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Región y sociedad

On-line version ISSN 2448-4849Print version ISSN 1870-3925

Región y sociedad vol.24 n.55 Hermosillo Sep./Dec. 2012

 

Reseñas

 

Laura M. Shelton (2010), For Tranquility and Order. Family and Community on Mexico's Northern Frontier, 1800-1850

 

José Marcos Medina Bustos*

 

Tucson, The University of Arizona Press, 206 pp.

 

* Profesor-investigador del Centro de Estudios Históricos de Región y Frontera de El Colegio de Sonora. Correo electrónico: mmedina@colson.edu.mx

 

El fundamento de este libro es la tesis doctoral de Laura Shelton, cuyo tema central es el análisis de las relaciones familiares en Sonora durante el complejo periodo de la primera mitad del siglo XIX, en el que las permanencias culturales y normativas del Antiguo Régimen hispánico sufren transformaciones, debido a la emergencia y promoción del nuevo orden liberal y republicano, y éstas, a su vez, ocurren en el contexto de una renovación de los conflictos étnicos, tanto con los grupos indígenas apaches y seris, que permanecían al margen de la sociedad mexicana, como de los yaquis, mayos y ópatas, que habían ensayado su incorporación a las instituciones liberales del nuevo Estado nacional mexicano. Aquí se enfatiza este trasfondo de guerra indígena, como el elemento contextual particular del estudio.

La investigación se sustenta en padrones de los habitantes de los pueblos y ciudades, reportes militares, informes de misioneros y viajeros extranjeros, archivos parroquiales, testamentos y códigos legales; aunque su fuente principal son los expedientes judiciales en sus ramos civil y penal del Archivo General del Poder Judicial del Estado de Sonora.

La exposición se presenta en seis capítulos, en los que se aborda la retórica de la "barbarie" asociada a los roles de género; el matrimonio y las uniones consensuales; las relaciones sexuales ilícitas; deudas y herencias familiares; reciprocidad y obligación entre jóvenes y ancianos y las relaciones laborales en los juzgados.

El texto tiene tres ejes de análisis, que estructuran el argumento de Shelton; el primero tiene que ver con el discurso ideológico de las elites, expresado en textos que se escribieron en la época, como la Rápida ojeada al estado de Sonora, de Ignacio Zúñiga, publicado en 1835 y las Noticias estadísticas del estado de Sonora 1850, de José Francisco Velasco, en los cuales se presenta a las relaciones familiares indígenas como una expresión de barbarie, supuestamente caracterizadas por libertad sexual, parejas inestables, violencia contra las mujeres, la mujer desempeñando actividades de hombres, poco respeto a los ancianos y descuido de los hijos. Según los documentos judiciales investigados por Shelton, esta ideología formaba parte del discurso utilizado en los juzgados por autoridades, representantes legales, demandados y demandantes, para reivindicar lo que serían los valores propios de una "sociedad civilizada": la familia encabezada por el hombre, la pureza sexual de las mujeres, la monogamia, el matrimonio legítimo, las actividades diferenciadas según los roles de género, la atención a los ancianos y parientes mayores, así como la educación de los hijos. Las transgresiones de estos ideales se presentaban, más que como un problema de honor o privado, como una amenaza al orden público y a la tranquilidad de la comunidad. Según lo plantea la autora, este discurso era propio de la sociedad fronteriza sonorense, que expresaba una reacción ante la conflictividad creciente con los indígenas.

El segundo eje se relaciona con la manera en cómo se daban en la práctica -más allá del discurso-las relaciones familiares. Para descubrir esta realidad, analiza los padrones, expedientes judiciales y testamentos, y así logra dibujar un panorama en el que un porcentaje importante de las familias no eran encabezadas por el padre, y muchas parejas no estaban casadas por la iglesia. También había familias extensas, en las que convivían varios núcleos familiares incompletos, con la presencia de sobrinos, nietos, huérfanos, cautivos adoptados, criados y domésticos, lo que muestra que el ideal de estructura familiar no tenía una correspondencia total con la realidad. Además, la documentación expresa que las familias no necesariamente eran solidarias, ya que proliferaban los conflictos por herencias, la violencia contra las esposas, hijas y amantes; lo mismo que contra los parientes mayores, niños y sirvientes. Así pues, los ideales familiares se enfrentaban con la dura realidad de una sociedad con altas tasas de mortalidad, intereses económicos encontrados, escasez de mano de obra, guerra con los grupos indígenas y prácticas sexuales desviadas de la norma.

El tercer eje se refiere al creciente papel que desempeñaban los juzgados como árbitros en los conflictos familiares, en sustitución del papel que había tenido la Iglesia en la etapa colonial. La autora presenta a los juzgados como una institución que, a través de los alegatos de los involucrados y de las sentencias emitidas por los jueces, difundió los nuevos valores liberales y republicanos de ciudadanía, buena conducta, trabajo y moral pública, en oposición a la barbarie de los indígenas. Ella considera que a pesar de las críticas de los contemporáneos al sistema de justicia, los documentos muestran que cada vez se utilizaba más para resolver gran variedad de conflictos, sin que el castigo fuera lo más socorrido, sino que –debido a la debilidad de los aparatos represivos– se buscaba la conciliación. Lo anterior no obsta para que Shelton considere que los juzgados se veían influidos en sus decisiones por la posición económica, social y étnica de los involucrados. Los hombres de posición social elevada tenían más capacidad de obtener sentencias favorables que las mujeres, sirvientes o indígenas. A pesar de estos claroscuros, la autora considera que, a través de los juzgados locales, los habitantes de Sonora van asimilando el nuevo orden político e institucional.

En los capítulos del libro hay temas que llaman la atención, como la fragilidad económica de las familias, originada en la alta mortalidad y en la inexistencia de un sistema formal de crédito, ya que al morir el cabeza de familia por lo general dejaba una serie de deudas contraídas con los vecinos, los cuales en cuanto se enteraban del fallecimiento se apresuraban a recuperar sus préstamos con los bienes familiares, dejando a los deudos en verdaderas penurias económicas. Según lo documenta la autora, la mejor manera de enfrentar esta situación era mantener una buena reputación familiar y relaciones cordiales con los vecinos, pues de éstas dependía la posibilidad de conservar el crédito que se tuviera con ellos, en particular con los comerciantes. De ahí la importancia de tener suficientes vínculos familiares para obtener recursos y reputación incuestionable, sobre todo tratándose de las viudas, que proporcionara confianza a los acreedores y permitiera estar en mejores condiciones al comparecer ante los juzgados, donde se ventilaban las reclamaciones por deudas.

Sin embargo, como también está documentado, las familias no siempre cumplían con el ideal de concordia y solidaridad. Así, por ejemplo, las segundas nupcias de los viudos eran frecuentes y los conflictos por herencias entre los hijos del primer matrimonio con los del segundo eran comunes; también los pleitos entre las viudas y los cuñados y suegros, sobre todo cuando no se tenían documentos que acreditaran la propiedad de los bienes en disputa, o cuando las parejas no estaban casadas ante la iglesia. Abundaban las uniones consensuales, para eludir los altos costos del matrimonio, y la comunidad las toleraba, mientras vivieran como "si estuvieran casados"; es decir, de manera monógama y atendieran de forma adecuada a los hijos. Sin embargo, en caso de litigio estaban en desventaja, pues los jueces y sacerdotes no las reconocían, por lo que si moría el jefe de familia, la mujer y sus "hijos naturales" quedaban en desventaja ante sus cuñados y suegros, cuando éstos reclamaban la propiedad de bienes del difunto.

Un aspecto polémico del libro es que Laura Shelton relativiza apreciaciones muy difundidas entre los historiadores del espacio sonorense, que enfatizan el grado de independencia de las mujeres propietarias, como producto de la herencia legal hispana, que les reconocía el derecho a las viudas de valerse por sí mismas en la conducción de los negocios. Ella plantea que si bien la dote les permitía cierta independencia económica, su presencia en los tribunales era más efectiva y frecuente, a través de representantes masculinos, ya fuera hermanos, hijos mayores o individuos contratados para llevar sus litigios; lo anterior, porque la reputación de la mujer por lo regular estaba en escrutinio público, y cualquier murmuración la podía descalificar como buena contendiente en los pleitos ante los juzgados.

De manera similar, señala que las mujeres casadas, aun las de posición económica alta, podían ser golpeadas por sus maridos. Cuando llegaban los casos a los juzgados, por lo general se reconocía el derecho del marido de corregir a su esposa y lo único que se cuestionaba era el exceso en el castigo, pero se le exoneraba de cualquier pena, ya que los jueces argumentaban buscar la armonía familiar. Sólo encuentra el caso de un marido castigado a trabajos forzados porque golpeó a su mujer; aunque la razón del castigo no fue tanto que la golpeara, sino que lo hizo con tal fuerza que le inutilizó un brazo. Por lo general los maridos violentos evitaban ser castigados acusando a las mujeres de infidelidad o desobediencia, como salir de la casa sin permiso, por ejemplo. Ellas ganaban pleitos contra sus cónyuges cuando los demandaban por irresponsabilidad en el cuidado de los hijos, al no proveer medios de subsistencia.

Todavía era más evidente el estatuto subordinado de las mujeres en los casos de alteración del orden vigente, como en los expedientes por adulterio, donde se les acusaba de tener un apetito sexual desmedido, y olvidar sus instintos maternales naturales. La autora documenta el caso de un hombre que mató a la mujer con una piedra y fue declarado inocente, luego de argumentar que lo engañaba con otros. En estas demandas, los litigantes y jueces se expresaban en términos de una ofensa al orden de la comunidad, la religión y los valores civilizados, no se referían a un daño al honor del marido. En cambio, cuando los hombres eran adúlteros la reacción de las esposas era más bien agredir a las amantes, a quienes demandaban ante los tribunales. En estos casos, las esposas demandadas por golpes argüían que defendían el patrimonio familiar, y que se habían dejado llevar por los celos, dada su condición femenina propensa a la pérdida de control, con lo cual reproducían el discurso dominante para evitar el castigo.

Otro tema en el que la autora profundiza tiene que ver con prácticas como la integración a las familias pudientes de niños y niñas en condiciones de vulnerabilidad como los huérfanos, los hijos ilegítimos o de familias pobres y niños indígenas cautivos. Estas prácticas se han caracterizado como solidarias en la historiografía sobre Sonora, ya que la integración favorecía la supervivencia de estos niños, y podían llegar a establecerse lazos sentimentales con los padres adoptivos, como se ha documentado en testamentos en donde se les heredaban algunos bienes.

Laura Shelton matiza tales caracterizaciones, pues considera que estos adoptados nunca obtuvieron el estatus de hijos legítimos, con derechos de herencia sobre las propiedades de los padres; además, presenta casos en los que se advierte que tal integración escondía, bajo la idea de familia, una relación de servidumbre, en la que estos niños realizaban trabajos domésticos por los que a cambio sólo recibían algo de comida y alojamiento, y a menudo se les castigaba duramente. El número elevado de niños que circulaban como adoptados era una expresión de los huérfanos y cautivos que generaba la guerra contra los apaches, pero también las dificultades económicas de las familias de menos recursos económicos; así como la necesidad de las más pudientes para hacerse de mano de obra, aspecto que conduce a otro tema relacionado: la relación entre familia y fuerza de trabajo forzado.

Contrario a lo planteado para Chihuahua, por Ana María Alonso (1995), en el sentido de que la guerra apache posibilitó alianzas interclasistas de los vecinos, Shelton considera que en Sonora, desde la década de 1820, los notables apoyados por el Congreso del Estado pugnaron por implementar una legislación que les permitiera reforzar su control sobre la mano de obra, como fueron las leyes contra la vagancia, las que pedían pasaportes expedidos por los amos, y las de sirvientes que otorgaban facultades a los amos para perseguir y castigar a los sirvientes que se escaparan sin antes haber pagado sus deudas. Aquí la autora considera que en la última ley de sirvientes de 1843 se les confería a los amos la obligación de velar por la educación moral y cívica de los sirvientes, con lo cual su relación dejaba de ser considerada meramente contractual, para adquirir una dimensión patriarcal.

Esta ambigüedad conducía a reforzar el control de los amos sobre los sirvientes domésticos, al darles facultades para castigarlos como si tuvieran los derechos de un padre. Se documentan casos de castigos sumamente severos de sirvientes a manos del amo. Para la autora, los sirvientes tenían pocas posibilidades de eludir el castigo por medio de la evasión, pues los amos contaban con redes de apoyo como sus familiares, otros sirvientes o los jueces de los pueblos, que hacían difícil que el sirviente huido pudiera evadir el castigo, a diferencia de lo planteado por Ana María Alonso para el caso de Chihuahua.

En conjunto, la investigación aquí presentada es una aportación importante para conocer cómo los pobladores van asimilando en la vida cotidiana el nuevo orden liberal y republicano. La problemática de la familia en los expedientes judiciales muestra una vía para superar debates ya rancios sobre si el liberalismo es un asunto de elites o del pueblo, como si esto fuera una cuestión de meras ideas y no de instituciones, como los juzgados locales que llegaban muy cerca de las personas.

También es importante porque ilumina una serie de prácticas violentas y coercitivas sobre mujeres, niños y sirvientes, que se habían soslayado en función de una necesaria solidaridad ante el peligro indígena. El cuadro trazado por Shelton es el de una sociedad en la que las familias pudientes utilizan las nuevas instituciones para contar con leyes que les permitieran tener mayor control de la población subordinada, y aprovechan sus recursos económicos y sociales para obtener soluciones a su favor en los juzgados locales.

Por otra parte, este libro muestra la importancia de continuar investigando en Sonora sobre la práctica de la ciudadanía liberal, las alianzas interétnicas y los sistemas de trabajo, pues la bibliografía existente sobre ellos es escasa, y no contempla las aportaciones de la nueva historia política en las últimas décadas. En particular, requiere de una mayor reflexión el problema que significa aplicar una legislación coercitiva en una época en la que coinciden las guerras indígena y civil. Pero estos son temas que le corresponden a nuevas investigaciones.

Es importante mencionar que la lectura del texto es amena y atrapa al lector con la combinación del análisis, y la presentación de casos concretos rescatados de los expedientes judiciales, que muestran las relaciones familiares con individuos de carne y hueso que exponen sus problemas.

 

Bibliografía

Alonso, Ana María. 1995. Thread of Blood. Colonialism, Revolution, and Gender on Mexico's Northern Frontier. Tucson: The University of Arizona Press.         [ Links ]

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