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Norteamérica

On-line version ISSN 2448-7228Print version ISSN 1870-3550

Norteamérica vol.13 n.1 Ciudad de México Jan./Jun. 2018

https://doi.org/10.20999/nam.2018.a006 

Análisis de actualidad

La estrategia de attrition through enforcement: políticas antiinmigrantes de Arizona y sus efectos sobre familias mexicanas

The Strategy of Attrition through Enforcement: Anti-Immigrant Policies in Arizona and Their Effects on Mexican Families

Eduardo Torre Cantalapiedra* 

* Becario del Instituto de Investigaciones Jurídicas, Universidad Nacional Autónoma de México, México. <e.torreca@gmail.com>.


Resumen:

El objetivo de este artículo es analizar las políticas restrictivas y persecutorias del estado de Arizona y del condado de Maricopa entre 2005 y 2013, así como sus efectos sobre las familias mexicanas que residen en aquel estado. Consideramos que dichas políticas han puesto en práctica la estrategia de attrition through enforcement (ATE). Con base en la revisión documental y entrevistas realizadas en la ciudad de Phoenix, Arizona, se analizaron tres tipos de políticas: 1) excluir de los beneficios y servicios públicos; 2) restringir el acceso a determinados nichos del mercado laboral; y 3) sancionar, criminalizar y promover la deportación.

Palabras clave: políticas inmigratorias estatales; migración internacional; federalismo migratorio; attrition through enforcement; familias mexicanas; Arizona

Abstract:

The aim of this article is to analyze the restrictive and persecutory policies of the state of Arizona and Maricopa County between 2005 and 2013, as well as their effects on Mexican families residing in the state. The author argues that these policies have put into practice the attrition-through-enforcement strategy (ATE). Based on document review and interviews carried out in Phoenix, Arizona, he analyzes three types of policies: 1) exclusion from benefits and public services; 2) restricted access to certain labor market niches; and 3) sanctioning, criminalizing, and promoting deportation.

Key words: state immigration policies; international migration; immigration federalism; attrition through enforcement; Mexican families; Arizona

Introducción

Durante más de una década, los inmigrantes indocumentados que residen en Arizona y, particularmente, en el condado de Maricopa han tenido que establecerse y convivir en un ambiente cada vez más restrictivo y persecutorio generado por las políticas inmigratorias y relativas a los inmigrantes, aprobadas e implementadas por los diferentes niveles de gobierno (federal, estatal y local). Estas políticas, explícita o implícitamente, siguieron la estrategia de attrition through enforcement (ATE): hacer la vida imposible a los inmigrantes indocumentados para que decidan regresar a sus países de origen o “autodeportarse” (Durán, 2011; Cornelius, 2012).

Por un lado, desde la primera administración del demócrata Bill Clinton, en 1993, sucesivos gobiernos federales diseñaron e implementaron distintas políticas en la materia, tanto en la frontera como en el interior del territorio estadunidense, que concuerdan con tal estrategia (por ejemplo, el incremento de operativos, redadas y otras tácticas para lograr incrementar la captura inmigrantes no criminales), además de ampliar el repertorio de acciones a disposición de los entes subnacionales para dificultar la vida de los inmigrantes (por ejemplo, la posibilidad de obligar a un mayor número de empleadores a utilizar el sistema de verificación E-Verify). Por otro, los diferentes gobiernos de Arizona (estatales y locales) promulgaron un conjunto de normativas (leyes, reglamentos, ordenanzas, etc.) e implementaron una serie de medidas respecto a los inmigrantes indocumentados, haciendo uso de las oportunidades conferidas por la federación y desarrollando ciertas facultades que inherentemente poseen.

El estudio de las políticas que siguen la estrategia de ATE es importante en la medida en que se ha establecido como una vía alternativa a las deportaciones masivas y a las regularizaciones para afrontar el “problema” de la inmigración indocumentada presente en el territorio estadunidense y en el de Arizona, en particular. Asimismo, tal estrategia podría ser inspiración de las políticas inmigratorias de la administración del presidente Donald Trump. Sin embargo, esta perspectiva ha sido poco abordada por la academia, la cual se ha centrado en otros aspectos de la política de control de la inmigración estadunidense, como las deportaciones (Kanstroom, 2007) o la política fronteriza (Andreas, 2000). Además, los trabajos que han abordado el tema de ATE lo han hecho en espacios donde, presumiblemente, tal estrategia se puso en práctica con menor intensidad que en el condado de Maricopa (García et al., 2011; Muse-Orlinoff, 2012; García, 2013).

El objetivo de este artículo es analizar las políticas inmigratorias restrictivas y persecutorias del Estado de Arizona y del condado de Maricopa entre 2005 y 2013, así como sus efectos sobre las familias mexicanas residentes en aquel Estado. El énfasis del estudio son las políticas subnacionales y su trascendencia sobre las vidas de los inmigrantes sin menoscabo de la importancia de las políticas inmigratorias federales porque: 1) son éstas las que facultan una gran parte de las actuaciones de los Estados y entes locales en la materia inmigratoria; y 2) los efectos sobre la vida de las familias inmigrantes resultan de la coexistencia de las políticas inmigratorias en los tres niveles, no por la suma de los efectos de cada una de ellas por separado. Así, la aplicación más intensa de ATE requiere la colaboración de todos los niveles de gobierno y, por el contrario, puede ser menos intensa cuando los gobiernos subnacionales y federales están en conflicto.

Este trabajo se divide en tres partes: primero, se contextualiza histórico-políticamente el fenómeno de las políticas subnacionales por delegación o iniciativa propia de los estados. Segundo, se presentan los principios de la estrategia ATE en los que se basan, en mayor o menor grado, cada una de las políticas antiinmigrantes de Arizona. Tercero, con base en una extensa revisión documental (artículos, libros, periódicos, textos legales, entre otros) y veintitrés entrevistas1 realizadas a miembros de familias mexicanas en el área metropolitana de Phoenix,2 se analizan las políticas restrictivas y persecutorias en materia inmigratoria aprobadas por el Estado y entes locales, además de los efectos que éstas, junto con las políticas federales, producen sobre las familias mexicanas que residen en él. En este sentido, son tres tipos de políticas antiinmigrantes analizadas conforme a los objetivos de las mismas: 1) excluir de los beneficios y servicios públicos, 2) restringir el acceso a determinados nichos del mercado laboral y 3) sancionar, criminalizar y promover su deportación.

Las políticas inmigratorias de control: el auge de las políticas subnacionales

En la década de los noventa comenzó una nueva era de la inmigración que se ha prolongado hasta nuestros días, se ha caracterizado, entre otras, por las siguientes tendencias, respecto a la inmigración documentada e indocumentada en Estados Unidos: 1) ésta se vio a través del prisma de la Seguridad Nacional (Mittelstadt et al., 2011; Torre Cantalapiedra, 2015); 2) las políticas inmigratorias fueron cada vez más restrictivas y persecutorias, y promovieron la criminalización de este fenómeno (Torre Cantalapiedra y Anguiano Téllez, 2016; Durand, 2017); 3) la militarización de la frontera (Andreas, 2000; Cornelius, 2007); 4) el aumento de la aplicación de leyes al respecto en el interior del territorio (Kanstroom, 2007; Rosenblum et al., 2014); 5) el auge de las deportaciones formales (Hagan et al., 2011; Izcara Palacios y Andrade Rubio, 2015) 6) y el renovado rol de los entes subnacionales en las cuestiones relativas a la inmigración que se desarrolló tanto por medio de delegaciones federales como por la propia iniciativa de los Estados (Rosenblum et al., 2014; Torre Cantalapiedra, 2015).

Dicha delegación consiste en el traslado del poder de la toma de decisión de algún aspecto de la cuestión inmigratoria del nivel federal hacia los niveles subnacionales (estados, condados y localidades). Las delegaciones contemporáneas más importantes en la materia se produjeron a partir de la reforma inmigratoria de 1996 que, guiada por el Partido Republicano, incluyó la Ley de Reforma a la Inmigración Ilegal y Responsabilidad Inmigrante (Illegal Immigration Reform and Immigrant Responsibility Act, IIRIRA) y la Ley de Responsabilidad Personal y Reconciliación para las Oportunidades Laborales (Personal Responsibility and Work Opportunity Reconciliation Act, PRWORA).

El programa contenido en la sección 287(g), que se retoma de la disposición 133 de la IIRIRA, abrió la posibilidad de establecer acuerdos entre la oficina de Inmigración y Control de Aduanas (Immigration and Customs Enforcement, ICE) y los gobiernos locales para la aplicación de leyes federales de inmigración por parte de policías locales y estatales previamente entrenados por la ICE. En este escenario, la sección 287 (g) supuso un gran hito en la gestión inmigratoria nacional, puesto que permite a los estados y localidades decidir el grado de colaboración con la autoridad inmigratoria federal, particularmente en la cuestión de la aplicación policial de la Ley Federal de Inmigración (Immigration and Nationality Act, INA).

Por otra parte, la sección 401 de la IIRIRA estableció el Basic Pilot Program, un programa de verificación al empleo que, a partir de 2007, pasó a ser conocido como E-Verify. Este programa consta de una base de datos en línea por medio de la cual los empleadores pueden comprobar si una persona cuenta con autorización para trabajar en Estados Unidos. Desde 2009, por mandato del gobierno federal, se exige a ciertos contratistas federales y públicos utilizar E-Verify. Para el resto de los empleadores es en principio voluntario, sin embargo, varias entidades de Estados Unidos requirieron el uso obligatorio del programa a un número más o menos amplio de empleadores.

Por su lado, la PRWORA también supone la transferencia de competencias, puesto que faculta a los estados para decidir si los inmigrantes pueden ser candidatos para obtener beneficios públicos, permitiendo, por tanto, mayores distinciones entre ciudadanos e inmigrantes (ya fueran estos últimos, por ejemplo, residentes permanentes legales); además de facultar a los estados para bloquear los programas de becas (Chishti, 2002).

Por otra parte, los estados de la Unión Americana, a lo largo de la historia, han legislado sobre cuestiones relativas a la inmigración, principalmente respecto a los inmigrantes. En la década de los noventa se introdujeron 2712 propuestas relacionadas con la inmigración, de las que finalmente se aprobaron más de trescientas leyes (datos de Lexis-Nexis State Capitols examinados por Filindra, 2009: 198). De acuerdo con Filindra (2009: 198, traducción propia), “el crecimiento de la inmigración indocumentada en combinación con una acción federal que se valoró como inadecuada, presionó a las legislaturas estatales para proveer soluciones locales al problema”. La legislación más destacada de toda la década fue la Propuesta 187, aprobada por el electorado de California en 1994, que proponía restringir a los inmigrantes indocumentados el acceso a los servicios públicos, los servicios médicos y a la educación financiada por el Estado.

Desde el año 2005 y hasta el 2012, los cincuenta estados que componen la Unión Americana aprobaron y adoptaron alrededor de 1418 leyes y resoluciones relacionadas con la inmigración sobre un total de más de 8254 iniciativas legislativas (véase Gráfica 1).

Notas: 1) Proyectos de ley introducidos, se refiere a aquellos que son sometidos a consideración de los congresos estatales para su discusión, votación y aprobación. 2) Leyes aprobadas y resoluciones adoptadas, se refiere a aquellas que después de su aprobación en los congresos de los estados son firmadas por el ejecutivo estatal o adoptadas por los congresos.

Fuente: Elaboración propia con base en los datos de Villaseñor Rodríguez (2013: 4) que analizó los datos de la NCSL sobre legislación en materia de inmigración e inmigrantes, 2005-2012.

Gráfica 1: Actividad legislativa estatal en estados unidos respecto a la migración y los migrantes, 2005-2012 

Asimismo, se puede observar que el número de leyes inmigratorias estatales, aprobadas y adoptadas, creció conforme fracasaron los diferentes intentos de reforma inmigratoria federal; en tan sólo dos años (2005-2007), la cifra de iniciativas se sextuplicó, y el número de leyes aprobadas y resoluciones adoptadas se cuadruplicó. A partir de 2007, este número se mantuvo por encima de doscientas, con independencia del número de propuestas sometidas a consideración.

La Dirección de Estudios Socioeconómicos y Migración Internacional junto con la Secretaría General del Conapo (2012) analizaron la producción legislativa estatal de 2005 a 2011 relativa a la inmigración, y destacaron que las leyes que van dirigidas a los inmigrantes indocumentados suelen ser mayoritariamente de carácter restrictivo (el 83.9 por ciento del total); en sentido opuesto, cuando el objetivo de las leyes son los inmigrantes documentados, la mayoría actuaba a su favor (el 85.3 por ciento).

La estrategia de attrition through enforcement (ATE)

Aunque pequemos en exceso de reduccionistas, excluyendo el laissez faire, las estrategias que han adoptado los gobiernos estadunidenses para “solucionar” el “problema” de la población indocumentada en su territorio se pueden reducir a tres: 1) regularizaciones/amnistías u otras vías que confieran un cierto estatus legal para residir y trabajar en Estados Unidos, 2) deportaciones más o menos masivas y, más recientemente, 3) la estrategia de attrition through enforcement.

La regularización consiste en el otorgamiento de un estatus legal que permita a los inmigrantes indocumentados residir y/o trabajar en Estados Unidos. Las últimas regularizaciones aprobadas por el gobierno estadunidense fueron incluidas en la Ley de Reforma y Control de la Inmigración (Immigration Reform and Control Act, IRCA) en el año 1986. Desde entonces, son varias las iniciativas de reforma de la ley inmigratoria que incorporaron algún tipo de propuesta de regularización, pero ninguna de ellas llegó a buen término. La última data del año 2013, cuando fue propuesta una iniciativa del Senado con apoyo bipartidista: la Ley de Seguridad Fronteriza, Oportunidad Económica y Modernización de la Inmigración (Border Security, Economic Opportunity, and Immigration Modernization Act, S744). Esta propuesta de reforma integral de la ley de inmigración apuntaba a que la nueva legislación incluyera una vía para la regularización de la población en situación irregular, pero dejaba sin definir aspectos importantes: los plazos del proceso, los requisitos para poder acceder a la misma -la selectividad del proceso- y sobre el estatus final al que se podría acceder. Además, estaba supeditada al éxito de la propuesta principal de la iniciativa: el fortalecimiento de la seguridad fronteriza.

Recientemente, una suerte de “regularización temporal” fue la Acción Diferida para los Llegados en la Infancia (Deferred Action for Childhood Arrivals, DACA), la cual funcionaba a través de una directiva del Departamento de Seguridad Interior (Department of Homeland Security, DHS), que posibilitó otorgar a los jóvenes que cumplían ciertos requisitos un permiso temporal para permanecer en territorio estadunidense. Desde entonces, quienes se acogieron a este programa habían adquirido un estatus por el cual quedaban desvinculados, salvo excepciones, de los procesos de deportación. El 5 de septiembre de 2017, el presidente Trump puso fin al programa DACA, y dio un plazo de seis meses al Congreso para encontrar una alternativa para los miles de jóvenes participantes en el programa (Shear y Hirschfeld Davis, 2017).

Por otro lado, las deportaciones masivas, entendidas como la conducción de procesos de expulsión de inmigrantes indocumentados en grandes volúmenes, han sido empleadas en varias ocasiones por Estados Unidos, con el propósito de reducir sustancialmente la cifra de inmigrantes sin documentos en su territorio. Por ejemplo, durante la Gran Depresión, más específicamente, entre 1929 y 1935, una cifra superior a los cuatrocientos quince mil mexicanos fueron deportados desde Estados Unidos, incluyendo muchos ciudadanos estadunidenses de ascendencia mexicana (Alarcón, 2011).

El concepto de deportaciones masivas no ha sido delimitado con precisión, particularmente en cuanto a las cifras absolutas y relativas requeridas para utilizar tal nomenclatura, por lo que podría referirse a situaciones muy diversas. Recientemente, varios académicos han utilizado este adjetivo para referirse a las elevadas cifras de deportaciones formales que se han realizado desde el interior del territorio estadunidense (Hagan et al., 2011; Izcara Palacios y Andrade Rubio, 2015). En cualquier caso, cuando se refiere a la reducción drástica de una población estimada en once millones, se consideran poco eficientes por los elevados costos que supondrían para el erario (Krikorian, 2005; Kobach, 2008), aunado al impacto económico que podría suponer la salida de un enorme volumen de personas de la fuerza de trabajo sobre el bolsillo del consumidor estadunidense.

A diferencia de los anteriores, la estrategia de ATE es un planteamiento que emerge en el siglo XXI y consiste:

fundamentalmente en hacer [que] la vida en Estados Unidos sea tan difícil para los inmigrantes ilegales que se vean obligados a desistir y a regresar a su país voluntariamente o “autoexpulsarse”. Si no se puede disuadir a los emigrantes para que vayan a Estado Unidos, entonces las políticas de control de la inmigración deberían estar diseñadas de manera que reduzcan los incentivos para asentarse de forma permanente en Estados Unidos: excluir a los inmigrantes del mercado laboral y del mercado inmobiliario, limitar su acceso a servicios básicos sociales, negarles los permisos de conducir, hacer que resulte más difícil alquilar un apartamento y, por lo general, aumentar sus niveles de angustia (Cornelius, 2012: 36).

Algunas de las medidas que deben desarrollar los gobiernos federales, estatales y locales para desplegar una estrategia de ATE (extraídas de los textos de algunos de sus defensores: Vaughan, 2006, y Kobach, 2008) son: 1) obligar a todos los empleadores utilizar sistemas de verificación de empleo; 2) respecto a las deportaciones, llevar a cabo medidas para incrementar las tasas de deportación de los indocumentados que hayan sido convictos por crímenes (serious felonies), aumentar el porcentaje de extranjeros que son detenidos durante los procedimientos de expulsión para reducir el número de fugitivos, y doblar las deportaciones formales de inmigrantes indocumentados no criminales; 3) incrementar los acuerdos de colaboración entre la oficina de ICE y las agencias locales de seguridad; 4) acabar con las ciudades santuario; y 5) hacer una legislación local y estatal que dificulte a los inmigrantes establecerse y ocultar su estatus. Como se puede apreciar, en el despliegue de una estrategia de ATE se otorga un rol importante a las actuaciones de los estados, el cual ha ido incrementando de manera notable a la sombra del gobierno federal.

Prominentes figuras del Partido Republicano han apoyado expresamente las políticas basadas en una estrategia de ATE: Sarah Palin y John McCain mostraron su apoyo a la Ley Arizona SB1070 (Torre Cantalapiedra, 2016a). En 2012, Mitt Romney, como nominado republicano a la presidencia de Estados Unidos, apoyó la idea de la “autodeportación”. Más reciente, Ted Cruz, como rival de Trump en las primarias rondas republicanas, presentó un plan (Cruz’s Immigration Plan) que incorporaba los elementos de una estrategia de atrittion, y como señaló su jefe de campaña, Chad Sweet, cuando fue preguntado por el enforcement, dijo que la campaña apoyaba la estrategia de ATE (Zezima, 2015).

Hasta el momento, el presidente Trump y su administración han realizado señalamientos y emprendido acciones que se pueden encuadrar en cada una de estas tres estrategias para afrontar el “problema” de la inmigración indocumentada. En ese sentido Donald Trump señaló que apoyaría una regularización que confiriese un estatus legal que no condujese a la ciudadanía, porque esto último podría entenderse como “un premio” a aquellos que él considera que incumplieron la ley, algo a lo que se oponen importantes sectores del Partido Republicano. Asimismo, propuso al Congreso una reforma migratoria que permitiera acceder a la ciudadanía a 1 800 000 migrantes indocumentados llegados a Estados Unidos en la infancia a cambio de: 25 000 000 000 de dólares para construir el muro con México y otras medidas de enforcement en la frontera; b) acabar con la “lotería de visas”; y c) reducir drásticamente las vías para la reunificación familiar (Borjas, 2018).

Por otra parte, las directrices del DHS, anteriormente señaladas, se han considerado como una vía abierta para las deportaciones masivas (Martínez Ahrens, 2017). Más allá de que éstas puedan suceder, parece indiscutible que la administración de Trump está produciendo políticas inmigratorias acordes a la estrategia de ATE.

Las nuevas directrices del DHS prevén aumentar las deportaciones y contratar más agentes inmigratorios, colaborar con los entes subnacionales mediante los acuerdos contenidos en el Programa 287(g) con las policías locales (antes suspendidos por los problemas que se plantearon en su implementación), e impedir que haya la posibilidad de salida bajo fianza. Además, la administración de Trump ha puesto en el punto de mira de sus políticas antiinmigrantes a las ciudades donde las autoridades locales se niegan a entregar a los indocumentados para su deportación, popularmente conocidas como “ciudades santuario”. Las medidas presentadas en este párrafo concuerdan con el establecimiento de una estrategia de ATE en Estados Unidos.

Análisis de las políticas antiinmigrantes de Arizona: la práctica de attrition through enforcement en el condado de Maricopa

En los últimos años, Arizona ha destacado por sus políticas en contra de la inmigración indocumentada que -aprovechando todas las posibilidades que le ofreció el gobierno federal y promulgando leyes que bordean los límites de las competencias estatales en la materia inmigratoria, o incluso rebasándolos- ha tenido un rol muy relevante en los debates nacionales sobre la reforma del sistema inmigratorio estadunidense y ha puesto en práctica de manera notable una estrategia de attrition through enforcement.

Entre 2005 y 2013, en Arizona se aprobaron y adoptaron un total de 63 leyes y proposiciones relativas a la materia inmigratoria (véase Cuadro 1). El año 2010 destaca por su gran actividad legislativa y la aprobación de la Ley Arizona SB1070. Además de todo este conjunto de leyes y proposiciones, se deben considerar otras políticas a nivel estatal y de los diferentes niveles locales: la implementación de normas que hacen las agencias de policía en el estado, que firmaron el Programa 287(g), las órdenes ejecutivas de la gobernadora Janice K. Brewer respecto a los inmigrantes indocumentados, entre otras.

Cuadro 1 Número de leyes y proposiciones aprobadas en Arizona 2005-2013 

2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 Total
3 6 11 5 7 9 12 9 1 63

Fuente: Elaboración propia, con base en datos de la National Conference of State Legislatures, 2005-2013.

Todas las políticas referidas se pueden encuadrar en cuatro grandes grupos: las que se refieren a los inmigrantes indocumentados; 2) a los inmigrantes documentados;3 3) las que reafirman la supuesta monoculturalidad de la nación estadunidense;4 y 4) las que combaten la trata y el tráfico de personas, que están dirigidas a traficantes de seres humanos, “coyotes”/“polleros” y otros agentes facilitadores del cruce fronterizo5 (Diagrama 1).

Fuente: Elaboración propia.

Diagrama 1: Clasificación de las políticas estatales relativas a la inmigración 

El énfasis de este trabajo son las políticas inmigratorias de Arizona que se dirigen a los inmigrantes indocumentados que residen en el territorio de dicho estado (que suman cuarenta y seis de las sesenta y tres disposiciones aprobadas entre 2005 y 2013). Éstas se clasifican en tres tipos, en función de los objetivos que pretenden alcanzar, los cuales se analizan a continuación recuperando las políticas y la legislación más relevante.

Excluir de beneficios y servicios públicos: ¿retórica o realidad?

En el año 2004, la Ley de Protección al Contribuyente y Ciudadano de Arizona (Arizona Taxpayer and Citizenship Protection Act -Propuesta 200-) exige la prueba de ciudadanía para poder ejercer el derecho de voto y acceder a determinadas prestaciones públicas. En 2006 se emitieron varias disposiciones restrictivas. La H2448 restringió las prestaciones de salud a toda la población indocumentada, salvo cuando se trata de emergencias médicas. La SB1137 excluye a los inmigrantes indocumentados de mayor edad a la posibilidad de acceder al programa de cuidado integral. La Propuesta 300 excluye a los inmigrantes indocumentados de la ayuda para el pago de la colegiatura estatal, de becas y financiamiento público; lo cual dificultó enormemente la educación superior a los jóvenes inmigrantes que carecían de documentos, pues tenían que pagar el triple por sus estudios y obtener becas por vías exclusivamente privadas.6

Alana,7 una joven de diecinueve años que fue llevada a Estados Unidos durante la infancia, pudo acceder a una beca que una organización privada otorga a jóvenes que participan el programa DACA, señala que paga “1500 dólares al semestre, pero [que] sino tuviera DACA serían 4000 dólares debido a la 300” (Alana, estudiante, oeste de Phoenix).

Asimismo, la Propuesta 300 restringe a los inmigrantes indocumentados el acceso a programas de alfabetización para familias, cursos de educación para adultos y subsidios para guardería. Requiere que los administradores de estos programas reporten el número de solicitudes negadas por cuestiones de ciudadanía o estatus inmigratorio, entre otros.

También, en 2006 se aprobó la Propuesta 102, la cual impide que los inmigrantes indocumentados puedan recibir compensaciones monetarias por demandas civiles.

Probablemente una de las leyes más perjudiciales en este conjunto ha sido la HB2008, en el año 2009. De acuerdo con esta disposición, los inmigrantes indocumentados no pueden solicitar ningún tipo de beneficio público federal, estatal o local. De este modo, ellos quedaron excluidos de todas las prestaciones públicas que configuran la “red de seguridad” existente en Arizona, que incluye: seguro por desempleo, apoyos a las personas de bajos ingresos, vales de comida, entre otras. Además, esta disposición incorporó la obligación de informar al ICE sobre todos aquellos que fueran sospechosos de ser inmigrantes indocumentados.

Por no contar con acceso a las redes públicas de protección mencionadas, varias familias inmigrantes señalaron que hay otras formas de lograr lo necesario para comer y vestir cuando las circunstancias económicas son difíciles. Así, iglesias y organizaciones de la sociedad civil sin fines de lucro aumentaron las diversas formas de ayudar a las familias mexicanas.

Como señala Filis: “Sí, íbamos a las iglesias y nos regalaban ropa, comida. Entonces ahí nos ayudábamos en la iglesia, que nos daba comida, jabón, y dos mudas para cada quien, una vez al mes. Íbamos por una hoja para ropa” (Filis, cuarenta y cinco años, ama de casa, oeste de Phoenix), quien trabajó algunos años en limpieza de hogares. En este mismo sentido, Pedro indica: “como quieras, cuando no hay empleo, a uno a veces le dan comida, en las iglesias […] Fideos, todo eso que dan, por la comida casi no se preocupaban…” (Pedro, treinta y ocho años, jornalero, Chandler).

Después de que el presidente Barack Obama decretara el memorando para DACA, la gobernadora del estado, Janice K. Brewer, emitió una orden ejecutiva para impedir que los jóvenes participantes de tal programa federal se beneficiaran de prestaciones públicas o pudieran obtener licencias de conducir.

En suma, las familias inmigrantes mexicanas entrevistadas son afectadas por este tipo de políticas, pero no tanto como la retórica antiinmigrante sugiere. La mayoría de los entrevistados no hicieron uso de los beneficios a su alcance, a pesar de que sus hijos son ciudadanos de Estados Unidos y de que las condiciones económicas -de familias de bajos o muy bajos recursos- les facultaban para ello.

Restringir el acceso a determinados nichos del mercado laboral: precariedad laboral

La HB2779 del año 2007, que entró en vigor el 1º de enero de 2008, también conocida como Ley de la Legalidad de los Trabajadores en Arizona (Legal Arizona Workers Act, LAWA) prohíbe contratar trabajadores indocumentados y, de manera generalizada, exige a los empleadores utilizar E-Verify. Esta medida fue considerada exitosa por defensores de ATE (Kobach, 2008).

Este tipo de leyes ocasionaron despidos de inmigrantes indocumentados en las empresas que ahora están obligadas a utilizar tal sistema de verificación. Además, han dificultado el acceso al empleo para los recién llegados y redujeron la movilidad en el mercado laboral de quienes ya se encontraban en Maricopa o quedaban desempleados por cualquier razón. A su llegada a Arizona, Julio no tuvo problemas para encontrar empleo en un restaurante de comida rápida, incluso cambiaba de empleo de vez en cuando con relativa facilidad. Sin embargo, esto cambió a partir de la entrada en vigor del E-Verify:

Cuando apareció la ley de los seguros, de que todos teníamos [que] tener el seguro social, todos los trabajadores teníamos que entregar papeles buenos. Papeles que fueran buenos. Si no coincidía el seguro, la fecha de nacimiento o el nombre, no puedes trabajar aquí en ningún lado desde esa ley. En ningún lado donde ocupen documentos, los jornaleros sí, por supuesto, y hay otros lados donde… pero es raro, la excepción donde te dan trabajo sin ese documento. Ahí se nos pusieron las cosas muy difíciles. En ese momento fue cuando todo cambió para nosotros, ya no podías darte el lujo de dejar el trabajo (Julio, treinta y tres años, cocinero, Tempe).

En el condado de Maricopa, la exigencia de un documento oficial de Arizona para poder solicitar y obtener el carnet de manipulador de alimentos añadió más pérdidas de empleo al sector de los restaurantes a las ya causadas por LAWA. Julio y Amaral lo describen de la siguiente manera:

Nos están atacando en todas las áreas. […] Primero nos pusieron el E-Verify. Después como pudimos ir saliendo con seguros [prestados de otras personas], así haciéndole la lucha para poder trabajar, nos pusieron las tarjetas de la comida. Las tarjetas de la comida nos piden una identificación que sea verdadera, para que los que trabajamos en meseros, cualquier gente que maneje comida tiene que tener una full handish card [tarjeta de manipulador de alimentos]. Una tarjeta de la comida de que estás autorizado para manejar la comida, los alimentos, el proceso, que tienes el conocimiento para… Pero para sacar esa tarjeta antes no nos pedían nada. Antes te pedían un ID [una identificación], el que fuera, no tenía que ser de aquí -dice Julio-. Pero ahora están pidiendo un ID que sea de Arizona, y eso es lo que nos afecta también, porque ahorita ya se nos va a vencer -dice Amaral-. Lo de los ID tiene como cuatro años. Si no lo lograron por otro lado, de este y de todos lados nos están cerrando las puertas, para que no podamos seguir -dice Julio- (Julio y Amaral, treinta y tres y treinta y cuatro años, cocineros los dos, Tempe).

Finalmente, una disposición de la SB1070 también tenía efecto en un espacio del mercado laboral particularmente ocupado por inmigrantes indocumentados, como es el de los jornaleros. Pedro, que es jornalero cerca de un gran comercio de utensilios para el hogar, bricolaje y materiales de construcción, narra cómo los empleadores tenían miedo de recogerles en sus automóviles:

La SB1070 nos afectó mucho, porque cuando llegaba a esperar trabajo la gente no lo quería llevar a uno en el carro, porque supuestamente si un ciudadano americano lleva a un ilegal en su carro, era criminal. Entonces ya no le querían llevar a uno en su carro. Y le decían a uno, sabes que si tienes tu propio carro si llegas a hacer mi trabajo, porque si yo te llevo conmigo a mí me va arrestar la policía. La ley de no llevar a ningún ilegal en el carro. Un ciudadano americano no podía llevar a un hispano pues, en el carro. Entonces eso sí nos afectó mucho. La SB1070 también nos afectó mucho. A los americanos les daba miedo de levantarnos (Pedro, treinta y ocho años, jornalero, Chandler).

Una ley de 1996 exigió presentar una prueba de residencia legal para obtener la licencia de conducir (Plascencia, 2013). Se incluye en este conjunto de disposiciones que pretenden restringir el acceso a ciertos nichos del mercado laboral porque conducir es una “necesidad básica” laboral en el área metropolitana de Phoenix. No sólo es un requisito del puesto de trabajo, sino también porque las distancias a recorrer son grandes y el sistema de transporte público es deficiente y muy costoso.

En resumen, las políticas en Arizona para restringir el mercado laboral a los inmigrantes indocumentados se acumulan para no dejarles resquicios para lograr emplease. Sin embargo, la única “salida” de los padres de familia no sería retornar a México: Torre Cantalapiedra y Anguiano Téllez (2016) encontraron que con frecuencia los hombres entrevistados afrontaban el desempleo, generado por las políticas referidas y la crisis económica, aceptando trabajos más precarios y/o recurriendo al autoempleo.

Sancionar, criminalizar y promover la deportación: entre la espada y la pared

En el año 2006, el sheriff del condado de Maricopa, Joe Arpaio, firmó el Programa 287(g) con el ICE, por el cual, aproximadamente ciento setenta agentes estatales fueron entrenados para poder realizar tareas que sólo corresponden a los agentes inmigratorios. Arpaio y sus alguaciles implementaron, a partir de entonces, redadas en los lugares de trabajo y se apostaron en las carreteras con el objetivo de “capturar” a inmigrantes indocumentados, de sancionarlos y facilitar su deportación.

Los inmigrantes utilizan diferentes medios para lograr sobrepasar las barreras erigidas en su contra en el mercado laboral, como utilizar documentos apócrifos: “él tuvo que buscar los papeles de una persona que sea legal en el país para poder trabajar. Ahora que ya tiene muchos años, entonces no les revisan el número social. […] Y hasta la fecha no ha tenido problema” (Myrna, treinta y cuatro años, ama de casa, Tempe).

Recurrir a este tipo de subterfugios ha acarreado a los migrantes indocumentados excesivos e inadecuados castigos por parte de las autoridades estatales al ser detenidos en redadas en los lugares de trabajo. Especialmente dramático fue el caso de los trabajadores que utilizaron documentos de terceras personas, ya que se les acusó de robo de identidad, a pesar de que hacían uso de tales documentos con la finalidad de emplearse. El Departamento de Justicia señaló que las leyes sobre falsificación y robo de identidad fueron utilizadas específicamente para apuntar a los trabajadores latinos indocumentados (Los Abogados, 2013). La experiencia de algunos inmigrantes que padecieron esta situación es recuperada por Sterling (2010). La autora relata la historia de Marco y Lucy, quienes fueron arrestados con documentos falsificados y se vieron obligados a elegir entre dos opciones: 1) ir a juicio y enfrentarse a los cargos de falsificación y robo de identidad, con el riesgo de pasar años en prisión si perdían sus casos; 2) llegar a un acuerdo con la fiscalía, por el cual los cargos por delito grave se verían reducidos y “sólo” tendrían que pasar tres meses en prisión. La criminalización de las actuaciones de los inmigrantes para poder emplearse les convierte en sujetos más susceptibles a la deportación.

Las denominadas paradas de tráfico tienen efectos nocivos en la vida cotidiana de las familias, no sólo porque implican elevadas multas, sino porque permiten abrir un proceso que conduzca a su deportación. Desde el punto de vista monetario, la multa a pagar por no tener licencia, aunada al hecho de la confiscación del vehículo, supone un pago que se eleva por encima de los mil dólares.

Todas las veces que me han parado me han quitado el carro. Aunque yo tenga mi aseguranza, aunque yo tenga todo, me quitan el carro, me han arrestado. Me han llevado a tomar las huellas y eso. Después, como no tengo nada de récord criminal, me dejan, pero si nos quitan el carro, y son unas multas grandísimas. […] me paraban simplemente porque era morenito y luego de ahí se agarraban con cualquier cosa. Pero una vez aquí saliendo de la calle, yo estaba de un lado y la policía de otro, nada que ver, y se me jaló atrás, me prendió las luces. No tuvo ninguna justificación, y le pregunté, porque me paraste, por las placas, y él ni siquiera está detrás de mí. Estaba en el otro carril y nada que ver. Y yo estoy seguro que fue por racismo (Eduardo, cuarenta años, trabaja en reparaciones, sur de Phoenix).

Varios entrevistados coinciden al señalar que los procesos de deportación que han soportado ellos y sus familias comenzaron tras una parada de tráfico injustificada; asimismo, consideraban que la actuación policial en dichas paradas sólo se basó en la apariencia física de la persona. El caso de Verónica, quien sufría un proceso de deportación al momento de la entrevista, ejemplifica este tipo de situaciones:

A penas me agarró migración, y estuve encerrada tres días. Mañana voy a sacar mi carro que me quitaron y el viernes me toca corte. […] iba yo a ver a mi esposo en Eloy, y… y cuando vi ya traía yo una patrulla atrás. Y me prendió las luces. Y pues me dijo que yo estaba muy cerca del carro que estaba enfrente de mí. Pero yo pienso que no es cierto, porque yo no acostumbro a manejar así. Yo creo que me vio la cara de hispana (Verónica, treinta y seis años, camarera, centro de Phoenix).

En el desempeño de sus actuaciones en cuanto a paradas de tráfico y redadas en los lugares de trabajo, la Oficina del Sheriff del Condado de Maricopa (MCSO, por sus siglas en inglés) se destacó por sus prácticas policiales inconstitucionales, lo que le hizo merecedora de una demanda por parte de la Unión por las Libertades Civiles de Estados Unidos (American Civil Liberties Union, ACLU), Ortega Melendres et al. v. Arpaio. En el año 2014, el juez federal de distrito, G. Murray Snow, dictaminó que el alguacil Arpaio y la MCSO habían realizado actuaciones basadas en el perfil racial, y llevado a cabo detenciones ilegales para ir en contra de los latinos en sus redadas y paradas de tráfico. Asimismo, emitió una decisión en la que se ordenaba a Arpaio y a su agencia realizar cambios para que cesasen las malas actuaciones y evitar futuras violaciones de derechos constitucionales. Otras agencias policiales del estado pudieron conducir actuaciones similares a las de la Oficina del Sheriff del Condado de Maricopa.

En este conjunto de políticas también se incluye la conocida Ley Arizona SB1070, una ley integrada por varias disposiciones (tipo ómnibus) que tenían como objetivo declarado hacer de ATE la política del estado (Torre Cantalapiedra, 2016a). Asimismo, la Ley Arizona contiene principalmente dos tipos de disposiciones: aquellas que tratan de criminalizar a la inmigración y las que tratan sobre la aplicación policial de la ley (enforcement) (Iglesias Sánchez, 2010). Dentro del segundo grupo, se encuentra el controvertido apartado B de la sección 2, que implica el mayor riesgo de que se lleve a cabo el racial profiling o “perfil racial” (apartado que fue declarado válido en el año 2012).8 Esta disposición exige a los oficiales de policía que hagan un intento razonable para determinar el estatus inmigratorio de una persona, verificando su estatus con los oficiales de inmigración, siempre que exista una sospecha razonable de que la persona está presente de manera ilícita en Estados Unidos. Por lo tanto, con la entrada en vigor de esta ley se produjo un mayor involucramiento de la policía estatal en la aplicación policial de la ley federal de migración.

Alessandra Soler, directora de la ACLU en Arizona, señaló que la implementación de la SB1070 por varias agencias de policía estaba siendo muy agresiva en Arizona.9 La ACLU afirmó haber reunido numerosas evidencias de que los oficiales que aplican la ley en el estado cometieron actuaciones basadas en el perfil racial y realizaron detenciones ilegales. Asimismo, en 2014, interpusieron la primera demanda respecto a la ejecución incorrecta de la SB1070 por parte de los oficiales de policía.

En resumen, se puede decir que el actual sistema de sanciones, criminalización y promoción de la deportación de Arizona pone a los padres inmigrantes indocumentados en una situación en la que deben decidir entre retornar a México, afrontar unas condiciones de vida muy complicadas en Arizona o violar las regulaciones laborales y de tráfico -normas que, en muchas ocasiones, posiblemente están diseñadas precisamente para forzar a los inmigrantes a infringirlas, y con ello tener la posibilidad de criminalizarlos y deportarlos. Éste es un dilema que enfrentan los inmigrantes, en palabras de Adelaida:

es difícil, y muchas veces uno dice “no quiere hacer las cosas incorrectas. No quiero usar un documento que no es mío”. Pues, tú llegas a ese punto, ¿verdad? Pero tú también te topas con pared cuando dices, “yo no quiero hacer algo que sea incorrecto, pero tampoco quiero dejar que mi hijo se muera de hambre o me boten a la calle por no tener para pagar la renta”. Entonces, cuando tú tienes que tomar una decisión, y cómo te dije, hay veces que no es la mejor o es la que más te guste, y aunque no sea algo malo, ¿verdad? Pues es incorrecto, pero si tú tienes que elegir […] (Adelaida, treinta y tres años, cocinera, centro de Phoenix).

La opción de infringir las normas permite a los padres sacar adelante a sus familias y proporcionarles lo que consideran una vida mejor, pero conlleva sanciones, ser considerados y tratados como criminales y su eventual deportación. Dado que muchos perciben las normas en su contra como injustas y su incumplimiento no dañino para nadie, la mayoría decide conducir sin licencia y usar varios medios -por ejemplo, documentos apócrifos- para evitar los sistemas que le impiden el acceso al mercado laboral.

Reflexiones finales

Durante el siglo XXI, Arizona se ha caracterizado por sus políticas antiinmigrantes que han bordeado, o incluso excedido, los límites de sus atribuciones, por lo que se entraron en numerosas ocasiones con el gobierno federal. Paradójicamente, los gobiernos estatales y locales de Arizona han colaborado extensamente con el gobierno federal en materia inmigratoria, puesto que aprovecharon todas las posibilidades que les daba el gobierno de ese país para inmiscuirse en este tema. Estas dinámicas de cooperación y conflicto han caracterizado al federalismo inmigratorio estadunidense por más de un siglo.

La importancia de las políticas respecto a la inmigración y los inmigrantes de Arizona en el establecimiento de la estrategia de ATE resulta indudable, a través de políticas que lograron en mayor o menor grado: 1) excluirlos de los servicios públicos, 2) restringir su acceso a determinados nichos del mercado laboral y 3) sancionar, criminalizar y promover la deportación. El primer conjunto parece responder más a la retórica de que todos los inmigrantes se mueven hacia aquellos lugares donde puedan vivir del welfare, que a la realidad de cómo éstas afectan a los indocumentados. El debate inacabado sobre inmigración y welfare requiere de investigaciones rigurosas que aborden este aspecto de manera integral, más que enfatizar una supuesta relevancia que parece no tener sobre las decisiones de los inmigrantes.

El segundo conjunto, incluye la que es considerada piedra angular de la estrategia ATE: la obligatoriedad del uso del sistema de verificación de empleo. A éstas se suman otras que impiden que los inmigrantes puedan acceder a determinados nichos del mercado laboral. Futuras investigaciones deberán abordar de manera más profunda los hallazgos que apuntan a que estas políticas estarían generando precariedad laboral (incluyendo la reducción de salarios de los indocumentados).

El tercer grupo se compone de políticas que imponen castigos y criminalizan a los inmigrantes por conducir sin licencia y por acceder al mercado laboral con documentos apócrifos -todas las actividades que les fueron vetadas por las leyes respecto a las licencias de conducir y a la aplicación del sistema E-Verify.

Asimismo, se incluyen todas las formas en que se está facilitando y promoviendo la deportación en el estado, ya sea mediante la ayuda que puedan ofrecer los entes subnacionales en la aplicación policial de la ley federal o, indirectamente, por ejemplo, mediante el engrosamiento artificial de su récord criminal, que a la postre les haga más susceptibles de deportación. Éste es el punto crítico sobre el que se ha realizado bastante investigación, pero sobre el cual no deben cesar los nuevos avances; particularmente, desde la perspectiva de los estudios críticos que ponen de manifiesto los flagrantes abusos a los que son sometidos los inmigrantes, por el mero hecho de haber sido considerados por el poder político-legal de un estado como sujetos al margen de la ley.

Algunos académicos y políticos minimizan la estrategia de ATE, porque aparentemente no ha logrado ser muy efectiva para hacer que los inmigrantes retornen a sus países de origen. Sin embargo, esto no debe hacernos olvidar el verdadero problema que plantean las políticas restrictivas y persecutorias basadas en la misma: la multitud de perjuicios que provocan en la vida de las familias mexicanas, como puede apreciarse en párrafos anteriores, principalmente en aquellas con integrantes indocumentados. Esto supone que, ante los desafíos que esta clase de políticas plantea a las familias, el gobierno de México debe monitorear de manera continua las necesidades de protección de los connacionales en Estados Unidos y actuar en consecuencia con todos los medios a su alcance.

Resulta difícil y complejo vaticinar cuál será el camino que seguirá la administración de Trump respecto a la población indocumentada presente en el territorio estadunidense. Sus primeras actuaciones y declaraciones, en muchos casos de apariencia contradictoria, apuntan a que la estrategia ATE se perfila como la política nodal del gobierno federal incluyendo un alto número de deportaciones, aunque no necesariamente superior a las realizadas durante la administración de Obama, pero sin descartar su combinación con vías para la regularización de la población indocumentada.

Por lo que no sólo importa si su administración deportará o no a los inmigrantes, si ampliará el muro o no, o si permitirá la regularización o no, sino también la manera en que está haciendo la vida imposible a las familias mexicanas en aquel país, compuestas no sólo por inmigrantes indocumentados y residentes permanentes legales, sino por cientos de miles de ciudadanos estadunidenses.

Fuentes

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1Con la finalidad de entender los efectos de los diferentes tipos de políticas antiinmigrantes en Arizona, se realizaron y analizaron veintitrés entrevistas semiestructuradas a miembros de familias mexicanas biparentales con hijos y todos sus miembros residentes en el área metropolitana de Phoenix, Arizona (sólo en dos casos alguno de los hijos estaba en México). Se seleccionaron las familias biparentales por ser el esquema más frecuente de hogar familiar en Arizona (Torre Cantalapiedra, 2016b); y que residieran bajo el mismo techo para que todos los miembros estuvieran expuestos a las políticas antiinmigrantes de dicho estado. Por lo general, los integrantes entrevistados fueron los progenitores (uno de ellos o ambos -de forma conjunta o cada uno por separado-). Las entrevistas fueron obtenidas de diversas maneras: mediante informantes clave, por “bola de nieve” o directamente en campo. La duración de las entrevistas osciló entre los veinticinco y ciento diez minutos, todas ellas fueron grabadas y transcritas.

2Phoenix es la capital de Arizona, su área metropolitana supone la mayor parte de la población del condado de Maricopa, en el cual se incluye.

3Este grupo incluye un conjunto de disposiciones de muy diverso tipo; por ejemplo, las que les permiten acceder a determinados servicios públicos en igualdad de condiciones que el resto de la población.

4Varias disposiciones pretenden reafirmar una supuesta monoculturalidad del estado: la Propuesta 103 que convierte al inglés en el idioma oficial del estado; la Propuesta 203, surgida de una iniciativa legislativa popular, que prohibió la educación bilingüe en las escuelas públicas del estado y la sustituyó por clases intensivas de inglés; y la HB2281 que prohíbe las clases de Estudios Étnicos (Smith, 2011).

5Este grupo incluye un conjunto de disposiciones enfocadas en la persecución de los coyotes, contrabandistas, y otro tipo de delincuentes que operan en las fronteras lucrándose del tráfico y de la trata de personas. Sin embargo, una de estas disposiciones, la ley “anticoyote”, fue utilizada para ir en contra de los propios inmigrantes.

6Para un mayor debate sobre los perjuicios que, en la vida de los jóvenes migrantes en situación irregular, supone la Propuesta 300, véase Torre Cantalapiedra, 2017.

7Se usan nombres ficticios para preservar la confidencialidad.

8En el año 2012, la Suprema Corte en su dictamen respecto a la Ley Arizona anuló y bloqueó algunas de las disposiciones, pero dejó en vigor la sección 2(b).

9Entrevista a Alessandra Soler de Salvador Reza y Silvia Herrera, programa semanal de los Comités de Defensa del Barrio en Radio 1190 AM, Phoenix, Arizona.

*El autor agradece a Rodrigo Octavio Villaseñor Rodríguez y a José Carlos Yee Quintero por sus comentarios y sugerencias a una versión previa de este artículo.

Recibido: 25 de Octubre de 2017; Aprobado: 19 de Febrero de 2018

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