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Inter disciplina

versión On-line ISSN 2448-5705versión impresa ISSN 2395-969X

Inter disciplina vol.8 no.20 Ciudad de México ene./abr. 2020  Epub 14-Ago-2020

https://doi.org/10.22201/ceiich.24485705e.2020.20.71976 

Comunicaciones independientes

Visibilizando a las víctimas: entre el paradigma seguritista y el paradigma de los derechos humanos**

Making victims visible: between the security paradigm and the human rights paradigm

Laura Loeza Reyes* 

* Investigadora Titular A de tiempo completo, definitiva, CEIICH, UNAM. Correo electrónico: loezar@unam.mx


Resumen

La política de “combate al crimen organizado” en México se ha sustentado en la violencia de Estado desencadenando diferentes formas de violencia social. El objetivo de este artículo consiste en analizar la manera como las organizaciones civiles defensoras de los derechos humanos visibilizan a las víctimas de ambos tipos de violencia. Con el fin de dar cuenta de los mecanismos y los procesos políticos que subyacen a la metanarrativa de dicha política, analizo comparativamente los discursos que la sustentan con el discurso de las organizaciones civiles defensoras de los derechos humanos. El análisis se centra en las claves de interpretación de ambos discursos, a saber: las categorías seguridad, violencia y víctima, y la manera como dan sentido a las acciones de ambos tipos de actores, los gubernamentales y las organizaciones.

Palabras clave: derechos humanos; violencia; víctimas; organizaciones civiles

Abstract

The “fight against organized crime” policy in Mexico is based on state violence, and it has produced a variety of forms of social violence. The focus of this article is to analyze how human rights civil society organizations render the victims of both types of violence visible. With the purpose of identifying the mechanisms and political processes that underlie the “fight against organized crime” metanarrative, I make a comparative analysis of the discourses that sustain the policy and of the discourses used by the human rights civil society organizations. That analysis centers on the key meanings involved in both bodies of discourse, in particular the categories of public safety, violence and victim, and the way they provide meaning for the actions of both the governmental and the non-governmental actors.

Keywords: violence; victims; human rights; civil society organizations

La problemática y el contexto

Para justificar su forma de gobernar el ex presidente Felipe Calderón (2006-2012) “creó” un marco de guerra (como un marco de comprensión, interpretativo o de referencia) en el que encuadró la política de “combate al crimen organizado”. Las narrativas contenidas en este marco han dado sentido a dicha política, influyendo en las diferentes maneras como la población da sentido a los eventos, incluidas las acciones para contestarla. Este marco de guerra desencadenó un continuum de violencia pues, aunque su sucesor Enrique Peña Nieto suprimió de su discurso el término “guerra”, dio continuidad a las prácticas y narrativas que sustentan dicha política.

Goffman (1986, 10-11) define los marcos como los principios de organización que gobiernan los eventos sociales y nuestro involucramiento subjetivo en ellos, a partir de los cuales construimos las definiciones de una situación. Los marcos permiten a los individuos organizar la experiencia en sus vidas sociales (Goffman 1986, 13); incorporan elementos culturales tales como las tradiciones, símbolos, ritos, mitos, sabiduría popular y valores (González 2002, 195-196).

Las respuestas de los individuos situados en estos marcos dependen de factores cognitivos, involucran esquemas de interpretación de la experiencia y de la información que reciben, por lo tanto no son homogéneas. Y es que, según Goffman (1986, 26), al interactuar no movilizamos uno sino múltiples marcos. Estos otros marcos forman parte de lo que Butler (2010) identifica como el contexto en el que está situado el marco. Por ello, un marco no determina todo lo que pensamos, vemos, reconocemos y aprehendemos. Hay factores que lo exceden y perturban nuestro sentido de la realidad (Butler 2010, 24). De acuerdo con esta autora, la eficacia de un marco depende de su reproducibilidad, misma que entraña una ruptura constante con el contexto, se rompe cada vez que intenta dar una organización definitiva a su contenido y esto lo hace vulnerable a su inversión, la subversión e, incluso, a su instrumentalización crítica (Butler 2010, 24). Además, al actuar e interactuar en sociedad no percibimos los marcos sino las claves a través de las cuales interpretamos y damos sentido a la vida social. Por ello, es a través de estas claves que los marcos son susceptibles de ser cuestionados (Goffman 1986, 82-86).

La metanarrativa de “combate al crimen organizado” se sustenta en un discurso de guerra, ambiguo, impreciso, eufemístico que añade significados a términos clave. Algunos autores (Collins y Ross 2003; Cavarero 2009; Escalante 2012; Calveiro 2012) identifican el uso de este tipo de lenguaje como una tendencia global que inició después de los atentados del 11 de septiembre de 2001 en Estados Unidos. Se usa para nombrar formas de violencia cada vez más crueles que entran en el terreno de lo inefable, dirigidas a víctimas inermes, Cavarero (2009) las denomina horrorismo.

En este contexto, el lenguaje forma parte del conflicto y de la estrategia y está orientado a distraer la atención de la población respecto a los efectos físicos de la violencia, a normalizarla y a obtener su consentimiento respecto a políticas cuya legitimidad y pertinencia son cuestionables. La utilización de este tipo de lenguaje “por parte de los líderes políticos y militares conduce directamente a la violencia en forma de guerras, asesinatos en masa (incluido el genocidio), destrucción física de comunidades humanas y devastación del entorno natural” (Collins y Ross 2003, 18). También lo utilizan para infundir en la población miedo hacia enemigos imaginarios y para desincentivar las movilizaciones políticas. En el caso mexicano, de acuerdo con Escalante (2012, 43) el uso del lenguaje ambiguo “no es nuevo, de hecho, es uno de los registros básicos del lenguaje político mexicano, que sirve sobre todo para neutralizar el espacio de discusión pública”.

En este marco realizan sus diferentes actividades las organizaciones civiles defensoras de los derechos humanos. Para ello, ponen en circulación discursos alternativos a las narrativas1 que dan sustento a la violencia de Estado y a las diferentes formas de violencia social, pues el discurso de los derechos humanos confronta las claves de interpretación que dan sentido a las narrativas del marco de guerra. En torno a él han articulado sus estrategias a través de procesos de organización y movilización en redes junto con organizaciones de víctimas, movimientos sociales, académicos especialistas, ONGs y organismos internacionales de derechos humanos. Su principal desafío consiste en lograr que el discurso de los derechos humanos tenga una capacidad performativa2 que contrarreste la performatividad de las narrativas en las que se sustentan la violencia de Estado y las diferentes formas de violencia social.

En lo que sigue centraré el análisis en la confrontación del discurso gubernamental y el de las organizaciones. Procederé a identificar las claves de interpretación de ambos discursos y las estrategias que derivan de ellos, es decir, el sentido que dichas claves dan a las acciones de ambos tipos de actores; en el caso de los gobiernos influyendo en la creación institucional, el funcionamiento de las instituciones y el diseño e implementación de las políticas públicas, limitando el impacto de las acciones de las organizaciones. Y en el caso de las organizaciones visibilizando a las víctimas, las diferentes formas de violencia que les son infligidas y desplegando una intensa actividad legislativa fundamentada en los protocolos internacionales que el Estado mexicano ha signado en la materia, buscando que el lenguaje jurídico y ordinario permita nombrar la realidad de las violencias a fin de lograr justicia, verdad, reparación y no repetición. Los datos relativos a las organizaciones fueron obtenidos a partir de entrevistas semiestructuradas aplicadas a dirigentes de organizaciones civiles defensoras de derechos humanos y sus redes.3

Es necesario precisar que las organizaciones civiles utilizan el discurso de los derechos humanos como un recurso emancipador, pero la Comisión Nacional de Derechos Humanos, CNDH (antes de la presidencia de Luis Raúl González Perez, 2014-) y las comisiones estatales, lo hacen en un sentido inverso, porque en realidad no operan con autonomía de los gobiernos. Existe consenso entre los entrevistados respecto a que estas han sido más obstaculizadoras que coadyuvantes del acompañamiento que los defensores de derechos humanos brindan a las víctimas. Algunos de ellos afirman haber recibido agresiones hacia las organizaciones por parte de la CNDH. Cito:

Soberanes4 ¡fue espantoso!, ¡fue horrible!, ¡realmente estaba para bloquearnos! La Comisión [Nacional de Derechos Humanos] era contraparte, nunca fue parte de la relación con las organizaciones, estaba para entorpecer nuestro trabajo como organizaciones. Y muchas veces nos lo hizo y lo hizo con todo, nos aventó a sus organizaciones, para justamente relativizarnos. Porque también hay organizaciones de base de ellos y de mundos, pues, que no tienen nada que ver y que tratan también a veces de enviar para diluirte. Ahorita al menos lo han hecho, con el Mecanismo de Protección a Defensores5 nos lo hicieron.6

También coinciden en que algunas Comisiones estatales han operado con autonomía de los gobiernos cuando sus titulares provenían de organizaciones y movimientos de defensores de los derechos humanos. “Fue el caso de las Comisiones de Sinaloa, Jalisco, Querétaro, Distrito Federal y Guerrero, en los primeros años del 2000, pero gradualmente los legisladores fueron impidiendo el acceso a personas con esta trayectoria y favoreciendo a personas sin experiencia en la materia o afines a los gobiernos”.7

Esto responde a que los derechos humanos, como cuerpo de derechos, no están suficientemente institucionalizados, y su cumplimiento sufre constantes retrocesos. Aunque en la letra se cumple su carácter progresivo gracias al activismo y el trabajo de algunas organizaciones civiles y a las presiones de organismos internacionales y de otros Estados, en su aplicación siguen siendo un terreno en disputa.

Nombrando la violencia: el lenguaje como parte del conflicto y la estrategia

La primera clave de interpretación del marco de guerra es la categoría “seguridad”. Las principales diferencias en la concepción y el uso de esta categoría radican en la coexistencia de dos paradigmas opuestos: los gobiernos y las organizaciones afines a ellos8 sostienen un paradigma seguritista, en el que en aras de la “seguridad nacional” (que no la humana),9 pretenden justificar la violación de los derechos humanos. En aras de la seguridad, por ejemplo, se ha implementado, en diferentes periodos y zonas geográficas el estado de excepción de facto, sin haberlo declarado y sin que el contexto lo amerite, pero sí el marco de interpretación. El paradigma de las organizaciones civiles, por el contrario, descansa en la defensa, promoción y garantía de los derechos humanos con los que la seguridad humana queda salvaguardada. En este sentido en la narrativa oficial se habla de una “crisis de seguridad” que los gobiernos pretenden “combatir”, mientras que los defensores de los derechos humanos nacionales y los organismos internacionales la caracterizan como una “crisis humanitaria” que urge “atender”, resolver. En este contexto, al usar las expresiones “combate” o “guerra contra” las autoridades suscitan una respuesta de pánico en los medios de comunicación y en la población (Egan 2003, 161) y evaden la aplicación de políticas públicas dirigidas a la solución real de los problemas desde sus raíces históricas.

La seguritización:

[...] es un proceso discursivo y político, a partir del cual se construye un entendimiento intersubjetivo dentro de una comunidad política, con el fin de tratar algo como una amenaza existencial a un objeto de referencia valorado, para así hacer un llamado urgente sobre medidas excepcionales, y hacerle frente a las amenazas. (Wæver 2008, citado por Brauch 2009, 283).

Sin embargo, como señala Brauch (2009, 283) “esta definición científica no es la que usan quienes hacen las políticas públicas, ni las instituciones nacionales e internacionales, las que emplean concepciones amplias de seguridad que legitiman programas políticos urgentes y otorgan fondos para instrumentarlos”. Un ejemplo, en el caso mexicano, es la Iniciativa Mérida. Este estiramiento y uso arbitrario (o político) del concepto ha dado lugar a las amenazas reales que están viviendo los sectores de la población a los que aquí nos referimos y a las que estamos expuestos toda la población. Para Wæver:

La idea central de la teoría es que los analistas no pueden establecer la respuesta de ‘¿qué es seguridad?’, sino que debe estudiarse como una pregunta abierta, empírica, política e histórica: ¿quién define qué segurizar, bajo qué condiciones y cómo? Asimismo, ¿cuáles son sus efectos? ¿Cómo cambian las políticas de un asunto, y de ser asuntos de la política normal, qué urgencias, prioridad y carácter dramático se asigna a ‘los asuntos de seguridad’? (Wæver 1997, citado por Brauch 2009, 181).

En el caso mexicano son precisamente las respuestas a estas preguntas lo que está en liza en el marco de guerra en el que se libra la competencia discursiva entre los gobiernos y las organizaciones civiles afines a ellos versus las organizaciones de defensa de los derechos humanos, sus redes y sus aliados nacionales e internacionales.

Al respecto hay dos puntos de tensión no resueltos entre los legisladores y los dos últimos titulares del Poder Ejecutivo, versus las organizaciones de derechos humanos: la redacción de una nueva Ley de Seguridad Nacional y la reforma al artículo 29 constitucional, relativo al estado de excepción, ambos promovidos por el primer grupo de actores. Respecto a la primera, lo que estaba en disputa era el enfoque que debería tener: seguritista o de derechos humanos.10 Dicha ley fue derogada después de que en noviembre de 2018 la Suprema Corte de Justicia de la Nación emitiera su fallo en ese sentido y como resultado del activismo de las organizaciones y sus aliados. Esto no ha impedido que la seguridad pública siga estando a cargo del ejército y las implicaciones negativas para la salvaguarda de los derechos humanos. Respecto a la reforma al artículo 29, se buscaba legalizar las violaciones a los derechos que actualmente se cometen.11 En este contexto el entonces Secretario de la Defensa Nacional, Gral. Salvador Cienfuegos Zepeda, llegó a pedir públicamente la creación de un marco jurídico que regule la participación del ejército en funciones de seguridad pública y se le capacite para que pueda cumplirlas, o bien, se le retire de dichas funciones debido las múltiples violaciones a los derechos humanos que comete (Ferri 2017, 7).

Podemos representar gráficamente los esquemas de sentido producidos por las claves de interpretación de las narrativas contenidas en el marco de guerra, a partir de las diferentes categorizaciones que los emisores de discursos (las organizaciones defensoras de derechos humanos, por un lado, y los gobiernos y las organizaciones afines a ellos por otro) asocian y oponen a ellas. Representamos las asociaciones con el símbolo “|” y las colocamos en forma vertical y las oposiciones con el símbolo “/”, colocándolas en una columna lateral. Hemos utilizado las categorías naturales de los entrevistados.

La segunda clave de interpretación del marco de guerra es la categoría “violencia”. La crueldad que caracteriza las nuevas formas de violencia dificulta su inteligibilidad tanto a las víctimas como a la sociedad en su conjunto, de ahí la dificultad para nombrarlas con el lenguaje ordinario y el jurídico. Se trata de eventos extremos o límites por su carácter socialmente inédito, sus efectos des- estructurantes y su capacidad de infligir sufrimiento (Ortega 2008, 34). Algunos especialistas las tipifican como un trauma social o colectivo que “debe entenderse como producto de una condición persistente, además de como un suceso grave” (Erikson 1995, 185, citado por Ortega 2008, 35). Las experiencias traumáticas “generan una dificultad para comprender lo que ocurrió, las razones por las que ocurrió y las consecuencias que la ocurrencia tiene” (Ortega 2008, 35). Esto desencadena implicaciones políticas, pues en los procesos de nombrarlas, darles sentido y coherencia, el lenguaje ambiguo al que nos hemos referido interviene de una manera intencionada.

Fuente: Elaboración propia a partir de entrevistas a dirigentes de organizaciones civiles y discursos públicos de autoridades.

Esquema 1 Claves de interpretación de la violencia.  

A través de las narrativas, las víctimas y la sociedad en su conjunto dan sentido a su experiencia. Sin embargo, es importante considerar que el campo lingüístico no es cerrado ni totalizante sino abierto y, por lo tanto, sujeto siempre a resignificaciones de las categorías. Así, los defensores de derechos humanos contestan las narrativas que sustentan la política de “combate al crimen organizado” desde las mismas claves de interpretación del marco de guerra re-significándolas a partir del paradigma de los derechos humanos.

Antes de continuar es necesario precisar el origen de la violencia. Para comprenderla en sus dos dimensiones: la violencia de Estado y la violencia social, es necesario analizarla como un hecho social pues “siempre es engendrada en configuraciones sociales, dentro de las cuales formas específicas de prácticas sociales producen fronteras simbólicas, que proveen a los actores de recursos cognitivos y afectivos o emocionales necesarios para la acción violenta” (Hartmann 2016, 7).

Las víctimas de la violencia de Estado tienen una historia de larga data en el caso mexicano,12 se trata de un fenómeno de larga duración. Las décadas de los años sesenta y setenta del siglo XX fueron el escenario de una brutal violencia del Estado contra los sectores de la población organizada que demandaban la democratización del régimen. Y a pesar de las reformas y de los procesos de cambio político resultado de diversas luchas sociales, sus expresiones actuales forman parte de un continuum en la historia política mexicana. Sin embargo, hoy en día, las expresiones de la violencia de Estado y los escenarios en los que transcurren son fenómenos más complejos debido a la colusión de funcionarios públicos y agentes encargados de salvaguardar la seguridad y el orden con grupos delincuenciales y criminales, grandes poderes económicos nacionales y trasnacionales legales e ilegales que han puesto en evidencia la corrupción, la impunidad y una profunda crisis institucional. No es casual que entre las principales víctimas de la violencia de Estado y la violencia cometida por particulares se encuentren los profesionales capaces de desvelar dichos poderes, sus redes y los mecanismos a través de los cuales se vinculan y reproducen. Tal es el caso de algunos activistas, defensores de los derechos humanos y periodistas. En virtud de lo anterior, las categorías jurídicas existentes son insuficientes para dar cuenta del problema. Es el caso de la desaparición forzada que no puede entenderse, definirse ni penalizarse de la misma manera que en el pasado, por ejemplo, durante la denominada “guerra sucia” (1967-1982). Al respecto, es sugerente la tesis de Waldman, quien caracteriza al Estado mexicano como un Estado anómico que desde sus orígenes es una fuente de desorden y confusión e invita a los grupos sociales que rivalizan con él a ocupar los espacios vacíos de poder. “El problema esencial es que los privilegios y las atribuciones especiales que se les concede a los funcionarios en razón de su función suprapartidista son utilizados con fines privados y se transforman en armas peligrosas dirigidas contra los ciudadanos, que procuran defenderse del abuso de la autoridad (recordemos el “desacato”)”. El Estado no ofrece un marco vinculante que haga que los comportamientos estatal y social sean calculables y esto va en detrimento de la confianza social y la seguridad (Waldmann 2006, 18-19). Además, en contextos de incertidumbre social el miedo actúa.

En el paradigma seguritista se pretende que la violencia sea el recurso para combatir la violencia, por lo tanto la normalizan y buscan legitimarla argumentando que es “necesaria”. En el paradigma de los derechos humanos, por el contrario, se trata de erradicar la violencia identificando sus fuentes (las raíces histórico-culturales) y promoviendo cambios estructurales desde la raíz de los problemas a fin de desnormalizarla y evidenciar su ilegitimidad enfatizando el hecho de que es innecesaria. Es decir, lo que caracterizan como un “modelo de seguridad con un enfoque en fortalecimiento del tejido social”.13 En este sentido dirigen sus críticas al mal desempeño de las instituciones, la corrupción, la impunidad, la opacidad en los procesos de gobierno, y esto las ha colocado en situación de víctimas de la violencia, como hemos mencionado.

Algunos ejemplos del poder des-estructurante de la violencia y del poder performativo de la narrativa que sustenta el marco de guerra son las expresiones sociales pidiendo la permanencia del ejército en las calles cumpliendo funciones de seguridad pública, a pesar de las múltiples violaciones a los derechos humanos que cometen y que han sido suficientemente documentadas por las organizaciones mexicanas y por los organismos internacionales. O bien la incapacidad social de sentir duelo por las víctimas provenientes de los sectores históricamente más desfavorecidos de la sociedad incluso cuando son víctimas del horrorismo, pues estamos habituados a asumir que sus vidas no merecen ser lloradas (Butler 2010). Efectivamente, “la intensidad y las formas de violencia estatal visibilizan sentidos y lógicas que circulan en lo cotidiano” (Calveiro 2012, 15) y como dice Mitscherlich (1973, 39-40): “el duelo solo puede aparecer allí donde un individuo ha sido capaz de sentir empatía con respecto a otro individuo”.

Aunque los efectos des-estructurantes y el sufrimiento van dirigidos de hecho a la sociedad, a través de las víctimas, son estas quienes los experimentan en mayor grado. Por ello es necesario analizar sus experiencias considerando las violencias en su doble dimensión: individual y social, tanto por sus efectos como por sus causas.

Las víctimas y su identidad

La tercera clave de interpretación del marco de guerra es la categoría “víctima”. La instrumentación política por parte de las autoridades de esta categoría, relacionada con las categorías seguridad y violencia, va dirigida a la deshumanización de las víctimas en las estrategias discursiva y práctica. La denominación “daños colaterales” utilizada por Felipe Calderón para referirse a ellas, niega su calidad de personas. Por ello, las autoridades las han tratado como un universo homogéneo, reductible a estadísticas indemostrables invisibilizandolas y tratando de ocultar su situación. Esto expresa su incapacidad epistemológica de aprehender sus vidas como tales, como dañables, y el no reconocimiento de su obligación de protegerlas contra la violencia. Por el contrario, el paradigma de los derechos humanos enfatiza su calidad de personas. Esto pone en el centro del análisis la identidad de las víctimas. Al caracterizar como horrorismo las actuales formas de violencia en el nivel global, Cavarero pone el énfasis en la condición de las víctimas como seres inermes: al no tener armas no pueden ofender, matar, herir, ni defenderse; no pueden escapar ni responder a la violencia que les es infligida (Cavarero 2009, 59). Dado que se encuentran situados en el escenario de la violencia por casualidad, no son responsables ni culpables de lo que les ocurre. Por ello cuestiona el uso político de los conceptos que las enmarca en una situación de “guerra”. En estos nuevos escenarios, la lengua, más que nombrar la violencia sobre el inerme, tiende a enmascararla (Cavarero 2009, 17).

Fuente: Elaboración propia a partir de entrevistas a dirigentes de organizaciones civiles y discursos públicos de autoridades.

Esquema 2 Claves de interpretación de la violencia.  

Para tratar de dar cuenta de la instrumentación política de las víctimas en la metanarrativa del “combate al crimen organizado” y la manera como esta da sentido a la acción social, me referiré a tres mecanismos que conciernen a su identidad. El primero consiste en difundir socialmente una identidad negativa de las víctimas y de sus defensores para desacreditarlos. Esta identidad atribuida obedece a la estrategia de creación de un enemigo imaginario para persuadir a la población de la necesidad y la pertinencia de una política que en la realidad se ha revelado ineficaz pero que responde a los intereses políticos y económicos de los actores involucrados. Las autoridades se refieren a ellas como “delincuentes”, “víctimas propiciatorias”, “criminales caídos en ajustes de cuentas”. Los familiares de las víctimas -que son ellos mismos víctimas- además de vivir su duelo contestan esta identidad atribuida reivindicando una identidad positiva de sus seres queridos presentándolos como buenos estudiantes, activistas victimizados por exigir el reconocimiento de derechos del conjunto de la población, denunciar injusticias y exigir la impartición de justicia. O bien, como ciudadanos comunes que se encontraban en el escenario de la violencia por casualidad. Lo mismo ocurre con algunos activistas, periodistas y los defensores de derechos humanos.14 Sin embargo, al no contar con el capital político cultural ni las redes políticas de estos tres tipos de actores, el resto de las víctimas se encuentran en una situación de mayor vulnerabilidad, inermes. En la narrativa oficial se presenta a los defensores de los derechos humanos como “defensores de delincuentes” cuando defienden a las personas en general, incluyendo a los indiciados, quienes, con frecuencia, son victimizados recurriendo a la fabricación de pruebas, la alteración de los escenarios de la violencia y/o la obtención de declaraciones recurriendo a la tortura. Esta narrativa parece tener un fuerte efecto performativo en la población si atendemos la Encuesta Nacional de Derechos Humanos, según la cual 61.6% de los entrevistados se pronunció “muy de acuerdo” (28.0%) o “de acuerdo” (33.6%) en que no deben respetarse los derechos humanos de los secuestradores porque ellos no respetan los derechos de sus víctimas (De la Barreda 2015, 133).

La estrategia de creación de un enemigo imaginario se usa también para deshumanizar a las víctimas a través de un proceso de inversión auspiciado por el lenguaje de guerra y por el hecho de que la población esté permanentemente expuesta al horrorismo. En la narrativa oficial se presenta a las víctimas como “el otro”, el enemigo construido a quien se le atribuye la autoría del horrorismo. Este “otro” puede ser el oponente político: activistas, periodistas, defensores de los derechos humanos o cualquier persona. Para ello, las autoridades recurren a la construcción o alteración de escenarios de violencia y a la fabricación de evidencias siempre que sea necesario. Así, las víctimas son deshumanizadas por sus victimarios y por el resto de la sociedad, quien normaliza y justifica moralmente la violencia que se les inflige. En estos casos, las organizaciones afines a los gobiernos desacreditan socialmente el trabajo de los defensores de los derechos humanos responsabilizándolos de la “impunidad” que impera en el país argumentando que “apelan a la violación de los derechos humanos para que gente vinculada con/o responsable de secuestros no responda”.15 Es decir, mientras que para los defensores de los derechos humanos estos permiten el acceso a la justicia, la verdad, la reparación y la dignidad de las víctimas, para organizaciones como Alto al Secuestro los derechos humanos impiden a las víctimas del secuestro el acceso a la justicia.

Esto explica también otras formas de violencia social desencadenada por la violencia de Estado, como la aplicación de justicia por propia mano, situación límite a la que recurre la población cada vez con más frecuencia ante la ineficacia y desinterés de las instituciones de seguridad pública en el ejercicio de sus funciones y/o su involucramiento en los hechos delictivos que pretenden sancionar. En la Encuesta Nacional de Identidad y Valores, cinco de cada diez entrevistados respondieron que la comunidad tiene derecho a hacer justicia por propia mano (Flores 2015, 196). En relación con lo anterior, en la Encuesta Nacional de Derechos Humanos, Discriminación y Grupos Vulnerables (2015),16 60.7% de los entrevistados opinó que los usos, costumbres y tradiciones de los pueblos deben respetarse siempre, y únicamente el 35.0% que solo deben respetarse cuando no afecten los derechos humanos (De la Barreda 2015, 56). También los actores no estatales instrumentalizan políticamente las diferentes formas de violencia social desencadenada por la violencia de Estado. De esta forma se ha creado un entorno de violencia de unos contra otros que pone en evidencia los efectos des-estructurantes de este tipo de violencia.

El segundo mecanismo que nos permite dar cuenta de la instrumentación política de las víctimas en la metanarrativa del “combate al crimen organizado” y la manera como esta da sentido a la acción social, está relacionado con el anterior y consiste en la supresión de la identidad corporal de las víctimas que las aniquila completamente como personas. La violencia que se ejerce contra ellas va más allá del asesinato. “Lo que está en juego no es el fin de una vida humana, sino la condición humana misma en cuanto encarnada en la singularidad de cuerpos vulnerables” (Cavarero 2009, 25). El desmembramiento de sus cuerpos, la dispersión de sus partes, la calcinación y todas las expresiones del horrorismo buscan hacerlos inmirables además de volver difícil o imposible su identificación,17 es decir, se anula su identidad y se les priva del derecho a la identificación. Lo mismo ocurre con la desaparición forzada de personas y la proliferación de fosas clandestinas. Dicho por Jacques Rancière, las víctimas son “un sujeto que no participa de la existencia pública, pues ha sido expulsado de los marcos normativos reguladores del sentido (del sentido de identidad, del de ciudadanía, del sentido del cuerpo, del de la vida, etc.)”. (Citado por Gatti 2011, 102).

“En el caso específico de la desaparición de personas, son principalmente los familiares [muchas veces acompañados por los defensores de los derechos humanos] quienes inician la tarea de construir campos de disputa en torno a la representación de las personas desaparecidas” (Robledo 2016, 96). Esta representación se refiere a darle un nombre a situaciones inéditas para las que no existe una definición en el lenguaje jurídico y ordinario, pero también a su representación física a través de otro tipo de símbolos, como los memoriales. Antes de la implementación de la política de “combate al crimen organizado” existían en México algunos lugares de memoria de hechos violentos cometidos por el Estado pero no existían los memoriales. Actualmente encontramos memoriales dedicados a las víctimas de las violencias en diferentes ciudades del país. En este sentido, para visibilizar a las víctimas, algunas organizaciones como la AFADEM recurren al renombramiento de calles, plazas públicas y ex cuarteles militares sustituyendo los nombres de actores políticos que protagonizaron actos masivos de desaparición forzada y tortura, por nombres de las víctimas.18 A estos recursos discursivos y simbólicos se suman algunas prácticas de los familiares como la formación de brigadas de búsqueda de fosas comunes y las investigaciones de las redes de trata de personas para tratar de encontrar a sus familiares, vivos o muertos. Estos también son recursos para tratar de dar sentido a la realidad tratando de entender lo que sucedió, cómo y por qué sucedió. De esta manera desafían a las autoridades que pretenden infundirles miedo, pues al perder a sus seres queridos ya han perdido todo, incluso el miedo. También desafían la narrativa oficial exonerando a las víctimas, frente a la sociedad, de los delitos que les son imputados.

El tercer mecanismo, relacionado con el anterior, es el tratamiento administrativo de los casos de victimización. Las víctimas son revictimizadas cuando acuden a las instituciones a presentar denuncias o en busca de información, justicia y reparación. Este tratamiento ha dado lugar en muchos casos al proceso de adquisición de agencia de las víctimas quienes a partir de estas experiencias se han organizado en movimientos, comités, brigadas de búsqueda de desaparecidos y otras formas de organización y de resistencia.19 Muchas de estas víctimas carecían de experiencias previas de participación política pero han devenido sujetos políticos. Acompañados por las organizaciones civiles han iniciado una importante actividad legislativa exigiendo que las leyes y las políticas públicas adquieran un enfoque de derechos humanos.20 Así han devenido ellos mismos defensores de los derechos humanos. Además, su pertenencia a un proceso organizativo les da identidad colectiva, la cual es muy valorada cuando la organización tiene visibilidad y legitimidad social, capacidad de interlocución con otros actores políticos, sobre todo con los tomadores de decisiones. Cito:

En el Movimiento por la Paz [con Justicia y Dignidad] eso [se refiere a la existencia de liderazgos en el movimiento que dialogaban directamente con las autoridades] hizo muchas crisis internas, y te puedo decir que se mantuvieron juntos durante mucho tiempo porque seguían teniendo picaporte. Porque al ser parte del Movimiento por la Paz tenían un estatus diferente al de cualquier víctima suelta y eso, ya en las organizaciones, empodera. Y la organización del Movimiento por la Paz, que había logrado sentarse con el presidente empoderaba más, incluso más que las otras. Aun entre todos estos hay privilegios distintos. Pero bueno, es parte de los procesos de empoderamiento social.21

Respecto a las personas desaparecidas, en 2015 un colectivo integrado por familiares de personas desaparecidas, organizaciones de la sociedad civil y por académicas y académicos especialistas en derechos humanos, redactaron el documento: Elementos esenciales para la elaboración de la Ley General sobre Personas Desaparecidas en México (Autor colectivo 2015). Este documento, que en realidad es una iniciativa de Ley, se concretó en la Ley General de Desaparición Forzada de Personas y Desaparición Cometida por Particulares, publicada en 2017. El objetivo de los autores era que dicha ley respondiera a la realidad de las víctimas y se respeten en el texto y en las prácticas las obligaciones contraídas en virtud de la Convención Internacional Para la Protección de Todas las Personas Contra las Desapariciones Forzadas y la Convención Interamericana Sobre Desaparición Forzada de Personas y Otros Instrumentos en Materia de Derechos Humanos (Autor colectivo 2015, 4). La demanda de este colectivo es que la Ley resuelva el problema de manera integral (con enfoque jurídico, forense y psicosocial), concentre su atención en la búsqueda con vida de las personas desaparecidas y atienda de manera integral a sus familiares (Autor colectivo 2015, 7). Una particularidad de esta iniciativa es que incluye la tipificación de la desaparición de personas causada por particulares. La omisión de las leyes de este fenómeno hasta antes de la redacción de dicha iniciativa, contribuyó a que perpetradores estatales y no estatales gozaran de impunidad. También permitió que crímenes de este tipo se tipificaran como delitos que ameritan penas más leves.

A través de estos procesos, las víctimas construyen una narrativa que les permite nombrar su experiencia y dotarla de sentido. Su identidad de víctimas vulnerables e inermes se politiza permitiéndoles construir una definición de sí (identidad individual) y de un “nosotros” (identidad colectiva) que movilizan para contestar las relaciones de poder o aquellos aspectos del poder que las colocan en una situación desventajosa, minusvalorada o de exclusión, promoviendo formas alternativas de distribución y de ejercicio del poder que las colocarían eventualmente en una posición diferente.

Asimismo, para acabar con la impunidad los defensores de los derechos humanos buscan que las leyes establezcan penas que disuadan a los perpetrado res de reincidir, pero, además, que las políticas públicas incorporen un perfil de derechos humanos.22 Los entrevistados, con base en su experiencia y en las de las víctimas, coinciden en que la Ley General de Víctimas no responde a estas aspiraciones y es insuficiente para atender el problema, cito:

La Ley tiene un estándar alto, pero ya en la implementación es donde estamos viendo algunas fallas. Y la crítica eterna es: muchos recursos para tan pocos resultados y para tan poco acompañamiento de las víctimas; porque se queda otra vez en una estructura [institucional] muy grande que no avanza tanto y no está a favor de las víctimas. Hay un desfase entre la realidad y el marco normativo.23

Por ello, han tratado de subsanar, en la medida de lo posible, algunas de las limitaciones de dicha ley en una reforma y en su propuesta de Elementos esenciales para la elaboración de la Ley General sobre Personas Desaparecidas en México (Autor colectivo 2015).

Reflexiones finales

En este documento hemos tratado de mostrar que la manera como se nombra a las violencias en el lenguaje jurídico y en el ordinario es fundamental para revertirlas o fomentarlas. En el caso de la narrativa que sustenta el marco de interpretación de la política de “combate al crimen organizado” el lenguaje forma parte del problema y la estrategia. Al centrar la atención y sus estrategias en el lenguaje, los movimientos de víctimas, acompañados por organizaciones civiles y organismos internacionales defensores de los derechos humanos, han puesto en evidencia que el marco legal con el que se pretende revertir los efectos y las causas de las violencias no corresponde a la realidad de las violencias ni de las víctimas. Dicho marco es inadecuado para la tipificación de los delitos, la multiplicación y diversidad de formas de victimización y de perpetradores involucrados. De una manera intencionada, esto ha permitido a los perpetradores gozar de impunidad y fortalecer sus redes de poder. La actividad legislativa que los movimientos de víctimas y las organizaciones que los acompañan han emprendido conjuntamente proponiendo iniciativas de ley con enfoque de derechos humanos y fundamentada en los compromisos internacionales signados por el Estado mexicano ha dado lugar a procesos de empoderamiento de las víctimas. Esto les ha permitido capacidad de presión sobre los legisladores y visibilidad en el espacio público nacional e internacional. La estrategia de llevar sus luchas en demanda de justicia, verdad, reparación y no repetición a la dimensión lingüística se revela hasta ahora eficaz en escenarios políticos en los que la correlación de fuerzas les es adversa. Nombrar las violencias y la realidad de las víctimas con un lenguaje preciso puede contribuir, además, al trabajo de memoria.

Fuente: Elaboración propia a partir de entrevistas a dirigentes de organizaciones civiles y discursos públicos de autoridades.

Esquema 3 Claves de interpretación de la violencia.  

Los escenarios actuales ponen en evidencia que las causas de las violencias tienen su origen en procesos históricos de larga duración como la desigualdad, la injusticia social que influyen en la incapacidad social de sentir duelo por las víctimas, lo que contribuye a la reproducción de las condiciones que propician las violencias. Como afirma Mitscherlich (1973, 43), el duelo es útil al trabajo de la memoria porque forma parte de su naturaleza, “el que este se extinga con el paso del tiempo y el que con él aprendamos a soportar la pérdida sufrida, sin olvidarla”.

Referencias

Austin, John Langshaw. 1970. Quand dire c’est faire. París: Éditions du Seuil. [ Links ]

Autor colectivo. 2015. Elementos esenciales para la elaboración de la Ley General sobre Personas Desaparecidas en México. Propuesta elaborada por familiares de personas desaparecidas, organizaciones de la sociedad civil y por académicas y académicos especialistas en derechos humanos. México. Octubre. http://www.uaem.mx/sites/default/files/elementos_esenciales_para_la_ elaboracion_de_una_lgdfdp.pdfLinks ]

Brauch, Hans Günter. 2009. Reconceptualizar la seguridad en el siglo XXI. Cuernavaca, México: CRIM, CEIICH, UNAM. [ Links ]

Buscaglia, Edgardo. 2014. Vacíos de poder en México. Cómo combatir la delincuencia organizada. México: Debate. [ Links ]

Butler, Judith. 2010. Marcos de guerra. Las vidas lloradas. México: Paidós. [ Links ]

Calveiro, Pilar. 2012. Violencias de Estado. La guerra antiterrorista y la guerra contra el crimen como medios de control global. Buenos Aires: Siglo XXI Editores. [ Links ]

Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. 2012. «Ley para la protección de personas defensoras de derechos humanos y periodistas.» Diario Oficial de la Federación, Ciudad de México: 25 de junio. http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LPPDDHP.pdfLinks ]

Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. 2013. «Ley General de Víctimas.» Diario Oficial de la Federación . Ciudad de México. 9 de enero. [ Links ]

Cavarero, Adriana. 2009. Horrorismo. Nombrando la violencia contemporánea. Barcelona: Anthropos, UAM Iztapalapa. [ Links ]

Collins, John y Ross Glover. 2003. Lenguaje colateral. Claves para justificar una guerra. Madrid: Páginas de Espuma. [ Links ]

De la Barreda Solórzano, Luis. 2015. La sociedad mexicana y los derechos humanos. México: Instituto de Investigaciones Jurídicas, UNAM. (Colección Los mexicanos vistos por sí mismos. Los grandes temas nacionales). [ Links ]

Egan, Danielle. 2003. «Cobardía.» En Collins, John y Ross Glover , Lenguaje colateral. Claves para justificar una guerra. Madrid: Páginas de Espuma , 79-92. [ Links ]

Erikson, Kai. 1995. «Notes on trauma and community.» En Caruth, Cathy (ed.), Trauma: explorations in memory. Baltimore: The Johns Hopkins University. [ Links ]

Escalante Gonzalbo, Fernando. 2012. El crimen como realidad y representación. México: El Colegio de México. [ Links ]

Ferri, Pablo. 2017. «Cuando el ejército es la policía en México.» El País, México: 3 de enero, 7. [ Links ]

Flores Dávila, Julia Isabel. 2015. Sentimientos y resentimientos de la nación. Encuesta Nacional de Identidad de Valores. México: Instituto de Investigaciones Jurídicas, UNAM . (Colección Los mexicanos vistos por sí mismos. Los grandes temas nacionales). [ Links ]

Gatti, Gabriel. 2011. «El lenguaje de las víctimas: silencios (ruidosos) y parodias (serias) para hablar (sin hacerlo) de la desaparición forzada de personas.» Universitas Humanística, 72: 89-109. [ Links ]

Goffman, Erving. 1986. An essay on the organization of experience. Frame analysis. Boston: Northern University Press. [ Links ]

González Calleja, Eduardo. 2002. La violencia en la política. Perspectivas teóricas sobre el empleo deliberado de la fuerza en los conflictos de poder. Madrid: CSIC (Colección Politeya, 19). [ Links ]

Hartmann, Eddie. 2016. «La violence comme fait social.» Perspectives, 14: 6-7, 2016. [ Links ]

Jiménez Vázquez, Raúl y Karla Micheel Salas. 2016. «Reforma al artículo 29 niega el estado de derecho.» La Jornada, 5 de abril. http://www.jornada.unam.mx/2016/04/05/opinion/024a1polLinks ]

Mitscherlich, Alexander y Margarete. 1973. Fundamentos del comportamiento colectivo. La incapacidad de sentir duelo. Madrid, Alianza Editorial. [ Links ]

Ortega, Francisco, A. 2008. «Violencia social e historia: el nivel del acontecimiento.» Universitas Humanística , 66: 31-56. [ Links ]

Reyes Mate. 2008. Justicia de las víctimas. Terrorismo, memoria, reconciliación. Barcelona: Anthropos Editorial. [ Links ]

Robledo Silvestre, Carolina. 2016. «Genealogía e historia no resuelta de la desaparición forzada en México.» Íconos. Revista de Ciencias Sociales, 55: 93-114. [ Links ]

Somers, Margaret y Gloria Gibson. “Reclaming the Epistemological ‘Other’: Narrative and Social Constitution of Identity”. En Craig Calhoun, Social Theory and the Politics of Identity. Cambridge, 1994. [ Links ]

Waldmann, Peter. El Estado anómico. Derecho, seguridad pública y vida cotidiana en América Latina. Madrid: Editorial Iberoamericana, 2006. [ Links ]

Wæver, Ole. 2008. «The changing agenda of societal security.» En Hans Günter Brauch, Úrsula Oswald Spring, Czeslaw Mesjasz et al. (eds.), Globalization and environmental challenges: reconceptualizing security in the 21st century, Berlín: Springer-Verlag (Hexagon Series on Human and Environmental Security and Peace, vol. 3), 581-593. [ Links ]

Wæver, Ole. 1997. Concepts of security. Copenhague: Departamento de Ciencias Políticas. [ Links ]

** Este artículo es producto de una investigación realizada con financiamiento de la UNAM en el marco del Programa de Apoyos para la Superación del Personal Académico, y del Conacyt, en el marco del Programa de Estancias Posdoctorales y Sabáticas al Extranjero para la Consolidación de Grupos de Investigación, realizadas en el Instituto Iberoamericano de Berlín y en la Universidad de Versalles, Francia, en el 2012.

1 Las narrativas son constelaciones de relaciones -—partes conectadas— incorporadas en el tiempo y el espacio, constituidas por una trama causal. La narratividad exige que discernamos el significado de cada evento aislado solo en relación temporal y espacial con otros eventos (Somers y Gibson 1994, 59).

2Se refiere a las acciones que se cumplen en virtud de las palabras (Austin 1970).

3Las entrevistas se aplicaron a directivos de la Asociación de Familiares de Detenidos, Desaparecidos y Víctimas de Violaciones a los Derechos Humanos; Servicios y Asesoría para la Paz (Serapaz); Liga Mexicana por la Defensa de los Derechos Humanos (Limeddh); Centro de Derechos Humanos Fray Francisco de Vitoria; Instituto Mexicano de Derechos Humanos y Democracia; el Centro de Colaboración Cívica, A. C.; Centro Nacional de Comunicación Social (Cencos) y la Red Nacional de Organismos Civiles de Derechos Humanos Todos los Derechos para Todas y Todos, en Ciudad de México, entre noviembre de 2015 y enero de 2016.

4José Luis Soberanes Fernández, presidente de la CNDH del 16 noviembre 1999 al 15 noviembre 2009. Los entrevistados evalúan su desempeño y el de su sucesor, Raúl Plascencia Villanueva (16 noviembre 2009 al 15 noviembre 2014), negativamente.

5Se refiere al Mecanismo de Protección para Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, un instrumento legal que opera a través de un conjunto de instituciones relacionadas con el sistema de impartición de justicia y seguridad. El Mecanismo se creó por iniciativa del Espacio OSC, una articulación de veintidós organizaciones civiles defensoras de los derechos humanos, quienes, dialogando con la Secretaría de Gobernación y el Senado de la República, trabajaron en la redacción de una iniciativa de ley destinada a la protección de ambos gremios. Se trata de la Ley para la protección de personas defensoras de derechos humanos y periodistas, publicada el 25 de junio de 2012 en el Diario Oficial de la Federación.

6Entrevista con Alberto Solís, director de Serapaz. Ciudad de México, 27 de noviembre de 2015.

7Entrevista con Edgar Cortés, director del Instituto de Derechos Humanos y Democracia. Ciudad de México, 3 de diciembre de 2015.

8Se trata de organizaciones como Alto al Secuestro, México SOS, México Unido Contra la Delincuencia, entre otras, que tampoco pueden ser tratadas como un bloque homogéneo. Algunas de ellas, en determinadas coyunturas o respecto a algunos problemas específicos, han tenido posicionamientos más afines a los gobiernos y en otras ocasiones han coincidido con las perspectivas de organizaciones históricas de derechos humanos que mantienen posiciones críticas a las políticas gubernamentales.

9El PNUD define la seguridad humana como las capacidades del entorno para proveer todos los bienes y servicios que permitan a cada persona desarrollar su potencial (servicios de salud, justicia, agua potable, aire respirable, educación y capacitación práctica para acceder a fuentes de trabajo como trampolines al progreso individual y familiar) (Buscaglia 2014, 11-12).

10Algunos de los problemas estructurales de esta propuesta de reforma que las organizaciones señalaron y que reflejan algunas de las expresiones de la crisis actual de los derechos humanos fueron los siguientes: 1) el artículo 2 daba margen a que el titular del Poder Ejecutivo Federal interpretara libremente las situaciones que justificarían la suspensión de las garantías individuales, pues el texto no consideraba la posibilidad de que fuera la población quien pudiera estar en grave peligro o conflicto, como ocurre actualmente; 2) la redacción del artículo 5 permitía la interpretación de que los derechos humanos pueden suspenderse por ser un obstáculo a la situación excepcional y no su violación sistemática la situación excepcional misma; 3) en el artículo 7, que establecía los derechos que no son susceptibles de suspensión, se omitían algunos derechos de los trabajadores (sus derechos a la libertad de manifestación y reunión podrían ser vulnerados) y el derecho al debido proceso (Jiménez y Salas 2016).

11Entrevista con Carlos Ventura, Centro de Derechos Humanos Fray Francisco de Vitoria. Ciudad de México, 1 de diciembre de 2015.

12La Asociación de Familiares de Detenidos, Desaparecidos y Víctimas de Violaciones de Derechos Humanos (AFADEM), registra casos de desaparición y persecución por motivos políticos en México desde los años 50 del siglo XX. Entrevista con Julio Mata, secretario ejecutivo de dicha asociación. Ciudad de México, 4 de diciembre de 2015.

13Entrevista con Alberto Solís, director de Serapaz. Ciudad de México, 27 de noviembre de 2015.

14Al respecto, Gabriel Gatti (2011) llama la atención sobre la paradoja de que las víctimas de desaparición forzada sean el producto social del proceso civilizatorio: el individuo-ciudadano racional e ilustrado que termina siendo considerado disfuncional y conflictivo en dicho proceso. Por ello, sostiene que la desaparición forzada de personas no es barbarie sino modernidad exacerbada [cursivas en el original] (2011, 97). “Los frutos perfectos de la modernidad son los que van a ser despedazados por la maquinaria que fue su condición de posibilidad” (Gatti 2011, 98).

15Entrevista con Edgar Cortés, director del Instituto de Derechos Humanos y Democracia. Ciudad de México, 3 de diciembre de 2015.

16Encuesta aplicada por el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM.

17Un ejemplo de ello es el deshollamiento del rostro que sufrió Julio César Mondragón, uno de los estudiantes asesinados de la Escuela Normal de Ayotzinapa.

18Entrevista con Julio Mata, secretario ejecutivo de dicha asociación. Ciudad de México, 4 de diciembre de 2015.

19El Comité Cerezo, A. C., por ejemplo, está conformado por 30 colectivos de familiares de desaparecidos de 26 de los 32 estados de la República y más de 20 organizaciones que los acompañan. Otro referente de la adquisición de agencia de las víctimas es el Movimiento por Nuestros Desaparecidos en México, que articula 70 organizaciones y movimientos de víctimas de diferentes estados de la República, muchas de ellas participaron en el Movimiento por la Paz con Justicia y Dignidad y cuando este se desarticuló permanecieron articuladas en este nuevo movimiento más consolidado y fortalecido. Entrevista con Alberto Solís, director de Serapaz. Ciudad de México, 27 de noviembre de 2015.

20Por ejemplo, la Ley General de Víctimas, publicada en 2013, fue impulsada por el Movimiento por la Paz con Justicia y Dignidad que se formó en 2011. El Comité Cerezo, A. C., formado en 2015, redactó una iniciativa de ley para penalizar la desaparición forzada que responda al contexto y a las características actuales del problema. En ambas experiencias organizativas y legislativas las organizaciones civiles defensoras de los derechos humanos han participado como acompañantes.

21Entrevista con Alberto Solís, director de Serapaz. Ciudad de México, 27 de noviembre de 2015.

22Proponen que incluyan como mínimo los siguientes elementos: empoderamiento, participación activa de los familiares, perspectiva de género, enfoque diferencial, igualdad y no discriminación, intergubernamentabilidad, máximo uso de recursos posibles, carácter reparador y acción sin daños (Autor colectivo 2015, 63).

23Entrevista con Omar Rábago, director de Cencos, Ciudad de México, 7 de enero de 2016.

Recibido: 20 de Mayo de 2019; Aprobado: 19 de Agosto de 2019

Laura Loeza Reyes

Investigadora Titular A de tiempo completo, definitiva, CEIICH, UNAM. Doctora en ciencia política por la Universidad de París 1, Panthéon Sorbonne. Maestra en sociología política por el Instituto de Investigaciones Dr. José Ma. Luis Mora. Licenciada en sociología por la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales de la UNAM. Temas de investigación: redes de actores sociales; organizaciones de la sociedad civil; derechos humanos; identidades políticas; procesos de cambio político en México, todos ellos relacionados. Sobre estos temas ha publicado diversos artículos y capítulos de libro; coordinado proyectos de investigación y libros colectivos.

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