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<article-title xml:lang="es"><![CDATA[Seminario "Derechos, cine, literatura, cómics: ¿cómo y por qué?"]]></article-title>
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</front><body><![CDATA[  	    <p align="justify"><font face="verdana" size="4">Informaci&oacute;n</font></p>  	    <p align="justify"><font face="verdana" size="2">&nbsp;</font></p>  	    <p align="center"><font face="verdana" size="4"><b>Seminario "Derechos, cine, literatura, c&oacute;mics: &iquest;c&oacute;mo y por qu&eacute;?"</b></font></p> 	         <p align="center"><font face="verdana" size="2">&nbsp;</font></p> 	         <p align="center"><font face="verdana" size="2"><b>Francisco M. Mora Sifuentes*</b></font></p> 	         <p align="center"><font face="verdana" size="2">&nbsp;</font></p> 	         <p align="justify"><font face="verdana" size="2"><i>* Universidad de Guanajuato, M&eacute;xico. Becario MAEC&#45;AECID. Doctorando en la Universidad Carlos III de Madrid (Programa Derechos Fundamentales).</i></font></p> 	         <p align="justify"><font face="verdana" size="2">&nbsp;</font><font face="verdana" size="2">&nbsp;</font></p>         <p align="justify"><font face="verdana" size="2"><b>Correspondencia</b>:</font>    ]]></body>
<body><![CDATA[<br>     <font face="verdana" size="2"><a href="mailto:franciscomiguel.mora@alumnos.uc3m.es">franciscomiguel.mora@alumnos.uc3m.es</a>.</font>    </p>     <p align="justify">&nbsp;</p>     <p align="justify"><font face="verdana" size="2">El pasado 8 de marzo de 2012 se celebr&oacute; en la Universidad Carlos III de Madrid (Campus Getafe) el seminario <i>"Derechos, cine, literatura, c&oacute;mics: &iquest;c&oacute;mo y por qu&eacute;?"</i> dirigido por el profesor Miguel &Aacute;ngel Ramiro de la Universidad de Alcal&aacute;. Como su nombre indica, el seminario tuvo por objetivo analizar &#151;en este orden&#151; por qu&eacute; y c&oacute;mo utilizar cada una de estas herramientas metodol&oacute;gicas a la hora de explicar qu&eacute; son los derechos humanos. Para ello, en una primera ponencia, se esgrimieron razones que justifican su uso y, en una posterior, se compartieron experiencias sobre pr&aacute;cticas exitosas. Benjam&iacute;n Rivaya y Mar&iacute;a del Carmen Barranco abordaron las cuestiones relativas al cine. La literatura estuvo a cargo de &Aacute;ngel Llamas Casc&oacute;n y del propio profesor Ramiro. Finalmente, Mar&iacute;a Jes&uacute;s Fern&aacute;ndez Gil y Javier Carde&ntilde;a abordaron las mismas preguntas en relaci&oacute;n al c&oacute;mic. Lamento no poder rese&ntilde;ar aqu&iacute; las ponencias de quienes se ocuparon del c&oacute;mo, pues consistieron en la exposici&oacute;n de programas, gu&iacute;as docentes o, inclusive, en la discusi&oacute;n de los propios materiales. Me ce&ntilde;ir&eacute;, por tanto, a rese&ntilde;ar las ponencias relativas al por qu&eacute;.</font></p>      <p align="justify"><font face="verdana" size="2">&nbsp;</font></p> 	         <p align="justify"><font face="verdana" size="2">1. <i>Cine</i></font></p> 	         <p align="justify"><font face="verdana" size="2">El profesor B. Rivaya de la Universidad de Oviedo abri&oacute; su exposici&oacute;n se&ntilde;alando que la ense&ntilde;anza de derechos humanos a trav&eacute;s del cine se inserta en una disciplina m&aacute;s amplia denominada <i>Derecho y cine.</i> Desde su punto de vista, uno de los principales obst&aacute;culos a que se enfrentan quienes pretenden utilizar el cine como medio de ense&ntilde;anza es que se considera "poco serio". Esta observaci&oacute;n es transversal a todas las dem&aacute;s aunque quiz&aacute;s se aplique en menor grado a la literatura. En cualquier caso, la objeci&oacute;n de la falta de seriedad o rigor del cine como medio de ense&ntilde;anza no est&aacute; del todo justificada si tenemos en cuenta que otros saberes lo utilizan a menudo; por ejemplo, la filosof&iacute;a, la medicina, la historia, entre otros. Lo que suceder&iacute;a es que, por el contrario, tal prejuicio ha privado a la docencia del derecho de un recurso did&aacute;ctico de primer orden. Resulta significativo que quienes se ocupan de la promoci&oacute;n o defensa de los derechos humanos desde &aacute;mbitos no estrictamente acad&eacute;micos, como las ONG, est&eacute;n m&aacute;s familiarizados con los mismos. Somos, por as&iacute; decirlo, "los &uacute;ltimos de la fila". Ello no quiere decir, evidentemente, que no comiencen a darse ya algunas experiencias interesantes.</font></p>  	    <p align="justify"><font face="verdana" size="2">Pero, &iquest;por qu&eacute; utilizar el cine para ense&ntilde;ar derechos humanos? B&aacute;sicamente porque es un medio eficaz. El cine transmite emociones y genera empat&iacute;a, lo que es particularmente importante en materia de derechos humanos. Su car&aacute;cter narrativo permite que esos postulados te&oacute;ricos "aterricen" o se "concreticen". Nos facilita su comprensi&oacute;n como &eacute;tica m&iacute;nima, como ideal irrenunciable de nuestras sociedades actuales. Es m&aacute;s asequible comprender el sentido y origen de los derechos mediante im&aacute;genes, que si nos limitamos a la lectura de textos o declaraciones. Adem&aacute;s, el cine sirve como gu&iacute;a para la discusi&oacute;n, la argumentaci&oacute;n o, en general, para el intercambio de ideas en clase. Por otra parte, el ponente subray&oacute; que no debemos perder de vista el hecho de que cada vez tiende a leerse menos, y que, de la misma forma, tienden a predominar aspectos audiovisuales en nuestra percepci&oacute;n de la vida o de la cultura en general <i>(homo videns).</i> Le resulta un sinsentido que no tengamos formaci&oacute;n en materia cinematogr&aacute;fica en un contexto donde cada vez estamos m&aacute;s abocados a orientar lo que vemos. A quienes se muestran reticentes a la idea de ense&ntilde;ar derechos humanos a trav&eacute;s del cine, habr&iacute;a que preguntarles &iquest;y por qu&eacute; no?</font></p>  	    <p align="justify"><font face="verdana" size="2">En la segunda parte de su ponencia distingui&oacute;, a grandes rasgos, dos tipos de cine en materia de derechos humanos. El primero ser&iacute;a el <i>cine partidario</i> en el que se encontrar&iacute;a el cine de la pena de muerte, del linchamiento, de la tortura, de la eutanasia, del suicidio, del genocidio, de la salud, de la educaci&oacute;n, de la descolonizaci&oacute;n, entre otros. El segundo ser&iacute;a el <i>cine detractor</i> en el que encontramos el cine <i>western,</i> el de la venganza, el justiciero, el del totalitarismo o el nazi. En esta categor&iacute;a tambi&eacute;n se estar&iacute;a el cine que replique la dial&eacute;ctica schmittiana "amigo/enemigo". Por &uacute;ltimo, el profesor Rivaya se refiri&oacute; al problema que plantea la utilizaci&oacute;n de este tipo de recursos y que es, parad&oacute;jicamente, su alto poder disua&#45;sorio. Los materiales audiovisuales, en general, tienen la capacidad de persuadirnos de manera inconsciente. Como cualquier otra herramienta, puede ser utilizada para fines que pueden distanciarse del prop&oacute;sito que aqu&iacute; nos re&uacute;ne. Y lanz&oacute; la siguiente cuesti&oacute;n: &iquest;se nos podr&iacute;a convencer, por ejemplo, de que la invasi&oacute;n a Irak se hizo para la defensa y protecci&oacute;n de los derechos humanos?</font></p>  	    <p align="justify"><font face="verdana" size="2">&nbsp;</font></p> 	         <p align="justify"><font face="verdana" size="2">2. <i>Literatura</i></font></p> 	         ]]></body>
<body><![CDATA[<p align="justify"><font face="verdana" size="2">A diferencia del cine o los c&oacute;mics, la literatura no parece ajena o distante al derecho. Tal vez ello se debe al estrecho v&iacute;nculo de ambos con el lenguaje, por poseer sendas dimensiones interpretativas, discursivas o per&#45;formativas. Esta es la pregunta que, de entrada, no parece plantear mayor problema. Sin embargo, la exposici&oacute;n no discurri&oacute; en estricto sentido por lo que podr&iacute;amos considerar como las v&iacute;as tradicionales. El planteamiento del profesor &Aacute;ngel Llamas parti&oacute; desde su concepci&oacute;n literaria, concretamente desde la ficci&oacute;n, e intent&oacute; vincularla al derecho. Para &eacute;l, la riqueza de la literatura como forma de creaci&oacute;n art&iacute;stica radica en su propia materia &#151;la ficci&oacute;n&#151;, pues ofrece infinitas posibilidades de generar espacios, situaciones, contextos, y ponerlos en movimiento. En proyectar "realidades" din&aacute;micas. Considera que gran parte de su poder narrativo radica en su capacidad de reflejar la condici&oacute;n humana: de mostrar la amplia gama de intereses, emociones, sentimientos, en una forma compleja lo que nos ayuda, en cierto sentido, a comprender qui&eacute;nes somos. La literatura ha creado personajes redondos, personajes que muestran ese trasfondo de humanidad (como en el caso del Ulises, que es un personaje no inmune a lo que le sucede. Su viaje le va transformando).</font></p>  	    <p align="justify"><font face="verdana" size="2">Ciertamente, el derecho posee una dimensi&oacute;n narrativa, aunque tiende a ser m&aacute;s est&aacute;tico en la medida en que va pre&#45;figurando o pre&#45;deter&#45;minando qui&eacute;nes y c&oacute;mo somos. Para ello se sirve a menudo de deside&#45;ratas (verbigracia, de unos valores superiores). Ese poder narrativo acaso pueda verse en la fuerza que tienen en nuestro imaginario colectivo los derechos humanos. &Eacute;stos, como las f&aacute;bulas, observa el profesor Llamas, han adquirido propiedades m&aacute;gicas, pues son "universales", "inalienables" e "imprescriptibles". Son piezas clave de nuestra gram&aacute;tica moral y que, adem&aacute;s, poseen una considerable carga emotiva. Si observamos con atenci&oacute;n, ello no deber&iacute;a de sorprendernos en la medida en que no en pocas ocasiones encontramos artilugios en el derecho. As&iacute;, las teor&iacute;as del contrato social que sirven para legitimar el origen del poder pol&iacute;tico o, por se&ntilde;alar otro ejemplo notable, la idea de naci&oacute;n. El derecho incluso llega autogenerarse en virtud de unos postulados que le trascienden, tales como su vocaci&oacute;n de "unidad", "plenitud" o "coherencia", seg&uacute;n reza la teor&iacute;a del sistema jur&iacute;dico (es algo as&iacute; como "un Dios que se sirve a s&iacute; mismo"). Hay, ciertamente, algunos paralelismos entre derecho y literatura. Acaso el m&aacute;s significativo sea que ambos nos constituyen en <i>personajes</i> (en "actores" o "sujetos de derechos"). La literatura necesita del derecho, para hacernos creer que existe ese hombre sin atributos al que se refiere. El derecho necesita de aquella para ser desenmascarado. Si el personaje es el culpable en literatura, el derecho lo es de literatura, de fabricaciones irreales. Nada le gusta m&aacute;s que imaginar excepciones, individuos al margen de la idea que ha creado.</font></p>  	    <p align="justify"><font face="verdana" size="2">Por &uacute;ltimo, el profesor &Aacute;ngel Llamas incidi&oacute; en la dimensi&oacute;n de fuerza o autoritativa del derecho. Nos record&oacute; que en literatura abundan tambi&eacute;n pasajes que ejemplifican las cuestiones intemporales sobre el poder o la justicia. El mito de Ant&iacute;gona y Creonte muestra la disyuntiva que puede llegar a darse entre el derecho de los dioses (iusnaturalismo) y el de la ciudad (positivismo), entre muchos otros. Si por algo debemos utilizar literatura es precisamente porque posibilita, en el contexto de una narraci&oacute;n, identificar situaciones pol&iacute;ticas o sociales relativas a los derechos e impulsa al lector a elaborar por s&iacute; mismo argumentos relevantes para el debate, sea este en su vertiente &eacute;tica, pol&iacute;tica o jur&iacute;dica. Adem&aacute;s, el profesor de la Universidad Carlos III de Madrid considera que es fecundo utilizar literatura por su capacidad de remover, de cuestionar el arquetipo. La literatura nos facilita la labor cr&iacute;tica frente a todo aquello que damos por supuesto, por supuesto, que el hombre es "malo por naturaleza" o que se conduce bajo la premisa de "maximizar por su propio inter&eacute;s". Por ello, y en definitiva, la literatura es una ventana abierta para ver al derecho y los derechos "desde otra mirada".</font></p>  	    <p align="justify"><font face="verdana" size="2">&nbsp;</font></p> 	         <p align="justify"><font face="verdana" size="2">3. <i>C&oacute;mics</i></font></p> 	         <p align="justify"><font face="verdana" size="2">Finalmente toc&oacute; el turno de responder a la pregunta de por qu&eacute; utilizar el c&oacute;mic como metodolog&iacute;a para la ense&ntilde;anza en derechos humanos. Esta es la cuesti&oacute;n que genera m&aacute;s dudas. Por ello la exposici&oacute;n de M. J. Fern&aacute;ndez se enfrent&oacute;, desde mi punto de vista, al mayor reto del seminario. &iquest;En qu&eacute; sentido? Las dudas a las que me refiero provienen del propio c&oacute;mic. Con muchos y variados antecedentes, lo que hoy entendemos por &eacute;l surgi&oacute; a mediados del siglo pasado en la industria period&iacute;stica. Concretamente, como suplemento dominical o series populares que posteriormente se independizaron por el auge de la industria humor&iacute;stica y la aparici&oacute;n de nuevas t&eacute;cnicas de impresi&oacute;n. La aparici&oacute;n del c&oacute;mic se inscribe en el marco general de la cultura de masas. Nace con el claro objetivo de entretener. As&iacute;, a trav&eacute;s de la combinaci&oacute;n de textos y gr&aacute;ficos, de dibujos animados, el c&oacute;mic logr&oacute; incardinarse r&aacute;pidamente en la cultura popular. Esto explica en parte por qu&eacute; resulte dif&iacute;cil desprenderse de la percepci&oacute;n generalizada de que el c&oacute;mic sirve &uacute;nicamente como medio de entretenimiento. Pero &iquest;puede ser algo m&aacute;s que eso?</font></p>  	    <p align="justify"><font face="verdana" size="2">Para la ponente, lo que en el fondo se est&aacute; planteando tiene que ver con la idoneidad del c&oacute;mic para transmitir contenidos. Ese es el punto. A su juicio puede hacerlo y, de hecho, lo hace muy bien. Considera que el c&oacute;mic puede aportar mucho, dada su capacidad de penetraci&oacute;n, el car&aacute;cter universal de los temas que trata, la claridad y la sencillez del lenguaje que utiliza. Adem&aacute;s, tiene la virtud de adecuarse al tiempo del que dispone el hombre de nuestros d&iacute;as. El hecho de que se trate de un <i>low art</i> no debe llevarnos a la conclusi&oacute;n apresurada de que no sirve para la ense&ntilde;anza de derechos humanos, pues a trav&eacute;s de &eacute;l pueden tratarse historias de primera magnitud. Con ello no quiere decirse que haya un acuerdo generalizado en este punto. Hay quienes, por el contrario, consideran que historias o sucesos como el holocausto deben reservarse a expresiones art&iacute;sticas mayores. Sin embargo, es dif&iacute;cil que por su mero tratamiento en alg&uacute;n medio, el hecho en s&iacute; se desvirtu&eacute;. Lo que seguir&iacute;a prevaleciendo, en todo caso, es la manera o la forma en que sea tratado. Aunque a nadie escapa que el c&oacute;mic (la historieta, la novela gr&aacute;fica o la televisi&oacute;n, por poner otros ejemplos) carga con cierto estigma, dado su sitio privilegiado en la cultura de masas, ello no significa que no puedan tener connotaciones profundas.</font></p>  	    <p align="justify"><font face="verdana" size="2">El c&oacute;mic no es &#151;o no es s&oacute;lo&#151; cosa de ni&ntilde;os, desde el momento en que ofrece una gama de posibilidades t&eacute;cnicas, lenguajes, elementos, colores, etc&eacute;tera, que pueden amalgamarse para conformar una expresi&oacute;n de arte comprometido. La profesora de la Universidad de Alcal&aacute; cit&oacute; como ejemplo el trabajo de A. Spiegelman: <i>Maus. A Survivor's Tale,</i> que logra &#151;siempre desde su punto de vista&#151; un extraordinario registro hist&oacute;rico&#45;est&eacute;tico. En dicho c&oacute;mic se consigue lo que denomina "(con)fusi&oacute;n de realidades", esto es, conjunga elementos tales como: "historia/ficci&oacute;n", "presente/pasado", "humano/animal" o "seriedad/comicidad". El trabajo ha trascendido, no obstante, el hecho de haber sido duramente criticado por su met&aacute;fora animal (al representar a jud&iacute;os y nazis como ratones y gatos, respectivamente). Y si perdura es por la utilizaci&oacute;n de distintas t&eacute;cnicas; pero sobre todo, por ejemplificar c&oacute;mo a trav&eacute;s del c&oacute;mic puede ofrecerse una perspectiva moral in&eacute;dita. Nuevamente volvi&oacute; a aparecer en esta ponencia la zona borrosa respecto a qu&eacute; tipo de expresiones se consideran ileg&iacute;timas. Otros trabajos, como el c&oacute;mic franc&eacute;s <i>Hitler S.</i> S., no han tenido el mismo recibimiento, siendo incluso objeto de censura. El asunto radica en determinar cu&aacute;les manifestaciones consideramos leg&iacute;timas y cu&aacute;les no.</font></p>  	    <p align="justify"><font face="verdana" size="2">&nbsp;</font></p> 	         <p align="justify"><font face="verdana" size="2">4. <i>Comentario final</i></font></p> 	         ]]></body>
<body><![CDATA[<p align="justify"><font face="verdana" size="2">Estas fueron, me parece, las ideas centrales del seminario. Evidentemente que al tratar tales temas surgieron algunas dudas de primer orden. Me explico. Aunque se hayan discutido propuestas relativas a la educaci&oacute;n en derechos humanos, quedaron abiertas otras cuestiones en el &aacute;mbito de la ense&ntilde;anza del derecho por sobrepasar ampliamente el objetivo de la sesi&oacute;n &#151;por ejemplo, respecto a la forma en que se viene desarrollando la ense&ntilde;anza tradicional del derecho, respecto al perfil profesional del jurista o el rol que deseamos desempe&ntilde;e en la sociedad, por mencionar algunas&#151;. Debo decir, finalmente, que soy consciente de la dificultad que entra&ntilde;a dar noticia o relatar la riqueza con la que cada cuesti&oacute;n fue abordada. Sin embargo, considero que la elaboraci&oacute;n de estas notas se justifica &#151;con lo ret&oacute;rico que esto nos pueda parecer&#151; por tratarse de una metodolog&iacute;a atractiva e innovadora. No es casual que dicha actividad se haya llevado a cabo en el marco general del Proyecto Consolider Ingenio 2010 "El tiempo de los derechos" (Huri&#45;Age) que, en torno al Instituto de Derechos Humanos "Bartolom&eacute; de las Casas", aglutina varios grupos de vanguardia en materia de derechos humanos.</font></p>       ]]></body>
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