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Derecho global. Estudios sobre derecho y justicia

versión On-line ISSN 2448-5136versión impresa ISSN 2448-5128

Derecho glob. Estud. sobre derecho justicia vol.7 no.21 Guadalajar jul. 2022  Epub 15-Ago-2022

https://doi.org/10.32870/dgedj.v7i21.353 

Artículos de investigación

La segunda vuelta electoral de alcaldías en Guanajuato: entre la posibilidad normativa y la legitimidad social

The second electoral round of mayors in Guanajuato: between the normative possibility and social legitimacy

Monserrat Olivos Fuentesa 

Rafael Gómez Romo de Vivara 

a Universidad de Guanajuato, México. m.olivos@ugto.mx; gf.gomez@ugto.mx


Resumen

El presente estudio comprende una breve visión de lo que podría ser la aplicación de la segunda vuelta electoral tomando como base una cultura política basada en la legitimidad de los resultados y la participación ciudadana, para ello se toma como ejercicio hipotético las elecciones de ayuntamientos del proceso electoral 2018 y 2021, en el Estado de Guanajuato, permitiendo reflexionar en torno a las posibilidades que dicha figura aportaría, así como la relación directa entre electores, partidos políticos así como los retos y necesidades que exige hoy en día el sistema electoral nacional.

Palabras clave: Segunda ronda electoral; Cultura Política; Participación Ciudadana; Derecho Electoral; México

Abstract

The present study includes a brief vision of what could be the application of the second electoral round based on a political culture based on the legitimacy of the results and citizen participation, for which the municipal elections are taken as a hypothetical exercise. of the electoral process 2018 and 2021, in the state of Guanajuato, allowing to reflect on the possibilities that said figure would contribute, as well as the direct relationship between voters, political parties as well as the challenges and needs that the national electoral system demands today.

Keywords: Second electoral round; Political Culture; Citizen Participation; Electoral Law; Mexico

I. Introducción

Los procesos electorales en las últimas dos décadas en México han dado pie a constantes batallas y luchas que desencadenan una ola de frenesí entre el electorado, entrando a escena nuevas opciones, figuras y partidos políticos, surgiendo así el interés por defender enérgicamente sus resultados, mismos que en más de una ocasión presentan márgenes extremadamente cerrados, que dan la victoria a uno sobre otro.

La claridad en procedimientos normativos ha impactado como parte sustancial de las reformas política electorales, prueba de ello constituye la correspondiente al año 2014, pretendido el fortalecimiento del sistema de forma integral, ello con el objeto de consolidar nuevas formas de participación y superar momentos complicados que han quedado en la memoria pública dentro de los procesos electivos.

Un tema pendiente en el espacio de las reformas electorales lo constituye la aprobación de la segunda vuelta electoral, discusión que se ha tornado permanente durante la última década en México y pese a que han existido diversas iniciativas para su aprobación, hasta el momento ninguna ha fructificado en su aplicabilidad. El presente trabajo pretende vincular la figura de la segunda vuelta con el tema de la cultura política, para ello se aplica un ejercicio hipotético en el ámbito municipal de los dos últimos procesos electorales del estado de Guanajuato, cuya orientación metodológica se desarrolla de forma analítica-comparativa, sistemática y causal.

Partiendo de ello se plantean objetivos como son: a) Formular un análisis que parte de un ejercicio de resultados dentro de un espacio (entidad federativa) con rasgos, características y comportamiento electoral distintivos; b) Vincular los efectos de una segunda vuelta desde el ámbito de la cultura política, es decir valorándolo más allá de la aplicación normativa y técnica-operativa; c) Establecer conclusiones de las posibilidades reales de uso, aceptación y utilidad de una segunda vuelta electoral tomando como base la cultura política más allá de un tema de beneficio de grupos o elites partidistas.

En tal panorama electoral, resulta importante la interrogante de ¿Es posible el retorno de la segunda vuelta electoral para la elección de ayuntamientos en México, considerando pudiera sumar a la consolidación de la legitimidad de resultados tomando como base la cultura política que caracteriza a los grupos según la entidad federativa respectiva? Por ende, para responder a tal cuestión resulta indispensable la vinculación y el análisis del papel que representan el contexto, la participación ciudadana de los involucrados (electores), así como la normatividad para su debido funcionamiento, ello como la hipótesis fundamental vinculada con diversos argumentos en su operación.

II. Antecedentes de la segunda vuelta: El caso de San Luís Potosí

Como se hizo mención, la segunda vuelta electoral en México es un asunto que se encuentra pendiente en la agenda del debate en materia de elecciones, donde si bien esto no fue parte de la última reforma electoral presentada mediante Decreto Constitucional en febrero del año 2014, (donde se incluyeron temas como candidaturas independientes, reelección consecutiva, gobiernos de coalición, entre otros), el tema sigue vigente con la posibilidad de retomarse posteriormente a la conclusión del proceso electoral del año 2021.

Cabe señalar que atendiendo a la Dirección General de Investigación Estratégica del Senado de la República, han sido presentadas, durante los últimos ocho años, catorce iniciativas respecto de la segunda vuelta en nuestro país, de las cuales ocho fueron exclusivas para elección presidencial; tres para elecciones presidenciales y gobernadores; dos para elección presidencial, gobernadores y presidentes municipales; y una para elección presidencial, gobernadores, presidentes municipales, diputados federales, senadores y diputados locales. De tales iniciativas ocho fueron desechadas y el resto turnadas a comisiones, sin que llegaran a impactar en la vigencia y aplicabilidad.1

En ese tenor, cabe recordar que existe el antecedente de San Luís Potosí, con fecha del 30 de octubre de 1996, donde quedó aprobado de forma unánime por el Legislativo local, el dictamen constitucional mediante el cual se otorgó vida y operación a la segunda vuelta electoral, meramente para el caso de elección de ayuntamientos, es decir, se excluyó cualquier otro nivel de gobierno establecido mediante sufragio popular que no fuera aplicable únicamente a las municipalidades de la entidad.

En aquel tiempo, el principal argumento que fundamentó el uso y justificación de la segunda vuelta, insertado dentro de la exposición de motivos de tal iniciativa, la comprendieron elementos como: a) Promover y fortalecer una mayor certidumbre en materia electoral, en cuanto al reconocimiento de resultados y legitimación en procesos electorales; b) Disminuir y evitar conflictos postelectorales, representando así la conformación de un mandato inequívoco expresado mediante su voluntad en las urnas; c) Establecer una nueva vía jurídica que permitiera lograr un mayor consenso, con el fin de superar el desencuentro comunitario; d) Evitar caer en períodos de posibles condiciones de ingobernabilidad entre gobernantes y ciudadanos. (Lo anterior quedó fundamentado en la redacción constitucional local en su artículo 35 y en la legislación electoral local, artículo 15).

En ese sentido, en ambas leyes de índole local fueron establecidas las bases para la operación de la segunda vuelta electoral, aplicándose a la elección de ayuntamientos cuya justificación fue que el ayuntamiento es el gobierno más cercano a la población, así como la instancia que primaria en la resolución de problemas y atención de necesidades de diversa índole. Con ello quedó establecido para la renovación de ayuntamientos, cuando ninguna de las planillas de candidatos obtuviera la mayoría absoluta de votación total válida emitida en un municipio, se llevaría a cabo una segunda votación, en la cual participarían únicamente aquellos que hubieran obtenido el primero y segundo lugar en la primera ronda.

Tabla 1 Elección municipal año 1997 

Municipios que integran SLP Municipios en segunda vuelta
58 23

Nota: Elaboración con base en los datos recolectados. Archivo Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana SLP (CEEPAC) / Universidad Autónoma de San Luis Potosí (UASLP).

Como se ha hecho mención, en 1997 fue la primera ocasión en que se efectuó una segunda vuelta electoral, siendo 23 de los 58 municipios de la entidad federativa los que recurrieron a ello, equivalente al 42% del total de municipios que integran el estado, entre ellos los siguientes: Alaquines, Axtla, Cárdenas, Catorce, Cedral, Charcas, Ciudad del Maíz, Ciudad Valles, Matehuala, Rayón, Rioverde, Santo Domingo, San Martín, San Nicolás, Tamasopo, Tampamolón, Tamuín, Tanquián, Venado, Villa de Arista, Villa de Guadalupe, Villa de Ramos y Zaragoza.

Tabla 2 Elección municipal año 2000 

Municipios que integran SLP Municipios en segunda vuelta
58 5

Nota: Elaboración con base en los datos recolectados. Archivo Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana SLP (CEEPAC) / Universidad Autónoma de San Luis Potosí (UASLP).

En tanto que, para las elecciones municipales del año 2000, disminuyó el total de municipios cuyos resultados traerían consigo la realización de una segunda vuelta, siendo 18 municipios de los 58 que conforman la entidad los que resultarían en tal situación. Lo que bien se puede traducir en un incremento de la participación ciudadana reflejada en los otros 40 municipios de la entidad federativa, donde se obtuvieron porcentajes de votación mayores al cincuenta por ciento más uno, según lo establecido en la ley electoral.

Tabla 3 Elección municipal año 2003 

Municipios que integran SLP Municipios en segunda vuelta
58 18

Nota: Elaboración con base en los datos recolectados. Archivo Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana SLP (CEEPAC) / Universidad Autónoma de San Luis Potosí (UASLP).

Por lo que respecta a la elección municipal correspondiente al año 2003, el número de municipios que celebró una segunda vuelta electoral disminuyó considerablemente, ya que fueron únicamente cinco en tal supuesto, tal fue el caso de Mexquitic, Graciano, Rioverde, Ciudad Valles y Xilitla, sin embargo, este sería el último proceso de ballotage, con lo cual se marcaría el fin en su aplicación al campo municipal, pues los niveles de participación y los costos políticos que traería desde el año 1997 terminarían por derogar dicha figura.

Finalmente, y luego de su aplicación durante tres procesos electorales para elecciones municipales, la figura de la segunda vuelta municipal fue eliminada de la legislación potosina,2 entre los principales argumentos que justificaron su salida se encontraron:

  1. El costo tan elevado para su verificación, (alrededor de 12 millones de pesos adicionales para su organización y preparación).

  2. En la segunda vuelta no se incrementa considerable ni sustantivamente la participación, entendida como un verdadero canal de representación de todas las voces,3 al contrario, la disminución es significativa en la mayoría de los municipios y procesos electorales celebrados.

  3. Pese a que los períodos de celebración entre primera y segunda votación son relativamente cortos, (menores a 60 días entre ambos), la tensión que prevalece en ese lapso entre la ciudadanía, los partidos políticos y la opinión pública no favorece la certidumbre del proceso electoral.

  4. La participación en segunda vuelta únicamente de los dos partidos políticos que obtuvieron el mayor número de votos en primera vuelta, generó que los simpatizantes del resto de los partidos optaran por recurrir a otra opción política para segunda vuelta, lo que en diversos casos no atendió únicamente a su libre voluntad, sino a posibles indicios de compra de votos, manipulación y acuerdos entre las fuerzas políticas y el electorado más vulnerable.

1. Ejercicio de posibilidades: Segunda vuelta, cultura política y normativi dad en Guanajuato

Pese a que el debate en torno a la figura de la segunda vuelta es un tema de actualidad, cabe hacer énfasis en no olvidar su aplicación, alcance de los resultados, efectos y costos, partiendo de lo cual se expone el problema de investigación y se vincula de forma directa con el tema de cultura política dentro de la democracia y sus instituciones destacando elementos fundamentales como la confianza, la tolerancia y el consenso, mismos que se encuentran valorados de forma inherente en la propia posibilidad de aplicación.4

Por tanto, como se ha hecho mención, de la categoría analítica de cultura política derivan las subcategorías de contexto, participación ciudadana y normatividad; pretendiendo con ello ubicar la medida de factibilidad de una segunda vuelta, a fin de lograr mejores resultados y por consiguiente elevar el respeto a las reglas y la satisfacción de las demandas.5 Como conceptualización de cultura política particularizando en México, se hace referencia a la que se ubica en la posibilidad de un cambio cultural positivo como efecto indiscutible de la alternancia política, asumiendo que la cultura política debe ir transformándose a una democrática, para ello es fundamental una tipología apegada a la realidad nacional y al tiempo actual.6

Como antecedente histórico la intención de configurar la aplicación de la segunda vuelta representó el caracterizarse como una entidad federativa de avanzada en la práctica democrática, por encima de los resultados, efectos y costos. Sin embargo, no solo los motivos expuestos en su reforma de creación fueron los que permitieron creer en sus ventajas, también elementos doctrinales de teoría de la democracia y sistemas electorales reforzaban el planteamiento del legislador plasmado en la justificación de su uso, los que postulaban que mediante la celebración de elecciones debían garantizar en todo momento la legítima integración de los poderes públicos,7 viendo así en la segunda vuelta un modelo que se adaptaba tanto a los tiempos como a las circunstancias del momento.8

Previo a establecer un análisis sobre las posturas y ventajas obtenidas con respecto a la segunda vuelta electoral, es importante retomar los tres elementos de subcategorías que conforman la hipótesis planteada, es decir, el contexto, la participación ciudadana y la normatividad, para con ello valorizar una posible inserción en dicho plano municipal, pero tomando en cuenta las transformaciones veinticuatro años después del primer ejercicio que se llevó a cabo, así como la situación actual.

En relación al contexto, cabe señalar que el ambiente político en la entidad federativa se ha caracterizado por un régimen de gobierno establecido con un partido hegemónico mediante varias décadas en el poder (PAN), con ello los cambios en las reglas de la contienda electoral, así como las instituciones que brindan credibilidad en los resultados son parte indispensable en el medio político-electoral actual, dicho escenario se despega de las variantes que se han tenido en el plano federal la transición democrática partidista nacional.

Dentro de tal contexto es importante establecer la valoración de ciertos elementos como son: a) Confianza institucional y, b) Democracia participativa, con ello se logra hacer una compaginación que permite comprender no solo la posible evaluación de la figura de la segunda vuelta aplicada en la década de los noventa, sino también su evolución en cuanto a la satisfacción de nuevas necesidades y solución de problemas actuales en el espacio social.

Respecto a la confianza institucional como primer elemento del contexto, se debe considerar que es fundamental su consolidación con el fin de dotar de credibilidad tanto a procesos como figuras electorales, ello permite no solo introducir reformas novedosas, sino también constituirlas como verdaderos instrumentos fundamentales en la vida democrática nacional.

En la historia de las elecciones nacionales superar la desconfianza es pieza fundamental e indispensable para creer en el buen funcionamiento de la democracia y sus instituciones, ante ello la evolución de las condiciones históricas reflejadas en reformas electorales útiles y novedosas, materializadas en aspectos como mayor fiscalización a partidos políticos y la ampliación de derechos ciudadanos tales como la aparición de candidatos independientes, así como el voto extraterritorial, entre otros, constituyen elementos que han abonado a superar el reto de combatir la desconfianza en años recientes.

Las propias mediciones realizadas y materializadas mediante encuestas, presentan diversos datos en relación con la confianza hacia las instituciones mexicanas y la percepción que se tiene en torno a ellas, un ejemplo es la Encup,9 donde se ponderan diversas instituciones que son calificadas en escala de 0 a 10, donde si bien la familia y los médicos ocupan el primero y segundo lugar con 7.8 y 6.6, los partidos políticos y la policía se ubican en los dos últimos lugares con 4.4 y 4.3 respectivamente.

Ante ello, es preocupante la ubicación de los partidos políticos en esa escala, no muy alejado de ellos se encuentran también las autoridades electorales con 5.5 de calificación, en la media de la credibilidad, pero también con una calificación reprobatoria que alerta en números rojos. Tal situación pone en manifiesto y abre pauta a pensar en otro reto que se debe enfrentar al reinsertar la segunda vuelta al ámbito municipal, pues si bien la naturaleza jurídica de la figura es en sí misma generar mayoría en las urnas y legitimidad en los resultados, si no existe suficiente confianza de ciudadanos hacia la imagen de autoridades y contendientes, podría resultar más difícil la prosperidad de ella.

Ahora bien, tomando como referencia la ENCUCI (Encuesta Nacional de Cultura Cívica) del año 2020, considerando el grupo dentro del cual se encuentra Guanajuato (Mesoamérica Occidental), para fines de mediciones de resultados, destaca lo referente a prácticas o hábitos cívicos: conocimiento e interés por los asuntos del país, dicha región presenta el mayor porcentaje en cuanto a estar muy interesados por los asuntos del país con un 54.4%; en tanto que en el tema Percepción ciudadana el 37.4% considera que la frase “tener responsabilidades” describe mejor a un ciudadano seguido del 29.7% que considera la frase “tener derechos”. Finalmente, en el rubro Inclinación democrática el 70.2% está muy de acuerdo con la idea de que para gobernar un país se necesita un gobierno en donde todos participen en la toma de decisiones.

En función a lo anterior, otro elemento desprendido del contexto comprende la democracia participativa, se trata de una democracia que permita la integración de todos los que de ella forman parte tal cual fuese una asociación (Dworkin, 2014, p. 126), lo que permita tanto un adecuado seguimiento a las demandas del colectivo como su atención oportuna en el orden público, mediante la formulación de nuevos procesos donde la ciudadanía se sienta mayormente escuchada, comprendida y respetada.

Cabe apuntar que en una democracia participativa se fundamentan y refrendan valores y compromisos, para buscar así nuevos caminos que permitan fortalecer las relaciones entre la colectividad, donde los ciudadanos y su vinculación con sus representantes no es la excepción,10 tales valores permitirán guiar a los partícipes de un sistema democrático a solucionar problemas y encontrar curas a las enfermedades que aquejan y disminuyen a todo el sistema electoral en el presente, es aquí donde los actores políticos han de jugar, igual que siempre, un papel preponderante en su rol social.

El segundo elemento de la hipótesis lo comprenden la participación ciudadana, convertido en la más importante de todas las instituciones democráticas, es por ello que figuras como la representación política, el proceso electoral y los medios de participación, deben ser necesariamente diseñados como un medio de equilibrio y apoyo para su institución, la existencia de una ciudadanía con capacidad plena en el ejercicio de sus derechos políticos, lo que se refleja en el ánimo en la búsqueda de opciones partidistas incluso con miras a la alternancia, escenario que no ha estado en transformación del modelo representativo local. La participación ciudadana en México lleva años luchando por crecer y ser considerada en diversos medios, más allá del ejercicio del sufragio en una jornada electoral, formas de participación ciudadana directa como el plebiscito, referéndum, consulta popular, iniciativa ciudadana, entre otros, aunque si bien estas actividades han sido consideradas en leyes orgánicas municipales, la realidad es que pocas veces han sido operadas con certeza y garantía para lograr los verdaderos fines con que fueron creadas, ya que en algunos casos ni siquiera se cuenta con el recurso material y humano para llevarlas a la práctica.

En este mismo supuesto, la segunda vuelta electoral, más allá de ser un deseo de buena intención donde la ciudadanía participe dos veces, debe observar previamente aquellas figuras que han existido y que por diversas razones no han terminado de consolidarse, a fin de evitar caer en las mismas situaciones, debe prevalecer el principio de igualdad de oportunidades lo que implica garantizar la participación informada tanto en procedimientos como dentro de espacios específicos.11

En cuanto al concepto de ciudadanía, este constituye el derecho a tener derechos,12entendiendo derechos como las garantías de orden electoral en el sentido más amplio, donde el pleno ejercicio de libertades tanto individuales como colectivas sean ejercidas en plena observancia legal, lo cual debe garantizarse mediante procesos democráticos que igualen a los individuos, en el sentido de ofrecerles atributos semejantes, por consiguiente, al ostentarse condicha categoría los individuos son jurídicamente iguales entre ellos y ante el Estado y considerados de forma similar en el espacio público.

Al momento de acudir a las urnas, el ciudadano adquiere la categoría de elector, en ese sentido, y aplicado a una segunda vuelta electoral, se deben considerar los siguientes elementos:

  1. Acudir a una posible segunda vuelta no es tarea fácil, toda vez que el ciudadano sabe que emitió su voto en primera ronda y puede entenderse que el mismo no fue respetado o fue emitido en vano, más allá si todavía procede una elección extraordinaria en la casilla o tipo de elección donde participó.

  2. Comprender al electorado mexicano en cuanto a la complejidad de sus facetas. Es decir, una segunda vuelta tanto puede motivarlo a ir la urna a refrendar un compromiso cívico o apoyo a un partido político o candidato, como puede disgustarle y simplemente mantenerse en el abstencionismo, e incluso acudir a anular su voto en la boleta electoral, como muestra de descontento en su realización.

  3. La identificación partidista o preferencia sobre algún candidato puede también verse favorecida o revertirse, ello dependerá sobre todo de aspectos sociales e ideológicos del propio votante, puesto que tomar una segunda votación puede generar un sentimiento que promueva una mayor intensidad y dirección a su voto, con ello se da la posibilidad de que la opción política que eligió en primera ronda sea la misma en la segunda votación, sin embargo, modificar el sentido del mismo más allá de ser un derecho puede traer nuevos elementos de tipo reflexivo, social e incluso psicológico, sobre todo en posibles votantes donde pudo ejercerse presión o coacción.

Finalmente, con respecto a la normatividad electoral, cabe apuntar primeramente, la conformación e integralidad que su importancia y aplicación guarda con respecto a las diversas funciones y estructuras del Derecho Electoral, ya que las normas que derivan de este son las encargadas de armonizar las relaciones entre los ciudadanos, regulando funciones de elección y designación para instituir un gobierno sólido mediante la armonía social y el respeto a la dignidad humana, por medio de la justicia y la seguridad jurídica.13 (Nohlen, 2015, p. 124).

Por tanto, para la segunda vuelta electoral su existencia es posible mediante la armonización de la norma constitucional y electoral local, mismas que no contravendrían a la normatividad nacional, adecuándose por ende un orden jurídico propio de la entidad federativa a una justificación que pretenda la participación y la conciencia ciudadana al votar, así como establecer posibles soluciones a crisis de gobernabilidad.

Para ubicar la figura de la segunda vuelta electoral con respecto de la propia función normativa y sus alcances, vale la pena validarla mediante su adecuada integración en el marco legal electoral, en tal sentido, debería necesariamente cumplir su estructura normativa con los siguientes requisitos: a) Ser una figura de orden electoral regulada como parte del sistema normativo mexicano y subordinada a la ley suprema constitucional; b) Estar legalmente escrita al ser emitida por órganos especiales mediante un proceso regulado por la ley; c) En cuanto a su ámbito de validez, puede tener aplicación federal, local y municipal; d) Contar con vigencia indeterminada, es decir, que estas se extinguirán hasta que sean abrogadas o derogadas; e) Por su ámbito personal de validez son genéricas, pues obligan y facultan a todos los individuos del conglomerado social.

Igualmente vale tomar como referencia las propias excepciones que fueron en su momento reguladas por la propia ley electoral de San Luis Potosí, en donde se consideraban dos supuestos para no efectuarse de forma justificada la segunda vuelta electoral como eran: a) Cuando la planilla ubicada en primer lugar haya obtenido por lo menos el 45% de la votación total válida emitida del municipio del que se trate y exista entre dicha planilla y la que se haya ubicado en segundo lugar una diferencia de quince o más puntos porcentuales en relación con los porcentajes válidos de votación que cada uno haya obtenido; b) Cuando el partido político respectivo o todos los integrantes de la planilla que obtuvo el segundo lugar en la primera votación declinen expresamente de su derecho de participar en la segunda votación y lo ratifiquen ante el Consejo Estatal Electoral.

Atendiendo a ello, se toman como referencia las últimas dos elecciones de índole municipal de Guanajuato del año 2018 y 2021, considerando los resultados de votación a fin de establecer un ejercicio de cuáles serían aquellos municipios en donde se podría configurar la segunda vuelta electoral, atendiendo a que no se logró la mayoría requerida de votación, así como la excepción de su aplicación contenida en el inciso a) del párrafo anterior.

Por tanto, es importante considerar que para la elección de ayuntamientos correspondientes al año 2018, se logró un total del 52.40% de participación ciudadana, logrando con ello apenas superar el limite de la mayoría absoluta requerida, de los cuales tales porcentajes de votación se reflejan en las siguientes tablas:

Tabla 4 Resultados atendiendo al % de votación entre el 1° y 2° lugar en la elección municipal 2018 

Municipio 1er Lugar 2° Lugar
Partido Político % Partido Político %
Abasolo PRI 32.36% PAN 27.27%
Acámbaro MORENA/PT 28.63% PRD 20.60%
Apaseo el Alto MORENA/PT 35.21% PAN 17.30%
Apaseo el Grande PVEM 29.89% PAN 26.73%
Celaya PAN 33.11% MORENA/PT 24.00%
Comonfort MORENA/PT 31.86% PAN 19.26%
Coroneo PAN 43.59% PRI 36.85
Cortazar PAN 39.49% PRD 35.93%
Doctor Mora PAN 37.41% MC 31.01%
Dolores Hidalgo PRI 28.44% PAN 19.96%
Guanajuato PAN 39.42% MORENA/PT 25.44%
Huanímaro PAN 25.82% PVEM 24.97%
Irapuato PAN 36.65% MORENA/PT 26.03%
Jaral del Progreso PRI 39.21% PAN 37.74%
Jerécuaro PRI 34.62% PAN 20.69%
Manuel Doblado PRI 45.38% PAN 37.14
Ocampo PAN 30.95% PRI 29.08%
Pénjamo PAN 30.76% MORENA/PT 27.72%
Pueblo Nuevo PRI 44.27% PAN 17.81%
Romita PRI 39.80% PAN 25.57%
Salamanca MORENA/PT 27.73% PAN 24.53%
Salvatierra PAN 41.13% MORENA/PT 21.21%
San Felipe PVEM 26.22% PAN 21.01%
San Francisco del PRI 35.69% PAN 26.64%
San José Iturbide MORENA/PT 25.05% PAN 19.34%
San Luis de la Paz PRI 31.44% PAN 27.12%
San Miguel de A PAN 37.93% MORENA/PT 24.66%
Santa Catarina PAN 50.38% PRI 38.12%
Juventino Rosas PRI 37.93% PAN 24.02%
Santiago Maravat PRI 50.83% PAN 42.15
Silao PAN 33.22% MORENA/PT 27.21%
Tarandacuao PAN 32.82% PRI 22.65%
Tarimoro PAN 41.21% PRI 19.81%
Tierra Blanca PAN 28.97% PVEM 23.65%
Uriangato PRI 30.12% PVEM 19.41%
Valle de Santiago PAN 22.82% PRD 18.28%
Villagrán NA 40.79% PAN 26.29%
Yuriria PAN 36.61% PRI 23.97%

Nota: Elaboración propia con base en los datos recolectados en Archivo Consejo Electoral del IEEG, PREP 2018.

Conforme a los resultados señalados en la tabla anterior, pese a que en la mayoría de los municipios se observan resultados por encima del 30% de votación, las reglas de excepción para no acudir a una segunda vuelta por porcentaje de votación corresponderían únicamente a ocho de ellos, en tanto que el resto tendría que ir a la celebración de una segunda vuelta por el resultado obtenido.

Tabla 5 Resultados municipales que obtuvieron al menos el 51% de votación en la elección 2018 (Excepción a la segunda vuelta) 

Municipio 1er Lugar 2° Lugar
Partido Político % Partido Político %
León PAN 53.87% MORENA/ PT 17.01%
Purísima Rincón PAN 52.43% PRI 26.52%
Xichú PAN 53.41% PRI 39.50%

Nota: Elaboración propia con base en los datos recolectados en Archivo Consejo Electoral del IEEG, PREP 2018.

Conforme a la tabla anterior, cabe destacar que únicamente tres municipios alcanzan la mayoría requerida para no acudir a una segunda vuelta electoral, cada uno de ellos con un ligero porcentaje arriba de lo requerido y con diferencias claras entre el primero y segundo lugar.

Tabla 6 Resultados municipales que obtuvieron al menos el 45% con diferencia de 15% o más puntos entre 1° y 2° lugar (Excepción a la segunda vuelta) 2018 

Municipio 1er Lugar 2° Lugar
Partido Político % Partido Político %
Atarjea PAN 46.53% PRI 13.50%
Cuerámaro PAN 45.17% MC 17.30%
Moroleón PRD 45.38% PAN 18.09%
San Diego de la U PAN 48.94% PRI 26.99%
Victoria PAN 45.42% PRI 19.11%

Nota: Elaboración propia con base en los datos recolectados en Archivo Consejo Electoral del IEEG, PREP 2018.

En cuanto a la tabla 6 se observan los cinco municipios que conforme al principio de excepción de votación así como la diferencia entre el primero y segundo lugar se actualiza el supuesto de validación de una sola elección sin necesidad de recurrir a segunda vuelta.

Ahora bien, por lo que comprende la última elección del año 2021 referente a ayuntamientos, cabe destacar que el porcentaje de participación ciudadana disminuyo considerablemente en relación con la elección del año 2018, lográndose resultado de 43.72%, lo que disminuye alrededor de un 8.68% respecto de la anterior, además de que con tal resultado no se logra mayoría absoluta como elemento significativo en la aplicación o inaplicabilidad de la segunda vuelta electoral.

Tabla 7 Resultados atendiendo al % de votación entre el 1° y 2° lugar en la elección municipal 2021 

Municipio 1er Lugar 2° Lugar
Partido Político % Partido Político %
Abasolo PRI 23.90% PAN 22.35%
Acámbaro PAN 30.59% MORENA 28.25%
Apaseo el Alto PAN 32.44% PVEM 20.91%
Apaseo el Gran PAN 32.71% PVEM 12.01%
Celaya PAN 41.31% MORENA 28.77%
Comonfort PAN 26.08% MORENA 21.80%
Cortazar PAN 33.05% PRI/PRD 17.32%
Cuerámaro PRI/PRD 38.37% PAN 33.01%
Doctor Mora MORENA 31.31% PAN 27.19%
Dolores Hidalgo PAN 32.87% CAND. INDEP. 26.21%
Huanímaro PVEM 29.53% PAN 24.78%
Jaral del Progreso RSP 28.08% CAND. INDEP. 27.06%
Jerécuaro PRI/PRD 43.20% MORENA 23.81%
Mnuel Doblado PAN 45.53% PRI 39.59%
Ocampo PRI/PRD 36.88% NA 14.70%
Pénjamo PAN 36.86% MORENA 28.08%
Romita PRI 35.22% PAN 30.88%
Salamanca MORENA 35.65% PAN 28.07%
Salvatierra PAN 36.90% MORENA 24.48%
San Diego RSP 37.20% PAN 29.89%
San Felipe PVEM 38.11% PAN 36.26%
San Francisco PAN 41.23% PRI 37.51%
San José Iturbide PAN 22.16% MC 18.94%
San Miguel de A PRI 31.80% PAN 27.61%
Santa Catarina PAN 40.41% PRI/PRD 35.79%
Juventino Rosas PAN 31.48% PRI/PRD 26.15%
Santiago Maravati CAND. INDE. 46.18% PRI/PRD 45.61%
Silao MORENA 34.39% PAN 33.84%
Tarandacuao PRI/PRD 38.68% PAN 37.06%
Tarimoro PRI/PRD 47.03% PAN 35.59%
Tierra Blanca PRD 33.02% PRI 19.10%
Uriangato PRI/PRD 39.31% MORENA 22.69%
Valle de Santiago PAN 32.43% MORENA 28.68%
Victoria PAN 37.03% PRI 24.20%
Villagrán NA 31.93% MORENA 23.77%
Xichú PRD 45.54% PAN 42.64%
Yuriria PVEM 29.53% PRI 26.73%

Nota: Elaboración propia con base en los datos recolectados en Archivo Consejo Electoral del IEEG, PREP 2021.

Por lo que respecta a tales resultados, los índices de participación arrojan el mismo numero de municipios que atendiendo a los votos recibidos estarían constituyendo una excepción a la segunda vuelta electoral, es decir únicamente en ocho de ellos se logró una participación tanto por encima del porcentaje requerido así como con una marcada diferencia en su caso entre el primero y segundo lugar.

Tabla 8 Resultados municipales que obtuvieron al menos el 51% de votación en la elección 2021 (Excepción a la segunda vuelta) 

Municipio 1er Lugar 2° Lugar
Partido Político % Partido Político %
León PAN 59.85% MORENA 21.16%
Pueblo Nuevo MC 56.23% PAN 33.91%
San Luis de la Paz PRI/PRD 52.24% PAN 20.85%

Nota: Elaboración propia con base en los datos recolectados en Archivo Consejo Electoral del IEEG, PREP 2021.

De lo anterior se puede observar por segunda ocasión que son únicamente tres municipios los que atendiendo a porcentajes de votación por encima del 51% requerido, siendo únicamente el municipio de León quien aparece en dicho supuesto tanto en el año 2018 como 2021, alcanzando elevar su votación en un 5.98% logrando con ello un margen contundente del 59.85% de votación, por otra parte tanto Pueblo Nuevo como San Luis de la Paz ingresan en dicho supuesto logrando marcadas diferencias en cuanto a preferencias con los partidos políticos que obtuvieron el segundo lugar de votación.

Tabla 9 Resultados municipales que obtuvieron al menos el 45% con diferencia de 15% o más puntos entre 1° y 2° lugar (Excepción a la segunda vuelta) 2021 

Municipio 1er Lugar 2° Lugar
Partido Político % Partido Político %
Coroneo PAN 48.48% PRD 22.39%
Guanajuato PAN 47.45% PRI/PRD 15.26%
Irapuato PAN 45.46% MORENA 27.72%
Moroleón MC 48.54% PAN 22.23%
Purísima del Rincó PAN 50.35% MC 22.82%

Nota: Elaboración propia con base en los datos recolectados en Archivo Consejo Electoral del IEEG, PREP 2021.

Igualmente son coincidentes el número de municipios que presentan la excepción de votación y diferencia de puntos porcentual, siendo únicamente Moroleón el que aparece de nueva cuenta en el listado, incluso elevando del 45.38% al 48.54% el porcentaje de votación y sosteniendo una amplia ventaja con respecto al partido que se coloca en segundo lugar en la votación municipal.

Es así como de un análisis global que conjugue contexto, actores involucrados y normatividad electoral, podemos conformar un panorama donde pueda analizarse su viabilidad en el campo electoral mexicano, en esa medida se pueden detectar de forma eficaz auténticas prioridades de aplicación, lo que permitiría, de ser el caso, la implementación de dicha figura de manera objetiva, responsable y bien planteada, donde los procesos transparentes, los ciudadanos bien informados y la salvaguarda de sus derechos político-electorales, representen el motor que guie y fundamenten el motivo de su existencia.

III. Argumentos políticos y socio-culturales para la segunda vuelta en la elección de ayuntamientos en Guanajuato

Como parte conclusiva, resulta oportuno el señalamiento tanto de aquellos argumentos que ven con buenos ojos la aplicación y funcionalidad de la segunda vuelta electoral, como aquellos donde impera el escepticismo en cuanto a constituirse como una herramienta que genere utilidad a la confianza y certeza en los resultados electorales, así como a la reconstrucción de la ingeniería electoral mexicana, ante lo cual se esquematizan los argumentos en pro y en contra como se detalla a continuación:

Tabla 10 Argumentos a favor/en contra de la segunda vuelta 

Argumentos a favor Argumentos en contra
Reparar vacíos, lagunas o defectos de los sistemas electorales en la distribución de cargos públicos. Posibles ganadores en segunda vuelta pro- ducto de negociaciones entre partidos que pasan a segunda ronda.
Promueve la gobernabilidad mediante un mayor respaldo en las urnas. Mayor abstencionismo, escepticismo, decepción y protesta.
Estabilidad política basada en una legitimidad porcentual bien definida y determinada. Puede distorsionar la expresión natural de la voluntad popular, dejando de ser un votante espontáneo para tornarse calculador y suspicaz.
Promueve una política más compleja, debiendo evolucionar el electorado en cuanto a maximizar el valor de su voto, a su vez fortalece y legitima al vencedor, y evita conflictos postelectorales. Prolonga los lapsos de incertidumbre, pudiendo llegar a producir ánimos viciosos y situaciones problemáticas en la etapa poste- lectoral.
Se justifica la inversión eco- nómica, toda vez que brinda a los mexicanos un alto grado de avance en materia legalidad, certeza y transparencia electoral. El costo económico puede resultar muy ele- vado y en diversas elecciones incosteable para las autoridades electorales administrativas, lo que atenta contra la austeridad de la administración pública.
En segunda vuelta se elimina el voto emocional en aras del voto útil, meditado y reflexivo. Una segunda vuelta no puede garantizar mayor gobernabilidad y legitimidad del vencedor, en tanto no exista un adecuado equilibrio entre poderes y proporcionalidad en los escaños de sus cámaras.
Hoy más que nunca la situación política nacional exige crear un umbral de legitimidad respecto de los mandatarios electos. Se requiere en primer lugar actores políticos con madurez democrática, es decir, que acepten los resultados cuando no les favorezcan, en lugar de realizar segundas rondas para convencerse de su derrota.

Nota: Elaboración propia con base en datos recolectados.

Si bien los argumentos planteados encuentran sustento en la experiencia internacional en cuanto a la aplicación de la segunda vuelta, donde incluso teóricos de la talla de Sartori señalan una definida postura a favor de su aplicación al reflejar las ventajas que presenta, como la flexibilidad en cuanto a la búsqueda de consenso de mayorías y proporcionalidad, lo cual otorga un claro mandato mayoritario contando el ganador con el posible respaldo de la mitad de los votantes, necesariamente debe ubicarse en el espacio local con sus antecedentes, historias y desarrollo específico a fin de tener una mejor aplicación.14

Lo anterior, en el espacio municipal, se puede complementar con posturas de expertos que consideran su grado de complejidad, por ejemplo Diego Valadés, reconocido jurista nacional que considera que en la aplicación de un balance en la figura, son mayores los riesgos de uso que las posibles ventajas, pues más allá de fortalecer las instituciones pueden surgir nuevos obstáculos que desequilibren tanto al sistema electoral como a sus instituciones de las que forman parte.15

En tanto que José Woldenberg, expresidente del Instituto Federal Electoral (IFE), hoy Instituto Nacional Electoral (INE), considera que puede atribuirse el hecho de que para su debido funcionamiento debe ser aplicada mediante reglas y procedimientos específicos que garanticen el equilibrio no solo en una elección, sino en todos los niveles donde se eligen cargos populares, ello a fin de que la segunda vuelta no sea una vía artificial de alcanzar el poder con un supuesto mayor respaldo y legitimidad.16

Por tanto, la posible aplicación de una segunda vuelta electoral en Guanajuato necesariamente debe ir acompañada de un proceso que permita y garantice el acceso a una debida justicia, ello mediante la adaptación de la norma sobre

conductas que pueden llegar a vulnerar el sano desarrollo de una segunda ronda de votación, por ello en cualquier sistema electoral se debe garantizar un libre ejercicio de derechos políticos más allá de simples buenas prácticas en la materia, considerando vías de promoción de recursos y restitución de los resultados de forma integral.17

Para cerrar el análisis, se presenta un breve ejercicio comparativo que toma como referencia la primera vez que se aplicó la segunda vuelta electoral en el año 1997 y como en un período de más de veinte años después, se han suscitado diversos cambios y evoluciones en los elementos hipotéticos que fueron abordados anteriormente, es decir, contexto, ciudadanos y normatividad electoral, lo cual nos permitirá dar pauta a la conclusión.

Tabla 11 Escenarios de la segunda vuelta 

Subcategoría Elementos de Cultura política 1997/SLP 2021/Guanajuato
Contexto Una democracia en crecimiento, la existencia de un partido hegemónico y con instituciones electorales recién nacidas a la luz pública, dotadas de autonomía en sus funciones y con amplias expectativas en cuanto a su funcionamiento y legalidad. Una democracia consolidada en aspectos como espacios ciudadanos de representación, ampliación de la oferta política, pero la existencia de un profundo debilitamiento tanto de la autoridad electoral como de los partidos políticos en cuanto a crisis internas de organización.
Participación Ciudadana La existencia de una ciudadanía participativa en las urnas, generando con ello cambios y alternancia en el gobierno mediante partidos políticos de oposición, así como nuevas opciones políticas con una ideología diferenciada y definida en la contienda electoral. La aparición de alianzas, coaliciones y frentes en cuanto a partidos políticos sin ideología común y mero cálculo de votos y mantenimiento de su registro, han afectado la confianza de los ciudadanos así como el incremento del abstencionismo y el voto nulo.
Normatividad Electoral Reformas electorales deriva- das de nuevas reglas y procedimientos, que dieron vida a nuevas vías de protección de derechos político-electorales, medios de impugnación, así como la configuración de estructuras funcionales en cuanto al orden jurisdiccional electoral. Las reformas electorales que traen consigo nuevas reglas y procedimientos como posibles soluciones a problemas sociales, tales como la aparición de candidatos independientes, la reelección, así como el voto extraterritorial, entre otros, más allá de figuras novedosas que no van a fondo en la atención de necesidades.

Nota: Elaboración propia con base en los datos recolectados.

IV. Conclusiones

En las últimas dos décadas, se han presentado diversos cambios y transformaciones en torno a todo el sistema electoral local (Guanajuato), con ello partidos políticos, ciudadanos y autoridades electorales han tenido para bien o para mal (según sea su propia voluntad subjetiva y grado de compromiso más allá de sus funciones legales) que ajustarse a diversas reformas que han permitido ampliar sus prerrogativas, facultades y obligaciones.

Hoy en día, la posibilidad de una segunda vuelta electoral como medio de legitimación representa todo un reto pendiente en cuanto a la luz del propio análisis de la cultura política nacional y estatal, más si se toma en cuenta su primera y única aplicación en San Luis Potosí. Sin embargo, es de vital importancia el hecho de llevar a cabo un estudio minucioso y particular en la entidad federativa en base a la medición de los tres supuestos planteados: contexto, ciudadanía y normatividad, evaluar la situación actual que vive la democracia y el impacto que tiene en los guanajuatenses así como a los diversos actores políticos, lo que sin duda permitirá revalorar su aplicación como una verdadera necesidad apremiante. Por ello, el principal aporte del tema no radica en verse como una reforma oportunista que pretende exclusivamente ganar votos mediante su reincorporación al sistema electoral, pues va más allá en el sentido de trabajar en la falta de credibilidad de los ciudadanos, la apatía y el abstencionismo que sigue presente actualmente en las instituciones democráticas, por lo cual si la segunda ronda no cuenta con el ambiente estatal adecuado para su fructificación previo a solucionar los temas pendientes, deberá entonces permanecer en la sala de espera, alerta de cuando sea su tiempo en un futuro no muy lejano.

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1 Temas Estratégicos 44 (2017). Instituto Belisario Domínguez de la Dirección General de Investigación Estratégica. Senado de la República, p.44

2 En fecha 30 de julio de 2005, mediante Decreto Constitucional número 364 fue derogada la segunda vuelta electoral de la legislación estatal de San Luis Potosí.

3 Merino, M. (2001). La participación ciudadana en la democracia. México: Instituto Federal Electoral, p.20.

4 Nohlen, D. (2008). Instituciones y Cultura política. Argentina: Revista POSTdata, n.13, p.35.

5 Puig, Salvador (2012). Ciudadanía y Cultura Política en México a dos sexenios de la alternancia. México: Foro Internacional, Vol. LII, n.4, p.874

6 Hernández García, Ma. Aidé et al. (2019). Cultura Política en México. El estado del arte y los desafíos de su estudio a nivel subnacional. SOMEE-UG

7 De la Mata, F. (2014). Manual del sistema de protección de los derechos político-electorales en México. México: Porrúa.

8 En relación a los tiempos y circunstancias que atendían a los noventa en México destacan el nuevo modelo de instituciones electorales, tanto federales como locales, con carácter autónomo tanto administrativo como jurisdiccional, asimismo, la cercanía de un cambio respecto del partido hegemónico y el descontento ciudadano asociado con percepciones en los resultados presidenciables de los años 1988 y 1994. Véase Tabla 7. Escenarios de la segunda vuelta 1997 y 2017.

9 Encuesta Nacional sobre Cultura Política y Prácticas Ciudadanas, aplicada en el año 2012, con escala de valor del 0 al 10 en cada reactivo.

10 Rosanvallon, P. (2004). La nueva cuestión social. España: Manantial, p. 54.

11 Domínguez Cortina, Rebeca. Los debates presidenciables de 2012 y su contribución a la cultura política democrática. México: Global Media Journal México, Volumen 11, Número 21, p.23.

12 Arendt, H. (2012). La promesa de la política. España: Paidós, 96.

, Nohlen Dieter, op. cit. p.124

14 Sartori, G. (2016). La carrera hacia ningún lugar. España: Taurus, p. 98

15 Valadés, D. (2002). Constitución y Democracia en México. México: Universidad Nacional Autónoma de México, p. 88.

16 Woldenberg, J. (2016). Principios y valores de la democracia. México: Instituto Nacional Electoral, p.62

17 Casoluengo, R. (2014). El sistema integral de justicia electoral en México. México: Porrúa, p.132.

Recibido: 16 de Noviembre de 2021; Aprobado: 14 de Mayo de 2022

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