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</front><body><![CDATA[ <p align="right"><font face="Verdana, Arial, Helvetica-Normal, sans-serif" size="2"><b>DEBATE</b></font></p>     <p align="right">&nbsp;</p>     <p><font face="Verdana, Arial, Helvetica-Normal, sans-serif" size="4"><b>Seguro    Popular de Salud    <br>   Siete perspectivas</b></font></p>     <p>&nbsp;</p>     <p>&nbsp;</p>     <p><font face="Verdana, Arial, Helvetica-Normal, sans-serif" size="2"><b>Octavio    G&oacute;mez Dant&eacute;s; Mauricio Ortiz</b></font></p>     <p>&nbsp;</p>     <p>&nbsp;</p>      <blockquote>       ]]></body>
<body><![CDATA[<p><font face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif" size="2"><i>El 1 de enero      de 2004 entr&oacute; en operaci&oacute;n en M&eacute;xico el Sistema de Protecci&oacute;n      Social en Salud, cuyo brazo operativo, el Seguro Popular de Salud, habr&aacute;      de cubrir, en un lapso de siete a&ntilde;os, a los 48 millones de mexicanos      hoy no asegurados.</i> Salud P&uacute;blica de M&eacute;xico <i>decidi&oacute;      entrevistar a diversos funcionarios del sector salud y de agencias multilaterales,      para recoger distintos puntos de vista sobre el presente y el futuro del Seguro      Popular. En el curso de &eacute;ste y los dos pr&oacute;ximos n&uacute;meros      de la revista se publicar&aacute;n estas entrevistas, que hoy dan comienzo      con las realizadas al Secretario de Salud de M&eacute;xico, Julio Frenk Mora,      y al Comisionado Nacional de Protecci&oacute;n Social en Salud, Juan Antonio      Fern&aacute;ndez Ortiz.</i></font></p> </blockquote>     <p>&nbsp;</p>     <p><font face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif" size="2">Despu&eacute;s    de una larga discusi&oacute;n,  en    abril de 2003, el Congreso de la Uni&oacute;n aprob&oacute;, con 92% de los    votos del Senado y 73% de los votos de la C&aacute;mara de Diputados, una reforma    a la Ley General de Salud que establece el sistema de protecci&oacute;n social    en la materia, cuyo brazo ejecutivo es el Seguro Popular de Salud (SPS). Este    seguro cubrir&aacute; progresivamente a todos aquellos ciudadanos que hab&iacute;an    quedado excluidos de la seguridad social convencional (trabajadores por cuenta    propia, desempleados, trabajadores del sector informal de la econom&iacute;a    y personas que est&aacute;n fuera del mercado laboral).<a name="top1"></a><a href="#back1"><sup>1</sup></a>    Junto con sus familias, estos grupos representan aproximadamente la mitad de    la poblaci&oacute;n. El SPS garantiza el acceso a cerca de 100 intervenciones    que cubren m&aacute;s de 90% de las causas de atenci&oacute;n ambulatoria y    cerca de 70% de las causas de atenci&oacute;n hospitalaria de las instituciones    p&uacute;blicas.<a name="top2"></a><a href="#back2"><sup>2</sup></a></font></p>      <p><font face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif" size="2">En los documentos que dieron sustento a la creaci&oacute;n del Sistema de Protecci&oacute;n Social en Salud (SPSS), la Secretar&iacute;a de Salud de M&eacute;xico se&ntilde;ala que la segmentaci&oacute;n del sistema mexicano de salud y las transiciones epidemiol&oacute;gica y demogr&aacute;fica, dieron lugar a cinco grandes desequilibrios financieros: i) de nivel; ii) de origen; iii) de distribuci&oacute;n; iv) de esfuerzo estatal, y v) de destino de los recursos.<sup>1,2</sup></font></p>      <p><font face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif" size="2">En M&eacute;xico la inversi&oacute;n en salud es insuficiente para atender los retos que plantean las transiciones demogr&aacute;fica y epidemiol&oacute;gica. El pa&iacute;s destina 5.8% del producto interno bruto (PIB) a la salud, en contraste con pa&iacute;ses como Chile, Colombia y Uruguay que, con un nivel de desarrollo similar al de M&eacute;xico, dedican 7.2, 9.6 y 10.9% del PIB a la salud, respectivamente. El promedio latinoamericano es de 6.9%.</font></p>      <p><font face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif" size="2">El desequilibrio    en el origen de los fondos est&aacute; relacionado con el peso relativo del    gasto p&uacute;blico en el gasto total en salud. Con excepci&oacute;n de Estados    Unidos de Am&eacute;rica, todos los pa&iacute;ses desarrollados financian su    salud con recursos predominantemente p&uacute;blicos. En M&eacute;xico, en contraste,    m&aacute;s de la mitad de los recursos para la salud son privados y, adem&aacute;s,    provienen del bolsillo de las familias. En Colombia y Costa Rica, el gasto de    bolsillo asciende a 29 y 27% del gasto total en salud, respectivamente. Este    tipo de gasto es ineficiente e inequitativo porque impide la agregaci&oacute;n    de riesgos, y rompe con la solidaridad financiera y con un principio b&aacute;sico    de justicia financiera en salud que se&ntilde;ala que los individuos deben aportar    de acuerdo con su capacidad de pago y recibir servicios en funci&oacute;n de    sus necesidades de salud. El gasto de bolsillo invierte esta regla ya que obliga    a los individuos a aportar seg&uacute;n sus necesidades (el m&aacute;s enfermo    paga m&aacute;s) y a recibir servicios seg&uacute;n su nivel de ingreso. El    gasto de bolsillo, adem&aacute;s, expone a las familias a pagos excesivos que    son imposibles de anticipar por la incertidumbre impl&iacute;cita en los fen&oacute;menos    de enfermedad y en los accidentes. Se calcula que anualmente de dos a tres millones    de familias mexicanas incurren en gastos catastr&oacute;ficos por motivos de    salud.<a name="top3"></a><a href="#back3"><sup>3</sup></a></font></p>      <p><font face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif" size="2">La segmentaci&oacute;n del sistema mexicano de salud tambi&eacute;n ha favorecido la concentraci&oacute;n de los recursos para la salud en las instituciones de seguridad social. En el rubro de atenci&oacute;n m&eacute;dica, el gobierno federal asigna 1.5 veces m&aacute;s recursos per c&aacute;pita a la poblaci&oacute;n derechohabiente que a la poblaci&oacute;n no asegurada. A esto se suma una condici&oacute;n todav&iacute;a m&aacute;s grave: la inequitativa distribuci&oacute;n de los recursos federales entre entidades federativas.</font></p>      <p><font face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif" size="2">El indiscutible avance que represent&oacute; la progresiva descentralizaci&oacute;n de los servicios de salud a lo largo de las &uacute;ltimas dos d&eacute;cadas no se acompa&ntilde;&oacute;, sin embargo, de reglas financieras claras que estipularan la corresponsabilidad de los distintos niveles de gobierno. Esta indefinici&oacute;n se refleja en las abismales diferencias que se registran entre los estados en materia de contribuci&oacute;n estatal a la salud. Hay gobiernos estatales que asignan a la salud hasta 119 veces m&aacute;s recursos per c&aacute;pita que las entidades federativas que menos contribuyen con recursos propios a este sector.</font></p>      <p><font face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif" size="2">El &uacute;ltimo de los desequilibrios se refiere al destino de los recursos. El sector salud dedica cada vez m&aacute;s recursos al pago de la n&oacute;mina y cada vez menos recursos al gasto de inversi&oacute;n, hecho que ha influido negativamente en la ampliaci&oacute;n de la infraestructura y en el equipamiento de las unidades.</font></p>      <p><font face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif" size="2">Para enfrentar estos desequilibrios se propuso y se aprob&oacute; la creaci&oacute;n del SPSS. Lo que se busca es construir una nueva estructura financiera para el sistema mexicano de salud basada en tres seguros p&uacute;blicos de salud:</font></p> <font face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif" size="2">  <ol>       ]]></body>
<body><![CDATA[<li>el Seguro de      Enfermedades y Maternidad del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS),      que protege a los asalariados del sector privado de la econom&iacute;a formal      y a sus familiares;</li>       <li>el Seguro M&eacute;dico      del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado      (ISSSTE), que protege a los asalariados del sector p&uacute;blico de la econom&iacute;a      formal, y</li>       <li>el SPS, que      protege a las personas que se encuentran fuera del mercado laboral y a los      trabajadores no asalariados.</li>     </ol> </font>     <p><font face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif" size="2">Como puede observarse    en el <a href="#c1">cuadro I</a>, la propuesta es que los tres seguros cuenten    con una estructura financiera tripartita similar a la del IMSS. En el caso del    ISSSTE, el cambio principal consiste en distinguir entre las obligaciones del    gobierno federal como empleador y lo que debe ser una aportaci&oacute;n uniforme    del Estado nacional al aseguramiento de cada ciudadano (cuota social). El SPS    tambi&eacute;n se financia de manera parecida: primero, una aportaci&oacute;n    del Estado nacional id&eacute;ntica a la del IMSS y el ISSSTE; segundo, una    aportaci&oacute;n solidaria que, en lugar de la cuota patronal, es cubierta    por los gobiernos estatales y federal; tercero, una aportaci&oacute;n familiar    an&aacute;loga a la cuota obrera de la seguridad social, la cual es proporcional    a la capacidad de pago y puede ser de cero en el caso de las familias muy pobres.</font></p>     <p align="center"><a name="c1"></a></p>     <p>&nbsp;</p>     <p align="center"><img src="/img/revistas/spm/v46n6/22571c1.gif"></p>     <p>&nbsp;</p>      <p><font face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif" size="2">Es importante resaltar el papel que juega la aportaci&oacute;n del Estado nacional, establecida inicialmente en la reforma a la Ley del Seguro Social de 1997. Por cada persona afiliada al IMSS, el Estado aporta el valor actualizado de 13.9% de un salario m&iacute;nimo general anual del Distrito que se ajusta peri&oacute;dicamente seg&uacute;n la inflaci&oacute;n. En el momento actual esta cuota equivale aproximadamente a 2 400 pesos por cotizante por a&ntilde;o. Esta aportaci&oacute;n hab&iacute;a estado limitada a los trabajadores del sector privado formal de la econom&iacute;a, lo que hab&iacute;a producido que los asegurados del IMSS recibieran casi dos veces m&aacute;s recursos p&uacute;blicos que la poblaci&oacute;n no asegurada, hecho incompatible con un sistema en donde todos los ciudadanos gozan de los mismos derechos. Con la reforma a la Ley General de Salud, esta cuota social beneficia tambi&eacute;n a los afiliados al SPS.</font></p>      ]]></body>
<body><![CDATA[<p><font face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif" size="2">La aportaci&oacute;n solidaria se conforma con una aportaci&oacute;n estatal m&iacute;nima (0.5 veces la cuota social) y una aportaci&oacute;n federal (1.5 veces la cuota social) procedente del actual Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud (FASSA, Ramo 33), que ya financia la mayor parte de las actividades de salud de las entidades federativas.</font></p>      <p><font face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif" size="2">Para fines de financiamiento,    los servicios ofrecidos por el SPS se dividen en servicios esenciales y servicios    de alto costo. Los servicios esenciales son los que conforman el Cat&aacute;logo    de Servicios Esenciales de Salud (CASES); se ofrecen en unidades de atenci&oacute;n    ambulatoria y hospitales generales, y se financian con recursos que se concentran    en el Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud a la Persona (FASSP).    Los servicios de alto costo se ofrecen en hospitales de especialidad y se financian    a trav&eacute;s de un Fondo de Protecci&oacute;n contra Gastos Catastr&oacute;ficos    (FPGC).<a name="top4"></a><a href="#back4"><sup>4</sup></a></font></p>      <p><font face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif" size="2">El FPCG se constituye con 8% de la suma de la cuota social, la aportaci&oacute;n solidaria federal y la aportaci&oacute;n solidaria estatal, as&iacute; como otras fuentes de recursos (intereses devengados de la inversi&oacute;n de los recursos disponibles, aportaciones adicionales provenientes de donaciones o aprovechamientos fiscales).</font></p>      <p><font face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif" size="2">Adem&aacute;s del FPGC, el SPSS cuenta con otros dos fondos: el primero de ellos, equivalente a 2% de la suma de la cuota social, la contribuci&oacute;n solidaria federal y la contribuci&oacute;n solidaria estatal, est&aacute; destinado a la promoci&oacute;n de infraestructura en las comunidades pobres; el segundo, igual a 1% de esa misma suma, cubre las fluctuaciones en la demanda y los pagos temporalmente retrasados dentro de los estados.</font></p>      <p><font face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif" size="2">Lo que resta de la cuota social y de las contribuciones solidarias federal y estatal (m&aacute;s de 90% de los recursos p&uacute;blicos del SPS) se asignan a los estados para financiar el paquete de servicios esenciales. A estos recursos se suman las contribuciones familiares, que, al igual que la contribuci&oacute;n solidaria estatal, se recaban en el &aacute;mbito estatal.</font></p>      <p><font face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif" size="2">Este modelo de financiamiento implica un cambio radical en los incentivos para los gobiernos estatales y los prestadores, ya que la asignaci&oacute;n de recursos est&aacute; determinada en gran medida por el n&uacute;mero de familias afiliadas al SPS y por lo tanto est&aacute; orientado por la demanda. La afiliaci&oacute;n al SPS es voluntaria, aunque los estados tienen el incentivo de afiliar a toda la poblaci&oacute;n en la medida en que su presupuesto estar&aacute; crecientemente basado en una cuota anual por familia.</font></p>      <p><font face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif" size="2">La naturaleza voluntaria del proceso de afiliaci&oacute;n es una caracter&iacute;stica esencial de la reforma que ayuda a democratizar el presupuesto. Tambi&eacute;n constituye un incentivo para fortalecer el sistema de atenci&oacute;n a la salud y proveer servicios de la mejor calidad posible, ya que s&oacute;lo se reafiliar&aacute;n las familias satisfechas con los servicios recibidos. De hecho, para que una unidad pueda ofrecer servicios al SPS, debe acreditarse.</font></p>      <p><font face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif" size="2">Una innovaci&oacute;n adicional del SPSS es que expl&iacute;citamente separa el financiamiento de los servicios de salud a la persona, de los servicios a la comunidad o servicios de salud p&uacute;blica. Al crear un fondo separado para estos &uacute;ltimos (Fondo de Aportaciones de Servicios de Salud a la Comunidad), la reforma asegura un adecuado financiamiento de los bienes p&uacute;blicos de la salud (servicios ambientales, vigilancia epidemiol&oacute;gica, informaci&oacute;n y rector&iacute;a) y de las campa&ntilde;as comunitarias de prevenci&oacute;n. Esta es una innovaci&oacute;n importante, ya que varias reformas en otros pa&iacute;ses han descuidado las actividades de salud p&uacute;blica.</font></p>      <p><font face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif" size="2">De acuerdo con la Secretar&iacute;a de Salud, la reforma de 2003 permitir&aacute; eliminar los desequilibrios que obligaron a su implantaci&oacute;n. En primer lugar se espera incrementar la inversi&oacute;n en salud por lo menos al promedio latinoamericano. Tambi&eacute;n se espera modificar la composici&oacute;n de las fuentes de financiamiento en salud, de manera que en el mediano plazo el gasto p&uacute;blico constituya la principal fuente de recursos. La cuota social, por su parte, busca generar una mayor equidad financiera entre instituciones, mientras que la asignaci&oacute;n presupuestal sobre la base de las familias afiliadas pretende producir una mayor equidad geogr&aacute;fica, y una mayor transparencia en la asignaci&oacute;n y el uso de los recursos. Las reglas expl&iacute;citas para la concurrencia de recursos federales y estatales generar&aacute;, a juicio de las autoridades del sector salud, una mayor equidad en el compromiso de los gobiernos estatales con el financiamiento de la atenci&oacute;n a la salud de las familias afiliadas al SPS. Finalmente, la asignaci&oacute;n de recursos por familia y la vinculaci&oacute;n del gasto de inversi&oacute;n con un Plan Maestro de Infraestructura en el &aacute;mbito nacional producir&aacute; no s&oacute;lo una mayor inversi&oacute;n, sino tambi&eacute;n una mejor toma de decisiones en t&eacute;rminos de ubicaci&oacute;n y tipo de inversi&oacute;n que se requiere para hacer frente a las necesidades de salud de la poblaci&oacute;n.</font></p>      <p><font face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif" size="2">Para operar el    SPSS en el &aacute;mbito federal se cre&oacute;, como &oacute;rgano desconcentrado,    la Comisi&oacute;n Nacional de Protecci&oacute;n Social en Salud, que tiene    como tareas: instrumentar la pol&iacute;tica de protecci&oacute;n social en    salud y el plan estrat&eacute;gico de desarrollo del SPSS; promover la formalizaci&oacute;n    de los acuerdos de coordinaci&oacute;n en materia de protecci&oacute;n social    en salud con los gobiernos estatales; evaluar el desempe&ntilde;o de los Reg&iacute;menes    Estatales de Protecci&oacute;n Social en Salud, y cumplir con la rendici&oacute;n    de cuentas a los ciudadanos. La Ley General de Salud establece asimismo la creaci&oacute;n    del Consejo Nacional del Sistema de Protecci&oacute;n Social en Salud como &oacute;rgano    colegiado consultivo, presidido por el Secretario de Salud. En &eacute;l est&aacute;n    representadas distintas autoridades del Sistema Nacional de Salud (IMSS, ISSSTE    y Consejo de Salubridad General), otras dependencias p&uacute;blicas (Secretar&iacute;a    de Desarrollo Social y Secretar&iacute;a de Hacienda y Cr&eacute;dito P&uacute;blico),    las entidades federativas y los trabajadores de la salud. Dicho Consejo est&aacute;    facultado para opinar sobre el financiamiento del SPSS, proponer medidas para    su mejor funcionamiento y acordar la creaci&oacute;n de grupos de trabajo para    el an&aacute;lisis de temas que el propio Consejo considere necesarios.</font></p>     ]]></body>
<body><![CDATA[<p>&nbsp;</p>      <p><font face="Verdana, Arial, Helvetica-Normal, sans-serif" size="3"><b>Referencias</b></font></p>      <p><font face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif" size="2">1. Secretar&iacute;a de Salud. La salud en la reforma del Estado: hacia un Sistema Universal de Salud. M&eacute;xico, DF: Secretar&iacute;a de Salud; 2002.</font></p>      <p><font face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif" size="2">2. Secretar&iacute;a    de Salud. Sistema de Protecci&oacute;n Social en Salud. Hacia un Sistema Universal    de Salud. M&eacute;xico, DF: Secretar&iacute;a de Salud; 2003.</font></p>     <p>&nbsp;</p>     <p>&nbsp;</p>      <p><font face="Verdana, Arial, Helvetica, sans-serif" size="2"><a name="back1"></a><a href="#top1">1</a>    A partir de enero de 2004 comenz&oacute; a integrarse a este esquema de protecci&oacute;n    social en salud 14.3% de la poblaci&oacute;n no asegurada. En los pr&oacute;ximos    a&ntilde;os se espera integrar anualmente el mismo porcentaje, de tal forma    que en 2010 todos los mexicanos tendr&aacute;n la oportunidad de contar con    un seguro de salud.    <br>    <a name="back2"></a><a href="#top2">2</a>    Este paquete incluye intervenciones quir&uacute;rgicas (para 29 condiciones),    hospitalizaci&oacute;n (9), servicios de urgencias (6), servicios de traumatolog&iacute;a    (6), servicios de rehabilitaci&oacute;n (2), atenci&oacute;n pre y neonatal    (5), atenci&oacute;n ambulatoria (25), atenci&oacute;n dental (3) y servicios    preventivos (9).    <br>   <a name="back3"></a><a href="#top3">3</a>     Los gastos catastr&oacute;ficos se definen como aquellos gastos en salud superiores    a 30% de la capacidad de pago, que a su vez se define como el ingreso familiar    disponible una vez descontado el gasto en alimentaci&oacute;n.    <br>   <a name="back4"></a><a href="#top4">4</a>     El FPGC cubre un paquete de servicios definidos por medio de un an&aacute;lisis    de costo-efectividad que ser&aacute; puesto al d&iacute;a cada a&ntilde;o con    base en los cambios del perfil epidemiol&oacute;gico, el desarrollo tecnol&oacute;gico    y la disponibilidad de recursos.</font></p>      ]]></body>
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