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<article-title xml:lang="es"><![CDATA[Emilio Rabasa y la supervivencia del liberalismo porfiriano]]></article-title>
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<institution><![CDATA[,Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) Facultad de Ciencias Políticas y Sociales Sistema de Universidad Abierta]]></institution>
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</front><body><![CDATA[  	    <p align="justify"><font face="verdana" size="4">Rese&ntilde;as bibliogr&aacute;ficas</font></p>  	    <p align="justify"><font face="verdana" size="2">&nbsp;</font></p>  	    <p align="center"><font face="verdana" size="4"><b>Hale, A. Charles, <i>Emilio Rabasa y la supervivencia del liberalismo porfiriano</i></b></font></p>  	    <p align="center"><font face="verdana" size="2">&nbsp;</font></p>  	    <p align="center"><font face="verdana" size="2"><b>Josafat Cortez Salinas*</b></font></p>  	    <p align="center"><font face="verdana" size="2">&nbsp;</font></p>  	    <p align="center"><font face="verdana" size="3"><b>M&eacute;xico, Fondo de Cultura Econ&oacute;mica&#45;CIDE, 2011, 364 pp. <i>&iquest;Por qu&eacute; leer a Rabasa?,</i> M&eacute;xico, Fontamara, 2011, 93 pp.</b></font></p>  	    <p align="center"><font face="verdana" size="2">&nbsp;</font></p>  	    <p align="justify"><font face="verdana" size="2"><i>* Licenciado en ciencias pol&iacute;ticas y administraci&oacute;n p&uacute;blica por la Facultad de Ciencias Pol&iacute;ticas y Sociales de la UNAM, estudios concluidos de maestr&iacute;a en derecho por la misma universidad; profesor de asignatura en el Sistema de Universidad Abierta de la Facultad de Ciencias Pol&iacute;ticas y Sociales de la UNAM.</i></font></p>  	    ]]></body>
<body><![CDATA[<p align="justify"><font face="verdana" size="2">&nbsp;</font></p>  	    <p align="justify"><font face="verdana" size="2">Emilio Rabasa es un autor cl&aacute;sico en la tradici&oacute;n pol&iacute;tica y jur&iacute;dica de nuestro pa&iacute;s porque sus ideas siguen siendo recurrentes en el Derecho constitucional mexicano. En la columna vertebral de su formaci&oacute;n acad&eacute;mica estaba el derecho, pero tambi&eacute;n estudio de forma sistematizada historia y ciment&oacute; sus reflexiones en un m&eacute;todo comparado. Adicionalmente, de joven escribi&oacute; novelas en las que se encuentra su mirada sobre la realidad pol&iacute;tica de un siglo XIX que se alejaba. Sus estudios le permitieron edificar una obra jur&iacute;dica perdurable al paso del tiempo y &uacute;nica en nuestra tradici&oacute;n pol&iacute;tica y jur&iacute;dica.</font></p>  	    <p align="justify"><font face="verdana" size="2">En 2012 uno de sus libros m&aacute;s importantes <i>La Constituci&oacute;n y la dictadura. Estudios sobre la organizaci&oacute;n pol&iacute;tica de M&eacute;xico</i> cumple un siglo de haber sido escrito. En el contexto del centenario de uno de los textos pilares del constitucionalismo mexicano rese&ntilde;amos dos libros recientes sobre el jurista chiapaneco. El primero de ellos es la traducci&oacute;n al espa&ntilde;ol por el Fondo de Cultura Econ&oacute;mica de la biograf&iacute;a aparecida en 2008 de Charles A. Hale: <i>Emilio Rabasa y la supervivencia del liberalismo porfiriano.</i> El segundo es el breve libro <i>Por qu&eacute; leer a Rabasa</i> con tres miradas de distintos especialistas: Jes&uacute;s Silva Herzog, Jos&eacute; Antonio Aguilar Rivera y Pablo Mijangos.</font></p>  	    <p align="justify">&nbsp;</p> 	    <p align="justify"><font face="verdana" size="2">I</font></p>      <p align="justify"><font face="verdana" size="2">La biograf&iacute;a elaborada por el historiador Charles A Hale, en siete cap&iacute;tulos nos acerca a la figura emblem&aacute;tica y enigm&aacute;tica de Emilio Rabasa: un intelectual porfirista que sobrevivi&oacute; a la Revoluci&oacute;n para convertirse en un pilar del mundo jur&iacute;dico nacional. El libro nos permite reconocer al ser humano cargado de ambig&uuml;edades en su pensamiento pol&iacute;tico y jur&iacute;dico en sus distintas facetas: novelista, gobernador, senador, representante huertista en Canad&aacute; y tambi&eacute;n un maestro del derecho mexicano. Un intelectual del viejo r&eacute;gimen que se adapt&oacute; al r&eacute;gimen posrevolucionario como un jurista fundamental pero que pese a sus conocimientos evit&oacute; la cr&iacute;tica de los art&iacute;culos constitucionales pilares de la Constituci&oacute;n de 1917 como el art&iacute;culo 27 o el 123.</font></p>  	    <p align="justify"><font face="verdana" size="2">En primer lugar Hale sit&uacute;a el pensamiento de Rabasa dentro de la discusi&oacute;n del liberalismo mexicano y sus vertientes constitucionales. Emilio Rabasa se inscribe en el constitucionalismo hist&oacute;rico que se caracterizaba por buscar modificar los preceptos constitucionales de la Constituci&oacute;n de 1857 porque no eran realizables debido a la realidad pol&iacute;tica. Esta corriente se inspir&oacute; en Montesquieu, Constant, Tocqueville, Edouard de Laboulaye y Hippolyte Taine. Hale subraya que Rabasa sosten&iacute;a su visi&oacute;n del derecho en el m&eacute;todo comparado y sus cimientos estaban entre las tradiciones del mundo angloamericano y el derecho civil europeo.</font></p>  	    <p align="justify"><font face="verdana" size="2">Una vez que contextualiza el pensamiento del jurista nos conduce por los inicios de su vida. Emilio Rabasa naci&oacute; el 22 de mayo en Ocozocoautla, Chiapas en 1856. Estudi&oacute; en el Instituto de Ciencias y Artes del Estado de Oaxaca. Su pluma se desarroll&oacute; con la escritura de novelas, tarea que calific&oacute; posteriormente como "una humorada de juventud" (p. 45). Sus contempor&aacute;neos lo describ&iacute;an como un hombre disciplinado que pasaba horas en su mesa de trabajo leyendo y escribiendo acompa&ntilde;ado de "sus armas: el tintero, la pluma, el primer volumen de las obras de fray Luis de Granada y el Diccionario de la Academia" (p 46). En sus novelas seg&uacute;n Hale ya se deja ver la idea que el pa&iacute;s necesitaba un Ejecutivo fuerte respaldado por una &eacute;lite ilustrada.</font></p>  	    <p align="justify"><font face="verdana" size="2">Emilio Rabasa en 1891 se convirti&oacute; con s&oacute;lo 34 a&ntilde;os en gobernador de su Estado. Desde entonces tuvo una marcada influencia en los destinos de Chiapas hasta 1912. Para Hale entre sus actos de gobierno m&aacute;s significativos fue el trasladar la capital de San Crist&oacute;bal de las Casas a Tuxtla Guti&eacute;rrez. Su periodo como gobernador se caracteriz&oacute; por la modificaci&oacute;n a la Constituci&oacute;n del Estado en 1893 para fortalecer al Ejecutivo local. Tambi&eacute;n sent&oacute; las bases de un gobierno fuerte para desarrollar la industria del caf&eacute; y el ganado. Estuvo en contra de la propiedad comunal y favoreci&oacute; el peonaje en la regi&oacute;n. Para el jurista el mestizaje era algo fundamental para la evoluci&oacute;n de la naci&oacute;n.</font></p>  	    <p align="justify"><font face="verdana" size="2">Fue senador de 1884 hasta 1913. Estuvo en la Comisi&oacute;n de Puntos Constitucionales. Seg&uacute;n Hale una de las aportaciones fundamentales en sus labores legislativas fue la enmienda a los art&iacute;culos 55, 56 y 76 en 1911 para establecer la elecci&oacute;n directa de los legisladores en sustituci&oacute;n del mecanismo de elecci&oacute;n indirecta. En esta &eacute;poca tambi&eacute;n est&aacute;n los pasajes m&aacute;s ambiguos del abogado, porque guard&oacute; silencio frente a la muerte de Madero y la desaparici&oacute;n del senador Belisario Dom&iacute;nguez. Rabasa acept&oacute; la presidencia de Huerta quien lo convirti&oacute; en su representante diplom&aacute;tico en la conferencia del Ni&aacute;gara Falls en Canad&aacute;. En 1912 el peso de Emilio Rabasa fue fundamental en la formaci&oacute;n de la Escuela Libre de Derecho con una orientaci&oacute;n "cient&iacute;fica, antimaderista y a fin de cuentas huertista" (p. 123).</font></p>  	    ]]></body>
<body><![CDATA[<p align="justify"><font face="verdana" size="2">Despu&eacute;s de su labor en Canad&aacute; vinieron sus a&ntilde;os de destierro en los Estados Unidos, en Nueva York. Esta etapa estuvo signada por la correspondencia con Limantur desde Par&iacute;s, por la lectura y la escritura que lo mantuvieron con vitalidad. Hale nos describe como el clima no le sentaba bien a la par del avance de la enfermedad de sus ojos. Sus d&iacute;as iniciaban a las 6 am y laboralmente terminaban a las 4 porque no pod&iacute;a trabajar con luz artificial. En esta tarea sobresale su disciplina y su entrega por los libros, su labor intelectual: "Para mi pensar sin un l&aacute;piz en la mano es medio pensar" (p. 195). Estos a&ntilde;os influyeron en su pensamiento por su acercamiento a la tradici&oacute;n judicial norteamericana, lo que reafirm&oacute; su admiraci&oacute;n pero tambi&eacute;n existi&oacute; una distancia sobre la cultura norteamericana por su desagrado del presidente Woodrow Wilson.</font></p>  	    <p align="justify"><font face="verdana" size="2">En su correspondencia con Limantur se aprecia el origen de <i>La Constituci&oacute;n y la dictadura.</i> El libro se inici&oacute; en 1909 y su autor lo abandon&oacute; despu&eacute;s de tener un tercio, por la muerte de su esposa en 1910. El texto se finaliz&oacute; en dos meses en 1912. Rabasa habl&oacute; con Porfirio D&iacute;az del proyecto en 1909 y le coment&oacute; que no le gustar&iacute;a el argumento central del libro. El presidente D&iacute;az le manifest&oacute; cierta inquietud a lo que Rabasa contest&oacute;: "le dije que mi libro de hecho iba a ser una justificaci&oacute;n" de su r&eacute;gimen. Mucho tiempo despu&eacute;s de que "los que publican de puro elogio hayan pasado al olvido... el m&iacute;o estar&aacute; en la biblioteca de cada hombre" que tenga inter&eacute;s en su pa&iacute;s" (p. 183).</font></p>  	    <p align="justify"><font face="verdana" size="2">Rabasa no se equivoc&oacute;, la Constituci&oacute;n y la dictadura se convirti&oacute; en un libro pilar del constitucionalismo mexicano. Hale resalta que el libro identific&oacute; la dictadura como una reacci&oacute;n a la supremac&iacute;a del Congreso en la Constituci&oacute;n de 1857. Fue un an&aacute;lisis de los defectos que ten&iacute;a el texto constitucional y que en ese contexto era dif&iacute;cil exponerlos por el prestigio de la Constituci&oacute;n. Para Hale lo que Rabasa tambi&eacute;n ve&iacute;a era el inicio de una etapa constitucional sostenida en una oligarqu&iacute;a democr&aacute;tica.</font></p>  	    <p align="justify"><font face="verdana" size="2">Emilio Rabasa regres&oacute; a M&eacute;xico despu&eacute;s de la Constituci&oacute;n de 1917 como un jurista consolidado en la vida pol&iacute;tica y mostr&oacute; una gran adaptabilidad al r&eacute;gimen posrevolucionario. Reabri&oacute; su despacho y se reincorpor&oacute; a la Escuela Libre de Derecho. Se volvi&oacute; a casar a finales de 1924 principios de 1925 con Mar&iacute;a Luisa Massieu. En esta &eacute;poca defendi&oacute; a propietarios afectados por la legislaci&oacute;n revolucionaria a la par que evit&oacute; analizar la Constituci&oacute;n de 1917 en los temas que generaban pol&eacute;mica. El art&iacute;culo 27 le parec&iacute;a un tratado sobre la propiedad antes que un art&iacute;culo constitucional.</font></p>  	    <p align="justify"><font face="verdana" size="2">Hale concluye el libro con una reflexi&oacute;n aguda sobre el legado de Rabasa ya que considera que fue endeble porque los abogados mexicanos no mostraron inter&eacute;s en la historia constitucional cr&iacute;tica, ni en los sistemas jur&iacute;dicos comparados, prefirieron el formalismo.</font></p>  	    <p align="justify">&nbsp;</p> 	    <p align="justify"><font face="verdana" size="2">II</font></p>      <p align="justify"><font face="verdana" size="2">El segundo libro son tres peque&ntilde;os trabajos con miradas diversas sobre Emilio Rabasa. En gran parte los tres textos se nutren en sus detalles y discusiones del libro de Hale.</font></p>  	    <p align="justify"><font face="verdana" size="2">El libro inicia con las reflexiones de Jes&uacute;s Silva, quien ve en la obra literaria de Rabasa un paisaje en el que se percibe la debilidad de nuestro orden social a finales del siglo XIX. En torno al Cuarto Poder resalta: "En la estampa de Rabasa se advierte la ausencia de desag&uuml;e como el primer indicio del desorden c&iacute;vico" (p. 26).</font></p>  	    <p align="justify"><font face="verdana" size="2">Jes&uacute;s Silva considera que la Constituci&oacute;n y la Dictadura fue una despedida para el dictador D&iacute;az, la dictadura fue necesaria para la unidad nacional pero era tiempo de inaugurar la vida institucional del pa&iacute;s, el libro convoca al inicio del r&eacute;gimen constitucional. La importancia del dise&ntilde;o constitucional es un rasgo fundamental en la lectura de Rabasa pero tambi&eacute;n se advierte la importancia y la responsabilidad de los actores pol&iacute;ticos. Asimismo, subraya la severidad y la injusticia con la que Rabasa reflexion&oacute; sobre las Constituciones centralistas.</font></p>  	    ]]></body>
<body><![CDATA[<p align="justify"><font face="verdana" size="2">Jos&eacute; Antonio Aguilar Rivera aborda la obra de Rabasa desde un marco del liberalismo y del constitucionalismo latinoamericano. Observa en Rabasa a un jurista con alumnos pero sin disc&iacute;pulos, porque nadie continu&oacute; con su enfoque. En su breve ensayo discute con Hale sobre las trasformaciones del liberalismo en el porfirismo y sostiene que en el pensamiento de Rabasa existe "una recuperaci&oacute;n anacr&oacute;nica de los principios del gobierno representativo." Seg&uacute;n Aguilar el anacronismo es una de las gu&iacute;as para comprender su obra porque parec&iacute;a que escrib&iacute;a en 1812 y no en 1912. Su pensamiento era del constitucionalismos cl&aacute;sico en el que se refleja Madison, Hamilton, Constant. Tambi&eacute;n anota la posible influencia de otro autor anacr&oacute;nico como Bagehot, ya que Rabasa retom&oacute; en 1912 las ideas de Bagehot que ya en 1867 eran "anticuadas".</font></p>  	    <p align="justify"><font face="verdana" size="2">Finalmente Pablo Mijangos resalta dos caracter&iacute;sticas del pensamiento de Rabasa: el rigor en el lenguaje y la lectura hist&oacute;rica de las instituciones jur&iacute;dicas. Destaca su formaci&oacute;n literaria en el Siglo de Oro espa&ntilde;ol y en el clasisismo franc&eacute;s de donde proviene su apeg&oacute; al uso correcto del lenguaje. Pablo Mijangos tambi&eacute;n sostiene que ninguno de sus disc&iacute;pulos continuo con el enfoque hist&oacute;rico comparativista y que la historiograf&iacute;a jur&iacute;dica mexicana se distanci&oacute; del contexto hist&oacute;rico, por lo que no tenemos una historia constitucional con una mirada cr&iacute;tica.</font></p>  	    <p align="justify">&nbsp;</p> 	    <p align="justify"><font face="verdana" size="2">III</font></p>  	    <p align="justify"><font face="verdana" size="2">No hay mejor homenaje a la <i>Constituci&oacute;n y la Dictadura</i> que una relectura para comprender su supervivencia y atracci&oacute;n en el pensamiento jur&iacute;dico y pol&iacute;tico de nuestro pa&iacute;s. Sin duda alguna es un libro clave que est&aacute; anclado entre el pasado y el presente de nuestra vida institucional, entre la continuidad y la ruptura constitucional, entre la dictadura y la constitucionalidad. Varios aspectos son claves en la estructura del texto. En primer lugar, el m&eacute;todo en el que sostiene su an&aacute;lisis fue comparado, lo que le dio originalidad y solides a sus reflexiones sobre las instituciones pol&iacute;ticas de pa&iacute;s. En segundo lugar, subray&oacute; la importancia que tiene el dise&ntilde;o institucional para el ejercicio del gobierno, ya que un buen arreglo entre los &oacute;rganos del Estado favorece el desempe&ntilde;o gubernamental. En tercer lugar es el valor de la historia en la comprensi&oacute;n de las instituciones pol&iacute;ticas. La vida institucional mexicana est&aacute; enmarcada en una historia, en una tradici&oacute;n, por eso la comprensi&oacute;n de nuestras instituciones se ve fortalecida con un panorama hist&oacute;rico. Un cuarto rasgo, que me parece fundamental destacar de la obra, es que nos permite entender que en nuestra historia constitucional al Congreso lo han dotado de facultades constitucionales por encima del presidente. La Constituci&oacute;n de 1857 es el m&aacute;s claro ejemplo de los riesgos de un Congreso con demasiadas atribuciones. El Poder Legislativo mexicano no siempre ha sido una instituci&oacute;n d&eacute;bil como lo fue gran parte del siglo XX.</font></p>      ]]></body>
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