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<institution><![CDATA[,Universidad Nacional Autónoma de México Facultad de Ciencias Políticas y Sociales ]]></institution>
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</front><body><![CDATA[  	    <p align="justify"><font face="verdana" size="4">Rese&ntilde;as</font></p>  	    <p>&nbsp;</p>  	    <p align="center"><font face="verdana" size="4"><b>Estrada Ad&aacute;n, Guillermo E. y Reyes D&iacute;az, Carlos H., <i>La ense&ntilde;anza del derecho y del derecho internacional</i></b></font></p>  	    <p>&nbsp;</p>  	    <p align="center"><font face="verdana" size="2"><b>Juan Carlos Vel&aacute;zquez Elizarrar&aacute;s*</b></font></p>  	    <p>&nbsp;</p>  	    <p align="center"><font face="verdana" size="3"><b>M&eacute;xico, Porr&uacute;a&#45;UNAM, Facultad de Derecho, 2014, 323 pp.</b></font></p>  	    <p>&nbsp;</p>  	    <p align="justify"><font face="verdana" size="2"><i>* Profesor en la Facultad de Ciencias Pol&iacute;ticas y Sociales, y de los posgrados de Derecho de la UNAM y de la Universidad An&aacute;huac del Sur; doctor en ciencias pol&iacute;ticas y sociales, y en relaciones internacionales, por la FCPyS de la UNAM; tutor a distancia de la Universidad de las Naciones Unidas; miembro de la Academia Mexicana de Ciencias y de la Academia de Ciencia Pol&iacute;tica de los Estados Unidos de Am&eacute;rica.</i></font></p>  	    ]]></body>
<body><![CDATA[<p>&nbsp;</p>  	    <p align="justify"><font face="verdana" size="2">El presente libro se inscribe como producto de una nueva corriente de investigaci&oacute;n en la UNAM que se centra en aspectos sustantivos de la ense&ntilde;anza acad&eacute;mica del derecho y del derecho internacional en distintas especialidades human&iacute;sticas y de las ciencias pol&iacute;ticas y sociales en las dos primeras d&eacute;cadas del siglo XXI. El sustento de estas actividades y productos literarios como la obra <i>in comento</i> lo ha sido el Programa de Apoyo a Proyectos para la Innovaci&oacute;n y Mejoramiento de la Ense&ntilde;anza (PAPIME). El primero de &eacute;stos se desarroll&oacute; de 2004 a 2007 y se intitul&oacute; <i>Desarrollos</i> <i>tem&aacute;ticos actuales para la ense&ntilde;anza del derecho internacional en Relaciones Internacionales</i>, bajo los auspicios del Seminario Permanente de Derecho Internacional de la Facultad de Ciencias Pol&iacute;ticas y Sociales. El segundo, del que deriv&oacute; el libro que hoy nos ocupa, comprendi&oacute; el trienio 2010&#45;2012 con el tema <i>La ense&ntilde;anza del derecho internacional p&uacute;blico a trav&eacute;s de la jurisprudencia</i> <i>internacional. Una aplicaci&oacute;n del m&eacute;todo de casos</i>, en la Facultad de Derecho de la UNAM. Y en estos momentos, se encuentra en proceso de autorizaci&oacute;n el Proyecto 2015&#45;2017 <i>La ense&ntilde;anza&#45;aprendizaje del derecho internacional p&uacute;blico en Ciencias Pol&iacute;ticas y Sociales: Fundamentos para su estudio interactivo en</i> <i>Relaciones Internacionales</i>, con la participaci&oacute;n de la FCPyS y sus similares de Estudios Superiores de Acatl&aacute;n y Arag&oacute;n de la UNAM.</font></p>  	    <p align="justify"><font face="verdana" size="2">Entrando en materia, si bien se trata de un trabajo colectivo, lo que de inicio pudiera representar un problema en cuanto a su continuidad metodol&oacute;gica por la diversidad de los participantes, est&aacute; estructurado de tal manera que podr&iacute;a considerarse como un manual; am&eacute;n que, trat&aacute;ndose de una de las materias de mayor novedad y m&aacute;s r&aacute;pida evoluci&oacute;n, la obra permite al lector, en la medida de lo posible, tomar la distancia necesaria del fen&oacute;meno, recapitular lo hasta ahora construido en este rubro (estado del arte), y ver finalmente cu&aacute;les son los retos a los que se enfrenta. La obra tiene dos grandes ejes: <i>Reflexiones sobre la ense&ntilde;anza del derecho</i> (Primera Parte) que contiene ocho contribuciones, y <i>Reflexiones sobre la ense&ntilde;anza del derecho internacional</i> (Segunda Parte) con nueve trabajos de buena confecci&oacute;n.</font></p>  	    <p align="justify"><font face="verdana" size="2">Son varias las premisas que soportan la argumentaci&oacute;n general de todo el libro. De la primera, se infiere que el derecho y la sociedad se vienen transformando de manera m&aacute;s radical y din&aacute;mica a ra&iacute;z de la globalizaci&oacute;n de los procesos nacionales e internacionales, de tal suerte que hoy resulta indispensable desarrollar su conocimiento abierto e interactivo con base en teor&iacute;as y m&eacute;todos pedag&oacute;gicos m&aacute;s apropiados que faciliten la comprensi&oacute;n de esta realidad cambiante y compleja y mejoren la ense&ntilde;anza y aplicaci&oacute;n de las ciencias encargadas de su tratamiento, an&aacute;lisis y explicaci&oacute;n. De la segunda, se deduce que el derecho internacional ha dejado ya de ser materia exclusiva de las escuelas y facultades de Derecho para convertirse en patrimonio disciplinario compartido de las Ciencias Pol&iacute;ticas y Sociales, particularmente de las Relaciones Internacionales, y que requiere m&aacute;s que antes de nuevos enfoques te&oacute;ricos, modelos y esquemas did&aacute;cticos que procuren su construcci&oacute;n acad&eacute;mica, b&aacute;sicamente entre profesores y alumnos, para proyectar su aprendizaje y aplicaci&oacute;n en el convulso mundo que hoy vivimos con sus m&uacute;ltiples y cambiantes escenarios. En este sentido, es claro que los modelos educativos tradicionales han llegado a sus l&iacute;mites y ya no responden a lo que de ellos demandan las sociedades, los Estados y los gobiernos. Y de una tercera hip&oacute;tesis, se desprende que a trav&eacute;s de la ense&ntilde;anza del derecho y del derecho internacional, se puede constatar que el fen&oacute;meno global y las sociedades del conocimiento y la informaci&oacute;n que ha tra&iacute;do aparejadas, han propiciado que ambas disciplinas hayan salido de los esquemas tradicionales de referencia para el tratamiento de la problem&aacute;tica nacional y mundial, esto es, han sido en varios puntos desfasadas, y los marcos de referencia por ellas propuestos, se han revelado hace tiempo insuficientes.</font></p>  	    <p align="justify"><font face="verdana" size="2">Se&ntilde;alado lo anterior, a continuaci&oacute;n se pasa a mencionar a guisa enunciativa los diferentes cap&iacute;tulos abordados, sus autores y las propuestas principales que desde nuestra &oacute;ptica hacen posible al lector comprender la esencia y la manera en que discurre la argumentaci&oacute;n central de la obra <i>in comento</i>.</font></p>  	    <p align="justify"><font face="verdana" size="2">Abre la Primera Parte, C&eacute;sar Benedicto Callejas, con una serie de cortes anal&iacute;tico&#45;historiogr&aacute;ficos acerca de la educaci&oacute;n jur&iacute;dica en los albores de la Revoluci&oacute;n mexicana, enfocando el an&aacute;lisis en el &aacute;mbito cultural universitario.</font></p>  	    <p align="justify"><font face="verdana" size="2">Hugo Carlos Carrasco Soul&eacute; comparte algunas interesantes reflexiones en torno al dif&iacute;cil contexto en que se desenvuelve la ense&ntilde;anza del derecho procesal.</font></p>  	    <p align="justify"><font face="verdana" size="2">Arturo Luis Coss&iacute;o Zazueta se aboca a un tema hist&oacute;rico muy original en derredor de la ense&ntilde;anza del derecho en la Universidad Colonial, con el caso del profesor Manuel Antonio Fl&oacute;rez y su intento por cambiar el plan de estudios de la Facultad de Leyes.</font></p>  	    <p align="justify"><font face="verdana" size="2">Mar&iacute;a Elena Mansilla y Mej&iacute;a despliega su amplia experiencia en cuestiones de pedagog&iacute;a jur&iacute;dica avanzada en su visi&oacute;n sobre la transformaci&oacute;n de la ense&ntilde;anza del derecho internacional y su prospectiva en el contexto nacional y mundial.</font></p>  	    <p align="justify"><font face="verdana" size="2">Antonio Octavio Piccato Rodr&iacute;guez en su revisi&oacute;n de la ense&ntilde;anza del derecho entre la teor&iacute;a, la dogm&aacute;tica y la argumentaci&oacute;n, sit&uacute;a y critica el debate actual de la doctrina jur&iacute;dica en torno al encuentro de estos tres par&aacute;metros.</font></p>  	    ]]></body>
<body><![CDATA[<p align="justify"><font face="verdana" size="2">Lorena Pichardo Flores escribe sobre un modelo especialmente dirigido al proceso de ense&ntilde;anza&#45;aprendizaje del derecho, del que bien pueden desprenderse una serie de variables de amplias posibilidades de aplicaci&oacute;n en el aula y en la investigaci&oacute;n.</font></p>  	    <p align="justify"><font face="verdana" size="2">Cierra el primer apartado Fernando Serrano Migall&oacute;n, vertiendo su experiencia docente, profesional y administrativa en su interesante planteamiento sobre la educaci&oacute;n jur&iacute;dica en M&eacute;xico, haciendo memoria de los a&ntilde;os transcurridos en la Facultad de Derecho de la UNAM en el periodo de 2001 a 2008.</font></p>  	    <p align="justify"><font face="verdana" size="2">Inicia la Segunda Parte, Carlos Fern&aacute;ndez de Casavedante Romani, con su investigaci&oacute;n de la ense&ntilde;anza del derecho internacional a trav&eacute;s de la jurisprudencia, confirmando la importancia que hoy tiene esta fuente subsidiaria del derecho de gentes en los espacios universitarios y en la doctrina moderna.</font></p>  	    <p align="justify"><font face="verdana" size="2">Guillermo Enrique Estrada Ad&aacute;n nos habla de la fe de los juristas y la ense&ntilde;anza del derecho internacional, donde busca demostrar c&oacute;mo en el derecho internacional la ense&ntilde;anza a partir de la jurisprudencia, si bien no adopta el m&eacute;todo de casos, es una forma de evidenciar su desarrollo progresivo.</font></p>  	    <p align="justify"><font face="verdana" size="2">Diane Formage hace algunas reflexiones desde Espa&ntilde;a sobre la apertura hacia el exterior de las universidades mediante la oferta de asignaturas en lengua inglesa, donde analiza de manera muy breve las transformaciones de la ense&ntilde;anza universitaria y la necesidad de favorecer mayores posibilidades de circulaci&oacute;n de los estudiantes entre sistemas universitarios nacionales.</font></p>  	    <p align="justify"><font face="verdana" size="2">Juan de Dios Guti&eacute;rrez Bayl&oacute;n incursiona con rigor en la ense&ntilde;anza epigonal de la jurisprudencia internacional, donde sostiene que el estudio, investigaci&oacute;n y ense&ntilde;anza del derecho internacional general implican una problem&aacute;tica compleja en las ciencias sociales, exigiendo una objetividad epistemol&oacute;gica rigurosa.</font></p>  	    <p align="justify"><font face="verdana" size="2">Eunice Herrera Cuadra comparte un conjunto de planteamientos muy bien argumentados en lo que toca al tema concreto de la ense&ntilde;anza del derecho comercial internacional mediante el m&eacute;todo de casos.</font></p>  	    <p align="justify"><font face="verdana" size="2">Fausto Kubli&#45;Garc&iacute;a hace un loable esfuerzo de investigaci&oacute;n y an&aacute;lisis sobre el intrincado tema de la jurisdicci&oacute;n internacional y el Estado federal a trav&eacute;s del m&eacute;todo de casos en la ense&ntilde;anza del derecho internacional p&uacute;blico.</font></p>  	    <p align="justify"><font face="verdana" size="2">Carlos H. Reyes D&iacute;az en su estudio de la ense&ntilde;anza del derecho comercial internacional y algunos casos de jurisprudencia internacional, concluye que hay actualmente una enorme deuda de los tribunales para con la ense&ntilde;anza del derecho, criticando la proliferaci&oacute;n de estos &oacute;rganos por todo el mundo sin que se elabore una teor&iacute;a paralela que recoja sus decisiones, las sistematice y arroje precedentes, aunque sea solo con fines doctrinales.</font></p>  	    <p align="justify"><font face="verdana" size="2">Tulio Treves hace una serie de anotaciones autocr&iacute;ticas sobre la ense&ntilde;anza del derecho internacional en Italia, destacando que en este pa&iacute;s el derecho internacional p&uacute;blico es ense&ntilde;ado de distintas maneras y en diferentes niveles de obligatoriedad y profundidad en las facultades de Derecho, Ciencias Pol&iacute;ticas y Econom&iacute;a.</font></p>  	    ]]></body>
<body><![CDATA[<p align="justify"><font face="verdana" size="2">Finalmente, al cierre de la segunda parte de la obra, &Oacute;scar V&aacute;squez del Mercado Cordero hace un original planteamiento, aunque m&aacute;s descriptivo que anal&iacute;tico, en lo concerniente al arbitraje comercial internacional y los principios jurisprudenciales de la C&aacute;mara de Comercio Internacional.</font></p>  	    <p align="justify"><font face="verdana" size="2">Son muchas las conclusiones que pueden desprenderse de esta obra colectiva, amplia, abierta, diversa, m&aacute;s o menos congruente desde la perspectiva metodol&oacute;gica, con m&uacute;ltiples enfoques y probadas experiencias en torno al tema central que consigna su enunciado principal. Pero en la presente rese&ntilde;a cr&iacute;tica debe destacarse que para lograr un proceso correcto de ense&ntilde;anza&#45;aprendizaje y la asimilaci&oacute;n del derecho y del derecho internacional, tanto el profesor como el alumno deben exigirse explicaciones adicionales a las que brindan la ortodoxia y la tradici&oacute;n pura. Todas las argumentaciones, deben ser expuestas en clase y luego ser requeridas en una evaluaci&oacute;n constante que sea eso, evaluaci&oacute;n, no una simple acreditaci&oacute;n del conocimiento. Al ense&ntilde;ar al alumno, el maestro se ense&ntilde;a con &eacute;l, y al interrogarlo debe interrogarse junto con &eacute;l, induci&eacute;ndolo para encontrar la respuesta o salida m&aacute;s correcta o conveniente de acuerdo a las circunstancias y al contexto prevalecientes.</font></p>  	    <p align="justify"><font face="verdana" size="2">La ense&ntilde;anza integral, anal&iacute;tica y cr&iacute;tica del derecho y del derecho internacional en facultades de Derecho y de Ciencias Pol&iacute;ticas y Sociales, debe ser al mismo tiempo formativa e informativa, y tener dos prop&oacute;sitos b&aacute;sicos: el primero, <i>instruir</i> a los alumnos en los elementos de la ciencia jur&iacute;dica nacional e internacional; el segundo, <i>desarrolla</i>r sus habilidades y talentos para que al egresar de los centros de estudio universitarios puedan realizar los adelantos proporcionados a su capacidad. Adem&aacute;s, en la pedagog&iacute;a moderna del derecho, debe tenerse bien claro el significado y relevancia de trabajar coordinada y conjuntamente con otros cient&iacute;ficos y especialistas afines, para posibilitar as&iacute; el ideal cognoscitivo de la interdisciplinariedad y la integraci&oacute;n del conocimiento.</font></p>      ]]></body>
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