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Anales de antropología

versão On-line ISSN 2448-6221versão impressa ISSN 0185-1225

An. antropol. vol.54 no.1 Ciudad de México Jan./Jun. 2020  Epub 15-Jan-2021

https://doi.org/10.22201/iia.24486221e.2020.1.71044 

Notas

El nacimiento del Centro Coordinador del Pueblo Afromexicano

The birth of the Coordinating Center of the Afro-Mexican People

Citlali Quecha Reyna* 

* Universidad Nacional Autónoma de México, Instituto de Investigaciones Antropológicas, Cto. Exterior, C.U., Coyoacán, 04510, CDMX, México. E-mail: quechary@unam.mx.


En 1951 inició actividades el primer Centro Coordinador Indigenista en San Cristóbal de las Casas, Chiapas, adscrito al entonces Instituto Nacional Indigenista (INI). El impulso del indigenismo en aquella época centraba su interés en los pueblos originarios con miras a desarrollar estrategias institucionales favorables para su “aculturación” e integración a la nación mexicana.

Desde ese entonces a la fecha hemos sido testigos de cambios significativos en la relación “Estado-pueblos indígenas”. La construcción de vigorosos movimientos sociales a escala planetaria ha permitido que emerjan a la escena pública como sujetos de derecho. En América Latina y en especial en México, la acción colectiva de los pueblos originarios ha enarbolado diversas demandas que buscan revertir procesos históricos de desigualdad y discriminación.

Las políticas de la identidad que rigen buena parte de nuestro andamiaje jurídico y político desde las últimas décadas del siglo XX han constituido una plataforma desde la cual otras expresiones de la diversidad se han manifestado de tal suerte que los derechos culturales y el derecho a la diferencia son un eje fundamental para los Estados contemporáneos.

En nuestro país, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 04 de diciembre de 2018 el Decreto por el que se expide la Ley del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas (INPI). Llama la atención que en esta ley se enuncian las acciones específicas para los pueblos indígenas y el pueblo afromexicano. El artículo 2 del Capítulo de la Ley del INPI refiere:

Artículo 2. El Instituto es la autoridad del Poder Ejecutivo Federal en los asuntos relacionados con los pueblos indígenas y afromexicano, que tiene como objeto definir, normar, diseñar, establecer, ejecutar, orientar, coordinar, promover, dar seguimiento y evaluar las políticas, programas, proyectos, estrategias y acciones públicas, para garantizar el ejercicio y la implementación de los derechos de los pueblos indígenas y afromexicano, así como su desarrollo integral y sostenible y el fortalecimiento de sus culturas e identidades, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los instrumentos jurídicos internacionales de los que el país es parte.

Para las poblaciones afrodescendientes del país, esta enunciación es sin duda un paso muy importante que se ha visto acompañado de otro hecho igual de trascendente.

El pasado jueves 17 de enero de 2019, en el municipio de Jamiltepec, Oaxaca, se hizo entrega del nombramiento formal al C.P. Hebert Néstor Ruíz López como el primer Jefe del Centro Coordinador del Pueblo Afromexicano en Oaxaca (CCPA), cuyas instalaciones sede estarán en un futuro próximo en el Municipio de Pinotepa Nacional. De igual forma se dio a conocer el nombramiento del Lic. Nelson Vásquez Merino como Jefe del Centro Coordinador para los Pueblos Indígenas de Santiago Jamiltepec.

http://www.panoramadelpacifico.com/crean-centro-coordinador-de-pueblos-afromexicanos-en-oaxaca/

Figura 1 Fotografía tomada de la página web “Panorama del Pacífico” 

Figura 2 Hebert Néstor Ruiz con Nelson Vásquez Merino (Fotografía de Citlali Quecha Reyna). 

En una ceremonia cálida, acompañados por Tatamandones (autoridades tradicionales mixtecas), trabajadores del INPI, representantes de organizaciones de la sociedad civil e invitados especiales se dio la bienvenida a ambos funcionarios.

La creación de este nuevo Centro Coordinador es un hito en la historia del movimiento político afromexicano, cuyas acciones datan de hacemás de 20 años, y es también un hito en la relación “Estado-diversidad cultural”. Por primera vez en la historia del país, los afromexicanos tienen un espacio propio para visibilizar sus particulares demandas ante una dependencia Estatal.

Ante los siglos de invisibilización que este sector de la población ha padecido, éste es sólo un primer paso, el camino por recorrer implicará sortear múltiples obstáculos y retos, sin embargo, por el momento el optimismo permite pensar en los futuros logros y avances que vendrán, entre ellos el reconocimiento constitucional, demanda que sigue siendo central para los afrodescendientes de esta nación.

68 años después del nacimiento del CCI en San Cristóbal, el surgimiento del CCPA deberá ser recordado como el momento que inaugura una nueva manera de entender la pluralidad en este país. Enhorabuena.

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