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Derecho global. Estudios sobre derecho y justicia

versión On-line ISSN 2448-5136versión impresa ISSN 2448-5128

Derecho glob. Estud. sobre derecho justicia vol.1 no.3 Guadalajar jul. 2016  Epub 12-Nov-2020

https://doi.org/10.32870/dgedj.v0i3 

Editorial

Una nueva época en México: De los Derechos Humanos

Dra. Silvia Patricia López González* 

*Universidad de Guadalajara


Resumen

Nos encontramos en un nuevo paradigma constitucional en México, el origen es el reciente artículo primero de nuestra constitución que incorpora los Derechos Humanos, atrás quedó el modelo de garantías individuales que desde el 5 de febrero de 1917 y hasta antes del 10 de junio de 2011 prevaleció en el ordenamiento mexicano.

Palabras clave: Derechos Humanos; Derecho procesal

Nos encontramos en un nuevo paradigma constitucional en México, el origen es el reciente artículo primero de nuestra constitución que incorpora los Derechos Humanos, atrás quedó el modelo de garantías individuales que desde el 5 de febrero de 1917 y hasta antes del 10 de junio de 2011 prevaleció en el ordenamiento mexicano.

La constitucionalización de los Derechos Humanos prevé la obligación de todas las autoridades de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad lo cual nos indica un claro mandato de actuar en total sintonía de respeto a los mismos, partiendo de la dignidad de la persona, pasando por los derechos políticos, económicos, sociales y culturales que propicien el desarrollo individual y colectivo logrando un Estado de bienestar.

Es el caso Radilla Pacheco vs México de noviembre del 2009 de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos el que concentró la atención, análisis y estudio de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la eficacia de la convención interamericana de los Derechos Humanos en el estado mexicano, se reconoció tal como cita el artículo segundo de dicha convención, la obligatoriedad de los jueces de los países firmantes, a someterse a ella, obligándoles a velar por el cumplimiento de sus disposiciones, y de ninguna manera consentir que se apliquen leyes contrarias a tales mandamientos, por lo que consecuentemente deberán atender los jueces de los países firmantes la interpretación que de la convención haga la corte interamericana de los Derechos Humanos.

El llamado control de convencionalidad se llevará a cabo por los jueces mexicanos quienes para resolver los casos concretos aplicarán la norma jurídica interna vigilando en todo momento que no contravenga con el también llamado pacto de San José, -firmado en San José de Costa Rica en noviembre de 1969 vigente desde julio de 1978- y desde luego se deberá observar en todo momento las interpretaciones que de él hace la Corte Interamericana de los Derechos Humanos.

También se incorporan al artículo primero constitucional dos novedosos principios que serán trascendentales para la cultura jurídica del país: El principio de interpretación conforme y el principio pro homine. El primero de ellos establece al juzgador la obligación de interpretar la ley conforme a la propia constitución y a los tratados internacionales, que en materia de Derechos Humanos han sido firmados y ratificados por México, colocando a éstos últimos como parte del derecho fundamental.

Por su parte el principio pro homine implica que siempre debe llevarse a cabo la interpretación que sea de mayor beneficio para la persona, es decir, se debe acudir a la norma o a la interpretación más extensiva cuando se trata de derechos protegidos y por el contrario a la norma o a la interpretación más restringida cuando se trata de establecer límites a su ejercicio.

Por otra parte, se establece que el Estado responderá directamente por la prevención, investigación, sanción y reparación de las violaciones a los Derechos Humanos, esto significa que se debe modificar la actuación de toda la estructura gubernamental, ya sea del municipio, del estado o de la federación, así como de los tres poderes de gobierno: ejecutivo, legislativo y judicial, todos ellos en su cotidiana actuación deben incorporar la premisa de respeto irrestricto a los Derechos Humanos.

La Prevención debe lograr una nueva cultura de los Derechos Humanos, necesitamos formarnos y prepararnos para actuar con tolerancia, inclusión, respeto por el otro y por nuestro medio ambiente en general, debemos romper los viejos esquemas individualistas que nos hacen interpretar un mundo sesgado para abrir paso a un reconocimiento de la sociedad global que nos invita a interesarnos por todo aquello que significa vivir mejor, personal y colectivamente.

Es necesario involucrarnos todos, dentro y fuera de la familia, propugnar por el pleno respeto a los Derechos Humanos, pero no solo los esenciales derechos civiles y políticos que fueron promulgados por la asamblea francesa en agosto de 1978 en la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, sino también por los Derechos económicos, sociales y culturales.

En el mismo sentido la Investigación sobre los Derechos Humanos es fundamental para conocer el origen e incidir en las consecuencias de las violaciones a los Derechos Humanos, procurando mediante políticas públicas la inclusión de los grupos vulnerables que les permita mejorar su condición social.

En cuanto a la sanción, es necesaria dentro del marco de legalidad para dar certeza jurídica a los ciudadanos que esperan una respuesta sólida y contundente a tantos hechos tan lastimosos que padece la sociedad, evitando con ello su reiteración.

La Reparación del daño es importantísima ya que al reconocer el Estado su responsabilidad por acción u omisión de la violación de Derechos Humanos recupera la confianza del ciudadano en el Estado Social y Democrático de Derecho, de ésta manera van surgiendo los casos de litigio estratégico que hacen plena la exigibilidad y justiciabilidad de los Derechos Humanos en México.

Todo lo cual nos hace pensar que estamos en una nueva época en México, frente a un cambio jurídico que deberá subsumirse en lo social y cultural para encontrar su esencia.

Verano 2016. Directora-Editora.

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