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CienciaUAT

versión On-line ISSN 2007-7858versión impresa ISSN 2007-7521

CienciaUAT vol.10 no.1 Ciudad Victoria jul./dic. 2015

 

Ciencias Sociales

Narcotráfico y autodefensa comunitaria en "Tierra Caliente", Michoacán, México

Drug trafficking and community self-defense in "Tierra Caliente", Michoacan, Mexico

Antonio Fuentes-Díaz1  * 

1 Universidad Autónoma de Puebla. Instituto de Ciencias Sociales y Humanidades "Alfonso Vélez Pliego", 2 oriente núm. 410 Altos, col. Centro, Puebla, Puebla, México, C.P. 72000.


Resumen:

La violencia que se vive en diferentes regiones de México, y que se ha agravado, particularmente en el estado de Michoacán, ha desencadenado la organización de los grupos denominados de autodefensa. El objetivo de este artículo fue analizar las características del surgimiento y operación de las actividades de la autodefensa en las comunidades de La Ruana y Tepalcatepec, ubicadas en la región conocida como Tierra Caliente, en el estado de Michoacán, México. La información se obtuvo a partir de dos recorridos de campo realizados durante 2014, en donde se entrevistó a 11 personas: a dos miembros del movimiento de autodefensa y a nueve líderes políticos y sociales de las comunidades, además de testimonios recabados en una reunión pública donde participaron cinco líderes de los grupos de autodefensa. Como resultado de la investiga ción, se revela que el detonante para la formación de los grupos de defensa comunitaria fue la ruptura en el orden local, ocasionada por una nueva forma de operación de los grupos de narcotráfico, sustentada en la renta extorsiva y un control excesivo de la región, hecho que trastocó el equilibrio de poder local y la tolerancia hacia las actividades ilegales. La respuesta gubernamental fue la legalización de estos grupos a través de la formación de una policía rural. Este nuevo cuerpo policial ha sido cuestionado por parte de los miembros de los grupos de autodefensa que han rechazado tal medida, sosteniendo que dicha legalización constituye un recambio de beneficiarios de las actividades ilegales. El movimiento de autodefensas, refiere a una recomposición en el equilibrio de las relaciones de poder local, entre el narcotráfico, las comunidades y el Estado. Representa una disputa por la instauración de un orden que retraiga la agresión a las comunidades y recomponga las actividades comerciales ilegales, con nuevos actores y de manera menos cruenta.

Palabras clave: autodefensa; narcotráfico; violencia; Michoacán

Abstract:

The violence experienced in different regions of Mexico, and which has been exacerbated particularly in the State of Michoacán, has triggered the formation of the so-called self-defense groups. The aim of this paper was to analyze the characteristics of the emergence and operation of activities of self-defense in the communities of the Ruana and Tepalcatepec, located in the region known as Tierra Caliente, in the State of Michoacan, Mexico. Data presented in the article were obtained from two fieldwork trips made during 2014, where eleven people were interviewed: two members of the movement of self-defense and nine political and social leaders of the communities. Evidence was also collected at a public meeting, where five leaders of the self-defense groups participated. The results reveal that the formation of community self-defense groups was triggered by the breakdown in the local order. Such breakdown was caused by a new form of operation of drug trafficking groups, based on extortion revenue and an excessive control over the region, which in turn had an influence on the balance of local power and tolerance towards illegal activities. The Government's response was the legalization of these groups through the formation of a rural police force. This new police force has been questioned by members of self-defense groups, who have rejected such a move, holding that such legalization is a replacement of beneficiaries of illegal activities. Self-defense movement refers to a recomposition in the balance of local power relations between drug trafficking, communities and State. It represents a dispute for the establishment of an order that retracts the aggression to the communities and recomposes illegal business operation with new actors and in a less invasive manner.

Keywords: self-defense group; drug trafficking; violence; Michoacan

INTRODUCCIÓN

El fenómeno del narcotráfico en México es complejo, dadas las particularidades territoriales en los distintos contextos donde se presenta. El narcotráfico ha cambiado en todas las zonas, y en este cambio se pueden identificar dos variantes: la primera sería la diversificación de actividades más allá de la siembra y trasiego de sustancias ilegales, a las que se extendió su actividad comercial delictiva; la segunda, el modo voraz en que la implementación de esa diversificación fue realizada, lo que explica en alguna medida la atrocidad de la disputa por mercados y control de territorios.

La diversificación de actividades del narcotráfico, se comprehende en un contexto de cambios macroestructurales que sucedieron en México a partir del modelo de desarrollo fincado en la política de liberalización, de manera específica, a partir del ingreso de México al Acuerdo General sobre Aranceles y Comercio (GATT, por sus siglas en inglés), en 1986, y posteriormente con la entrada en vigor del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN), en 1994 (Fuentes-Díaz, 2014). Una importante franja de sectores tuvieron que reconvertir su estructura productiva para hacerse competitivos, implementando una serie de estrategias como la diversificación de productos, actividades, servicios e innovando en nichos de oportunidad, estrategias que les permitieran jugar exitosamente en las nuevas condiciones económicas.

Simultáneamente, en el país se postulaba una reforma política que acompañaría estos cambios, fincada tanto en la necesidad de una transición a la democracia, como en un papel distinto del Estado en la regulación de la conducción económica (Aguilar-Camín, 2015). Ello llevó a una descentralización del poder ejecutivo hacia los gobiernos estatales. Estos dos eventos: desregulación estatal de la economía, como paradigma central del neoliberalismo, y descentralización del poder hacia las gubernaturas, condujo a la emergencia de nuevos actores políticos y económicos, algunos de ellos disputaron en poco tiempo la propia soberanía estatal y el monopolio de la fuerza. El narcotráfico, sin la mediación del ilegalismo desde el Estado, que centralizó durante muchas décadas el régimen priista, y la transformación estructural de la economía, incorporó de manera exitosa las tesis subyacentes al libre mercado: la competencia e innovación (Fuentes-Díaz, 2014). Es aquí en donde emergen los grupos de narcotráfico con las nuevas características de operación, transformados ahora en empresas neoliberales, capitalizando las condiciones estructurales desfavorables, como la falta de oportunidades en el campo, para generar ascenso social por medios ilegales (Flores-Pérez, 2009; Maldonado, 2012).

Este cambio en la operación de los grupos de narcotráfico, hizo que tendieran a la diversifica ción de sus actividades delictivas a través de la extorsión, el secuestro, el control de las minas de hierro, la comercialización de cultivos y la tala clandestina en bosques comunales, transfor mándose en corporativos de crimen organizado. Tal modificación fracturó la antigua relación, a nivel local, entre el ilegalismo y las comunidades, hecho que detonó la formación de defensas co munitarias (Fuentes-Díaz, 2014).

La organización para la defensa comunitaria se diferencia de acuerdo a distintas experiencias, en relación con la etnicidad de los grupos, su ubicación geográfica estratégica, su tamaño poblacional y su historia de negociación política con el Estado. De esta manera, la formación de grupos defensivos varía de acuerdo al contexto de surgimiento y a las posibilidades materiales para ejercer algún efecto de negociación o disposición de recursos (Paleta y Fuentes-Díaz, 2013).

La formación de grupos de defensa comunitaria ha tenido una larga presencia en México. En algún momento fungieron como cuerpos que complementaban la seguridad del Estado colonial o fungían como cuerpos de guardias al cuidado de las plantaciones agrícolas. Su formación y permanencia estuvo relacionada con la incipiente centralización estatal de los cuerpos policiacos y militares, en la construcción del Estado (Vanderwood, 1972).

En la década de los años noventa, la organización para la defensa comunitaria fue detonada por la percepción de inseguridad, fomentada por las actividades criminales de la delincuencia común y de la delincuencia organizada, en el marco de una convivencia y omisión de las instituciones estatales de seguridad y justicia (Fuentes-Díaz, 2006), y en un contexto de transformación de las relaciones económicas y sociales (Boltvinik y Hernández-Laos, 1999; Estrada-Iguíniz, 1999). Las estadísticas durante ese periodo, sobre el comportamiento del delito en México, muestran su incremento en acciones contra la propiedad y la integridad personal (Schwartz, 1998), en eventos como el secuestro y los homicidios, a una tasa promedio de 17 unidades para dicha década, tres veces más que la tasa mundial (INEGI, 2014).

En ese contexto, durante las décadas de los noventa y dos mil, aparecieron grupos en varios municipios del país, que se organizaron para la protección comunitaria, en lugares como Valle de Chalco, Estado de México; en el estado de Morelos y en comunidades rurales de Aguascalientes (Fuentes-Díaz, 2014). Cabe mencionar que el Ejército Zapatista de Liberación Nacional (EZLN), en momentos previos a su conformación como ejército y a su aparición pública, fungió también como un grupo de defensa comunitaria, en contra de la violencia ejercida por las "Guardias Blancas", grupos armados al servicio de los terratenientes cafetaleros, en activo en años previos al alzamiento y posteriormente utilizados como grupos paramilitares, en la estrategia contra insurgente (Estrada-Saavedra y Viqueira, 2010). Otra experiencia conocida es la Coordinadora Regional de Autoridades Comunitarias-Policía Comunitaria de Guerrero (CRACPC), la cual, desde su creación en 1995, ante el aumento del abigeato, constituyó un sistema regional de protección y la instauración de un sistema de justicia indígena fincado en el ejercicio del derecho consuetudinario (Sierra, 2013).

Los grupos de defensa comunitaria en México, comparten características en su origen con otros grupos defensivos documentados en países como Perú y Mozambique, destacando el contexto de inseguridad, debido a la omisión estatal en el ejercicio de sus funciones, permitiendo el desarrollo de actividades económicas ilegales (Starn, 1991). En México, la conformación de estos grupos ha variado de acuerdo al tipo de inseguridad contra el que reaccionan. En la década de los noventa, los agravios que los originaron fueron las afectaciones contra personas y bienes, propiciados tanto por la delincuencia de oportunidad, como por grupos con incipiente organización para el delito, que efectuaban acciones como el abigeato, asaltos, robos, asesinatos, violaciones y secuestros (Fuentes-Díaz, 2006). Posteriormente y hasta la fecha, la defensa comunitaria reacciona contra una inseguridad de distinto tipo, sostenida por actores con amplia capacidad del ejercicio de la fuerza, que imponen órdenes patrimoniales sobre la población, dentro de una zona gris caracterizada por la omisión o colusión de parte de las instituciones del Estado con la criminalidad. La actual defensa comunitaria se erige contra el embate sistemático de la criminalidad organizada.

El objetivo de este trabajo fue analizar las condiciones que dieron origen al surgimiento de los grupos de autodefensa en las comunidades de La Ruana (oficialmente conocida como Felipe Carrillo Puerto) y Tepalcatepec, localizadas en Tierra Caliente, Michoacán, México, con un análisis particular de sus características de operación y funcionamiento.

MATERIALES Y MÉTODOS

Area de estudio

El estado de Michoacán está dividido en 113 municipios y en 10 regiones, de acuerdo con sus características geográficas y productivas, planteadas por la Secretaría de Planeación y Desarrollo del estado de Michoacán (2004): 1. Región Lerma Chapala; 2. Bajío; 3. Cuitzeo; 4. Oriente; 5. Tepalcatepec; 6. Purépecha; 7. Pátzcuaro-Zirahuén; 8. Tierra Caliente; 9. Sierra-Costa y; 10. Infiernillo. La región Tierra Caliente es un valle con altura entre 300 msnm y 800 msnm, con temperaturas que oscilan entre los 28 °C y 50 °C, y que se extiende a través de los estados de Michoacán, Guerrero y parte del Estado de México. En Michoacán este valle abarca los municipios de Apatzingán, Múgica, Buena Vista, Parácuaro, La Huacana, Aguililla, Tepalcatepec, Gabriel Zamora, Nuevo Urecho, Huetamo, Turicato, Tuzantla, Nocupétaro, Carácuaro, San Lucas, Churumuco, Tiquicheo (Figura 1) y en ella residen cerca de 490 000 habitantes. Sus principales ciudades son: Apatzingán, Múgica, Huetamo y Tepalcatepec (INEGI, 2010).

Figura 1. Región de Tierra Caliente, Michoacán. 

Figure 1. Region of Tierra Caliente, Michoacan. 

Metodología

La información presentada en este artículo se obtuvo en dos recorridos de campo en Tierra Caliente durante 2014, el primero del 20 al 26 de febrero y el segundo del 22 al 28 de julio. En estos recorridos se entrevistó a 11 personas de las comunidades de La Ruana, del municipio de Buena Vista y Tepalcatepec, del municipio Tecaltepec, las cuales se refieren como centro de análisis de este artículo.

En dichos recorridos, el método utilizado fue fundamentalmente la etnografía del habla, con la intención de que los actores pudieran comentar los temas que a ellos les interesara plantear, sin una orientación predeterminada por parte del entrevistador, ello con la finalidad de establecer un plano de mayor confianza en el diálogo y ubicar mayores imputaciones en los eventos narrados. La etnografía del habla considera que el uso lingüístico, dentro de una comunidad concreta, se encuentra vinculado con la conducta social en un contexto determinado (Duranti, 1992). De esta manera, la representación de sí, que los hablantes despliegan en la conversación, implica un comportamiento verbal inscrito en un campo de relaciones de poder (Bourdieu y Wacquant, 1995), donde los hablantes recrean, confrontan o negocian la legitimidad de un orden social. De ahí que el estudio de la conversación aporte a la comprensión de la estructura del espacio social, donde los hablantes recrean el sentido y validez de su entorno. Otra técnica utilizada fue la realización de entrevistas semiestructuradas a actores involucrados en la formación de estos grupos defensivos, así como a líderes políticos y sociales de las comunidades. Durante el recorrido en Tepacaltepec y La Ruana, en la Tierra Caliente, se conversó con dos miembros de los grupos de autodefensa y nueve líderes sociales (profesores, productores agrícolas, personas con reconocimiento social), entre ellos dos mujeres, y se estuvo presente en una reunión pública donde se concitaron cinco representantes de grupos de autodefensa en La Ruana, a propósito del primer aniversario del surgimiento del movimiento. Dicha información fue complementada con la consulta a bases de datos del Instituto Nacional de Geografía e Informática (INEGI, 2010; 2014), sobre los perfiles demográficos de las comunidades estudiadas.

RESULTADOS Y DISCUSIÓN

Michoacán ha tenido presencia de organizaciones de narcotráfico desde los años cuarenta del siglo XX, en un negocio que se expandió hasta los años ochenta, favorecido por las políticas de interdicción del gobierno de Estados Unidos respecto a las organizaciones colombianas (Valdés, 2013).

Durante varias décadas, el negocio del tráfico de drogas tomó niveles de complejidad organizativa y construyó imbricaciones en la economía regional, entre las actividades legales e ilegales, constituyendo amplios circuitos de valor, de esta manera el narcotráfico funcionó como un detonante del desarrollo regional, basado fundamentalmente en su ilegalidad (Maldonado, 2010). Esto produjo un orden local equilibrado, que se sostenía en la generación de empleo y cierta derrama de beneficios a través del ilegalismo. El orden se sostenía en figuras fuertes, basado en ciertos códigos de honor y con cierta legitimidad social en su despliegue. Articulando a lo largo de los años, las actividades económicas formales y la institucionalidad política a la influencia de este orden ilegal paralelo (Flores-Pérez, 2009). En muchos casos, el orden ilegal sustentaba su legitimidad a través del impulso a la obra pública, volviéndose más eficaz que el propio gobierno.

En la década del 2000 a partir de una profundización de las políticas neoliberales, Michoacán presentó una transformación estructural de la economía regional. Durante esos años se presentó una reconversión productiva en su vocación agrícola, desplazando el cultivo de caña de azúcar por el de frutillas en importantes regiones agroexportadoras del occidente del estado; de igual manera en esos años se detonó el cultivo de aguacate, llegando a los primeros lugares de la producción nacional (Paleta, 2012). Otra transformación fue la apertura para la explotación de mineral de hierro y la continuidad en la explotación de la madera (Hernández, 2014). Esta transformación también se dio en las dinámicas de los grupos de narcotráfico en la región, quienes diversificaron sus actividades hacia el trasiego de otras sustancias ilegales (drogas sintéticas) (Valdés, 2013), y quienes vieron en la nueva reestructuración productiva, una oportu nidad para expandir la renta de sus actividades criminales.

En los ochenta fue hegemónico el Cartel del Milenio, organización que concentró el tráfico de cocaína procedente de Colombia hacia los Estados Unidos (Valdés, 2013). A inicios del 2000, el cartel de Los Zetas disputaba el territorio en Michoacán, a través de una serie de repertorios inéditos de crueldad espectacular y la diversificación de actividades hacia otros rubros, como el pago de cuotas por seguridad. Un grupo antagónico, La Familia Michoacana, emergió hacia el 2006, disputando el control territorial a Los Zetas, hasta lograr su salida del estado; en su aparición pública depositaron cinco cabezas humanas en un centro nocturno de Uruapan, una de las ciudades principales del estado; este grupo vincularía la crueldad de los Zetas con consignas de corte religioso, extendiendo su control a todas las actividades comerciales y regulando internamente a la población en el área de su influencia, a través de supuestos morales permitidos. Una característica de la Familia Michoacana fue su ascenso al control político municipal, apropiando un porcentaje de la nómina de los municipios del Estado y del presupuesto destinado para obra pública. Una transfiguración de esta última organización la constituyeron Los Caballeros Templarios, organización criminal que emergió en 2011, contra la que se levantó el movimiento de autodefensas (Notas de campo, La Ruana, febrero 2014). En el caso del cártel de Los Caballeros Templarios, la diversificación se realizó principalmente a través de la extorsión, trasiego de madera y la exportación ilegal de hierro a China.

El arraigo del narcotráfico en Michoacán no puede separarse de las condiciones económicas macroestructurales y los cambios en la orientación del Estado, a partir de las transformaciones neoliberales. El cartel de Los Caballeros Templarios, al igual que sus antecesores, floreció ante el régimen de veridicción que se erige en la disminución de las regulaciones estatales de mercados, el fomento a la competitividad y crecimiento de nichos de oportunidad, dentro de una región con excedentes de fuerza de trabajo y población de reserva, quienes engrosan las filas de las empresas ilegales.

Renta extorsiva

Una modalidad de operación que introdujeron Los Zetas y que fue adoptada por las organizacio nes rivales, que sustituyeron su control territorial en Michoacán, fue el cobro por seguridad. En cada una de las ocupaciones territoriales de estos grupos fue exigido el pago de cuota, como sostenimiento de sus miembros y como compensación a la seguridad proporcionada (Notas de campo, La Ruana, febrero 2014). Los Templarios, al consolidar su dominio, ofrecieron proteger a los habitantes de las comunidades bajo su influencia, de las vejaciones realizadas por los otros grupos en disputa. En un primer momento, el cobro fue tolerado en los términos en que no interfería con el desarrollo de actividades comerciales y no mermaba la capacidad adquisitiva de los habitantes. Como lo comentó una habitante de La Ruana: "la gente pagaba porque había trabajo y las cuotas no se sentían tan fuertes" (Hablante 1, La Ruana, Michoacán, febrero 2014).

Sin embargo, los acomodos internos en los cárteles, así como el menoscabo sobre los ingresos fincados en las drogas sintéticas, ocasionados por las políticas gubernamentales de la "Guerra contra el narcotráfico" y la "Operación Conjunta Michoacán", durante el sexenio de Felipe Calderón (2006 a 2012), hicieron que en compensación, se tornaran hacia el cobro de cuotas, en una voracidad que mantuviera el alto margen de ganancia.

Los Templarios generaron un régimen que fiscalizaba toda actividad económica. Se impuso el cobro de cuotas a productos de la canasta básica, como carne y tortillas, se cobraba por metros de fachada en las casas, se cobraba cuota a los niños en las escuelas; incluso y de manera sorprendente se fiscalizaba en especie. En el recorrido de campo en Tepalcatepec, una profesora comentó que: "hasta un vendedor de iguanas tenía que aportar semanalmente ocho ejemplares, para el deleite culinario del jefe local de la plaza" (Hablante 2, Tepalcatepec, Michoacán, julio 2014).

Esta estructura de fiscalización devela el nivel de interpenetración entre Los Caballeros Templarios y las instituciones estatales y privadas. Y refiere a la operación de órdenes paralelos, donde actores privados realizan efectos estatales (Trouillot, 2003). La extorsión fue un modo de operación que se presentó en otras regiones del estado. Se exponen dos ejemplos de la extorsión que dan una idea de esta colusión, así como de cierto "know how" en el manejo financiero de Los Templarios.

En Tepalcatepec, el trabajo de campo permitió constatar, que el impuesto templario venía como valor agregado al costo de la electricidad. Los recibos de luz poseían el incremento extorsivo del 10 %. Una vez que inició el movimiento de autodefensas, varios planes de fiscalización quedaron inconclusos. En entrevista con profesores de las escuelas públicas en Tepalcatepec, comentaron que tuvieron conocimiento de que ellos serían los próximos en engrosar las contribuciones; los Templarios poseían las listas de nómina del personal docente de las escuelas de la región y habían tasado el 30 % como la aportación que cubriría dicho gremio.

El segundo ejemplo de extorsión se suscitó en el municipio de Los Reyes (Figura 2). Ante la reconversión productiva impulsada en los años noventa, se sustituyó un volumen importante de cultivo de maíz y caña de azúcar por productos destinados a un consumo global específico, tal fue el caso del aguacate, pero sobre todo de las frutillas (zarzamora, fresa, mora), productos que se exportan hacia los Estados Unidos, Europa y Japón (Paleta, 2012). Los Reyes posee un gran corredor industrial en donde se asientan las empacadoras, extranjeras. La extorsión Templaria se realizaba directamente en las empacadoras, en transferencias electrónicas (Nota de campo, Los Reyes, febrero 2014). La cuota para el 2013 fue de un peso por cada caja de zarzamora empacada, en volúmenes que sobrepasaban los 15 millones de cajas por temporada, cobro que tendía a incrementar como lo mencionó un productor en Los Reyes: "los Templarios nos dijeron que este año (2014), iban a cobrar dos pesos y generosamente iban a subir un peso por año hasta llegar a cinco y ahí le iban a parar" (Hablante 3, Los Reyes, Michoacán, febrero de 2014). A su vez, las empacadoras transnacionales descontaban el cobro de dicha cuota, del pago total a los productores y estos compensaban su pérdida con la reducción del pago de jornal de sus trabajadores. En este sentido, la extorsión se revela dentro de una extensa cadena descendente de extracción de plusvalor, en un circuito de valorización de la mercancía legal e ilegal, que utiliza la violencia como componente central de la producción.

Figura 2. Municipios de la región Meseta Purépecha. 

Figure 2. Municipalities of the Purepecha Plateau region. 

Es a través de estos ejemplos que se puede entender la dimensión extorsiva, como un tipo de renta que impone un orden económico y un control territorial, erigiendo estructuras paralegales que conviven, detentan y a la vez disputan la soberanía estatal, generando un área de indistinción pendular entre legalidad e ilegalidad, entre criminalidad y Estado. En Michoacán, como en otras regiones de México, el crimen organizado en su nueva operación ejerció recomposiciones locales de poder, organizando a la población, coordinando actividades económicas y políticas, ejerciendo funciones de seguridad, dejando vivir o haciendo morir, es decir, realizando efectos de Estado (Trouillot, 2003). Esta recomposición cuenta con un vigoroso poder económico, construido en lo que pudiera caracterizarse como una acumulación criminal de capital, que utiliza la efectividad de la zona gris, entre legalidad e ilegalidad, como arena para el simultáneo incremento de valor y control.

Era previsible que el control de Los Templarios se tornara en abuso de poder, que agraviara en términos personales a los habitantes donde ejercían su influencia. En las entrevistas realizadas en el recorrido de campo, se resaltó como un agravio intolerable la violencia sexual en contra de las esposas e hijas de varios habitantes de la región de Tierra Caliente. Un importante productor de limón en La Ruana, comentó que: "si Los Templarios no se hubieran extralimitado en el cobro de cuotas y en el abuso contra las familias, seguramente no hubieran surgido los grupos de autodefensa" (Hablante 4, La Ruana, Michoacán, febrero de 2014). El cambio en la forma y función del narcotráfico en México en general y particularmente en Michoacán, a través de la renta extorsiva y la violencia sexual, rompió el equilibrio del orden local establecido entre comunidades, narcotráfico y Estado. De ser una actividad que al integrar a la población a sus operaciones, actuaba con mayor control de daños a la población y se movía con mayor tiento sobre la base social, hoy día opera bajo la expoliación de un despotismo tributario (Hernández, 2014). Un comentario realizado por un integrante de la autodefensa en Los Reyes, en el contexto de la detención del Chapo Guzmán (líder del Cartel de Sinaloa), en 2014, ilustra este trastocamiento: "estos cabrones [refiriéndose a los Templarios] no tienen respeto, andan extorsionando, no como el Chapo, ese sí era un Señor" (Hablante 5, Los Reyes, Michoacán, julio de 2014). Este comentario llama la atención, porque refiere a la ruptura del orden local a partir de la pérdida de reciprocidad y legitimidad de una relación clientelar entre narcotráfico y comunidades. No se quiebra la legitimidad del ilegalismo mismo, que continúa tolerado, sino la forma de la reciprocidad. No es el narcotráfico en sí contra lo que la defensa comunitaria se erigió, sino contra la voracidad extorsiva y expoliante de su nueva forma de operación, contra la pérdida del Señorío y la instalación de un despotismo tributario. Ante esta ruptura del equilibro del orden ilegal anterior y la instauración de un nuevo orden expoliante, se articuló el movimiento de defensa comunitaria en las variantes de policía comunitaria o autodefensa (líneas adelante se detalla esta distinción), conformados como reacción a los embates que el narcotráfico ha ocasionado en su expansión diversificada para rentabilizarse. Esta emergencia puede ser entendida, con las particularidades de cada caso, como un reacomodo en las relaciones de poder local, a través de estrategias contenciosas.

Defensa comunitaria en La Ruana, Michoacán

Michoacán cuenta con extensas hectáreas destinadas a la agroexportación en diferentes regiones del estado. Los Caballeros Templarios vieron en este detonante las condiciones para la diversificación, pronto vincularon las actividades comerciales con la economía ilegal, a través del lavado de dinero y la extorsión, llegando al control en la comercialización de los principales cultivos de agroexportación, como en el caso del aguacate en la región central del estado y las frutillas en la zona occidente (Paleta y Fuentes-Díaz, 2013).

En Tierra Caliente se localiza una importante área de cultivo de cítricos para la exportación, hacia la industria de néctares y jugos de las compañías estadounidenses (Angón-Torres, 2001). La comunidad de La Ruana cuenta con grandes extensiones para el cultivo de agroexportación, fundamentalmente de limón. Los Templarios fueron controlando paulatinamente el corte de limón, en miras a la monopolización de su comercialización, permitiendo su cosecha solo durante tres días a la semana, lo que redujo el ingreso de los jornaleros que trabajaban en dicha actividad.

Este grupo, convertido en intermediario, decidía a qué productores se les compraba el limón y a quiénes no. En recorrido de campo, se documentó, que más de 50 T de limón fueron desechadas al impedirse su venta. Esta situación fue generando el convencimiento y el clima para la articulación de la autodefensa. Hipólito Mora, uno de los productores que fue perjudicado por estas medidas, se convertiría a la postre, en el líder del movimiento en La Ruana.

Ante el control de corte de limón, un buen número de jornaleros indígenas provenientes de los estados de Colima, Guerrero, Oaxaca y Chiapas, quedaron sin pago y recursos para volverse a sus comunidades de origen y sin posibilidades de sustento, otros jornaleros sin embargo, conformaron en un primer momento, los grupos de defensa. Como respuesta a la formación de la autodefensa, Los Templarios bloquearon la comercialización del limón de los productores de La Ruana, con el resto del circuito de comercialización, en otras regiones también bajo su control (Notas de campo, La Ruana, febrero 2014). Durante los meses del bloqueo, a inicios de 2013, el precio del limón tuvo un incremento de 500l%, pasando de 8 a 40 pesos el kg (Semo, 2013). Al mismo tiempo, impedían que otros productos y bienes se expendieran en la comunidad. La efectividad de esta medida fue posible, dado el control de Los Templarios del circuito entero de comercialización de varios productos. Lo anterior sumió, durante poco más de dos meses, a La Ruana y comunidades vecinas en un desabasto de víveres. Se impidió la entrada a las comunidades de gasolina, gas y abarrotes: refrescos, cerveza, agua, alimentos enlatados y productos agrícolas, llegando incluso a presentar tintes de hambruna (Notas de campo, La Ruana, febrero 2014). En palabras de una habitante de La Ruana, simpatizante del movimiento de autodefensa: "Los malos -refiriéndose a los Templarios-, se ensañaron con los más pobres, los trabajadores no recibían su pago porque los productores no podían colocar el limón por el bloqueo, hasta Don Hipólito [Mora], tuvo que comprarles comida porque no tenían con qué" (Hablante 6, La Ruana, Michoacán, febrero de 2014).

Ante ello, se hizo necesaria la articulación regional, dado que el desabasto afectó a varias comunidades con presencia también de Los Templarios. Se coordinó el levantamiento de la tenencia de La Ruana y Tepalcatepec para el 24 de febrero de 2013, buscando articular a otros grupos de defensa de otras comunidades, a manera de avance y confrontación del bloqueo Templario (Notas de campo, La Ruana, febrero 2014). Es la adición de grupos defensivos contra el bloqueo, lo que permite entender la rápida expansión territorial del movimiento de autodefensas y su vertebración regional, llegando a formarse alrededor de 36 grupos de civiles armados en los principales municipios de esa entidad en el lapso de un año (Figura 3).

Figura 3. Municipios de Tierra Caliente y costa con presencia de grupos de autodefensa. 

Figure 3. Municipalities of Tierra Caliente and costa with presence of self-defense groups. 

Autodefensa en Tepalcatepec, Michoacán

La imagen mediática más visible de los grupos de autodefensa proviene del municipio de Tepalcatepec, dada la presencia carismática de José Manuel Mireles, entonces vocero de los grupos de autodefensa, quien es originario de este municipio. Tepalcatepec, fue un punto importante en el modelo de desarrollo regional en la época del Cardenismo. Hacia los años setenta del siglo XX, fue una zona importante para la producción de cultivos como sorgo, maíz y algodón (Calderón-Mólgora, 2001). De igual manera, en los ochenta, se fue convirtiendo en un importante centro de actividades ganaderas, con una alta producción de leche, queso y carne para la exportación. En su territorio se instalaron dos presas: Los Olivos y la Constitución de Apatzingán. La segunda posee una central hidroeléctrica que distribuye la energía a cuatro estados: Jalisco, parte del estado de Michoacán, Querétaro y Colima. En los años noventa, con el establecimiento de la Presa Constitución, se establecieron huertas de guanábana y aumentó la producción por riego del limón y mango para la exportación hacia Japón, así como el cultivo de Tilapia (Angón-Torres, 2001).

En Tepalcatepec, otros cultivos también tuvieron su impacto económico en la región. Durante la década de los ochenta, los altos precios de la marihuana, en comparación del maíz o sorgo, hizo que se virará hacia la siembra de esa planta, que tenía una trayectoria de cultivo amplia, desde los años cuarenta del siglo XX (Malkin, 2001). Con la apertura de las rutas de la cocaína provenientes de Sudamérica, el precio de la marihuana bajó considerablemente, lo que ocasionó que se sustituyera su cultivo por el tráfico de esta nueva sustancia. En los años noventa, se introdujo la producción de drogas sintéticas (metanfetaminas), cuyas bases químicas provenían de China (Ravelo, 2005).

No es casual que en esta región se estableciera una organización local denominada Cartel del Milenio, que proveía marihuana y cocaína a los carteles norteños (Sinaloa y Juárez). De igual manera se explica que Michoacán se estableciera como una arena de disputas por el control de la comercialización de las sustancias ilegales, por su ubicación estratégica en el Pacífico. En este contexto, el surgimiento de los grupos de autodefensa en Tepalcatepec, posee una particularidad específica, la de haberse gestado en el marco de una disputa entre grupos rivales por la comercialización de las sustancias ilegales.

La situación de extorsión, y violencia sexual, fue la misma que ejercieron los Templarios en otras zonas. También padecieron del bloqueo de la comercialización de productos y el desabasto de víveres. En Tepalcatepec hay cinco compañías mineras a las que les cobraban cuotas de seis dólares por tonelada, en volúmenes de 400 T por semana. En cuanto a los ganaderos, les cobraban el 30 % de cuota sobre el precio del ganado (Notas de campo, Tepalcatepec, julio de 2014). En este sentido, fue en la Asociación de Ganaderos local, en donde se inició públicamente la organización para la autodefensa. En una reunión convocada el 24 de febrero de 2013, con motivo del cambio del comité de la Asociación, fue donde se entregaron las armas y se convocó al alzamiento contra los Templarios. La fecha coincidía, no de manera aleatoria, con el levantamiento que se gestaba simultáneamente en La Ruana. Los organizadores entregaron capuchas y camisetas blancas a los asistentes a la reunión, muchos de ellos provenientes de las comunidades anexas (Notas de campo, Tepalcatepec, julio de 2014). La planeación de este alzamiento había durado un poco más de medio año. El movimiento de Tepalcatepec es complejo, porque vincula el descontento y hartazgo frente al abuso de los Templarios, al mismo tiempo que expresa un recambio de beneficiarios en el control de la plaza. De acuerdo con el testimonio de algunos líderes de opinión local, entrevistados en trabajo de campo, el surgimiento de los grupos de autodefensa mantenía los dos momentos, ponerle un freno a la violencia y al control extorsivo, al mismo tiempo que contaba con el patrocinio de un grupo contrario a los Templarios, quien aportó las armas y eventualmente sería el beneficiario de su declive, el Cartel de Jalisco Nueva Generación.

La imagen en medios fue la figura de José Manuel Mireles, que si bien tuvo un protagonismo mediático destacado y contribuyó a buscar una nominación legal adecuada a los grupos de autodefensa de Tepalcatepec (como se discutirá más adelante), no constituyó una pieza clave en la disputa y reacomodo interno de los grupos, de hecho su liderazgo afectaba para que esta recomposición se concretara.

Grupos de autodefensa y policías comunitarias

La organización para la defensa comunitaria posee diferencias en las formas de agregación y de respuesta comunitaria, de acuerdo a una serie de elementos como la etnicidad, disposición de recursos, intercambios comerciales, ubicación geográfica, nivel de participación en la esfera pública estatal y establecimiento de equilibrios de poder local bajo contextos de ilegalidad (Paleta y Fuentes-Díaz, 2013). En ese sentido, las comunidades o grupos que se han conformado en defensas comunitarias en el territorio nacional, no son homogéneos en cuanto a sus principios de formación, organización interna, estructura de responsabilidad y horizontes políticos. Esta diferencia permite entender las distintas nominaciones que los grupos se han dado a sí mismos, ya sea como policías comunitarias o como grupos de autodefensa, de ello ha dependido el tratamiento legal y político de parte del Estado a su manifestación. En las dos formas de organización de la defensa comunitaria en México se han presentado estrategias legales diferentes para erigir y anclar la legitimidad de los grupos. Las policías comunitarias funcionan con reconocimiento del Estado, como estructuras legítimas en la organización comunitaria de los pueblos indígenas, a través de su adscripción al convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y del artículo 2° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, lo que les da un margen de maniobra legal a sus cuerpos de seguridad (Fuentes-Díaz, 2014).

En los primeros meses del levantamiento armado en Tierra Caliente, el debate por parte de los inte grantes del movimiento en Tepalcatepec giraba en torno a denominarse Policía comunitaria o buscar una nominación legal adecuada, que permitiera darle cuerpo al movimiento. En los debates se ponía en claro que no podían adscribirse a la figura de "policía comunitaria", como había acontecido en Cherán en 2011 y en Nurio en 2008, porque ellos no se reconocen como pueblo indígena. Es así como plantearon la nominación de "autodefensa" y buscaron adscribir su legitimidad en los artículos 10 y 39 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, referidos a la posesión de armas, legítima defensa y soberanía en la determinación del orden polí tico, para de esta manera, legitimar su derecho a la defensa y a la portación de armas; en este debate fue importante la participación de Mireles (Notas de campo, Tepalcatepec, julio de 2014). Sin embargo, no existe antecedente de una figura legal que permita la formación de milicias civiles armadas. Ante este evento inédito, la reacción de las agencias de seguridad del Estado fue la criminalización y demanda para la disolución de estos grupos, en tanto contravenían el monopolio de la fuerza pública. Bajo esta postura, varios miembros de cuerpos de defensa, como los de Aquila, Michoacán, fueron arrestados (Martínez, 2013).

López-Bárcenas (2014), sugiere que se debe de distinguir entre ambos actores, dado que apelan a diferentes horizontes de organización política y dado que existen elementos importantes para deslindar uno de otro. La diferencia aducida estriba en la importancia central que tendría en tales grupos de defensa comunitaria, la regulación y la forma de la organización. De acuerdo con este argumento, los grupos de defensa comunitaria, a los que se podría considerar como policías comunitarias, estarían organizados en torno a estructuras de control y rendición de cuentas fincados en el uso del derecho consuetudinario; se basan en asambleas comunitarias y sistema de cargos; además, cuentan con instancias diferidas de detención y juicio, reguladas por los usos y costumbres y con cobertura legal bajo el artículo 2° Constitucional (Castellanos, 2013). Por el contrario, los grupos de defensas comunitarias denominados grupos de autodefensas, se caracterizarían por no estar necesariamente vinculados al control de una estructura de mando superior, tampoco están anclados a una regulación por derecho consuetudinario. Tal laxitud, se afirma, les permite sobreponerse como un control sin contrapeso en el territorio de su influencia, lo que posibilitaría que agentes externos a las comunidades -como el Estado o grupos del crimen organizado, los pudieran utilizar para otros fines, proporcionándoles armas y entrenamiento- puedan incidir o formar parte de la organización.

Legalización y fuerza rural

A inicios de 2013 comenzó a discutirse la posible legalización de los grupos de "autodefensa". Dicha iniciativa tuvo oponentes, no solo dentro de los propios grupos de defensa, sino también al interior de las instituciones de Justicia y Seguridad del Estado. En su momento contó con la oposición de los titulares de la Comisión de Seguridad Nacional, de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional de Seguridad Pública y de la Procuraduría General de la República, bajo el argumento de su inconstitucionalidad (Brito, 2013); pero también porque la proliferación de grupos de defensa en el país, contravenía de facto, la iniciativa de una Gendarmería con mando único, iniciativa que buscaba coordinar a las policías en sus distintos niveles: municipal, estatal y federal, a través de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública (Luna, 2013).

Finalmente, a inicios de 2014, se coordinó una estrategia de contención de los grupos de defensa en Michoacán, como política de Estado, nombrándose desde el gobierno federal a un Comisionado especial para la Seguridad y el Desarrollo Integral de Michoacán, y se impulsó la vía de la legalización dentro de la figura de Cuerpos de defensa rural, con carácter de temporales (Ramos, 2014).

La estrategia de legalización de los grupos de "autodefensa", es similar a la experiencia peruana, en donde la amplia efectividad de las Rondas Campesinas, en proporcionar seguridad comunitaria e impartir justicia en una diversidad de conflictos, llevó a su incorporación legal en el 2003, bajo la Ley 27908 (Picolli, 2008). En su implementación, la fuerza rural ha tenido cuestionamientos de varios sectores del movimiento de autodefensas, para algunos, estos cuerpos se formaron con antiguos miembros de los Caballeros Templarios, por lo que ven con desconfianza su despliegue. En julio de 2014, los primeros grupos de fuerza rural estaban siendo adiestrados, no todos los que participaron en la autodefensa lograron entrar, exámenes de aptitud, toxicológicos y la edad legal fueron los filtros para la pertenencia a este cuerpo (Notas de campo, Tepalcatepec, julio de 2014). Un factor importante que se negoció en su creación, fue que los miembros pertenecieran a las comunidades en donde incidirían. Este modelo de fuerza rural, inscribió a este cuerpo emergente a la estructura del mando único (Notas de campo, Tepalcatepec, julio de 2014). De igual manera, en que cada grupo de defensa comunitaria poseía particularidades específicas, cada instancia de la fuerza rural en Michoacán, responde a coyunturas particulares y articulan una serie de elementos y estrategias para erigir a sus cuerpos policiales. El recorrido de campo permitió observar esa diversidad. En Tepalcatepec y La Ruana, la defensa comunitaria tuvo como principal demanda el cese a la extorsión; al no poderse adscribir al artículo 2° de la Constitución bajo la figura de policía comunitaria, la estrategia contenciosa fue legalizarse a través de la fuerza rural, para de esa manera escapar a la sanción prevista ante la ilegalización de la figura de la autodefensa. En las comunidades de la Meseta Purépecha (Figura 2), una diversidad de estrategias fueron implementadas: en Caltzonzin, Michoacán, por ejemplo, aunque ciertamente no tuvieron problemas de inseguridad o extorsiones, en la formación de su grupo defensivo apelaron al origen purépecha de la comunidad para legitimar su "defensa indígena", bajo el artículo 2°. De igual manera, trataron de articular un Concejo indígena, a través de los usos y costumbres, que se encargara de vigilar la función pública. Con esta orientación aceptaron su inclusión en la fuerza rural (Notas de campo, Caltzonzin, Michoacán, julio de 2014). En Cherato, la estrategia fue aceptar la nominación de la fuerza rural para su grupo defensivo, la Ronda Comunitaria, mismo que se organiza y mantiene sus funciones de acuerdo al derecho consuetudinario (Notas de campo, Cherato, Michoacán, julio de 2014). Son el poblado que han aprovechado la coyuntura para lograr antiguas demandas en infraestructura, su aceptación a formar parte de la fuerza rural les permitió negociar una clínica y un pozo de agua de añeja demanda, además de que se les dotó de un comedor comunitario, a través del programa "Sin Hambre" y el compromiso para una edificio que albergue a la telesecundaria (Paleta y Fuentes-Díaz, 2013).

Cabe mencionar que varios cuerpos de autodefensa, sobre todo en la zona costa y Tierra Caliente, no se incorporaron al proceso de legalización y estuvieron reticentes en formar parte de la fuerza rural (Notas de campo, Tepalcatepec, julio 2014). Sobre el escenario futuro de esta política de contención estatal de los grupos de defensa comunitaria en Michoacán, a través de su legalización, hace falta aún mayor investigación.

Similitudes y diferencias en la experiencia defensiva en Michoacán

En Tierra Caliente, a diferencia de los grupos organizados en la Meseta Purépecha: Cherán y en la Sierra de los Reyes (Cherato, Cheratillo, 18 de marzo, Oruzcato) (Paleta y Fuentes-Díaz, 2013) (Figura 2), los grupos de autodefensa, no erigen su organización sobre estructuras de mando comunitario, ni adscriben su identidad como pueblo indio. En un primer momento, la articulación de sus grupos defensivos se dio, para salvaguardar la integridad física y como una defensa de la propiedad privada. Esta característica fundamental marca la distinción en los horizontes políticos de su organización y en la forma en que negocian con el Estado. En estas regiones, la débil base social en el movimiento de autodefensas, explica la necesidad del liderazgo carismático como parte de la cohesión del movimiento, por lo que no es casual que en ellas hayan emergidos voceros como Hipólito Mora, Manuel Mireles y Estanislao Beltrán (Papá Pitufo). En el movimiento de defensa en la Meseta Purépecha: Cherán y en la Sierra de Los Reyes, la pervivencia de estructuras comunales en la propiedad de la tierra, su etnicidad y su organización política a través del uso y costumbre, los orienta hacia la reivindicación política de una comunalidad revitalizada, que en el caso de Cherán ha gestado un movimiento de autonomía concejal, no exenta de tensiones internas y con las instituciones estatales (Notas de campo, Cherán, Michoacán, febrero de 2014). Otra característica que los distingue, es la representación del enemigo que una y otra forma elaboran. Para las policías comunitarias de la meseta y sierra, el enemigo está localizado afuera de la comunidad, es exterior a ella, por lo que la estructura de su defensa se da a partir de la contención de la infición externa. En el caso de los grupos de auto defensa de Tierra Caliente, la actividad ilegal del narcotráfico dividió a familias por el involucramiento de alguno de sus miembros en dichas actividades. En esas condiciones, estas comunidades tienen que superar la escisión interna, de tener en sus filas a miembros de Los Templarios, el enemigo es interno. De ahí se explica la designación como "perdonados" o "arrepentidos", de antiguos miembros de los Templarios, lo que pudo documentarse en trabajo de campo, cuando comenzó a articularse el proceso de legalización de la fuerza rural.

CONCLUSIONES

La historia de Michoacán muestra la existencia de actividades ilegales, permitidas o toleradas por parte del gobierno a las comunidades; en fechas recientes, estas actividades estaban asociadas a las figuras de los señores del narcotráfico, una forma caciquil del ilegalismo, fincada en el respeto a la base social, supuestos códigos de honor, obra pública y cierto nivel de regulación de la institucionalidad estatal. La nueva forma de operación de los grupos criminales que trastocó este orden, respondió a cambios estructurales de la economía regional y a una relación descentralizada con el Estado. La reconversión productiva que buscaba la agroexportación como una fuente importante de ingresos en el estado, ofreció a los grupos delictivos la diversificación de sus actividades ilegales a través de la renta extorsiva, basada en un despotismo tributario y un control excesivo de la región, que condujo incluso hasta la violencia sexual. La emergencia de los grupos defensivos se presentó como reacción y quizá la única opción para combatir a los grupos criminales, en función de su nueva forma de operación y el abandono de sus funciones de protección a la ciudadanía por parte de las autoridades. En ese intento, las comunidades o segmentos de ellas, desplegaron estrategias de apropiación de la fuerza, seguridad y justicia, generando un nuevo imaginario del orden social, que se oponía al orden criminal. La búsqueda del control territorial absoluto llevó al crimen organizado al control político, lo que mezcló la presencia del crimen organizado en la estructura formal del Estado, en el nivel municipal y estatal, consolidando un terreno de excepción, una zona gris entre legalidad e ilegalidad, donde el crimen organizado realizaba acciones que le correspondían al Estado. El surgimiento de los grupos defensivos en La Ruana y Tepalcatepec, como el de otras comunidades de Tierra Caliente, se erigió en una estrategia contenciosa doble, por un lado, contra el orden local paraestatal del crimen organizado y por el otro, contra el Estado central que pedía su disolución y desarme. Las comunidades o segmentos de ellas, jugaron con ambos elementos, enfrentando a través de las armas al crimen organizado, y desplegando estrategias jurídicas y políticas, dentro del marco constitucional, para el reconocimiento de sus cuerpos defensivos. Las comunidades defensivas revelaron una forma de experimentar la gubernamentalidad en el orden local, donde una proliferación de actores no estatales ejercieron efectos de gobierno, control y seguridad, vinculado, a la excepcionalidad entre actividades ilegales y legales. En ese terreno excepcional, las comunidades también se apropiaron de funciones de seguridad y uso de la fuerza, en una tendencia a la disociación del monopolio estatal de la violencia y a la instauración de órdenes apropiados de seguridad.

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Recibido: 12 de Diciembre de 2014; Aprobado: 11 de Agosto de 2015

*Autor para correspondencia: fractal9@hotmail.com, anfudi@gmail.com

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