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Península

versão impressa ISSN 1870-5766

Península vol.1 no.0 Mérida  2005

 

Artículos

 

Nueve cartas de amor y un testamento inesperado. Lo público de la vida privada en la Guatemala dieciochesca1

 

Mario Humberto Ruz

 

CEM, IIFL y UACSHUM, CH, UNAM.

 

Fecha de recepción: 7 de septiembre de 2005.
Fecha de dictamen: 11 de octubre de 2005
.

 

Resumen

Dada su naturaleza, intrínsecamente privada, la correspondencia amorosa muy rara vez figura en archivos públicos, a menos que su contenido afectara en modo especial las relaciones entre otros miembros de la sociedad. La aquí tratada, a más de permitirnos atisbar en la relación amorosa entre un rico comerciante asturiano y una costurera mestiza guatemalteca, muestra cómo, en ocasiones, tales documentos podían emplearse con fines jurídicos, a la vez que nos ilustra sobre el desamparo en que se hallaban los vecinos comunes frente a las ambiciones de ciertos representantes de las órdenes religiosas, en este caso la poderosa Compañía de Jesús.

Palabras claves: correspondencia privada, asuntos judiciales, Guatemala, Compañía de Jesús, siglo XVIII.

 

Abstract

Due to it's nature intrinsically private, love correspondence rarely appears in public archives, unless their content affect in a special way the relationships among other society members. This correspondence, beyond allowing us to watch the love relationship between a rich Asturian retailer and a Guatemalan mestiza tailor, show us how this documents sometimes could be used with legal purposes as well as illustrate about the defenselessness in which the common neighbors were placed in front of the ambition of some religious orders members, in this case the powerful Society of Jesus.

Key words:
private correspondence, legal affairs, Guatemala, Society of Jesus, XVIII century.

 

El ocho de junio de 1750 don Miguel Francisco Morán de la Vandera, originario de Gijón y avecindado en Santiago de Guatemala, obtuvo el real decreto que amparaba haber ingresado en la Tesorería los 5800 pesos fuertes2 que le allanaban el camino para suceder a don Félix de Elías Zaldívar como alcalde mayor de Huehuetenango y Totonicapan. El 29 de julio el rey Fernando VI firmaba en el Buen Retiro el título correspondiente3 y tres días después "tomaron la razón del real título los contadores de cuentas del Consejo Real de Las Indias",4 al tiempo que se le notificaba estarse ordenando al

presidente, y a los oidores de la expresada Audiencia de las provincias de Guatemala,5 y a los demás ministros, juez y justicia de ellas, que como a tal alcalde mayor os guarden y hagan guardar todas las honras, gracias, mercedes, franquezas, libertades, exenciones, preeminencias, inmunidades y prerrogativas que os tocan,6 sin limitación alguna, dando la residencia en mi Real Audiencia de Guatemala, como se ha hecho [hasta] ahora con vuestros antecesores....

El rico mercader asturiano inició los preparativos para retornar a Guatemala después de más de dos años de ausencia. Sin duda estaría contento. Además de tener afectos que lo esperaban en Santiago de Los Caballeros, no era poca cosa lo obtenido ni había sido tan sencillo lograrlo.

Para alguien no muy avispado, la alcaldía mayor de Huehuetenango y Totonicapan podría parecer plato poco apetecible. Zona montañosa y fría -con bosques de coníferas, cedrales y roblares demasiado alejados de la capital como para hacer redituable su corte y acarreo, páramos desolados apenas aptos para criar ovejas, y algunos valles intermontanos, fértiles pero pequeños, donde se apretujaban los cultivos de maíz de su relativamente densa población india- no era, ni de lejos, tan rica como sus vecinas: Quetzaltenango o Los Suchitepéquez; podría incluso considerársele muy pobre si se comparaba con las alcaldías del Reino donde florecía el añil. De tal opinión era su teniente general, don Joseph Antonio de Aldama, quien en respuesta a la real cédula del 19 de julio de 1741 informó que en la Alcaldía a su cargo había apenas dos valles de españoles y 48 pueblos de indios, sin "cosa digna de memoria."7 Hasta los frailes mercedarios se quejaban de que se les hubiese asignado zona tan miserable y abrupta para doctrinar.

Pero lo que le faltaba en producción lo suplía en trasiego de comerciantes. Paso obligado a la alcaldía mayor de Chiapa, y desde allí a la Audiencia de México por la alcaldía deTabasco, era la ruta expedita para el puerto de Campeche y otra forma de llegar a Veracruz, aunque menos práctica que subir por el istmo después de atravesar los terrenos llanos de Soconusco y el Despoblado de Tonalá. Por caminos reales y senderos se apretujaban las recuas de muías, compradas en Los Llanos de Chiapa o en Oaxaca, cargadas de los productos de la región e incluso de más allá.

Bien lo percibió Joseph de Olavarrieta, quien en un informe firmado en Huehuetenango el 4 de junio de 1740,8 destacaba cómo entre los 39 1/2 tributarios indios y los más de 20 vecinos españoles, 25 familias de mestizos y cinco de mulatos de Huehuetenango, varios se entretenían "en vender cacao y otros frutos", mientras que en San Pedro Necta (dividido por sólo una calle de Santo Domingo Osumacinta), "las indias hacen mantas y los indios son tratantes en las provincias de Chiapa y Soconusco." Por su parte los de Santa Ysabel9 acudían a la plaza de San Antonio Suchitepéquez, con gallinas y otros frutos, trayendo al regreso "cacao y algodón para las mantas que tejen sus mujeres" y los de San Sebastián Huehuetenango se dedicaban a hacer "mantas que llevan a vender a la ciudad de Guatemala y otras partes."

Pueblos vinculados a la industria textil eran también Santa Ana Huista, San Cristóbal Totonicapán, famoso por sus jarguetas y sus trabajos en lana; Malacatán, cuyos indios vendían en la cabecera el algodón que sus mujeres reducían a hilo; San Gaspar Chajul, donde las mujeres hilaban "continuamente y lo mandan a la capital", mientras que los hombres confeccionaban "chiquigüites y otras menudencias de un bejuco delgado que tienen." Los de Santa María Chiquimula destacaban en el tejido de frazadas listadas, además de ir "continuamente [...] a la lisa de San Antonio con sus gallinas de Castilla y de la tierra, y ocote." Los de San Miguel Totonicapán, además de sembrar abundante trigo, tejían "jarguetas y otras cosas que llevan a Guatemala", y habían descollado de tal modo en los trabajos de carpintería, sillería y cerámica, que tenían gremios de cada una de esas actividades. Y ni qué decir de los tejedores de Momostenango, sin duda los más prolíficos y afamados, que contaban con importantes hatos de muías para comerciar sus tejidos.

La vecina Gobernación de Soconusco sabía de las continuas visitas de los habitantes de San Andrés Cuilco, quienes llevaban allí su panela; los de Colotenango, tratantes de frutas y gallinas, mientras los de Ostaguacán aparecían a menudo vendiendo las mantas que tejían sus mujeres. Por la alcaldía de Chiapa era común ver a los de Soloma compitiendo con los de Coatán por vender el trigo que se cosechaba en ambos pueblos, y afanándose además en el trato de cacao y algodón.

Al igual que los de San Antonio Güista [Huixta], los de Purificación Jacaltenango mercadeaban maíz, tabaco y miel, destacando las colmenas del segundo pueblo "porque tienen muchas, y buena salida de la miel y la cera"), mientras que las mujeres de Güista, aprovechando el que su pueblo estuviese en el camino real, hacen totopostes y otras vendimias para los pasajeros." Chiantla y San Francisco el Alto coincidían en la factura y venta de cal. Otros, en cambio, no tenían que competir dada la singularidad de sus productos. Los de Acatan, por ejemplo, eran únicos en hacer "soyacales de palma, que es un modo de capa con que los indios caminan cuando hay agua." Hombres y mujeres de San Francisco Motosinta,10 pueblo "caliente, seco y fúnebre" con apenas cuatro tributarios, gozaban de reconocimiento por sus "esteras coloradas" y el apreciado copal que obtenían de los árboles. Aguacatán se singularizaba por sus "muchas vacas y ovejas", la panela que fabricaba con caña dulce, y sobre todo por tener "una mina de yeso que sirve para los pintores y doradores." Hasta los de Cunén, calificados como "muy dejativos [pues] aunque tienen buenas tierras sólo se aplican a sembrar maíz", eran famosos por "hacer escobas que sirven de barrer."

Lugar especial ocupaban los poseedores de minas de sal. Así, los de Sacapulas eran reputados como "grandes tratantes en la provincia de San Antonio [Suchitepéquez], llevando sal de unas salinas que tienen en la superficie de la tierra, en las orillas de dicho río", además de fabricar "mucha jarcia", y dado que su sal, buena para la cocina, se consideraba inservible para los ganados, "porque tiene poca actividad", no se preocupaban por competir con los de San Mateo Ixtatán, pueblo 'lluvioso y melancólico", que tenía "dos pozos grandes de que mana copiosa agua de sal. Ésta, con mucha facilidad, la ponen al fuego y luego se congela y toma cocimiento." La industria era tan redituable que se cuidaban celosamente los pozos ("están debajo de tapias y techo de teja, con sus puertas") y su explotación, pues había tres llaves de dichos accesos: "que la una tienen los alcaldes, otra los indios principales y otra los indios maceguales y así, sin que todos concurran, no pueden abrirse." El agua se repartía a los naturales por semanas, "y de dicha sal sacan mucho dinero, pues no se proveen de otra este Partido y el de Quezaltenango para el crecido número de ganado ovejuno que hay, y para los demás ganados de que se componen las haciendas de campo." No era de extrañar que, a más de algunas ovejas, tuviesen "muchas muías de carga" para comerciar sal y sus afamados petates blancos de palma. El comercio era tan floreciente que a él concurrían los de San Juan Ixcoy, comprando sal en Ixtatán para venderla en Quetzaltenango y comprar a cambio cacao y algodón que revendían por los pueblos de la Alcaldía.11

Comerciantes eran también los de Nebaj, los de Uspantán: "aplicados a ser tratantes, vendiendo siempre cacao, achiote y otros frutos" que acarreaban en sus numerosas muías, y los de San Andrés Jacaltenango, aunque éstos ni siquiera se preocupaban por salir de su pueblo: hasta él acudían los vecinos ávidos por adquirir sus famosos trabajos de jarcia. Ganaderos eran en cambio los españoles, mestizos y algunos negros que poblaban los valles de Sihá y Sahcahá.

En resumen, en las 70 leguas de longitud y 53 de latitud que componían la jurisdicción, y con la única y temporal excepción de Todos Santos y San Martín, ambos de apellido Cuchumatán e igualmente destruidos por severas epidemias,12 florecía el comercio, no por dedicado a productos pequeños menos significativo.

Ésa era sin duda la visión que había alentado a un mercader nato como don Miguel para hacer viaje hasta España y desembolsar casi 6000 pesos (a más de lo erogado en el viaje) a cambio de la seguridad de controlar la Alcaldía por un salario tan raquítico como el de 333 pesos y 2 reales anuales -de los que habría que deducir por adelantado la media anata "con más el 18% por la conducción del todo a estos reinos"-13 una vez que Elias Zaldívar cesase en su cargo, años más tarde. Ya se encargaría su probada capacidad de comerciante emprendedor y disciplinado de hacer redituable el desembolso, pese a la prohibición real de que los alcaldes "contratasen" con los vecinos de la Alcaldía.

Si don Miguel hubiera salido airoso de la prueba es algo que nunca sabremos. El 14 de noviembre de 1761, en lugar suyo, Tiburcio Angel de Toledo, juraba ante la Real Audiencia,

por Dios nuestro señor y una señal de su santa cruz en forma de Derecho, so cargo del cual [juramento] prometió defender el misterio de la pura y limpia concepción de Nuestra Señora, usar bien y fielmente el oficio de alcalde mayor del Partido de Güegüetenango y Totonicapán, administrando justicia a las partes que la pidieren, observando las leyes del Reino y lo prevenido y mandado en dicho real título [de alcalde mayor] sin faltar a ello en manera alguna ni llevar derechos demasiados a las partes; ningunos a su majestad (que Dios guarde), a los indios ni a los pobres de solemnidad. Y de no tratar ni contratar por sí ni por interpósitas personas con los vecinos y nativos de su jurisdicción, guardando las provisiones en esta razón establecidas.14

Don Tiburcio tomó posesión de la Alcaldía15 por dos imprevistos que ni remotamente imaginaba cuando, a su vez, compró los derechos a ella hacia 1752. El más inmediato fue la renuncia de Joachín de Montúfar (14 de julio de 1756) y el más antiguo la muerte de don Miguel Morán, acaecida en Veracruz la primera semana de junio de 1751, según hizo constar el cura del puerto, don Miguel Francisco de Herrera, quien -a solicitud del flamante alcalde mayor- apuntó cómo:

[...] en un libro de papel común, forrado en badana colorada, en el que se asientan las partidas de entierros de españoles [...], al folio 23, se halla la siguiente partida:

"En la ciudad de La Nueva Vera Cruz, en 8 de junio de 1751 años, en la iglesia parroquial, título La Asunción de Nuestra Señora, se le dio sepultura eclesiástica al cuerpo de don Miguel Francisco Morán de La Vandera, español soltero, natural de Asturias, quien testó en Goatthemala.

Recibió los santos sacramentos de penitencia y extremaunción, a cuyo entierro asistí yo, don Manuel Mendes deTholedo, teniente de cura en dicha parroquia, y lo firmé."16

No fue don Tiburcio Ángel el único interesado en demostrar que Morán había muerto; ocho años antes que él lo hizo el jesuita Juan Miguel de Cartagena,17 quien, amparado con un nombramiento de abogado testamentario, se apresuró a hacer válido el poder que años atrás le había otorgado el mercader para disponer de sus bienes en caso de fallecimiento. Ni tardo ni perezoso, el religioso se aplicó a la tarea de transferir buena parte de los cuantiosos caudales a las arcas de la Compañía de Jesús. En efecto, por las acciones emprendidas ante el Juzgado de Bienes de Difuntos,18nos enteramos que en julio de 1751 Cartagena obtuvo licencia de su superior eclesiástico para ocuparse del caso,19 tras lo cual se presentó ante un escribano en la ciudad de Guatemala a fin de iniciar los trámites tendientes a cumplir la voluntad del difunto.20

En el amplio poder otorgado en 1747, don Miguel apuntaba ser hijo legítimo de don Fernando Morán de la Bandera y doña Catharina de Baldez Llanos, ambos ya difuntos, vecinos de la villa de Guijón en el Principado de Asturias, y estar próximo a realizar un viaje a la ciudad de México y el puerto de Acapulco "a negociaciones de mi utilidad y conveniencia. Y temiéndome de la muerte, como cosa natural a toda criatura viviente, y que no me coja desprevenido de manifestar las expresiones de mi última voluntad, de que resultarían las inconsecuencias que regularmente se experimentan de ésta y otras omisiones", había decidido encargar a Cartagena la distribución de su fortuna.

El poder iniciaba señalando que el entierro y funeral quedarían al arbitrio del eclesiástico, pero como vimos éste no tuvo que preocuparse ni de lo uno ni de lo otro por haber muerto don Miguel intempestivamente en Veracruz a su regreso de España. Confesar, olear y enterrar al comerciante quedó en manos del teniente de cura Manuel Mendes de Tholedo, quien no parece haberse esmerado mayor cosa en los funerales. Si al confesar don Miguel tuvo tiempo de comentarle sobre cambios en su testamento es algo que ignoramos, pues el abogado defensor nunca se preocupó por averiguarlo, y si Cartagena lo hizo al pedir la certificación de la muerte al cura veracruzano, bien se cuidó de callarlo. La "universal heredera" del asturiano siguió siendo la señalada en el poder de 1747: su alma. No tenía por entonces, aseguró, "herederos forzosos ascendientes ni descendientes."

Pese a lo señalado en el poder, ni el alma resultaba la única beneficiada, ni el comerciante había dejado absolutamente todo al arbitrio del religioso; adjunta al poder se encontraba una "cierta memoria" firmada de su puño y letra, a más de haber "comunicado [...] en privada confianza [...] otros documentos" con base en los cuales el jesuita debería repartir sus bienes de llegarse el caso. Por la mencionada memoria nos enteramos que habrían de pagarse un peso a cada una de las llamadas mandas forzosas (obligatorias en todo testamento),21 y que su tía paterna, doña Bernarda Morán, y su marido, don Pedro Condres, vecinos de Gijón, recibirían 1000 pesos. En caso de haber muerto alguno, el otro recibiría el total; si ambos, sus herederos, "y si no los tuvieren, se gasten en 1000 misas de a peso, que se dirán en la parte que dispusiere mi albacea." Otros 1000 pesos se repartirían entre sus dos hermanos, doña Francisca y don Juan Morán, "en la mesma conformidad."

A los mismos tíos22 se remitirían 1000 pesos más cuya distribución quedó claramente estipulada: 200 pesos de a ocho reales de plata se entregarían a su tía materna doña Ysabel de Baldés Llanos. Si hubiese muerto para entonces, el dinero se repartiría entre sus hijas doña Thereza y doña Anna María de Miranda.23 Otros 100 pesos iban destinados a Ysabel de la Vega, su "chichigua" (nodriza). De haber fallecido, se aplicarían en 200 misas a beneficio de su alma. De lo restante habrían de cubrirse 100 misas rezadas y una cantada (pagando 25 pesos de plata por ésta y cuatro reales por cada una de las otras) a oficiarse por igual en los siguientes santuarios asturianos: el de Nuestra Señora de Contrueses, el de Nuestra Señora de la Guía y Señora del Carmen, el de Covadonga24 y el de Nuestra Señora de los Remedios, del hospital de Gijón. Por si 400 misas rezadas y cuatro cantadas no bastasen para atestiguar su devoción mariana, pidió se celebraran otras tres misas cantadas (20 pesos cada una) en el altar de Nuestra Señora del Rosario, más otra cantada y 40 rezadas (cuatro reales de plata cada una) en el de "mi Señora de las Angustias" y el Santo Cristo de la parroquia del mismo sitio. Lo que sobrase de los 1000 pesos se entregaría al Hospital de Pobres de Gijón, adyacente al santuario de la virgen de los Remedios.

En Gijón también habría de fundarse una capellanía de 2000 pesos cuyos patronos serían sus tíos Pedro y Bernarda,

Y por falta de ambos [nombro] a mis parientes, prefiriendo siempre el más cercano, aunque sea mujer. Y habiendo varios en igual grado, prefiriendo siempre el mayor. Y en falta de parientes míos, el señor obispo de aquella Diócesis.

Los capellanes primeros han de ser los hijos de dicha doña Bernarda y por falta de éstos mis parientes, prefiriendo el más cercano, y en igual grado, el mayor. Y en falta de ellos el patrón nombrará capellán.

Las misas han de ser, siempre que el capellán fuere pariente mío dentro del cuarto grado, ciento en cada un año. Y cuando fuere capellán algún otro, han de ser todas las que correspondieren al rédito según la tasa de aquella Diócesis. Y las misas han de ser por mi alma, por las de mis parientes, por las demás a quienes yo fuere obligado, y por las [ánimas] del Purgatorio.

Excepción hecha de algunos de estos legados, que directa o indirectamente favorecían a parientes consanguíneos y afines, y la orden de repartir su ropa entre los pobres, todo lo demás lo destinaría el albacea a sufragios y obras pías: 1000 pesos serían para otras tantas misas: 100 en la capilla de Nuestra Señora del Socorro y 100 en la del santo Cristo de la catedral guatemalteca, 100 en la capilla de san Juan de Letrán de los mercedarios, 100 en la ermita de los Dolores que se alzaba en "el cerro de esta ciudad", 100 en la iglesia del Colegio de Cristo crucificado (del Colegio de Propaganda Fide) y las 500 restantes donde dispusiese Cartagena. Amén de las misas, la imagen catedralicia del Socorro se vio favorecida con 500 pesos, "los que se han de gastar en alhajas de su santa imagen o de su capilla." 4 000 pesos deberían situarse en "finca segura." De los 200 pesos que tal cantidad produciría anualmente por concepto de intereses, 50 podrían utilizar los ignacios en lo que gustasen, pero quedaban obligados a emplear los otros 150

en hacer una fiesta en su iglesia al corazón santísimo de Jesús el día viernes inmediato a la octava de Corpus, con sermón y fuegos la víspera. En los fuegos ha de gastar 25 pesos y otros 25 pesos le ha de dar al predicador, no por limosna o estipendio en recompensa, sino en mera y pura gratitud que con ellos desde ahora quiero manifestarle. Y es de advertir que todos los dichos 150 pesos se han de consumir y gastar en la dicha fiesta, y lo que [...] por cualquier contingencia no se gastare en ella, se les ha de repartir a los enfermos del Hospital de San Juan de Dios de esta ciudad de Goathemala, sin que en esto se pueda arbitrar o disponer otra cosa, porque así es mi última voluntad.

Don Miguel hizo expreso que los jesuitas no podrían mantener consigo el principal ni darlo a usura, y que el bien inmueble sobre el cual se situase no podría pertenecer a la Orden "y si en algún tiempo faltare a esto, luego luego pase dicha finca al Colegio de las Niñas de esta ciudad25 [...] para que en su iglesia o capilla, desde entonces en adelante, reciba los 200 pesos y haga la dicha fiesta como va prescrito, tomando para sí, del rédito, 50 pesos."

Lo restante beneficiaría en su totalidad a la Compañía de Jesús en Guatemala para "descarga" de sus obligaciones, pero de acuerdo a señalamientos expresos (en cuya redacción bien puede sospecharse la intervención del propio Cartagena, dado lo que revelan de conocimiento preciso de la situación financiera de los jesuitas). Así, la memoria detallaba incluso el orden en que se pagarían las deudas para liberar a la Compañía:

De 4000 pesos que tiene sobre sí o sus fincas para celebrar dos días del jubileo de las 40 horas.

De 2500 pesos que del mismo modo tiene para celebrar el día de san Ignacio de Loyola.

De 2000 pesos que del mismo modo tiene para celebrar el día de san Francisco Xavier.

De 1500 pesos que del mismo modo tiene para celebrar el día del tránsito de la santísima virgen María.

De 1100 pesos que del mismo modo tiene para celebrar la fiesta del Corpus.

De 1000 pesos que del mismo modo tiene para celebrar a san Juan Evangelista y el día de año nuevo.

De 2000 pesos que del mismo modo tiene para la cera del monumento y solemnidad del Jueves Santo.

De 550 pesos que del mismo modo tiene para celebrar el triduo el día de Nuestra Señora de Guadalupe.

De 1380 pesos que del mismo modo tiene para celebrar novena y día de san Miguel.

De 2000 pesos que del mismo modo tiene para celebrar las novenas de la santísima Virgen de los Dolores y san Francisco Xavier.

Y de varias cantidades que tiene del mismo modo para un cuarto domingo de mayo, para una misa cantada el día de la Asunción, para la hora en el día de la Ascensión, para la lámpara del sanco Cristo, para el cirio del altar mayor, para misas de los sábados, para el patrocinio de señor san Joseph y para el se[p]tenario del mismo santo.

El donante hizo las mismas estipulaciones sobre la forma de fincar el dinero y agregó que, en caso de sobrar algo después de exonerar al Colegio de sus obligaciones, podría emplearse "en redimir cualesquiera otros censos no vitalicios" o al menos parte de ellos, "y si aún quedare remanente mío, lo fincará todo mi albacea en fincas de su arbitrio, y los réditos han de ser perpetuamente para que cada año dicho Colegio [...] lo consuma y gaste como cosa suya [...]." Para desgracia nuestra, exoneró también al jesuita de la obligación de hacer inventario o vender sus bienes en almoneda ("que se vendan como él dispusiere"), privándonos así de conocer la procedencia, cuantía exacta y naturaleza de su legado.26 Aún más: precisó "cuando mi albacea presente mi testamento, cualesquiera jueces eclesiásticos o seculares estén al simple y sencillo dicho suyo, sin que pueda por ninguno ser compelido a justificar cosa alguna ni probar con instrumento alguno cosa alguna de las que el simple y sencillo dijere."27

Provisto de tan amplios poderes, el 9 de septiembre de 1751 el albacea dictó testamento ante el escribano real Joseph Mathías de Guzmán, apegándose prácticamente a la letra a lo dispuesto por Morán de la Bandera en su "Memoria." Ni siquiera se molestó en detallar ante qué altar guatemalteco se aplicarían las 500 misas que el comerciante dejó "a su arbitrio" o qué alhajas se comprarían para el ornato de la imagen del Socorro; aseguró, eso sí, "que a su tiempo se recaudará el recibo conveniente" y que se encargaría de repartir la ropa entre los pobres. De lo destinado a España apenas precisó que la capellanía debería beneficiar preferentemente a un familiar del difunto "dentro del cuarto grado"

Presuroso sin duda por contribuir al "beneficio del alma" de tan generoso donante, Cartagena veló por la inmediata transferencia del resto de los bienes a su propio Instituto.28 Una de sus primeras acciones, según nos enteramos por otro documento, fue presentarse ante los directores de la Compañía de Comercios y Habilitación de Minas, para reclamar 3066 pesos y seis reales correspondientes a las ocho acciones ("por razón del diezmo primero y segundo tercio") que don Miguel poseía en ella. Pese a que, buscando hacerse de inmediato con el efectivo, el jesuita alegó que una bula de Clemente IX prohibía a los eclesiásticos disfrutar de utilidades provenientes de una compañía de comercio, los empresarios se negaron a satisfacer su demanda por no disponer de tal cantidad. A cambio le ofrecieron pagarlos en dos años, incluyendo intereses a razón del cinco por ciento. Dejó de lado bulas y prejuicios, y aceptó sin chistar.29

Transferir el importante caudal del occiso a los ignacios pintaba pues como cosa sencilla, pero Cartagena enfrentó un obstáculo inesperado cuando, en octubre de 1751, acudió ante la justicia don Juan Angel de Altamira, alegando derechos sobre la herencia por parte del cliente que representaba.

No sabemos mayor cosa acerca de este apoderado; apenas que en 1745 postuló al oficio de procurador de número de la Audiencia, oficio que se remató en su favor,30 y para el cual obtuvo la real cédula de confirmación el 22 de junio de 1748.31 No había transcurrido siquiera un mes cuando, alentado acaso por tan buen comienzo, Altamira hizo levantar una "información de méritos" para probar que en él concurrían "actividades, inteligencias e idoneidades para poder ejercer y obtener cualquier oficio de pluma, y en especial el de escribano u otro correspondiente."32 Presentó para ello como testigos a dos abogados de la Real Audiencia, dos escribanos públicos y dos oficiales mayores de la Secretaría de Cabildo,33 quienes avalaron sus conocimientos y práctica, agregando alguno que como procurador de número se había desempeñado en varios negocios "con gran lucimiento por razón de lo mui versado que se halla [...]"; tiene "mucha práctica e inteligencia", mientras que otro dio fe de la "mucha práctica que le asiste. Y ésta no sólo adquirida en los negocios de su importancia, sino [en] el cotidiano estudio de leyes que le acompaña [...]."

Pese a lo asentado por testigos tan cercanos al oficio, don Juan Ángel no parece haber tenido mucha clientela,34 y la manera en que presentó y condujo el litigio que aquí nos ocupa tampoco avala su supuesta "mucha práctica e inteligencia", pero, sea como fuere, en octubre de ese 1751 se ostentaba como procurador y defensor nombrado de Dionicia Castellanos, vecina de la ciudad, pidiendo se recibiese cierta información de testigos a fin de demostrar el derecho de su dienta a disponer de al menos una parte de la herencia de Morán.35 La solicitud del procurador no podía ser más clara al detallar los hechos sobre los cuales se debía interrogar a los testigos, acerca de si les constaba:

[...] que dicha Dionicia, mi parte, desde que salió de la edad pueril, sin embargo de haber entrado a mayor edad en su juventud, siempre se mantuvo al lado de su madre y hermanas, como si esruviera en su puericia. Y si saben que siempre vivió en su compañía trabajando con ella igualmente en sus costuras para su manutención, viviendo honestamente recogida, sin que ni de dicha Dionicia ni de sus hermanas se advirtiese la menos [sic] decente comunicación ni trato adturpiam con persona alguna, hasta que -a título de [requerir] costuras- se introdujo en la comunicación de su casa [...] don Miguel Morán de la Vandera, difunto, frecuentando diariamente en ella, hasta que se verificó que el mes de agosto del año pasado de 748 la sacó de su casa contra las fuerzas de su madre y hermanas y la entró en la propia de dicho Moran, trabando amistad con dicha Dionicia, y por ella deberle su honestidad y casto recogimiento, sacándola también [luego] de la [casa] suya y ponerle habitación en el barrio Del Tortuguero, hasta que, hallándose encinta y próximo a hacer viaje dicho Morán, solicitó dejarla al lado de su madre y hermanas, por lo que se reconcilió con ellas y les buscó casa, en la cual las dejó juntas.36
Y se partió dicho Morán a su viaje, y durante éste parió dicha mi parte a María Josepha, hija de los dichos don Miguel y Dionicia, mi parte, sobre lo cuál expresen con toda claridad como dicho es y, fechas, se me entreguen para deducir la acción que convenga.

El 23 de octubre de ese 1751 comenzó el desfile de testigos con el armero Juan Luque, dueño de la casa rentada en el cenagoso barrio Del Tortuguero, que se extendía hacia el sur de la plaza central de Antigua.37 Éste declaró que, en efecto, Morán le había pedido cobrase mensualmente la renta de su cajero Manuel de España, tal y como lo seguía haciendo. Aseveró haberle prometido que compraría la casa al volver de su viaje, "que entonces le expresó era Acapulco." Cuatro días después tocó el turno al comerciante Benito Matute, de 27 años, quien ratificó punto por punto la relación de Morán con Dionicia, pues lo vio frecuentar la vivienda de las costureras, y agregó haber sabido más tarde "de varias personas haberle[...] puesto casa de habitar a la susodicha[...]." Más contundente fue Joseph Hordieres, también mercader, de 33 años, primo hermano de Morán, con el cual vivió algún tiempo. Éste le había presentado a Dionicia y su familia como "sus costureras" desde 1742 o 43, y le constaba que iba diariamente a visitarla, aunque no observó ningún "trato ilícito", hasta que en agosto de 1748 su primo sacó a la muchacha de la vivienda de su madre. Hasta entonces "la susodicha estaba en el concepto y opinión de íntegra." Otro tanto aseguró Francisco Echeverría, también "del comercio de esta ciudad."

Amparado en tales declaraciones, el defensor pidió al albacea "satisfaga a la dicha mi parte la virginidad y casto recogimiento que le vulneró el dicho Morán, aplicándole por dote, en satisfacción de su honor, la cantidad de 4000 pesos." En su opinión, Morán "invirtió" el honesto vivir de Dionicia "con la violencia, engaño e inquietud con que [la] extrajo [...] del lado de su madre para conseguir sus intentos [...]", y la violentó "con los ecepsivos [excesivos] afectos y promesas que le expresó el susodicho, con insinuarle hallarse soltero y con facultades suficientes para poder servirle de alivio y contener cualesquiera inquietudes o acciones que por su madre se pretendiese [n], pues no se hallaba impedido para poder quedar airoso en cuanto resultase en satisfacción de su honor." A fin de cuentas, alegaba, eso fue "decirle tácitamente que atendiese sólo a su pretensión, pues en todo evento podría contraer matrimonio con ella. Que no fue otra cosa sino, hallando a mi parte tímida e inclinada más a su honestidad que a su gusto, procuró de esta manera violentarle el ánimo, como la violentó." Por otra parte, en su opinión, el precio de la casa que propuso comprar a Luque correspondería a una "satisfacción dotal" que, le parecía claro, estaba en "el ánimo del difunto."

Con el objetivo de desarmar los argumentos del defensor, el jesuita Cartagena puso en entredicho la profundidad de la relación amorosa, sobre la cual alegó no existir pruebas. Altamira las proporcionó de inmediato: doce cartas de puño y letra de Morán que guardaban la demandante y su familia -nueve dirigidas a ella misma y tres a su hermana Petrona-, redactadas durante su periplo de Guatemala a España, donde "se conoce el sumo cariño que le manifestaba, asegurándole su bien. De que resulta que, si después de posicionado de lo que él pretendía, se mantenía en los extremos que en las cartas se deducen, con mayor razón antes, para violentar a mi parte le facilitaría, como le facilitó, su avenimiento, con la proposición de su soltería."38 Pidió se agregasen las misivas al expediente como prueba.

Gracias a su solicitud podemos atisbar, a 250 años de disrancia, el profundo afecto que despertó la humilde costurera mestiza en el rico comerciante asturiano, a través de un testimonio de primera mano asaz raro en las fuentes documentales de la época.39 Bien vale por tanto la pena reproducirlas en su totalidad.40

 

[carta 1]

Mi linda, mi Nicha, mi querida dueña de mi corasón.

Mi alma, acavo de llegar avrá una ora a esta ziudad con felizidad, y en toda la caminata no he esperimentado más disgusto que los muchos que me cuesta el verme privado de mirar la carita de zielo que tanto estoy queriendo, por ser todo mi consuelo.

Y aunque (a Dios grazias) estoy bueno, pero no puedo tener gusto asta que te buelva a ver, sobre que aora no te puedo dezir cosa alguna pues aún no me he quitado las botas y el correo está para salir dentro de pocas oras, que por esta razón luego que me apee me pasé a escrivirte ésta, que es la primera cosa que he hecho en esta ziudad.

Y acavo de rezevir una cartita tuia llena de mili espresiones que te meresco, con la que al paso que tanto me he alegrado, de el mismo modo me he sofocado y enternesido de suerte [tal] que no azierto a responderte. Y sólo digo que el correo que llegó a esa ziudad me encontró caninando,41 que arto sentí mi alma no aver podido escrevirte, y siento en el alma tu padeser de el estómago, pues te deseo todo alivio con el mismo grado que el mío.

Zelebro al mismo tiempo aias salido de tu cuidado con el padre Maeda, y te suplico lo continúes como me tienes ofresido, en que me darás muchísimo gusto si fuese con la frequenzia de cada ocho días, que aunque te contemplo con vastante juizio, mi vida, pero con esta diligenzia se remacha.

Siento en el alma la enfermedad de tu madre y deseo se halle recobrada de el todo, y me la encomendarás mui de corazón, como a la Augustina y Petrona,42 a quien darás la [carta] adjunta, con un abraso a Bernavelillo.

Mi alma, tengo mi presente el encargo que me has hecho de el rosarito, el que no lo dable [sic] vaia aora por las razones que te tengo espresado, pero irá en la primera ocasión, de lo más esquisito que aquí aiga, que io asta aora no sé qué género de rosario es, pero me informaré para enviarte uno tan espesial como para el fin que es.

Y porque no ay lugar para más, y estar trasnocheado del aver caminado toda la noche para coger aquí el correo, no me detengo más asta el correo que viene, que seré más largo.

Y después de encargarte mucho que te cuides mui bien mi bien, concluio con decirte a Dios43 mi alma, a Dios mi vida, a Dios. Él te guarde los años que io deseo y le suplico.

Oaxaca, y marzo 14 de 1749.
Tuio de corazón, que te ama y muere por verre.
Tu Miguel.

[Al margen] No dejes de escrevirme en quantas ocasiones hubiere, etc.

 

[carta 2]

mi doña Pet[ro]na Arue [?]44
Mi querida:
E rescivido la de vuestra merced [roto: ¿con? ¿de?] toda mi estimación, y a su contenido digo que me alegro de la salud de vuestra merced, señora Augustina y Bernavelillo, a quienes de corazón me encomiendo, y siento mui mucho la enfermedad de [su] señora m[adr]e, a quien deseo totalmente mejorada, y me encomiendo.


Yo acavo de llegar a esra ziudad, aunque bien fatigado por lo mui caliente que está el camino, pero con buena salud (a Dios grazias), aunque estrañando en estremo a ustedes todas, a quienes encargo muchísimo, y a vuestra merced especialmente, me cuiden mui mucho a mi Nicha, a fin de que viva gustosa y que pracrique esa diligensia con el padre Maeda con frecuensia [, pues] me quadra mui mucho.


Estimo señora Petrona sus orasiones, que ellas mediante espero bolver breve con felizidad con el favor de Dios, a quien suplico guarde a vuestra merced muchos años.


Oaxaca, marzo 14 de 1749.
De vuestra merced afectí[si]mo, que la estima de corazón.
Miguel.

[P.D.] El tiempo es mui corto y por eso no me detengo más.

 

[carta 3]

Mi linda, mi querida, mi Nicha de mi corasón.

Aburrido de esperar el correo y soñando continuamente con el día en que devía llegar a esta ziudad, de suerte que cada ora se me hazía un siglo, e resevido tus cariñosas letras, con las que es imponderable el gusto que tuve, aunque barajado con la pena de el desgano de comer y dormir que estás esperimentando, y dolores de estómago que estás, mi alma, padesiendo. De todo te deseo, mi vida, el maior alivio.

Yo, aunque acompañado de la pena de no verte, y rezién salido de un gravísimo catarro que me molestó más de ocho días fuertemente, me mantengo con salud (a Dios grazias) y de qualquiera suerte, vida mía, para servirte con el empeño, promptitud y gusto a que me estimulan el espezialísimo cariño que te estoy profesando y las buenas ganas con que te estoy queriendo, causa porque no tengo un rato de gusro viéndome ausente de ti, por quien continuamente estoy suspirando sin poder adquirir sosiego; el que no conseguiré, mi alma, asta verte esa carita que tanto me quadra y ese todo que tanto me embona.

Ynclusos con ésta te remito dos rosaritos de el mejor engaste que se haze en esta ziudad. El uno es de coquito45 y el otro de la Magnificar, que son de las dos calidades que se hazen aquí. Yo he procurado informarme con arto cuidado y me han asegurado ser éstos los más lindos y [...]46 ntes que aquí se travajan, y así, mi vida, si no es esto lo que me pediste discúlpame el que no te aia entendido, pues io quisiera aver azertado a servirte en este corto encarguito que me hiziste. Y mira si te se [sic] ofreze de este país alguna otra cosita, y no escuses ciarme el gusto de mandarme, satisfecha de mi mucha fineza para obsequiarte, acompañada de una voluntad en que nunca avrá mudanza, de [lo] que puedes mi alma estar segura, y advertida de que es por afligirte quanto contra ésta llegaren a dezirte.

Estoy próximo a viajar a Vera Cruz y con arto sentimiento de alejarme más de ti, y por consiguiente de rezevir con frequenzia tus letras, y te suplico que no escuses ocasión de escrevirme, entregando siempre la carta a señor Manuel47 para que me la dirija adonde estubiere.

Y de la Vera Cruz te escriviré cómo me fuere de negozio, que asta aquí, con la falta de el navio de la China, no te puedo mi alma dezir cosa zierta en orden a mi buelta a esa ziudad, la que por esta razón se me ha dificultado, y ojalá que tal viaje no hubiera determinado.

En esta ocasión repito a señor Manuel el encargo de la estilla [¿?], la que ia tiene el padre Collotto en buen estado.

Mucho me agrada vaias cada ocho días a [la iglesia de] Santo Domingo, cuia frequenzia te encargo mui mucho la continúes.

Deseo se halle tu madre totalmente recuperada; a quien, como a la señora Petrona, señora Augustina y Betnavelillo, me encomiendo mui de corazón. En cuia compañía pido a Dios, vida mía, te me guarde para mi consuelo los muchos años que deseo.

Oaxaca, y abril 14 de 1749.
Tu afectu[o]ss[ísi]mo que te ama de corazón y anhela por verte,
tu Miguel.

 

[carta 4]

Mi linda Nicha, mi querida de mi corazón.

Mi vida, aunque este correo pasa de México a ésa con mucha azeleración, no omite mi exsesivo cariño el hazer estas letras para dezirre el mucho desconsuelo que me asiste al hazer memoria de el largo tiempo que resta para la venida del correo de esa ziudad, en que aguardo el consuelo con las [cartas] tuias, que en la privazión de no verte me sirven de un alivio que no te podré esplicar, y así, mi alma, no escuses ocasión alguna para escrevirme, ni omitas el avisarme quanto te fuere subzediendo, mira que en esto tengo todo mi gusto, y más en saviendo que estás buena: se me quita la maior parte de mi pena.

Yo me mantengo sin más indisposizión que el disgusto de estar ausente de ti, pero con salud para servirte con toda mi alma.


Avrá cinco días que te escreví largo con el correo que bolvió para ésa, y en ésta te incluí dos rosaritos que deseo aian llegado a tus manos sin maltratarse, y que te aian agradado para el fin que los solizitas.


Y en aquella ocasión te avisé el estado en que me hallava. Y me hallo en el mismo, sin tener otra cosa que añadir, y sólo repito el muchísimo deseo que me asiste de bolverte a ver en ésa, el que me desvela y atormenta de tal suerte que cada instante se me haze un año.

A señora Petrona [dile] que por no duplicar que no la escrivo en esta ocasión y por no aver lugar; que repito el encargo que le he hecho en las que le tengo escrito,48 sobre que me atienda a aquella niña.49 Y me la darás muchísimas memorias, como también a tu madre y a la señora Augusttina, con mil abrazos a Bernavelillo, ínterin consigo verlas, cosa que tanto deseo.

Buelvo mi vida a encargarte que no hagas el menor aprezio de quanto te digan sobte mi venida, y está mui zierta, mi alma, que no deseo otra cosa ni quiero más que bolverme a ésa a verte, lo que ejecutaré luego que me lo permita el tiempo, pues aunque éste [no] está oy a propósito, pero se compondrá de suerte que todo se me fazilite, y ojalá fuera antes de el mes de agosto,50 para a su tiempo asistirte como merezes, y ejerzitar mi fineza en servirte.

Yo asta aora me mantengo en ésta sin resoluzion alguna por la mucha confuosón [sic] con que corren por acá las cosas, las que cada día se ponen de peor calidad, pero siempre estoy con el pie en el estribo para salir para Vera Cruz o para México, lo que no he ejecutado por no aver sido tiempo.

Y así, mi alma, tus cartas entregarás en todas las ocasiones a señor Manuel para que me las dirija, que ¡o tendré el cuidado de avisarte quanto me fuere subzediendo.Y porque aora no ocurre orra cosa, quedare a Dios mi vida. Él te me guarde quanto deseo.

Oaxaca, 28 de abril de 1749.
Tu afectuos[ísi]mo que te ama de corazón y desea ver,
tu Miguel.

 

 

[carta 5]

Mi Nicha, mi linda.

Teniendo escrita ésta y ia para salir a media noche oy para Vera Cruz, llegó el correo de esa ziudad al anochecer, con quien rezeví la tuia con el gusto más especial, aunque siento tus achaques.

Y te buelvo a encargar no hagas aprezio de lo que te dijeren, y lo que te prevengo es que io pretendo hazer un viaje para no salir otra vez de esa ziudad, y éste será con alguna dilazión por estar el tiempo malo.

Y porque son ia las diez de la noche y me prezisa salir dentro de quatro oras para Vera Cruz no me detengo más, y de aquel puerto te escriviré largamente.

Y así, a Dios mi alma, a Dios mi vida, a Dios todo mi amor. Él te me guarde quanro deseo.

Oaxaca, 11 de mayo de 1749.
Tu afect([si]mo que te adora.
Miguel.

 

[carta 6]

Mi querida señora Petrona.

Mi reina: estando para salir [...]51 Vera Cruz llegó el correo de esa ziudad ia noche y con él rezevi las cariñosas letras de vuestra merced, que estimo sobre mis ojos, y quedo hecho cargo de todo, y porque salgo de esta ziudad dentro de tres o cuatro horas, y son ¡a las 10 de la noche, no me puedo detener más. Y de Vera Cruz escribiré largo.

Y así buelvo a encargar a vuestra merced que se cuiden mui bien y que me atiendan y me contemplen a la Nicha, que es todo mi cuidado.

A su madre de vuestra merced, a señora Agustina y Bernabelillo me encomiendo de corazón y deles mil abrazos de mi parte, y a Dios señora Petrona, que no puedo detenerme más, quien guarde a vuestra merced quanto deseo, etc.

De vuestra merced, afect[ísi]mo, que desea verla.
Miguel.

 

[carta 7]

Mi Nicha, mi linda, mi reina.

Mi querida de mi corasón: deseo que al resivo de ésta goces de la salud más tobusta y que en ella te mantengas asta que Dios sea servido que io me restituía a esa ziudad de buelra de mi campaña que instado de el tiempo boy a emprehender, haziéndome el cargo que avía de estar por acá esperando un año para llevar de ropa de China. Y en este tiempo, y aun antes, espero en Dios hallarme ia en esa ziudad con muchas más ventajas. Y así, mi alma, no descurras que porque me embarque me voy a dilatar más; está zierta que procuraré bolverte a ver quanro antes pueda. Y además de esto, que el exsecivo amor que te tengo no me puede permitir otra cosa, por lo que durante mi ausienzia [sic] me encomendarás a Dios, procurarás divertirte y continuarás en lo que te tengo encargado tantas vezes y aora mi vida de nuebo te encargo.

Dentro de 15 o 20 días saldré de este puerto con el favor de Dios, no llevando otro disgusto que el estar ausente de ti, que esto me quita muchas oras de sueño y me tiene tan sobresaltado que en ninguna ora de el día se me despega, pero con la esperansa de bolver a ésa para no salir ia más cobro ánimo para esta resoluzión que solamente presisado de tiempo puedo ejecutar.

Y en el ínterin, ocurre en quanto se ofreziere a señor Manuel, a quien de nuebo en esta ocasión le hago en este particular muchísima espresión.

Y en enfermándote, cuídate mi vida muí mucho; no hagas el más mínimo exseso.

No dejes de escrevirme a menudo para que el señor Manuel me dirija tus cartas, pues en tanta distanzia me servirán de muchísimo consuelo tus letras. Y así, mi alma, no andes en esto omisa, mira que te lo ruego mui mucho.

Mi vida, son tantas las ocupaziones en que estoy con el embarque de mis cosas, que no tengo un rato desocupado, y estoy fuera de mí de tal suerte que no sé lo que estoy escriviendo, ni azierto a esplicárteme como quiero, así por esta razón como por la demasiada calor, mosquitos y çancudos de este país, que todo esto me tiene perturbado y aburrido.

Y así, mi vida, ya saves que soy todo tuio de corazón, y que en mí no puede aber inconstanzia al paso que de tu firmesa vivo mui satisfecho.

Y así, mi vida, asta otra ocasión. Quédate a Dios, a Dios mi vida, a Dios. Él te me guarde dilatados años, como se lo suplico.

Veracruz, 4 de junio de 1749.
Tu afectísimo de corazón que te ama, te estima y te requiere,
Tu Miguel.

[Al margen]52 A tu madre, a señora Augustina, señora Petrona y Bernabelillo me encomiendo mui de corazón y a Dios mi vida, a Dios.

 

[carta 8]

Mi q[ueri]da d[oña] Petrona Arue.

Mi querida, mi reina. No aviendo hallado en esta ziudad empleo a mi gusto respecto de los rejistros que ban a ésa, y con la ocasión de navios que están para salir de este puerto para España, tengo resuelto embarcarme en uno de ellos para hazer un buen viaje (con el favor de Dios) de el que pueda conseguir dezentes adelantamientos, maiormen[te] si logro, como espero en su Divina Magesrad, irme a ésa por el Golfo en uno de los referidos rejistros lo podré efectuar antes de un año, que el mismo tiempo devería tardar -y aun más- en restituirme a ésa aguardando el navio de China de el año que viene, como era preciso.

Y así suplico a vuestra merced que, en compañía de la señora Augustina, madre y la Nicha, me hagan diariamente la novena al corazón santísimo de Jesús para que me saque de la mar con felizidad, y con ella me restituya a esa ziudad tan breve como lo deseo.

A la Nicha encarecidamente suplico a vuestra merced me la atienda y me la divierta, a fin de que no tenga el menor disgusto. Y en llegando alguna enfermedad, entonzes espero que en cuidármela eche vuestra merced el resto en su asistenzia. Y por quanto se ofreziere ocurrir a señor Manuel, y no pasar ninguna aflicción sino divertirse y vivir alegremente, que es lo que io deseo, asta que Dios sea servido que nos veamos.

Y porque estoy sumamente ocupado en el embarque de mis cosas no me puedo detener más, y digo que saldré de este puerto dentro de 15 o 20 días. Quiera Dios que antes consiga ver algunas Ierras de vuestra merced.

A señora Augustina, señora su madre y Bernabelillo me encomiendo de corazón, y en su compañía ruego a Dios guarde a vuestra merced muchos años.

Veracruz, y junio 4 de 1749.
De vuestra merced afectuos[ísi]mo que la ama de corazón,
Miguel.

 

[carta 9]

Mi querida Nicha y todo mi consuelo.

Mi Nicha: aunque me hallo mui embarasado con el motivo de hazetnos a la vela pasado mañana, no puedo dejar de haser estas quatro letras para desirte que en lo dilatado de mi caminata es el maior travajo que me prometo el contemplarme tan lejos de ti, vida mía, pero esta considerazión me servirá de espuelita para procurar más bien mi azele-rada buelra, de lo que puedes mi alma estar zierta, pues creze mi exesivo cariño al mismo paso que me voy alejando, de suerte que este es mi cuidado y es motivo para no tener un rato de gusto, pero ia estoy en el empeño y es presiso aguantar el padeser asta verte. Quiera Dios sea tan breve como deseo.

Buelvo a encargarle todo lo que tú saves, y que me encomiendes a señora Petrona, señora Augustina y Bernabelillo, y que juntos me encomienden a Dios todos los días haziendo la novena sin zesar al corazón santísimo de Jesús para que me lleve a ésa con felizidad y me conceda la mesma en todo el viaje.

A todas dales mis mui cariñosas memorias y [dile] a señora Petrona que no le escrivo aora porque absolutamente no ay lugar, pero que no por eso dejo de repetirle mi encargo sobre el cuidado de aquella niña, y que tenga ésta por suia.

Y porque es preciso concluio con dezirte a Dios mi vida, a Dios mi alma, a Dios asta que logre escrevirte de La Havana u Cádiz, que no mallograré [sic] ocasión.

A Dios mi reina, a Dios, a Dios. Él te me gu[ard]e mui dilatados años como se lo suplico.

Veracruz, y junio 15 de 1749.
Tu afectí[si]mo que te ama de corazón y muere por verte,
Tu Miguel.

 

 

[carta 10]

Mi querida, mi Nicha de mi corazón.

Mi Nicha, mi querida:

El día 18 de el corriente llegué a este puerto con felizidad, después de 30 días de navegazión, y he resuelto embarcarme en una fregata [sic] que sale de aquí mañana para Cádiz, y como el tiempo es tan corto no ay lugar para más que para dezirte que soy tuio, y cada día más, fino a vista [sic] de lo mucho que me haze padezer tu ausenzia.

Y está, mi alma, advertida que he de procurar irte a ver quanto antes pueda, y a este fin no dejes de pedir por mi felizidad al corazón santísimo de Jesús todos los días, haziéndole su novena. Y no dejes vida mía [de] escrevirme s[iem]pre que se ofresca ocación, avisándome quanto te fuere subzediendo; mira que en ello tendré el más esquisito gusto.

Y porque no ay lugar p[ar]a espresarme más por los quehaseres que me ocurren, concluio asta que Dios sea servido logre escrevirte nueva de Cádiz.

A tu madre, señora Petrona, señora Agustina y Bernavelillo me encomiendo de corazón. Dales a todas las más finas espresiones de mi parte, asegurándoles que soy mui suio de corazón.

Y buelvo a encargarte me avises sin perder tiempo o coiuntura de avisarme lo que te ba subsediendo, mira que me darás en ello el maior de los gustos.

Y porque no ay lugar para más, quédate a Dios mi alma. Él te me guarde quanto lo deseo.

Havana, 20 de julio de 1749.
Tuio de corazón,
Tu Miguel.

 

[carta 11 ]

Mi querida Nicha de mi corasón:

Mi reina, desde La Havana, te escreví avisándote que allí me embarcaría en un [navio de] aviso, la que discurro avrás rezevido. Y aora mi alma te partisipo que el día onse de septiembre arrivé con felizidad al puerto de Camariñas53 en el Reino de Galizia. Y de allí, por estar cerca de mi casa, me he venido a esta villa a ver por unos pocos días a mis parientes, en donde me mantengo, aunque con salud, pero con el disgusto de no verte, que es la maior pena que puedo esperimentar.

Y ia estoy próximo a salir de aquí para Cádiz, y de allí me restituiré a esa ziudad en el primer navio que saliese, sea por vía de Vera Cruz, sea por Campeche u Honduras, que no mallograré ocasión. Y si no se hubiesen detenido en La Havana los navios de el thesoro, en donde viene mi dinero, está zierta mi alma que iría en un registro que está próximo a salir de Cádiz para ésa; el que creo conduzirá esta.

Mucho deseo, mi vida, ver una cartita tuia para saver cómo has salido de aquel cuidado,54 y de la suerte que te hallas: quiera Dios sea con la perfecta salud que te apetezco y sin que esperimentes la más mínima falta, pues no quisiera que por alguna casualidad se entorpezca lo que dejé prevenido a este fin, cuia razón espero tener en Cádiz a mi llegada, saviendo al mismo tiempo que Petrona, Augusrina, con tu madre (a quienes mui de corazón me encomiendo) gozan de buena salud en compañía de Bernabelillo, a quien cariñoso también me encomiendo.

Y porque no ay lugar para más concluio mi vida con dezirte que procures divertirte con tus hermanas y estoi satisfecho de que avrás frequentado lo que tanto te dejé encargado, y que así lo continuarás por darme gusto, pues io por tí así lo hiziera, y creo que estaré correspondido.

Y porque no me puedo alargar más, quédate mi alma a Dios. Él te me gu[ard]e dilatados años, como se lo suplico, en compañía de tu madre y hermanas.

Gijón, y noviembre 24 de 1749.
Tu afectí[si]mo que te quiere de corazón,
Tu Miguel.

[P.D.] Ésta te entregará señor Manuel.

 

[carta 12]55

Mi querida Nicha, mi consuelo y mi todo.

Mi alma. Te tengo escrito en quantas ocasiones a ávido, sin que aia tenido el gusto de ver una tuia desde que salí de Oaxaca, que es una de las prinzipales cosas que me aflijen en medio de tantas que padesco con tu ausenzia, y no saviendo el estado de tu salud, que te deseo muy cumplida en compañía de tu madre, Petrona, Agustina y Bernavelillo a quienes mui cariñoso me encomiendo, deseoso en estremo de verlas, lo que procuraré conseguir luego que evaque mis cosas, y espero en Dios será para julio o agosto de este año (salvo algún contratiempo), siendo lo que oy más me detiene la mucha tardanza de los navios que [h]a días se esperan con el thesoro de La Havana, en donde vienen mis intereses, que por esta razón no puedo dar paso a cosa alguna, de que vivo mui mortificado.

Y sobre todo el no saber cómo lo pasas es lo que me acaba la paciencia. Y el no aver rezevido carta alguna de esa ciudad es lo que me detiene, para no dudar de tu fineza, con la considerazión de que avrán padezido algún estravío tus letras (si es que me has escrito). Quiera Dios dinjírmelas y a ti te me guarde muchos años como se lo suplico.

Madrid, y marzo 10 de 1750.
Tu afectí[si]mo que te ama de corazón y te desea ver,
Tu Miguel.

No me puedo detener más por lo mucho que tengo que escrevir en esta ocasión, pero en todas soy tuio, y así quédate mi vida a Dios, etc.

Aunque incompletas,56 las misivas nos permiten reconstruir el periplo: don Miguel estuvo casi dos meses justos en Oaxaca (14 de marzo a 12 de mayo de 1749), esperando la nao de la China a fin de comprar efectos; al enterarse de que ese año no llegaría el denominado galeón de Manila, se trasladó a Veracruz, desde donde escribía un 17 de junio, perturbado y aburrido por "la demasiada calor, mosquitos y zancudos" que infestaban el puerto. Por esas fechas emprendió el viaje a La Habana, que, por motivos que no señala, le tomó un largo mes. El 21 de julio se embarcaba de nuevo, esta vez rumbo a Cádiz. Ignoramos si atracó en el puerto gaditano, pero sabemos que el 11 de septiembre estaba en un puerto gallego, desde donde se trasladó a su natal Gijón, a ver a sus parientes. Desde allí escribía el 24 de noviembre, avisando estar próximo a salir a Cádiz, donde tomaría "el primer navio que saliese, sea por vía de Vera Cruz, sea por Campeche u Honduras; que no malograré ocasión." Aseguraba entonces que, de no haberse detenido en La Habana los navios que transportaban los caudales destinados a la Monarquía, y donde venía su propio dinero, hubiese ya zarpado al Nuevo Mundo.

Pese a sus reiterados deseos (y promesas) de pronto retorno, lo encontramos en Madrid el 10 de marzo de 1750, a la espera aún de la flota que conducía el tesoro: espera ahora aderezada por el estar tratando de "evacuar" ciertos "asuntos" que calculaba le tomarían al menos cuatro o cinco meses, y para los cuales dependía totalmente de la llegada de su dinero. Aunque no los detalla, es de suponer que dichos negocios tuvieran que ver con la compra del puesto de alcalde mayor de Huehuetenango y Totonicapan, lo que logró finalmente el ocho de junio de 1750, como señalé en el párrafo inicial. No sería empero sino hasta 1751 cuando desembarcara en Veracruz. El ocho de junio, justo al año de haber obtenido el tan deseado puesto, don Miguel Francisco Moran de La Vandera era enterrado en la iglesia parroquial del puerto. Más allá de esto, y algunos detalles ciertamente escasos acerca de la vida cotidiana, las cartas nos ilustran casi exclusivamente acerca de los sendmientos amorosos de don Miguel, quien, como expresa, se apresuraba a escribir desde cada uno de los sidos donde pernoctaba. Entretejidas con las dernas expresiones de alguien que, a juzgar por su correspondencia, se hallaba ciertamente enamorado, aparecen dos intereses constantes: asegurarse de la "firmeza" de los sentimientos de su amada, y reiteradas solicitudes para que ésta buscase el amparo de la Iglesia. En las carras dirigidas a Petrona, una de las hermanas de Dionicia, se hace además patente su preocupación por la salud física y anímica de su concubina,57 junto con el afecto que le despertaba la propia destinataria, a la que dirige frases como "Mi querida", "Mi reina*, "De vuestra merced afectísimo, que la esdma de corazón", "que la ama de corazón.

Sin duda el primer motivo de preocupación del asturiano puede calificarse de común en una relación amorosa relativamente recién establecida a la cual se sumaba además una ausencia prolongada, pero más allá de esto nos advierte, aun cuando tangencialmente, de las dificultades adicionales que debía enfrentar una relación, por decir lo menos, inusual para la época. Como es sabido el concubinato no era por entonces moneda poco común, pero éste no sólo vinculaba de manera ilegal a un español con una mestiza, sino también a un legítimo con una mujer que mas tarde se descubriría bastarda y, por si fuera poco, a un rico comerciante (con aspiraciones a un alto cargo público) con una costurera. A la luz de estos considerandos parecen superfluas las reiteradas peticiones de don Miguel a Dionicia para no hiciese caso de habladurías en torno a su viaje -a las que es de suponer al ella en sus misivas- y confiase en su retorno y la seriedad de sus intenciones.58

Que se trataba de un hombre religioso lo traducen no sólo sus intenciones primarias de legar su fortuna a la Iglesia o sus solicitudes a la concubina y su familia para elevar plegarias por un viaje sin contratiempos y un pronto retorno y, sobre todo, las continuas demandas a Dionicia para cumplir con deberes religiosos, a los que por cierto alude siempre en forma cuasi velada. Pero si se trataba de hombre tan cristiano como se desprende de sus decires y acciones, ¿cómo fue capaz de mantener una relación que lo colocaba al margen de la Iglesia? ¿Por qué si los sentimientos que lo ligaban a la mestiza eran tan fuertes, no se tradujeron en matrimonio? Podríamos imaginar al asturiano debatiéndose entre la razón, la culpabilidad y los sentimientos; sopesando lo que podría significar un matrimonio de tal naturaleza en su futura carrera política, pero ello no pasa de mera especulación.

¿Y cómo explicar su aparente desinterés en la suerte del fruto de su relación amorosa, al cual apenas alude en su correspondencia,59 y en apariencia más preocupado por la madre? Es de suponer que algo previó con respecto al parto antes de su viaje, pues tangencialmente alude a ello en su penúltima carta60 y giró instrucciones a su fiel contador acerca de los apoyos que debía entregar para la manutención de la niña; instrucciones que éste finalmente tuvo que ignorar por órdenes del apoderado ¿Acaso antes de morir otorgó disposiciones de viva voz que Cartagena se cuidó de ocultar? De que el jesuita supo algunas cosas más podemos estar seguros. Al redactar el testamento mencionó, por ejemplo, que Morán había sido amortajado con el hábito franciscano,61 detalle que no figura en la comunicación oficial que le envió el cura de Veracruz.

De las respuestas de la costurera (enviadas a través del contador Manuel de España) nada sabemos, exceptuando lo que puede leerse entre líneas en la correspondencia de Moran, quien se refiere a las misivas que recibió durante su estancia en Oaxaca, donde Dionicia le contaba de sus enfermedades y las de su madre, o aprovechaba para recordarle la solicitud de unos rosarios, todo ello aderezado con expresiones de afecto.62 No hay siquiera evidencia de que Nicha fuese alfabeta; harto común era en la época dictar a algún amanuense o pariente letrado una carta, o pedir leyese las que se recibían, y si bien hay algunos ejemplos de mujeres que sabían leer y escribir en la Guatemala colonial, éstas no se situaban comúnmente ni en el grupo social ni en el estrato económico a los que pertenecía la costurera; al menos no en el siglo XVIII.63

Tras las respuestas recibidas en Oaxaca, el viajero quedó ayuno de noticias, zozobrando en la incertidumbre y la impaciencia, cada vez mayores al paso tiempo, como claramente expresa en la última de sus cartas, escrita en Madrid marzo de 1750. Apenas le consuela el suponer que las respuestas se hubiesen extraviado;64 consuelo no exento de dudas: "si es que me has escrito."

Es claro, pues, que las misivas no nos informan acerca de tendencias comunes o movimientos sociales amplios o generalizables; ciertamente no residen en ello su interés o su aporte. Circunscritas a niveles elementales de lo que hoy se denomina microhistoria, son sin embargo una muestra valiosa de algo a lo que rara vez podamos asomarnos a través de otro tipo de documentos: vivencias íntimas, afectos y sentimientos. El que a menudo las formas de externar tales sentimientos pasen por "las frases hechas, los lugares comunes y los prejuicios sobre la forma en que un cónyuge, un padre o un hijo debía expresarse por escrito", como atinadamente ha observado Gonzalbo (op.cit.: 20), puede incluso considerarse como un auxiliar valioso (por confiable) cuando de reconstruir las formas enunciativas de toda una época se trata.

Pero si este generalizado "formulismo" difícilmente permite "identificar [...] arrebatos del corazón", como señala la misma autora (ibid.), no parecería ser tal di caso de las cartas redactadas por don Miguel, que si por algo se caracterizan es por sus expresivos "arrebatos."65 Que tales sentimientos y deseos estaban a menudo a merced de los intereses y valores de instancias más poderosas queda claro al observar la manera en que se desarrollaron posteriormente los acontecimientos.

Tras entregar las cartas Altamira solicitó que, mientras se resolvía el litigio "se continúen los alimentos y gastos diarios de casa que por don Miguel Morán se dispuso y ordenó al tiempo de su viaje, según la orden que dio a su cajero." aprobó su solicitud al tiempo que se citaba a declarar al contador, Manuel España.66 Al presentarse, don Manuel exhibió un papel que le había dado Morán el 12 de febrero de 1749, donde estipulaba debería entregar 30 pesos mensuales a Dionicia, contra recibo, y ocho a Luque por concepto de renta del casa, alquilada según dijo desde diciembre de 1748.67 Agregó que Juan Miguel de Cartagena, apoderado de los bienes tras la muerte del comerciante, le dio orden para rebajar la pensión a 15 pesos, como tuvo que hacerlo, aunque parecería que no de muy buen grado.

Por su parte Cartagena pidió se citase a Dionicia para responder a un inrerrogatorio de ocho puntos:

1) Si desde el día que salió de la ciudad Moran se le habían dado mensualmente los 30 pesos (a lo largo de 29 meses) y 15 durante los cuatro últimos, más 192 pesos de alquiler de la casa: en total, 1122 pesos.

2) Si por orden de Moran, su contador Manuel de España mandó a hacer unos escritorios nuevos (con un costo total de 30 pesos), más "una porción de escabeles y varios lienzos mayores y menores nuevos." Debería deponer cuántos fueron.

3) Si era cierto que Moran "la vistió, de suerte que con la ropa que le dio mejoró la que antes tenía, y ha continuado hasta ahota diferenciándose de sus hermanas en la decencia del vestido." Habría de declarar "la calidad y número de piezas que el citado don Miguel le dio."

4) "Qué alhajas de plata y oro y qué cantidad de dinero" le dio Morán antes y después de haber estado con él, "y cualesquiera otras cosas que de el susodicho haya recibido."

5) "Qué ropa blanca del uso del citado don Miguel quedó en su poder a tiempo de su viaje, expresando la calidad y número de dichas piezas."

6) "Si es cierto, como lo es y ella misma lo ha expresado delante de varias personas, de que aunque el citado don Miguel la sacó de en casa de su madre, esto fue con consentimiento suyo y sin que [...] le hiciera violencia, declarando asimismo si la salida de su casa se determinó por haber tenido algún disgusto ella con su madre por no ejecutar el [roto] los consejos que sobre la amistad con dicha Morán le daba su madre."

7) Si era verdad, como "ha dicho a varias personas, que en la pérdida de su honor y virginidad no intervino fuerza mi violencia que le hiciese dicho don Miguel, sino consentimiento suyo."

8) Si, de haberlo deseado, hubiera podido volver a vivir con su madre.

El 20 de noviembre de 1751, el doctor Miguel de Montúfar, canónigo de catedral y juez de testamentos, capellanías y obras pías del Arzobispado, autorizó el interrogatorio, y ese mismo día Dionicia se presentó a declarar bajo juramento. Respondió uno por uno los puntos contenidos en el interrogatorio que diseñó el jesuita, pese a que algunos de ellos debieron violentar su pudor:

1) En efecto, había recibido las mensualidades por las cuales le inquirían, mismas que, por cierto, no eran suficiente "para sus precisos gastos, pues de ellos [los 30 pesos] hacía las expensas para la paga de chichigua, pañales y demás conducente a la crianza de su hija y de dicho Morán." Sabía también que, tal como se lo prometió el asturiano, se cubría el alquiler de la casa, pero ignoraba el monto de la renta. Agregó haberle dicho éste "que después que viniese la compraría para la declarante."

2) Cierto. Don Miguel le dio dos escritorios de ébano y tocontí,68 el segundo d los cuales pagó España, pero también ignoraba su costo. Asimismo, cuando la sacó de su casa, Morán le envió con un criado de nombre Augustín "10 bufetes de estrado ya servidos y cuasi viejos, de madera ordinaria y vestido de vaqueta,"69 y "nueve pinturas de distintas imágenes, que son como de una y media vara [...] y aunque nuevos, pero de pintura ordinaria y sin marcos."

3) La ropa que le dio Morán "para su decencia y con la que se ha diferenciado de sus hermanas, es la siguiente: dos tapapiés o lanaguas,70 el uno nácar y el otro celeste, éste con fleco y galón y el otro sin nada; dos cortes de naguas, unas de quimón y otras de seda negra, y dos mudadas de ropa blanca, ninguna sobresaliente y de la que no subsiste ninguna, pues de la que usa es parte adquirida de su trabajo, y parte que sacó fiada y está debiendo."

4) Respecto a las joyas por las cuales inquiría el de la Compañía, aseguró que "ni antes ni después de la amistad que tuvo dicho Morán con la declarante le dio ninguna alhaja de oro, y sólo le dio dos platillos de plata, los cuales, en sus urgencias, vendió a ocho pesos cada uno." Tampoco le entregó jamás un solo real, exceptuando los 30 pesos mensuales "con que le acudió desde que tuvo principio dicha amistad." Antes de que el bien informado jesuita le preguntase al respecto, acotó que "en las vísperas de irse" le envió don Miguel pesos, pero éstos eran para comprar "cajas de dulce, bizcocho y otras eos concernientes a su avío."

5) ¿Ropa blanca del difunto? No quedó en su poder ropa alguna.

Los tres últimos puntos, aquellos que hurgaban en su intimidad, los respondió -seguramente aleccionada por su defensor- sin entrar en detalles ni negar aquiescencia, pero de manera que tampoco quedasen dudas sobre la responsabilidad que cupo al difunto comerciante en su cambio de vida, hasta entonces "honesto", y que a partir de las instancias y requerimientos del asturiano trastocó por otro completamente amoral según los criterios de la época. En sus respuestas es posible leer entre líneas violencias más sutiles que aquellas a las que tan burdamente aludía el interesado jesuita.

6) Al punto seis, donde se le ordenaba responder si abandonar la vivienda de su madre fue acto al que consintió sin mediar violencia de parte de don Miguel, contestó que ciertamente "no la amenazó ni intimidó para que se saliese de su casa, pero estuvo siete años antes haciéndole para ello repetidas e importunas instancias, en fuerza de las cuales y con la ocasión de haberlo entendido la madre de la declarante, y por ello haberse seguido disgusto, habiendo vigorizado con este motivo el susodicho sus instancias, hubo de condescender a salirse."

7) A la séptima pregunta, a través de la cual intentaba el ignacio mostrar cómo "la pérdida de su honor y virginidad" fue más por deseo suyo que por "fuerza" de su pretendiente: "Dijo que aunque cuando perdió su integridad no intervino violencia ni fuerza que le hiciera dicho Morán, lo hizo en fuerza de las instancias que lleva declaradas y persuasiones que le hizo para ello y haberla sacado de su casa."

8) ¿Qué si hubiese podido regresar a casa de su madre de haberlo deseado? ¿Y cómo hacerlo aun deseándolo si estaba aquélla tan enojada? Fue por eso que se vio obligada a vivir algún tiempo en casa aparte, hasta que tras "varias diligencias" hechas por el comerciante su madre mudó de actitud.

Las últimas palabras de Dionicia que el documento nos ofrece, pronunciadas fuera del formato del interrogatorio y con las cuales pretendía acaso obtener un juicio favorable a sus demandas, traslucen a la vez algo de las frustradas esperanzas que seguramente albergó durante un tiempo la humilde costurerita: "Y que asimismo hace presente que antes de irse dicho Morán le prometió que a vuelta de viaje le traería temos de valor, le daría perlas, alhajas de oro y plata labrada, adorno y ajuar de casa y todo lo demás conducente a su mayor utilidad y decencia, a lo que quedó persuadida, por haberle expresado ser hombre soltero y tener facultades para poderlo hacer." Confiada acaso en las promesas fue que recurrió incluso a comprar cosas al fiado, para pagar las cuales no resultaba suficiente ni el haber vendido las escasas pertenencias de valor que le entregó su amante, ni lo obtenido de la costura; oficio que, según se desprende, había vuelto a desempeñar tras la partida de éste.

Apenas había terminado de firmar su declaración cuando Cartagena pidió se le suspendiese toda ayuda, alegando que "toda orden o mandato según derecho claro expira y se acaba con la muerte del mandante[...]" y "porque si por la parte de dicha Dionicia quiere decirse que los alimentos que pide en este artículo son para la hija natural de dicho don Miguel, es asimismo claro no debérsele por ahora algunos, a causa de no haber cumplido la tal menor los tres años de la lactación, y esto corre aun en el fuero de la conciencia, como es cosa trivial."

En conformidad con lo solicitado por su colega eclesiástico, el canónigo Montúfar, tras revisar rápidamente los papeles, sentenció que "no había lugar lo pedido por Dionisia de Castellanos", aunque al parecer no estuvo tan de acuerdo con la trivialidad de que la pequeña tuviese que conformarse con ser amamantada durante tres años, pues ordenó que "para la crianza del hijo se le acuda con 10 pesos en cada un mes, de los bienes de don Miguel Morán." Cartagena se negó a hacerlo. Dos semanas después apeló el fallo dado a la demanda para satisfacer "la virginidad y casto recogimiento que dice haberla vulnerado el referido Román", pidiendo "absolver a los bienes del susodicho de la expresada demanda, declarando no haber lugar [...]" y condenado a la parte contraria "en las costas que me ocasionare con su temeraria demanda."

En su alegato, el demandado y su representante intentaron refutar a los primeros testigos, señalando que sólo uno aseguró que don Miguel frecuentaba la casa de la costurera y la sacó contra la voluntad de su madre, no la de la demandante, mientras que de las declaraciones de los restantes era imposible desprender que la "extracción" se hubiese registrado "contra las fuerzas de la mencionada Dionicia, ni menos con sentimiento suyo, y por consiguiente no haber intervenido violencia." Y otro tanto se colegía de lo declarado por ella misma. A más de esto, "en sentir de los mejores teólogos y juristas, cuando sucede el que a uno con preces importunas le pidan y soliciten para alguna cosa, no se dice coacto ni violentado si al tiempo de ejecutarla concurre a ella libremente y con espontaneidad" como fue el caso, pues Dionicia había gozado de "perfecta libertad [...] para consentir o consentir [...] sin embargo de las que llama importunas instancias de don Miguel, porque si éstas le sirvieron de aliciente, debiera el disgusto, que expresa, de madre, servirle de retrayente, y éste más poderoso y fuerte para apartarla que aquél para persuadirla."

Para descalificar la alegada promesa de comprar la casa hasta entonces en alquiler para que la habitase, tacharon al testigo de inhábil, por ser él mismo dueño da la morada y tener por tanto claro interés en la compraventa. Por otra parte, aseguraron, el dicho de Moran fue "como si hablase condicionalmente"; algo así como si quisiera expresar "si vuelvo de mi viaje", y como no volvió, "no se verificó la condición." Además "las tales palabras sólo significan un puro ánimo o propósito, por su naturaleza, sin injuria de nadie, mudable a todas horas." Así, ni siendo "proposición absoluta" le aprovecharía a la parte contraria; bien podía Morán haberse apartado de su propósito original.

Tras descalificar a los testigos y sus dichos, arremetieron contra la calidad moral de la demandante. Para ello exhibieron copia de su acta de bautismo, que hicieron trasladar el 26 de noviembre de 1751 del libro parroquial de San Sebastián, de la ciudad de Guatemala, y que a la letra asentaba:

En el año de 1719, en 17 de octubre, hice los exorcismos, puse óleo y chrisma y baptisé solemnemente a una infanta que nació a nueve de dicho mes, hija natural de Josepha Mairena, a la qual puse por nombre Dionicia. Fue el padrino el alférez Luis de Morga. Y lo firmo.
Juan Gregorio Cabezas.

Así pues, se trataba de una

hija natural [...], sin que se sepa ni pueda saber la calidad de su padre. Y aunque se le concediese haber sido de lo más granado, no habiéndolo sido legítimo, nada le contribuyera para la mayor calificación de su persona. De todo se convence que con mucho menor cantidad de la que importaron las sumas de dinero y alhajas expresadas, quedaba asaz compensada cualquiera injuria que se le hubiese hecho,

pues era más que patente ser "mucho mayor el perjuicio que se hiciera a una niña de primer carácter en violarla, que el que se yrrogara [sic] a otra de mediana esfera." Resulta claro que en opinión del versado, democrático y poco caritativo jesuita, el dinero recibido por Dionicia era más que suficiente para pagar el himen de una costurerita mestiza bastarda y, por si fuera poco (aunque no lo mencionó), que rondaba la treintena de años cuando el rico comerciante asturiano y futuro alcalde mayor le hizo el favor de seducirla, desvirgarla y embarazarla.

Dispuesto a todo con tal de no dejar escapar ni una migaja de la jugosísima herencia, el piadoso hijo de san Ignacio contrató a un nuevo licenciado, don Francisco Martiniano Capriles, abogado de la Real Audiencia, a quien libró poder el 11 de diciembre para que lo representase en la testamentaria y causa mortual, bien ante la Curia Eclesiástica, bien ante el Supremo Tribunal de la Audiencia u otros juzgados laicos y eclesiásticos. No habían transcurrido cinco meses cuando éste nombró como su sustituto a Juan Ruiz Hidalgo, procurador de número de la Audiencia, quien poco después acusó de rebeldía a los querellantes por no haber replicado al último escrito de su representado.

Ignoro qué pasó, pero don Juan Angel de Altamira no realizó movimiento alguno hasta seis meses después, cuando el cinco de julio Ruiz lo acusó de "segunda rebeldía" y solicitó se le cobrasen los autos. Los pasos que dio a partir de entonces se antojan extraños y poco acertados: inició alegando que él no había pedido 10 sino 30 pesos mensuales para la crianza de María Josepha, ya que ni con 15 pesos "se sufragaba lo que necesariamente ocurre en la diaria asistencia de una familia compuesta de madre, menor y chichigua." El argumento carecía de peso ya que, como hábilmente le refutó Ruiz Hidalgo, la demanda original no competía a la crianza de la niña, sino que había sido por "supuesta vulneración de virginidad" de la madre, y ésta quedó "superabundantemente satisfecha" con lo que había recibido Dionicia desde que Moran la sacó de su casa,71 por lo cual calificó la nueva petición de Altamira como "una pretensión del todo destituida de fundamento legal y (como dicen) descabellada", además de que incluso el mismo Concilio de Tiento "sólo a los raptores y forzadores pone el gravamen de que doten a las raptas y violentadas, sin señalar cantidad determinada, sino dejándolo al arbitrio de el juez." Y en este caso ni violencia hubo.

Como puede observarse, aprovechando el inadecuado planteamiento inicial de la causa por parte de Altamira, los representantes del jesuita insistían en lo concerniente al pago por la pérdida de la honra de la concubina de Morán, al mismo tiempo que se negaban a dar un solo peso para la manutención de María Josepha, sin detenerse demasiado en el asunto de la paternidad. No se trataba exclusivamente de avaricia; ¿qué tanto podría significar una miserable pensión de 360 pesos anuales en las enormes sumas dejadas por el comerciante? Sin duda tenían claro que reconocer los derechos de la heredera, aun cuando fuese en porciones miserables como la solicitada, podía cuestionar la legalidad de las disposiciones tomadas por Cartagena sobre la herencia, pues la ley señalaba sin dejar el menor resquicio de duda que quien tuviera hijos, nietos o bisnietos, no podía emplear más de un quinto de sus bienes en legados piadosos, mientras quien no los tuviera, pero ascendientes (padre, madre, abuelos o bisabuelos), podría utilizar para ello hasta un tercio.72 Ciertamente se hablaba allí de descendientes legítimos, pero se habían registrado en la Audiencia casos en que una madre particularmente beligerante y bien aleccionada obtuviese porciones importantes del caudal hasta para hijos bastardos, incluso concubinas indígenas litigando contra viudas españolas.73 Pero pleitear contra un particular no tenía parangón alguno con enfrentar a la poderosa Compañía de Jesús, y los representantes de ésta tenían claro que dotar a María Josepha aun cuando fuera con unos cuantos pesos mensuales podría significarles la pérdida posterior de porciones significativas del cuantioso caudal del asturiano.

El 12 de febrero de 1753 Altamira dio un paso particularmente extraño, al interponer un recurso de apelación "para ante el señor gobernador del obispado de Chiapa, como juez provisor y vicario general de él, para cuyo fin, admitido en este grado, se me entreguen los apóstolos74 necesarios; que así es justicia que pido y ella mediante." El porqué pretendía don Juan Angel obtener en el Obispado vecino un documento que diera fe de una apelación que presentaba ante los jueces eclesiásticos de Guatemala me escapa, pero su errática solicitud no corrió con suerte: Ruiz Hidalgo se negó a recibir documento alguno alegando que la causa ya había sido definitivamente sentenciada a favor de su representado cuatro días antes, "absolviendo a los bienes del susodicho don Miguel de la expresada demanda puesta por la referida Dionicia, sin costos, sino que cada parte pagase las que hubiese hecho."

La resolución aludida no consta en el expediente, pero de cualquier modo el 21 de marzo el abogado de la Real Audiencia, Juan Antonio Dighero, autorizó el curso de la apelación, ordenó se le entregasen a Altamira los apostólos y le concedió 60 días de término perentorio para que se presentasen en aquella curia. Concluido el plazo "para traer mejora de la apelación" interpuesta, Ruiz solicitó se declarase ésta desierta y se ratificara la sentencia, demostrando que los querellantes ni siquiera habían acudido a la curia de Ciudad Real, por los famosos apóstolos, lo que en su opinión era buena muestra de que apelaron por "malicia [...] sólo por demorar la causa." En consecuencia, el 27 de junio de 1753 el abogado Dighero declaró desierta la apelación y dio "por firme y pasada en autoridad de cosa juzgada la séntencia dada en auto de ocho febrero de este año." Ese mismo día se notificó a las partes.

Habían transcurrido para entonces más de 20 meses desde el inicio del juicio, justo dos años del entierro de Morán en Veracruz, tres años con tres meses de que fechara, en Madrid, la última carta que guardaba Dionicia, y poco más de seis años de que librara el poder a favor del jesuita, un 23 de febrero de 1747, año y medio antes de que convenciera a Dionicia de irse a vivir con él. Nunca, por motivos que ignoro, revocó el poder,75 ni modificó la "memoria." Acaso en el fragor de la pasión perdió el temor a verse asaltado por la muerte y soslayó las "inconsecuencias" que podrían derivarse del omitir la expresión de su última voluntad, es de suponer para entonces variada; quizá nunca imaginó que su albacea, al que calificó como "persona de mi entera satisfacción y confianza", pretendiera alzarse con los bienes a favor de su Instituto aunque ello significara despojar a sus nuevos afectos e incumplir con una obligación que don Miguel difícilmente hubiese ignorado. Sea como fuere, su inconsecuencia arrastró a su amada y a la hija de ambos a un enfrentamiento con la poderosa Compañía de Jesús del cual pocas posibilidades tenían de salir bien libradas.

De lo ocurrido después con los actores principales del litigio tenemos escasas noticias. En noviembre de ese mismo 1753 Juan Antonio de Capetillo avisaba a las autoridades que Altamira, quien le había dejado a cargo de su casa, salió de ella el día de Todos Santos, diciendo iba a darse unos baños al pueblo de Amatitán. No volvió a tener noticia suya, y ya corría "de pública voz en esta dicha ciudad el que el susodicho se ausentó o hizo fuga de ella [...]."76 No señaló en su escrito las causas por las cuales se presumía tratarse de una fuga; tan sólo pidió se hiciese un reconocimiento de lo que albergaba la vivienda, para que no fuesen a culparlo luego de la pérdida de los papeles del procurador.

Las diligencias se iniciaron el 13 de ese mes. Los bienes inventariados en la casa eran ciertamente escasos: una mesa, seis sillas viejas, una papelera maltratada, un estante chico, una mesa grande con cajón, una cama de cuatro tablas, un cancel, un escaño, una antepuerta vieja y un armario pequeño cuya cerradura hubo que forzar. En él se encontraron diversos papeles sobre propiedades, compraventas, filiaciones, inventarios, litigios por agua, consultas legales y algún testamento; asuntos todos ellos en que sin duda participaba don Juan Angel. Ninguno de los detallados se relacionaba con el caso de Dionicia Gómez Castellanos, ni tampoco se registra reclamación alguna sobre ellos.

La que si reclamó fue doña Antonia de Utrilla, mujer legítima de Altamira, la cual alegó que los bienes que su marido guardaba en casa eran más de los declarados por Capetillo. En dos declaraciones sucesivas señaló los faltantes: algún candelera de bronce, una cortina blanca y rosada, una peluca, una almohada, "las ropas de uso" de su esposo, una cama, un biombo ("veombo"), una mesa, un armario, tres sillas, una espada, un tintero y una salbadera;77 objetos que vio en poder de Capetillo, quien le aseguró eran de Altamira, cuando pasó ella a reconocer la casa "luego que mi marido hizo fuga de esta ciudad." ¿Dónde estaba doña Antonia entre tanto? ¿Por qué todos daban por hecho que Altamira se había fugado? ¿De qué o quién huía el procurador? No hay en el documento un solo indicio que permita imaginar siquiera una respuesta a tales interrogantes, tampoco pista alguna que permitiera al más acérrimo abogado del Diablo atisbar la mano de los jesuitas en el asunto.

Tenemos más datos sobre Manuel de España, el contador de don Miguel, que sirvió en varias ocasiones como enlace entre la pareja y a quien encargó el comerciante velar por las necesidades de Dionicia y su hija, tal como lo hizo hasta que el jesuita Cartagena se lo impidió. Don Manuel murió el 26 de abril de 1764, once años después de concluido el litigio; su testamento, dictado apenas cuatro días antes de fallecer,78 nos ilustra, aun cuando de soslayo, acerca de la cuantía de la riqueza del empleado y, por ende, colegir la que tenía el malogrado alcalde.

No sabemos el origen de su fortuna, que parece haber sido diverso, pues a más de desempeñarse como contador de algún vecino prominente como Morán,79 declaró tener a su cargo la venta y menudeo de bulas y de papel sellado, y el inventario consigna entre sus bienes la labor de San Nicolás, en la alcaldía mayor de Chimaltenango,80 una tienda provista de múltiples géneros y hasta una treintena de libros, desde Ovidio hasta Calderón de la Barca, pasando por un ejemplar de Nebrija "muy usado." 81 Acaso parte al menos de ello lo obtuvo empleando con habilidad la importantísima dote que aportó su mujer al matrimonio. Buen administrador, Manuel España incluyó en su haber las cuatro arrobas y 15 libras de almendras (es de suponer de cacao) que, "a razón y precio de cuatro reales la libra", le seguía debiendo don Tiburcio Angel de Toledo, el mismo que vimos tomar posesión de la alcaldía en lugar de Morán en 1761. Dato de particular interéses que consignara entre sus deudas los réditos que lo obligaban con la Compañía de Jesús por razón de la hipoteca (en 2100 pesos) de un sitio que le cedió su hermano Lorenzo para levantar una casa, justo donde se había incendiado la de este último hacia 1751 o 1752, fechas en las que se ventilaba el juicio.

El avalúo de los bienes (descontados los de su esposa) importó 25 961 pesos con 6.75 reales. Entre ellos se enumeran una envidiable cantidad de platería labrada y quintada; múltiples y ricos muebles: escritorios embutidos de palo de ébano y hueso; escribanías con carey y nácar, un biombo de 10 hojas pintado al óleo, "un roda estrado compuesto de tres paizesitos [sic] de pintura de óleo"; espadines con puños de plata y otras armas, algunas imágenes de bulto con coronas y resplandores de plata, y numerosos cuadros; incluso el corredor se engalanaba con una docena de "lienzos de las civilas" [sic], según consignó el nada sibilino escribano.

El listado de joyas es impresionante: aderezos y aretes de oro y esmeralda, hilos varetes de perlas, otros de diamantes y perlas, sortijas de oro con topacios, ciertas pulseras de perlas aderezadas con cinco esmeraldas, sortijas de amatistas, relicarios de oro y de cristal, pinjantes de perlas, tumbagas de brazo, de oro; hebillas de oro, de plata y piedras de Bohemia, y de oro y diamantes; cajas de polvos de plata, y de nácar engastado en oro, un tembleque de oro y perlas, sortijas de oro y diamantes o bien de oro y esmeraldas, "12 esmeraldas grandecitas y un pataztillo82 chato y 16 esmeralditas muy chicas." No cabe duda que la viuda, doña Thereza González Donís (casi seguramente emparentada con la poderosa familia Donís), gustaba de las alhajas.

De las alhajas y también del buen vestir, pues entre su "ropa de uso" aparecen "un rebozo mexicano con sus vetas de oro y nácar, y su punta de oro", "una paletina de cartulina de oro", y otra bordada en oro, una "sanagua de moé nácar con su punta grande de plata", otras de China y de tafetán, "un dengue negro forrado en capichola blanca", "una mantillina de tafetán de Francia blanco, con galón de gasa de plata forrada en tafetán de color de perla", naguas de seda con vuelos de Cambray, y un largo etcétera que detalló cuidadosamente su abogado, don Antonio Portocarrero, al exigir le devolviesen la ropa, ya que ni siquiera debieron inventariarla pues la llevó al matrimonio ("y mucha más [...]. que ya se ha consumido"). La habían dejado, apuntó, "absolutamente desnuda y sin la decencia que le corresponde y siempre se ha portado." Bastante "decencia" había de acostumbrar la dama si tomamos en cuenta que aportó como dote al matrimonio la nada despreciable suma de 3619 pesos.

Manuel de España mencionó tener cinco hijos a los cuales heredó todos sus bienes, exceptuando lo que se emplearía para fundar una capellanía a beneficio de su alma y la de sus ascendientes y consanguíneos. Dejó como patronos de ésta a su mujer y hermanos, y como capellanes a sus hijos y descendientes. Nombrada tutora de sus hijos, doña Thereza se vio obligada a renunciar "el tránsito a segundas nupcias", y también a "las leyes del Beleyano", como se acostumbraba al que dar una viuda como albacea de un caudal particularmente importante, buscando proteger a los hijos herederos de la codicia de un padrastro. Permaneció viuda hasta su muerte, acaecida hacia 1776, año en que tomaron posesión absoluta de los cuantiosos bienes de don Manuel y su esposa sus descendientes: cuatro varones y una mujer llamada María Josepha, exactamente igual que la niña habida entre Miguel Francisco Morán y Dionicia Castellanos. Más allá de esta sospechosa coincidencia, nada sabemos de aquella María Josepha a la cual la avaricia de un eclesiástico negó 10 pesos mensuales de entre los miles que dejó su padre.83

En el anonimato común a las mestizas humildes se perdió también la costurera Dionicia. A cambio de figurar en un sórdido litigio del que no obtuvo más que humillaciones, hubo de desposeerse incluso de los únicos testimonios escritos que le dejó un fugaz período de relativa bonanza y, al parecer, sincero amor con un rico comerciante. Acaso, junto con sus insatisfechas ilusiones, recordase algunas frases de las cartas que dictó la pasión a su amante, como aquella donde le suplicaba no arrebatarle el gusto de cumplir sus caprichos, "satisfecha de mi mucha fineza para obsequiarte, acompañada de una voluntad en que nunca habrá mudanza." Al fin y al cabo, si mudanza hubo, no podría culpar completamente de ello a don Miguel Fernando; en su malhadado destino los principales culpables fueron el tiempo, una muerte inesperada, un abogado incompetente y un jesuita tan ambicioso como astuto.

 

Documentos y autores citados

Archivo Histórico del Arzobispado de Guatemala (AHAG)

Juicios de testamentos, tramo 2, caja 3. "Año de 1751. Autos que sigue Dionicia [Gomes] Castellanos con el albacea de don Miguel Moran, sobre que de los bienes de éste se le satisfaga la cantidad que expresa, por la injuria que le causó."

 

Archivo General de Centroamérica (AGCA)

A 1 27, L 210, exp. 5007, Relaciones geográficas del siglo XVIII, t. 1, 1743.

A3 10, L 2450, exp. 35978, f 6 "Remate a favor de Juan Ángel de Altamira del oficio de procurador de número de la Audiencia de Guatemala", 1745.

Al 15, L 2458, exp. 19153. Autos ejecutivos de Juan Ángel de Altamira contra Juan de Amézquira, 1747.

Al 15, L 5906, exp. 50159. Juan Ángel de Altamira representa a Francisco Saravia, autor de varias heridas a Julián Villacorta. 1747.

Al 23, L 4616, f 133. Confirmación del remate del oficio de procurador de número de la Audiencia de Guatemala a favor de Juan Ángel de Altamira, Real cédula del 22 de junio de 1748.

Al 15, L 2460, exp. 19199. Juan Ángel de Altamira representa a Diego Martín, 1748.

Al 20, L 4558, exp. 38829. Juan Ángel de Altamira representa a María Teresa Guillermo, 1748.

Al 29 5, L 2329, exp. 17358. Información de méritos de Juan Ángel de Altamira, presentada el 16 de julio de 1748. El archivo custodia un duplicado del 16 de octubre de 1750 [ver también Al 3, L 4717, exp. 40801].

Al 20, L4067, exp. 31900. Juan Ángel de Altamira obtiene poder para representar, 1750.

Al 15, L4067, exp. 31901. Juan Ángel de Altamira sigue autos, por pesos, con Manuel de Icazbalceta, 1750.

Al, L 4624, exp. 39577, Copias de títulos de reales cédulas, ff 147-149v. Título de alcalde mayor de Huehuetenango y Totonicapan dado por el rey don Fernando a favor de don Miguel Morán de La Vandera, "en atención a sus servicios y al pecuniario de 5800 pesos fuertes...", El Buen Redro, 29 de julio de 1750.

Al 23, L 1540, ff 19-19v, real cédula "Al presidente de la Audiencia de Goathemala, ordenándole haga dar posesión de la Alcaldía Mayor de Gueguetenango y Totonicapan a don Miguel Morán de La Vandera.", El Buen Retiro, 29 de julio de 1750 [Véase también Al 23, L 4627, f 88v].

Al 23, L 4624, f 149. "Certificación de que el 8 de junio de 1751 fue sepultado en la iglesia parroquia} de Veracruz, la de la función de Nuestra Señora, el cadáver de don Miguel Morán de la Vandera, electo alcalde mayor de Chiapas" (sic por un error de la ficha, no del documenro). Vera Cruz, 5 de diciembre de 1759. Véase también AGCA, Al23, L 4624, ff 147 y 150v.

Al 20, L 1094, ff 156v-l 58. "Los directivos de la Compañía de Comercio y Habilitación de Minas de Guatemala, reconocen a favor de la Compañía de Jesús el valor de unas acciones que donó don Miguel Morán por cláusula testamentaria", 18 de diciembre de 1751.

Al 1, L 2858, exp. 25815. Juan Antonio de Capetillo pide se investigue el paradero de don Juan Ángel de Altamira, 1753.

Al 43, L 2669, exp. 22632, "Manuel de España se opone a que ciertas propiedades del intestado de Carlos Salazar sean rematadas, por tener derechos a ellas. Año 1760."

Al, L 4627, f 88v-91 Se otorga título a Juan Bacaró, "para suceder a Miguel Moran, o a quien en su nombre la ejerciese, la alcaldía mayor de Huehuetenango y Totonicapan", 22 de junio de 1764.

Al 43, L 5091, exp. 43059, "Testimonio del testamento que en virtud de poder de dos Miguel Morán de la Bandera otorgó el muy reverendo padre Juan Miguel de Cartagena, de la Compañía de Jesús. Año de 1765.

Al 43, L 5136, exp. 43351. Mortual de Manuel de España, año de 1773. Al 43, L 5163, exp. 43353, Teresa de Rojas denuncia los bienes del intestado de Maria Castellano, 1777.

 

Autores

Diccionario de Autoridades, 1990 Madrid: Edirorial Gredos.         [ Links ]

Gonzalbo Aizpuru, Pilar, 2002 "La intimidad divulgada. La comunicación escrita en la vida privada en la Nueva España", Estudios de historia novohispana, 27: 17-58. México: UNAM, Instituto de Investigaciones Históricas.         [ Links ]

Moliner, María 1988 Diccionario de uso del español, Madrid: Gredos, 2 vols.         [ Links ]

Núñez de la Vega, Francisco, 1988 Constituciones diocesanas del obispado de Chiapa (1702), Estudio introductorio, modernización, notas y apéndices de M.C. León y M. H. Ruz. México: UNAM,IIFL,CEM (Serie Fuentes para el estudio de la cultura maya: 6).         [ Links ]

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Ximénez, Francisco, 1975 Historia de la provincia de San Vicente de Chiapa y Guatemala, de la Orden de Predicadores, Guatemala: Sociedad de Geografía e Historia.         [ Links ]

Yrolo Calar, Nicolás de, 1996 La política de escrituras, María del Pilar Martínez et al. (eds.), México: UNAM, Instituto de Investigaciones Históricas.         [ Links ]

Zamora Acosta, Elías, 1985 Los mayas de las Tierras Altas en el siglo XVI. Tradición y cambio en Guatemala, Sevilla: Diputación Provincial.         [ Links ]

 

Notas

1 Agradezco a Perla Petrich sus valiosos comentarios, de enorme utilidad para ampliar las reflexiones sobre la correspondencia aquí tratada, y a Carolina Depetris la cuidadosa revisión del texto.

2 Es decir, pesos de plata. En contraposición con las monedas denominadas de vellón.

3 Véase anexo.

4 AGCA, A1, L 4624, exp. 39577, Copias de títulos de reales cédulas, ff 147-I49v. Véanse también AGCA, A1 23, L 1540, ff 19v a 21, y AGCA, A1l 23, L 4 67, f 88v. El fichero del Archivo da como ubicación alterna el legajo 4619, en su foja 152v, pero se trata de una equivocación, pues este documento corresponde a El Salvador.

5 La real cédula al respecto, dada en el Buen Retiro a 29 de julio de 1750, consta en A1 23, L 1540, ff 19-19v, "Al presidente de la Audiencia de Goathemala, ordenándole haga dar posesión de la Alcaldía Mayor de Gueguetenango y Totonicapan a don Miguel Morán de La Vandera".

6 Sería "por tiempo de cinco años para suceder al último previsto en ella, con la calidad de pagar la ardia anata en Las Indias...". Apenas tomar posesión se le pagarían 666 tostones y dos reales de salario anal, pero debería cubrir antes, en un solo pago, la media anata por el salario anual, "con más el 18% por la conducción del todo a estos reinos" (AGCA, A1, L 4624, exp. 39577, ff I47v-l48v).

7 Se limitó a enumerar los conventos de cada pueblo y sus sujetos, repitiendo al final: "no contienen todos los citados pueblos otra cosa que sea digna de reparo" (AGCA, A1 27, L 210, exp. 5007, Relaciones geográficas del siglo XVIII, t t. Respuesta fechada el 4 de julio de 1743).

8 Ibid., ff 91-103.

9 Topónimos y onomásticos se consignan tal y como aparecen en los documentos, con independencia de las variaciones en los registros.

10 San Francisco Motocintla, poblado hoy mexicano.

11 Acerca de la producción de sal en la zona, véanse las escuetas pero interesantes notas de Zamora, 1985: 221-223.

12 El de Todos Santos, calificado desde siempre como "pueblo grande", tenía por entonces sólo 13 tributarios, mientras que San Martín apenas llegaba a cuatro.

13 AGCA, A1, L 4624, exp. 39577, Copias de títulos de reales cédulas, f 148.

14 Se anota que don Felis [sic] de Elias está próximo a dejar el cargo (AGCA, A123, L 4624, f 152v.). Cabe señalar que fue don Tiburcio quien procuró la obtención de todas estas copias.

15 En AGCA, A1, 4627, al dar título el 22 de junio de 1764 a Juan Bacaró, "para suceder a Miguel Morán, o a quien en su nombre la ejerciese, la alcaldía", se apunta que Tiburcio Angel tomó posesión el primero de enero de 1762 (f 90).

16 AGCA, A1 23, L 4624, f 149. "Certificación de que el 8 de junio de 1751 fue sepultado en la iglesia parroquial de Veracruz, la de la asunción de Nuestra Señora, el cadáver de ... electo alcalde mayor de Chiapas" (sic por un error de la ficha, no del documento). La certificación se expidió el 5 de diciembre de 1759, por solicitud del regidor don Pedro Antonio de Cosío. Véase también AGCA, A123.L 4624, ff 147 y 150v.

17 Aparece también como Cartaxena, pero privilegié la grafía con que él mismo firma.

18 AGCA, A 143, L 5091, e 43059, "Testimonio del testamento que en virtud de poder de don Miguel Morán de la Bandera otorgó el muy reverendo padre Juan Miguel de Cartagena, de la Compañía de Jesús. Año de 1765". Es de destacar la fecha tan tardía del documento.

19 El provincial Juan Antonio Baltthazar. La licencia se fecha el 28 de julio de 1751, a poco más de un mes de haber muerto el asturiano.

20 Cuya fecha de muerte, por cierto, equivocó pues la situó el 9 de junio, siendo que desde un día antes don Miguel ya había sido incluso sepultado, como vimos.

21 La mayoría de los testadores dejaban para ello entre dos y cuatro reales. Para el siglo XVIII las mencionadas con mayor frecuencia en Guatemala son "Jerusalén, Redención de Cautivos, Animas del Purgatorio y Colegiata de Guadalupe de México" (AGCA, A1 20, L4551, exp. 38560, f. 21v), aunque en algún documento se apunta Nuestra Señora del Rosario y "cera del Santísimo Sacramento", desapareciendo Guadalupe (AGCA, A1, L 5321, exp. 44776).

22 O al cura de la parroquia de Gijón, en caso de haber muerto aquellos.

23 De haber fallecido alguna la otra recibiría el total; de haber muerto las dos, sus herederos, y, de no tenerlos, se aplicaría el dinero para 200 misas a cada una.

24 Situado, precisó, a 14 leguas de la villa.

25 Más adelante se acota tratarse del "Colegio de niñas doncellas de Nuestra Señora del Presentación".

26 Es de suponer que a éstos se integraron, a más de lo detallado, los 5800 pesos fuertes que seguramente recuperó Cartagena al no haber ocupado don Miguel la alcaldía mayor, pues la concesión de la misma apuntaba que "de no usar la gracia", se le restituiría a él o sus herederos la cantidad entregada en la Tesorería, quedando la devolución a cargo de las Cajas Reales de Guatemala (AGCA, A1, L 4624, exp. 39577, ff 147v-148).

27 Foja 14v. Cartagena se cuidó de repetir la disposición (f 26).

28 No se observa en las disposiciones mayor cambio que la falta de mención de los 1100 pesos pan descargarse de la celebración del Corpus y apuntar 1100 en vez de 1000 en lo que correspondía a las fiestas de "san Juan Evangelista y el día de año nuevo", pero puesto que estos puntos se consignan justa en un cambio de folio (22v a 23) es de suponer se trató de un salto por parte del copista, pues el documento que llegó hasta nosotros es un traslado del 4 de febrero de 1764 que ordenó hacer el oidor don Basilio de Villarraza, juez del Juzgado General de Bienes de Difuntos, por motivos que lamentablemente ignoramos. Adjunta al documento se encuentra una hoja suelta fechada el 23 de enero de 1766 donde constan los gastos efectuados entonces por un total de ocho pesos: seis con seis reales pagados al escribano, cuatro reales por el signo, dos por el papel sellado y otros cuatro por "busca y corrección".

29 El 24 de octubre de 1755 el rector del Colegio jesuita, el maestro Salvador Gándara, daba un recibo por el capital y los intereses (AGCA, A1 20, L 1094, ff 156v-l 58. "Los directivos de la Compañía de comercio y habilitación de minas de Guatemala, reconocen a favor de la Compañía de Jesús el valor de unas acciones que donó don Miguel Morán por cláusula testamentaria", 18 de diciembre de 1751).

30 AGCA, A3 10, L 2450, exp. 35978, f 6.

31 AGCA, A123, L 4616, f 133.

32 AGCA, A1 295, L 2329, exp. 17358, Información de méritos de Juan Ángel de Altamira, presentada el 16 de julio de 1748. El archivo custodia un duplicado del 16 de octubre de 1750 [ver también AGCA, Al 3, L 4717, exp. 40801].

33 En ese orden: los licenciados Manuel de Tarazena y Juan Manuel de Zelaya; Juan Joseph de Zavala, Joseph Miguel Godoy, don Juan Martínez de Vericoechea e Ignacio de Gorostiola.

34 Curiosamente son escasos los registros que guarda el archivo donde se mencione su participación. Apenas localicé tres que den fe de su desempeño en pleitos civiles (en su mayoría por deudas) y uno más representando a un vecino que hirió a otro. Todos ellos, detallados en la bibliografía, se fechan entre 1747 y 1750. Del inventario de sus bienes se deduce que atendía también otros (vid. infra).

35 AHAG, Juicios de testamentos, tramo 2, caja 3. "Año de 1751. Autos que sigue Dionicia [Gomes] Castellanos con el albacea de don Miguel Morán, sobre que de los bienes de éste se le satisfaga la cantidad que expresa, por la injuria que le causó". Cabe apuntar que, por tratarse de un litigio que involucraba eclesiásticos, el juicio incluyó también tribunales religiosos, de allí que se custodie en este archivo.

36 La casa rentada era de don Juan Luque, armero, con quien Morán acordó "que a vueltas de su viaje [a España] le compraría dicha casa para las dichas" (ibid.).

37 Barrio del Tortuguero: el antiguo paraje de Panchoy (uno de los tres en que se construyó Antigua), "esto es en la laguna, por la que se formaba de las vertientes de los cerros y del río del Pensativo que se derramaba derecho por donde está la ciudad, y es lo que hoy se llama Tortuguero de la plaza para abajo; que dándole desagüe se pudo ir fabricando todo aquel sitio que hasta hoy es muy húmedo" (Francisco Ximénez, Historia de la provincia..., 1975, vol. 1: 255).

38 En un estimulante artículo sobre las características de la correspondencia privada en la época colonial, y su valor histórico, Pilar Gonzalbo señala cómo "la constancia de haber sido fiel a los afectos familiares adquiría gran importancia cuando se disputaba una herencia...", lo cual se transparenta en las misivas (2002: 41); precisamente uno de los argumentos empleados por Altamira para probar la validez de la demanda de su clienta.

39 Aun más raro es encontrar este tipo de documentos en un archivo eclesiástico, pero ello se explica, como apunté antes, por el hecho de que se pretendía que los bienes del difunto pasasen a una Orden religiosa.

40 Numeradas como folios 7 al 24, las cartas fueron cosidas al expediente. Más allá de introducir signos de puntuación, se reproducen sin modernizar, a fin de que puedan ser de utilidad a los lingüistas interesados en el español de la época, y para no privar al lector de su originalidad. Cabe señalar que la del 11 de mayo aparece antes de la del 14 de abril; la coloqué donde cronológicamente le corresponde.

41 Sic por caminando: es decir, en el camino, viajando.

42 Las hermanas de Dionicia.

43 Esta forma de escribir el "adiós" es constante en las cartas, jugando el autor con el vocablo para pasar de la despedida a la invocación divina.

44 Es dudosa la lectura del apellido de la hermana de Dionicia, que como puede verse es distinto al de ésta (acaso por ser hijas de diferente padre). Cabe señalar que el apellido Arrue se reporta en los territorios de la Audiencia, en particular en El Salvador.

45 Vocablo de lectura dudosa por hallarse en el margen, "c... qutto". Probablemente alude al empleo de pequeños frutos de alguna palmera.

46 Destruido por polilla. ¿Elegantes?

47 Es bastante probable se refiera a su contador, Manuel España.

48 Del empleo del plural ("las que le tengo escrito") parecería desprenderse que no todas las cartas se anexaron al expediente, pues de las dirigidas a Petrona sólo consta una de fecha anterior a ésta.

49 Imposible saber a qué niña se refería don Miguel en ésta y en la carta número 9. Al tiempo de redactar la primera de tales cartas la hija que tendría con Dionicia no había nacido.

50 Es de suponer, fecha del parto.

51 Destruido por polilla.

52 Anexo al margen, escrito en forma vertical.

53 Vocablo de difícil lectura que podría también leerse como "Camanerías". Privilegié Camariñas por tratarse de un topónimo existente, que alude a un puerto al norte del conocido Finisterre; famoso, por cierto, por sus labores de encaje.

54 Casi seguramente se refiere al parto que, a juzgar por una carta anterior, debía tener lugar en agosto.

55 En la hoja doblada que hacía las veces de sobre se lee: "A doña Dionisia Gómez Castellanos, gu[ard]e Dios mu[cho]s a[ño]s. Goathemala. En su mano."

56 Entre las dos últimas median cuatro meses, y él se refiere por ejemplo a otras que envió a Petrona, que no figuran, aunque ignoro si por haberse extraviado antes de llegar a su destino, como ocurría con frecuencia, sobre todo en el caso de la correspondencia ultramarina (Gonzalbo, op. cit.: 27).

57 Tema común en las misivas de este tipo, a decir de Gonzalbo (op. cit.: 31ss).

58 "Y advertida de que es por afligirte quanto contra ésta [su "voluntad por quererla"] llegaren a decirte"; "Buelvo mi vida a encargarte que no hagas el menor aprezio de quanto te digan sobre mi venida, y está mui zierta, mi alma, que no deseo otra cosa ni quiero más que bolverme a ésa a verte, lo que ejecutaré luego que me lo permita el tiempo".

59 Ver una cartita tuia para saver cómo has salido de aquel cuidado, y de la suerte que te hallas.

60 "Quiera Dios sea con la perfecta salud que te apetezco y sin que esperimentes la más mínima falta, pues no quisiera que por alguna casualidad se entorpezca lo que dejé prevenido a este fin, cuia razón espero tener en Cádiz a mi llegada."

61 AGCA, A 143, L 5091, exp. 43059, f 15.

62 "E resevido tus cariñosas letras, con las que es imponderable el gusto que tuve". "Y acavo de rezevir una canica tuia llena de mili espresiones que te merezco."

63 Gonzalbo señala que entre 1567 y 1749 apenas encontró cartas de 32 mujeres a sus maridos, y destaca el que la habilidad de escribir fuese tenida por cosa superflua enere las mujeres; incluso desaconsejada en ocasiones (op. cit.: 39, 54).

64 Acerca de las vicisitudes que enfrentaba la correspondencia epistolar en la época, véanse las interesantes reflexiones de Gonzalbo (op. cit.: 25-31).

65 El que las expresiones de "espontaneidad y confianza" fuesen más frecuentes entre individuos a los que no unían lazos legales es señalado por la propia Gonzalbo (op. cit.: 42).

66 AHAG, Juicios de testamentos, tramo 2, caja 3. "Año de 1751. Autos que sigue Dionicia [Gomes] Castellanos...", ff 27ss.

67 Aclaró que Morán había suplido 17 pesos "para reparos" de la casa, mismos que se deducirá de la renta según lo acordado con Luque.

68 Cartagena apunta toctín (f 37).

69 Piel de ternera.

70 Cartagena registra sanaguas (f 37). No localicé ninguna de las dos variantes en los diccionarios, pero tapapiés, que da el documento como sinónimo, equivale, al igual que brial, según el Diccionario de autoridades, a "Género de vestido o trage de que usan las mugeres, que se ciñe y ata por la cintura y baxa en redondo hasta los pies, cubriendo todo el medio cuerpo... y de ordinario se hace de telas finas como son rasos, brocados de seda, oro o plata" (1990, t. 1: 681).

71 Se le llamó a declarar de nuevo bajo juramento cuánto tiempo recibió la mesada. Respondió el 20 de diciembre que desde el 30 de agosto de 1748, "en el que la extrajo de su casa, hasta el mes de julio del de 751 ".

72 Yrolo Calar, op. ctt. : 171, nota 251.

73 Traté someramente esta temática en un ensayo previo (Ruz, 2001).

74 "Documento que, a petición del interesado, expedían los jueces eclesiásticos de cuyas sentencias se apelaba" (Moliner, 1988, t. 1, p. 219, entrada "Apóstolos").

75 Éste, señalaba en forma expresa, estaría vigente "no solamente por el término que tardare este viaje, sino por todo aquél que corriere mientras no se verificase revocado" (ibid., f 5).

76 AGCA, A1, L 2858, exp. 25815.

77 ¿Una salivadera?

78 AGCA, A143, L.5136, exp. 43351. Mortual de Manuel de España, año de 1773.

79 En el documento consta no haberse inventariado "varios libros de caxa, por pertenecer, según reconocí, a don Miguel de Morán" (f 27). Lamentablemente sin darnos más datos sobre éstos.

80 Por otro documento sabemos que ésta la adquirió en 1760, en el remate de los bienes de Carlos Salazar, junto con otras labores que poseía el difunto "en el valle de Sacatepéquez y pueblo de Santo Domingo Sinacoa [sic], por 8310 pesos (AGCA, A1 43, L 2669, exp. 22632, "Manuel de España se opone a que ciertas propiedades del intestado de Carlos Salazar sean rematadas, por tener derechos a ellas. Año 1760").

81 Y, por cierto, unas Constituciones Diocesanas cuyo autor no se menciona, pero que por la época es probable fuese Francisco Núñez de la Vega. De ser así, el contador contravenía antiguas órdenes reales, pues la obra estaba prohibida supuestamente por atentar contra el Real Patronato (Núñez, 1988: estudio introductorio).

82 Sabemos que en la época se denominaba pataxte o pataste al cacao de menor calidad y precio, pero resulta oscuro el sentido de la voz "pataztillo", ¿se refería acaso a una joya en forma de almendra de cacao?.

83 El único documento que pude ubicar relativo a una "María Castellano", que no Castellanos, corresponde a la denuncia que en 1777 hizo una tal Teresa de Rojas por los bienes de su intestada (AGCA, A1 43, L 5163, exp. 43353), pero no guarda relación con nuestro caso.

84 AGCA, A1, L 4624, exp. 39577, Copias de títulos de reales cédulas, ff 147-149v. Véanse también AGCA, A1 23, L 1540, ff 19v a 21, y AGCA, A1 23, L 4 67, f 88v. Se modernizaron la puntuación y los acentos.

 

Información sobre el autor

Mexicano. Doctor en Etnología (École des Hautes Études en Sciences Sociales, París 1985) Investigador del Centro de Estudios Mayas (Instituto de Investigaciones Filógicas) de la UNAM, actualmente comsionado de la Unidad Acá en Ciencias Sociales y Humanidades, de la Coordinación de Humanidades de la misma Universidad. Áreas de especialización: etnología maya contemporánea e historia del perído colonial.

Entre sus últimos libros como autor único o editor figuran Los espacios mayas: representaciones, utilizaciones y creencias (París y México, 2003), Antropología de la eternidad. La muerte en la cultura maya (Madrid y México, 2003) y Los mayas: un universo peninsular (México, en prensa). Como ediciones de fuentes destacan: Las lenguas del Chiapas colonial (vol. 3, 2003) y la coordinación de Memoria eclesial guatemalteca. Las visitas pastorales (3 vols., 2002-04). Junto con Teresa Rojas Rabiela dirige la serie Historia de los pueblos indios de México (23 vols. publicados a la fecha).

Miembro del Sistema Nacional de Investigadores, nivel III. mhruz@avantel.net

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