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Anuario mexicano de derecho internacional

versão impressa ISSN 1870-4654

Anu. Mex. Der. Inter vol.10  Ciudad de México Jan. 2010

 

Reseñas

 

CHOLEWINSKI, Ryszard et al. (edits.), International Migration Law. Developing Paradigms and Key Challenges

 

Evelyn Téllez Carvajal*

 

The Hague–International Organization for Migration–TMC Asser Press, 2007, 492 pp.

 

* Profesora de la Facultad de Ciencias Políticas de la UNAM, asistente de Investigación en el área de Derecho Internacional en el Instituto de Investigaciones Jurídicas.

 

En un mundo globalizado, en donde los flujos migratorios son constantes y los datos revelan que un tercio de la población mundial (aproximadamente 175 millones) no reside en el país en el que nació, obras como la que aquí reseño son recomendables para acercarse de una manera fácil, interesante y bien documentada sobre temas constantes y actuales sobre migración.

A diferencia de las opiniones que algunos políticos podrían tener sobre el hecho de que los asuntos migratorios pueden dejarse de lado y ser atendidos para después, los veintinueve autores de esta obra dejan en claro que tal situación no puede ser, los intereses políticos y económicos no pueden estar por encima del bienestar de los seres humanos, y David Weissbrodt lo deja claro al puntualizar en esta obra que:

La globalización y el valor del mundo económico ha incrementado el comercio internacional de bienes y servicios, así como facilitado las transferencias financieras internacionales. Mientras Adam Smith proscribió el libre movimiento de bienes, capital y personas como el sello distintivo del sistema de mercado, las naciones han estado mucho menos receptivas al último de estos tres que de los primeros dos [(p. 221)].

Este libro cuenta con el aval de la organización Mundial para las Migraciones, organismo encargado de promover la migración humana ordenada a lo largo del mundo, a través de la implementación de políticas y programas tanto para los gobiernos como para los migrantes mismos. A lo largo de los diversos artículos, vemos los cambios en la manera de tratar a las migraciones que es reflejo también de los cambios contemporáneos en la migración que podrían transformarse en oportunidades tanto para los países expulsores de migrantes como para los países que reciben migrantes. México, como país expulsor de un gran número de migrantes y como país huésped de varios otros en su trayecto hacia otro Estado de destino, no puede permanecer inmóvil e indiferente ante tal fenómeno. Es por ello que obras como la que nos presentan Cholewinski y Perruchoud deben fomentar la discusión y puesta en marcha de políticas que permitan controlar, abatir, desalentar y sobre todo regular los flujos migratorios en nuestro territorio.

En los 26 capítulos que integran la obra se dan puntos de vista que tendrían que ser considerados para comprender y tratar efectivamente las migraciones como son los aspectos económicos, sociales, humanitarios, demográficos, de desarrollo, seguridad y aspectos normativos. Asimismo, tomar en consideración la complejidad que se puede presentar en la migración a nivel global, regional, subregional y nacional.

La manera en que el texto contempla dos visiones jurídicas fundamentales en el tema migratorio es interesante, ya que por un lado se habla de aspectos relacionados con la soberanía de los Estados en cuanto a situaciones tales como la protección de sus fronteras, el otorgar la nacionalidad, la expulsión de extranjeros de sus territorios, llevar a cabo acciones para combatir los delitos derivados de los flujos migratorios como pueden ser el contrabando e incluso la trata, y por otro considerar los derechos humanos de los migrantes, justo la otra cara de la moneda, lo que sin lugar a dudas permite que nos volvamos a preguntar sobre la ley de migración internacional que tenemos hoy en día.

El libro consta de 26 capítulos, divididos en siete apartados, que son: primer apartado "Soberanía de Estado y responsabilidad", que incluye capítulo 1. Leyes antiterrorismo y la estructura legal para la migración internacional, capítulo 2. La protección legal de los migrantes varados, capítulo 3. Detención de los migrantes irregulares y los solicitantes de asilo, capítulo 4. La asistencia y protección consular, y capítulo 5. La nacionalidad múltiple: la práctica de Alemania y Países Bajos; segundo apartado "El comercio y la migración laboral", que abarca el capítulo 6. Acuerdos generales sobre comercio y servicios, modo 4, y la movilidad laboral, capítulo 7. Remesas globales y la ley. Una revisión a las tendencias regionales y los asuntos regulatorios, capítulo 8. La migración y los acuerdos de libre comercio. Lecciones del TLCAN y las perspectivas para el CAFTA–DR; tercer apartado "La migración forzada", que incluye el capítulo 9. Cambiando paradigmas en la ley de refugiados, capítulo 10. Sobre los movimientos secundarios de refugiados, capítulo 11. Respondiendo al reto de las migraciones forzadas internas. Los principios rectores en desplazamientos internos, capítulo 12. Demandas de restitución y compensación; cuarto apartado "Los derechos humanos de grupos migrantes específicos", que contiene el capítulo 13. La protección de los no–ciudadanos en las leyes internacionales de derechos humanos, capítulo 14. Las mujeres migrantes, capítulo 15. Los derechos de los trabajadores migrantes, capítulo 16. Tráfico de seres humanos y sus derechos humanos en el contexto de la migración, capítulo 17. Una evaluación de los instrumentos internacionales que direccionan la condición de apatridia. Un caso de estudio de Estonia y Latvia; quinto apartado "Los regímenes de libre circulación y otros desarrollos regionales", con el capítulo 18. Libre movimiento de los nacionales de la Unión Europea y la ciudadanía de la Unión, capítulo 19. Armonización legislativa en la política europea de inmigración, capítulo 20. Moviéndose libremente en el continente africano. Las experiencias de la Comunidad Económica de los Estados de África del Oeste y la Comunidad Africana Meridional de Desarrollo con protocolos de libertad de movimiento, capítulo 21. Libre movimiento en los regímenes de América del Sur. Las experiencias del Mercosur y la Comunidad Andina, capítulo 22. El libre movimiento de las personas en la comunidad caribeña; sexto apartado "Cuestiones tradicionales y emergentes de relevancia", capítulo 23. Mecanismos de cooperación, capítulo 24. Biometría y migración internacional; capítulo 25. Reforzamiento de la cooperación en la Unión Europea acerca de los controles de fronteras; octavo apartado "Conclusiones", capítulo 26. Normas legales internacionales sobre migración. La sustancia sin arquitectura.

Los autores de los diferentes artículos que se leen en la obra se destacan por ser, varios de ellos, académicos de gran nivel en distintas universidades e institutos como Trinity College de Dublín, Instituto para Estudios Europeos, la Universidad Libre de Bruselas, Universidad Radboud en Nijmega, Países Bajos, Universidad Georgtown en Suiza, Centro Internacional "Woodrow Wilson" en Washington, Universidad de Constanza en Alemania, Universidad Washington en San Luis, por mencionar algunas, y muchos también han participado en organismos relacionados a las migraciones como la UNHCR (Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados, en español), la División Interinstitucional de las Naciones Unidas para los Desplazados Internos, el Departamento de Investigación y Política Migratoria de la Organización de las Migraciones de Naciones Unidas.

Este libro presenta la ley de migración internacional, incluyendo los temas de protección a derechos humanos, enfrentándola a la legislación que se ha derivado de legislaciones y medidas antiterroristas de distintos Estados. Evidentemente, en una obra como ésta no pueden dejar de mencionarse los análisis referentes a los grupos migrantes más desprotegidos que resultan ser los niños, las mujeres, los trabajadores y personas carentes de una nacionalidad o sin Estado, así como grupos desplazados que muchas veces buscan una protección que brinda el tener la calidad de asilado o refugiado.

Es importante resaltar temas novedosos, como aquellos en los que los Estados son jurídicamente responsables por no brindar la adecuada protección consular o impedir que sea proporcionada. También los casos de migrantes que se quedan varados ante la imposibilidad de ser deportados a un Estado del que son nacionales, pero el Estado ha desaparecido o simplemente ya no reconoce un vínculo entre el nacional y las autoridades del Estado por haber obtenido otra nacionalidad, situación por demás interesante para aquellos estudiosos de las migraciones.

El capítulo Leyes antiterrorismo y el marco legal para la migración internacional, de Andfrew I. Schoenholtz, deja al descubierto cómo a pesar de las leyes que pretenden erradicar el terrorismo no se han podido evitar los grandes atentados perpetrados en este siglo. Menciona cómo las leyes que permiten que los individuos sean clasificados como nacionales o extranjeros, facilitan la violación a los derechos humanos de los migrantes al permitir deportaciones injustificadas, alegando simplemente la presunción de que un individuo pudiera ser terrorista, situación que constituye una medida de exclusión.

Uno de los temas relevantes dentro de la obra, expuesto por Stefanie Grant y resaltado aquí por su claridad de análisis pese a su complejidad, es la protección legal de los migrantes varados en otro Estado. La calidad de apátridas es común que ponga en tal situación a los migrantes, pero también aquellos que ven rechazada su petición de asilo o refugio. El caso de México se menciona como ejemplo claro de este hecho, ya que si bien la ley establece que la detención de un individuo no puede exceder de noventa días, también la misma ley contempla varias excepciones que provocan una franca violación a los derechos de los migrantes como se narra el caso de los migrantes de nacionalidad China que tienen que aguardar en lugares especiales de detención de migrantes en México a que algún órgano de seguridad pública del domicilio formal del migrante en China verifique y confirme la identidad del migrante, y que los familiares del ciudadano migrante paguen su regreso a China para que ese documento se envíe a sus autoridades consulares quienes finalmente harán llegar dichos documentos al migrante detenido.

Podría continuar reseñando casos que se mencionan en la obra pero baste por ahora y para motivar al futuro lector de la misma con señalar que los temas global es tratados con gran fluidez y compromiso son la migración laboral, los derechos humanos, la seguridad y el control en las migraciones, el recuento de la ley internacional de migración que incluye tanto hard law como soft law y finalmente la interesante propuesta de crear una Declaración Internacional de los Derechos de los Migrantes que pone de manifiesto si bien, no la falta de instrumentos internacionales al respecto, sí su falta de implementación tanto que la trata de personas se está convirtiendo en el negocio ilícito más rentable incluso que el narcotráfico.

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