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<article-title xml:lang="es"><![CDATA[El concepto de autoridad en el pensamiento de Aristóteles y su relación con el concepto de autoridad en el comportamiento administrativo]]></article-title>
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<abstract abstract-type="short" xml:lang="en"><p><![CDATA[This paper analyzes the concept of authority in the thinking of Aristotle and its relationship with the concept of authority in the administrative behavior. Thus, we develop our arguments in two main parts: in the first one we analyze the concept of authority from the Aristotle's view in order to define the elements of study that allow us to link such elements with the concept of authority in the administrative behavior; in the second part, we build the meaning of the authority in the administrative behavior to determine its conceptual relationship with the concept of authority in the Aristotelian thought. We hold that the concept of authority is defined by the legitimacy both in the view of Aristotle as in the view of the administrative behavior. Therefore, we assume that the legitimacy of the domination: a) seeks the rational recognition by the actors that are facing the content of the mandates and, b) at the same time, it generates processes of functional validity through the relevant provisions arising from those mandates. We conclude that the authority, be it in the Aristotelian sense or in the sense of the administrative behavior, is guided by the legitimacy which in turn is based on recognition -informed, rational and voluntary- from the perspective of the individuals who are dominated.]]></p></abstract>
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</front><body><![CDATA[ <p align="justify"><font face="verdana" size="4">Art&iacute;culos de investigaci&oacute;n</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">&nbsp;</font></p>     <p align="center"><font face="verdana" size="4"><b>El concepto de autoridad en el pensamiento de Arist&oacute;teles y su relaci&oacute;n con el concepto de autoridad en el comportamiento administrativo</b></font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">&nbsp;</font></p>     <p align="center"><font face="verdana" size="3"><b>The concept of authority in the thinking of Aristotle and its relationship with the concept of authority in the administrative behavior</b></font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">&nbsp;</font></p>     <p align="center"><font face="verdana" size="2"><b>Luis Antonio Cruz Soto* </b></font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">&nbsp;</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2"><i>* Investigador, Facultad de Contadur&iacute;a y Administraci&oacute;n, UNAM, </i><a href="mailto:lcruz@correo.fca.unam.mx">lcruz@correo.fca.unam.mx</a></font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">&nbsp;</font></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p align="justify"><font face="verdana" size="2">Fecha de recepci&oacute;n: 25.05.2009    <br> Fecha de aceptaci&oacute;n: 16.09.2009</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">&nbsp;</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2"><b>Resumen</b></font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">En este trabajo se analiza el concepto de autoridad en el pensamiento de Arist&oacute;teles y su relaci&oacute;n con el concepto de autoridad en el comportamiento administrativo. Para ello, desarrollamos dos apartados: en el primero analizamos el concepto de autoridad en Arist&oacute;teles con el fin de definir los elementos de estudio que nos permitan vincularlos con el concepto de autoridad en el comportamiento administrativo; en el segundo establecemos el significado de la autoridad en el comportamiento administrativo para determinar la relaci&oacute;n conceptual entre &eacute;ste con el concepto de autoridad en el pensamiento de Arist&oacute;teles. En este trabajo sostenemos que la legitimidad define el concepto de autoridad en Arist&oacute;teles y en el comportamiento administrativo, con lo que asumimos que el car&aacute;cter leg&iacute;timo de la dominaci&oacute;n aspira al reconocimiento racional de los individuos frente a los mandatos y, al mismo tiempo, genera procesos de validez funcional mediante la pertinencia de las disposiciones que surgen de los mismos. Finalmente, concluimos que la autoridad en Arist&oacute;teles y la autoridad en el comportamiento administrativo se orientan por la legitimidad a partir del reconocimiento informado, racional y voluntario de los dominados que se sustenta en la funci&oacute;n.</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2"><b>Palabras clave: </b>autoridad, legitimidad, dominaci&oacute;n, funci&oacute;n.</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">&nbsp;</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2"><b>Abstract</b></font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">This paper analyzes the concept of authority in the thinking of Aristotle and its relationship with the concept of authority in the administrative behavior. Thus, we develop our arguments in two main parts: in the first one we analyze the concept of authority from the Aristotle's view in order to define the elements of study that allow us to link such elements with the concept of authority in the administrative behavior; in the second part, we build the meaning of the authority in the administrative behavior to determine its conceptual relationship with the concept of authority in the Aristotelian thought. We hold that the concept of authority is defined by the legitimacy both in the view of Aristotle as in the view of the administrative behavior. Therefore, we assume that the legitimacy of the domination: a) seeks the rational recognition by the actors that are facing the content of the mandates and, b) at the same time, it generates processes of functional validity through the relevant provisions arising from those mandates. We conclude that the authority, be it in the Aristotelian sense or in the sense of the administrative behavior, is guided by the legitimacy which in turn is based on recognition &#151;informed, rational and voluntary&#151; from the perspective of the individuals who are dominated.</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2"><b>Keywords:</b> authority, legitimacy, domination, function.</font></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p align="justify"><font face="verdana" size="2">&nbsp;</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2"><b>Introducci&oacute;n</b></font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">El objetivo de este trabajo consiste en analizar el concepto aristot&eacute;lico de la autoridad y su relaci&oacute;n con el concepto de autoridad en el comportamiento administrativo<sup><a href="#notas">1</a></sup>. Este art&iacute;culo se divide en dos apartados; en el primero se analiza el concepto de autoridad en el pensamiento de Arist&oacute;teles; y en el segundo, se establece el v&iacute;nculo entre el concepto de autoridad de Arist&oacute;teles y el concepto de autoridad en el comportamiento administrativo. En este art&iacute;culo sostenemos que lo que define a la autoridad es la legitimidad<sup><a href="#notas">2</a></sup>, con lo que se establece la relaci&oacute;n conceptual entre el significado de la autoridad que se&ntilde;ala Arist&oacute;teles y lo que se comprende como autoridad en el comportamiento administrativo, en el sentido de que quienes ejercen la dominaci&oacute;n<sup><a href="#notas">3</a></sup> leg&iacute;tima tienen ante s&iacute; la posibilidad de validar su actuar por la propia perspectiva de acci&oacute;n y no por los lineamientos previamente establecidos, como es la estructura org&aacute;nica.<sup><a href="#notas">4</a></sup></font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">El control social en las organizaciones es propio del poder<sup><a href="#notas">5</a></sup> y de la autoridad;<sup><a href="#notas">6</a></sup> si bien el poder y la autoridad aluden a cuestiones de dominaci&oacute;n, lo que las distinguen es la forma en que se concibe la relaci&oacute;n de mando y obediencia, bien sea que los dominados asuman un ordenamiento como parte impl&iacute;cita de su condici&oacute;n de subordinados, en el que un dirigente apele al elemento coercitivo como posible instancia de validez para obligar al cumplimiento de los mandatos, o bien que el car&aacute;cter dominante se encuentre provisto del acuerdo consensual entre los actores que tienda al reconocimiento intersubjetivo entre los actores frente a los actos de autoridad. En el primer caso nos referimos al significado del poder, en tanto que el segundo define el concepto de autoridad; es decir, la coercitividad define al poder y la legitimidad, a la autoridad. El concepto de autoridad est&aacute; determinado por los procesos de legitimaci&oacute;n que se producen en una relaci&oacute;n de mando y obediencia dentro de las organizaciones;<sup><a href="#notas">7</a></sup> en este trabajo sostenemos que la autoridad no se genera a partir de los preceptos normativos que conforman la estructura org&aacute;nica, sino que es una derivaci&oacute;n de la legitimidad, cuyo &aacute;mbito de significado se sustenta a partir del acuerdo consensual de los dominados, quienes asumen voluntariamente su condici&oacute;n por estar provista de mecanismos de participaci&oacute;n racional que tienden al reconocimiento y validez de los actos de autoridad.</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">&nbsp;</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2"><b>El concepto de autoridad en el pensamiento de Arist&oacute;teles</b></font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">El concepto de ciudad (p&oacute;liV) en los pensamientos plat&oacute;nico y aristot&eacute;lico es imprescindible para comprender las distintas formas de participaci&oacute;n comunitarias. El rasgo caracter&iacute;stico de las relaciones sociales es la acci&oacute;n individual o colectiva, que en &uacute;ltima instancia se realiza en beneficio de la comunidad pol&iacute;tica. Para Arist&oacute;teles, toda acci&oacute;n se sustenta en un bien, y el bien supremo entre todos ellos es aquel que est&aacute; orientado al bien de la ciudad. Las referencias conceptuales que encontramos en Arist&oacute;teles con respecto a la autoridad est&aacute;n enmarcadas fundamentalmente en la concepci&oacute;n de los gobernantes<i>. </i>La dominaci&oacute;n que ejerce el padre sobre el hijo o el marido sobre la esposa difiere en amplio sentido con el del gobernante sobre el gobernado, o del amo sobre el esclavo. Sin embargo, estos niveles de mando tienen una referencia com&uacute;n: la procuraci&oacute;n del bien de los dem&aacute;s. El beneficio com&uacute;n hace que se gobierne para el bien de todos, debido a que el beneficio de unos es el beneficio de los dem&aacute;s. En Arist&oacute;teles, la autoridad funge como el elemento indispensable para dirigir mejor los destinos de los ciudadanos, en beneficio de la comunidad; y de exigir, al mismo tiempo, el mejor ejercicio de las funciones de los dem&aacute;s, las cuales se inscriben dentro del &aacute;mbito de coordinaci&oacute;n de las actividades que realiza la autoridad, de manera que siempre existe una relaci&oacute;n directa entre el trabajo y la virtud.</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">El sustento de la autoridad en Arist&oacute;teles es la comunidad. Esta categor&iacute;a de an&aacute;lisis no s&oacute;lo responde al control social para alcanzar los objetivos comunitarios, sino que obedece a un &aacute;mbito de responsabilidad compartida entre quienes ejercen el dominio y los dominados, lo que significa asumir el car&aacute;cter leg&iacute;timo de la autoridad por estar sustentado en un prop&oacute;sito com&uacute;n, que conlleva la asunci&oacute;n de mandatos como orientaciones de la conducta plenamente reconocidas por todos. Los mecanismos de participaci&oacute;n de los sujetos investidos de mando obedecen al car&aacute;cter previamente legitimado de sus acciones, en el sentido de responder a una condici&oacute;n social que le da un sustento moral a sus directrices de acci&oacute;n, con lo que el actuar concreto de la autoridad se justifica en la capacidad individual para ejercer las tareas de mando.</font></p>     <blockquote>       <p align="justify"><font face="verdana" size="2">Pues no pueden ser hermosas las acciones de quien no se distingue tanto como el var&oacute;n de la mujer o el padre de los hijos o el amo de los esclavos, de modo que el que se ha apartado del buen camino no puede rectificar luego en la medida que se ha desviado de la virtud.<sup><a href="#notas">8</a></sup> Pues entre iguales, lo bueno y lo justo consiste en una alternancia, y esto es lo igual y lo semejante. En cambio, lo desigual para los desiguales y lo no semejante para los semejantes es contrario a la naturaleza, y nada contrario a la naturaleza es hermoso. <b>Por eso, siempre que alguien que sea superior en virtud y en capacidad para realizar las mejores acciones, a &eacute;se es noble seguirle y justo obedecerle. </b>Pero debe poseer no s&oacute;lo virtud, sino capacidad que le haga apto para la acci&oacute;n (Arist&oacute;teles, 2000b: 1325b).<sup><a href="#notas">9</a></sup></font></p> </blockquote>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p align="justify"><font face="verdana" size="2">La naturaleza de la virtud en los hombres consiste en la realizaci&oacute;n de las mejores acciones de acuerdo con la capacidad para servir mejor a la comunidad, lo que proyecta procesos de legitimaci&oacute;n de la autoridad. Si bien Arist&oacute;teles distingue a la virtud de la capacidad, sostenemos que ambas concepciones son parte de una misma comprensi&oacute;n de las acciones del hombre, debido a que un hombre virtuoso es capaz de realizar las mejores funciones porque posee las cualidades particulares que lo hacen m&aacute;s apto para emprender de la mejor manera las obras que le son propias. La virtud de la autoridad se refiere a las acciones individuales referidas a la comunidad y a la valoraci&oacute;n de los hombres para cumplir con las tareas que no le son ajenas, con lo que podemos identificar la legitimidad de la autoridad en el pensamiento de Arist&oacute;teles, lo cual representa una orientaci&oacute;n conceptual para explicar el concepto de autoridad en el comportamiento administrativo.</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">Esta noci&oacute;n de la autoridad tambi&eacute;n la encontramos en Hans&#150;Georg Gadamer, orientada en el mismo sentido de la concepci&oacute;n aristot&eacute;lica, referida a la capacidad de que disponen ciertos hombres para dirigir la funci&oacute;n, misma que se sustenta en la virtud y en los actos virtuosos:</font></p>     <blockquote>       <p align="justify"><font face="verdana" size="2">Autoridad no es la superioridad de un poder que reclama obediencia ciega y proh&iacute;be pensar. La verdadera esencia de la autoridad reside en no poder ser irracional, en ser un imperativo de la raz&oacute;n, en presuponer en el otro un conocimiento superior que rebasa el juicio propio. <b>Obedecer a la autoridad significa entender que el otro </b>&#151;tambi&eacute;n la voz que resuena desde la tradici&oacute;n y la autoridad&#151; <b>puede percibir algo mejor que uno mismo </b>(Gadamer, 2000: 45).<sup><a href="#notas">10</a></sup></font></p> </blockquote>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">El imperativo de la autoridad en cualquier &aacute;mbito de responsabilidad es apelar a la raz&oacute;n, cuyo significado es conformar su legitimaci&oacute;n ante los dem&aacute;s para un mejor ejercicio de la funci&oacute;n, una connotaci&oacute;n que ya advert&iacute;an Henri Fayol y Mary Parker Follett en sus conceptos de autoridad personal (<i>Vid., </i>Cruz, 2004: 6 y ss.). Gadamer se&ntilde;ala que la autoridad es un atributo de personas, que no tiene su &uacute;ltimo fundamento en un acto de sumisi&oacute;n y abdicaci&oacute;n de la raz&oacute;n, sino que en un acto de reconocimiento y conocimiento: se reconoce que el otro (la autoridad) est&aacute; por encima de uno en juicio y perspectiva, por lo que, en consecuencia, su juicio es preferente y tiene primac&iacute;a respecto al propio. Gadamer (2000: 347) concluye que la autoridad no se otorga sino que se adquiere, y tiene que ser adquirida si se quiere apelar a ella. La autoridad queda plenamente validada cuando existe el car&aacute;cter objetivo de su reconocimiento frente a los dem&aacute;s, bien sea por la capacidad de discernir racionalmente el curso de las acciones, por la aptitud para la realizaci&oacute;n de las tareas, o bien porque se encuentra inscrita dentro de las actividades virtuosas que son propias en cada uno de los sujetos que ejercen el dominio. El hecho de que la autoridad no se otorga &#151;como sucede en el nombramiento formal de cualquier organizaci&oacute;n cuando se trata de apelar a un r&eacute;gimen administrativo&#151;, sino que se adquiere conforme a los escenarios de legitimaci&oacute;n, en el sentido de que la dominaci&oacute;n sea reconocida voluntaria, informada y racionalmente por quienes forman parte de la relaci&oacute;n social de mando y obediencia.</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">El concepto aristot&eacute;lico de autoridad se encuentra suscrito a la legitimidad, que se deriva de la raz&oacute;n moral que acompa&ntilde;a a la condici&oacute;n humana de la comunidad y del significado que encarna la concepci&oacute;n de la virtud, en la cual se asume el conocimiento de la funci&oacute;n como la esencia en la orientaci&oacute;n de las acciones. El reconocimiento impl&iacute;cito que se atribu&iacute;a a los individuos que eran susceptibles de ejercer la dominaci&oacute;n representaba una consecuencia de la igualdad que privaba entre los que se consideraban ciudadanos; es decir, aquellos que contaban con el derecho de participar en los asuntos de la ciudad, de modo que la validez de comportamiento en torno a los actos de autoridad constitu&iacute;a un elemento impl&iacute;cito de conducta para emprender las tareas propias de su funci&oacute;n comunitaria, que respondieran &iacute;ntegramente a los m&aacute;s altos valores de la comunidad. En Arist&oacute;teles la autoridad fung&iacute;a como parte de un andamiaje funcional que respond&iacute;a a un objetivo comunitario para el cuidado de los asuntos dom&eacute;sticos, que repercut&iacute;a en el mayor bien para quienes conformaban una familia, o para procurar el mayor bien para los ciudadanos, como suced&iacute;a con los gobernantes; esta connotaci&oacute;n no era diferente entre las diversas formas que adquir&iacute;a la autoridad en la familia, la tribu o en la ciudad, debido a que prevaleci&oacute; la idea del bien com&uacute;n, lo que significaba un bien a la autoridad misma porque obedec&iacute;a a una concepci&oacute;n moral inseparable de la vida humana, y, en este sentido, el bien de los dem&aacute;s correspond&iacute;a con el bien propio, por eso es que la alternancia de los ciudadanos para dirigir los asuntos de la ciudad pod&iacute;an ser asumidos por cualquier ciudadano, pues los principios morales para conformar la comunidad deb&iacute;an prevalecer sobre cualquier otro inter&eacute;s colectivo o particular; asimismo, cualquier ciudadano era digno de asumir las funciones gubernamentales porque su condici&oacute;n de igualdad le permit&iacute;a enmarcar su comportamiento dentro del &aacute;mbito de la virtud porque era una cualidad inseparable de todo ciudadano, lo que le prove&iacute;a de los elementos de acci&oacute;n para emprender las m&aacute;s nobles tareas.</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">La doble dimensi&oacute;n que exist&iacute;a en los gobernantes en el pensamiento de Arist&oacute;teles, en cuanto a la idea de virtud y la asunci&oacute;n de los gobernantes, garantizaba que las acciones de gobierno sirvieran a los intereses comunitarios porque respond&iacute;an a una formaci&oacute;n com&uacute;n como ciudadanos. El gobierno por turno procuraba materializar la igualdad entre los ciudadanos, como una forma democr&aacute;tica de asumir los asuntos p&uacute;blicos de la <i>polis</i>. Es por ello que lo que nos interesa resaltar en este trabajo es la idea del gobierno por turno, por el car&aacute;cter participativo de quienes son susceptibles de dirigir, cuando est&aacute;n inmersos dentro de la concepci&oacute;n de la obediencia, debido a que esto &uacute;ltimo generaba en los sujetos la asunci&oacute;n de responsabilidades y el aprendizaje en la realizaci&oacute;n de las tareas, como parte fundamental de su preparaci&oacute;n para ejercer funciones de mando. En este sentido, la autoridad no s&oacute;lo fung&iacute;a como portadora de una dominaci&oacute;n, sino que permit&iacute;a establecer directrices leg&iacute;timas de comportamiento colectivo, debido a que los mecanismos de coordinaci&oacute;n que proyectaba la autoridad se encontraban sustentados en el conocimiento de la funci&oacute;n. Asimismo, la connotaci&oacute;n aristot&eacute;lica del gobierno por turno adem&aacute;s de que respond&iacute;a a la participaci&oacute;n com&uacute;n, al aprendizaje de las tareas y a la adquisici&oacute;n de responsabilidades, conformaba la oportunidad de servir a la ciudad de la mejor manera posible porque respond&iacute;a a los actos virtuosos de cada quien.</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">La relaci&oacute;n de dominio que contiene el concepto de autoridad en Arist&oacute;teles proyecta el derecho de mando, y para este pensador el mando define al poder: "Pero el t&iacute;tulo de magistrado, hablando en t&eacute;rminos absolutos, debe aplicarse sobre todo a los cargos a los cuales se encomienda deliberar sobre ciertos asuntos, el juzgar y el mandar, y sobre todo esto &uacute;ltimo, pues el mandar es por excelencia lo propio del poder" (Arist&oacute;teles, 2000b: 1299a). Los elementos de an&aacute;lisis que subyacen a la explicaci&oacute;n del poder estriban en el derecho de ciertos individuos para ejercer el mando, para dirigir determinadas funciones y en la capacidad para la realizaci&oacute;n de las tareas, que tambi&eacute;n podr&iacute;amos denominarla como competencia para asumir las responsabilidades propias de un &aacute;rea de acci&oacute;n. Gracias a la concepci&oacute;n del poder que contiene el pensamiento aristot&eacute;lico pueden consumarse las m&aacute;s nobles obras, con lo que podemos decir que su sustento es enteramente &eacute;tico, cuando se&ntilde;ala que "las acciones de los hombres justos y prudentes &#151;cuyas cualidades son propias de quienes ejercen el dominio&#151; son el fin de muchas obras nobles", para consumar "las mayores y m&aacute;s ilustres acciones" (Arist&oacute;teles, 2000b: 1325a), es decir, no se trataba de ejercer el poder por el poder mismo, sino que su aspiraci&oacute;n era el resultado de una conducta moral que respond&iacute;a al inter&eacute;s com&uacute;n, al beneficio comunitario.</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">Para Arist&oacute;teles las directrices del poder que orientan el comportamiento de los sujetos estriban en identificar una finalidad moral, que es lo que define la esencia de la autoridad, y lo que constituye su principio de legitimaci&oacute;n. En este mismo sentido, Luis Villoro atribuye al concepto de poder esta cualidad cuando est&aacute; justificado positivamente en un fin valioso que permite la realizaci&oacute;n de las mejores obras:</font></p>     <blockquote>       ]]></body>
<body><![CDATA[<p align="justify"><font face="verdana" size="2">Deseamos el poder para obtener, gracias a &eacute;l, otra cosa. Es pues un valor 'extr&iacute;nseco', es decir, vale en la medida en que contribuya a la realizaci&oacute;n de un fin valioso por s&iacute; mismo. Si el fin tiene un valor intr&iacute;nseco, el poder es igualmente valioso. Podemos pensar en una sociedad donde el poder tuviera ese sentido positivo. Ser&iacute;a entonces el medio para lograr un bien com&uacute;n y el t&eacute;rmino de una voluntad general. Los miembros de una sociedad semejante coordinan sus fuerzas en la caza, suman sus esfuerzos en el momento de la cosecha, conciertan sus habilidades en el trabajo colectivo" (Villoro, 2001: 81).<sup><a href="#notas">11</a></sup></font></p> </blockquote>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">Si el sentido de la dominaci&oacute;n es &eacute;ste, entonces el poder se finca a partir de la obtenci&oacute;n de una finalidad moral, que para Arist&oacute;teles consiste en alcanzar un beneficio comunitario, es decir, a partir del sentido positivo al que alude Villoro en su explicaci&oacute;n, en el que se atribuye su car&aacute;cter valorativo.<sup><a href="#notas">12</a></sup></font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">El beneficio com&uacute;n es lo que define inicialmente el concepto de autoridad en Arist&oacute;teles, y lo que justifica el ejercicio del poder por parte de la persona investida de mando para dirigir sus acciones, de ah&iacute; la relevancia que adquiere el significado del poder, que no representa, en esta tesitura, un elemento que sea comparable conceptualmente con la autoridad, sino que se erige en funci&oacute;n de &eacute;sta; esto es, el poder como medio de realizaci&oacute;n de las tareas propias de la autoridad, con lo que se asume una distinci&oacute;n conceptual con respecto al concepto de poder en el comportamiento administrativo que hemos definido en este trabajo. En este sentido, el concepto de autoridad de Arist&oacute;teles es m&aacute;s amplio que el de poder, porque &eacute;ste es una cualidad de aqu&eacute;l; el elemento del que dispone la autoridad para emprender su finalidad leg&iacute;tima obedece a las posibilidades del poder, como mecanismo de acci&oacute;n para la realizaci&oacute;n de las mejores obras o las m&aacute;s nobles tareas.</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">En el comportamiento administrativo se requiere de una autoridad que dirija y coordine el esfuerzo com&uacute;n, en aras de lograr determinados objetivos, y una autoridad leg&iacute;tima est&aacute; encarnada en el hombre m&aacute;s apto para la coordinaci&oacute;n o realizaci&oacute;n de las tareas, que en t&eacute;rminos aristot&eacute;licos ser&iacute;a aquella que tenga la virtud m&aacute;s probada para cumplirlas de la mejor manera. Para Arist&oacute;teles, el poder que tiene la autoridad para ejecutar o dirigir las actividades est&aacute; en funci&oacute;n de la realizaci&oacute;n de las mejores obras, y la autoridad leg&iacute;tima en el comportamiento administrativo sirve para alcanzar de la mejor manera los objetivos organizacionales; la diferencia entre ambas concepciones es el espacio de acci&oacute;n, pues mientras que para el pensamiento aristot&eacute;lico es el bien com&uacute;n, en la organizaci&oacute;n es el cumplimiento de los objetivos que ella misma se&ntilde;ala, aunque bien sabemos que esto est&aacute; condicionado para otorgar, en &uacute;ltima instancia, un beneficio social, mismo que es el resultado de la divisi&oacute;n del trabajo, en la que cada organizaci&oacute;n genera los satisfactores que requiere la comunidad para su subsistencia.</font></p>     <blockquote>       <p align="justify"><font face="verdana" size="2">El poder de ese jefe no est&aacute; separado del poder del grupo, es uno de sus elementos. Ejerce autoridad sobre los dem&aacute;s en la medida en que sirve para realizar un bien com&uacute;n. La voluntad de la autoridad no se impone a las voluntades ajenas. Su funci&oacute;n es hacer eficaz el poder de todos, al unificarlos en una acci&oacute;n colectiva. &Eacute;sta ser&iacute;a una sociedad en la que, en sentido estricto, nadie impone su voluntad; en ella no existe, por lo tanto un poder <i>pol&iacute;tico </i>(Villoro, 2001: 81).<sup><a href="#notas">13</a></sup></font></p> </blockquote>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">La concepci&oacute;n del poder que se&ntilde;ala Villoro funge como el elemento de articulaci&oacute;n entre los actos de la autoridad con la consecuci&oacute;n de las metas comunes, pero se trata de emprender los objetivos propios de una colectividad, en donde no se establece como &uacute;ltima instancia de validez el elemento coactivo, sino el car&aacute;cter leg&iacute;timo para la realizaci&oacute;n de las obras colectivas que les son propias, una explicaci&oacute;n muy cercana a la idea de poder que indica Mary Parker Follett (1995: 97&#150;119 y 141&#150;154). La legitimidad de la autoridad se manifiesta en la obtenci&oacute;n de un fin comunitario, como podemos deducirlo de la teor&iacute;a aristot&eacute;lica, y en la capacidad para coordinar los esfuerzos colectivos, como lo entendemos en el comportamiento administrativo. El poder, en este sentido, ya no s&oacute;lo responde al car&aacute;cter impositivo de los mandatos sino que apela, contrariamente, a la legitimidad, al poder leg&iacute;timo que ejerce la autoridad para alcanzar ciertos fines, en el contexto de un reconocimiento com&uacute;n, informado y voluntario, de los <i>subordinados</i>, validados por el acuerdo impl&iacute;cito entre ellos y la autoridad, y que en todo momento est&aacute; supeditado al car&aacute;cter racional de las acciones.</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">El concepto de autoridad que se&ntilde;ala Arist&oacute;teles proyecta ese poder leg&iacute;timo que se inserta dentro de un &aacute;mbito de validez com&uacute;n, entre quienes ejercen la dominaci&oacute;n y los dominados. Los mecanismos de participaci&oacute;n colectivos responden a la capacidad de los dirigentes para orientar de la mejor manera las funciones en el contexto de un acuerdo intersubjetivo, en el que prevalece el reconocimiento de los actores por aceptar voluntariamente el poder de la autoridad como medio leg&iacute;timo para regir las tareas. Las posibilidades de acci&oacute;n quedan enmarcadas en la relaci&oacute;n existente entre la autoridad y los dem&aacute;s individuos como medio de orientaci&oacute;n reconocido por todos los participantes. La validez de las acciones se establece en la propia capacidad de los dirigentes para ejercer la funci&oacute;n, y esto constituye el elemento de inicio en el que se funda la legitimidad de la autoridad en el pensamiento aristot&eacute;lico, junto con la adecuaci&oacute;n de sus acciones al r&eacute;gimen establecido y las perspectivas de actuaci&oacute;n virtuosa y justa. Estas fuentes de legitimidad que se&ntilde;ala Arist&oacute;teles est&aacute;n contenidas en el significado de las magistraturas, que es lo m&aacute;s cercano al concepto de la autoridad que intentamos explorar.</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">Para Arist&oacute;teles (2000c: 1309a) "Tres condiciones deben tener los que van a desempe&ntilde;ar las magistraturas supremas: en primer lugar, amor al r&eacute;gimen establecido; en segundo lugar la mayor competencia en las tareas de su cargo, y en tercer lugar, una virtud y una justicia en cada r&eacute;gimen adecuadas a ese r&eacute;gimen, pues si lo justo no es lo mismo en todos los reg&iacute;menes, necesariamente habr&aacute; tambi&eacute;n diferentes clases de justicia". Estas cualidades se&ntilde;aladas por Arist&oacute;teles condicionan el comportamiento de los dirigentes para emprender las acciones propias de su funci&oacute;n. En primer t&eacute;rmino, si bien "el amor al r&eacute;gimen establecido" no tiene un referente claro de interpretaci&oacute;n, podemos comprenderlo como la firme creencia de los actores en las directrices propias que se instituyen en un r&eacute;gimen, que para el pensamiento de Arist&oacute;teles tendr&iacute;an que estar referidas a la comunidad; el convencimiento en la consecuci&oacute;n de objetivos que plantea un sistema de actuaci&oacute;n social es el referente de inicio para que los individuos emprendan las tareas propias de su funci&oacute;n, principalmente para dar paso a sus acciones virtuosas. El amor al r&eacute;gimen establecido en el pensamiento de Arist&oacute;teles tiene que leerse como el amor a la comunidad, a la conformaci&oacute;n organizada de los individuos dentro de la ciudad, la cual representa el contexto de significado bajo el que es posible pensar en un comportamiento comprometido con lo que es com&uacute;n. El referente m&aacute;s inmediato que podemos encontrar en torno a las organizaciones, desde esta perspectiva, es el car&aacute;cter &eacute;tico de los sujetos investidos de mando, en el sentido de que su acci&oacute;n se condiciona a la consecuci&oacute;n de los objetivos organizacionales: "La aportaci&oacute;n individual m&aacute;s importante que se exige del elemento dirigente, y, por cierto, de calidad m&aacute;s universal, es la lealtad, la dominaci&oacute;n por la personalidad de la organizaci&oacute;n" Barnard, 1975: 19). La creencia en lo que promueve la organizaci&oacute;n significa, al mismo tiempo, asumir un compromiso con &eacute;sta que en &uacute;ltima instancia redundar&aacute; en un bien com&uacute;n, para satisfacer las necesidades sociales.</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">Queda claro que en el pensamiento aristot&eacute;lico el "amor al r&eacute;gimen establecido" se plantea como una clara referencia a la comunidad para el bienestar com&uacute;n. En tanto la lealtad de la autoridad a la organizaci&oacute;n, que la hemos tomado como el s&iacute;mil del principio aristot&eacute;lico del "amor al r&eacute;gimen establecido", puede interpretarse en dos sentidos: por la simple creencia en los objetivos que persigue una organizaci&oacute;n, por ejemplo, en una universidad &#151;el amor a la educaci&oacute;n, a la investigaci&oacute;n o a la difusi&oacute;n de la cultura&#151;, un hospital o una instituci&oacute;n de beneficencia &#151;el amor por ayudar al pr&oacute;jimo; y como una necesidad particular de los hombres por asumir una responsabilidad social dentro del sistema de actuaci&oacute;n al que pertenece.</font></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p align="justify"><font face="verdana" size="2">El "amor al r&eacute;gimen establecido" contextualiza el significado de comportamiento de los actores dentro de un sistema, que posteriormente se materializa en la propia funci&oacute;n, que es, precisamente la aptitud para ejercer la autoridad, que es la segunda caracter&iacute;stica que se&ntilde;ala Arist&oacute;teles, la cual consiste en la capacidad de los individuos para emprender las tareas propias de su cargo; para Arist&oacute;teles esto no significa &uacute;nicamente el hecho de tener pericia para la realizaci&oacute;n de las actividades, sino una labor comprometida con la comunidad, es decir, la autoridad se convierte en un ente responsable de acci&oacute;n frente a los dem&aacute;s, y gracias a ello adquiere mayor relevancia su capacidad para la realizaci&oacute;n de los actos. En el comportamiento administrativo esta cualidad brinda las posibilidades de legitimar a la autoridad frente a los dem&aacute;s, debido a que permite que se reconozca en la organizaci&oacute;n a la persona id&oacute;nea para dirigir las funciones, tanto por su habilidad como por su conocimiento, lo cual est&aacute; estrechamente relacionado con la tercera particularidad que se&ntilde;ala Arist&oacute;teles que son la virtud y la justicia. El significado de la virtud comprende la capacidad de realizar las acciones que son propias de los individuos, orientadas al beneficio comunitario y a su realizaci&oacute;n espiritual, en la forma de la consecuci&oacute;n de una obra individual. En el &aacute;mbito de la autoridad en el comportamiento administrativo, la virtud comprende las cualidades vocacionales que posee el individuo para dirigir la funci&oacute;n en tanto la justicia funge como la racionalizaci&oacute;n de los actos de autoridad de manera equitativa entre todos quienes conforman un sistema de interactuaci&oacute;n.</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">La autoridad en el pensamiento de Arist&oacute;teles tiene una referencia expl&iacute;cita hacia los dem&aacute;s, como ya lo hemos advertido, de modo que mientras el funcionamiento de una comunidad est&eacute; enmarcado en la eficacia ser&aacute; en beneficio de ella misma y del propio individuo que ejerce el mando. En este contexto, la autoridad cumplir&aacute; mejor su responsabilidad y adquirir&aacute; mayor validez en sus funciones si es capaz de alcanzar la coordinaci&oacute;n adecuada de todos los miembros, porque el bien de los dem&aacute;s tambi&eacute;n ser&aacute; el bien personal. El ejercicio de la autoridad estar&aacute; mejor reconocido si recibe de los subordinados su aceptaci&oacute;n, de manera que adquiere la mayor legitimidad para ejercer de la mejor manera la dominaci&oacute;n.</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">&nbsp;</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2"><b>El concepto de autoridad en el comportamiento administrativo</b></font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">El concepto de autoridad en Arist&oacute;teles que hemos expuesto se define fundamentalmente por la legitimidad. Los elementos de an&aacute;lisis que explican, por el momento, la legitimidad de la autoridad en el pensamiento de Arist&oacute;teles son el bien com&uacute;n, esto es, la perspectiva de acci&oacute;n que se sustenta a partir de la realizaci&oacute;n de un bien, as&iacute; como el conocimiento de la funci&oacute;n que acompa&ntilde;a a la capacidad para la realizaci&oacute;n de la acci&oacute;n, lo que es una derivaci&oacute;n de la virtud, en el sentido de emprender una actividad aut&eacute;ntica al ser. Estas dos dimensiones de la legitimidad de la autoridad en Arist&oacute;teles definen la legitimidad de la autoridad en el comportamiento administrativo; en primer t&eacute;rmino, porque toda vertiente de acci&oacute;n que se desarrolla en las organizaciones se justifica a partir de la realizaci&oacute;n de un objetivo, mismo que responde a una necesidad social, de modo que las funciones particulares sirven a un prop&oacute;sito m&aacute;s amplio de significado que es la comunidad. En segundo t&eacute;rmino, porque lo que explica la administraci&oacute;n es la acci&oacute;n funcional de los sujetos, los cuales obedecen a las capacidades individuales, que es lo que legitima, en mayor medida, los actos de autoridad. Esta &uacute;ltima vertiente es la que se explorar&aacute; en este apartado, de modo que permita vincular el concepto de autoridad de Arist&oacute;teles, que se ha analizado, con el concepto de autoridad en el comportamiento administrativo. Se trata de definir, por ahora, el car&aacute;cter leg&iacute;timo de la autoridad a partir de la propia funci&oacute;n con la finalidad de comprender el concepto de autoridad en el comportamiento administrativo.</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">Tanto el poder como la autoridad son relaciones de dominio;<sup><a href="#notas">14</a></sup> la diferencia estriba en que el poder, como lo entendemos en este trabajo, apela a los elementos coactivos de control como &uacute;ltima instancia de validez para orientar las acciones de los actores o para aspirar a su obediencia, sustentados fundamentalmente en los lineamientos establecidos por el sistema normativo, en tanto que la autoridad es una relaci&oacute;n de reconocimiento y validez intersubjetiva que aspira al consenso colectivo para alcanzar la legitimidad en los hechos, mediante la realizaci&oacute;n de la propia funci&oacute;n, cuando hablamos concretamente del comportamiento administrativo.</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">La dominaci&oacute;n que surge del poder en el comportamiento administrativo puede materializarse por dos v&iacute;as: previamente a la relaci&oacute;n efectiva de mando y obediencia, es decir, aquella que se otorga mediante los mecanismos legales previstos por la estructura org&aacute;nica; y a trav&eacute;s del v&iacute;nculo f&aacute;ctico que se produce en el propio actuar de los sujetos, esto es, posterior al nombramiento y en la relaci&oacute;n funcional que se desarrolla en las actividades cotidianas de los actores. La dominaci&oacute;n leg&iacute;tima, la que origina el concepto de autoridad que sugerimos para este trabajo, &uacute;nicamente puede concretarse en la realizaci&oacute;n de la funci&oacute;n, por su virtud, en el proceso de interacci&oacute;n de los individuos que reconocen en ciertos actores la capacidad para dirigir las tareas. Michel Crozier y Erhard Friedberg reconocen cuatro fuentes de poder para una organizaci&oacute;n: aquellas que provienen del control de una competencia particular y de la especializaci&oacute;n funcional; las que est&aacute;n ligadas a las relaciones entre una organizaci&oacute;n y sus entornos; las que nacen del control de la comunicaci&oacute;n y de la informaci&oacute;n, y las que provienen de la existencia de las reglas organizativas generales (Crozier y Friedberg, 1990: 69). Consideramos que el poder que se deriva de las relaciones de la organizaci&oacute;n y sus entornos, del control de las comunicaciones y de la informaci&oacute;n, as&iacute; como las que se generan por la existencia de reglas organizativas, no responden a la categor&iacute;a conceptual de la autoridad que propondremos en la legitimaci&oacute;n del comportamiento administrativo por los siguientes motivos. En el primer caso, porque lo que nos interesa estudiar son los v&iacute;nculos que se establecen al interior de la organizaci&oacute;n, como procesos de interrelaci&oacute;n funcional entre quien detenta la dominaci&oacute;n y los subordinados; en el segundo caso, porque la dominaci&oacute;n que nace de las comunicaciones y de la informaci&oacute;n tiene un determinante previo de poder que sustenta su actuaci&oacute;n, ya sea por la propia estructura org&aacute;nica o bien por una condici&oacute;n estipulada por las l&iacute;neas de mando que otorgan cierta predominancia de unos actores sobre otros, independientemente de las relaciones propias de la funci&oacute;n; y finalmente, en el tercer caso, porque la estructura formal es una de las partes fundamentales del concepto de poder, en el sentido de que la validez de los actos de los dirigentes est&aacute; supeditado al control coercitivo legalizado como posibilidad de acci&oacute;n para obligar a los actores a acatar una orden, es decir, el car&aacute;cter coactivo que se deriva del aparato normativo define al poder como &uacute;ltima instancia de validez de los ordenamientos; esta dimensi&oacute;n no otorga mayor legitimidad que la propia legalidad. Estas tres condiciones conforman parte de la esencia del concepto de poder que nos sirve para distinguirlo del concepto de autoridad que proponemos.</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">Al margen de la denominaci&oacute;n que le otorgan Crozier y Friedberg a las relaciones de dominaci&oacute;n como relaciones de poder, el concepto de autoridad alude parcialmente al control de una competencia particular y de la especializaci&oacute;n funcional, debido a que obedece, en mayor medida, al reconocimiento intersubjetivo de los actores por aceptar en los sujetos la capacidad para orientar las actividades que otorga procesos de legitimaci&oacute;n a los actos de autoridad; decimos que esta vertiente define parcialmente el concepto de autoridad porque tambi&eacute;n existen otras fuentes de legitimaci&oacute;n de la autoridad en la administraci&oacute;n como son el don de mando, el carisma, la personalidad o la experiencia. Sin embargo, consideramos de suma relevancia establecer como la principal fuente de legitimidad de la autoridad en el comportamiento administrativo la competencia individual que aspira a la especializaci&oacute;n, debido a que constituye una manifestaci&oacute;n objetiva de las acciones concretas que se desarrollan en las organizaciones, como qued&oacute; definido en uno de sus aspectos con el an&aacute;lisis del concepto de autoridad en el pensamiento de Arist&oacute;teles. La competencia particular y la especializaci&oacute;n funcional en el comportamiento administrativo se vinculan con el pensamiento de Arist&oacute;teles en el sentido de que toda actividad inmersa en la legitimidad se define por la virtud, como la posibilidad de los actores de realizar una funci&oacute;n que les es propia, por eso es que consideramos en este trabajo como la m&aacute;s importante fuente de legitimidad de la autoridad en la administraci&oacute;n.</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">Si la dominaci&oacute;n se encuentra inserta dentro de la vertiente propia del poder entonces los elementos coactivos de dominio prevalecen como elementos de obligatoriedad hacia los actores para acreditar el comportamiento colectivo; en tanto si la dominaci&oacute;n resulta de un proceso de justificaci&oacute;n racional y voluntario por parte de los subordinados, enmarcado en un acuerdo consensual, entonces se entiende como autoridad. En este sentido, la autoridad otorgada por consenso no puede interpretarse al mismo tiempo como el poder que confiere autoridad, debido a que esto equivale a se&ntilde;alar que la mayor&iacute;a consiente que se la aplique la coerci&oacute;n (Buckley, 1993: 262&#150;263). Cuando los esquemas de participaci&oacute;n colectivos tienden a asumir el poder como posibilidad coercitiva de dominio entonces la legitimaci&oacute;n de los actos de autoridad ya no puede conformar el acuerdo consensuado de los subordinados, en raz&oacute;n de que el poder lo ha suplantado, la fuerza adquiere mayor relevancia que el acuerdo para el sostenimiento del orden establecido (Buckley, 1993: 262&#150;263), por lo que ya no es posible comprender el significado de una autoridad leg&iacute;tima. Mientras prevalezca el poder en la relaci&oacute;n de mando y obediencia, la legitimidad no tiene raz&oacute;n de ser, y el concepto de autoridad pierde su sustento, pues su esencia es, precisamente, la legitimaci&oacute;n, la creencia racional de que la disposici&oacute;n de mandatos constituye la m&aacute;s pertinente para la realizaci&oacute;n de la funci&oacute;n.</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">Con la legitimidad, la autoridad no s&oacute;lo encarna la justificaci&oacute;n del dominio, sino que proyecta mecanismos de articulaci&oacute;n de todos los actores, dentro de un &aacute;mbito de reconocimiento intersubjetivo y al margen del car&aacute;cter impositivo que genera el poder; en s&iacute; misma, la figura de la autoridad conjunta el esfuerzo colectivo mediante la coordinaci&oacute;n de todos sus componentes; sin embargo, lo que genera la legitimaci&oacute;n de la autoridad en el comportamiento administrativo es la validez a los procesos decisorios. Para Talcott Parsons, la autoridad es el derecho leg&iacute;timo a adoptar ciertas decisiones y a obligar con ellas a la colectividad (Parsons, 1997: 120). Aunque la explicaci&oacute;n que se&ntilde;ala Parsons sobre la autoridad se encuentran m&aacute;s cercanas a la estipulaci&oacute;n de la estructura jer&aacute;rquica y, por lo tanto, se ubica en el &aacute;mbito del poder pol&iacute;tico, consideramos que en las organizaciones cuando la autoridad se legitima asume el control decisorio sobre los elementos disponibles para alcanzar la coordinaci&oacute;n de los individuos que confluyen en el actuar colectivo, provisto de una serie de factores que le otorgan el derecho de primac&iacute;a en la regulaci&oacute;n de las funciones, con vistas a lograr ciertos objetivos. En este sentido, la obligatoriedad de los agentes por cumplir con las tareas encomendadas por la autoridad no es un hecho que se genere a partir del nombramiento administrativo, sino que es la consecuencia del acuerdo consensuado de los individuos por reconocer en ella las mejores directrices para orientar la acci&oacute;n colectiva.</font></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p align="justify"><font face="verdana" size="2">Cuando los actores disponen de los medios leg&iacute;timos de dominio en el comportamiento administrativo la obediencia es una consecuencia del reconocimiento impl&iacute;cito de los sujetos por admitir que quien dirige la funci&oacute;n es la persona id&oacute;nea para el desarrollo de la misma, incluso si no cuenta con la designaci&oacute;n expresa que se&ntilde;ala la estructura jer&aacute;rquica. Sin atribuir al especialista de una tarea la condici&oacute;n enajenante del trabajo, como sucede frecuentemente en la mecanizaci&oacute;n de las acciones que se realizan en la industria capitalista y que se ha teorizado en la llamada escuela de la <i>administraci&oacute;n cient&iacute;fica</i>, una persona de alta competencia <i>t&eacute;cnica </i>se convierte en la autoridad de la funci&oacute;n espec&iacute;fica que desarrolla, misma que no puede ser juzgada en sus decisiones y en su cualidad t&eacute;cnica por un superior jer&aacute;rquico en la organizaci&oacute;n, a menos de que esa misma autoridad jer&aacute;rquica cuente con una preparaci&oacute;n profesional similar o los conocimientos suficientes del cargo para emitir un juicio acerca de su trabajo. En este sentido, es preciso que se reconozca al especialista, dentro de esa esfera t&eacute;cnica, y cuente con una relativa libertad respecto a la intervenci&oacute;n de la autoridad formal (Parsons, 1997: 127). Lo que prevalece en la legitimidad de la autoridad por la funci&oacute;n es el conocimiento concreto y no el car&aacute;cter lineal de las decisiones que proyecta la estructura org&aacute;nica. Se trata de la autoridad otorgada por la funci&oacute;n que los dem&aacute;s miembros reconocen como leg&iacute;tima, de manera que la posibilidad de mando se fundamenta en esa objetiva condici&oacute;n valorativa.</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">La influencia que se genera por los conocimientos <i>t&eacute;cnicos </i>de estos actores adquiere una relevancia determinante para asumir una parte de la dominaci&oacute;n, que media dentro de un &aacute;mbito de negociaci&oacute;n espec&iacute;fico:</font></p>     <blockquote>       <p align="justify"><font face="verdana" size="2">De tal suerte, estudiar una organizaci&oacute;n desde el punto de vista de las relaciones de poder a trav&eacute;s de las cuales los actores organizativos manipulan las zonas de incertidumbre con que cuentan para negociar continuamente su propia voluntad y para imponer, en la medida de lo posible, sus propias orientaciones a otros actores, nos revela una segunda estructura de poder, paralela a la que el organigrama oficial codifica y legitima (Crozier y Friedberg, 1990: 75).</font></p> </blockquote>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">La connotaci&oacute;n que deseamos resaltar es el espacio de dominaci&oacute;n que adquieren los individuos por su pericia para el ejecuci&oacute;n de una funci&oacute;n concreta, al margen de la dimensi&oacute;n impositiva que proyecta el poder. Los sujetos investidos de esta autoridad leg&iacute;tima influyen en los dem&aacute;s para orientar de la mejor manera las tareas, lo cual queda validado por el acuerdo intersubjetivo de los actores que reconocen en esta autoridad la capacidad de direcci&oacute;n; el llamado "organigrama oficial" no produce la legitimaci&oacute;n, sino el propio actuar de los sujetos y los elementos inherentes a su condici&oacute;n de <i>experto </i>dentro del &aacute;mbito de actuaci&oacute;n en el que se desempe&ntilde;a.</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">La asimilaci&oacute;n de la autoridad leg&iacute;tima es propia de los miembros de la organizaci&oacute;n por el acuerdo colectivo impl&iacute;cito de los individuos. La autoridad encauza las formas de conducta de otros en beneficio de las metas o intereses generales (Buckley, 1993: 257). La autoridad o el poder existen como espacio de dominaci&oacute;n que repercute en la orientaci&oacute;n colectiva de los sujetos que participan en un sector de la organizaci&oacute;n o en su totalidad. Tanto el poder que contiene la estructura formal como la autoridad leg&iacute;tima responden a un objetivo determinado o a un inter&eacute;s particular; sin embargo, en la organizaci&oacute;n s&oacute;lo se legitima una acci&oacute;n cuando su contenido se encuentra inserto dentro de una funci&oacute;n concreta.</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">La orientaci&oacute;n de la conducta de la autoridad tanto en el pensamiento de Arist&oacute;teles como en el comportamiento administrativo est&aacute; determinada por el reconocimiento colectivo; gracias a ello se le otorga a la autoridad el derecho de mando sobre ciertas acciones, fundado en la creencia de que las &oacute;rdenes son una directriz objetiva de control vinculada con la funci&oacute;n. En la autoridad queda establecido el <i>derecho </i>para determinar medidas, formular juicios sobre ciertas cuestiones o resolver controversias, o, de manera m&aacute;s amplia, para actuar como jefe o gu&iacute;a de otros hombres, enmarcado dentro de un orden social dado, como sucede en la organizaci&oacute;n; y se hace hincapi&eacute; esencialmente en ese derecho y no en el poder, pues por s&iacute; solo el poder carece de legitimidad: ni el mayor tirano puede alcanzar ning&uacute;n objetivo si no se reviste de autoridad, si no cuenta con un m&iacute;nimo de validez que le permita emprender sus acciones (MacIever, 1966: 86). El consentimiento voluntario de los agentes es una cualidad de los sistemas de dominaci&oacute;n en la autoridad para legitimarse, y en la organizaci&oacute;n se justifica, inicialmente, por la propia funci&oacute;n.</font></p>     <blockquote>       <p align="justify"><font face="verdana" size="2">La <i>autoridad </i>es la direcci&oacute;n o el control de la conducta de otros para la promoci&oacute;n de metas colectivas, basada en alguna forma discernible de consentimiento cognoscible de aquellos. Por lo tanto, la autoridad implica una sujeci&oacute;n informada y voluntaria, que es un estado psicol&oacute;gico definido, y una coordinaci&oacute;n o identidad de las orientaciones hacia metas de los controladores y controlados. Seg&uacute;n esta definici&oacute;n, la autoridad no es una forma especial de poder, ni el poder es un subtipo de autoridad (Buckley, 1993: 271).<sup><a href="#notas">15</a></sup></font></p> </blockquote>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">El concepto de autoridad significa que los integrantes asumen la condici&oacute;n de subordinados de una manera informada, es decir, con el reconocimiento pleno de que alguien m&aacute;s cuenta con mejores posibilidades de orientaci&oacute;n para cumplir con las funciones. Gracias a esta conformidad cognoscible de los participantes es posible hacer referencia a la justificaci&oacute;n de una forma de conducta. As&iacute; es como en este concepto de autoridad estamos en condiciones de comprender que los miembros de la organizaci&oacute;n asumen la directriz de los mandatos como un referente objetivo, informado y voluntario de dominaci&oacute;n con lo que es posible apelar al acuerdo consensual para validar el comportamiento colectivo que sugiere la autoridad para el cumplimiento de las funciones. Mientras que en la dominaci&oacute;n formal el consenso de los actores no es una necesidad debido a que el aparato normativo es suficiente para asumir el car&aacute;cter dominante, en la comprensi&oacute;n de la autoridad constituye la esencia de su significado. La autoridad se caracteriza por el v&iacute;nculo que se establece con los participantes en aras de alcanzar la cooperaci&oacute;n plena, al margen de la jerarqu&iacute;a formal que sustenta el poder. La autoridad, como la hemos definido, se reconoce a partir de las acciones leg&iacute;timas que conforman el actuar colectivo, en el cual el reconocimiento y la validez de los actos de autoridad fungen como catalizadores de la estabilidad de comportamiento de los participantes. Lo que subyace a la legitimidad, y por tanto a la autoridad, es la idea de comunidad que tiende a garantizar estructuras de funcionamiento con vistas a alcanzar un objetivo determinado.</font></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p align="justify"><font face="verdana" size="2">La relaci&oacute;n de mando y obediencia establece directrices de funcionamiento colectivo en las organizaciones y genera lineamientos de participaci&oacute;n de los actores que aspiran a validar los actos de autoridad, en el sentido de fundar acciones rec&iacute;procas que permiten orientar el trabajo conjunto. La interacci&oacute;n de los individuos en las organizaciones aspira a establecer mecanismos adecuados de cooperaci&oacute;n conjuntos, en los que si bien la autoridad funge como promotora del esfuerzo compartido, quienes concretan esta perspectiva de funcionamiento colaborador son los propios agentes dirigidos, que en un &aacute;mbito de legitimaci&oacute;n de la autoridad se justifica por medio del reconocimiento de todos los actores; en este sentido, la subordinaci&oacute;n adquiere una relevancia determinante en el significado de la autoridad porque gracias a ello es posible aspirar a la realizaci&oacute;n de las tareas por la aceptaci&oacute;n voluntaria, informada y racional de los ordenamientos. Si una comunicaci&oacute;n directiva es aceptada por el subordinado, se confirma o establece la dominaci&oacute;n, lo que constituye su base de acci&oacute;n. La desobediencia a esa comunicaci&oacute;n es para el subordinado una negaci&oacute;n de la autoridad; por lo tanto, acatar una orden radica en las personas a quienes va dirigido el ordenamiento y no de la persona quien la emite, que es la persona dotada de mando (Barnard, 1971: 383). Si hablamos del concepto de poder, la desobediencia a una orden ser&aacute; motivo para que el dirigente condicione esa acci&oacute;n a la coercitividad del dominio para obligar a los actores a acatarla, en tanto si esa desobediencia se encuentra enmarcada en el concepto de autoridad que hemos definido, mientras sea la racionalidad de los sujetos lo que oriente esa decisi&oacute;n y no el mero acto de rebeld&iacute;a, la carencia de legitimidad de la persona dotada de mando ser&aacute; la que explique ese hecho.</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">Independientemente de la posibilidad de que la aceptaci&oacute;n de los mandatos est&eacute;n condicionados por la utilizaci&oacute;n de la fuerza f&iacute;sica, como caso extremo de validez para obligar a los actores a acatar una orden, o de su car&aacute;cter leg&iacute;timo, la dominaci&oacute;n es creada y mantenida por la opini&oacute;n p&uacute;blica (Robert Michels, citado por Barnard, 1971: 383), de ah&iacute; que sostengamos que la dominaci&oacute;n es una atribuci&oacute;n propia de quienes son dominados, en el sentido de que esta dominaci&oacute;n corresponde a la forma de comportamiento que asumen los subordinados, especialmente si nos referimos a la legitimidad. Un sujeto acepta una comunicaci&oacute;n por parte de la persona investida de mando cuando se cumplen cuatro condiciones simult&aacute;neamente: a) que entienda una comunicaci&oacute;n; b) que en <i>el momento de su aceptaci&oacute;n </i>crea que es congruente con el prop&oacute;sito de la organizaci&oacute;n; c) que en el <i>momento de la aceptaci&oacute;n </i>crea que es compatible con su inter&eacute;s personal como un todo, y d) que sea capaz de acatarla mental y f&iacute;sicamente (Barnard, 1971: 384). Estos cuatro elementos en el proceso de mando y obediencia que indica Barnard constituyen los elementos primarios para comprender el significado de la autoridad en las organizaciones cuando se inserta en el &aacute;mbito de la legitimidad.</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">Una orden en el comportamiento administrativo es comprensible desde el momento en que el individuo es capaz de interpretarla con vistas a visualizar el sentido que propone una comunicaci&oacute;n (<i>Vid., </i>Weber, 1999: 5 y ss), con lo que est&aacute; en posibilidades de discernir si ese ordenamiento se enmarca dentro de un objetivo fijado de antemano mediante el contexto de significado en el que se halle, tanto individual como colectivo, as&iacute; como la compatibilidad de las condiciones del subordinado con la tarea que se le encomienda. Una vez que la orden es asimilada, el subordinado acepta esta comunicaci&oacute;n por las siguientes razones: porque constituye una posibilidad para ganar la aprobaci&oacute;n y aceptaci&oacute;n de los dem&aacute;s miembros; porque es capaz de contribuir a una causa que considera digna; por evitar posibles acciones disciplinarias; por cumplir con las normas morales, y por obtener recompensas (Terry, 1982: 334). Los elementos que se relacionan directamente con la legitimidad est&aacute;n referidas a las funciones de la organizaci&oacute;n que le permita atender los ordenamientos. En primera instancia diremos que el espacio de actuaci&oacute;n de una autoridad est&aacute; deliminado funcionalmente, de modo que responde a un &aacute;mbito de competencia al interior de la organizaci&oacute;n, dentro del cual se encuentra su comportamiento: una comunicaci&oacute;n generada por una autoridad en la esfera organizacional que no responda a esta circunstancia carece de toda legitimaci&oacute;n, incluso puede carecer de sentido en cualquier proceso de mando, mientras no sea propio de un sistema de objetivos establecidos; por ejemplo, carece de sentido en la organizaci&oacute;n el que a un subordinado se le ordene la compra de material para la construcci&oacute;n de la casa particular del jefe de vigilancia; o carece de legitimidad el que un jefe de finanzas ordene la manera en que debe fabricarse un tornillo en el departamento de producci&oacute;n. En este &uacute;ltimo caso, la persona investida de mando carece de autoridad para ordenar a los subordinados de otra &aacute;rea, porque su &aacute;mbito de competencia y de control es distinta a la establecida por la propia organizaci&oacute;n, adem&aacute;s de que puede carecer de los conocimientos adecuados para esa funci&oacute;n particular. Esto tambi&eacute;n conduce a la falta de incentivos del subordinado por acatar una orden, debido a que frecuentemente este tipo de circunstancias manifiestan una conducta autoritaria de las personas dotadas de mando.</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">Los alicientes que permiten a una persona acatar un ordenamiento son una consecuencia de la forma en que se ejerce una dominaci&oacute;n, pues no es lo mismo que una persona realice una funci&oacute;n cuando lo hace por el temor a las sanciones que cuando la tarea encomendada se ejecuta en un ambiente de cooperaci&oacute;n y de consenso entre la autoridad y los subordinados, que tienda a la participaci&oacute;n e inter&eacute;s com&uacute;n, que en el &aacute;mbito del comportamiento administrativo se trata de la consecuci&oacute;n de un objetivo organizacional dentro de una perspectiva de validez de las acciones colectivas, conjuntamente con la perspectiva individual de los actores por asumir la responsabilidad &eacute;tica en la ejecuci&oacute;n del trabajo.</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">El contexto de significado es una determinante inicial para aspirar a la legitimaci&oacute;n de la autoridad. En las organizaciones tanto las personas dotadas de mando como los subordinados asumen una condici&oacute;n particular dentro ellas, lo cual enmarca la participaci&oacute;n de todos los actores. Gracias a esta disposici&oacute;n de objetivos organizacionales, la validez de las acciones responde a la delimitaci&oacute;n funcional con base en la divisi&oacute;n del trabajo, misma que queda plasmada en la estructura org&aacute;nica mediante la distribuci&oacute;n de puestos y la escala jer&aacute;rquica que fja un &aacute;mbito de control, de acuerdo con un &aacute;rea de responsabilidad. No obstante, la formalidad que otorga la estructura org&aacute;nica no es un requisito para aspirar a la legitimaci&oacute;n de una autoridad, pues la legitimidad de la autoridad est&aacute; vinculada estrechamente con la experiencia, capacidad, inteligencia, conocimientos, valor moral o don de mando, la que ha sido definida por la teor&iacute;a administrativa como la autoridad personal &#151;autoridad leg&iacute;tima&#151; que es diferente a la autoridad estatutaria (<i>Vid., </i>Fayol, 1969: 159 y ss.) &#151;la que es propia de la estructura o como la denomina George Terry como la <i>autoridad del puesto</i>.</font></p>     <blockquote>       <p align="justify"><font face="verdana" size="2">Con frecuencia, se reconoce que aunque el titular pueda tener una capacidad personal limitada, su consejo puede ser superior, por causa, tan s&oacute;lo, de la ventaja de posici&oacute;n. &Eacute;sta es la <i>autoridad de posici&oacute;n</i>. Pero es evidente que algunos hombres tienen capacidad superior. Su conocimiento y su comprensi&oacute;n, independientemente de la posici&oacute;n, imponen respeto. Los hombres conceden autoridad a lo que ellos dicen en una organizaci&oacute;n, tan s&oacute;lo por esta raz&oacute;n. &Eacute;sta es la <i>autoridad de mando</i>. Cuando la autoridad de mando se combina con la autoridad de posici&oacute;n, los hombres que tienen una conexi&oacute;n establecida en una organizaci&oacute;n, conceder&aacute;n generalmente la autoridad, aceptando &oacute;rdenes muy alejadas de la zona de indiferencia. La confianza engendrada, incluso, puede hacer de la obediencia misma un incentivo (Barnard, 1971b: 391).<sup><a href="#notas">16</a></sup></font></p> </blockquote>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">La autoridad de posici&oacute;n, la autoridad estatutaria, en palabras de Fayol, o la autoridad del puesto, seg&uacute;n la denominaci&oacute;n de Terry, es la autoridad jer&aacute;rquica o formal que debemos entenderla como el concepto de poder, debido a que su instancia de validez estriba en la posibilidad de coacci&oacute;n para hacerse obedecer. Barnard concede que la autoridad de mando, autoridad personal o autoridad leg&iacute;tima, corresponde a la dominaci&oacute;n justificada en la funci&oacute;n y en las cualidades personales de mando. El significado de la autoridad leg&iacute;tima en el comportamiento administrativo se puede entender como un individuo que es aceptado como autoridad por los dem&aacute;s miembros gracias a la personalidad, a la popularidad y a los logros pasados satisfactorios. Terry (1982: 335) se&ntilde;ala al respecto lo siguiente: "<b>El empleado que tiene una larga asociaci&oacute;n con la actividad, conocimiento pr&aacute;ctico de ella, m&aacute;s la competencia para exigir respeto y cooperaci&oacute;n entusiasta, frecuentemente se encuentra con autoridad"</b>.<sup><a href="#notas">17</a></sup> Se trata del concepto de autoridad que se legitima por el reconocimiento intersubjetivo de todos los sujetos que colaboran en un &aacute;mbito funcional, referente a la capacidad moral para dirigir una funci&oacute;n, dentro de la que se inserta la racionalidad de las acciones que son validadas por una colectividad, debido a que se reconoce que alguien m&aacute;s es superior en juicio y que es capaz de percibir algo mejor que uno mismo (<i>Vid.</i>, Arist&oacute;teles, 2000c: 1325a y Gadamer, 2000: 45).</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">&nbsp;</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2"><b>Conclusi&oacute;n</b></font></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p align="justify"><font face="verdana" size="2">La idea del bien com&uacute;n en el pensamiento de Arist&oacute;teles es una referencia ineludible para comprender su concepto de autoridad. La acci&oacute;n individual no es una concepci&oacute;n aislada de los dem&aacute;s, sino que es una noci&oacute;n &eacute;tica de significado para emprender las tareas necesarias en beneficio de la comunidad. El trabajo es la vinculaci&oacute;n del hombre con la comunidad, de modo que no puede comprenderse la organizaci&oacute;n como un ente aislado de la comunidad, sino que responde a su espacio de significado, pues es ella quien define las necesidades que requiere para la subsistencia de sus miembros, independientemente de la necesidad creada por el mero consumo en la sociedad capitalista, se trata de generar satisfactores a la sociedad, por ello el bien com&uacute;n al que alude Arist&oacute;teles en su concepto de autoridad constituye una fuente de explicaci&oacute;n de la autoridad en el comportamiento administrativo, pues, en &uacute;ltima instancia, la estipulaci&oacute;n de los objetivos organizacionales responde a una necesidad social.</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">El trabajo coordinado no es posible comprenderlo sin un individuo que oriente la funci&oacute;n. La autoridad adquirir&aacute; mayor legitimidad en su funci&oacute;n si es capaz de dirigir mejor las actividades de los dem&aacute;s, porque el &oacute;ptimo desempe&ntilde;o de ellos ser&aacute; un bien personal. As&iacute;, la autoridad en Arist&oacute;teles y la autoridad en el comportamiento administrativo se legitiman en los dem&aacute;s a partir de dos vertientes: por el referente comunitario, orientado al bien com&uacute;n, y por el reconocimiento informado, racional y voluntario que conceden los dominados por estar sustentado en la funci&oacute;n, como un hecho objetivo de significado para legitimar los actos de autoridad. Apelar a la autoridad en el pensamiento de Arist&oacute;teles es asumir los actos virtuosos; es decir, reconocer que alguien m&aacute;s es mejor para orientar la funci&oacute;n, porque dispone de los medios de orientaci&oacute;n de la conducta m&aacute;s pertinentes para dirigir las acciones, cuyo sustento es la realizaci&oacute;n de la actividad que es propia de cada quien. Este concepto de autoridad en Arist&oacute;teles lo encontramos tambi&eacute;n dentro de la teor&iacute;a administrativa, denominada como autoridad personal, autoridad moral o autoridad de mando, la cual se funda en la capacidad de direcci&oacute;n por el conocimiento de la funci&oacute;n, la experiencia, la capacidad, el carisma y el don de mando.</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">El concepto de autoridad en el comportamiento administrativo se explica por el car&aacute;cter leg&iacute;timo de la relaci&oacute;n de mando y obediencia que aspira a la cooperaci&oacute;n plena de los subordinados, quienes asumen su condici&oacute;n de dominados de manera racional, informada y voluntaria por estar inmersa en el consenso informado, al margen de los elementos coactivos de dominio. En s&iacute; mismo, el concepto de dominaci&oacute;n en el comportamiento administrativo explica la materializaci&oacute;n del esfuerzo colectivo, mediante la orientaci&oacute;n de las tareas organizacionales; sin embargo, la justificaci&oacute;n racional del car&aacute;cter dominante obedece a los procesos de legitimaci&oacute;n que se producen en la relaci&oacute;n social del mando y la obediencia. Independientemente de la estipulaci&oacute;n formal o informal de la autoridad, la legitimidad de la autoridad descansa en el reconocimiento colectivo que se le otorga subjetivamente a un individuo para ejercer o dirigir una tarea; se trata de asumir la condici&oacute;n particular de ciertos agentes dentro de la organizaci&oacute;n para orientar mejor el sentido de una funci&oacute;n que permita la consecuci&oacute;n de uno o varios objetivos organizacionales. La autoridad leg&iacute;tima, que Mary Parker Follett (1995: 113) denomina como <i>poder</i>, es la capacidad que desarrolla el individuo a trav&eacute;s de la experiencia, la inteligencia, el saber, el valor moral y el don de mando, en el sentido de que quien tiene la capacidad para dirigir cuenta con la legitimidad para ejercer la autoridad, as&iacute; como el reconocimiento de los dem&aacute;s. La autoridad leg&iacute;tima es un hecho inherente a las propias acciones del individuo que apela al acuerdo consensual de todos los miembros para gestar en &eacute;l la capacidad moral necesaria con el fin de asumir el liderazgo frente a los dem&aacute;s.</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">&nbsp;</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2"><b>Referencias</b></font></p>     <!-- ref --><p align="justify"><font face="verdana" size="2">ARIST&Oacute;TELES (2000a). <i>&Eacute;tica Nicom&aacute;quea, </i>versi&oacute;n de Julio Pall&iacute; Bonet, Madrid: Gredos.</font>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=2223198&pid=S0186-1042201000020000400001&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p align="justify"><font face="verdana" size="2"><b>&#150;&#150;&#150;&#150;&#150;&#150;&#150;&#150;&#150;&#150;</b>(2000b). <i>Pol&iacute;tica, </i>versi&oacute;n de Antonio G&oacute;mez Robledo, segunda edici&oacute;n, M&eacute;xico: Universidad Nacional Aut&oacute;noma de M&eacute;xico (edici&oacute;n biling&uuml;e).</font>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=2223199&pid=S0186-1042201000020000400002&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p align="justify"><font face="verdana" size="2"><b>&#150;&#150;&#150;&#150;&#150;&#150;&#150;&#150;&#150;&#150;</b>(2000c), <i>Pol&iacute;tica, </i>versi&oacute;n de Manuela Garc&iacute;a Vald&eacute;s, Madrid: Gredos.</font>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=2223200&pid=S0186-1042201000020000400003&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p align="justify"><font face="verdana" size="2">BARNARD, CHESTER I. (1975). "Las funciones de los elementos dirigentes", en Jos&eacute;, M. de Anzizu (comp.), <i>Las funciones directivas, </i>Barcelona: Labor.</font>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=2223201&pid=S0186-1042201000020000400004&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p align="justify"><font face="verdana" size="2"><b>&#150;&#150;&#150;&#150;&#150;&#150;&#150;&#150;&#150;&#150;</b>(1971). "Teor&iacute;a de la autoridad" en Harwood F. Merrill (comp.), <i>Cl&aacute;sicos en administraci&oacute;n, </i>Tr. Aurelio Romeo del Valle, M&eacute;xico: Limusa.</font>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=2223202&pid=S0186-1042201000020000400005&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p align="justify"><font face="verdana" size="2">BUCKLEY, WALTER (1993). <i>La sociolog&iacute;a y la teor&iacute;a moderna de los sistemas, </i>Tr. An&iacute;bal C. Leal, Buenos Aires: Amorrortu.</font>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=2223203&pid=S0186-1042201000020000400006&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p align="justify"><font face="verdana" size="2">CROZIER, MICHEL y ERHARD FRIEDBERG (1990). <i>El actor y el sistema. Las restricciones de la acci&oacute;n colectiva, </i>M&eacute;xico: Alianza Editorial Mexicana.</font>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=2223204&pid=S0186-1042201000020000400007&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p align="justify"><font face="verdana" size="2">CRUZ SOTO, LUIS ANTONIO (2004). "Las fuentes de legitimidad de la autoridad", en <i>Memoria del IX Foro de Investigaci&oacute;n. Congreso Internacional de Contadur&iacute;a, Administraci&oacute;n e Inform&aacute;tica. </i>FCA, UNAM.</font>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=2223205&pid=S0186-1042201000020000400008&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p align="justify"><font face="verdana" size="2">FAYOL, HENRI (1969). <i>Administraci&oacute;n industrial y general, </i>d&eacute;cimo primera edici&oacute;n, Tr. A. Garz&oacute;n del Camino, M&eacute;xico: Herrero Hermanos.</font>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=2223206&pid=S0186-1042201000020000400009&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p align="justify"><font face="verdana" size="2">GADAMER, HANS&#150;GEORG (2000). <i>Verdad y M&eacute;todo, </i>cuarta edici&oacute;n, Tr. Manuel Olasagasti, Salamanca: S&iacute;gueme.</font>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=2223207&pid=S0186-1042201000020000400010&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p align="justify"><font face="verdana" size="2">GALLINO, LUCIANO (1995). <i>Diccionario de sociolog&iacute;a, </i>Tr. Stella Mastrangelo y Lorenzo Alegr&iacute;a, M&eacute;xico: Siglo XXI.</font>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=2223208&pid=S0186-1042201000020000400011&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p align="justify"><font face="verdana" size="2">GIDDENS, ANTHONY (1998). <i>Capitalismo y la moderna teor&iacute;a social. Un an&aacute;lisis de los escritos de Marx, Durkheim y Max Weber, </i>Barcelona: Idea Universitaria.</font>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=2223209&pid=S0186-1042201000020000400012&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p align="justify"><font face="verdana" size="2">HALL, RICHARD H. (1996). <i>Organizaciones. Estructuras, procesos y </i>resultados, sexta edici&oacute;n, Tr. Adolfo Deras Qui&ntilde;ones, M&eacute;xico: Prentice Hall.</font>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=2223210&pid=S0186-1042201000020000400013&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p align="justify"><font face="verdana" size="2">MACIVER, ROBERT (1966). <i>Teor&iacute;a del gobierno, </i>Tr. Agust&iacute;n Gil Lasierra, Madrid: Tecnos.</font>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=2223211&pid=S0186-1042201000020000400014&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p align="justify"><font face="verdana" size="2">MAYNTZ, RENATE (1974). "La estructura social", en <i>Lecturas de administraci&oacute;n, </i>M&eacute;xico: Universidad Nacional Aut&oacute;noma de M&eacute;xico.</font>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=2223212&pid=S0186-1042201000020000400015&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p align="justify"><font face="verdana" size="2"><i>Mary Parker Follett. Precursora de la administraci&oacute;n </i>(1995). editado por Pauline Graham, Tr. Carmen Aspe Sol&oacute;rzano, M&eacute;xico: McGraw Hill.</font>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=2223213&pid=S0186-1042201000020000400016&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p align="justify"><font face="verdana" size="2">PARSONS, TALCOTT (1997). "El aspecto pol&iacute;tico de la estructura y el proceso sociales" en David Easton (comp.), <i>Enfoques sobre teor&iacute;a pol&iacute;tica, </i>Tr. Jos&eacute; Rovira Armengol, Buenos Aires: Amorrortu.</font>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=2223214&pid=S0186-1042201000020000400017&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p align="justify"><font face="verdana" size="2">SIMON, HERBERT (1979). <i>El comportamiento administrativo, </i>segunda edici&oacute;n, Tr. Amando L&aacute;zaro Ros, Buenos Aires: Aguilar.</font>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=2223215&pid=S0186-1042201000020000400018&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p align="justify"><font face="verdana" size="2">TERRY, GEORGE R. (1982). <i>Principios de administraci&oacute;n, </i>nueva edici&oacute;n, Tr. Alfonso Vasseur Walls, M&eacute;xico: CECSA,.</font>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=2223216&pid=S0186-1042201000020000400019&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p align="justify"><font face="verdana" size="2">VILLORO, LUIS (2001). <i>El poder y el valor. Fundamentos de una &eacute;tica pol&iacute;tica, </i>M&eacute;xico: El Colegio Nacional&#150;Fondo de Cultura Econ&oacute;mica.</font>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=2223217&pid=S0186-1042201000020000400020&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><!-- ref --><p align="justify"><font face="verdana" size="2">WEBER, MAX (1999). <i>Econom&iacute;a y sociedad, </i>segunda edici&oacute;n, Tr. Jos&eacute; Medina Echavarr&iacute;a, <i>et al., </i>M&eacute;xico: Fondo de Cultura Econ&oacute;mica. </font>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=2223218&pid=S0186-1042201000020000400021&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><p align="justify"><font face="verdana" size="2">&nbsp;</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2"><b><a name="notas"></a>Notas</b></font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2"><sup>1</sup> En este trabajo entenderemos por comportamiento administrativo la manifestaci&oacute;n colectiva de un grupo de individuos que responde a un mismo est&iacute;mulo o situaci&oacute;n af&iacute;n dentro de una organizaci&oacute;n (<i>Vid</i>., Gallino, 1995: "Comportamiento colectivo"). El comportamiento de los individuos se refiere a una selecci&oacute;n, consciente o inconsciente, de determinadas acciones que sirven a un prop&oacute;sito definido. Herbert Simon se&ntilde;ala que el comportamiento administrativo es intencionado, es decir, est&aacute; orientado hacia metas u objetivos, lo que trae como consecuencia una integraci&oacute;n en el modelo de comportamiento, sin la cual la administraci&oacute;n carecer&iacute;a de sentido, pues si la administraci&oacute;n la entendemos como "conseguir que se hagan las cosas" por grupos de personas, entonces la finalidad proporciona un primer criterio para determinar las cosas que hay que hacer (Simon, 1979: 5&#150;6). El comportamiento administrativo es la confluencia relativamente ordenada de actitudes individuales relativas a la realizaci&oacute;n de procedimientos administrativos con un prop&oacute;sito definido. En este art&iacute;culo empleamos el concepto comportamiento administrativo y no el t&eacute;rmino administraci&oacute;n porque sostenemos que toda actividad administrativa es intencionada, realizada por sujetos, los cuales definen un tipo de comportamiento; la acci&oacute;n administrativa que se proyecta en el comportamiento administrativo no es la llana realizaci&oacute;n de un procedimiento, sino que responde a la forma en que se ejecuta, mediado por la divisi&oacute;n del trabajo y por un sistema de objetivos organizacionales.</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2"><sup>2</sup> Entenderemos por legitimidad de la autoridad el reconocimiento racional, informado y voluntario de los miembros en la aceptaci&oacute;n de un mandato. Los individuos son quienes legitiman las directrices de acci&oacute;n que se realizan en la organizaci&oacute;n, y ofrecen la posibilidad de validar colectivamente el actuar de la autoridad, lo que permite que sus mandatos sean reconocidos permanentemente por los <i>subordinados</i>, independientemente de la justificaci&oacute;n formal que le otorga la estructura org&aacute;nica. Gracias al <i>acuerdo </i>impl&iacute;cito que se establece entre los sujetos en la realizaci&oacute;n de la funci&oacute;n, la legitimidad se desprende de la vertiente normativa y se erige como una posibilidad de validaci&oacute;n de las acciones de la autoridad. Es as&iacute; como la legitimaci&oacute;n de la autoridad en el comportamiento administrativo se fundamenta en el actuar cotidiano, bien sea mediante el desarrollo de las tareas, por las aptitudes para el cumplimiento de las funciones, o algunas otras cualidades de los actores que orienten el trabajo colectivo, como el don de mando, el respeto y la experiencia, entre otras. Quienes obedecen en un &aacute;mbito de legitimidad lo hacen por la vigencia efectiva de los mandatos y del sentido de la acci&oacute;n misma, y los individuos la asumen como m&aacute;xima de obrar en su espacio de actuaci&oacute;n; en tanto que la autoridad &#151;aquella persona que tiene la capacidad de establecer las directrices de acci&oacute;n&#151; posee el consentimiento de todos los actores para asumir ese rol, de manera que sus &oacute;rdenes est&aacute;n enmarcadas dentro de un &aacute;mbito particular de validez reconocidas de manera informada y voluntaria por quienes participan en esa relaci&oacute;n social. La relevancia de la legitimidad en la organizaci&oacute;n estriba en el consentimiento de los sujetos para aceptar libremente sus tareas y dotar a la autoridad de su reconocimiento para dirigirlas.</font></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p align="justify"><font face="verdana" size="2"><sup>3</sup> Con el fin de evitar la confusi&oacute;n en los conceptos de poder y autoridad, utilizaremos la palabra dominaci&oacute;n para hacer referencia a la disposici&oacute;n que tienen ciertos sujetos sobre la voluntad de otros para la realizaci&oacute;n de ciertas acciones, seg&uacute;n podemos derivarlo del concepto de dominaci&oacute;n de Max Weber (1999: 43), quien define el t&eacute;rmino dominaci&oacute;n como "la probabilidad de encontrar obediencia a un mandato de determinado contenido entre personas dadas". Si bien el concepto de dominaci&oacute;n puede interpretarse como coacci&oacute;n o manipulaci&oacute;n de la voluntad, tambi&eacute;n puede comprenderse, seg&uacute;n la definici&oacute;n weberiana, como la posibilidad de que los mandatos sean acatados por voluntad propia de manera consciente (Weber, 1999: 170) en donde su principal sustento es la creencia de los subordinados en la legitimidad de su subordinaci&oacute;n (Giddens, 1998: 259). En suma, tomamos el t&eacute;rmino dominaci&oacute;n para referirnos m&aacute;s gen&eacute;ricamente a la relaci&oacute;n entre dominantes y dominados.</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2"><sup>4 </sup>Entenderemos por estructura org&aacute;nica un orden funcional dispuesto formalmente en una organizaci&oacute;n; la estructura org&aacute;nica responde a relaciones funcionales, precisi&oacute;n de tareas individuales y colectivas, as&iacute; como a la delimitaci&oacute;n de responsabilidades que es preciso fijar mediante reglas y ordenanzas (<i>Vid</i>., Mayntz, 1974: 155).</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2"><sup>5</sup> En este art&iacute;culo entenderemos por poder como la capacidad coactiva que tienen ciertos sujetos para ejercer el dominio de los actores que participan en un sistema de acci&oacute;n. La fuente de explicaci&oacute;n del concepto de poder en el comportamiento administrativo es la estructura org&aacute;nica, la cual brinda los elementos suficientes de dominio para ejercer dicha dominaci&oacute;n, incluso su car&aacute;cter coactivo como &uacute;ltima instancia de validez. Si bien el concepto de poder se puede aplicar a toda relaci&oacute;n de domino, como un atributo de ciertos individuos para alcanzar determinados prop&oacute;sitos, en este trabajo sostenemos que el poder aspira a la coacci&oacute;n, lo cual constituye su cualidad fundamental; en este sentido, el car&aacute;cter coactivo del poder materializa la dominaci&oacute;n. Buckley define al poder, desde esta vertiente, como el control o influencia de ciertos actores sobre las acciones de otros para promover sus metas sin el consentimiento de &eacute;stos, contra su "voluntad", o sin su consentimiento o comprensi&oacute;n; los mecanismos que caracterizan al poder van desde la fuerza f&iacute;sica hasta la adjudicaci&oacute;n de recompensas adicionales, pasando por la manipulaci&oacute;n de s&iacute;mbolos, informaci&oacute;n y de otras condiciones ambientales (Buckley, 1993: 271). El poder es una condici&oacute;n atribuible al propio sujeto que lo ejerce, sin atender necesariamente al acuerdo consensual de los miembros que conforman una relaci&oacute;n social.</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2"><sup>6 </sup>Entenderemos por autoridad como "el control de la conducta de otros para la promoci&oacute;n de metas colectivas, basada en alguna forma discernible de consentimiento cognoscible de &eacute;stos. La autoridad implica una sujeci&oacute;n informada y voluntaria, que es un estado psicol&oacute;gico definido, y una coordinaci&oacute;n o identidad de las orientaciones hacia metas de los controladores y controlados." (Buckley, 1993: 271). En el concepto de autoridad, los miembros asumen la condici&oacute;n de subordinaci&oacute;n de una manera informada, es decir, con el reconocimiento pleno de que alguien m&aacute;s cuenta con mejores posibilidades de acci&oacute;n para orientar la funci&oacute;n. Gracias a esta conformidad cognoscible de los participantes es posible hacer referencia a la justificaci&oacute;n de la forma de conducta de la autoridad. En este concepto de autoridad se comprende que los miembros de la organizaci&oacute;n asumen que la directriz de los mandatos tiene el referente objetivo de una dominaci&oacute;n informada y voluntaria, con lo que es posible apelar al acuerdo consensual para validar el comportamiento colectivo que sugiere la autoridad para el cumplimiento de las funciones.</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2"><sup>7</sup> Entenderemos por organizaci&oacute;n como "una colectividad con una frontera relativamente identificable, un orden normativo, niveles de autoridad, sistemas de comunicaciones y sistemas de coordinaci&oacute;n de membres&iacute;as; esta colectividad existe de manera continua en un ambiente y se involucra en actividades que se relacionan por lo general con un conjunto de metas; las actividades tienen resultados para los miembros de la organizaci&oacute;n, la organizaci&oacute;n misma y la sociedad" (Hall, 1996: 33).</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2"><sup>8</sup> El concepto de virtud al que hacemos referencia en Arist&oacute;teles es el siguiente: "Se ha de notar, pues, que toda virtud lleva a t&eacute;rmino la buena disposici&oacute;n de aquello de lo cual es virtud y hace que realice bien su funci&oacute;n; por ejemplo, la virtud del ojo hace bueno al ojo y su funci&oacute;n (pues vemos bien por la virtud del ojo) &#91;…&#93;. Si esto es as&iacute; en todos los casos, la virtud del hombre ser&aacute; tambi&eacute;n el modo de ser por el cual el hombre se hace bueno y por el cual realiza bien su funci&oacute;n propia" (Arist&oacute;teles, 2000a: 1106a). El subrayado es nuestro.</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2"><sup>10 </sup>El subrayado es nuestro.</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2"><sup>11 </sup>El subrayado es nuestro. </font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2"><sup>12</sup> Luis Villoro (2001: 13) se&ntilde;ala que una determinante del valor de un objeto o de una situaci&oacute;n se inscribe dentro de una vertiente positiva o favorable de significado, y cuando se tiene una actitud favorable hacia una clase de objetos, se consideran valiosos, porque se cree que tiene ciertas propiedades y &eacute;stas causan agrado; por ejemplo, la acci&oacute;n de un amigo se considera valiosa si se cree revestida de ciertos rasgos que, a la vez, se aprecian, o bien para conceder valor a una sociedad democr&aacute;tica, se tiene que creer en ciertas caracter&iacute;sticas de esa forma de gobierno y, al mismo tiempo, estimarlas. Creer en algo es tenerlo como componente del mundo real y estar dispuesto a actuar en consecuencia.</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2"><sup>13 </sup>El subrayado es nuestro y las cursivas est&aacute;n en el original.</font></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p align="justify"><font face="verdana" size="2"><sup>14</sup> Cuando aludimos al concepto de dominaci&oacute;n a partir de la perspectiva propia de la autoridad, podemos ubicarlo en el plano de estudio que se&ntilde;ala Max Weber (1999: 699): "&#91;...&#93; entendemos aqu&iacute; por 'dominaci&oacute;n' un estado de cosas por el cual una voluntad manifiesta ('mandato') del 'dominador' o de los 'dominadores' influye sobre los actos de los otros (del 'dominado' o de los 'dominados'), de tal suerte que en un grado socialmente relevante estos actos tienen lugar como si los dominados hubieran adoptado por s&iacute; mismos y como m&aacute;xima de su obrar el contenido del mandato ('obediencia').</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2"><sup>15 </sup>Los subrayados es nuestro y las cursivas est&aacute;n en el original.</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2"><sup>16 </sup>Los subrayados se encuentran en el original.</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2"><sup>17 </sup> Los subrayados es nuestro.</font></p>      ]]></body><back>
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