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Dilemas contemporáneos: educación, política y valores

versión On-line ISSN 2007-7890

Dilemas contemp. educ. política valores vol.8 no.3 Toluca de Lerdo may./ago. 2021  Epub 11-Jun-2021

https://doi.org/10.46377/dilemas.v8i3.2620 

Artículos

Implicaciones éticas de la videograbación en investigaciones sobre la práctica docente

Ethical implications of video recording in research on teaching practice

Alejandra Serrano Antúnez1 

Felipe Martínez Rizo2 

1Estudiante del Doctorado en Investigación Educativa de la Universidad Autónoma de Aguascalientes, México. Maestra en Investigación Educativa. Asistente de investigación en la Universidad Autónoma de Aguascalientes. Correo electrónico: alesaz@hotmail.com

2Licenciado en Ciencias Sociales. Investigador Honorario del Departamento de Educación de la Universidad Autónoma de Aguascalientes. México. Correo electrónico: felipemartinez.rizo@gmail.com


Resumen:

El artículo busca abordar algunas de las implicaciones éticas que se presentan al estudiar la práctica docente mediante el uso de las videograbaciones, principalmente cuando se involucra la imagen de alumnos menores de edad. La obtención de información en el campo educativo mediante la observación diferida no es una práctica novedosa, sin embargo, por su naturaleza, implica dilemas éticos que no siempre son considerados en el diseño de las investigaciones. Se vuelve importante por lo tanto considerar, además del anonimato y la confidencialidad, prácticas de protección, almacenamiento, transporte y destrucción de los materiales o evidencias.

Palabras claves: práctica docente; videograbación; ética

Abstract:

The article seeks to address some of the ethical implications that arise when studying teaching practice through the use of video recordings, mainly when the image of underage students is involved. Obtaining information in the educational field through deferred observation is not a new practice, however, by its nature, it involves ethical dilemmas that are not always considered in the design of research. Therefore, it becomes important to consider, in addition to anonymity and confidentiality, practices of protection, storage, transport and destruction of materials or evidence.

Key words: teaching practice; video recording; ethics

Introducción

La observación con fines de investigación, apoyada en tecnologías de videograbación es tan antigua como el surgimiento de dichas tecnologías; sin embargo, la mayor portabilidad, así como la calidad de la grabación, provocó que su uso aumentara rápidamente en la segunda mitad del siglo XX (Martínez-Rizo, 2020).

A su vez, las prácticas de investigación provocaron que se discutieran las implicaciones éticas de dichos trabajos, por lo que en 1974 se promulgó en Estados Unidos el Acta Nacional de Investigación, la cual, por primera vez, ofrecía protección legal a los participantes de las investigaciones médicas; esta ley propició la elaboración del informe Belmont “designando los principios comunes de autonomía, beneficencia y justicia como marco teórico para la ética en la investigación científica” (Hall, 2017, p.9).

Aunque los códigos y lineamientos suelen evocar a la investigación biomédica, la investigación en ciencias sociales también ha tenido un desarrollo importante en lineamientos éticos, ejemplo de ello son los códigos de la British Educational Research Association (BERA) y de la American Educational Research Association (AERA) que marcan las pautas y valores sobre las cuales los investigadores de la educación construyen su trabajo profesional y científico, y que por regir el trabajo de la investigación educativa, sirven de punto de partida para el presente documento.

Es importante señalar, que la obtención de datos mediante el uso de videograbaciones en el campo educativo no es una práctica novedosa; sin embargo, por su naturaleza, implica diversos dilemas éticos, como por ejemplo la pertinencia de obtener el consentimiento informado de todos los alumnos aun cuando el sujeto de estudio sea el docente; o las implicaciones que tiene el uso y almacenamiento del material digital; por lo tanto, el objetivo general de este trabajo consiste en analizar algunas de las implicaciones éticas de la obtención de información de las prácticas docentes mediante observación con registro en video.

Desarrollo

Estudio de las prácticas docentes

Para el estudio de las prácticas docentes en general, existen tres tipos de acercamientos, los cuales se describen a continuación a partir de la clasificación de Martínez-Rizo (2020). Un primer grupo corresponde a los acercamientos que se basan en la interrogación directa a los sujetos; con estas técnicas, la información se obtiene mediante cuestionamientos a cualquiera de los actores educativos, quienes, desde su percepción, brindan las respuestas al investigador. Se parte del supuesto de que el sujeto interrogado conoce la información que se le solicita y que además está dispuesto a proporcionarla comprendiendo de forma precisa las preguntas formuladas. Ejemplos de esto pueden ser las entrevistas y los cuestionarios.

Otro grupo de acercamientos y recolección de información para el estudio de las prácticas docentes corresponde a los que se basan en el análisis de productos como planes de clase, libretas de los alumnos, portafolios, diarios o exámenes. Al utilizar este acercamiento, los resultados no se ven afectados por la percepción del informante, o por el riesgo de obtener respuestas que el sujeto considere deseables, además, los documentos pueden ser revisados una y otra vez, incluso mediante protocolos diferentes.

Finalmente, se encuentran los acercamientos basados en la observación directa de la práctica docente, estos no se fundamentan en lo que pueda manifestar el informante, sino en la observación realizada por terceras personas sobre la práctica en el aula. La observación puede realizarse en el momento justo en que ocurre la actividad mediante protocolos o instrumentos de registro, o puede ser diferida, es decir, se registra la práctica en videograbación y posteriormente es analizada.

La observación diferida, mediante grabación de la práctica docente, es una actividad que se realiza cada vez con mayor frecuencia en las aulas y supone una ventaja respecto a la observación en vivo ya que “una misma grabación puede ser vista por distintos observadores, aplicando diferentes protocolos, y tantas veces como se quiera, sin interferencia o con una muy baja” (Martínez-Rizo, 2020, p. 167). Debido a estas ventajas, existen trabajos que tienen extensas videotecas pedagógicas, por ejemplo, el estudio que dio pie al libro titulado La práctica pedagógica videograbada (Loera, Hernández, Rangel y Sánchez, 2007) que cuenta con 436 lecciones grabadas.

Cualquiera de los tres acercamientos involucra cuidados éticos, aunque con magnitudes diferentes, pues los cuidados y decisiones deberán ir siempre en proporción al impacto posible en los informantes. De acuerdo con los objetivos de este trabajo, se desarrollan a continuación las implicaciones éticas que surgen cuando se trabaja con el acercamiento basado en observación, principalmente con registro en video, resaltando la importancia del cuidado ético en las investigaciones que involucra a menores de edad.

Consideraciones éticas hacia el docente

La investigación educativa debe ser un acto responsable con la obligación de una conducta moralmente correcta tal como señalan Buendía y Berrocal (2001), considerando que debe basarse en los principios de justicia y respeto, además de la optimización de beneficios.

El docente, como cualquier participante mayor de edad en una investigación, cuenta con las garantías que los códigos éticos internacionales le brindan, es decir, que se buscará siempre el respeto a su autonomía y privacidad (Buendía y Berrocal, 2001); además de que deberá ser tratado de forma justa, sensible y con dignidad (BERA, 2018).

Con el fin de garantizar que el docente no sea perjudicado por el desarrollo de la investigación, y se cumpla con las garantías éticas, se debe contar con el consentimiento informado, que es un principio ético básico de la investigación científica sobre poblaciones humanas (AERA, 2011).

Al obtener el consentimiento de los participantes, ya sea de manera oral, o por escrito, el investigador deberá especificar los objetivos de la investigación, así como los posibles riesgos que pueda enfrentar el sujeto; además, en el caso de que los informantes sean grabados, o fotografiados, esto deberá especificarse.

Consideraciones éticas hacia el alumno

La investigación con niños comprende todas aquellas investigaciones en las que se tenga la participación de menores de edad, no importa que su participación sea directa o indirecta (Graham, Powell, Taylor, Anderson, y Fitzgerald, 2013), por otro lado, el término de práctica docente hace referencia a todas las actividades y estrategias de planeación, enseñanza y evaluación que los maestros desarrollan con la finalidad de promover el aprendizaje de sus alumnos.

Por lo anterior, es imposible observar la práctica del maestro, dejando de lado las actividades y la interacción con los alumnos; por lo que, cualquier investigación que centre su interés en las actividades del docente, deberá también tomar en cuenta las consideraciones éticas necesarias respecto a los alumnos, principalmente si éstos son menores de edad, pues habrá que recordar que los códigos éticos también buscan proteger a los sujetos del impacto indirecto que las investigaciones causen en ellos.

En este mismo sentido, Graham y colaboradores (2013) señalan la importancia de llevar a cabo investigaciones éticas siempre que se trabaje con niños, independientemente del papel que ellos desempeñen o de la metodología o métodos empleados para recopilar, analizar y transmitir la información, todo esto con la finalidad de garantizar “el respeto de la dignidad humana de los niños, al igual que sus derechos y el bienestar en todo estudio de investigación, independientemente del contexto” (p. 2).

Dentro de una investigación, (utilice o no la videograbación como obtención de información) los niños requieren protección adicional, por lo que son sus tutores, los que deben dar su consentimiento para la participación; sin embargo, Hall (2014 y 2017) indica que también es apropiado pedir el consentimiento a los niños; aunado a esto, el investigador “es responsable de asegurar la vinculación voluntaria, así como su comprensión de la finalidad del estudio y las implicaciones que trae su participación en este” (Moscoso y Díaz, 2018, p. 5 ).

Por otro lado, aun cuando los informantes principales no sean los alumnos o no sean el objeto de estudio, tanto los menores participantes como sus padres tendrán derecho a ser de los primeros sujetos en conocer los resultados de la investigación (Moscoso y Díaz, 2018).

Además de lo anterior, es importante considerar que en el diseño de la investigación, con el mismo objetivo de resguardar la información de los sujetos, así como de cuidar la integridad y anonimato de los estudiantes, se deberá pensar también en el almacenamiento, transporte y destrucción de los materiales, razón por la cual, Moscoso y Díaz (2018) señalan que es importante evitar dar a los niños los materiales o las evidencias que se recolecten (en este caso los videos) pues el manejo inapropiado de dichas imágenes, pueden causar algún daño a ellos, a sus compañeros o al propio docente.

Implicaciones éticas en el uso de la videograbación

Con la aparición de los instrumentos de grabación, se favorecieron las prácticas de observación con análisis posterior pues la clase puede ser vista en otro momento y lugar, lo cual facilita la tarea del observador, además de que simultáneamente puede recolectarse la información de varios grupos, y ser revisada más adelante; sin embargo, al volverse una práctica cada vez más recurrente, era inevitable que surgieran dilemas éticos que con la observación directa en aula no se presentaba.

Noreña, Alcaraz-Moreno, Rojas y Rebolledo-Malpica (2012) mencionan algunas situaciones que pueden presentarse al emplear herramientas como videos o audios, por ejemplo, durante la grabación puede desarrollarse una situación delicada, o por el contrario, pueden tratarse temas irrelevantes o que nada tienen que ver con el objetivo de la investigación, en ambos casos, continuar con la grabación supondría un dilema. Los mismos autores manifiestan, que si se desea continuar con la grabación, sobre todo ante situaciones delicadas, antes de reportar los resultados deberá contarse con el consentimiento del informante.

Como se mencionó anteriormente, uno de los principales recursos que se sugieren en los códigos éticos, es el uso del consentimiento informado, Gilbert (2008) lo presenta como una cuestión de derechos humanos básicos, Noreña y colaboradores (2012) lo presentan bajo la ética Kantiana al considerar que los seres humanos deben ser tratados como un fin en sí mismos y no como un medio para obtener información, y Hall (2017) menciona que éste debe ser visto como un proceso y no como un formulario legal.

Sin duda, el consentimiento informado está destinado a proteger a todos los participantes de una investigación, lo cual no sólo incluye a los sujetos que brindan la información, sino al mismo investigador, pues cuenta con una evidencia de que los sujetos participan por decisión propia y conocen las implicaciones de su participación.

El consentimiento informado no es; sin embargo, un documento que pueda estandarizarse para todas las investigaciones, sino que debe adecuarse a situaciones particulares, por lo que en las investigaciones que requieren del uso de videograbaciones, deberán considerarse elementos particulares que queden plasmados en el acuerdo, por ejemplo, la garantía del cuidado que se tendrá para el uso de los videos, el traslado de dicho material, así como el almacenamiento en equipos a los que no se tenga un acceso público; en algunos casos, además deberá especificarse si las imágenes serán presentadas como evidencia en algún evento público, y finalmente, deberá especificarse también lo qué sucederá con el material una vez concluido el estudio.

El documento debe ser lo suficientemente detallado como para que el participante tenga plena conciencia sobre la naturaleza específica del proyecto, incluidos los posibles riesgos, además de especificar que son libres de optar por no participar en el estudio o retirarse en el momento en que lo deseen (Gilbert, 2008).

En el caso específico de la investigación, que implica la videograbación de los sujetos, esto deberá ser mencionado desde el principio, pues será importante que el docente tenga plena consciencia de las implicaciones y riesgos que existen, de igual manera, se le tiene que informar a todos los involucrados el empleo de dichos métodos, además del desarrollo de las actividades y el manejo de la información recolectada (Noreña et al., 2012).

Cuidados posteriores

Las responsabilidades éticas del investigador no concluyen cuando se entrega el informe de resultados o se presentan las conclusiones, pues como se sabe, el investigador sigue siendo responsable, indirectamente del uso que se le dé a los resultados de investigación, además, se deberán tomar decisiones importantes respecto al uso de la información recabada, incluso debe ser un elemento a considerar desde la planeación de la investigación, pues en el consentimiento informado deberá señalarse dicha situación.

La información obtenida, después de ser analizados los datos, suele presentarse en artículos y ponencias, en este caso, se cuidará siempre el anonimato de los sujetos, sin embargo, en las investigaciones que implican el uso de videograbaciones, se debe considerar si los videos serán mostrados en algún evento o incluso si el propio docente puede tener acceso a ellos, y si ese acceso consistirá únicamente en la observación del material en un entorno controlado o si puede disponer del material y almacenarlo por su cuenta.

También existirán dilemas sobre el uso de los videos para investigaciones posteriores, y de igual manera deberán considerarse desde la planeación para que los sujetos de investigación estén enterados de la determinación. Una de las opciones es que el material se archive para que pueda ser utilizado para otras investigaciones, en cuyo caso se recomienda que todos los investigadores que tengan acceso a los videos firmen una carta compromiso para seguir los principios de confidencialidad y anonimato de los participantes. Otra de las opciones respecto a las videograbaciones, es que la información sea destruida cuando los investigadores lo consideren pertinente (Moscoso y Díaz, 2018 y Noreña et al., 2012).

Conclusiones

A pesar de que la videograbación de la práctica docente con fines de investigación es cada vez más frecuente, no existen lineamientos puntuales ni exhaustivos sobre el tema, ni verdaderos cuidados o supervisión de las prácticas pues los códigos dedican muy poco espacio al tema. Por otro lado, la mayoría de las veces las disposiciones expuestas en los códigos de ética profesional son muy generales (Buendía y Berrocal, 2001).

Con el avance de la tecnología y el fácil acceso a los archivos digitales se vuelve preocupante la falta de lineamientos específicos al respecto, pues, cuando se trata de menores de edad, el empleo de su imagen puede significar graves riesgos a su integridad.

Para salvaguardar la integridad de los participantes en una investigación que emplea la videograbación como método de obtención de información, se puede recomendar que el material sea almacenado en archivos confidenciales, con acceso exclusivo para los investigadores (Noreña et al., 2012); por lo tanto, no podrán ser almacenados en dispositivos que estén conectados a la red, o en servidores con acceso público.

Ahora bien, como se mencionó anteriormente, sería recomendable que se solicite el consentimiento informado de todos los alumnos, o sus tutores, en caso de ser menores de edad cuando se realicen grabaciones en el aula; sin embargo, el investigador puede enfrentarse a la negativa de uno o varios sujetos, y esto pondría en riesgo el trabajo.

Según los lineamientos de la AERA (2011), se puede prescindir del consentimiento informado cuando no existe un riesgo mayor para los sujetos, siempre y cuando se tenga la aprobación de un comité; sin embargo, pueden tomarse otras medidas válidas como por ejemplo colocar el equipo de videograbación en un lugar que permita dejar a los alumnos que no dieron su consentimiento fuera de cuadro, pero no fuera de la actividad educativa.

En general, los artículos que hacen referencia al uso del video en las investigaciones coinciden en los mismos puntos que parecen ser los centrales; por ejemplo, en la importancia de cuidar los aspectos de confidencialidad y anonimato, además de destruir los materiales una vez concluido el trabajo; sin embargo, ésto representa también un dilema para los investigadores, ya que contar con videotecas cada vez más amplias pueden permitir el análisis de los datos desde diferentes perspectivas y con un alcance mayor. Por este motivo, sería importante revisar las disposiciones éticas sobre el almacenamiento y uso de las imágenes.

A partir de este trabajo, surgen nuevas inquietudes respecto al tema; por ejemplo, ¿hasta dónde llega la responsabilidad del investigador por el cuidado de la información obtenida mediante videograbaciones?; es decir, el investigador es responsable de esos videos, pero si su investigación es patrocinada por algún organismo, ¿debe entregar también los videos una vez que concluya su investigación? y ¿qué pasa si eso no fue considerado al inicio de la investigación, y por lo tanto, no se les informó a los sujetos? O sin ir más lejos, el propio docente observado y grabado, ¿es dueño de sus videos? ¿se le pueden proporcionar? En un inicio no habría problema, pues seguramente no los utilizaría para dañarse a sí mismo, pero no olvidemos que en esos videos hay imágenes de sus alumnos, imágenes que pudieran ser utilizadas consciente o inconscientemente para perjudicar a los alumnos; supongamos por ejemplo, que el docente, de buena fe, utiliza las grabaciones para mostrar a sus alumnos los avances que han tenido en el grupo, o el comportamiento que mostraron, o incluso para repetir una lección interesante, pero en esa grabación hay una imagen de alguno de los alumnos en una situación comprometedora, situación que en su momento había pasado desapercibida, pero que ahora, en el video se vuelve evidente para el grupo; si esa situación genera burlas e incomodidad, estará perjudicando al alumno. ¿es responsable de esto el investigador?

Evidentemente, el caso mostrado puede parecer extremista; sin embargo, de eso se trata el conocimiento de las implicaciones éticas en las investigaciones: de anticiparnos a todas las posibles situaciones que puedan dañar a los sujetos que participaron en nuestra investigación; ya que a pesar de la existencia de algunos comités, es alarmante ver que muchas de las investigaciones realizadas en el campo educativo carecen de un apartado que tome en cuenta las consideraciones éticas. Por ello, como menciona Gilbert (2008), para garantizar la conducta ética en la investigación es fundamental pensar en ello en todos los momentos e ir más allá del consentimiento informado.

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Recibido: 09 de Enero de 2021; Aprobado: 02 de Febrero de 2021

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