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<article-title xml:lang="es"><![CDATA[Análisis de una propuesta metodológica sobre el Estado]]></article-title>
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</front><body><![CDATA[ <p><font face=verdana size=4>Diversa</font></p>     <p><font face=verdana size=2>&nbsp;</font></p>     <p><font face=verdana size=4><b>An&aacute;lisis de una propuesta metodol&oacute;gica sobre el Estado</b></font></p>     <p><font face=verdana size=2>&nbsp;</font></p>     <p><font face=verdana size=2><i>Sergio de la Vega Estrada*</i></font></p>     <p><font face=verdana size=2>* Universidad Aut&oacute;noma Metropolitana, M&eacute;xico.    <br> Direcci&oacute;n electr&oacute;nica: <a href="mailto:dlve4078@correo.xoc.uam.mx">dlve4078@correo.xoc.uam.mx</a></font></p>     <p><font face=verdana size=2>&nbsp;</font></p>     <p><font face=verdana size=2>En su libro <i>El Pr&iacute;ncipe mexicano</i>, Rhina Roux<sup>1</sup> ense&ntilde;a una lectura de la ordenaci&oacute;n pol&iacute;tica de la sociedad mexicana del siglo XX donde su perspectiva metodol&oacute;gica amerita una rese&ntilde;a cr&iacute;tica. Utiliza la forma de pr&iacute;ncipe para escenificar aquella autoridad con "prestigio moral para conducir o guiar una ciudad". Con esta forma busca explicar la "unidad de un cuerpo pol&iacute;tico cohesionado por lazos sagrados del que los s&uacute;bditos tambi&eacute;n formaban parte", donde la figura es la "cabeza del cuerpo m&iacute;stico del Estado". Separa as&iacute;, conducci&oacute;n de Estado. Busca, y logra bien, explicar la constituci&oacute;n del Estado mexicano, pero va m&aacute;s all&aacute; de &eacute;sta no tan simple tarea. Nuestro objetivo es dejar por escrito una m&aacute;s de las posibilidades del libro referido; con &eacute;l es posible agregar un beneficio que no resulta expl&iacute;cito y que se debe recuperar entre l&iacute;neas pero sobre todo con una b&uacute;squeda formal o cient&iacute;fica del concepto de Estado que se desarrolla en el libro.</font></p>     <p><font face=verdana size=2>El texto transcurre gracias a un acierto que con demasiada modestia ella deja oculto en el desarrollo del contenido. En el libro hay una forma de concebir el Estado que facilita la lectura del mismo, pero que tambi&eacute;n lo sit&uacute;a en un lugar diferente. Creemos que si los conceptos desmenuzan en partes un todo, para darle coherencia y difusi&oacute;n, el concepto de Estado utilizado puede mejorar la percepci&oacute;n de lo que sucede en una sociedad y momento como los nuestros. La aportaci&oacute;n de Roux es entonces tambi&eacute;n metodol&oacute;gica. Hay que detenerse con mesura en sus primeras cuartillas antes de que empiece el desarrollo en s&iacute;, las primeras p&aacute;ginas muestran los puntos de apoyo para la construcci&oacute;n final.</font></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p><font face=verdana size=2><i>Comunidad estatal </i>es el primer t&eacute;rmino que emplea para referirse a lo que todos hemos llamado Estado. Los lacanianos disfrutan escribiendo una misma palabra con may&uacute;scula para darle fuerza a una parte &uacute;nica y central y con min&uacute;scula para darle un sentido m&uacute;ltiple o secundario. Consideramos que Roux convierte las concepciones de Estado en una excelente percepci&oacute;n del Estado. <i>Configuraci&oacute;n estatal</i> es una segunda acepci&oacute;n, a nuestro juicio, muy pertinente. Desde el inicio de su libro empieza a describir el objeto como un proceso, como una din&aacute;mica. Le llama en conjunto "configuraci&oacute;n hist&oacute;rica de una comunidad estatal".<sup>2</sup> De lo que se va a encargar su texto es de mostrarnos esas figuras hist&oacute;ricas que caracterizan a la comunidad en M&eacute;xico. El t&eacute;rmino de <i>Pr&iacute;ncipe</i> lo utiliza como "una representaci&oacute;n simb&oacute;lica (...) un s&iacute;mbolo de la cohesi&oacute;n de una comunidad estatal". Considera que hay "una forma de ordenaci&oacute;n pol&iacute;tica de la sociedad mexicana", de la cual busca dar su explicaci&oacute;n. Para entender la organizaci&oacute;n de este Estado mexicano, asume que se debe "considerar el papel de la sociedad y territorios mexicanos" adem&aacute;s del "escenario mundial y regional".<sup>3</sup></font></p>     <p><font face=verdana size=2>El prop&oacute;sito que se plantea la autora es comprender el Estado mexicano con base en "n&uacute;cleos tem&aacute;ticos implicados en el fen&oacute;meno estatal". Con esto hace una doble propuesta al lector: por un lado, aporta su an&aacute;lisis para hacer comprensible el Estado, pero por otro, y &eacute;ste es el que deseamos subrayar, hay una aportaci&oacute;n metodol&oacute;gica al tomar como base esos n&uacute;cleos. Estos son: la relaci&oacute;n de mando&#150;obediencia, la construcci&oacute;n de una hegemon&iacute;a, los modos de integraci&oacute;n pol&iacute;tica, la legitimidad y la soberan&iacute;a.<sup>4</sup> Sin meternos en el desarrollo y aplicaci&oacute;n de sus premisas, lo que queremos destacar de la obra de Roux es la propuesta metodol&oacute;gica. As&iacute;, lo primero es la importancia de la relaci&oacute;n mando&#150;obediencia para explicar al Estado. Si se piensa en duplas te&oacute;ricas, la de gobernantes&#150;gobernados es la que ha explicado el transcurrir de un Estado. Ahora, con la propuesta de Roux lo que se sugiere es razonar alrededor del mando y la obediencia. A manera de axioma para su texto, la autora explicita: "A menudo identificado con los gobernantes o con el aparato estatal, el concepto de Estado en que se funda este an&aacute;lisis est&aacute; construido desde su comprensi&oacute;n como una <i>forma de vida social</i>. El Estado no es una cosa ni se reduce a los gobernantes. No es una sustancia, un fen&oacute;meno natural o un ente externo a la sociedad. El Estado es m&aacute;s bien, un concepto que sintetiza en el pensamiento un <i>proceso relacional entre seres humanos</i>".<sup>5</sup></font></p>     <p><font face=verdana size=2>Su interpretaci&oacute;n, como ella misma la llama, coloca al Estado como proceso. Es "una forma de la vida social que no est&aacute; dada de antemano, que se realiza en el conflicto, en cuya configuraci&oacute;n participan tambi&eacute;n las clases subalternas". El conflicto en cuesti&oacute;n est&aacute; dado por los polos, de mando por un lado y de obediencia del otro. De esta manera son las relaciones sociales las que cobran importancia central, "con subjetividad, moralidad, creencias y costumbres que viven, piensan, desean, obedecen y a veces tambi&eacute;n se insubordinan".<sup>6</sup></font></p>     <p><font face=verdana size=2>Para la autora hay una concepci&oacute;n normal o cotidiana del Estado que ha prevalecido en los an&aacute;lisis, aquella que habla de gobernantes y aparato estatal, que incluye espacios f&iacute;sicos para detallar el poder pol&iacute;tico. Esto se explica porque la reproducci&oacute;n de la vida humana adopta y admite un v&iacute;nculo de dominaci&oacute;n, es decir, la explicaci&oacute;n misma est&aacute; generada como un producto m&aacute;s de la dominaci&oacute;n. Ahora, es de esperarse que el nuevo tipo de propuestas ocupe su correct&iacute;simo lugar en la ciencia social, no nada m&aacute;s en la ciencia pol&iacute;tica.</font></p>     <blockquote>       <p><font face=verdana size=2>El <i>Estado</i> es el proceso de reconstituci&oacute;n, como comunidad, de la unidad de la sociedad internamente desgarrada por relaciones de dominio&#150;subordinaci&oacute;n. Es el permanente &#150;y siempre inestable&#150; proceso de unificaci&oacute;n de seres humanos que, relacionados entre s&iacute; por lazos no sim&eacute;tricos, supera &#150;al unificarlos&#150; el potencial conflicto entre ellos, conservando la fragmentaci&oacute;n interna de la sociedad cohesionada. Esa comunidad se desdobla internamente en una relaci&oacute;n vertical de mando&#150;obediencia entre los que dirigen y administran los asuntos p&uacute;blicos de la comunidad (gobernantes) y la propia comunidad (gobernados). Supone adem&aacute;s &#150;y esto distingue al Estado de otras asociaciones humanas&#150; la existencia de una autoridad suprema colectivamente reconocida y el monopolio leg&iacute;timo de la coerci&oacute;n f&iacute;sica, de la imposici&oacute;n de penas y castigos.<sup>7</sup></font></p> </blockquote>     <p><font face=verdana size=2>Su extensa definici&oacute;n busca apartarse de conceptos previos de Estado donde se admit&iacute;a como "lazos naturales y culturales implicados en (...) la 'naci&oacute;n' (...)". Ni se detiene en el "cuerpo org&aacute;nico cuya unidad y armon&iacute;a estaban garantizadas por la diferenciaci&oacute;n funcional de los miembros (...)".<sup>8</sup> Es interesante reflexionar sobre las partes de la definici&oacute;n citada, lo primero es la gran contradicci&oacute;n de unir lo separado. Una comunidad une a la sociedad, pero ella est&aacute; dividida en dos, los que dirigen y los que, por ello, quedan subordinados. El conflicto lo califica de potencial, no es requisito indispensable, aunque abre la posibilidad de no obnubilarse por el romanticismo de nuestras concepciones anteriores. La uni&oacute;n de dos partes no existe por "v&iacute;nculos de parentesco o creencias compartidas", sino que existen "leyes comunes y la subordinaci&oacute;n de todos al mando de una autoridad suprema". Es una "situaci&oacute;n jur&iacute;dica (...) sancionada por rituales y mitos comunes (...)".<sup>9</sup> La direcci&oacute;n y administraci&oacute;n no implica la dominaci&oacute;n, la cual existe por "la aceptaci&oacute;n y la participaci&oacute;n" de los sometidos.<sup>10</sup> El v&iacute;nculo de mando&#150;obediencia determina que una parte de la comunidad ejerza la direcci&oacute;n y la administraci&oacute;n. Este v&iacute;nculo est&aacute; basado en la legitimidad, que significa el reconocimiento colectivo de la autoridad del mando y &eacute;sta es la &uacute;nica que puede hacer uso leg&iacute;timo de la violencia. Si la dominaci&oacute;n se fundamenta en la necesidad, el mando pol&iacute;tico se funda en la obediencia voluntaria.<sup>11</sup> Y junto con este concepto de <i>mando pol&iacute;tico</i>, que sirve para abreviar la dupla, surgen otros de igual trascendencia. <i>Mando supremo y poder soberano</i> hacen su aparici&oacute;n. &Eacute;stos son parte de la propuesta metodol&oacute;gica que queremos subrayar.</font></p>     <p><font face=verdana size=2>El mando supremo "no es un atributo de los gobernantes", no les pertenece, se define por las acciones de los subordinados. El mando supremo es por la renuncia de los gobernados a dos elementos importantes, a la fuerza privada y a la impartici&oacute;n personal de la justicia.<sup>12</sup> La renuncia es m&aacute;s amplia cuando se revisan consecuencias de lo anterior. Se renuncia tambi&eacute;n a ejercer funciones gubernativas, a deliberar sobre asuntos pol&iacute;ticos, a elaborar leyes y a impartir justicia; son los especialistas los que lo seguir&aacute;n haciendo, pero no es inmediato que alguien com&uacute;n logre ser especialista. La alternativa es <i>la representaci&oacute;n</i>.<sup>13</sup> As&iacute;, de los ciudadanos, sus cualidades y sus necesidades pol&iacute;ticas quedan reducidas a la representaci&oacute;n por otro. Esto se convierte en leg&iacute;timo. La relaci&oacute;n estatal de mando&#150;obediencia se basa en la "creencia en la validez de un orden", hay un c&oacute;digo de valores y normas que toda la colectividad acepta y que est&aacute; respaldado por lo jur&iacute;dico. Unas veces est&aacute;n escritas, otras veces ser&aacute;n usos y costumbres, pero persiste un "entramado normativo".<sup>14</sup> Esto lleva a la aparici&oacute;n conceptual de los subordinados como aquellos que forman parte activa de la relaci&oacute;n estatal. Ser&iacute;an llamados como clases subalternas, parte del subt&iacute;tulo del texto. La relaci&oacute;n estatal se cohesiona con el entramado pol&iacute;tico pero existe la amenaza de ser desbordada por la insubordinaci&oacute;n de los que obedecen. La autora utiliza "dominados", pero siguiendo sus propias ense&ntilde;anzas preferimos expresarlo como "los que obedecen", por la forma de concebir la "dominaci&oacute;n", que qued&oacute; expresada arriba. Esta obediencia existe junto a "efectos potenciales de ruptura y confrontaci&oacute;n", "el mando" intenta inhibir esto, pero no puede resolver.<sup>15</sup> De esta forma, no se puede eludir el constante conflicto&#150;acuerdo dentro de la comunidad estatal. Las clases subalternas empiezan a mostrar su presencia en la comunidad y tambi&eacute;n en el espacio te&oacute;rico. El desarrollo del texto lleva ahora a hablar de las reacciones que tienen los subordinados ante el mando pol&iacute;tico. Con una aclaraci&oacute;n nuestra buscamos enriquecer y adherirnos al texto y su coherencia y establecer algunas precisiones.</font></p>     <p><font face=verdana size=2>Anteriormente dijimos que la dominaci&oacute;n es a la necesidad como el mando pol&iacute;tico a la obediencia voluntaria (un matiz de libertad). Por esto preferimos no usar "dominaci&oacute;n" o "dominantes" para resumir el papel de mando o sustantivo de los especialistas comunitarios en el mando. Si tomamos una fracci&oacute;n del texto tal como aparece escrito, podemos se&ntilde;alar una peque&ntilde;a objeci&oacute;n a su expresi&oacute;n.</font></p>     <blockquote>       ]]></body>
<body><![CDATA[<p><font face=verdana size=2>La din&aacute;mica de conflicto&#150;acuerdo contenida en el proceso estatal proviene del <i>fundamento intersubjetivo de la dominaci&oacute;n</i>. Si "subalternidad" indica no una carencia sino una <i>ubicaci&oacute;n relacional</i> (sub/alter: el Otro&#150;que&#150;est&aacute;&#150;debajo), entonces la dominaci&oacute;n es un proceso inherentemente conflictivo que transita por el reconocimiento, por parte de quienes dominan, de la voluntad de los subordinados y por el intento, por parte de los oprimidos, de poner condiciones y diques a la dominaci&oacute;n. La relaci&oacute;n de dominaci&oacute;n no es una relaci&oacute;n fija, cristalizada, sino una interacci&oacute;n conflictiva, din&aacute;mica, en la que los t&eacute;rminos dominio y subordinaci&oacute;n est&aacute;n sujetos &#150;por ambas partes&#150; a continua renegociaci&oacute;n.<sup>16</sup></font></p> </blockquote>     <p><font face=verdana size=2>Los comentarios de ahora los exponemos a la luz del propio se&ntilde;alamiento de la autora, respecto a dominaci&oacute;n y necesidad frente a mando pol&iacute;tico y obediencia voluntaria. En el p&aacute;rrafo anterior creemos que es preferible leer <i>mando pol&iacute;tico</i> donde aparece <i>dominaci&oacute;n</i>. Acaso el primer uso de dominaci&oacute;n pueda ser la menci&oacute;n de un origen de interpretaci&oacute;n del que hay que tomar distancia. Si antes era decible que el conflicto se efectuaba entre gobernantes y gobernados, ahora el conflicto es entre mandatarios (acaso su dificultad medi&aacute;tica nos estorbe para usarlo) y subordinados. Entre reguladores y disciplinados. Dos formas de nombrar lo que constituye al Estado, una relaci&oacute;n de mando&#150;obediencia y no entre polos de gobernante&#150;gobernado, no de dominantes&#150;dominados. Con lo que entonces, los diques no son para poner condiciones sino para que la regulaci&oacute;n no se convierta en dominaci&oacute;n. Y es ah&iacute; donde la regulaci&oacute;n por un lado y los diques por el otro, se encuentran para establecer la din&aacute;mica final.</font></p>     <p><font face=verdana size=2>Ahora es "car&aacute;cter pol&iacute;tico" lo que requiere comentario. Es la redefinici&oacute;n de v&iacute;nculos sociales y el cuestionamiento del orden normativo lo que da car&aacute;cter de pol&iacute;tico al actuar de los subalternos. Por toda una inercia se ha entendido que lo pol&iacute;tico se constri&ntilde;e a la vida estatal, al aparato estatal, de ah&iacute; que se analice que la toma del poder define lo pol&iacute;tico. Las formas de expresi&oacute;n de la pol&iacute;tica son m&aacute;s extensas que la toma del poder; las clases subalternas participan en pol&iacute;tica en formas como motines para la subsistencia, rebeliones, levantamientos, demandas intransigentes. Creemos que el concepto de <i>pol&iacute;tica</i> est&aacute; ligado por mucho con el concepto de <i>Estado</i>, ambos est&aacute;n siendo resignificados con el trabajo de Roux. En consecuencia, al orden de exposici&oacute;n queda por hablar de pacto.</font></p>     <p><font face=verdana size=2>El <i>pacto social</i> o <i>acuerdo</i> es aquello donde descansa el ordenamiento pol&iacute;tico; no implica que se requiere de un di&aacute;logo entre las partes sino que basta con que haya una conformidad con las reglas que regulan la vida. &Eacute;stas estructuran a la comunidad, no son obra del legislador. Son pues las normas, base importante de la comunidad estatal. Unas escritas otras latentes, se hacen presentes para delimitar la actuaci&oacute;n de reguladores y disciplinados.</font></p>     <p><font face=verdana size=2>Lo que la autora escribe en sus primeras p&aacute;ginas (comentadas en este texto) es un punto de partida para su libro pero es tambi&eacute;n una propuesta metodol&oacute;gica. Propuesta de mucha fuerza que no debe pasar desapercibida. Se contrapone a varias percepciones que buscan explicar el Estado; por lo general son cinco las conceptualizaciones difundidas: Estado moderno, Estado contractual, Estado de derecho, Estado nacional y Estado social. Cinco grandes categor&iacute;as donde es visible el desarrollo de una concepci&oacute;n pero tambi&eacute;n de una percepci&oacute;n de la organizaci&oacute;n misma de la sociedad. Todas se perciben desde la posici&oacute;n del gobernante, con Roux vemos la importancia de transferir ese eje de explicaci&oacute;n hacia la relaci&oacute;n misma. Hacia la conjunci&oacute;n de las dos partes involucradas, dinamizadas.</font></p>     <p><font face=verdana size=2>Para el Estado moderno, la prioridad est&aacute; en la soberan&iacute;a de una organizaci&oacute;n social frente a otras, luego en otra interpretaci&oacute;n el acento lo pone en la soberan&iacute;a del gobernante y en un tercer momento es sobre la soberan&iacute;a del pueblo o ciudadano. Con el Estado contractual la prioridad es en el pacto que surja entre gobernante&#150;gobernado. Para el Estado de derecho el &eacute;nfasis est&aacute; en el gobernado. Estado nacional es mucho un simbolismo y Estado social da la raz&oacute;n a los gobernados pero la decisi&oacute;n es de los gobernantes. Aunque se encuentren los mismos elementos de an&aacute;lisis, no est&aacute;n puestos en juego de la misma forma.</font></p>     <p><font face=verdana size=2>Aquello escrito sobre Estado moderno surge cuando se busca desligar a la Iglesia y a la monarqu&iacute;a. Si en la v&iacute;spera del <i>duecento</i> se comienza a defender la libertad dentro de la concepci&oacute;n de Estado, es para afirmar la soberan&iacute;a y las constituciones republicanas. Soberan&iacute;a en el sentido de independencia pol&iacute;tica; conformaci&oacute;n republicana en tanto autogobierno. Soberan&iacute;a frente al afuera. As&iacute;, libertad tambi&eacute;n tiene un recorrido de pertenencia o direccionamiento, desde la libertad del conglomerado ante los dem&aacute;s (comunidades, naciones) hasta la libertad del individuo (ciudadano, pueblo). Se era soberano frente a los otros y despu&eacute;s fue soberano frente a los propios; hoy se intenta hablar de la soberan&iacute;a de los integrantes. En este momento, el sentido de soberan&iacute;a est&aacute; dirigido a la presencia del Estado frente a otros, comienza por nombrarse buscando su autodefinici&oacute;n y reconocimiento por los dem&aacute;s. Hay una b&uacute;squeda de definici&oacute;n de cada "pa&iacute;s, gobierno o reinado" frente a los dem&aacute;s.</font></p>     <p><font face=verdana size=2>La aportaci&oacute;n del Estado contractual est&aacute; en la conciencia del papel del pacto entre las partes, con algunas aclaraciones. Lo central es entonces la concreci&oacute;n de un pacto instituido, un contrato de convivencia y roles desempe&ntilde;ados, lo controversial es el papel del s&uacute;bdito, aquel que por autorizar debe acatar. Como parte de los derechos est&aacute;n las reglas para los s&uacute;bditos. Por mencionar algunas: los s&uacute;bditos no pueden cambiar de forma de gobierno; nadie puede protestar contra la instituci&oacute;n del soberano declarada por la mayor&iacute;a; los actos del soberano no pueden ser acusados por el s&uacute;bdito; nada que haga el soberano puede ser castigado por el s&uacute;bdito. Son cuatro, que como otros m&aacute;s, ata&ntilde;en m&aacute;s a la participaci&oacute;n de los s&uacute;bditos que a la del soberano. Se reglamenta m&aacute;s sobre el papel y la actividad del gobernado que sobre el gobernante. Hay m&aacute;s consideraciones en el pacto que pueden mencionarse, como domar el apetito frente a consejos funestos para el pr&oacute;jimo, no hacer a otro lo que no quisiera que me hiciera y defender los derechos de los dem&aacute;s como los propios. Se sugiere tambi&eacute;n que para hacer firme y valedero el pacto, no se debe descuidar lo que se juzga un bien apoy&aacute;ndose en la esperanza de un bien mayor o apoy&aacute;ndose en el temor de un mal, mayor a la privaci&oacute;n del bien descuidado. Para los males, es preferible sufrir alguno si eso evita otro mayor o sufrirlo con la esperanza de un bien, superior al mal temido. As&iacute;, entre dos bienes se escoge el mayor, entre dos males se escoge el m&aacute;s llevadero. Un pacto de convivencia muy restrictivo o con fundamentos de buena fe de una de las partes.</font></p>     <p><font face=verdana size=2>Del Estado de derecho se desprende un elemento b&aacute;sico en nuestros d&iacute;as: si el hombre decide asociarse con semejantes es natural que se ponga &eacute;nfasis en el convenio que les une para la mutua preservaci&oacute;n de su vida, libertad y propiedad, pero, una vez que est&aacute; asociado, &iquest;c&oacute;mo dirimir las diferencias, con qu&eacute; instrumento? El instrumento es la ley, conocida y difundida. Esto es complementado con la enunciaci&oacute;n de los poderes, la presencia de un juez conocido e imparcial, que m&aacute;s all&aacute; de ser personaje resulta una instituci&oacute;n. Lo que est&aacute; en el centro de la discusi&oacute;n es la igualdad escrita, la igualdad por escrito; la reuni&oacute;n de leyes pol&iacute;ticas y leyes civiles es central para entender el gobierno establecido. Se piensa que as&iacute; ser&aacute;n entendibles el sistema representativo de gobierno y sus mecanismos de operaci&oacute;n.</font></p>     <p><font face=verdana size=2>Con el Estado nacional la importancia est&aacute; centrada en los individuos mismos, sobre todo donde el pueblo es nombrado como un actor, no es visto como un simple destinatario de las leyes sino un actor m&aacute;s activo. La reuni&oacute;n de raza, lengua, religi&oacute;n, intereses comunes o geograf&iacute;a toman su lugar. La construcci&oacute;n hist&oacute;rica define la naci&oacute;n, el pasado compartido hace la unidad que otorga una identidad. Si primero se da el Estado, la mutua identificaci&oacute;n hace a la naci&oacute;n. Ambas partes pueden coincidir en mucho.</font></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p><font face=verdana size=2>El Estado social es producto del intento de adaptar el Estado a las condiciones sociales de la etapa industrial y post&#150;industrial, reconociendo sus problemas junto a las opciones t&eacute;cnicas, econ&oacute;micas y organizativas (sociales y pol&iacute;ticas). Estado social es disposici&oacute;n, responsabilidad, atribuci&oacute;n y competencia del Estado para la estructuraci&oacute;n del orden social; la mutua coerci&oacute;n entre Estado y sociedad ha llevado a este resultado. Hay que agregarle al Estado de derecho un contenido econ&oacute;mico y social, reordenar lo laboral y distribuir los bienes. A pesar de su llegada renovadora, hoy est&aacute; en crisis este Estado social; en s&iacute;, es insostenible como explicaci&oacute;n.</font></p>     <p><font face=verdana size=2>Cinco concepciones generales de lo que es el Estado y qu&eacute; le distingue. Son acumulativas, su aparici&oacute;n hist&oacute;rica hace distinguir la preocupaci&oacute;n de la &eacute;poca respectiva. Coinciden con la manera se&ntilde;alada anteriormente, la de la dupla de gobernantes&#150;gobernados. En el recorrido conceptual se pueden discutir libertad e igualdad y las diferentes acepciones. Su relaci&oacute;n con soberan&iacute;a, hasta donde logro verla, es el pacto/contrato social. La parte importante de este contrato es la que vincula a un par mencionado de antemano, dominantes&#150;dominados, lo cual remite a la necesidad y evita la obediencia voluntaria.</font></p>     <p><font face=verdana size=2>Cinco usos de una misma convivencia. Lo que se logra con la propuesta metodol&oacute;gica de la autora es modificar la perspectiva de an&aacute;lisis. No es en la reuni&oacute;n cordial que se pone el centro, es en la convivencia asim&eacute;trica que hay que poner atenci&oacute;n. Enorme paradoja o contradicci&oacute;n, pero es en la endeble frontera de la uni&oacute;n por comunidad que se debe revisar la discrepancia por inestable la constante confrontaci&oacute;n. En la conjunci&oacute;n existe la disyunci&oacute;n. Roux nos deposita ah&iacute; cual sugerente viaje cient&iacute;fico.</font></p>     <p><font face=verdana size=2>&nbsp;</font></p>     <p><font face=verdana size=2><b>REFERENCIAS</b></font></p>     <!-- ref --><p><font face=verdana size=2>1 Rhina Roux, <i>El Pr&iacute;ncipe mexicano. Subalternidad, historia y Estado</i>, M&eacute;xico, Era, 2005.</font>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;[&#160;<a href="javascript:void(0);" onclick="javascript: window.open('/scielo.php?script=sci_nlinks&ref=6156424&pid=S0188-7742200600010001000001&lng=','','width=640,height=500,resizable=yes,scrollbars=1,menubar=yes,');">Links</a>&#160;]<!-- end-ref --><p><font face=verdana size=2>2 <i>Op. cit.</i>, pp. 21&#150;22.</font></p>     <p><font face=verdana size=2>3&nbsp; <i>Ibid</i>., p. 22.</font></p>     <p><font face=verdana size=2>4&nbsp; <i>Ibid</i>., p. 23.</font></p>     <p><font face=verdana size=2>5&nbsp; <i>Ibid</i>., p. 24.</font></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p><font face=verdana size=2>6&nbsp; <i>Ibid</i>., p. 25.</font></p>     <p><font face=verdana size=2>7 <i>Ibid</i>., pp. 30&#150;31.</font></p>     <p><font face=verdana size=2>8&nbsp; <i>Ibid</i>., p. 31.</font></p>     <p><font face=verdana size=2>9&nbsp; <i>Ibid</i>., p. 32.</font></p>     <p><font face=verdana size=2>10 <i>Ibid</i>., p. 36.</font></p>     <p><font face=verdana size=2>11&nbsp; <i>Ibid</i>., p. 37.</font></p>     <p><font face=verdana size=2>12&nbsp; <i>Ibid</i>., p. 38.</font></p>     <p><font face=verdana size=2>13&nbsp; <i>Ibid</i>., pp. 38&#150;39.</font></p>     <p><font face=verdana size=2>14&nbsp; <i>Ibid</i>., pp. 40&#150;41.</font></p>     <p><font face=verdana size=2>15&nbsp; <i>Ibid</i>., p. 42.&nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp;</font></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p><font face=verdana size=2>16 <i>Idem</i>.</font></p>      ]]></body><back>
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<source><![CDATA[El Príncipe mexicano: Subalternidad, historia y Estado]]></source>
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