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Investigación en educación médica

versión On-line ISSN 2007-5057

Investigación educ. médica vol.2 no.6 Ciudad de México abr./jun. 2013

 

Artículo original

 

La discrepancia entre la apertura de nuevas escuelas de medicina en México y la planeación de recursos humanos en salud

 

Discrepancy between the opening of new medical schools and health planning in Mexico

 

Guillermo Pierdant-Pérez, Juana Inés Grimaldo-Avilés

 

Oficina de Educación Médica, Facultad de Medicina, Universidad Autónoma de San Luis Potosí. San Luis Potosí, S.L.P., México.

 

Correspondencia:
Guillermo Pierdant Pérez.
Oficina de Educación Médica,
Facultad de Medicina Universidad Autónoma de San Luis Potosí.
Av. V. Carranza N° 2405, C.P. 78210, San Luis Potosí, S.L.P,
México. Teléfono: (444) 813 1489. Fax: (444) 826 2352.

Correo electrónico: guillermopierdant@uaslp.mx

 

Recepción 7 de septiembre de 2012.
Aceptación 23 de enero de 2013
.

 

Resumen

Introducción: Se consideró que la planeación de los servicios de salud tiene como elemento fundamental, la formación de recursos humanos en especial de médicos; que la formación de médicos se lleva a cabo en las escuelas de medicina, de las cuales el país cuenta con un número creciente cada año. Además, se vio que la apertura de nuevas escuelas de medicina es un factor relevante en la determinación del número y la calidad de los médicos recién formados.

Objetivo: Establecer si la apertura de escuelas de medicina, está determinada por una planeación nacional de salud.

Método: Se llevó a cabo una revisión de la regulación vigente para la apertura de nuevas escuelas de medicina en México, incluyendo la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la legislación de la Secretaría de Educación Pública, la Secretaría de Salud y los organismos no gubernamentales incluidos en el proceso, buscando los elementos que vinculen este proceso de la apertura de nuevas escuelas de medicina con una planeación nacional de salud.

Resultados y conclusión: Se encontró que es necesario mejorar la vinculación de la apertura de escuelas de medicina, con una planeación nacional en salud.

Palabras clave: Escuelas de medicina; planeación en salud; recursos humanos en salud; educación médica; México.

 

Abstract

Introduction: The training of human resources in health services, particularly physicians is a primary element of Health Planning. New physicians are trained in medical schools each year, and in Mexico, there are new medical schools every year. The opening of new medical schools partly determines the quantity and quality of new physicians.

Objective: We want to know if the process of opening new medical schools in Mexico is determined by Health Planning.

Method: We reviewed the actual regulation for the opening of a new medical school in Mexico, including the National Constitution and the regulations of the Ministry of Education, the Ministry of Health and non-government organizations, involved in the process looking for the elements that relate them to National Health Planning.

Result and conclusion: It was found that is necessary to reinforce the relationship between the regulations in the opening of new medical schools and Health Planning in Mexico.

Keywords: Medical schools; health planning; health human resources; medical education; Mexico.

 

Introducción

La formación de nuevos médicos, es un proceso fundamental en la organización de un sistema de salud, puesto que los médicos forman parte importante de los recursos humanos, tanto en la administración como en la implementación de los servicios de salud. La formación de nuevos médicos es indispensable para la renovación de la planta ya existente, que sufre la pérdida de los que se retiran o mueren, también para compensar el aumento de la población, y para incrementar la cobertura y calidad de los servicios de salud. La Organización Mundial de la Salud (OMS) en su documento de "Informe sobre la salud del mundo" del 2006 dice: "es preciso planificar y gestionar activamente el sistema de producción de personal sanitario, centrándose en desarrollar instituciones docentes sólidas".1

Los nuevos médicos se forman en las escuelas de medicina ya existentes en el país, además de las nuevas escuelas de medicina que inician actividades cada año en número creciente. En 1960, existían en México de acuerdo con las cifras del Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática (INEGI), un total de 34 923 129 habitantes,2 mientras que para el año 2010 el total de habitantes se había incrementado a 112 336 538,3 lo que significa un aumento del 321%. En 1961, había 21 Escuelas de Medicina4 y en 2011, hay aproximadamente 105, lo que significa un incremento de 500%.

Los datos del número de escuelas de medicina fueron obtenidos de las declaraciones del Dr. Humberto Augusto Veras Godoy, Vicepresidente del Consejo Médico para la Acreditación de la Educación Médica (COMAEM),5 sin embargo los registros de la Asociación Mexicana de Facultades y Escuelas de Medicina (AMFEM), reporta tan solo 74.6 Esta diferencia se puede explicar por el hecho de que no todas las escuelas de Medicina se encuentran registradas en la AMFEM. Por ejemplo, en el Examen Nacional de Aspirantes a Residencias Médicas (ENARM) del 2010, hay 77 Escuelas de Medicina representadas, lo que significa que estas escuelas ya funcionaron por al menos el tiempo suficiente para tener graduados.7 A esto, habrá que agregar las Escuelas que se hayan iniciado en los últimos cinco años, y de las cuales aún no ha habido egresados y por lo tanto, no se encuentran representadas en el ENARM. Tomando todo esto en cuenta, se puede considerar como aproximado el dato dado por el Dr. Veras Godoy de 105 escuelas y Facultades de Medicina, en este momento en el país.

De acuerdo con estas estimaciones, la cantidad de escuelas de medicina por cada 10 millones de habitantes se incrementó de 6.1 en 1960 a 9.4 en el 2011. Esto significa un incremento en el número de escuelas de medicina significativamente más rápido, que el incremento de la población general.

La participación de la iniciativa privada en el la educación médica ha tenido un incremento considerable. En 1961, tan solo el 5% de las escuelas de medicina eran privadas, mientras que en el 2011 son el 39%.

Estos datos se obtuvieron del directorio del AMFEM,6 por ser el medio de saber cuáles escuelas son privadas. Esto explica la diferencia con los datos del total de Escuelas de Medicina mencionados antes, sin embargo creemos que es un reflejo confiable de la tendencia de la participación del sector privado en la educación médica y su tendencia en los últimos 50 años en México.

Puede ser que el incremento en el número de Escuelas de Medicina, sea necesario para formar el número de médicos que el país requiere, para dar servicio al aumento de la población, para mejorar la cobertura de servicios de salud a la población y por último, para compensar la pérdida de recursos humanos por la jubilación o muerte de los médicos en servicio. Esto es deseable y necesario para mantener y mejorar los servicios de salud, sin embargo, es necesario que este proceso se dé dentro de un marco normativo, que permita decidir la apertura de nuevas escuelas de medicina de acuerdo con una planeación nacional en salud, que a su vez contemple todos los demás aspectos involucrados, como son las necesidades específicas de personal médico, la distribución de los mismos y las condiciones de trabajo de los futuros médicos.

Se planteó por tanto la siguiente pregunta: ¿Está contemplado en la Planeación Nacional de Salud, la regulación de la apertura de nuevas escuelas de medicina?

El objetivo del presente trabajo es determinar si existe en la regulación actual de la apertura de nuevas Escuelas de Medicina en México, algún elemento que la relacione con la Planeación Nacional en Salud.

 

Método

Se hizo un estudio de revisión bibliográfica en el cual se utilizó la búsqueda de bancos de datos, que tuvieran información acerca de la apertura de nuevas escuelas de medicina, incluyendo la legislación vigente, iniciando con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y continuando con cada una de las instancias de gobierno involucradas: la Secretaría de Salud, la Secretaría de Educación Pública y también de las instancias no gubernamentales que tienen algo que ver con este proceso:

Consejo Mexicano para la Acreditación de la Educación Médica (COMAEM), el Comité Institucional para la Formación de Recursos Humanos en Salud (CIFRHS) y los Comités Interinstitucionales para la Evaluación de la Educación Superior, A.C. (CIEES).

En cada una de estas instancias, se buscó la vinculación entre la normatividad vigente y la Planeación Nacional en Salud encontrando lo que a continuación se presenta.

 

Resultados

A. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

De acuerdo con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: Artículo 5° Segundo Párrafo: "La Ley determinará en cada estado, cuales son las profesiones que necesitan título para su ejercicio, las condiciones que deban llenarse para obtenerlo y las autoridades que han de expedirlo".8 Esto deja abierta la posibilidad para que cada estado determine, qué condiciones debe llenar la profesión de médico para otorgarle su título. Más aún, el título expedido por un estado será reconocido en todos los demás: Artículo 121 Fracción V: "Los títulos profesionales expedidos por las autoridades de un estado, con sujeción a sus leyes, serán respetados en los otros".8

De esta forma, cada autoridad estatal tiene la facultad de autorizar a su universidad pública para abrir una escuela de medicina de forma independiente, de acuerdo con sus propias reglamentaciones y los médicos reconocidos como tales por cada estado, deberán ser reconocidos también por todos los demás estados de la federación.

 

B. Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios (RVOE)

De acuerdo con la "Ley General de Educación" en su Capítulo V, artículo 54: "Los particulares podrán impartir educación en todos sus tipos y modalidades. En los términos que establezca la ley, el Estado otorgará y retirará el RVOE a los estudios que se realicen en planteles particulares".9 En el artículo 55: Las autorizaciones y los Reconocimientos de Validez Oficial de Estudios se otorgarán cuando los solicitantes cuenten:

I. Con personal que acredite la preparación adecuada para impartir educación y, en su caso, satisfagan los demás requisitos a que se refiere el artículo 21;

II. Con instalaciones que satisfagan las condiciones higiénicas, de seguridad y pedagógicas que la autoridad otorgante determine. Para establecer un nuevo plantel se requerirá, según el caso, una nueva autorización o un nuevo reconocimiento

Además de la Secretaría de Educación Pública (SEP), se señalan 14 instituciones autorizadas por la ley para otorgar RVOE a nivel superior.10 Cada una de estas instituciones tendrá sus particulares motivos, métodos y exigencias para otorgar un RVOE, en este caso para una nueva Escuela de Medicina. Este RVOE será válido en toda la República Mexicana, puesto que así lo establece la misma constitución.

 

C. Dirección General de Profesiones

La SEP tiene en la Subsecretaria de Estudios Superiores una Dirección General de Profesiones, cuya función principal es la de registrar los títulos profesionales y grados académicos, así como expedir cédulas profesionales con efectos de patente.11 Esta dirección tiene únicamente funciones de registro, y no constituye realmente ninguna opción de regulación de la apertura de nuevas Escuelas de Medicina.

 

D. Asociación Mexicana de Facultades y Escuelas de Medicina

"La Asociación Mexicana de Facultades y Escuelas de Medicina A.C. es una organización líder en México integrada por Facultades y Escuelas de Medicina, que impulsa el desarrollo permanente de la Educación Médica con calidad, comprometida con la sociedad para responder a sus necesidades bajo principios científicos, bioéticos y humanísticos".12

Esta organización ha hecho varios intentos por regular el funcionamiento de las Escuelas de Medicina del país, sin embargo en la actualidad cuenta solamente con un proceso de registro que no tiene obligatoriedad ni tampoco implica limitaciones en la manera de funcionar de una Escuela de Medicina, más allá de las de pertenecer a esta organización. En su documento "Plan de Trabajo 2007-2009"13 en la sección de Estructura y Organización, analizan las fortalezas y debilidades de nuestro sistema de formación de médicos y señalan dentro de las debilidades la "No regulación de la apertura de nuevas Escuelas de Medicina", lo cual nos señala su preocupación por este tema y al mismo tiempo su reconocimiento de la falta de capacidad para intervenir en este proceso.

La AMFEM es miembro del consejo de otras instituciones con las que colabora para la regulación de la educación médica, como es el COMAEM.

 

E. Consejo Mexicano para la Acreditación de la Educación Médica

El COMAEM es parte del Consejo para la acreditación de la educación superior, A.C. (COPAES).14 El COMAEM está integrado por personas morales, instituciones públicas y privadas con nacionalidad mexicana, cuyo objetivo este vinculado con el propósito de elevar la calidad en la educación en Medicina.15

Forman parte del Consejo: la Academia Nacional de Medicina, Academia Mexicana de Cirugía, Secretaría de Salud y la Asociación Mexicana de Facultades y Escuelas de Medicina. Son observadores: Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), Universidad Autónoma de San Luis Potosí, Colegio Médico de México y Representante de la Sociedad Civil.

El COMAEM es el máximo organismo acreditador de la educación médica impartida en México; tanto de sus insumos como de sus procesos y resultados; en los niveles de pre y posgrado, con reconocida autoridad moral para realizar sus tareas. El COMAEM es consultor y asesor oficial de las instituciones relacionadas de manera directa e indirecta con la educación médica; cuenta con una instancia propia, autónoma, encargada de emitir los dictámenes relativos a la acreditación de Escuelas y Facultades y garantiza su compromiso con todos los asuntos concernientes a la profesión médica.

El COMAEM no tiene capacidad ejecutiva para decidir la apertura de nuevas Escuelas de Medicina. Sin embargo, si una Escuela o Facultad de Medicina no tiene la acreditación del COMAEM, sus egresados no pueden acceder al ENARM, que es la vía por la cual los egresados de las Escuelas de Medicina pueden acceder a una especialidad y por lo tanto, esa Escuela solamente podrá formar médicos generales que no podrán acceder a los cursos de especialidades.16 El COMAEM ha estado involucrado como organismo consultor para la apertura de nuevas Escuelas de Medicina, revisando planes de estudios y condiciones de funcionamiento de las propuestas nuevas Escuelas y emitiendo dictámenes que pueden ser de utilidad para las instancias encargadas de otorgar los RVOE. Sin embargo, esta actividad está limitada a la evaluación de las condiciones de operación de la posible nueva Escuela de Medicina, pero no considera en ningún momento un plan nacional de salud que contemple las necesidades nacionales y regionales de nuevos médicos.

 

F. Comité Institucional para la Formación de Recursos Humanos en Salud

El CIFRHS es una institución fundada en 1983 por el Lic. Miguel De la Madrid, presidente de México.17 El CIFRHS es un organismo integrado por la Secretaría de Salud y la SEP, con apoyo de los diferentes organismos involucrados en la formación de recursos humanos en el área de la salud. Teóricamente, este comité está capacitado para intervenir en todos los aspectos de la formación no sólo de médicos, sino de todo el personal involucrado en el área de la salud. Sin embargo, en relación a la apertura de nuevas Escuelas de Medicina en su acuerdo constitutivo se define en el artículo 3, fracción VII. "Opinar sobre los requisitos para la apertura y funcionamiento de instituciones abocadas a la formación de recursos humanos para la salud, en los diferentes niveles académicos". En este sentido, el CIFRHS ha publicado el documento: "Criterios esenciales para evaluar planes y programas de estudio para la apertura de la carrera de medicina" en mayo de 2011,18 en donde se propone: "La Ley General de Salud plantea, en lo referente a la formación de los recursos humanos para la salud que la Secretaría de Salud y los gobiernos de las entidades federativas, en sus respectivos ámbitos de competencia, coadyuvarán con las autoridades e instituciones educativas, en el señalamiento de los requisitos para la apertura y funcionamiento de instituciones dedicadas a la formación de recursos humanos para la salud. En ese sentido, con el fin de coadyuvar con la SEP -responsable de otorgar el RVOE-, en su proceso de evaluación para abrir planes y programas de estudio del área de la salud el CIFRHS desarrolló nueve componentes del diseño curricular propuestos por la SEP, a fin de consolidar la evaluación con datos duros, objetivos que se traduzcan en evidencias para que el evaluador y el particular que requiere de un RVOE".

Nuevamente estamos ante un organismo capaz de dictaminar sobre la calidad de los programas de estudio de una posible nueva Escuela de Medicina, y como tal informar a las autoridades que otorgan los RVOE para ayudar en su decisión. Sin embargo, no existe ningún postulado que permita insertar la acción de la apertura de nuevas Escuelas de Medicina en un programa de planeación nacional, que incluya las necesidades de la población por un lado y asegure por otro, el trabajo digno para los nuevos médicos, de tal manera que no se desperdicien los recursos disponibles para la formación de nuevos médicos.

 

G. Comités Interinstitucionales para la Evaluación de la Educación Superior, A.C.

Para complicar un poco más las cosas, existen los CIEES19 que son nueve cuerpos colegiados, integrados por pares académicos del más alto nivel de las instituciones de educación superior de todo el país. Su misión fundamental es evaluar las funciones y los programas académicos que se imparten en las instituciones educativas que lo solicitan y formular recomendaciones puntuales para su mejoramiento, contenidas en los informes de evaluación, que se entregan a los directivos de las instituciones.

Los CIEES fueron instituidos en 1991 por la CONPES,20 en el marco de concertación entre la SEP y la ANUIES, con el objeto de apoyar los procesos del Sistema Nacional de Evaluación de la Educación Superior.

La función principal de los CIEES es la evaluación diagnóstica de programas académicos, de funciones institucionales y de proyectos. También pueden participar en la dictaminación de proyectos en lo que se podría considerar la apertura de nuevas Escuelas de Medicina, sin embargo en la práctica esta acción no se ha llevado a cabo, por lo que esta institución tampoco vincula la apertura de nuevas Escuelas de Medicina con un plan nacional de salud.

El Programa Nacional de Salud 2007-2012 de la Secretaría de Salud, solamente menciona la situación actual de las Escuelas de Medicina y los mecanismos de certificación, pero en ninguna de sus estrategias contempla la regulación de la apertura de nuevas Escuelas de Medicina en el país y por supuesto, tampoco los mecanismos mediante los cuales esto se pudiera lograr.21

 

Discusión

La manera en que actualmente funciona el sistema nacional de educación médica, es compleja y carece de una regulación global. Se entiende que México es una federación integrada por estados, cada uno de los cuales tiene cierta autonomía y en ese sentido se ha dado la posibilidad de que cada estado, determine la forma en que se organiza la educación de nuevos médicos en su territorio. Esto da como resultado la posibilidad de que cada estado decida, cuántas Escuelas de Medicina pueden funcionar en su territorio. Además, como ya hemos señalado los demás estados están obligados a reconocer los títulos expedidos por cada uno de ellos. Es cierto que nuestro país está constituido por un mosaico rico y variado de población, geografía y cultura. Esto significa que cada región de nuestro país tiene características diferentes a las demás, que es conveniente conservar y promover para contribuir a esa riqueza cultural. Sin embargo, la interacción de todas ellas hace necesario el contar con una reglamentación general para mantener un orden en general y en particular, en la formación de recursos humanos en salud, de la cual la apertura de nuevas Escuelas de Medicina es un aspecto importante.

Idealmente esta reglamentación, debería considerar las necesidades de servicios médicos de la población, pero también la infraestructura disponible para trabajar, el tipo de médicos que se requiere formar, médicos generales, especialistas o subespecialistas y en dónde se espera que estos médicos presten sus servicios. Todos estos aspectos deben ser los que permitan tomar la decisión de abrir o no una nueva Escuela de Medicina, y estar por encima de los intereses particulares. Para esto, quizá no sea necesaria la formación de un nuevo organismo sino que alguno de los existentes tome la responsabilidad y tenga la autoridad necesaria para otorgar la autorización de la apertura de una nueva Escuela de Medicina, en el contexto de una planeación nacional de recursos humanos en salud.

Esta regulación es inaplazable si queremos mejorar las condiciones de salud de la población, y además las condiciones de trabajo de los médicos.

El presente estudio es tan solo una revisión de la normatividad vigente para la apertura de nuevas Escuelas de Medicina, que tiene como finalidad la de llamar la atención sobre esta parte de la Planeación de Salud en nuestro país, que creemos resulta fundamental y a la cual, quizá por la complejidad misma que implica, no se la ha dado una respuesta adecuada, no se hace un análisis detallado de las necesidades de médicos en el país ni tampoco de las condiciones existentes para el trabajo del médico, puesto que estas aspiraciones se encuentran fuera del alcance de este trabajo, sin embargo, se considera necesario señalar la falta de regulación adecuada de la apertura de nuevas Escuelas de Medicina en nuestro país, para poder tenerlo en cuenta en futuros trabajos.

 

Contribución de los autores

GPP y JIGA, desarrollaron todo el trabajo.

 

Agradecimientos

Al Dr. Mauricio Pierdant Pérez, encargado de la Maestría en Investigación Clínica en el Departamento de Epidemiología Clínica de la Facultad de Medicina de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí, por su revisión y correcciones del manuscrito.

 

Financiamiento

Realizado con el fondo de apoyo a la investigación de la Oficina de Educación Médica, de la Facultad de Medicina de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí.

 

Conflicto de intereses

Los autores declaran no tener ningún conflicto de interés.

 

Presentaciones previas

Ninguna.

 

Referencias

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3. Consultado el 8 de septiembre del 2012. http://www.censo2010.org.mx/

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6. Consultado el 8 de septiembre del 2012. http://www.amfem.edu.mx/

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8. Consultado el 8 de septiembre del 2012. http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/cpeum.htm

9. Consultado el 8 de septiembre del 2012. http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/137.pdf

10. Consultado el 8 de septiembre del 2012. http://www.sirvoes.sep.gob.mx/sirvoes/jspQueEsRvoe.jsp

11. Consultado el 8 de septiembre del 2012. http://www.ses.sep.gob.mx/wb/ses/funciones_DGP

12. Consultado el 8 de septiembre del 2012. http://www.amfem.edu.mx/

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14. Consultado el 8 de septiembre del 2012. http://copaes.org.mx/home/Antecedentes.php

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17. Acuerdo por el que se crea el Comité Interinstitucional para la formación de recursos humanos para la salud (CIFRHS). Diario Oficial de la Federación. 19 de octubre de 1983.         [ Links ]

18. Consultado el 8 de septiembre del 2012. http://enarm.salud.gob.mx/documentacion/criterios_escenciales/120228_criterios_esenciales_medicina_v2.pdf

19. Consultado el 8 de septiembre del 2012. http://www.ciees.edu.mx/ciees/quesonciees.php

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21. Programa Nacional de Salud 2007-2012, Secretaría de Salud, México.         [ Links ]

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