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Revista mexicana de ciencias agrícolas

Print version ISSN 2007-0934

Rev. Mex. Cienc. Agríc vol.13 n.5 Texcoco Jun./Aug. 2022  Epub Oct 10, 2022

https://doi.org/10.29312/remexca.v13i5.3235 

Ensayos

La representación del claustro docente en el gobierno universitario ¿Existe la alternancia?

Matilde Rissi1  § 

Mario Guillermo Oloriz1 

1Universidad Nacional de Luján República Argentina. Cruce Ruta Nacional núm. 5 y Constitución, Luján, Provincia de Buenos Aires, República Argentina. CP. 6700. (moloriz@unlu.edu.ar).


Resumen

El ejercicio de la representación de un determinado sector en los órganos de gobierno ha motivado numerosos estudios respecto de la legitimación de la voluntad del elector por parte del representante, así como el respeto a la voluntad delegada en esos representantes. En el caso particular de las Universidades Nacionales de la República Argentina, el cogobierno universitario y el ingreso irrestricto son dos de los principios de la autonomía universitaria que se defienden y sostienen con mayor fuerza en los pronunciamientos de todos los claustros que integran dicho cogobierno. Sin embargo, este sistema altamente democrático, si bien es de carácter meritocrático dado que el peso de la representación no se da de manera igualitaria por claustro por la premisa que el mayor peso en la toma de decisiones debe recaer en los que se encontrarían más preparados para ello, la manera en que se ejerce la representación de los claustros y la renovación de quienes la ejercen podría deteriorar o alterar la finalidad que persigue quien ocupa ese lugar en representación de los intereses de un sector de la comunidad universitaria. En este trabajo, se analiza, en particular, la representación del claustro docente en el consejo superior de una muestra de seis universidades nacionales argentinas, entre los años 2011 y 2017, indagando respecto de cómo se da dicha representación y se mantiene entre los distintos procesos electorales. Se concluye que se observa una tendencia a una mayor repetición de quienes ejercen la representación en las universidades de mayor tamaño o en algunas de las regiones territoriales con las que se conforma el Sistema de Universitario Nacional. Al mismo tiempo, se encontró un fuerte predominio masculino tanto en la representación con carácter de titular en el consejo superior como en la tasa de repetición en la función.

Palabras clave: cogobierno; elección; renovación

Abstract

The exercise of the representation of a certain sector in the government bodies has motivated numerous studies regarding the legitimization of the will of the voter by the representative, as well as respect for the will delegated to those representatives. In the particular case of the National Universities of the Argentine Republic, university co-government and unrestricted admission are two of the principles of university autonomy that are defended and sustained with greater force in the pronouncements of all the faculties that make up said co-government. However, this highly democratic system, although it is of a meritocratic nature given that the weight of representation by faculty is not equal because of the premise that the greatest weight in decision-making should fall on those who would be more prepared for it, the way in which the representation of the faculties is exercised and the renewal of those who exercise it could deteriorate or alter the purpose pursued by whoever occupies that place in representation of the interests of a sector of the university community. In this work, the representation of the teaching faculty in the superior council of a sample of six Argentine national universities, between 2011 and 2017, is analyzed, inquiring about how this representation occurs and is maintained between the different electoral processes. It is concluded that there is a tendency towards a greater repetition of those who exercise the representation in the largest universities or in some of the territorial regions with which the National University System is formed. At the same time, a strong male predominance was found both in the representation with the character of incumbent in the superior council and in the repetition rate in the function.

Keywords: co-government; election; renewal

En la República Argentina, la ley de educación superior (LES) (Ley Núm. 24.521, 2016) establece que en el caso de las universidades de gestión pública el gobierno de dichas instituciones se encuentra a cargo de los órganos colegiados de gobierno y de las autoridades unipersonales. ‘En la Universidad Argentina una cuestión a la que en general se le ha prestado poca atención es la referida a la composición de los órganos decisores colectivos’ (Vega, 2010). Las universidades nacionales, de acuerdo a la autonomía consagrada por la Constitución Nacional Argentina y reglamentada por la LES, tienen la potestad de prever en sus estatutos sus propios órganos de gobierno, sus atribuciones como su composición siempre y cuando se respeten ciertos límites; es decir, que la norma asegura que: el claustro de profesores supere 50% de la representación, que el claustro estudiantil se encuentre representado por estudiantes regulares que posean al menos 30% del total de las asignaturas del plan de estudios aprobadas, que el personal no docente tenga representación y que los decanos o autoridades equivalentes sean miembros natos de los consejos superiores, a su vez deja librado a decisión de cada institución la participación del claustro de graduados.

Dentro de los cuerpos colegiados u órganos de gobierno tradicionales, de dichas instituciones se encuentran: la asamblea universitaria, el consejo superior y los consejos directivos de facultades o departamentales, según sea la estructura académica de la institución. Si bien es cierto, que la asamblea universitaria constituye el órgano supremo de la universidad, también lo es que se reúne muy esporádicamente, por lo general una vez al año o cuando es convocado a requerimiento del rector o del consejo superior. A causa de ello, es el consejo superior el órgano que posee mayor transcendencia en la vida universitaria, debido a que ‘es el cuerpo con funciones más complejas, ya que las posee de tres tipos: normativas, directivas-ejecutivas y jurisdiccionales’ (Vega, 2008).

A saber, por la complejidad y el caudal de temas que tratan estos consejos en sus sesiones, deben reunirse de forma asidua, en la mayoría de las universidades haciéndolo, por lo general, cada 20 días. Si bien, en la mayoría de las instituciones universitarias está explícita la periodicidad mínima de reuniones que se deben llevar a cabo durante un período de gobierno, no ‘está escrita la duración de las reuniones ni las otras muchas actividades que también desarrollan los consejeros’ (Kandel, 2005). Es importante considerar que el ejercicio de los cargos de representación en los cuerpos colegiados es de carácter no remunerativo; es decir, quienes los ejercen no perciben sueldo alguno por representar a su claustro.

‘Las recompensas por participar se vinculan directamente con la posibilidad de acceder a cierta información y redes de relaciones que de otro modo no se obtendrían’ (Kandel, 2005). Como bien expresaba el Dr. Roberto Vega, ‘una primera mirada tendiente a identificar potenciales grupos de agentes con influencia surge de la conformación por claustros y su participación en los órganos de gobierno’ 2010, constituyéndose de esta forma el claustro docente como el de mayor relevancia, teniendo en cuenta que ha sido este claustro el que a lo largo de los años ha formado parte del gobierno universitario sin que haya sido cuestionada su participación mayoritaria. Es dable hacer mención que los docentes no solo integran los órganos de gobierno en representación del claustro, sino que también lo hacen desde el ejercicio de los cargos electivos de carácter unipersonal, como son los decanos, directores de centros o institutos y en varios casos, los rectores o vicerrectores.

En algunas instituciones, como ya se planteó en el trabajo ‘la participación de las autoridades Unipersonales en los cuerpos colegiados universitarios’, se incrementa la representación del claustro hasta un punto en el cual ‘aparece claramente un conflicto de representación dado que se entremezclan representaciones’ (Rissi y Oloriz, 2017). Los cogobiernos universitarios, imperiosamente, son los que surgen de los comicios que se llevan a cabo en cada universidad nacional de gestión pública, dado que, como ocurre en la mayor parte de Latinoamérica, estas instituciones ostentan un sistema eleccionario de carácter democrático. Estos procesos eleccionarios son una de las principales manifestaciones que tiene la autonomía universitaria para quienes formamos parte de la comunidad universitaria.

Dentro de este orden de ideas, uno de los aspectos a tener en cuenta es que ‘los gobernantes son elegidos, pero eso no significa que cualquier persona puede ser un gobernante’ (Przeworski, 2019), ya que sólo se encuentran en condiciones de ejercer el derecho a voto y a su vez a representación, para el claustro docente, los profesores que revistan calidad de ordinarios, en otras palabras, los docentes que no hayan accedido al cargo por concurso público de oposición no podrán ejercer la ciudadanía universitaria, más allá que hubieran desempeñado su cargo interino por años. En consecuencia y consonancia con el autor Przeworski, se puede insinuar que ‘votar no significa necesariamente elegir. El mero hecho de que se haga realidad un evento llamado elección no implica que las personas tengan la opción de seleccionar a sus gobernantes’, ya que el derecho de representación se confiere mediante el acto de elegir.

Ahora bien, no se puede pasar por alto que el fin propio de la reiteración de los procesos eleccionarios, cada determinado periodo de tiempo subyace el principio de rotación de los integrantes de los órganos de gobierno, siendo este un elemento fundamental de la democracia representativa (Innerarity, 2018). Como contrapartida uno de los aspectos para tener en cuenta es que, si el claustro docente es el que posee mayor representación, la escasez los profesores regulares, o en condiciones de elegir y ser elegidos, constituye ‘un problema central desde el punto de vista político’ (Unzué y Emiliozzi, 2006). Comprendiendo que se considera de nivel estratégico al más alto estamento decisional, y que en la universidad de carácter estatal este nivel se encuentra compuesto, entre otros, por el consejo superior y que el derecho de representación se confiere mediante el acto de elegir (Vega, 2010) en pos de ello, ahondaremos en el estudio de la renovación de la representación del claustro docente, en dichos órganos colegiados.

Desarrollo

En contraposición con lo establecido en la Ley Núm. 27.275, (2016) que regula el Derecho al Acceso a la Información Pública, cuyo objeto es ‘garantizar el efectivo ejercicio del derecho de acceso a la información pública, promover la participación ciudadana y la transparencia de la gestión pública’, las universidades nacionales por lo general solo divulgan la nómina de consejeros superiores actuales, conllevando esto a que resulte casi imposible acceder a los nombres de consejeros electos con anterioridad. Aunque muchas de estas instituciones han colocado en sus páginas web un apartado referido a la transparencia institucional, esta información no figura con carácter público, y en el caso de las universidades que poseen digestos electrónicos, muchas veces a este solo puede acceder el personal de la misma institución mediante clave de acceso.

A este escenario, corresponde agregar que, de acuerdo con la autonomía otorgada a las universidades de gestión pública, es por medio de su Estatuto que cada institución establece como se integran sus órganos de gobierno, provocando esto una alta heterogeneidad en cuanto a la integración de dichos cuerpos colegiados en el sistema universitario nacional. A esta complejidad se debe sumarle que no en todas las universidades coincide el tiempo de duración del mandato de los consejeros superiores lo cual aumenta aún más la pluralidad de factores que se deben tener en cuenta para el estudio que se pretenda realizar. Con el objeto de llevar adelante la presente pesquisa, y en consonancia con estudios que se realizaron con anterioridad, se escogió como unidad de análisis a los consejos superiores de las Universidades Nacionales Argentinas, de gestión pública.

Se trabajó con una ‘muestra discrecional que posee la característica de representar las distintas categorías dimensionales en que dividimos al sistema de educación superior argentino’. Rissi et al. (2018) a los efectos de trabajar con datos que sean comparables entre sí y como se realizó en estudios precedentes, se resolvió estudiar las designaciones docentes en el consejo superior resultantes de los últimos tres procesos electivos, anteriores al año 2017. Por consiguiente, se conformó la muestra de universidades nacionales teniendo en cuenta la diversidad de tamaño de dichas instituciones educativas, incluyendo de esta forma a ‘nuevas, chicas, medianas y grandes’.

Para esta clasificación se aplicó el criterio detallado en el manual de definiciones conceptuales y operativas del departamento de información universitaria, dependiente de la Secretaría de Políticas Universitarias del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología de la Nación (DIU), donde se establece que una universidad se clasifica como nueva si, al año 2017, no pasaron más de 12 años de su creación, se entienden como chicas a las que tienen hasta 10 000 estudiantes regulares, medianas a las que su alumnado oscila entre 10 001 y 50 000 estudiantes y grandes a las que tienen más de 50 000 estudiantes regulares. También se identificó en que consejo regional de planificación de la educación superior (CPRES) participa cada universidad de la muestra, en función a la ubicación geográfica de su sede principal.

En virtud de lo expuesto, en términos metodológicos, se relevaron los resultados concernientes a los tres procesos eleccionarios anteriores al año 2017, de las seis universidades nacionales que integraron la muestra. Es dable hacer mención que al conformar la muestra con una institución categorizada como ‘nueva’, la Universidad Nacional Arturo Jauretche, la misma solo ha desarrollado en 2017 dos procesos electorales. En el Cuadro 1, se observa la nómina de instituciones que integraron la muestra, así como los procesos electorales que se consideraron en este estudio.

Cuadro 1 Elecciones de consejeros contempladas en cada institución. 

Universidad nacional de Siglas Años electorales
1 2 3
Luján UNLU 2011 2013 2015
Comahue UNCO 2002 2010 2014
San Luis UNSL 2010 2013 2016
Sur UNS 2012 2014 2016
Córdoba UNC 2012 2014 2016
Arturo Jauretche UNAJ - 2015 2017

Existe relación en el tamaño de la institución y la participación de las mujeres en los cuerpos colegiados (Rissi, 2018)

Previo a continuar con el análisis, y teniendo en cuenta los datos del Cuadro 1, se debe aclarar que en el caso particular de la UNCo entre la primera elección considerada y la segunda ha transcurrido un tiempo más que considerable dado que ‘grupos de extrema izquierda impidieron durante más de un período la elección del rector en la Universidad Nacional del Comahue’ (Pérez, 2017). En términos de homogeneizar la información con la que se trabajó y dada la heterogeneidad que presentan las composiciones de los consejos superiores de las universidades nacionales, se ha considerado al claustro docente como un ‘todo’ sin tener en cuenta las distintas subdivisiones que puede tener el mismo en cada institución; es decir, profesores, auxiliares, titulares, adjuntos, etc, todos desde la representación del claustro que ejercen, sin considerar la categoría de revista.

Algo semejante ocurre respecto de la cantidad de consejeros titulares y suplentes en dicho órgano de gobierno, por ello se decidió realizar el estudio mediante la ‘tasa de renovación’, ya que, en definitiva, se está estudiando la ‘representación del claustro docente en el consejo superior’, sin importar la categoría de revista del docente ni el número de representantes que integran la representación, de la misma manera que se hizo en trabajos anteriores. Autores como Rissi y Oloriz (2017). Dentro de este orden de ideas se comenzó por agrupar a las instituciones en estudio de acuerdo con la categorización por su tamaño, según el criterio definido por el DIU.

Como bien puede vislumbrarse, en el Cuadro 2, para el total de los consejeros del claustro docente (titulares y suplentes) la renovación de bancas en los consejos superiores es mayor al 50%. Ahora bien, también se puede observar que en el caso de la institución mencionada como grande (UNC) la retención de bancas es mayor que para el resto de las categorías, mientras que para la universidad clasificada como nueva (UNAJ), es muy escasa la retención de cargos.

Cuadro 2 Tasa de renovación de bancas del consejo superior, según el tamaño de la institución. 

Tamaño de la institución Tasa de renovación de bancas Tasa de retención de bancas
Grande 58.97 41.03
Mediana 61.72 38.28
Nueva 91.67 8.33

Si se trabaja con la media aritmética, aunque esta no resulte ser un valor propio de la variable y se pueda ver influenciada por los valores extremos, mencionados precedentemente, se puede resaltar que la media de rotación de consejeros superiores es aproximadamente de 70%. Cabe considerar que esta situación sucede para el total de consejeros superiores del claustro docente. Por otra parte, no se debe pasar por alto que son los consejeros superiores titulares los que ejercen la representación del claustro asiduamente y que, por otra parte, dado el lugar que ocupan en la lista, son ellos quienes se ganan los votos de los electores. Por lo expuesto, se llevó a cabo el mismo análisis, pero solo considerando a los consejeros titulares.

En el cuadro que antecede (Cuadro 3), se observa cómo ha cambiado la situación respecto de la planteada en el Cuadro 2, ya que la tasa de rotación de quienes llevan a delante la representación del claustro con carácter de titular, es notoriamente menor que la observada para el total de representantes del claustro. En otras palabras, podemos decir que ‘en el sector público generalmente es un juego suma cero, ya que el aumento del poder de uno significa la reducción del poder del otro’ (González, 2010).

En el Cuadro 3 se puede ver, claramente, como en la Universidad Nacional de Córdoba, clasificada como grande, la tasa de retención de bancas titulares es mayor que la de rotación. En el mismo orden, se puede decir que en el caso de las instituciones clasificadas como medianas la tasa de rotación y la de retención se equiparan en torno al 50%.

Cuadro 3 Tasa de renovación de bancas de los consejeros superiores titulares, según el tamaño de la institución. 

Tamaño de la institución Tasa de renovación de bancas Tasa de retención de bancas
Grande 46.15 53.85
Mediana 50.6 49.4
Nueva 83.33 16.67

Al trabajar con datos agrupados y promedios, teniendo en cuenta las caracteristicas de la muestra, pasamos por alto algunas cuestiones relevantes como por ejemplo, que en grupo de universidades medianas es la Universidad Nacional del Sur la que posee la mayor tasa de retención de bancas con 69.44% y seguida por la Universidad Nacional de Luján con 66.67%. Si bien los suplentes como su nombre lo indica, solo suplen en caso de ausencia a los miembros titulares, no se puede dejar de lado en el análisis a estos representates electos. Al estudiarlos, de manera particular, se observa que para este grupo de representantes la renovación de bancas en la institución nueva es de 100%.

En el caso de la universidad grande, mientras que para los titulares la tasa de retención es superior al 50%, para lo suplentes es solo de 28.20%. En cuanto a las instituciones como medianas las tasas de retención de bancas oscila entre 16% y 39.21%, encontrándose en dichos extremos la UNCo y UNSL. Como se ha señalado, también se realizó el análisis considerando la ubicación de cada institución en el territorio nacional. Para ello se consideró el CPRES en el que participa cada institución en estudio (Figura 1).

Figura 1 Tasa de renovación de bancas del consejo superior, por región del CPRES. 

En la Figura 1, se puede observar que para las tres últimas regiones esbozadas en dicho esquema (Centro-Oeste, Metropolitana y Sur) la tasa de renovación de consejeros del claustro docente en los consejos superiores es mayor a la tasa de retención. Estas tres regiones poseen, en promedio, una rotación de 70% de sus consejeros superiores. En el caso particular de la región Bonaerense, si bien se repite este fenómeno, se observa que la tasa de reelección es de 47.22% constituyéndose en la región que posee la menor diferencia respecto del índice de rotación para el total de los consejeros. Manteniendo el criterio adoptado al agrupar por tamaño de la institución, se analizó la tasa de renovación solo para los consejeros titulares.

En la Figura 2, se puede advertir que para todas las regiones en estudio se ha incrementado la tasa de retención de bancas al considerar solo a los representantes titulares. En los casos particulares de las regiones Centro-Oeste, Metropolitana y Sur, si bien la diferencia sigue siendo a favor de la tasa de rotación, esta disminuyó pasando de 26.31% a 20.67%, 83.33% a 66.57% y de 48% al 28%, respectivamente para dichas regiones. En el caso particular de la región Bonaerense, la tasa de reelección de los consejeros superiores titulares es de 68%.

Figura 2 Tasa de renovación de bancas de los consejeros superiores titulares, por región del CPRES. 

Ahondando en el estudio del fenómeno, se indagó respecto de la cantidad de veces que estos consejeros resultaron reelectos, perpetuándose, de esta forma, en el cogobierno universitario. Se analizó, para cada institución la repetición de representantes entre procesos electorales para contabilizar la cantidad de períodos consecutivos de permanencia en el cargo. En la Figura 3, se puede advertir que en la mayoría de las instituciones educativas que componen la muestra los consejeros que resultan reelectos se han mantenido en el cargo por dos periodos. Resulta un caso particular la Universidad Nacional de Luján, en la que se da la misma cantidad de consejeros que han sido reelectos en dos y en tres periodos. Claramente se trata de una institución con una tasa de reelección muy alta de los representantes del claustro docente en el consejo superior.

Figura 3 Cantidad de consejeros superiores reelectos, para el total de la muestra. 

La UNAJ, por otra parte, posee la particularidad de que si bien solo ha transitado por dos comicios al año 2017, en el artículo 46° de su estatuto establece que los consejeros superiores solo podrán ser reelectos una vez, lo cual introduce una limitante a la renovación indefinida. Comprendiendo que ‘un alto grado de concentración del voto preferencial en unos pocos candidatos, ya que los votantes eligen según la experiencia del candidato y la posición que ocupan en la lista’ Carrasco (2018), se indago respecto de cómo se caracteriza este grupo de consejeros superiores ‘reelectos’.

Al analizar a los consejeros reelectos por dos periodos consecutivos, se observa que en la Universidad Nacional de San Luis han sido 15 los consejeros que mantuvieron su banca, seguida esta institución por las Universidades Nacionales de Córdoba y Sur, con 10 consejeros reelectos, la Universidad Nacional del Comahue con cinco, la Universidad Nacional de Luján con cuatro y la Universidad Nacional de Arturo Jauretche, como hemos mencionado con anterioridad, con un solo consejero reelegido.

Respecto a los consejeros superiores que han resultado elegidos en los procesos electorales, se advierte que sigue siendo la UNS la que encabeza las instituciones con menor tasa de renovación de bancas; es decir, que seis de sus consejeros han sido reelectos en las tres elecciones consideradas en este estudio. Ubicándose en la posición media la UNC y la UNLu con cuatro representantes reelegidos y en el extremo inferior la UNCo y la UNSL con una sola persona reelecta.

Finalmente, en consonancia con estudios realizados anteriormente, se observa que las listas de candidatos son encabezadas por hombres y estos a su vez resultan reelectos con mayor frecuencia. Del total de consejeros superiores reelectos, para los tres periodos, 75% son de género masculino.

Al mismo tiempo, si se considera el total de representación por género del claustro, sin diferenciar titulares de suplentes, en el caso de los hombres 78.12% ocuparon la condición de consejeros titulares, mientras que para las mujeres su participación media de 25% se reparte de manera equitativa entre titulares y suplentes. A modo de cierre, resulta interesante tomar lo mencionado por el periodista Villazón (2013) ya que este expone que ‘en algunas instituciones, aunque no exista una cuestión de linaje, siempre se mantienen los mismos candidatos’.

Conclusiones

En el presente trabajo se analizó la composición del consejo superior de seis instituciones de educación superior de gestión pública, de la República Argentina, considerando los tres procesos electorales anteriores al año 2017, con el objeto de estudiar la tasa de renovación de la representación del claustro docente, en dicho órgano de gobierno. Se ha encontrado que, la menor tasa de renovación de consejeros titulares permitiría formular como hipótesis que la renovación se produce, en mayor medida, ingresando en el cargo de consejero como suplente. Esto tiene fundamento en que la mayor tasa de renovación se da por los cargos de suplente respecto de la observada para el caso de los titulares.

Al considerar solamente a los consejeros superiores titulares, siempre sobre la muestra en estudio, se encontró que la tasa de repetición de consejeros llega al 40%, mientras que para los suplentes la misma tasa disminuye al 14%. Al realizar el estudio por tamaño de institución, se encontró que a mayor tamaño de la institución se tiende a aumentar la tasa de retención de bancas, mientras que para la institución catalogada como nueva dicha tendencia es totalmente inversa.

Respecto del análisis por regiones del territorio nacional, al considerar la región del CPRES a la que pertenece cada universidad, se halló que para las regiones Centro-Oeste, Metropolitana y Sur la tasa de renovación de bancas es mayor, en otras palabras, es mayor el número de quienes acceden al cargo sin venir desempeñándose como consejero. Esta proporción resulta inversa cuando se observa a las instituciones de la región Bonaerense, dado que es mayor la proporción de quienes permanecen en sus cargos que la de nuevos consejeros.

Haciendo un análisis particular de consejeros que resultaron reelectos, se observó que el promedio de representantes docentes que retuvieron su banca en dos oportunidades es de 7.5%, con un total de 15 bancas retenidas, para el conjunto de instituciones, mientras que el promedio de los consejeros reelectos en los tres comicios es de 2.6%, con seis bancas retenidas. Por otra parte, es dable mencionar que la mayoría son hombres los consejeros superiores que resultan siendo reelectos.

A modo de corolario, se puede concluir que, en los procesos electorales, es el propio elector el que puede ratificar o rectificar su apoyo al postulado, no obstante, si se produce la votación, pero ella no trae aparejada una renovación de la representación, de acuerdo con determinados planteos teóricos no podríamos estar hablando de una democracia en su esencia, ya que ‘el corazón del empobrecimiento democrático está en la relación viciada entre gobernantes y gobernados’.

Literatura citada

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Recibido: 01 de Junio de 2022; Aprobado: 01 de Junio de 2022

§Autora para correspondencia: mrissi@unlu.edu.ar

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