&iacute;taseme exponer otro aserto: la religiosidad popular est&aacute; indisolublemente unida a lo pol&iacute;tico; por ende, casi todo acto de religiosidad &#150;popular&#150; es, tambi&eacute;n, un acto de poder en tanto acto p&uacute;blico donde se evidencia el control de recursos significativos (s&iacute;mbolos e im&aacute;genes religiosas, al menos). Si esto es as&iacute;, dejamos a descubierto un sentido por excelencia del sistema de cargos: ser un instrumento p&uacute;blico para redistribuir poder, para distanciar autoridades con poderes diferenciados (acepci&oacute;n del "poder sobre" y, a no dudar, verticalista), para delegar poder y, con &eacute;l, la consecuci&oacute;n de fines colectivos en beneficio de la comunidad (acepci&oacute;n del "poder para", con el acento colocado en las relaciones horizontales del poder, toda vez que la jerarqu&iacute;a no deja de existir) mediante los cargos. El sistema de cargos religiosos adquiere su especificidad dentro de la antropolog&iacute;a pol&iacute;tica al ser el instrumento con el cual se hace posible la re&#150;distribuci&oacute;n de poder entre los miembros de un grupo social mediante la asignaci&oacute;n o delegaci&oacute;n de un cargo religioso. Pero como la forma de acceso, delegaci&oacute;n o asignaci&oacute;n no se realiza ciegamente, una posici&oacute;n diferenciada de clase o un cierto estatus econ&oacute;mico puede ser acentuado, legitimado o marcado por un sistema de cargos religioso o del tipo similar de que se trate (<i>supra</i>) y, esto mismo no ri&ntilde;e con la idea de que esta diferenciaci&oacute;n posibilite proyectos colectivos.</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">En este sentido, <i>es un mito el papel homogenizador y el car&aacute;cter democr&aacute;tico </i>del sistema de cargos (religioso, c&iacute;vico o c&iacute;vico&#150;religioso), como lo hab&iacute;a puesto al descubierto F. Cancian. El sistema de cargos religiosos, como las propias mayordom&iacute;as (<i>infra</i>), lejos de homogenizar riquezas, acent&uacute;a las diferencias que &eacute;stas establecen;<sup><a href="#notas">7</a></sup> sin embargo, no es esta una caracter&iacute;stica universal: a veces, ciertamente, arruina a quienes se endeudan para cumplir con el cargo, si la propia comunidad no tiene un cuerpo normativo y una estrategia para impedir el empobrecimiento del carguero, y aunque en el primer caso la ruina s&iacute; acent&uacute;a &#150;y no genera, como suele sostenerse&#150; las diferencias de clase o de estatus econ&oacute;mico, en el segundo lo &uacute;nico que puede ocurrir es que le distrae de &#150;o se le suman&#150; otras actividades durante un tiempo.<sup><a href="#notas">8</a></sup> De hecho, el propio sistema, como fue contemplado primigeniamente, posibilita suponer que un determinado estatus econ&oacute;mico es imprescindible para acceder al cargo; en su defecto, el carguero debe alcanzarlo por las v&iacute;as exigidas, posibilitadas y/o permitidas socioculturalmente y, una vez en el cargo, es evidente que &eacute;ste no le proporciona estatus econ&oacute;mico, sino social, aunque, eventualmente, el sistema coloca a los sujetos&#150;cargueros en condiciones privilegiadas para canjear, utilizar o potenciar el capital social &#150;que el cargo y el desempe&ntilde;o hacen posible&#150; por privilegios, prebendas o puestos pol&iacute;ticos y/o econ&oacute;micos. El resultado final es que, adem&aacute;s de evidenciar las condiciones econ&oacute;micas de los cargueros, posibilita el acentuamiento de las diferencias; el sistema jerarquiza y distancia (social y pol&iacute;ticamente) a los sujetos sin generar considerables conflictos intracomunitarios.</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">Por otro lado, es claro que quienes ven homogenizaci&oacute;n de riquezas y atenuaci&oacute;n de diferencias de clase olvidan que no todos los cargueros &#150;ni los cargueros de todas las latitudes&#150; colocan todo el capital financiero, ni los medios de producci&oacute;n en el patrocinio del ceremonial: es dif&iacute;cil encontrar en los registros etnogr&aacute;ficos a un prominente propietario empobrecido por el desempe&ntilde;o de un cargo; por el contrario, es m&aacute;s com&uacute;n encontrar campesinos, minifundistas y parvifundistas que, empobrecidos de por s&iacute; con antelaci&oacute;n, acent&uacute;an, mediante el cargo, su precaria situaci&oacute;n econ&oacute;mica. Adem&aacute;s, como lo muestran algunos trabajos en diversas etnorregiones, el capital social adquirido y/o incrementado por un pudiente mediante el patrocinio del ceremonial, puede ser moneda de canje para la recuperaci&oacute;n econ&oacute;mica mediante puestos pol&iacute;ticos remunerados o adquisici&oacute;n de fuerza de trabajo a bajo precio. La misma evidencia etnogr&aacute;fica nos dice que quienes logran escalar los puestos m&aacute;s altos del escalaf&oacute;n, son quienes tienen la solvencia econ&oacute;mica suficiente para patrocinar cargos &#150;en la mayor&iacute;a de los casos&#150; m&aacute;s onerosos en tanto m&aacute;s altos en la jerarqu&iacute;a, si es el caso. Desde esta perspectiva se puede ver que el sistema selecciona &#150;y por ende descarta&#150; previamente a los potenciales cargueros, seg&uacute;n el caso. El generalizado espejismo de cierto car&aacute;cter democr&aacute;tico, porque los cargos parecen estar al alcance de todos los miembros de una comunidad, s&oacute;lo puede ser convocado por una lectura parcial y/o incorrecta de los m&uacute;ltiples rostros que nos ofrece el sistema; reitero que s&oacute;lo recuerdo un caso en el que pareci&oacute; existir cierta democracia en el acceso a los cargos: en San Juan Nuevo Parangaricutiro, Michoac&aacute;n, hasta aproximadamente mediados del siglo pasado, el carguero pod&iacute;a ser casi cualquier persona &#150;sin importar su situaci&oacute;n econ&oacute;mica, pero no su estatus, puesto que deb&iacute;a ser comunero o miembro reconocido por la comunidad&#150; ya que ante el eventual caso de insolvencia, simplemente solicitaba tierras comunales adicionales para cultivarlas y, con el producto, patrocinaba la fiesta; la selecci&oacute;n, en este caso, se realizaba mediante una valoraci&oacute;n del cumplimiento y ejercicio de sus valores y de las virtudes del seleccionado. El potencial redistributor, que es posible observar y sentir a partir del movimiento del sistema hacia sus fines, es una de las razones que explica el fuerte car&aacute;cter jerarquizador que, a la vez, aten&uacute;a conflictos.</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">&nbsp;</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2"><b>EL POTENCIAL REDISTRIBUIDOR</b></font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">Quiero hacer una advertencia acerca del sentido en que entender&eacute; el proceso de redistribuci&oacute;n: el primero pertenece al plano socioecon&oacute;mico (<i>stricto sensu</i>), y el segundo al teleol&oacute;gico comunitario (<i>lato sensu</i>). En el primer caso &#150;el m&aacute;s evidente&#150; el etn&oacute;grafo asiste a experiencias de diversa &iacute;ndole que le indican entre otras cosas: <i>a</i>) que el carguero &#150;y su familia&#150; suelen acumular (concentrar) dinero y productos antes de que &eacute;ste acceda al cargo; <i>b</i>) que el carguero recibe colaboraciones (proceso de concentraci&oacute;n e inicio o consolidaci&oacute;n de reciprocidades) en dinero, en especie y trabajo durante el ejercicio del cargo y el desarrollo del ceremonial, bienes que provienen de manderos, de residentes en los barrios o de las mitades o simplemente de individuos que rec&iacute;procan por bienes recibidos o desean asegurar redes de reciprocidad para el futuro; y, <i>c</i>) que el propio ceremonial puede establecer la ritualizaci&oacute;n de concentraciones de terceros. En cualquiera de las tres, sin importar que las aportaciones vinieran por cooperaci&oacute;n, actos generosos, pagos de manda, o simples actos de reciprocidad, a la concentraci&oacute;n le sobreviene una redistribuci&oacute;n en forma de alimentos, m&uacute;sica, coheter&iacute;a, ornamentaciones, bebidas u otros productos y servicios. Pero advirtamos: las relaciones de concentraci&oacute;n&#150;redistribuci&oacute;n, as&iacute; como las reciprocidades, no las genera el sistema, simplemente las activa, las ceremonializa, las hace visibles y p&uacute;blicas, las sacraliza, toda vez que pertenecen tambi&eacute;n a otros &oacute;rdenes del sistema social, como lo muestran el despliegue de faenas, tequios, y donaciones diversas con fines comunitarios, y de macoas, "manos vueltas"y trabajo prestado pactados en el nivel individual o familiar.</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">En el segundo caso, a lo que se hace referencia es a la derrama de bienes hacia la comunidad. Se trata de un sentido laxo del t&eacute;rmino redistribuci&oacute;n y que tiene que ver con un rostro escasamente contemplado en los estudios sobre sistemas de cargos. En efecto, el trabajo de los cargueros para garantizar el ceremonial tiene que ver con cierta conjunci&oacute;n de esfuerzos para ofrecer a los santos (aunque el rostro m&aacute;s visible es el de los ofrecimientos a los hombres), u otras deidades, alimentos (copal, incienso, alimentos preparados, etc&eacute;tera), nuevas indumentarias, ornamentos, oficios<sup><a href="#notas">9</a></sup> religiosos para que los santos a su vez derramen vida, trabajo, agua, alimentos, salud y bienestar sobre todos los miembros de la comunidad, la localidad y, eventualmente, los hombres todos; en este sentido, el sistema de cargos es tambi&eacute;n un instrumento para emprender proyectos comunitarios menos sociales, econ&oacute;micos y pol&iacute;ticos, si se quiere, pero m&aacute;s vitales, existenciales. Empero, bajo esta perspectiva no resulta extra&ntilde;o que en algunas comunidades los mismos cargueros del sistema, o alguno de ellos, sean los garantes o responsables directos de otros proyectos comunitarios (agrarios, pol&iacute;ticos o de otro orden): &iquest;en qui&eacute;n m&aacute;s, sino en los cargueros, individuos probados en el desprendimiento, en su vocaci&oacute;n de servicio comunitario, se podr&iacute;a confiar para fines menos sagrados, aunque de envergadura mayor en el plano sociopol&iacute;tico?</font></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p align="justify"><font face="verdana" size="2">&nbsp;</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2"><b>SISTEMA DE CARGOS RELIGIOSOS COMO FORMADOR DE PERSONAS PLENAS Y MIEMBROS DE UNA COMUNIDAD ESPEC&Iacute;FICA</b></font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">Casi todos los sistemas de cargos religiosos conocidos requieren del individuo una serie de caracter&iacute;sticas: en la mayor parte de los casos conocidos, ser cat&oacute;lico y practicante, poseer solvencia econ&oacute;mica y disposici&oacute;n; generalmente, ser casado y buen esposo (y padre, si es el caso),<sup><a href="#notas">10</a></sup> solicitar el cargo y refrendarlo, poseer ciertos valores y virtudes, entre otras. Es frecuente que ah&iacute; donde existe el sistema de cargos, el servicio &#150;conforme con las normas comunitarias&#150; permite el ascenso en la escala de reconocimientos, hasta la consideraci&oacute;n de "mayor", "principal" o "anciano", por citar s&oacute;lo tres denominaciones. En cualquier caso, y en complemento bilateral por las exigencias, el ejercicio del cargo confiere al sujeto cierta presencia y le refrenda su membres&iacute;a en la comunidad, a la vez que lo convierte en una persona plena, que ha cubierto todos o los m&aacute;s importantes trabajos comunitarios ejercibles. En s&iacute;ntesis, se trata de la asignaci&oacute;n de nuevos roles y posiciones sociales, cuyos desempe&ntilde;os y ocupaciones no son asequibles sino por unos cuantos. Cabe aclarar que no es s&oacute;lo el cargo sino tambi&eacute;n la forma en que se desempe&ntilde;a lo que hace posible la constituci&oacute;n de estos sujetos especiales; en efecto, un desacato, una violaci&oacute;n, un incumplimiento de las normas espec&iacute;ficas para el cargo puede ser el fin de una carrera de servicio.</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">&nbsp;</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2"><b>LOS PARECIDOS Y LA ESPECIFICIDAD DE UN SISTEMA DE CARGOS (RELIGIOSOS)</b></font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">Luego de este recuento, los parecidos y la especificidad pueden representar un problema sin soluci&oacute;n; sin embargo, no es as&iacute;. Hace un tiempo ya hab&iacute;a llamado la atenci&oacute;n sobre diversas estrategias de organizaci&oacute;n comunitaria para el ceremonial que, por referirlas a la etnorregi&oacute;n pur&eacute;pecha, parec&iacute;an incompletas. Aqu&iacute; tratar&eacute; de ser un poco m&aacute;s abarcador. Dec&iacute;a en aquella ocasi&oacute;n que "carguero" puede ser cualquier persona que asuma una carga, un servicio comunitario no remunerado, sometido a la soberan&iacute;a comunitaria y acorde con el sistema normativo establecido en tiempos pret&eacute;ritos (sin menoscabo de su modificaci&oacute;n, adaptaci&oacute;n, derogaci&oacute;n, etc&eacute;tera) y que, por el contrario, implicase &#150;aunque no necesariamente&#150; un patrocinio de las actividades inherentes al oficio. En esta circunstancia parecer&iacute;a que podr&iacute;an ser calificados como cargos los miembros de una sociedad de padres de familia y, sin embargo, no es as&iacute; porque le faltar&iacute;a el ingrediente de las normas comunitarias; a lo sumo podr&iacute;an estar en comisiones jerarquizadas. Tampoco ingresar&iacute;an, por la misma raz&oacute;n, las autoridades agrarias que, aunque jerarquizadas, y algunas de ellas no remuneradas, adem&aacute;s de que mediante ellas se hacen posibles proyectos comunitarios, su funcionamiento legal depende en buena medida de las leyes y reglamentos derivados del art&iacute;culo 27 constitucional; tampoco podr&iacute;an ser considerados como cargos las propias cofrad&iacute;as regidas, como es de dominio p&uacute;blico, por derecho can&oacute;nico; por &uacute;ltimo, quedar&iacute;an excluidos los puestos c&iacute;vico&#150;pol&iacute;tico&#150;administrativos del H. Ayuntamiento y los cuerpos legislativos derivados del art&iacute;culo 115 constitucional, m&aacute;xime que muchos de ellos son hoy remunerados pecuniariamente. No se excluyen, en cambio, aquellos puestos y comisiones que s&oacute;lo obedecen a la voluntad comunitaria, a la soberan&iacute;a comunitaria y a las normas comunitarias; en este caso s&iacute; hacemos referencia a cargos civiles, a cargos pol&iacute;tico&#150;administrativos y, por ende, con ellos s&iacute; es posible hablar de sistema de cargos civiles, sistema de cargos pol&iacute;tico&#150;administrativos y, si es el caso de una articulaci&oacute;n con los cargos religiosos, hablar de un sistema de cargos pol&iacute;tico&#150;rreligiosos (escalafonarios o no, eso ser&iacute;a poco relevante para el argumento que sigo), como lo llamara Pedro Carrasco (1991). Tampoco me encuentro en una situaci&oacute;n radicalizada y tajante porque no dejo de reconocer que cargos (religiosos o no) y puestos, que cargos (religiosos o no) y comisiones pueden tener nexos de cooperaci&oacute;n, de coordinaci&oacute;n, cierta autonom&iacute;a o perfiles delineados por las localidades donde se hallan, etc&eacute;tera. Estos casos merecer&aacute;n una reflexi&oacute;n posterior y, por lo dem&aacute;s, reitero que no homologo sistema de cargos (c&iacute;vico&#150;religiosos o pol&iacute;tico&#150;ceremoniales, que implicar&iacute;a el doble escalaf&oacute;n, la alternancia y la indisoluble ligaz&oacute;n de cargos civiles y religiosos; tampoco se incluyen los sistemas de cargos civiles, agrarios, etc&eacute;tera) con sistema de cargos religiosos.</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">"Cargo" bien puede ser adjudicado a un mayordomo, pero no cualquier mayordomo integrar&iacute;a un sistema de cargos. De hecho, la mayor parte de las mayordom&iacute;as "aisladas" (por ejemplo de santo patrono, imagen &uacute;nica festejada en cierta localidad) que implican patrocinio individual, carecen de las peculiaridades de los sistemas de cargos (y de los sistemas de cargos religiosos en particular) seg&uacute;n la caracterizaci&oacute;n realizada aqu&iacute; (<i>supra</i>); en efecto, casi nadie ha tenido empacho en considerar como "cargo" a una mayordom&iacute;a, como la del Ni&ntilde;opa (Xochimilco, M&eacute;xico), pero lo que me parece que deber&iacute;a reconsiderarse conceptualmente, es cobijarlo bajo la categor&iacute;a "sistema de cargos" o sistema de cargos religiosos. Esta nominaci&oacute;n, en cambio, s&iacute; aplica a los conjuntos de mayordom&iacute;as de santo enlazadas de alguna forma dentro del ciclo ceremonial o jerarquizadas por la importancia del santo; empero, s&iacute; cuestionar&iacute;a su uso en aquellos casos en que se conmemoran dos o m&aacute;s santos en una localidad y para cada fiesta se nombre &#150;o se integre&#150; alg&uacute;n tipo de mayordom&iacute;a que atienda cada una a un santo, sin relaci&oacute;n con el resto de las mayordom&iacute;as; en todo caso se trata de cargos pero discutiblemente de un sistema de cargos religiosos. Quiz&aacute; si las incorporamos dentro de un todo ceremonial podr&iacute;an constituir un sistema de mayordom&iacute;as,<sup><a href="#notas">11</a></sup> a los sumo, o, como lo llam&oacute; operativamente W. Smith (1981), "Sistema de Fiestas", pero ya hemos expuesto razones de peso para considerarlo diferente de un sistema de cargos religiosos.</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">Una vez en este punto es absolutamente indispensable especificar lo que entendemos por la categor&iacute;a en cuesti&oacute;n. F. Cancian (1976) hab&iacute;a llamado sistema religioso de cargos a la disposici&oacute;n de oficios escalafonarios que desplegaban sus funciones dentro de un ciclo ceremonial; la denominaci&oacute;n me parece pertinente: se trata de cargos para el servicio religioso escalafonariamente dispuestos, de un sistema religioso de cargos aun bajo la acepci&oacute;n que proponemos en el terreno pol&iacute;tico. La fuerte articulaci&oacute;n con los cargos civiles (pol&iacute;ticos y administrativos), su escalaf&oacute;n alternado, pronto oblig&oacute; a la denominaci&oacute;n de jerarqu&iacute;a c&iacute;vico&#150;religiosa o jerarqu&iacute;a pol&iacute;tico&#150;ceremonial que, a su vez, posibilit&oacute; la nominaci&oacute;n de t&iacute;pico sistema de cargos. Pero era el caso que dicho sistema, fuera de las fronteras del sur&#150;sureste de M&eacute;xico y Guatemala, no aparec&iacute;a como tal. En cambio, en otras latitudes, los investigadores pod&iacute;an estar investigando algo parecido pero con un escalaf&oacute;n de oficios circunscrito a los cargos de orden religioso; en casos como este se trataba, sin duda, de un sistema de cargos religiosos o, repito, sistema religioso de cargos.</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">El sistema de cargos religiosos, pues, aludir&iacute;a a un sistema escalafonario y puede existir independientemente de si tiene o no articulaci&oacute;n con el sistema pol&iacute;tico o c&iacute;vico&#150;pol&iacute;tico o pol&iacute;tico&#150;administrativo o agrario para conformar conjuntamente un solo escalaf&oacute;n alternado; por supuesto, pueden estar articulados &#150;al menos por alguna disposici&oacute;n del sistema normativo comunitario&#150; y casi siempre lo est&aacute;n en tanto que ambos distribuyen el poder, jerarquizan y distancian estatus seg&uacute;n la cuota, la forma y el &aacute;mbito de poder que los sistemas normativos establecen.</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">No voy a discutir aqu&iacute; <i>otros aspectos de los sistemas de cargos religiosos </i>que poseen relevancia y adquieren notoriedad durante el despliegue de las acciones que le son inherentes. Tales son &#150;entre otros&#150; los casos de <i>a</i>) coadyuvar a la configuraci&oacute;n identitaria al desplegar s&iacute;mbolos, al posibilitar pr&aacute;cticas religiosas, al hacer evidentes valores colectivamente compartidos y, entre otras acciones m&aacute;s, al propiciar departici&oacute;n de m&uacute;sica, canciones, bebidas y alimentos; <i>b</i>) atenuar conflictos y consolidar la cohesi&oacute;n comunitaria mediante la circulaci&oacute;n de cargos (rotaci&oacute;n del poder) entre mitades, barrios, grupos sociales o cualquier miembro con el perfil deseable, seg&uacute;n sea el caso en las comunidades; <i>c</i>) dotar de prestigio o reconocimiento social a los sujetos involucrados en los servicios; <i>d</i>) desplegar parte de las normas y hacer evidente &#150;tambi&eacute;n&#150; el sistema de valores comunitarios o al menos una parte de &eacute;l; <i>e</i>) en estrecho v&iacute;nculo con lo anterior, establecer formas y evidenciar procesos en los que la comunidad posee &#150;pretendidamente, al menos&#150; plena soberan&iacute;a; <i>f </i>) proporcionar, temporalmente al menos, de cierto capital social a los cargueros que puede ser utilizado con fines c&iacute;vico&#150;pol&iacute;ticos, sea porque le permite &#150;al carguero&#150; su ascenso (en un sistema de doble escalaf&oacute;n alternado, por ejemplo, es muy evidente) o simplemente su acceso (capitalizaci&oacute;n del capital social para acceder a puestos pol&iacute;ticos de envergadura local o etnorregional); <i>g</i>) formar autoridades morales probadas en el servicio comunitario; <i>h</i>) ser el instrumento para resolver situaciones de conciencia ante compromisos (promesas, deudas) con los santos por favores recibidos (dones como la vida, la salud, el trabajo, la bienaventuranza, etc&eacute;tera) o por recibir (peticiones de favores o milagros diversos); <i>i</i>) refrendar de manera ritualizada relaciones socioecon&oacute;micas valiosas para la reproducci&oacute;n de los grupos familiares; <i>j</i>) eventualmente vincular a la comunidad con la comunidad mayor que las contiene y con otras comunidades pares o de relevancia ceremonial y pol&iacute;tica; <i>k</i>) si es el caso, coadyuvar en la conformaci&oacute;n de gobiernos locales; <i>l</i>) cubrir total o al menos parcialmente el ciclo ceremonial comunitario; <i>m</i>) formar, casi todos, ciudadanos plenos ("principales", "ancianos", etc&eacute;tera); <i>n</i>) desplegar, ocasionalmente, elementos significativos de la cosmovisi&oacute;n y de las normas y valores comunitarios; <i>o</i>) posibilitar, bajo cierta concepci&oacute;n religioso&#150;popular, las encarnaciones de santos y hacer de los cargueros verdaderos <i>alter ego </i>del santo o de la virgen a que se sirve.</font></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p align="justify"><font face="verdana" size="2">En efecto, aqu&iacute; no discutiremos lo que ya ha sido dicho por otros, e incluso lo que con antelaci&oacute;n he propuesto; no desarrollaremos las obviedades. De lo que se trata es de llamar la atenci&oacute;n, en primer lugar, en <i>la diversidad de formas </i>que adoptan las comunidades para organizarse internamente tanto para el ceremonial como para otras formas de organizaci&oacute;n social que devienen en autoridades y gobiernos locales.</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">Un puesto no es tampoco un cargo. Y no lo es porque el sistema adquiri&oacute; con el paso del tiempo, cierta autonom&iacute;a y la soberan&iacute;a sobre los cargos radica en la voluntad de la propia comunidad: no depende de ning&uacute;n orden legal escrito ni se adscribe a ning&uacute;n organigrama decretado desde el Poder Legislativo Federal y/o local; esto, aunque de ellos se haya nutrido en alg&uacute;n momento. Un cargo tiene un perfil propio, delineado a trav&eacute;s del tiempo por las necesidades, por los proyectos y las decisiones de los lugare&ntilde;os; un puesto obedece a un mandato supracomunitario, independientemente de que la voluntad comunitaria le imponga la impronta de cargo y lo someta al gobierno local, como ha ocurrido con frecuencia. Aun en este caso, el poder de acci&oacute;n comunitario sobre el puesto&#150;cargo, estar&iacute;a limitado desde el exterior en tanto que se sujeta a legislaciones coercitivas. Aun cuando en el interior se le imponga el sello comunitario a un comisario ejidal &#150;o de bienes comunales&#150;, a un encargado del orden, a un jefe de tenencia, excepto en las localidades aut&oacute;nomas de facto, buena parte de su actividad se desplegar&aacute; en acatamiento a un sistema normativo externo, en sometimiento a una estructura de poder que rebasa la jurisdicci&oacute;n del gobierno local o al menos de la soberan&iacute;a comunitaria (tribunales agrarios, Secretar&iacute;a de la Reforma Agraria, etc&eacute;tera); esto, sin menoscabo que esa modalidad coadyuve a la conformaci&oacute;n del gobierno local. Por dem&aacute;s ser&iacute;a recordar que la mayor parte de estos puestos recibe una remuneraci&oacute;n econ&oacute;mica, muy a contrapelo de uno de los rasgos caracter&iacute;sticos del cargo religioso (que se puede extrapolar a cualquier cargo): el patrocinio y/o servicio gratuito a favor del ceremonial destinado a los santos (los casos de pr&aacute;cticas soberanas en Oaxaca, 2008, a&uacute;n no pasan por una reflexi&oacute;n profunda). Por &uacute;ltimo, no existe entre los puestos escalaf&oacute;n alguno y, aunque llegasen a considerarse como cargos, no formar&iacute;an parte de un sistema (de cargos, y escalafonario, si es el caso) aunque s&iacute; se dispusiesen en jerarqu&iacute;as.</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">Por otro lado, las autoridades agrarias, aunque prestan un servicio comunitario gratuito, se sujetan a una jerarqu&iacute;a establecida heter&oacute;nomamente a la comunidad; en efecto, aunque pueden formar parte del gobierno local, la citada disposici&oacute;n de las instancias y sus competencias, as&iacute; como la conducci&oacute;n de las personas que las ocupan, se encuentran legisladas y reglamentadas externamente y pasan a formar tambi&eacute;n parte de un entramado de autoridades cuya c&uacute;spide termina en el Poder Ejecutivo Federal, es decir, se pierde algo de la autonom&iacute;a y la soberan&iacute;a adquiridas localmente para efectos de cargos con el paso del tiempo; empero, eso no impide que localmente se les modele hasta cierto l&iacute;mite. Y aunque ciertamente redistribuyen poder para un fin determinado, las normas con las que el sistema (agrario) se mueve no fueron elaboradas en su totalidad localmente, como ha ocurrido con las que rigen a los sistemas de cargos religiosos; tampoco ocurre que las formas de distribuci&oacute;n del poder y de constituir autoridades sean determinadas localmente; se hacen casi siempre con apego a la ley y a la manera de entenderla, pero no conforme a los dictados comunitarios.</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">Lo mismo ocurre a las comisiones que, eventualmente, se integran para resolver asuntos civiles, como las de las sociedades de padres de familia, patronatos o comit&eacute;s para fines espec&iacute;ficos. En estos casos, aunque podemos encontrar una jerarqu&iacute;a y un servicio gratuito, no encontramos escalaf&oacute;n (para sistemas de cargos escalafonarios, si es el caso), ni patrocinio del cargo y tanto la estructura y el funcionamiento de los mismos, son dise&ntilde;ados &#150;o son copias de formas de organizaci&oacute;n civil generadas&#150; extracomunitariamente, y casi siempre se apegan a normas dispuestas generadas heter&oacute;nomamente a la comunidad. Aqu&iacute; tambi&eacute;n las normas de distribuci&oacute;n del poder son aquellas que dicta, por ejemplo, la Asociaci&oacute;n Nacional de Padres de Familia o el C&oacute;digo Civil o Sedesol; es decir, no siguen la l&oacute;gica de distribuci&oacute;n del poder, de constituir autoridades, de establecer el accionar del propio sistema que se sigue en los sistemas de cargos religiosos.</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">En relaci&oacute;n con las cofrad&iacute;as, por &uacute;ltimo, la tentaci&oacute;n a considerarlas</font></p>     <blockquote>       <p align="justify"><font face="verdana" size="2">como sistemas de cargos &#91;religiosos&#93; o parte de ellos, es com&uacute;n. Com&uacute;n entre otras razones porque comparte muchas caracter&iacute;sticas con aquellos; a saber: participaci&oacute;n en el ciclo religioso, jerarqu&iacute;a interna, soporte en ayudas mutuas y cooperaci&oacute;n que se concentran para redistribuir de alguna forma, posibilidades de acceso a todos los que cubran un perfil espec&iacute;fico y otras m&aacute;s. Sin embargo, el patrocinio individual no existe en la cofrad&iacute;a; no existe reglamentaci&oacute;n intracomunitaria para normar los retiros temporales; la consagraci&oacute;n de la cofrad&iacute;a no es para cubrir un ciclo ceremonial sino el culto a un santo; no se puede alcanzar el grado de principal en la comunidad; existe menor dependencia de los lazos de parentesco que de la acci&oacute;n mutual; no existe cofrad&iacute;a en la que se considere que alguno de los cofrades sea la encarnaci&oacute;n del santo; las normas a que se ajusta el funcionamiento de la cofrad&iacute;a est&aacute;n establecidas por derecho can&oacute;nico y, por esta caracter&iacute;stica, se somete directamente a la autoridad eclesi&aacute;stica; esto, por citar algunas diferencias.<sup><a href="#notas">12</a></sup></font></p> </blockquote>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">Consecuentemente, los sistemas de cargos (religiosos) resultar&iacute;an inconfundibles, excepto cuando de mayordom&iacute;as coordinadas o jerarquizadas por la importancia del santo se tratase, empero, este tema lo abordar&eacute; en otra ocasi&oacute;n.</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">&nbsp;</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2"><b>ATAR LOS CABOS Y REMACHAR</b></font></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p align="justify"><font face="verdana" size="2">Un sistema de cargos religiosos es un conjunto de elementos ("cargos") relacionados entre s&iacute;, que tienen como objetivo com&uacute;n distribuir cuotas diferenciadas y acotadas de poder, dispuestas &#150;o no&#150; escalafonariamente a cambio del servicio a los santos y, por ende, a la comunidad, comprendiendo eventual, pero no necesariamente, tareas c&iacute;vicas dentro de un ciclo ceremonial, cuando no lo atiende todo, en cuyo caso se articula de alguna forma para integrar un sistema pol&iacute;tico&#150;ceremonial. Los cargos de la jerarqu&iacute;a est&aacute;n dispuestos en rangos y l&iacute;neas de autoridad y controlados por la propia comunidad que ejerce su soberan&iacute;a: <i>a</i>) sobre ellos y sus comportamientos sociales y ceremoniales durante un periodo corto que puede ser de un ciclo anual; <i>b</i>) sobre las formas de accesibilidad y tr&aacute;nsito por los esca&ntilde;os, si es el caso; y, <i>c</i>) sobre buena parte del sistema normativo comunitario, entre otros &aacute;mbitos. El sistema de cargos aparece como formalmente abierto a todos los miembros de la comunidad aunque de acuerdo con las propias normas y valores en que &eacute;stas tienen su sustrato, selecciona a los posibles ingresantes y los compromete a desplegar a las unas y a los otros mediante diversas pr&aacute;cticas ceremoniales sujetas a la observaci&oacute;n y valoraci&oacute;n de la comunidad en quien recae la propia legitimaci&oacute;n tanto del sistema como de los cargueros; en el m&aacute;s positivo de los casos, es tambi&eacute;n mediante estas acciones que se puede dotar de cierto prestigio &#150;o desprestigio&#150; a los responsables de un oficio toda vez que, en un mundo de reciprocidades, el ejercicio de un cargo presupone servicio no remunerado y, ocasionalmente, patrocinio individual (o en reducidos colectivos) de fiestas religiosas.</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">El sistema de cargos religiosos es la instituci&oacute;n mediante la cual se hace posible desplegar y fortalecer relaciones de reciprocidad con los santos merced a los dones recibidos o por recibir de manera personal, familiar o comunitariamente: vida, salud, bienestar; por ende, es un instrumento para emprender proyectos comunitarios de orden pol&iacute;tico, social, econ&oacute;mico y vital.</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">Un aspecto fundamental del sistema es que las normas que lo rigen, y que gu&iacute;an el comportamiento y el funcionamiento de las autoridades que aqu&eacute;l erige, han brotado de &#150;o al menos han adquirido carta de naturalizaci&oacute;n en&#150; la propia comunidad, poseen cierta autonom&iacute;a de los sistemas normativos heter&oacute;nomos (derecho positivo escrito) y, para las segundas, la comunidad posee la soberan&iacute;a sobre su mandato, atribuciones y jurisdicci&oacute;n. En este mismo ejercicio soberano, es la propia comunidad la que, mediante el sistema se proporciona espacios y pr&aacute;cticas para el fortalecimiento de la identidad &#150;y la dotaci&oacute;n o refrendamiento de membres&iacute;as comunitarias&#150; mediante las normas desplegadas y las experiencias vividas con el ceremonial, a la vez que coadyuva a la accesibilidad de la noci&oacute;n de plenitud de la persona y a pr&aacute;cticas de reconocimiento de la misma.</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">Aunque no es condici&oacute;n <i>sine qua non</i>, el sistema en movimiento posibilita a los cargueros la acumulaci&oacute;n de una buena dosis de capital social tanto en el interior de la comunidad (misma que puede convertirse en el proveedor de autoridades para la conformaci&oacute;n del gobierno local, si es el caso) como entre las comunidades que compromete su accionar, a la vez que puede ser uno de los instrumentos para la interlocuci&oacute;n de lo local con la sociedad mayor que lo contiene.</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">&nbsp;</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2"><b>BIBLIOGRAF&Iacute;A</b></font></p>     <!-- ref --><p align="justify"><font face="verdana" size="2">Cancian, Frank, <i>Econom&iacute;a y prestigio en una comunidad maya</i>, M&eacute;xico, INI, 1976.</font>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=1204011&pid=S0187-5795201000010001300001&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p align="justify"><font face="verdana" size="2">Carrasco, Pedro, "Sobre el origen hist&oacute;rico de la jerarqu&iacute;a pol&iacute;tico&#150;ceremonial de las comunidades ind&iacute;genas", en M. Su&aacute;rez (coord.), <i>Historia, antropolog&iacute;a y pol&iacute;tica. Homenaje a &Aacute;ngel Palerm </i>(vol. I), M&eacute;xico, Alianza Editorial Mexicana, 1990.</font>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=1204012&pid=S0187-5795201000010001300002&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p align="justify"><font face="verdana" size="2">Favre, Henri, <i>Cambio y continuidad entre los mayas de M&eacute;xico</i>, M&eacute;xico, INI, 1984.</font>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=1204013&pid=S0187-5795201000010001300003&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p align="justify"><font face="verdana" size="2">Foster, George M., <i>Tzintzuntzan</i>, M&eacute;xico, FCE, 1987.</font>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=1204014&pid=S0187-5795201000010001300004&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p align="justify"><font face="verdana" size="2">Guiteras Holmes, Calixta, <i>Los peligros del alma</i>, M&eacute;xico, FCE, 1965.</font>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=1204015&pid=S0187-5795201000010001300005&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p align="justify"><font face="verdana" size="2">Korsbaek, Leif, <i>Introducci&oacute;n al sistema de cargos</i>, Toluca, UAEM, 1996.</font>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=1204016&pid=S0187-5795201000010001300006&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p align="justify"><font face="verdana" size="2">Peralta Gonz&aacute;lez, Elizabeth, "Los cargos religiosos entre los totonacos de Zozocolco de Hidalgo, Veracruz", en <i>Diario de Campo</i>, n&uacute;m. 83, marzo&#150;abril de 2006, M&eacute;xico, Coordinaci&oacute;n Nacional de Antropolog&iacute;a del Instituto Nacional de Antropolog&iacute;a e Historia, pp. 34&#150;39.</font>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=1204017&pid=S0187-5795201000010001300007&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p align="justify"><font face="verdana" size="2">Smith, Waldemar R., <i>El sistema de fiestas y el cambio econ&oacute;mico</i>, M&eacute;xico, FCE, 1981.</font>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=1204018&pid=S0187-5795201000010001300008&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p align="justify"><font face="verdana" size="2">Tax, Sol, "Los municipios del altiplano mesooccidental de Guatemala", en L. Korsbaek, <i>Introducci&oacute;n al sistema de cargos</i>, Toluca, UAEM, 1996. pp. 87 y ss.</font>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=1204019&pid=S0187-5795201000010001300009&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p align="justify"><font face="verdana" size="2">Topete Lara, Hilario. "Cargos y otras yerbas", en <i>Dimensi&oacute;n antropol&oacute;gica</i>, a&ntilde;o 12, vol. 33, enero&#150;abril, M&eacute;xico, Conaculta&#150;INAH, 2005a, pp. 91&#150;115.</font>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=1204020&pid=S0187-5795201000010001300010&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p align="justify"><font face="verdana" size="2">&#150;&#150;&#150;&#150;&#150;&#150;&#150;&#150;&#150;&#150;, "Variaciones del sistema de cargos y la organizaci&oacute;n comunitaria para el ceremonial en la etnorregi&oacute;n pur&eacute;pecha", en <i>Cuicuilco</i>, vol. 12, n&uacute;m. 34, mayo&#150;agosto, M&eacute;xico, Conaculta&#150;INAH, 2005b, pp. 95&#150;129.</font>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=1204021&pid=S0187-5795201000010001300011&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p align="justify"><font face="verdana" size="2">Villa Rojas, Alfonso, "Kinship and Nagualism in a Tzeltal Community", <i>American Anthropologist</i>, New Series, vol. 49, n&uacute;m. 4, part 1, octubre&#150;diciembre, 1947, pp. 578&#150;587.</font>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=1204022&pid=S0187-5795201000010001300012&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><p align="justify"><font face="verdana" size="2">&nbsp;</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2"><b><a name="notas"></a>NOTAS</b></font></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p align="justify"><font face="verdana" size="2"><sup>1 </sup>Sol Tax, "Los municipios del altiplano mesooccidental de Guatemala", en L. Korsbaek, <i>Introducci&oacute;n al sistema de cargos</i>, Toluca, UAEM, 1996. pp. 87 y ss.</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2"><sup>2 </sup>Debo aclarar que F. Cancian jam&aacute;s utiliz&oacute; "sistema pol&iacute;tico de cargos". Esta expresi&oacute;n es m&iacute;a y la propongo como una mera hip&oacute;tesis cuyo soporte tendr&iacute;a que ser, l&oacute;gicamente hablando, la propia expresi&oacute;n ("sistema religioso de cargos") de Cancian.</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2"><sup>3 </sup>Esto es observable en los casos de patrocinio individual del cargo, pero no siempre ocurre as&iacute;, toda vez que se han documentado variaciones en las que un mismo cargo recae en m&aacute;s de un individuo. En estos casos resulta evidente que las propias comunidades han establecido mecanismos de copatrocinio o coadministraci&oacute;n de los cargos como la manera de evitar la ruina de los cargueros.</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2"><sup>4 </sup>Seguramente alguno de los investigadores ya habr&aacute; recordado que la literatura en torno de los cargos nos ha refutado esta afirmaci&oacute;n. Cierto, pero s&oacute;lo parcialmente. Lo que intento aclarar con este comentario es que el culto y las pr&aacute;cticas de religiosidad popular son dos de los factores que sigue nucleando la reproducci&oacute;n de los cargos y el ceremonial. No es infrecuente enterarnos que los conversos a otras formas de culto (no todos, claro), aunque a rega&ntilde;adientes, por conveniencia o por simple tranquilidad, acceden a participar en las ayudas o cooperaciones que se les imponen para el ceremonial cat&oacute;lico; tampoco lo es que, aun en los casos de conversi&oacute;n religiosa, ya en su nueva iglesia recuperen parte del esp&iacute;ritu de los cargos.</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2"><sup>5 </sup>Al referirme a articulaci&oacute;n no pretendo generalizar una a&ntilde;eja idea: el sistema de doble escalaf&oacute;n con cargos alternado. En otras ocasiones me he referido a formas de articulaci&oacute;n de cargos religiosos con puestos, cargos o comisiones de car&aacute;cter agrario o pol&iacute;tico&#150;administrativo, logradas incluso mediante una norma inveterada.</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2"><sup>6 </sup>Quiz&aacute; hasta el momento se haya generado extra&ntilde;eza y hasta confusi&oacute;n en el lector porque he tratado de referirme a "sistema de cargos religiosos" y no a un sistema de cargos c&iacute;vico&#150;religiosos o un sistema pol&iacute;tico ceremonial. Esto se debe, entre otras razones, a que el tema del poder, la jerarqu&iacute;a, las caracter&iacute;sticas y los rasgos que se han descrito, no los rechazo porque reconozco su existencia casi en su totalidad; adem&aacute;s, reconozco que casi todo lo que se ha escrito en materia de cargos presupone el doble escalaf&oacute;n alternado o una indisoluble ligaz&oacute;n entre cargos religiosos y civiles (o pol&iacute;ticos), ah&iacute; donde existe. Sin embargo, creo que en los estudios sobre sistema de cargos, al no pensarse en la existencia de diversos tipos, se ha incluido cualquier forma de organizaci&oacute;n social para el ceremonial dentro de la categor&iacute;a "sistema de cargos"; por ejemplo, se oculta que pueden existir sistemas de cargos religiosos sin ligazones &#150;y menos formando un doble escalaf&oacute;n alternado&#150; con lo civil, aunque ambos se articulen en las fiestas y conmemoraciones religiosas con arreglo de los sujetos que detentan la autoridad pero no atendiendo a las normas de sus respectivos sistemas. Esto, de por s&iacute;, me permite sostener que no existe el sistema de cargos, sino los sistemas de cargos, dentro de los cuales los sistemas de cargos religiosos son s&oacute;lo un tipo; al respecto, y para evitar la extensi&oacute;n a mayores dimensiones de la presente cita, v&eacute;anse Hilario Topete, "Cargos y otras yerbas", en <i>Dimensi&oacute;n antropol&oacute;gica</i>, a&ntilde;o 12, vol. 33, enero&#150;abril, M&eacute;xico, Conaculta/INAH, 2005a, pp. 91&#150;115, y "Variaciones del sistema de cargos y la organizaci&oacute;n comunitaria para el ceremonial en la etnorregi&oacute;n pur&eacute;pecha", en <i>Cuicuilco</i>, vol. 12, n&uacute;m. 34, mayo&#150;agosto, M&eacute;xico, Conaculta/INAH, 2005 b, pp. 95&#150;129.</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2"><sup>7 </sup>Frank Cancian, <i>Econom&iacute;a y prestigio en una comunidad maya</i>, M&eacute;xico, INI, 1976. p. 147.</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2"><sup>8 </sup>Efectivamente, la etnograf&iacute;a nos dice que en algunos lugares de Guatemala o algunos pueblos conurbados de la Ciudad de M&eacute;xico, por citar s&oacute;lo dos ejemplos, lo que ha ocurrido con las mayordom&iacute;as (no todas integradas en sistemas de cargos) es que los cargueros se convierten en colectores de cooperaciones o en equipos que internamente distribuyen proporcionalmente, o lo m&aacute;s pr&oacute;ximo a la equitatividad, los costos del ceremonial, como ocurre en San Juan Ixtayopan, M&eacute;xico, Distrito Federal. Adem&aacute;s existe al menos un caso registrado en la Meseta Pur&eacute;pecha de M&eacute;xico, donde hab&iacute;a una estrategia dise&ntilde;ada para evitar el empobrecimiento del carguero sin solvencia econ&oacute;mica (<i>infra</i>).</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2"><sup> 9 </sup>En lo sucesivo utilizo "oficios" como sustituto de "cargos" s&oacute;lo por necesidades de redacci&oacute;n.</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2"><sup>10 </sup>He utilizado "carguero", en masculino, s&oacute;lo por dos razones: una de n&uacute;mero y otra de comodidad al redactar: por un lado, la gran mayor&iacute;a de los casos documentados hasta el momento refieren a varones ejerciendo el cargo; por otro, me evito referir, cuando sea el caso, al masculino y al femenino ("el carguero" y "la carguera") con sus respectivos plurales. Esto no niega ni implica desconocimiento de la existencia de cargos femeninos como tampoco menosprecia e ignora que el cargo, en casi todos los casos, se asigna a un var&oacute;n, pero tambi&eacute;n compromete autom&aacute;ticamente a la mujer (en el caso de cargos asignados a casados, que son la generalidad documentada) que, por extensi&oacute;n, suele ser tambi&eacute;n llamada con el nombre del cargo (mayordoma, fiscala, priosta, etc&eacute;tera). M&aacute;s a&uacute;n: los trabajos de ornamentaci&oacute;n y preparaci&oacute;n de alimentos se logran s&oacute;lo mediante el trabajo femenino, adem&aacute;s, mediante la mujer se logra que un compromiso que recae en el carguero se extienda a su familia y a la de la esposa, y a los padrinos y ahijados.</font></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p align="justify"><font face="verdana" size="2"><sup>11 </sup>Puede tratarse de mayordom&iacute;as sin jerarqu&iacute;as entre s&iacute; pero coordinadas por la iglesia cat&oacute;lica, de mayordom&iacute;as ejercidas por comisiones de pares o de mayordom&iacute;as jerarquizadas por la importancia del santo. V&eacute;anse estas posibilidades de organizaci&oacute;n comunitaria para el ceremonial, entre otras posibles, en "Variaciones del sistema de cargos y la organizaci&oacute;n comunitaria&hellip;", <i>op</i>. <i>cit</i>.</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2"><sup>12</sup> H. Topete, "Variaciones del sistema de cargos y la organizaci&oacute;n comunitaria&hellip;", <i>op</i>. <i>cit</i>., p. 107.</font></p>      ]]></body><back>
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