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Revista mexicana de opinión pública

versión On-line ISSN 2448-4911versión impresa ISSN 1870-7300

Rev. mex. opinión pública  no.15 Ciudad de México jul./dic. 2013  Epub 06-Ago-2021

 

Artículos

Regresión o avance democrático en México. Construcción ciudadana

Regression or Democratic Progress in Mexico. Citizen Building

María Magdalena Alanís Herrera1 

1Consejera Electoral del IEPC de Durango. mmah1469@hotmail.com


Resumen

Democracia y ciudadanía son temas que se preceden uno al otro, teniendo como referente la necesidad de una participación activa del pueblo para el ejercicio del poder.

No obstante, Sergio Tamayo señala que no toda la participación es igual ni en sus mecanismos ni en sus procesos. Depende mucho del modelo de ciudadanía y de la cultura política del país, del contexto sociohistórico en el que se presentan las diversas formas de acción e institucionalización, del conjunto de actores sociales y políticos que se enfrentan entre sí como adversarios, y del grado de profundización de los conflictos.1

De tal forma que es importante realizar un análisis acerca de la trayectoria en materia de democracia que permita dilucidar qué tan sólida es ésta, la calidad de los actores políticos, la calidad de la participación ciudadana y la construcción de una nueva ciudadanía, buscando la reivindicación del activismo político y la multiculturalidad. Ante todo, las elecciones colocan en el centro del debate público nuestra capacidad como sociedad para consolidar los avances democráticos logrados o estancarnos en luchas intestinas por espacios de poder -ante la incapacidad de nuestras instituciones políticas para contener las ambiciones propias de los políticos-, hacer valer la ley y responder a las demandas sociales de paz y justicia social. Queda plasmado que la democracia se consolida sólo si los actores deciden jugar y respetar sus reglas básicas, para dar pasos firmes hacia la meta superior que es lograr gobiernos no sólo legítimos sino eficientes.

Palabras clave: Democracia; actores políticos; participación ciudadana; cultura política; construcción ciudadana

Abstract

Democracy and citizenship are issues that precede each other. Taking as reference the need for active participation of the people for the execution of power.

However Sergio Tamayo said, not all is equal participation or its mechanisms or processes. Much depends on the model of citizenship and political culture, socio-historical context in which are the various forms of action and institutionalization of all social and political actors facing each other as adversaries, and the degree of deepening conflicts.

Thereby it is important to analyze the trajectory on democracy that allows elucidate how solid is our democracy, the quality of political actors, the quality of citizen participation and the construction of a new citizenship; seeking to claim political activism and multiculturalism.

First of all, the elections placed at the center of public debate our ability as a society to consolidate the democratic advances made or stagnate in struggles for positions of power at the inability of our political institutions to contain the ambitions of politicians themselves, enforce law and respond to social demands of peace and social justice.

Being captured that democracy is consolidated only if the actors decide to play and respect the rules, to take firm steps towards the goal which is to achieve superior governments not only legitimate but efficient.

Keywords: Democracy; political actors; civil participation; political culture; civil construction

Introducción

Bajo el tamiz de la experiencia y en la búsqueda del perfeccionamiento de la democracia, tal y como lo dispone el artículo tercero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es importante realizar una reflexión acerca del camino andado en materia de democracia; analizar las diversas interpretaciones que se le han dado a la transición en dicha materia, el papel que ha desempeñado la competencia electoral, las reformas significativas en la materia, las fortalezas y debilidades de nuestro sistema, el ciudadano como piedra angular en el edificio democrático, la construcción de una nueva ciudadanía como asignatura pendiente. Para ello utilizaré una metodología dogmática debido al constructivo sistema de interpretación jurídica, que permite aplicar el sistema a casos particulares. No obstante, la polémica politización en México tiene un matiz teórico-jurídico que muestra un grado de universalidad, adherencia, uniformidad, especificación y persistencia originada a través de décadas. La metodología exploratoria está motivada por el an para el avance democrático, es evidente álisis de técnicas estadísticas y el funcionamiento de los instrumentos de observación electoral, lo que le permite instalar un verosímil esquema del retroceso o avance democrático. La metodología proyectiva la utilizaré con el objetivo de instaurar propuestas, a partir del diagnóstico específico de las exigencias sociales, pues elabora y analiza estrategias, la primera de ellas, el perfeccionamiento del pluralismo político-electoral a través de las diversas reformas constitucionales originadas durante tres décadas; otra de las estrategias se dirige a las regiones geográficas con una considerable marginación democrática, en donde la propuesta prevalece en la promoción y fomento del voto. La metodología propositiva tiene como objetivo fundamental solucionar la interrogante y permitir identificar la existencia de un avance o retroceso en materia de democracia en México.

Partimos de la idea de que un sistema electoral no se puede catalogar de perfecto; el nuestro no lo es, pero es perfectible. Cada experiencia en comicios ha representado una oportunidad para avanzar en esta materia. Todo lo avanzado y construido es corresponsabilidad, tanto de los partidos políticos que hoy gobiernan, como de los ciudadanos que hemos elegido. Así, se puede afirmar que el sistema electoral mexicano aún no es a prueba de fallas, hay mucha tarea pendiente en materia de legislación, cuyo fin es que se logre una verdadera percepción de libertad y justicia en las elecciones. Sin embargo, no puede hablarse de que nuestro país esté en medio de un retroceso democrático, en un sistema en donde hay tareas pendientes por hacer y legislación que perfeccionar. Por ello, la formación del ciudadano es, sin duda, una de las metas más importantes y prioritarias de las agendas político-educativas contemporáneas.

El modelo imperante del derecho al voto de los mexicanos que residen en cualquier parte del mundo no garantiza un modelo favorable para el avance democrático. Es evidente que es una reforma benéfica para el país. Sin embargo, requiere un compromiso sustancial tangible.

La supervivencia de las instituciones y las condiciones de gobernabilidad, pero sobre todo de legitimidad, dependen de las acciones ético-educativas que se encaren a efectos de capacitar a cada ciudadano para la práctica responsable, racional y autónoma de su ciudadanía; en este sentido, la construcción de una ciudadanía crítica y participativa parece ser la clave para resolver la diversidad de conflictos emergentes que reflejan la profunda crisis que afecta actualmente a este régimen: desigualdades, exclusiones y discriminaciones, en algunos casos; corrupción política, apatía y escepticismo cívico, en otros.

El tema presenta varias aristas y merece ser abordado con el fin de tender los puentes necesarios que permitan transitar sobre caminos de mayor certeza. Las propuestas resultan interesantes en relación con la construcción ciudadana. A nivel teórico, este proceso es abstracto ya que la ciudadanía no extenúa su dimensión política, al contrario, se acepta la existencia de diferentes niveles totalmente discernibles -los cuales subsisten de manera latente o explícita- y que parten de los antecedentes demócratas del país y buscan la reivindicación del activismo político y la multiculturalidad.

Las elecciones del 2006 y las elecciones del año en curso han significado una dura prueba para la solidez de las instituciones electorales que emergieron de la reforma de 1996, precedida por la de 1946, cuando el gobierno de Manuel Ávila Camacho creó una ley electoral que estableció los requisitos para el registro de los partidos nacionales. Durante el gobierno de Adolfo Ruiz Cortines, se reformó la Constitución para establecer el derecho al voto femenino; un año después se elaboró la ley electoral de 1954, que estableció un mínimo de afiliaciones para la obtención del registro.2

Estos lineamientos desincentivaron en algún sentido la innovación jurídica electoral pues ésta incluyó entre sus nuevos lineamientos la obligación de todos los estados de establecer reglas para garantizar la igualdad, legalidad y transparencia de los procesos electorales estatales y, a la vez, normas no contrapuestas a las federales. El impacto de esta modificación fue sustantivo pues, a partir de 1996, todos los estados iniciaron una serie de reformas electorales para compatibilizar las normas estatales con las federales, así como para buscar nuevos arreglos institucionales que les permitieran encontrar el punto medio entre el estándar normativo federal y las necesidades y condiciones políticas locales.

Con ella se pone de manifiesto la fuerte polarización política y particularmente partidista e ideológica que existe en el país. Ante todo, esta elección coloca en el centro del debate público nuestra capacidad como sociedad para consolidar los avances democráticos logrados o estancarnos en luchas intestinas por espacios de poder -ante la incapacidad de nuestras instituciones políticas para contener las ambiciones propias de los políticos-, hacer valer la ley y responder a las demandas sociales de paz y justicia social.

Pese a las dudas que la coyuntura actual ha sembrado, la evidencia presentada muestra que en México la democracia se dio por la vía electoral, lo que permitió el fortalecimiento paulatino de los partidos políticos que, poco a poco, fueron capaces de negociar reformas electorales verdaderamente significativas.

Reformas que significaron un adelanto en la democracia política en México

Las reformas constitucionales y electorales durante el periodo comprendido desde 1977 hasta antes del 2007

De 1977 a 1994 se vivió una etapa de reformas electorales, este periodo se caracterizó por un proceso político-electoral llamado “tercera ola”;3 de esta forma, el 6 de diciembre de 1977 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, un decreto mediante el cual se reformaron varias disposiciones de la Constitución federal. De esta manera, es clara la intención en el problema electoral: por primera vez en la historia existió flexibilidad política y voluntad en el Ejecutivo para diseñar una reforma electoral que incluyera a todas las fuerzas políticas en el proyecto nacional. En ese mismo año, el sistema electoral de partido hegemónico fue sustituido por un sistema plural de partido.4

Su contenido fundamental consistía en que se le agregaban varios párrafos al artículo 41 constitucional, con lo cual se elevaba al rango de instituciones constitucionales a los partidos políticos, para ser institutos políticos, investidos con características específicas.

Esta reforma significó el arribo definitivo de los partidos políticos al plano institucional de nuestro país y, con ello, se dio acceso a la creación de partidos políticos, lo cual no fue muy fácil al principio.

No obstante, la reforma permitió que desapareciera el sistema de diputados de partido que se implementaba con anterioridad, así, el Congreso de la Unión sufrió una gran transformación.

Reformas a la ley electoral de 1986

En 1986, se introdujo el principio de la representación proporcional, de tal forma que las minorías podrían acceder a 150 curules de la Cámara de Diputados, mientras que a la par se estableció que ningún partido podía tener más de 350 diputados.

Se desarrollaron reformas electorales que complementaron las de los años anteriores, siguiendo la tarea de creación incipiente de las instituciones electorales. De esta forma, se reformaron e introdujeron los aspectos siguientes:

La organización de las elecciones federales y los órganos encargados y sus principios rectores.

  1. Creación del Instituto Federal Electoral.

  2. Elección de diputados y representantes a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.

  3. Calificación electoral e integración de los colegios.

  4. Introducción de disposiciones en materia de lo contencioso electoral.

Posteriormente, se realizó otra reforma, que contempló los siguientes temas:

  1. Financiamiento a los partidos políticos.

  2. Supresión de la cláusula de gobernabilidad.

  3. Nueva integración del Senado de la República.

  4. Establecimiento del Tribunal Federal Electoral.

Situados en el marco político, incluso jurídico, estas series de reformas se tradujeron como resultado de la serie de impugnaciones realizadas por los partidos, quienes declaraban que incorporaron modificaciones sustanciales. Al final, la propuestas introdujeron un cambio importante, económica, social y democráticamente.

Las reformas electorales dentro del periodo comprendido de 1989 a 1996

Se ha estimado que otra etapa importante de reformas electorales que se ha dado en nuestro país se ubica en el periodo comprendido de 1989 a 1996, cuando se lograron los mejores avances, toda vez que se “transformó de raíz las instituciones que conforman el sistema electoral mexicano”;5 en esta etapa pueden distinguirse tres fases:

  1. En 1994 se alcanzó la ciudadanización del Instituto Federal Electoral y se implementó un sistema de medios de impugnación para asegurar la legalidad de todos los actos que se realizaran en el proceso electoral;

  2. En 1996, la reforma tuvo como ejes principales la autonomía constitucional otorgada al Instituto Federal Electoral y la creación del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, definido como máxima autoridad en materia electoral, con excepción de lo dispuesto en la fracción II del artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

  3. Elección popular en el Distrito Federal.

  4. Extensión de la reforma al resto de los estados de la República.

A esta etapa de reformas pertenecen: la que estableció el principio de equidad de género en las candidaturas y la que reglamentó el derecho de voto de los ciudadanos mexicanos residentes en el extranjero.6

Las elecciones a partir de 1997 significaron un gran salto adelante en la democracia política en México. Después de muchos años, el partido del gobierno perdió la mayoría absoluta en la Cámara de Diputados, generándose una situación de poder compartido o de gobierno dividido en donde el Ejecutivo no tenía la posibilidad de procesar sus propuestas electorales de manera expedita, ya que la mayoría se encontraba en manos de los partidos opositores. Así, en el año 2000, el Partido Revolucionario Institucional, que ocupó el poder durante un periodo de 70 años, perdió la presidencia de México. Con ello se consumó la alternancia y la transición política en México.

La reforma constitucional y electoral de 2007

La reforma electoral de 2007

En el mes de septiembre de 2007, las cámaras del Congreso de la Unión aprobaron diversas reformas a nueve artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,7 dando paso a la que se ha considerado una “tercera etapa de reformas electorales.8

Con la consideración de que “la tercera generación de reformas electorales debía dar respuesta a los dos grandes problemas que enfrenta la democracia mexicana: el dinero, y el uso y abuso de los medios de comunicación”, y de que “para enfrentar esos retos es necesario fortalecer las instituciones electorales”,9 esta tercera generación de reformas electorales se dio en los siguientes tres ejes:

  1. Disminuir en forma significativa el gasto de campañas electorales.

  2. Fortalecer las atribuciones y facultades de las autoridades electorales federales.

  3. Diseñar un nuevo modelo de comunicación entre la sociedad y partidos.10

Las reformas al artículo 41 constitucional

La reforma a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, aprobada por ambas Cámaras del Congreso de la Unión, modificó nueve artículos de la Carta Constitucional; las que competen al artículo 41 fueron las siguientes:

  • a) Sistema de partidos

    • Se da sustento constitucional al registro legal de partidos políticos nacionales ante la autoridad electoral.

    • Se otorga facultad exclusiva a los partidos políticos para solicitar el registro de candidatos a cargos de elección popular.

  • Existe una autonomía partidista, que comprende dos aspectos: el primero, la responsabilidad y el compromiso ante la autoridad electoral, pues de una u otra forma este órgano electoral vigila y sanciona a los partidos; el segundo aspecto recae en la organización interna y en la modificación o adecuación de los estatutos internos con el fin de dirimir controversias.

  • b) Financiamiento público y privado de partidos políticos

    • El financiamiento público anual para actividades ordinarias se calculará con base en dos factores: a) el número total de ciudadanos inscritos en el Padrón Electoral, y b) el 65% del salario mínimo general vigente en el Distrito Federal.

    • El financiamiento público para campañas electorales será igual al 50% del monto para actividades ordinarias, cuando se elijan presidente de los Estados Unidos Mexicanos, diputados y senadores al Congreso de la Unión; será igual al 30% cuando sólo se elijan diputados federales.

    • El financiamiento público para actividades específicas será igual al 3% del monto total destinado a actividades ordinarias.

  • c) Topes de gastos de precampañas y de campañas electorales

    • Establece límites a las erogaciones en los procesos de selección interna de candidatos a cargos de elección popular y en las campañas electorales.

    • Fija un monto máximo a las aportaciones de simpatizantes; no más del 10% del tope de gastos de la última campaña presidencial.

  • Es importante recordar que la cúspide del financiamiento para los partidos políticos se sitúa en los años setenta y poco se ha avanzado, incluso el país se encuentra en desventaja al adoptar esta particularidad, dadas las diversas controversias de financiamientos privados y, en diversas ocasiones, la entrada de dinero sucio a las campañas. Estos complejos aspectos dan las pautas para elaborar una estructura anticorrupción.

  • d) Liquidación de obligaciones y bienes de los partidos políticos

    • Regulación de liquidación de obligaciones y adjudicación a la Federación de los bienes de un partido político cuando pierda su registro.

  • e) Acceso a los medios de comunicación social

    • Crea un nuevo modelo de comunicación social que da derecho a los partidos políticos al uso permanente de los medios de comunicación social.

    • El Instituto Federal Electoral será autoridad única para la administración del tiempo que corresponda al Estado en radio y televisión, destinado a sus propios fines y al ejercicio del derecho de los partidos políticos nacionales a su acceso y uso.

    • Se establecen bases de distribución de tiempo para cada partido político y horarios de transmisión en tiempos de campaña (se contará con 48 minutos cada día).

    • El tiempo establecido como derecho de los partidos políticos (85% del tiempo disponible) se distribuye entre ellos siguiendo la regla de 30% repartido en forma igualitaria y el 70% restante conforme a los resultados de la última elección de diputados.

    • Fuera de los tiempos de campaña, se asignará al Instituto Federal Electoral el 12% del tiempo que el Estado disponga en radio y televisión; de este tiempo, el 50% se distribuirá de forma igualitaria entre los partidos políticos.

    • Se prohíbe a los partidos políticos contratar o adquirir tiempos en radio y televisión.

    • Ninguna persona pública o privada podrá contratar propaganda política en radio y televisión dirigida a favor o en contra de determinado candidato o partido

    • Quedan prohibidas en territorio nacional las transmisiones del tipo referido, que hubieren sido contratadas en el extranjero.

    • Para fines electorales en las entidades federativas, el Instituto Federal Electoral administrará los tiempos del Estado en radio y televisión en estaciones de cobertura local.

    • El Instituto Federal Electoral tendrá facultades para, si es el caso, cubrir el tiempo faltante en radio y televisión.

    • Queda prohibida la propaganda que denigre a las instituciones y a los partidos políticos o que calumnie a las personas.

    • Ordena suspender la difusión de propaganda gubernamental durante los tiempos de campañas electorales, federales o locales, de los partidos políticos, excepto las campañas informativas de autoridades electorales, servicios educativos y de salud, y los necesarios para la protección civil en caso de emergencia.

    • El Instituto Federal Electoral tendrá facultad para sancionar mediante procedimientos expeditos, las infracciones a las anteriores reglas.

  • f) Precampañas y campañas electorales

    • Sienta la base constitucional para que la ley de la materia establezca los plazos para la selección interna y postulación de candidatos a cargos de elección popular por parte de los partidos políticos, así como las reglas para las precampañas y las campañas electorales.

    • Queda establecido que las precampañas no podrán tener una duración que exceda las dos terceras partes del tiempo establecido para las campañas electorales.

    • En el año en que se elija presidente de la República, diputados y senadores, las campañas electorales tendrán una duración de 90 días; cuando sólo se elijan diputados, la duración de las campañas será de 60 días.

  • Con estas reformas, los partidos políticos tendrán derecho al uso, de manera permanente, de los medios de comunicación social, pero en ningún momento se podrán contratar tiempos en radio y televisión. Esto, de alguna manera, genera una mejor estrategia para comunicar a los electores información y evitar conflictos electorales innecesarios, promoviendo una cultura democrática.

  • g) Contraloría interna del Instituto Federal Electoral

    • Se crea una contraloría interna del IFE, que tendrá a su cargo, con autonomía técnica y de gestión, la fiscalización de todos los ingresos y egresos del Instituto.

    • Su titular será nombrado por la Cámara de Diputados, de entre las propuestas que presenten instituciones públicas de educación superior.

  • h) Consejo General del Instituto Federal Electoral

    • El consejero presidente del Consejo General del IFE durará en su encargo seis años, pudiendo ser reelecto por una sola vez.

    • Los consejeros electorales durarán en su encargo nueve años, serán renovados en forma escalonada y no podrán ser reelectos.

    • Uno y otros serán electos por el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes de la Cámara de Diputados, a propuesta de los grupos parlamentarios, previa realización de una amplia consulta a la sociedad.

    • Dentro de los dos años siguientes a la fecha de su retiro, no podrán ocupar cargos en los poderes públicos en cuya elección hayan participado.

  • i) Órgano de fiscalización de las finanzas de los partidos políticos

    • Se crea un órgano de fiscalización de las finanzas de los partidos políticos, como un órgano técnico del Consejo General del IFE, con autonomía de gestión.

    • Este órgano, en el cumplimiento de sus atribuciones, no estará limitado por los secretos bancario, fiduciario y fiscal.

    • Este órgano será el conducto para que las autoridades de los estados puedan superar las limitaciones referidas.

  • j) El Instituto Federal Electoral en procesos electorales locales

    • El Instituto Federal Electoral, mediante convenio con las autoridades electorales de los estados que lo soliciten, organizará los procesos electorales locales, en los términos de la legislación aplicable.

Reformas al artículo 99

En lo que respecta al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, la reforma consistió en lo siguiente:

  • Se otorga permanencia a las salas regionales del Tribunal Electoral.

  • La competencia de las salas del Tribunal Electoral para declarar la nulidad de una elección, se circunscribe sólo a las causales que expresamente establezcan las leyes.

  • Para que el Tribunal Electoral conozca de impugnaciones de ciudadanos que consideren afectados sus derechos político-electorales por el partido político al que pertenezcan, deberán agotar previamente las instancias partidistas.

  • Faculta al Tribunal Electoral a emplear los medios de apremio necesarios para hacer cumplir sus sentencias y resoluciones.

  • El Tribunal Electoral podrá resolver la no aplicación de leyes electorales contrarias a la Constitución, limitando la sentencia al caso concreto sobre el que verse el juicio, debiendo dar vista a la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

  • La sala superior del Tribunal Electoral, a petición de parte o de alguna de las salas regionales, podrá atraer de oficio, los juicios que conozcan éstas.

  • La renovación de los magistrados que integren las salas superior y regionales, será escalonada.

  • Se unifica el periodo de encargo de los Magistrados electorales de las salas superior y regionales en nueve años.

Reforma al artículo 116 constitucional

Esta reforma se creó para los procesos electorales de las entidades federativas.

  • Prohíbe la afiliación corporativa en la formación de partidos políticos, e instituye que se reconozca a los partidos políticos el derecho exclusivo para solicitar el registro de candidatos a cargos de elección popular, con excepción de lo dispuesto en el artículo 2 apartado “A”, fracciones III y VII de la Constitución.

  • Que se establezca un procedimiento para la liquidación de los partidos políticos que pierdan su registro y el destino de sus bienes y remanentes.

  • Que los partidos políticos accedan a la radio y la televisión en los términos del artículo 41, apartado “B”, base III.

  • Que se establezcan bases de coordinación entre el Instituto Federal Electoral y las autoridades electorales locales en materia de fiscalización de finanzas de los partidos políticos.

  • Que se fijen las causales de nulidad de las elecciones de gobernador, diputados locales y ayuntamientos.

Reformas al artículo 122 constitucional

Este artículo constitucional fue reformado en lo concerniente a los procesos electorales del Distrito Federal, por lo que quedó establecida la adecuación para que lo dispuesto en la fracción IV del artículo 116 constitucional, respecto de los estados de la Federación, fuese aplicable, en lo conducente, a los procesos electorales del Distrito Federal.

Reformas al artículo 134 constitucional

El artículo 134 fue reformado en el aspecto de la imparcialidad de servidores públicos, mediante lo cual quedo establecido lo siguiente:

  • Se dispone que la propaganda gubernamental de todo tipo y origen debe ser institucional, sin promover la imagen de los servidores públicos.

  • Se impone a los servidores públicos de los tres niveles de gobierno la obligación de aplicar con imparcialidad los recursos públicos sin influir en la equidad de la competencia entre los partidos políticos.

Analizadas en su conjunto y desde un punto de vista formal y un sentido democrático amplio, puede afirmarse que las reformas a la legislación en comento, fueron en pro de la democracia y en pos de un mejor desarrollo electoral, ajustándose a los principios rectores que deben asistir en materia electoral, señalados en el artículo 116, fracción IV, incisos b) y c) de nuestra Constitución. Esta establece que las constituciones y leyes locales deben garantizar que las autoridades administrativas y jurisdiccionales en la materia gocen de autonomía en su funcionamiento e independencia en sus decisiones, y que en el ejercicio de sus funciones son principios rectores los de certeza, imparcialidad, independencia, legalidad y objetividad. En la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación se han ido estableciendo los alcances de estos principios; mismos que en su momento fueron debidamente diseñados y aprobados por la mayoría de las fuerzas políticas.

Durante la primera prueba a la que se enfrentó esta legislación, es decir, en la elección intermedia de 2009, no se acusaron o señalaron mayores deficiencias, por lo que se consideró, en su momento, que tales reformas eran correctas y benéficas para el sistema político electoral.

La referida legislación también ha pasado la prueba mayor: la elección presidencial de 2012.

Aún es temprano para juzgar de forma objetiva el resultado de las referidas elecciones, existen muchas voces que señalan graves defectos en la legislación electoral vigente y urgen a reformas para sancionar conductas no previstas por la reforma de 2007. Sin embargo, el sistema resistió y fue debidamente sancionado y calificado como legal; no obstante, se vierten argumentos de diversas prácticas fraudulentas que marcan la legitimidad del ganador. Tal comportamiento, quizá no pueda ser subsanado a través de la implementación de legislación al respecto, sino tal vez, en el fortalecimiento de una cultura de la legalidad y civilidad política.

Fortalezas

Debido al importante número de población joven en México, se puede aplicar en el país un esquema ético y educativo, con la finalidad de establecer una cultura democrática, que genere un importante avance social, reconociendo a los jóvenes como agentes de cambio fundamentales en el desarrollo y fortalecimiento de la democracia.

  1. El país cuenta con una mayoría de estados con desarrollo democrático medio.

  2. Más de la mitad de las entidades federativas ha mejorado su puntuación con respecto a 2010.

  3. Hubo una mayor participación en los procesos electorales.

  4. Aunque la población indígena sigue siendo el grupo social con los índices de desarrollo humano y social más bajos del país, ha mejorado su situación con respecto a los datos del conteo 2005.

  5. En el Congreso, en la mayoría de las entidades, participa una cantidad ideal de partidos políticos. Si no existieran los efectos de la corrupción, esa composición facilitaría el cumplimiento de la agenda del Poder Ejecutivo, el logro de una razonable representación de la diversidad social y un reajuste para la gobernabilidad.

  6. Las políticas de empleo desarrolladas han permitido recuperar niveles perdidos por la crisis económica de 2008 y 2009.

Debilidades

Con el objetivo de identificar la problemática de la sociedad mexicana debida a la desigualdad, injusticia y marginación de los diversos estratos que incluso han migrado internamente dentro del país o comúnmente hacia el norte, mencionaré de manera general las principales causas de rezago democrático, mismas que se enumeran en sus diversos aspectos:

  1. Recesión democrática en México: la inseguridad es el tema que se ubica en el centro del debate de la política pública, como consecuencia del creciente clima de violencia que afecta profundamente a varios estados y amenaza con extenderse a todo el territorio nacional.

  2. Las mujeres en el poder siguen siendo más una excepción que una regla, pese a los avances de los últimos años en cuanto a la presencia femenina en esferas del poder público. Aparecen emblemáticos ejemplos de utilización electoral de las mujeres para cumplir con las cuotas de ley, con posterior desplazamiento de las mismas.

  3. En muchas de las entidades federativas debemos hablar de rezago en salud y educación, mismo que constituye el verdadero déficit de la democracia, porque debajo de un cierto umbral se anulan las condiciones necesarias para el desenvolvimiento democrático.

  4. Con base en el estudio anterior, que puede servir como uno de muchos parámetros en la materia, se puede afirmar que en nuestro país aún existen asignaturas pendientes. Sin embargo, ello no significa que las últimas reformas al sistema electoral de 2007, o en general el conjunto del sistema político electoral, hayan desmejorado o que se haya presentado un retroceso en materia electoral.

Y dentro de esas asignaturas pendientes se encuentra, sin duda alguna, la construcción de una nueva ciudadanía que no sólo ejerza su derecho al voto sino que sea partícipe del ejercicio del poder público.

Construcción ciudadana

La ley pretende universalizar derechos y obligaciones y normar, en este caso, la vida política. Esa igualdad ante la ley -que trasciende las diferencias de riqueza, propiedad, sexo, religión, ideología- rompe privilegios estamentales y corporativos de las sociedades premodernas y democráticas, construyendo esa figura conocida por todos llamada ciudadanía, pero con elementos que deben adherírsele hasta fortalecerla aún más, y tener un basamento a partir del cual se pueda construir un entramado democrático soportado por hombres y mujeres con capacidad de discernir racionalmente entre las ofertas que se les presentan, que puedan contribuir con su opinión a la toma de acuerdos, que puedan agruparse para participar en los asuntos públicos y que como individuos den seguimiento puntual a sus representantes. La familiaridad que esta palabra ha adquirido hace pensar que esta figura ya está consolidada. Sin embargo, queda mucho por hacer en la construcción ciudadana, pues es una pieza fundamental que se engarza con un régimen democrático.

El ciudadano es la piedra angular del edificio democrático, tiene una serie de derechos y obligaciones: derechos civiles, políticos y sociales. Esto confirma que la soberanía reside en el conjunto de los ciudadanos, y que la fuente de todo poder político emana de la voluntad popular. Y de esta voluntad popular surgen las normas y las instituciones que al mismo tiempo modulan las fórmulas de expresión de esa soberanía popular como característica nodal de todo régimen democrático.

Por ello, y tal como Dewey lo ha planteado, es imposible pensar en una sociedad democrática, justa y solidaria sin una educación amplia e igualitaria que pueda imprimir en cada uno de sus miembros el carácter de una auténtica ciudadanía. Pero, la relación entre democracia y educación que postula Dewey sigue interpelándonos como un ideal. Su concepción de una democracia participativa, abierta e inclusiva, así como de una educación entendida como la provisión de igualdad de oportunidades para el pleno desarrollo de las potencialidades y la justa apropiación de los bienes materiales y culturales de una sociedad, se recupera y refleja en los reclamos de quienes luchan por quebrar el carácter conservador y exclusor de las democracias contemporáneas.11

Se plantea, pues, la necesidad de pensar en un nuevo sujeto ciudadano, para lo cual se hace imprescindible mirar primero hacia el pasado a fin de reconocer las concepciones que se gestaron históricamente y hoy lo sostienen; discriminar los valores, representaciones y estereotipos implicados en estas concepciones y en el conjunto de prácticas sociales que en ellas se fundan, y valorar el papel que le asiste a la escuela en esta conformación. Esta mirada retrospectiva puede ayudar a tomar conciencia y a posicionarse mejor frente a la realidad que se quiere interpretar y transformar para, a partir de este análisis, poder reconfigurar los supuestos y las bases normativas de la construcción de la ciudadanía del siglo XXI.

Fuente: www.ife.org.mx, Proceso electoral federal 2005-2006 y resultados electorales.

Gráfica 1 Porcentaje de participación electoral en elecciones federales (1991-2006) 

Esta gráfica esclarece la irregularidad de la participación social de los últimos 20 años. Cabe destacar que México dio importantes pasos en las libertades civiles y políticas, e inició procesos de reforma en materia electoral, lo que incluye la modernización de las instituciones y leyes.

En disparidad, persisten la desconfianza ciudadana en los procesos electorales y en las instituciones gubernamentales -reflejada en la disminución de la participación política- la acentuada desigualdad económica, social y regional, aunando la corrupción y un clima de inseguridad que en la actualidad constituyen enormes obstáculos para el avance de la democracia en el país.

¿Qué son las competencias ciudadanas?

Son el conjunto de habilidades cognitivas, emocionales y comunicativas, conocimientos y actitudes que, articulados entre sí, hacen posible que el ciudadano actúe de manera constructiva en la sociedad democrática. Las competencias ciudadanas permiten que los ciudadanos respeten y defiendan los derechos humanos, contribuyan activamente a la convivencia pacífica, participen responsable y constructivamente en los procesos democráticos y respeten y valoren la pluralidad y las diferencias, tanto en su entorno cercano (familia, amigos, aula, institución escolar), como en su comunidad, país o a nivel internacional. En resumen, las competencias ciudadanas se refieren a saber interactuar en una sociedad democrática.

Conclusiones

No puede existir un sistema electoral que se pueda catalogar de perfecto, el nuestro no lo es, pero es perfectible. Cada experiencia en comicios ha representado una oportunidad para avanzar en esta materia, ya que desde el año de 1997 no ha existido en el Congreso de la Unión una fuerza política con mayoría absoluta, capaz de reformar la Constitución y con ello las cuestiones electorales. En ese entendido, tenemos que desde esa fecha, todas las reformas en materia de comicios han sido aprobadas por mayoría calificada, integrada por más de una fuerza política.

Se puede afirmar que el sistema electoral mexicano aún no es a prueba de fallas. Hay mucha tarea pendiente en materia de legislación, con el fin de que se logre una verdadera percepción de libertad y justicia en las elecciones, lo que abonaría con ello al fortalecimiento de la legitimidad de los gobernantes elegidos. Este último punto es el que mayor vulnerabilidad ha mostrado, ya que a pesar de que, legal y formalmente, las elecciones desde el año 2002 han sido calificadas legalmente como válidas, esta calificación legal e institucional ha tenido que convivir con la descalificación por parte de la sociedad, que ha señalado al sistema electoral como injusto e ilegal.

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2Rosendo Bolívar Meza, La construcción de la alternancia política en México, SEP/IPN, México, 2010, p. 20.

3Daniel Zovatto y J. Jesús Orozco Henríquez, Reforma política y electoral en América Latina 1978-2007, UNAM-IIJ, México, 2008, pp. 653-655.

4 José Salvador Carmona Hernández y Carlos Jiménez Solares, “La reforma electoral en México 1988-200, en un sistema de partidos competitivo” en Revista Científica Ra-Ximhai, Red Universidad Autónoma Indígena de México, México, vol. 2, 2006, p. 647.

5Ídem

6Ídem

7Ídem

8Ídem

9Ídem

10Dictamen de las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Gobernación de la Cámara de Diputados, con proyecto de Decreto que reforma los artículos 6, 41, 85, 9, 108, 116 y 122; adiciona el artículo 134 y se deroga un párrafo al artículo 97 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. http://gaceta/diputados.gob.mx/Gaceta/60/2007/sep/20070914-I.html. p. 2 (consulta: enero 12 de 2011).

11 John Dewey, Democracia y educación, Losada, Buenos Aires, 1953.

Recibido: 25 de Enero de 2013; Aprobado: 21 de Octubre de 2013

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