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Norteamérica

versão On-line ISSN 2448-7228versão impressa ISSN 1870-3550

Norteamérica vol.6 no.1 Ciudad de México Jan./Jun. 2011

 

Reflexiones: Apuntes bibliográficos

 

Los derechos humanos en las ciencias sociales: una perspectiva multidisciplinaria de Ariadna Estévez y Daniel Vázquez, eds.

 

Valeria Llobet*

  

* Centro de Estudios en Democratización y Derechos Humanos, Universidad Nacional de San Martín, Argentina, valeria.s.llobet@gmail.com.

 

Abordar la escritura de un libro sobre derechos humanos desde América Latina tiene el mérito de desafiar de manera epistemológica el colonialismo, en el que, como autores, estamos formados, por esto, ello representa retos múltiples.

Las complejidades de los Estados de la región, las peculiaridades de nuestras democracias y las urgencias puestas en la agenda por los procesos sociopolíticos vuelven incómoda la teorización sobre los derechos humanos. En efecto y tal como se presenta en algunos de los capítulos del libro, las complejas relaciones entre los Estados democráticos y los derechos humanos no son inherentemente complementarias. En este sentido, las realidades latinoamericanas tienen especificidades que han sido largamente problematizadas en los estudios que se enfocan en los derechos económicos, sociales y culturales. El vínculo ontológico entre éstos y los derechos humanos en general es una relación que desnuda en ese desacuerdo la politicidad de cualquier definición teórica del propio concepto de derechos humanos.

Producir conocimiento sociohistóricamente situado plantea la dificultad de identificar la especificidad de "lo local" como una construcción tan potencialmente abstracta como "lo extranjero". ¿Dónde empieza y dónde termina un "proceso local"?, ¿qué es "lo inherentemente mexicano" que desafía una perspectiva que se procura al mismo tiempo disciplinar y contextualizada de los derechos humanos?, ¿es "lo local" una construcción sólo vinculada con las fronteras geopolíticas? Por ejemplo, las dificultades del Estado mexicano para garantizar el derecho a la vida de las mujeres en Ciudad Juárez ¿son en estricto sentido un fenómeno propiamente local?, ¿qué es entonces lo local?, ¿es la imbricación de actores sociales en relaciones sociales específicas?, ¿los procesos globales como la organización de la producción, el tráfico de drogas y la concentración de la riqueza son expresados en la trata de mujeres, la maquila y la muerte?

Finalmente, esta relativa "urgencia" de lo situado entra en tensión con la "lentitud" de la perspectiva disciplinar. El libro escoge, en el contexto de estas tensiones, abordar el problema de los derechos humanos desde el punto de vista del análisis de la ciencia social que lo reconstruye. Explora cómo se estudia y qué son los derechos humanos. En este sentido, se trata de un manual relevante en tanto ofrece un estado de la situación de los principales cuerpos disciplinarios junto con debates históricos y epistemológicos de importancia en la investigación en derechos humanos. Asimismo, permite articular discusiones y lecturas que son organizadoras y de utilidad para los estudiosos del campo. ¿En qué momento histórico y de la mano de qué procesos los derechos humanos ingresan en el campo de las ciencias sociales y dejan de ser un objeto exclusivo de la filosofía o el derecho?

El trabajo presenta un corte disciplinar muy interesantemente sostenido en la introducción, en el que el gerundio del título permite insinuar que la multidisciplinariedad de la agenda propia de los derechos humanos es, sobre todo, una posible construcción del lector. El desafío que presenta un objeto que tradicionalmente se ubica en el campo filosófico y/o jurídico es dar cuenta de la pregunta por "lo social" en los derechos humanos. En efecto, ¿qué es lo que constituye a los derechos humanos como hechos sociales? El libro señala bien que se trata de una vinculación especial con el poder y, por lo mismo, su imbricación con y en relaciones sociales. No obstante, tal característica social no es sencillamente aprehendida en el campo de estudio.

Los autores señalan de diferentes maneras que fue necesaria la coincidencia del constructivismo metodológico y la declinación del marxismo como lenguaje emancipatorio para la incorporación de los derechos humanos en la vida social y en las ciencias sociales. En lo relativo al segundo, a partir del uso del discurso o ideología de los derechos humanos para recontextualizar demandas, es necesario resaltar cierto trazo histórico: "En la medida en que diversos grados y expresiones del liberalismo se han impuesto en el ámbito estructural –en las instituciones multilaterales, los parlamentos y las corporaciones trasnacionales– ha resultado convenien- te enmarcar intereses y demandas de grupo en términos de derechos humanos que es un discurso que lleva valores liberales" (Estévez y Vázquez, eds., 2010: 7).

Seguramente este contexto dominado por el liberalismo inscribe marcas en las concepciones de los derechos puestas en uso en la vida cotidiana, en las instituciones y en los propios debates, especialmente metodológicos. En efecto, el predominio del constructivismo, con toda su potencia, tiene un riesgo. Cuando se concreta en investigaciones microsociales, con foco en las interacciones y significaciones, dificulta el diálogo con los fenómenos estructurales y muy probablemente no contempla lo suficiente las dinámicas de poder que enmarcan las interacciones de los agentes, en particular el carácter móvil de los derechos, es decir, la capacidad de hacer frente al poder para sofocar la insubordinación (Foucault, 1984) requeriría de estrategias metodológicas que superaran el carácter interaccionista de muchas investigaciones constructivistas.

La agenda que propone este libro sortea, implícitamente, este riesgo. En efecto, la reunión de perspectivas sobre las políticas sociales: la democracia, la sociología jurídica y política, las relaciones internacionales y el feminismo, echa luz sobre las estrategias ontológicas, epistemológicas y metodológicas que ha implicado la incorporación de los derechos humanos como objeto de estudio.

De tal manera que, por ejemplo, la vinculación entre política pública y derechos humanos es asumida como inherentemente externa en el capítulo 3. Esto es, las políticas públicas son tratadas como orientadas o no, implementan bien o mal, informan o no las posiciones e identidades de los actores. De este modo, tanto derechos como políticas parecen constituir objetos reales y no, como quisiera Fraser (1991), por ejemplo, interpretaciones que limitan las mismas al énfasis diferencial en los cuerpos normativos:

Ubicar a los DH como orientación de las políticas públicas [...] implica abordar la tensión entre marco ético (los DH), los recursos para financiar, las estrategias para garantizarlos, las instituciones para procesarlos y la exigibilidad de los diversos actores sociales. En particular este último aspecto nos remite a un tema político básico para abordar la "política de las políticas", esto es, las identidades y las estrategias de los actores sociales (Estévez y Vázquez, eds., 2010: 91-92).

Así, el carácter inherentemente político de las definiciones, ideologías y culturas institucionales puestas en juego en las definiciones de la política pública queda en un segundo plano, estabilizándose en posiciones identitarias que no necesariamente informan los supuestos sobre los derechos y sus poseedores (Fleury, 1997; Beland, 2009; Padamsee, 2009, Haney, 2002).

En su tratamiento de los derechos humanos el capítulo corre el riesgo de no integrar analíticamente el hecho de que el propio lenguaje de derechos ha servido en muchos casos como significante vacío (Llobet, 2009), promotor de "frentes discursivos" (Fonseca, 2004) que promueve acuerdos superficiales al tiempo que oculta conflictos sustantivos, como sucede con los derechos de los niños (Fonseca y Cardarello, 2005; Villalta, 2010, Llobet, 2009) o éstos en relación con los derechos de las mujeres o los derechos sexuales.

El problema de la verdad y la relación con el historiar en el presente estructura el capítulo sobre historia y memoria (capítulo 4), que bordea el hecho judicial en su carácter de reposición de un testimonio y reparación –o su falta–. La autora de este capítulo se pregunta por las fuentes y recupera el debate entre los promotores de la experiencia como referencia de conocimiento respecto de la bibliografía sobre el tema y los intentos de separar historia de memoria. Al contextualizar el surgimiento de la histo ria del tiempo presente y su vinculación con el problema de la memoria (del historiador, pero también de los actores sociales que son sujetos del relato histórico), ubica sus usos sociales en el contexto de la reposición de la memoria y la experiencia de las víctimas del terrorismo de Estado en el Cono Sur y, desde allí, hasta el resto de América Latina. Difícil resulta establecer límites disciplinares a fenómenos entrelazados, como la construcción de la memoria social; el enjuiciamiento de los actores que se agenciaron de las instituciones estatales para reprimir ilegalmente y de ese modo violar derechos humanos; y la construcción de víctimas en el relato histórico, no necesariamente en espejo de la construcción jurídica de las víctimas en los procesos de enjuiciamiento a los responsables de lo que, recientemente, ha sido establecido como delito de genocidio, al menos para el caso argentino. El capítulo presenta, de este modo, un dilema complejo: "La figura de la víctima más que del luchador social, político, del guerrillero domina el espacio público. Es decir, la figura de la víctima tiende a opacar la del luchador social. Esto sin duda arriesga tapar actores y procesos sociales" (Estévez y Vázquez, eds., 2010: 117). Una pregunta inquietante acompaña este dilema: "¿Cómo se construye un nunca más?" (Estévez y Vázquez, eds., 2010: 126).

En convergencia, desde nuestro punto de vista, con el dilema sobre la creación de identidades implícita en el problema de la construcción de la víctima se aborda la perspectiva de la sociología política en tanto que enfoca "los derechos humanos como un discurso político que se construye a través de la acción colectiva que lo articula, y que tiene efectos de verdad que a su vez construye, sujetos empoderados o desempoderados" (Estévez y Vázquez, eds., 2010: 136). En su ponderación de las distintas perspectivas teóricas que delinean la agenda de la subdisciplina, y partiendo de la base de que el "giro constructivista" fue necesario para que los derechos humanos se constituyeran como objeto de la disciplina, se recupera la tensión entre algunos enfoques constructivistas no estructurales (por ejemplo, la perspectiva de redes internacionales) y las dinámicas de poder entre países, las cuales serían invisibles si no se observaran bajo una perspectiva estructural. Asimismo, el capítulo aborda de manera directa el problema de la situacionalidad del discurso de derechos humanos, revisando cómo los actores sociales latinoamericanos lo articulan con posiciones teóricas y políticas divergentes de las enarboladas por actores europeos. De hecho, la vinculación de los derechos con la acción social, la constitución de sujetos colectivos y su disponibilidad como discurso reemplazante de las demandas ciudadanas constituyen los ejes del capítulo. En este sentido, se plantean los usos del discurso de derechos por parte de actores cuyas demandas tienden a ser restrictivas de los mismos, así como la emergencia de estudios locales que abordan problemas centrales a la agenda mexicana, en primer lugar, y latinoamericana en segundo, tales como el feminicidio y las migraciones.

Los problemas abordados desde los debates feministas –especialmente desde el punto de vista filosófico– han provocado un movimiento de visibilización de problemas de derechos humanos, de particularización de tales derechos y de discusión innovadora de sus tensiones constituti- vas, tales como universalismo –particularismo e igualdad y diferencia–. Tanto desde el punto de vista historizante que adopta el capítulo 5 como desde el punto de vista filosófico, en efecto

el feminismo [...] adquirió relevancia como pensamiento crítico de la ciencia, sacando a la luz las bases masculinistas en las que se asentaba su epistemología y, principalmente, las consecuencias de este sesgo: teorías que tendían a reforzar o a justificar las desigualdades sociales más diversas. Más aun, el carácter hegemónico de esta ciencia derivaría de su compromiso político con el statu quo (Estévez y Vázquez, eds., 2010: 176).

Radicalmente, la vinculación de los debates sobre derechos humanos con la teoría queer plantea preguntas que deberán llevar a cuestionar presupuestos importantes a la hora de definir las exclusiones sobre la base de las que se constituyen las definiciones de derechos: "en especial para la propuesta de reinvención y ampliación de los límites de lo humano, ahora entendido de forma completamente "desnaturalizada"" (Estévez y Vázquez, eds., 2010: 187).

La perspectiva disciplinar se completa con los capítulos sobre relaciones internacionales, estudios sociojurídicos, antropología y estudios de democracia. El capítulo 1 coloca los derechos humanos en el contexto de las instituciones internacionales, abordándolo como un objeto de investigación integrado a la agenda de las relaciones internacionales y sitúa las distintas aproximaciones paradigmáticas que tomó el abordaje de los derechos en tal campo. De tal manera, la arquitectura de un sistema mundial –fallido– emerge como una arquitectura necesaria, pero contingente y, por lo mismo, mudable. Asimismo, las dinámicas de poder entre países, notables a la hora de considerar qué conflicto será tratado como una violación de derechos humanos pasible de requerir una intervención internacional, y cuál, emerge como una de las dimensiones de constitución del objeto, si bien no resulta necesariamente privilegiada.

El capítulo 2 introduce la perspectiva de los estudios sociojurídicos. Como es esperable, señala que la emergencia del interés de las ciencias sociales en los derechos humanos requirió de dos transformaciones disciplinares, en primer lugar el abandono del relativismo cultural, en segundo, la legitimación del abordaje científico de los fenómenos normativos. Asimismo, las transformaciones sociopolíticas son absorbidas por las ciencias sociales como perspectivas y problemas, recuperando las dimensiones nacionales e internacionales y vivenciales e institucionales.

El debate respecto del universalismo en tensión con el relativismo cultural es abordado en el capítulo sobre la antropología y derechos humanos; ahí se señala la superación de tal tensión en los enfoques actuales, los que, al incorporar una perspectiva constructivista, se centran en la capacidad de creación de los significados que adquiern la acción e interacción social. Asimismo, se plantea la necesidad de que tales significados se interpreten en el marco de relaciones de poder. En un polo opuesto, se ubica el capítulo siguiente que aborda la teoría de la democracia, entendiendo que el foco son los procesos políticos de interpretación y creación de los derechos. El capítulo da cuenta del lugar de los temas de derechos humanos en los estudios sobre democracia, entendiendo que si bien la vinculación es intrínseca, no son objeto de preocupación central en los estudios teóricos (alrededor de las disputas procedimental-sustancial y en las tensiones entre modelos de democracia representativa o directa) ni empíricos. "La relación entre los DH y la teoría de la democracia está mucho más vinculada con los puntos de contacto que [...] se dan a partir de conceptos comunes provenientes de la construcción del sujeto de derechos: la autodeterminación, la libertad, la igualdad y los elementos necesarios para concretar estas ideas" (Estévez y Vázquez, eds., 2010: 252).

El último capítulo aborda preguntas complementarias al anterior, vinculadas con la filosofía política, la doctrina y las relaciones Estado-sociedad, partiendo de la base de que los derechos son construcciones históricas e intrínsecamente heterogéneas desde el punto de vista analítico, es decir, el análisis del constructo "derechos humanos" muestra que "hay un gran trecho entre la concepción de los derechos humanos como un imperativo categórico, como algo cuyo desacato es no sólo malintencionado sino irracional, y los abigarrados procesos de implantación de esos derechos en las prácticas políticas" (Estévez y Vázquez, eds., 2010: 284).

El hilo conductor que hilvana los capítulos es propio del análisis de los derechos en prácticas e instituciones sociales, desplegadas y encarnadas por actores que las interpretan de maneras histórica y socialmente específicas. En efecto, los derechos humanos, como horizonte ético de la humanidad, son una construcción no sólo propia de un momento histórico particular, sino revisada a partir de procesos políticos de reinterpretación de sus alcances y significaciones. Ello entra en tensión con las visiones de los derechos como inherentes a la dignidad humana natural, visualizando las exclusiones sobre las que tal supuesta naturalidad descansa. El que todas sus potencialidades estén reflejadas en los procesos de ampliación de derechos e incorporación de demandas también tiene sus riesgos. En tanto, nada hay de esencial en los sujetos para garantizar los derechos y dado que las definiciones de derechos son históricas, nada garantiza su persistencia fuera de las luchas de los sujetos sociales, luchas que pueden tomar otros caminos, recurrir a otros lenguajes y articular otras demandas. Y desde nuestra perspectiva presente, tanto a nivel global como local, no necesariamente espera, anidando en el futuro, una utopía superadora.

 

BIBLIOGRAFÍA ANALIZADA

Estévez Ariadna y Daniel Vázquez, eds., 2010 Los derechos humanos en las ciencias sociales: una perspectiva multidisciplinaria, México, CISAN/Flacso.         [ Links ]

 

BIBLIOGRAFÍA COMPLEMENTARIA

Beland, Daniel. 2009. "Gender, Ideational Analysis, and Social Policy", Social Politics: International Studies in Gender, State and Society, vol. 16, no. 4, invierno, pp. 558-581.         [ Links ]

Fleury, Sonia. 1997. Estados sin ciudadanos: seguridad social en América Latina, Buenos Aires, Lugar editorial.         [ Links ]

Fonseca, Claudia. 2004. "Os direitos da criança. Dialogando com o ECA", en Claudia Fonseca, Veriano Terto y Alves Caleb Farias, orgs., Antropologia, diversidade e direitos humanos. Diálogos interdisciplinares, Porto Alegre, UFRGS Editora.         [ Links ]

Fonseca, Claudia y Andrea Cardarello. 2005. "Derechos de los más y menos humanos", en S. Tiscornia y M.V. Pita, eds., Derechos humanos, tribunales y policías en Argentina y Brasil. Estudios de antropología jurídica, Buenos Aires, Antropofagia.         [ Links ]

Foucault, Michel. 1984. ""Qu"appelle-t-on punir? Interview with Michel Foucault by Foulek Ringelheim", en F. Ringelheim, ed., Punir mon beau souci. Pour une raison pénale, special issue of Revue de l"Université de Bruxelles, vol. 1, no. 3, pp. 35-46.         [ Links ]

Fraser, Nancy. 1991. "La lucha por las necesidades: esbozo de una teoría crítica socialista feminista de la cultura política del capitalismo tardío", Debate Feminista, vol. 3, año 2, marzo.         [ Links ]

Haney, Lynne. 2002. Inventing the Needy: Gender and the Politics of Welfare in Hungary, Berkeley, University of California Press.         [ Links ]

Llobet, Valeria. 2009. ¿Fábricas de niños? Las instituciones en la era de los derechos, Buenos Aires, Novedades Educativas.         [ Links ]

Padamsee, Tasleem. 2009. "Culture in Connection: Recontextualizing Ideational Processes in the Analysis of Policy Development", Social Politics: International Studies in Gender, State and Society, vol. 16, no. 4, pp. 413-445.         [ Links ]

Villalta, Carla, comp. 2010. Infancia, justicia y derechos humanos, Berna, Universidad Nacional de Quilmes.         [ Links ]

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