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En-claves del pensamiento

versión On-line ISSN 2594-1100versión impresa ISSN 1870-879X

En-clav. pen vol.1 no.2 México nov. 2007

 

Reseñas y noticias

 

Perspectivas y aproximaciones a los derechos humanos desde la hermenéutica analógica

 

Mauricio Beuchot*

 

Dora Elvira García G., comp., Perspectivas y aproximaciones a los derechos humanos desde la hermenéutica analógica. México, Ducere, 2007. ISBN: 9685054-47-9.

  

* Profesor de la UNAM.

 

Los estudios sobre los derechos humanos tan importantes siempre son necesarios, porque les aportan esclarecimientos o, como es el caso de la filosofía, fundamentación. Ya ha pasado el tiempo en el que se veía a la fundamentación filosófica de los derechos humanos como tiempo perdido, pues ahora se tiene más conciencia de que, si no los fundamentamos filosóficamente, estamos defendiendo algo que no existe, serían meros buenos deseos. Es precisamente la fundamentación la que garantiza su existencia. El eminente jurista y filósofo mexicano Eduardo García Máynez hablaba de una razón suficiente de los derechos, de modo que no bastaba la positivación de un derecho, sino que se asentaba en la razón suficiente o las razones suficientes para hacerlo.

El principio de razón suficiente fue señalado por Leibniz, y decía que todo ente tenía necesidad de una razón suficiente de su existencia. Es decir, todo lo que existe tiene una razón suficiente que lo hace existir. Esto lo aplicaba García Máynez al derecho, diciendo que todo derecho, toda ley, tenía necesidad de una razón suficiente para existir, para ser positivada. No bastaba la mera positivación. En este sentido, son los derechos humanos los que más nos solicitan para que les señalemos esa razón suficiente de su existencia, la cual va más allá de su sola positivación. No por el solo hecho de que ya estén positivados muchos de ellos se tiene que dar por acabado el asunto. Es necesario profundizar más, y esto es lo que veo en los trabajos del volumen colectivo que estoy presentando.

Ha habido muchas maneras de fundamentar los derechos humanos. Solía hacerse a través de supuestos ontológicos muy fuertes, a veces demasiado, en el iusnaturalismo, que consistía en postular una naturaleza humana en la que recaía la fundamentación de tales derechos. Esto causó muchos escándalos y dificultades, por eso se prefirió una fundamentación pragmática de tan importantes derechos, a veces tan pragmatista que le bastaba con aludir a la positivación, como si con ella los derechos humanos quedaran justificados teóricamente.

Ahora asistimos a una fundamentación que usa la hermenéutica. Ésta tiene la ventaja de admitir la actitud pragmática o pragmatista, pero sin rechazar la ontología, sólo busca una ontología no tan fuerte y prepotente, como fue la de la modernidad. Es el compromiso en el que coinciden los autores que han colaborado en este libro colectivo.

Y es que, atenta a las críticas que la tardomodernidad o posmodernidad ha hecho a la modernidad, la hermenéutica ha querido debilitar los llamados metarrelatos, entre ellos la metafísica u ontología, y el otro la filosofía de la historia, así como la ética, etcétera. Pero no se ha querido quedar sin nada, pues si perdemos totalmente esos relatos nos quedamos sin fundamento alguno, y cada vez más se ve la imposibilidad de que hagamos filosofía sin ningún fundamento, al menos con un fundamento débil, y éste puede aportarlo la hermenéutica.

Sobre todo, hay que decir que en este volumen, que ahora estoy presentando, no se sigue cualquier tipo de hermenéutica, sino una hermenéutica analógica, que es compleja, esto es, vertebrada por la noción de analogía, la cual es intermedia entre la univocidad y la equivocidad. Puede hacerse corresponder a la univocidad con ese ideal fuerte y monolítico de la modernidad, con su ontología fuerte, amparada en o justificada por una epistemología también fuerte. Pero, por otro lado, puede hacerse a corresponder a la equivocidad con ese desencanto de hoy en día, en varios ámbitos de la posmodernidad, con su rechazo de toda ontología y de toda epistemología, para navegar en aguas peligrosas de un relativismo muy disolvente.

En cambio, una hermenéutica analógica nos hará evitar tanto esa pretensión univocista de la modernidad, que quería justificar a ultranza todo, y precisamente en una naturaleza humana unívoca, absolutista e impositiva, pues el que no la llenara como era llenada por algunos pueblos europeos, no merecía el nombre de ser humano. Mas, por otra parte, también evitará el desplome equivocista de la posmodernidad, que ya ha mostrado que conduce a muy poco, y muchos de los discípulos de los principales posmodernos tratan de dar marcha atrás y buscar otros derroteros. Será, pues, una fundamentación de los derechos humanos hermenéutica, sí, pero sin dejar de lado alguna base ontológica, un fundamento ontológico en la naturaleza humana, pero no entendida como algo unívoco, sino como algo abierto, en la línea de la analogicidad; porque tampoco podemos abandonarnos a la equivocidad, y quedarnos sin ninguna naturaleza humana, porque nos quedaríamos sin ningún asidero para referirnos al hombre y nos quedaríamos, en definitiva sin derechos humanos.

La hermenéutica analógica nos permitirá, por ser hermenéutica, basarnos en un conocimiento del ser humano para poder saber qué derechos le convienen, qué derechos necesita tener como inherentes a lo que es, a su condición humana. Y, por ser analógica, nos instruirá para no hacer de la naturaleza humana algo cerrado y definitivo, sin nada de historia, cultura y proceso. Sobre todo, nos ayudará a ver las diferentes aplicaciones que tienen los derechos humanos en las diversas culturas, en el multiculturalismo, y poder comprender esas prácticas, pero también enjuiciarlas a la luz de los derechos humanos para denunciar a aquellas que van contra ellos. Y para eso necesitaremos poder discernir a partir de qué momento se están lesionando tan importantes derechos y cómo podemos decirlo, para protegerlos y defenderlos contra los que los conculcan.

Todo eso nos lo dará la filosofía, y ahora trata de hacerlo a través de la orientación hermenéutica, que es la más reciente en filosofía, y, en este caso, ha querido hacerse con una hermenéutica analógica, abierta pero resistente, segura.

Este libro que he presentado será de gran utilidad para los interesados tanto en la hermenéutica como en los derechos humanos, pues contiene, dicho sea en resumen, una aplicación de la hermenéutica a estos derechos. Y precisamente un tipo de hermenéutica que pretende conservar la base ontológica de los derechos humanos, a saber, la naturaleza humana, pero sin esa rigidez que ha vuelto sospechosa en la actualidad a esa noción. Y es que hace pasar a la naturaleza humana por la interpretación; no sabemos dogmáticamente y a priori qué es el hombre, sino que hay que interpretarlo, aprender, a posteriori y abiertamente, qué es, qué necesita, qué desea. De este modo se tratará de una naturaleza humana más abierta y una noción más atenta a su devenir. En esto consiste pasar la ontología por una saludable hermeneutización, y pasar la hermenéutica por una saludable ontologización. Es salvaguardar la fundamentación ontológica de tan importantes derechos en una idea del hombre, todavía de la naturaleza humana, pero con una apertura hermenéutica, que nos haga no endurecer dicha naturaleza, sino mantenerla abierta para ver sus vicisitudes históricas e integrarlas de alguna manera. Y es lo que se ve en este libro, el cual, por lo mismo, será muy importante.

Para concluir, quiero decir que este volumen, coordinado por Dora Elvira García González y en el que han participado autores con trabajos tan lúcidos y bien hechos, es una aportación teórica, de capital importancia, para la defensa y promoción de los derechos humanos, tan necesarios para la paz que todos deseamos.

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