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Revista IUS

versão impressa ISSN 1870-2147

Rev. IUS vol.10 no.38 Puebla Jul./Dez. 2016

 

Editorial

Editorial

Germán Molina Carrillo* 

* Director del Instituto de Ciencias Jurídicas de Puebla, A.C., México, (gmolina1611@gmail.com).


El 5 de febrero de 2017 la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos cumplirá cien años de su promulgación. En este largo periodo, con numerosas reformas, ha sido la cabeza del sistema jurídico mexicano en su búsqueda de un constructo social adecuado a la realidad social, económica y política del país.

La Constitución ha estado presente en la vida de nuestro país casi desde su nacimiento como nación independiente. Ha buscado brindar a sus habitantes certeza de un constante desarrollo. Esto sólo puede girar en torno a un adecuado funcionamiento de su ordenamiento jurídico, el cual debe estar cimentado en un significativo respeto y apego a la salvaguarda de los derechos humanos de los ciudadanos.

Ello le valió a México ser uno de los primeros países en dar a conocer una Constitución garantista revolucionaria de esa época (1917). Fue la primera Constitución en la historia moderna en incluir los derechos sociales. De esta forma, marcó un antecedente para el resto del mundo, lo cual le otorgó el reconocimiento como la primera Constitución social del siglo XX.

Aunado a lo anterior, es una las constituciones más longevas del planeta, apenas superada en duración por la Constitución Federal de los Estados Unidos (1787). La mayoría de las Constituciones vigentes en el mundo hoy día, incluyendo a casi todas las iberoamericanas, son posteriores a la Segunda Guerra Mundial (1945) y al fin de la guerra Fría (1989).

Aunque conserva los lineamientos esenciales del orden constitucional establecido en 1917, el texto vigente de la Constitución mexicana se distingue significativamente del texto aprobado entonces. Cerca de seiscientos cambios, entre reformas y adiciones, han alterado sustancialmente su contenido. Además de plasmar el ideario y los proyectos de los gobernantes en turno, los cambios han contribuido a actualizar el texto constitucional al incorporar nuevos derechos y nuevas instituciones, reequilibrando, en conjunto, las relaciones de poder anteriormente sometidas a la hegemonía indiscutida del presidente. En particular, la mayoría de las reformas y adiciones son consecuencia de la "transición democrática", es decir, del proceso de cambio político iniciado a fines de los años setenta e intensificado a partir de los noventa, por el cual México transitó paulatinamente hacia una democracia electoral que se encuentra en trance de consolidación.

Con el agotamiento del sistema político autoritario, la discusión sobre la posible elaboración de una nueva Constitución está en todos los ámbitos. Sin embargo, en ausencia de los consensos que requieren las reformas cuando no se derivan de un constituyente revolucionario, hace más difícil la coincidencia en una norma suprema que otorgue certeza de funcionabilidad y eficacia en todos los ámbitos de una nación. Por esto, la Revista IUS, del Instituto de Ciencias Jurídicas de Puebla, México, en su número 38, dedica su contenido a investigaciones y trabajos que buscan abonar en el constructo del orden jurídico que ha de dirigir a nuestro país hacia un ininterrumpido y sustentable desarrollo nacional.

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