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<article-title xml:lang="es"><![CDATA[Resolución 1820 del Consejo de Seguridad]]></article-title>
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</front><body><![CDATA[ <p align="justify"><font face="verdana" size="4">Documentos relevantes </font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">&nbsp;</font></p>     <p align="center"><font face="verdana" size="4"><b>Resoluci&oacute;n 1820 del Consejo de Seguridad</b></font></p>     <p align="center"><font face="verdana" size="2">&nbsp;</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2"><b>DECLARACI&Oacute;N DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE SEGURIDAD</b><a href="#nota">*</a></font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">En la 5936a. sesi&oacute;n del Consejo de Seguridad, celebrada el 17 de julio de 2008, en relaci&oacute;n con el examen por el Consejo del tema titulado "Los ni&ntilde;os y los conflictos armados", el presidente del Consejo de Seguridad formul&oacute; la siguiente declaraci&oacute;n en nombre del Consejo:</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">El Consejo de Seguridad reitera su compromiso de abordar las amplias repercusiones de los conflictos armados en los ni&ntilde;os y su determinaci&oacute;n de asegurar que se respeten y apliquen la resoluci&oacute;n 1612 (2005) y todas sus resoluciones anteriores sobre los ni&ntilde;os y los conflictos armados, as&iacute; como las declaraciones de su Presidencia del 24 de julio 2006 (S/PRST/2006/33), 28 de noviembre de 2006 (S/PRST/2006/48) y 12 de febrero de 2008 (S/PRST/2008/6), que proporcionan un marco amplio para abordar la protecci&oacute;n de los ni&ntilde;os afectados por los conflictos armados, al igual que las disposiciones relativas a los ni&ntilde;os que figuran en otras resoluciones, entre ellas las resoluciones 1325 (2000), 1674 (2006) y 1820 (2008).</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">El Consejo de Seguridad reitera su en&eacute;rgica e invariable condena de la continuaci&oacute;n del reclutamiento y la utilizaci&oacute;n de ni&ntilde;os en los conflictos armados en contravenci&oacute;n del derecho internacional aplicable, as&iacute; como el asesinato y la mutilaci&oacute;n de ni&ntilde;os, las violaciones y otros tipos de violencia sexual, los secuestros, la denegaci&oacute;n del acceso humanitario a los ni&ntilde;os y los ataques contra escuelas y hospitales que llevan a cabo las partes en los conflictos armados, si bien, reconoce que con la aplicaci&oacute;n de su resoluci&oacute;n 1612 (2005) ya ha habido progresos, como resultado de los cuales se ha liberado a ni&ntilde;os que han sido reintegrados a sus familias y comunidades, mediante, entre otras cosas, un di&aacute;logo m&aacute;s sistem&aacute;tico entre los equipos de tareas de las Naciones Unidas en los pa&iacute;ses y las partes en los conflictos armados respecto de la puesta en pr&aacute;ctica de planes de acci&oacute;n con plazos.</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">El Consejo de Seguridad reafirma la necesidad de que los Estados partes cumplan las obligaciones contra&iacute;das en virtud de la Convenci&oacute;n sobre los Derechos del Ni&ntilde;o y sus protocolos facultativos, a fin de que los grupos armados que no pertenecen a las fuerzas del Estado se abstengan de reclutar ni&ntilde;os o utilizarlos en las hostilidades, e insta a los Estados que a&uacute;n no lo hayan hecho a que consideren la posibilidad de ratificar estos instrumentos o adherirse a ellos.</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">El Consejo de Seguridad acoge con satisfacci&oacute;n la puesta en marcha del mecanismo de supervisi&oacute;n y presentaci&oacute;n de informes sobre los ni&ntilde;os y los conflictos armados, en particular los esfuerzos que han hecho posible su aplicaci&oacute;n en todas las situaciones enumeradas en los anexos del informe m&aacute;s reciente del Secretario General (S/2007/757), e invita al Secretario General a que, cuando proceda, haga aplicar el mecanismo con el m&aacute;ximo grado de eficiencia, de conformidad con lo dispuesto en la resoluci&oacute;n 1612 (2005).</font></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p align="justify"><font face="verdana" size="2">El Consejo de Seguridad acoge complacido la actividad continuada de su Grupo de Trabajo sobre la cuesti&oacute;n de los ni&ntilde;os y los conflictos armados, seg&uacute;n se se&ntilde;ala, entre otros, en el &uacute;ltimo informe de su Presidencia (S/2008/455, anexo) y, habida cuenta de que el mecanismo de supervisi&oacute;n y presentaci&oacute;n de informes se est&aacute; aplicando en un n&uacute;mero cada vez mayor de situaciones de conflicto armado, pide al Secretario General que preste mayor apoyo administrativo para que el Grupo de Trabajo siga llevando a cabo plenamente su mandato de manera eficaz.</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">El Consejo de Seguridad invita a su Grupo de Trabajo sobre los ni&ntilde;os y los conflictos armados a que siga adoptando conclusiones que proporcionen a las partes en los conflictos armados y a los agentes internacionales pertinentes una orientaci&oacute;n clara sobre las medidas concretas que deben adoptarse a fin de cumplir las obligaciones que les incumben en virtud del derecho internacional, y en particular las resoluciones del Consejo de Seguridad sobre los ni&ntilde;os y los conflictos armados, y a que proponga al Consejo recomendaciones eficaces basadas en informaci&oacute;n oportuna, objetiva, exacta y fiable, con miras a promover la protecci&oacute;n de los ni&ntilde;os afectados por los conflictos armados, incluso mediante mandatos apropiados de las operaciones de mantenimiento de la paz y misiones pol&iacute;ticas de las Naciones Unidas. El Consejo de Seguridad acoge con satisfacci&oacute;n la labor realizada por el Grupo de Trabajo para mejorar sus m&eacute;todos de trabajo y le alienta a que siga haci&eacute;ndolo a fin de seguir aumentando su transparencia y eficacia.</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">El Consejo de Seguridad encomia la labor llevada a cabo por la Representante Especial del Secretario General para la cuesti&oacute;n de los ni&ntilde;os y los conflictos armados, Sra. Radhika Coomaraswamy, y destaca la importancia de sus visitas a los pa&iacute;ses para facilitar una mejor coordinaci&oacute;n entre los asociados de las Naciones Unidas a nivel del terreno, promover la colaboraci&oacute;n entre las Naciones Unidas y los gobiernos, mejorar el di&aacute;logo con las partes en los conflictos respecto de la observancia del derecho internacional aplicable, incluidas sus obligaciones en virtud de la resoluci&oacute;n 1612 (2005) del Consejo de Seguridad, y obtener as&iacute; compromisos concretos relativos a la protecci&oacute;n de los ni&ntilde;os.</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">El Consejo de Seguridad encomia tambi&eacute;n la labor llevada a cabo por el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), as&iacute; como por otros organismos, fondos y programas pertinentes de las Naciones Unidas dentro de sus respectivos mandatos, y por los asesores sobre protecci&oacute;n de menores de las operaciones de mantenimiento de la paz y las misiones pol&iacute;ticas, en cooperaci&oacute;n con los gobiernos nacionales y agentes pertinentes de la sociedad civil, para mejorar las actividades de los equipos de tareas de las Naciones Unidas en los pa&iacute;ses respecto de la supervisi&oacute;n, la presentaci&oacute;n de informes y la promoci&oacute;n de la protecci&oacute;n de los ni&ntilde;os a nivel del terreno, incluso mediante la aplicaci&oacute;n de la resoluci&oacute;n 1612 (2005) del Consejo de Seguridad y el seguimiento de las conclusiones pertinentes del Grupo de Trabajo del Consejo de Seguridad sobre los ni&ntilde;os y los conflictos armados.</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">El Consejo de Seguridad reconoce el importante papel de la educaci&oacute;n en las zonas de conflictos armados como medio de alcanzar el objetivo de detener e impedir el reclutamiento reiterado de los ni&ntilde;os y exhorta a todas las partes interesadas a que sigan velando por que todos los ni&ntilde;os asociados con fuerzas armadas y grupos armados, as&iacute; como las cuestiones relacionadas con los ni&ntilde;os, se incluyan sistem&aacute;ticamente en todo proceso de desarme, desmovilizaci&oacute;n y reintegraci&oacute;n, haciendo especial hincapi&eacute; en la educaci&oacute;n.</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">El Consejo de Seguridad reitera la necesidad de que todas las partes interesadas, incluidos los gobiernos y la comunidad de donantes, se concentren con mayor intensidad en los efectos a largo plazo de los conflictos armados en los ni&ntilde;os y en los obst&aacute;culos que se interponen a su plena rehabilitaci&oacute;n y reintegraci&oacute;n en sus respectivas familias y comunidades, entre otras formas, atendiendo a la necesidad de prestarles una atenci&oacute;n m&eacute;dica adecuada, mejorando el intercambio de informaci&oacute;n sobre sus programas y mejores pr&aacute;cticas, y garantizando la disponibilidad de recursos, fondos y asistencia t&eacute;cnica adecuados para prestar apoyo a estrategias o planes de acci&oacute;n nacionales relativos a la protecci&oacute;n y el bienestar de los ni&ntilde;os as&iacute; como a programas comunitarios, teniendo presentes los "Compromisos de Par&iacute;s para proteger a los ni&ntilde;os del reclutamiento o la utilizaci&oacute;n ilegales por fuerzas o grupos armados", con miras a asegurar la sostenibilidad y el &eacute;xito a largo plazo de la respuesta de sus programas a la cuesti&oacute;n de la liberaci&oacute;n, rehabilitaci&oacute;n y reintegraci&oacute;n de todos los ni&ntilde;os vinculados a fuerzas armadas y grupos armados.</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">El Consejo de Seguridad aguarda con inter&eacute;s el pr&oacute;ximo informe del Secretario General sobre los ni&ntilde;os y los conflictos armados, y reitera su disposici&oacute;n a seguir examinando las disposiciones correspondientes de sus resoluciones sobre los ni&ntilde;os y los conflictos armados, sobre la base de lo dispuesto en la resoluci&oacute;n 1612 (2005), con miras a seguir mejorando el marco general de protecci&oacute;n de los ni&ntilde;os en los conflictos armados.</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">&nbsp;</font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2"><b><a name="nota"></a>NOTA</b></font></p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">* Consejo de Seguridad, distribuci&oacute;n general, original en ingl&eacute;s, 17 de julio de 2008.</font></p>     ]]></body>
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