SciELO - Scientific Electronic Library Online

 
vol.19 número48Sistema proxeneta y esclavitud sexual: el caso de los proxenetas rurales del estado de Tlaxcala, México“Personas viejas buscan trabajo”: nuevas formas de esclavismo índice de autoresíndice de materiabúsqueda de artículos
Home Pagelista alfabética de revistas  

Servicios Personalizados

Revista

Articulo

Indicadores

Links relacionados

  • No hay artículos similaresSimilares en SciELO

Compartir


Andamios

versión On-line ISSN 2594-1917versión impresa ISSN 1870-0063

Andamios vol.19 no.48 Ciudad de México ene./abr. 2022  Epub 17-Oct-2022

https://doi.org/10.29092/uacm.v19i48.896 

Dossier

Esclavitud sexual de mujeres migrantes, criminalidad y corrupción policial en México*

Sexual slavery of migrant women, criminality and police corruption in Mexico

Simón Pedro Izcara Palacios** 

**Profesor de Sociología en la Unidad Académica Multidisciplinaria de Ciencias, Educación y Humanidades (UAMCEH) en la Universidad Autónoma de Tamaulipas, México. Es miembro de Sistema Nacional de Investigadores, Nivel III. Correo electrónico: sizcara@uat.edu.mx


Resumen

El objetivo de este artículo, sustentado en entrevistas cualitativas con 63 mujeres migrantes víctimas de esclavitud sexual en México, es examinar los lazos existentes entre las autoridades policiales mexicanas y los grupos criminales que lucran con la esclavitud sexual. Los datos de esta investigación indican que algunas mujeres migrantes son esclavizadas por grupos que han urdido redes de complicidad con las autoridades policiales. Las mujeres son torturadas, privadas de alimento y forzadas a consumir narcóticos para ser explotadas sin descanso. Se concluye que los grupos criminales que poseen mayor capacidad de uso de la violencia y aquellos que atienden a una clientela de más elevados recursos son quienes han forjado lazos más sólidos con las autoridades.

Palabras clave: Mujeres migrantes; esclavitud sexual; autoridades policiales; delincuencia organizada; México

Abstract

The objective of this article, based on qualitative interviews with 63 migrant women victims of sexual slavery in Mexico, is to examine the ties between Mexican police authorities and criminal groups that profit from sexual slavery. Data from this research reveal that some migrant women are enslaved by groups that have built networks of complicity with police authorities. Women are tortured, deprived of food, and forced to consume narcotics to be exploited relentlessly. We conclude that criminal groups with the greatest capacity to use violence and those attending the customers with the highest resources are those who have forged stronger ties with the authorities.

Key words: Migrant women; sexual slavery; police authorities; organized crime; Mexico

Introducción

El concepto de esclavitud aparece cimentado en el derecho internacional en el paradigma de la propiedad. La definición jurídica de esclavitud como “El estado o condición de una persona sobre la cual se ejercitan los atributos del derecho de propiedad o algunos de ellos” (League of Nations, 1926) ha sido plasmada de modo reiterado en diferentes tratados internacionales. Sin embargo, la abolición del derecho de propiedad sobre las personas a nivel mundial en la última década del siglo XX (Mende, 2019, p. 230) generó cierta opacidad jurídica en la interpretación de la definición de esclavitud en las sociedades contemporáneas. Con objeto de solventar esta paradoja una élite de académicos desarrolló entre 2010 y 2012 las denominadas Directrices Bellagio-Harvard (2012). Estas directrices reconceptualizan el paradigma de la propiedad a través de la noción de posesión, o control de una persona sobre otra, ya que la posesión crea las condiciones fácticas para el ejercicio de los atributos del derecho de propiedad: comprar, vender, transferir, usar, beneficiarse o maltratar a una persona.

La ley de trata de México de 2012 menciona ocho veces el término esclavitud, y la define en el artículo 11 de acuerdo con el paradigma de la propiedad establecido por la Liga de Naciones en 1926. Esta ley ha sido elogiada por incluir penas suficientemente severas contra los tratantes (Orozco, 2015, p. 16; Andrade, 2016, p. 23 y 2021, p. 75). Sin embargo, tanto el Departamento de Estado norteamericano como numerosos académicos subrayan que la corrupción policial constituye un caldo de cultivo para el crecimiento de la trata con fines de explotación sexual en México.

El informe sobre trata que elabora anualmente el gobierno estadounidense destaca aspectos como: la implementación de redadas anti-trata para detener a mujeres que viven de la prostitución en lugar de combatir la trata (USDOS, 2016, p. 268); la involucración de policías en áreas como la Ciudad de México, el Estado de México (USDOS, 2019, p. 324 y 325), Oaxaca o Tijuana (USDOS, 2017, p. 280; USDOS, 2016, p. 268; USDOS, 2015, p. 245) en redes de trata; la complicidad de las policías locales en crímenes de trata (USDOS, 2016, p. 268; USDOS, 2017, p. 279; USDOS, 2021, p. 389), la recepción de pagos por agentes migratorios para permitir la entrada de víctimas de trata (USDOS, 2021, p. 389) o las amenazas de la policía de áreas como Tlaxcala a periodistas por investigar temas relacionados con la trata de personas (USDOS, 2020, p. 347).

Estos aspectos también son subrayados por académicos mexicanos. Núñez Chaim (2017, p. 170) habla de la existencia de un pacto de impunidad entre las autoridades corruptas y las redes del crimen organizado que lucran con la trata. Numerosos estudios destacan la arbitrariedad de las redadas policiales anti-trata (Correa y Sanders, 2018, p. 23; Maldonado, 2020, p. 323; Núñez, 2017, p. 116). Asimismo, recientes investigaciones plasman los casos de mujeres torturadas por policías para que firmen papeles en blanco, que son utilizados para incriminarlas por el delito de trata (Alcalá, 2020, p. 70; Núñez, 2017, p. 115; Centro PRODH, 2017, p. 67), o para firmar declaraciones forzadas donde son obligadas a mentir sobre su edad (Madrid, et al., 2015, p. 147) o a incriminar a determinadas personas (Maldonado, 2020, p. 320).

Este artículo tiene como objetivo examinar los lazos existentes entre autoridades policiales y grupos criminales que lucran con la esclavitud sexual en México. En primer lugar, se examina la conceptualización de la esclavitud sexual. A continuación, se describe la metodología utilizada. Finalmente, se analizan los lazos existentes entre las autoridades policiales y los grupos que esclavizan a las mujeres migrantes.

Esclavitud sexual: Pánico moral o esclavitud moderna

La esclavitud moderna se ha convertido en las últimas décadas en un tema de preocupación internacional que ha permeado en los discursos académicos, políticos, legales y económicos (Mende, 2019, p. 229; Izcara, et al., 2019, p. 152). Sin embargo, el uso de este término es inconsistente (Weitzer, 2020, p. 42; Izcara, 2019, p. 89). Kara (2017), uno de los más influyentes teóricos de la esclavitud moderna, reconoce la falta de precisión y la dificultad de separar este concepto de las nociones de trabajo forzado, trata de personas y servidumbre por endeudamiento. Sin embargo, estas imprecisiones e inconsistencias no han sido óbice para que este concepto se haya impuesto en el discurso institucional a nivel global.

En la literatura feminista el concepto de esclavitud sexual está conceptualizado de modo dicotómico. Desde el paradigma del trabajo sexual el término esclavitud sexual es descrito como la expresión de un pánico moral que hunde sus raíces en los códigos de valores de la sociedad burguesa victoriana (Doezema, 1999; Chuang, 2010; Hill, 2017; Kotiswaran, 2021). Como contraste, desde el paradigma neo-abolicionista la esclavitud sexual, un término acuñado por Yayori (1977) para examinar el turismo sexual de varones japoneses en Corea del Sur, es entendida como el conjunto de situaciones de violencia sexual y explotación sufrida por mujeres incapaces de cambiar las condiciones inmediatas de su existencia (Barry, 1979, p. 40).

El paradigma neo-abolicionista conceptualiza la prostitución como violencia contra las mujeres y como esclavitud sexual (Raymond, 2013; Shapiro y Hughes, 2017; Farley, 2018). Esta conceptualización se deriva de la lectura de la prostitución como un acto de poder y una afirmación de jerarquía que institucionaliza la sexualidad de la supremacía masculina (Mckinnon, 2014, p. 217). La prostitución es entendida como el ejemplo paradigmático de la construcción patriarcal de la diferencia entre feminidad y masculinidad, a través del contrato sexual que permite a los hombres acceder a los cuerpos de las mujeres. Para Pateman (1988, p. 208) el contrato prostitucional otorga a los varones el estatus del amo que compra la subordinación y obediencia de una esclava.

La conceptualización del acceso sexual en el contrato prostitucional como expresión de una jerarquía de dominación del varón y sumisión de la mujer (Mckinnon, 2014, p. 22; Pateman, 1988, p. 207) guarda cierta semejanza con la definición de las relaciones sexuales en el derecho romano como una práctica de dominación y sumisión entre dos personas diferenciadas por su estatuto jurídico y rol: activo o pasivo. El rol activo correspondía al ciudadano varón, y el pasivo a mujeres, esclavos y dominados, que se encontraban bajo la potestad del pater familias. El derecho romano entendía la prostitución como un acto esclavista. Solo una esclava podía ser prostituta porque la persona que tomaba el rol pasivo-sumiso debía tener un estatuto jurídico inferior a quien tomaba el rol activo dominante (Fernández, 2018, p. 360).

El concepto de esclavitud sexual es denostado desde el paradigma del trabajo sexual, que describe la analogía de la mujer en prostitución con la práctica de la esclavitud como un giro invertido, retorcido y distorsionado de la narrativa victimizadora ocupada por el esclavo negro, para despertar la alarma y ansiedad en la sociedad por medio de una cruzada moral que eleva de modo desproporcionado tanto el número de víctimas como la gravedad y la escala de la amenaza, con objeto de favorecer el desarrollo de políticas abolicionistas (Doezema, 2010, p. 82; Weitzer, 2006; Kempadoo y Durisin, 2020). Pero, esto no ha impedido que la reconceptualización neo-abolicionista de la trata de personas como esclavitud moderna haya ganado terreno en el ámbito político (O’Connell, 2015, p. 2; Kempadoo, 2016; Andrijasevic y Mai, 2016, p. 1; Izcara y Andrade, 2018, p. 79). Un ejemplo es la ley de Esclavitud Moderna de 2015 del Reino Unido, donde la noción de esclavitud suplanta al concepto de trata, o los recientes cambios legislativos producidos en Francia, Australia y Estados Unidos (Broad y Turnbull, 2019, p. 120; Andrade, et al., 2021, p. 32).

Metodología

En esta investigación la esclavitud sexual es definida, a partir de las Directrices Bellagio-Harvard (2012), como el ejercicio de los atributos del derecho de propiedad para comprar, vender, transferir, usar, beneficiarse o maltratar a una persona para privarla de la libertad y explotarla haciendo uso de la violencia, el engaño o la coacción. Entre 2013 y 2021 fueron entrevistadas en diferentes municipios de cinco entidades federativas de México (Veracruz, Ciudad de México, Nuevo León, Tamaulipas y Coahuila) y Estados Unidos (Nevada) 63 mujeres procedentes de Guatemala, El Salvador, Honduras, Nicaragua, Belice y Colombia (véase el Anexo 1).

Los criterios de inclusión para formar parte de la muestra estudiada fueron los siguientes: 1) Ser mujer migrante mayor de edad, ya que las menores carecen de capacidad para dar su consentimiento a ser entrevistadas; 2) Haber sido comprada, vendida o secuestrada durante su tránsito por México; 3) Haber sido usada como si fuese un objeto inerte y sometida a condiciones extremas de maltrato, y 4) Haber escapado de la situación de esclavitud.

La técnica utilizada para recopilar la información fue la entrevista cualitativa y el procedimiento usado para seleccionar a las participantes fue el muestreo en cadena. Las entrevistadas fueron víctimas de esclavitud sexual al transitar por México con destino a Estados Unidos, y fueron entrevistadas en espacios públicos meses o años después de haber escapado de una situación de esclavitud sexual. Ellas deseaban llegar a Estados Unidos, y buscaban con impaciencia a un agente facilitador del cruce fronterizo confiable que las condujese al norte. Algunas ya habían reunido el monto económico para cruzar la frontera, y esperaban a un pollero recomendado que las llevaría al norte. Ninguna de las entrevistadas mostró interés por denunciar su situación, ya que desconfiaban de las autoridades. Tampoco deseaban recibir ayuda de las instituciones, ya que temían ser repatriadas a sus lugares de origen. Las entrevistas se condujeron con una guía que incluía tanto preguntas cerradas, que recogían las características sociodemográficas y laborales de las entrevistadas, como preguntas abiertas, que exploraban cómo fueron secuestradas, las condiciones de su cautiverio, la relación de sus captores con las autoridades policiales y la descripción de cómo escaparon (véase el Anexo 2). Asimismo, las entrevistas fueron grabadas y transcritas de modo literal.

Las entrevistadas fueron esclavizadas en México durante un promedio de 8.3 meses. Aunque esta situación se extendió desde uno hasta 39 meses. Las mujeres migrantes relataban escenarios de esclavitud que tuvieron inicio entre los años 2002 y 2019. En ocho casos el escenario de esclavitud comenzó antes de 2012, y en 55 casos esta situación se inició después del citado año. La edad promedio de las entrevistadas cuando fueron esclavizadas era de 23.1 años, dentro de una horquilla que se extiende desde los 12 hasta los 35 años (véase la Tabla 1).

Tabla 1 Descripción de la situación de esclavitud. 

Media Moda Mediana Mínimo Máximo Desviación estándar
Duración (meses) 8.3 5 5 1 39 7.18
Año de inicio 2013 2014 2013 2002 2019 2.80
Edad de la víctima 23.1 25 23 12 35 5.57
Edad cuando fueron entrevistadas 25 21 25 19 36 4.23

Fuente: Elaboración propia a partir de los datos de las entrevistas. n = 63

El trabajo de campo se realizó de acuerdo con los lineamientos propuestos por la Organización Mundial de la Salud para investigar este tipo de población (Zimmerman y Watts, 2003). El Comité de ética de la investigación del Cuerpo Académico “Migración, desarrollo y derechos humanos” de la Universidad Autónoma de Tamaulipas aprobó el diseño metodológico de esta investigación. Se obtuvo el consentimiento de participación voluntaria en el estudio de forma oral, y a cada una de las entrevistas le fue asignado un código con objeto de asegurar el carácter confidencial y anónimo de los datos recabados. Asimismo, con objeto de no influenciar su consentimiento las participantes no recibieron incentivos económicos u de otro tipo por participar en el estudio. A las entrevistadas se les explicó el propósito de esta investigación y la naturaleza voluntaria de su participación en el estudio.

Se utilizaron tres estrategias para facilitar la cooperación de las entrevistadas. En primer lugar, para reforzar el anonimato y evitar riesgos para las entrevistadas, no se recopilaron datos que revelasen su identidad, ni la de otras personas o lugares aludidos en la interacción conversacional, y se las instruyó para que no mencionasen nombres de personas. En segundo lugar, redacté una guía que partía de los aspectos menos problemáticos y más fáciles de responder, y continuaba con elementos cada vez más intrusivos. Además, modifiqué esta guía en diferentes ocasiones para excluir cuestiones que quedaron saturadas o proporcionaban poca información, e incluir nuevas temáticas que emergieron del contacto con la realidad empírica. Finalmente, la relación discursiva con las entrevistadas fue de no confrontación. No se expresaron juicios de valor sobre las respuestas obtenidas ni se forzó la búsqueda de respuestas a preguntas específicas.

El ejercicio de los atributos del derecho de propiedad sobre las víctimas

Las entrevistadas fueron secuestradas por grupos criminales que ejercieron los atributos del derecho de propiedad para privarlas de la libertad y explotarlas sexualmente. Durante su tránsito por México 30 mujeres fueron esclavizadas por cárteles de las drogas, 18 por dueños de centros nocturnos, 5 por pseudo-agencias internacionales de contratación de modelos, 5 por redes de prostitución, 3 por esclavistas freelanders y 2 por falsos novios.

En primer lugar, el ejercicio del derecho de compraventa y transferencia aparece reflejado en expresiones como:

“Me compraron, pagaron por mí y me llevaron con ellos, que fue donde trabajé en la prostitución” (Blanca, 2014);

“Me vendieron a un cliente de Veracruz que pagó por mi” (Bruna, 2014);

“A mí me vendieron y a mi papá lo mataron” (Flora, 2015);

“Había de muchos lugares, luego las vendían y ya no se sabía de ellas” (Sara, 2018) o

“Me vendieron con otras personas ahí en Chiapas, y esas personas me prostituyeron hasta que escapé” (Teresa, 2018).

En segundo lugar, el ejercicio del derecho de usar y beneficiarse de una persona se muestra en expresiones como:

“Me usaban hasta decir ya no más” (Carmen, 2014) o

“No hacía solo una cosa, me usaban para muchas cosas” (Helena, 2015).

Finalmente, el ejercicio del derecho al maltrato es el método utilizado por los delincuentes para disciplinar a las mujeres y tornarlas sumisas. De este modo las víctimas reticentes se vuelven dóciles y acceden a las demandas de los clientes que pagan por sus cuerpos. Algunas mujeres son golpeadas hasta que pierden el conocimiento.

Como decía Natalia: “A veces perdía el conocimiento de los golpes que ahí me deban” (2016),

o como señalaba Romana: “Me golpeaban tan feo que perdía el conocimiento” (2018).

Otras son golpeadas, encerradas y privadas de agua y alimento por días. Esto aparece reflejado en expresiones como:

“Me golpeaban, me dejaban sin comer” (Helena, 2015);

“Me pegaba y me encerraba cuando no quería trabajar, así lo hacía, me dejaba sin comer y me golpeaba” (Lucía, 2015);

“Pasé una semana sin comer y golpeada” (Sara, 2018);

“Me dejaban sin comer hasta los tres días de castigo por no obedecerles en lo que me decían que hiciera” (Teresa, 2018) o

“no me daban de comer y me golpeaban” (Yolanda, 2021).

Otras son torturadas y aterrorizadas con amenazas de muerte. Esto aparece reflejado en expresiones como:

“Me echaban miedo con que me iban a cortar la cabeza viva; me llegaban a decir que me iban a descuartizar” (Alicia, 2014);

“Me decían que me matarían si escapaba o no trabajaba” (Patricia, 2018) o

“Me dijeron: te vamos a matar si no haces lo que te decimos” (Romana, 2018).

La manifestación paradigmática del derecho de propiedad que los esclavistas ejercieron sobre las entrevistadas está plasmada en el hecho de que ninguna tuvo días de descanso. La totalidad del tiempo que se encuentran despiertas debe traducirse en ganancia por medio del comercio de sus cuerpos. Para maximizar la explotación de las víctimas y lograr que estas estén despiertas y activas por más tiempo, los delincuentes generalmente las obligaban a consumir elevadas cantidades de drogas. Aquellas mujeres que son sometidas a mayores privaciones de alimento son a la vez forzadas a consumir dosis más altas de narcóticos. Los alimentos son casi siempre un producto escaso. Por el contrario, las drogas son un artículo abundante. La privación de alimento constituye un método de tortura utilizado sistemáticamente para quebrar la voluntad de las víctimas. Como contraste, el empleo abusivo de narcóticos es utilizado para restaurar la energía de las víctimas y explotarlas sin descanso. Como decía Carmen (2014) “Llegaban a drogarme para que siguiera trabajando y no parara”. Los relatos de las entrevistadas indican que en algunos casos la ingesta de alcaloides constituye una de las fuentes calóricas más importante de su alimentación.

La idea de que las mujeres deben trabajar día y noche, sin tiempo para descansar, aparece reflejada en expresiones como:

“Me obligaba a que trabajara a veces de día y noche. No me dejaba descansar, fue algo mal, espantoso, feo” (Micaela, 2015);

“Hasta 20 horas trabajaba, tenía hasta 20 clientes (..) Cuando terminaba de trabajar ya no aguataba más, me sentía cansada, adolorida y sucia” (Teodora, 2018) o

“A veces (me prostituían) hasta las 24 horas del día, dependiendo de cómo estuvieran los clientes. A mí me llevaban a bares, cantinas, casas de citas, hoteles, fiestas con hombres” (Verónica, 2021).

Los lazos entre policías y grupos criminales

Tanto el Departamento de Estado estadounidense (USDOS, 2015, 2016, 2017, 2019, 2020 y 2021), como académicos (Núñez, 2017; Correa y Sanders, 2018; Alcalá, 2020; Maldonado, 2020) y asociaciones de derechos humanos (Centro PRODH, 2017) han subrayado la arbitrariedad de las redadas anti-trata, la complicidad de autoridades policiales mexicanas en crímenes de trata y sus nexos con grupos que lucran con la esclavitud sexual. Los delincuentes que secuestran a mujeres migrantes centroamericanas alardean de sus lazos de amistad con las autoridades policiales para infundirles temor y mostrarles que carecen de escapatoria. Como señalaba Valentina: “ellos decían que tenían amistades con policías, y que si yo decía algo los mismos policías me iban a recoger y entregar a ellos, y me iba a ir mal” (2020). Estas afirmaciones no son una argucia sin soporte utilizada para atemorizar a sus víctimas; sino que describen escenarios reales. Los lazos entre autoridades policiales y delincuentes aparecen reflejados en expresiones como:

“quien me trabajaba era amigo de los policías” (Catalina, 2014);

“algunos policías llegaban a ir a la casa donde me tenían trabajando” (Dionisia, 2014);

“la policía era amiga de las personas que me tenían” (Patricia, 2018) o

“yo llegué a ver que había policías que hablaban con estas personas, y me dio miedo” (Verónica, 2021).

La Tabla 2 muestra que más de tres quintas partes de las entrevistadas fueron testigos de la existencia de lazos de complicidad entre los delincuentes que las secuestraron y las autoridades policiales.

Tabla 2 Relación entre las autoridades policiales y los delincuentes. 

n %
Los delincuentes tenían algún tipo de lazo con las autoridades policiales. Los policías no usaban a las mujeres. 9 14.3
Algunos policías acudían a estos lugares como clientes. 29 46.0
Total. 38 60.3
No describió la existencia lazos entre los delincuentes y las autoridades 25 39.7
n 63 100

Fuente: Elaboración propia a partir de los datos de las entrevistas.

Una de las ideas más repetidas en las entrevistas es que las autoridades policiales mexicanas y los grupos que esclavizan a las mujeres forman parte de un mismo entramado. Como decía Andrea: “Allá las autoridades y los padrotes son los mismos, hay comunicación entre ellos” (2013). Las entrevistadas señalan que los primeros ofrecen a los últimos una esfera de protección para que puedan explotarlas con impunidad. Como contraprestación, los delincuentes obsequian a las autoridades una parte de las ganancias generadas por la prostitución de esclavas, o les permiten acceder de modo gratuito a los cuerpos de las mujeres.

En algunas de las entrevistas se habla de la existencia de mafias, compuestas por autoridades y delincuentes, dedicadas a secuestrar a mujeres migrantes en tránsito por México para explotarlas sexualmente. Los primeros se valen de la autoridad que les otorga la ley para detener a mujeres jóvenes que no pueden acreditar su estancia legal en el país. Las últimas, en lugar de ser repatriadas, son vendidas a la delincuencia organizada. Como señalaba Evelia: “Cuando las centroamericanas pasábamos de Guatemala a México éramos detenidas por los policías para no levantar sospechas, y ellos nos entregaban a la mafia” (2014). Como aparece reflejado en los siguientes fragmentos, las mujeres que son interceptadas por las autoridades migratorias piensan que serán deportadas a sus países de origen; sin embargo, algunas son entregadas a grupos delictivos que las esclavizan.

Donde estaban revisando, ahí me pararon, me bajaron, y no me llevaron a deportarme. Me entregaron con otras personas, que esas personas me hicieron mal. Preferible fuera que me deportaran (Dionisia, 2014).

Desde que me detienen llegué a pensar que me iban a deportar porque fueron los migras quienes me detuvieron (…) La migra me capturó y me pasó más adelante con gente que quería a las emigrantes centroamericanas (Elvia, 2014).

En otras entrevistas se señala que las autoridades policiales, los agentes migratorios y algunos políticos están amalgamados con los delincuentes por vínculos tan sólidos que es difícil distinguir a los primeros de los últimos, o conocer cuál es la relación jerárquica entre estos actores. Algunas mujeres piensan que los grupos delictivos han urdido lazos de amistad con personalidades políticas y policiales situadas en las esferas más altas de poder. Ana señalaba: “Ellos tienen amistades de políticos fuertes, que tienen poder, y policías que son amigos, y ellos están bien relacionados” (2014). Otras señalan que las autoridades mexicanas han sido sobrepasadas y controladas por los grupos delictivos, de quienes reciben órdenes. Elvia decía que “parece ser que a ellos [los agentes migratorios] también los controlaban los de la gente mala, mala” (2014). Como contraste, otras afirman que la relación entre autoridades y delincuentes es la inversa. Es decir, son las autoridades quienes controlan y dan órdenes a los grupos delictivos. Como señalaba Alicia: “El jefe que mandaba a todos trabajaba para la policía” (2014).

Autoridades policiales y delincuentes son presentados como actores unidos por lazos simbióticos mutualistas, donde ambos se benefician de la explotación sexual de las esclavas. Los primeros reciben una parte de las ganancias generadas por la esclavitud sexual. Como afirmaba Lucía: “La policía en xxx trabajan con los padrotes porque los padrotes pagan a los policías del dinero que se gana con el trabajo de las mujeres” (2015). Asimismo, Carmen (2014) relataba que la casa de seguridad donde estuvo retenida por un cártel tenía una puerta trasera por donde entraban policías uniformados para recoger fajos de dinero obtenidos tanto del pago de rescates de personas secuestradas como de la explotación sexual de mujeres migrantes.

Nueve de las entrevistadas señalaron que las autoridades policiales recibían algún tipo de soborno de los delincuentes para hacerse de la vista gorda, pero no tenían acceso a los cuerpos de las mujeres. Aunque el escenario donde los policías aparecen como clientes de las esclavas es más frecuente, ya que se produce en casi la mitad (46%) de los casos estudiados (véase la Tabla 3). Las entrevistadas señalan que los policías son una parte del engranaje que mantiene la esclavitud sexual en México porque en lugar de rescatar a las mujeres cautivas, forman parte de la clientela a quien están obligadas a complacer. Como decía Jimena: “La policía no hizo nada por mí, no me ayudó. Ahí llegaban hombres policías, llegaban, pero estaban como clientes, no llegaban a ayudar en nada” (2015). Algunas se atrevieron a pedir ayuda a clientes policías; pero, estos las instaron a desistir en su intento de ser rescatadas. Micaela (2015) complacía a un cliente regular que era policía. Un día le contó cuál era su situación y le pidió ayuda para que la rescatase. Sin embargo, éste le dijo que no podía denunciar su situación ni tratar de pedir ayuda, ya que ellos protegían al dueño del centro nocturno que la esclavizó. Esto explica que algunas de las entrevistadas busquen el auxilio de clientes civiles, con quienes entablan cierta amistad después de semanas o meses de contactos. Por el contrario, evitan pedir ayuda a clientes uniformados o a clientes de quienes sospechan que son policías, porque piensan que estos últimos las delatarán. Como señalaba Basilia: “Cuando estaba ahí no decía nada a los policías porque tenía miedo que le dijeran a él [su falso novio] lo que yo decía” (2014).

Tabla 3 Clase social de los clientes atendidos por las entrevistadas. 

Clase social de los clientes Delincuentes con lazos con la policía Delincuentes sin lazos con la policía Total
Los policías no eran clientes de las mujeres Los policías eran clientes de las mujeres
n % n % n % n %
Baja y Media-Baja 0 0.0 7 36.8 12 63.2 19 30.2
Media-Alta y Alta 8 28.6 11 39.3 9 32.1 28 44.4
Diferentes clases sociales 1 9.1 7 63.6 3 27.3 11 17.5
No sabía 0 0.0 4 80.0 1 20.0 5 7.9
Total 9 14.3 29 46.0 25 39.7 63 100

Fuente: Elaboración propia a partir de los datos de las entrevistas.

Once de las mujeres entrevistadas señalaron que contaron con la ayuda de un cliente civil para escapar. Como contraste, ninguna fue liberada por clientes policías. Las redadas policiales en las que fueron liberadas siete de las entrevistadas fueron promovidas por denuncias ciudadanas. Los testimonios de las entrevistadas permiten inferir que en estas redadas algunos policías buscan deshacerse de mujeres que pueden declarar en su contra. Una de las entrevistadas señaló que tras una redada en el bar donde era prostituida, un policía que era cliente de su amiga dejó que las dos escapasen. Como señalaba Petra: “Él [un policía] nos dejó escapar, dijo: ‘pélense antes que lleguen a levantar evidencias’, y nos escapamos en ese momento, y ahí se quedaron los policías agarrando a los demás hombres malos que ahí estaban” (2018). Por lo tanto, en el único caso donde un cliente policía ayudó a escapar a una de las mujeres entrevistadas, lo hizo en medio de una redada para evitar ser delatado. Él era cliente de una de las dos mujeres a quienes dejó escapar, de modo que si hubiese dejado que las mujeres declarasen corría el riesgo de aparecer involucrado en la red de trata desarticulada.

Muchas de las entrevistadas piensan que los policías conocen que ellas son esclavas; pero, no tienen interés en rescatarlas porque se benefician económicamente de esta situación. Como decía Micaela: “Los mismos policías sabían lo que pasaba y no ayudaban en nada; además, estaban como clientes” (2015), o como señalaba Susana: “Algunos [policías] llegaban y sabían lo que pasaba; pero, no decían nada, ni yo decía nada, porque eran amigos de quien me tenía ahí trabajando” (2018). Algunas mujeres señalan que el comportamiento de los policías es más brusco y autoritario que el del resto de clientes. Las entrevistadas suelen quejarse de la forma despótica como se comportan muchos de los clientes. Las esclavas son obligadas a satisfacer cualquier capricho exigido por los últimos. Cuando un cliente no queda satisfecho con el trato recibido, éste externa su queja a los delincuentes para que la mujer sea disciplinada. Esto aparece reflejado en expresiones como:

“cuando un cliente se quejaba de no hacerle bien el trabajo, me iba mal” (Bruna, 2014);

“cuando un hombre decía que no lo atendía como quiso me pegaban, me golpeaban con una tabla, así tipo barrote, muy grueso” (Valentina, 2020) o

“algunas veces dije que no porque miraba mal a los clientes y me golpearon por no aceptar lo que el cliente decía” (Verónica, 2021).

En el caso de los clientes policías la rudeza y brusquedad con que estos tratan a las esclavas es mayor, ya que muchos no se conforman con un trato ordinario. Los lazos de los policías con los delincuentes hacen que los primeros se sientan con autoridad para dar órdenes a las esclavas o actuar por la fuerza cuando las últimas no se comportan como los primeros esperan (Izcara, 2018a, p. 208).

Por una parte, la colusión entre grupos delictivos y autoridades policiales es más frecuente en espacios que ofrecen servicios a clientes de elevados recursos que en lugares donde acuden clientes de clase baja. Elisea (2015), que fue obligada a prostituirse en una casa de citas que recibe clientes de escasos recursos que trabajan por un jornal, señalaba que allí no acuden policías, y lo justificaba diciendo que estos últimos solo van a locales de una categoría más elevada. Como puede apreciarse en la Tabla 3 las mujeres que atienden a clientes de clase media-alta y alta presencian más frecuentemente la existencia de lazos entre autoridades policiales y delincuentes que aquellas que sirven a una clientela de clase baja y media-baja. Según los datos recabados, casi dos tercios (63.2%) de los tratantes que atienden a clientes de clase baja y media-baja no tienen lazos con las autoridades. Como contraste, menos de un tercio (32.1%) de los esclavistas que atienden a clientes de clase media-alta y alta carecen de vínculos con las autoridades. Aunque, en el último caso es menos frecuente que los policías sean clientes de las mujeres. Las siete mujeres que presenciaron la colusión entre policías y tratantes que son dueños de establecimientos donde acuden clientes de escasos recursos, señalaron que tuvieron clientes policías. Como contraste, diecinueve mujeres que fueron prostituidas con clientes de mayores recursos presenciaron la existencia de vínculos entre delincuentes y policías; pero, solo once afirmaron que algunos de sus clientes eran policías. Aunque cuatro de las entrevistadas secuestradas por delincuentes con lazos con la policía no supieron dar ninguna respuesta acerca de la clase social de los clientes a quienes atendían. Como señalaba Valentina: “No sé si eran ricos o pobres, ya no sabía distinguirlos porque todos me trataban mal e igual de mal” (2020), o como decía Verónica: “No sabía bien quienes eran, si ricos o pobres” (2021).

Por otra parte, los grupos delictivos con mayor capacidad de acceso a la violencia, como los cárteles de la droga, han urdido lazos más sólidos con las autoridades policiales que aquellos cuyo acceso a la violencia es más limitado, como los dueños de centros nocturnos, a quienes las entrevistadas llaman padrotes. Como puede apreciarse en la Tabla 4 la mitad de las mujeres retenidas por dueños de centros nocturnos dijeron que presenciaron la existencia de lazos entre los policías y quienes las esclavizaron; pero, en el caso de las mujeres secuestradas por cárteles de las drogas la fracción de quienes fueron testigos de la existencia de lazos entre los policías y los grupos delictivos ascendía a dos tercios del total.

Tabla 4 Vínculos entre autoridades policiales y diferentes grupos delictivos. 

Con lazos con autoridades policiales Sin lazos con autoridades policiales Total
n % n % n %
Cárteles de las drogas 20 66.7 10 33.3 30 47.6
Dueños de centros nocturnos 9 50.0 9 50.0 18 28.6
Pseudo-agencias internacionales de contratación de modelos 4 80.0 1 20.0 5 7.9
Redes de prostitución 3 60.0 2 40.0 5 7.9
Esclavistas freelancers 0 0.0 3 100.0 3 4.8
Falsos novios 2 100.0 0 0.0 2 3.2
Total 38 60.3 25 39.7 63 100

Fuente: Elaborado a partir de los datos de las entrevistas.

Algunos dueños de centros nocturnos han urdido lazos con redes criminales y otros sacan partido del estatus migratorio irregular de las mujeres migrantes para explotar su vulnerabilidad a través de la privación de la libertad (Izcara, 2017 y 2018b). Sin embargo, el hecho de que menos de un tercio (28.6%) de las mujeres entrevistadas señalen a un padrote como la persona que las mantuvo secuestradas es un elemento indicativo de que gran parte de los padrotes y madrotas en México no esclavizan a las mujeres (Izcara, 2021).

Los datos de la Tabla 4 también muestran que los falsos novios que reclutan mujeres migrantes a través del enamoramiento y las pseudo-agencias internacionales de contratación de modelos son los grupos que han construido vínculos más estrechos con las autoridades policiales. Únicamente los esclavistas freelancers no han tejido redes de complicidad con autoridades policiales. Esto se debe a que los últimos únicamente explotan una mujer a la vez, a quien retienen por la fuerza en su domicilio y pueden controlar sin muchas dificultades.

También habría que señalar que el porcentaje de mujeres secuestradas por los cárteles mexicanos que afirman que no presenciaron la existencia de vínculos con la policía posiblemente esté infravalorado. Algunas mujeres migrantes captadas por los cárteles señalaban que ellas no sabían si sus clientes, o las personas externas que se relacionaban con los delincuentes, eran policías o no, porque no les permitían entablar conversaciones ni con los clientes ni con otras compañeras de cautiverio. Las mujeres capturadas por los cárteles que se comunican con los clientes para pedir auxilio son severamente disciplinadas, ya que no es infrecuente que los clientes las delaten.

Como señalaba Verónica: “no hablaba con los clientes de lo que pasaba porque unos clientes decían todo lo que una decía, y era cuando a una le pegaban por hablar con los clientes de su vida” (2021).

Además, las mujeres únicamente pueden distinguir a los clientes que portan uniformes.

Como decía Sara: “No sé [si eran policías] porque no llevaban uniforme para identificarlos; además, que no se podía hablar con los clientes que me usaban” (2018),

o como señalaba Teodora: “En ese tiempo no sabía distinguir a las personas. Ahora ya los conozco por su físico y manera de hablar” (2018).

Conclusión

La esclavitud sexual es el ejercicio de los atributos del derecho de propiedad para privar de la libertad y explotar sexualmente a una mujer. Las mujeres víctimas de esclavitud sexual son compradas, vendidas, usadas y maltratadas con objeto de maximizar el beneficio económico generado por la explotación sexual.

Los datos de este estudio no pueden generalizarse ya que pueden estar sesgados porque no proceden de una muestra probabilística. Sin embargo, la coincidencia de los resultados de esta investigación con los señalamientos tanto del Departamento de Estado estadounidense como de numerosos académicos y asociaciones de derechos humanos permite concluir que en algunos casos las autoridades policiales mexicanas han urdido lazos con redes criminales que lucran con la esclavitud sexual. La corrupción policial favorece la explotación sexual porque genera un halo de protección que impide que los delincuentes sean aprehendidos. Los cárteles de la droga, dueños de centros nocturnos, pseudo-agencias de contratación de modelos, redes de prostitución y falsos novios han construido alianzas con autoridades policiales para escapar del radar de la lucha contra la trata.

Los grupos delictivos con mayor capacidad de uso de la fuerza y aquellos que atienden a una clientela de más elevados recursos son quienes han tejido redes de complicidad más compactas con las autoridades, por lo que puede inferirse que la lucha contra la trata en México probablemente esté sesgada en beneficio de aquellos grupos delincuenciales más violentos que atienden a una clientela más adinerada. Por lo tanto, la erosión y ruptura de los nexos existentes entre autoridades policiales y grupos delictivos constituye el primer paso a dar en el combate de la esclavitud sexual en México. Una acción que podría debilitar la construcción de estos lazos es la supervisión de los operativos anti-trata por organizaciones de derechos humanos que verifiquen que estas acciones no revictimizan a las mujeres migrantes indocumentadas en prostitución, sino que aparecen destinadas a perseguir a los grupos que esclavizan a las mujeres.

Fuentes consultadas

Alcalá, P. (2020). Coser mis labios para alzar la voz: El caso de mujeres centroamericanas acusadas de trata de personas en Tapachula, Chiapas. En Passagens: Revista do Programa de Pós-Graduação em Comunicação da Universidade Federal do Ceará. Vol. 11. Núm. 1. pp. 69-77. [ Links ]

Andrade, K. (2016). Víctimas de trata: mujeres migrantes, trabajo agrario y acoso sexual en Tamaulipas. En CienciaUAT. Vol. 11. Núm. 1. pp. 22-36. [ Links ]

Andrade, K. (2021). La demanda de migrantes indocumentadas en la industria del sexo de Nevada. En Ciencia, Técnica y Mainstreaming Social. Núm. 5. pp. 74-84. https://doi.org/10.4995/citecma.2021.14919 [ Links ]

Andrade, K., Izcara, S. P., Trejo, N. y Mora, A. (2021). Mujeres migrantes traficadas a California para el comercio sexual. EnCiencia, Técnica y Mainstreaming Social . Núm. 5. pp. 31-38. https://doi.org/10.4995/citecma.2021.14275 [ Links ]

Bellagio-Harvard (2012). The Bellagio-Harvard Guidelines on the Legal Parameters of Slavery. Recuperado de https://glc.yale.edu/sites/default/files/pdf/the_bellagio-_harvard_guidelines_on_the_legal_parameters_of_slavery.pdfLinks ]

Centro PRODH (2017). Criminalización de mujeres migrantes Análisis de seis casos en la frontera sur. Ciudad de México: Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín PRO Juárez, A.C. [ Links ]

Correa, G. y Sanders, A. (2018). Reforming Mexico’s Anti-Trafficking in Persons Legislation. En Mexican Law Review. Vol. 11. Núm. 1. pp. 3-30. https://doi.org/10.22201/iij.24485306e.2018.1.12509 [ Links ]

Chuang, J. (2009). Rescuing Trafficking from Ideological Capture: Prostitution Reform and Anti-Trafficking Law and Policy. En University of Pennsylvania Law Review. Núm. 158. pp. 1655-1728. [ Links ]

Doezema, J. (1999). Loose Women or Lost Women? The Re-Emergence of the Myth of White Slavery in Contemporary Discourses of Trafficking in Women. En Gender issues. Vol. 18. Núm. 1. pp. 23-50. https://doi.org/10.1007/s12147-999-0021-9 [ Links ]

Doezema, J. (2010). Sex Slaves and Discourse Masters: the Construction of Trafficking. Londres: Zed Books Ltd. Consultado en: https://doi.org/10.5040/9781350222502 [ Links ]

Farley, M. (2018). Risks of Prostitution: when the Person is the Product. En Journal of the Association for Consumer Research. Vól. 3. Núm. 1. pp. 97-108. https://doi.org/10.1086/695670 [ Links ]

Hill, A. (2017). The Rhetoric of Modern-Day Slavery: Analogical Links and Historical Kinks in the United Kingdom’s Anti-Trafficking Plan. En Philosophia. Vol. 7. Núm. 2. pp. 241-260. https://doi.org/10.1353/phi.2017.0023 [ Links ]

Izcara, S. (2021). La trata en México desde la perspectiva de los proxenetas. En Perfiles latinoamericanos. Vol. 29. Núm. 57. pp. 221-251. https://doi.org/10.18504/pl2957-009-2021 [ Links ]

Izcara, S. (2019). Migración y trata en América del Norte. En Revista de Estudios Sociales. Núm. 67. pp. 87-100. https://doi.org/10.7440/res67.2019.07 [ Links ]

Izcara, S. (2018a). El déficit de denuncias de víctimas de prostitución forzada en México. En Mexican Studies. Vol. 34. Núm. 2. pp. 191-217. https://doi.org/10.1525/msem.2018.34.2.191 [ Links ]

Izcara, S. (2018b). Prostitución de menores en locales registrados en México. En Revista Internacional de Sociología. Vol. 76. Núm. 1. https://doi.org/10.3989/ris.2018.76.1.16.23 [ Links ]

Izcara, S. (2017). Prostitution and Migrant Smuggling Networks Operating Between Central America, Mexico, and the United States. En Latin American Perspectives. Vol. 44. Núm. 6. pp. 31-49. https://doi.org/10.1177/0094582X17699910 [ Links ]

Izcara, S. y Andrade, K. (2018). Centroamericanas menores de edad prostituidas en California. En Nóesis. Revista de ciencias sociales y humanidades. Vol. 27. Núm. 53. pp. 77-97. https://doi.org/10.20983/noesis.2018.1.4 [ Links ]

Izcara, S., Moral de la Rubia, J. y Andrade, K. (2019). Mujeres migrantes víctimas de esclavitud sexual, prostitución involuntaria y prostitución no forzada. En Papeles de población. Vol. 25. Núm. 101. pp. 145-173. https://doi.org/10.22185/24487147.2019.101.26 [ Links ]

Kempadoo, K. y Durisin, E. (2020). Sex Work and Sex Trafficking. pp. 409-426. En N. Naples (Ed.). Companion to Sexuality Studies. Oxford: John Willey & Sons Ltd. https://doi.org/10.1002/9781119315049.ch22 [ Links ]

Kotiswaran, P. (2021). The Sexual Politics of Anti-Trafficking Discourse. En Feminist legal studies. Núm. 29. pp. 43-65. https://doi.org/10.1007/s10691-020-09447-x. [ Links ]

League of Nations. (1926). Convention to Suppress the Slave Trade and Slavery (25 September 1926, 60 LNTS 253, Registered No. 1414). Recuperado de https://www.refworld.org/docid/3ae6b36fb.htmlLinks ]

Madrid, E., Montejo, J. y Madrid, R. (2015). Informe de País. México. En Global Alliance Against Traffic in Women (Ed.), Testimonios de las sobrevivientes de trata de personas: brecha entre las necesidades de atención y los servicios recibidos después del rescate informe regional. GAATW. Recuperado de https://www.gaatw.org/publications/INFORME_REGIONAL_LAC_GAATW.0825.2015.pdfLinks ]

Maldonado, J. (2020). Being a Sex Worker and Migrant in Times of Trafficking: Experiences from the Mexico (Chiapas)-Guatemala Border. En Victims & Offenders. Vol. 15. Núm. 3. pp. 313-329. https://doi.org/10.1080/15564886.2019.1697979 [ Links ]

Mende, J. (2019). The Concept of Modern Slavery: Definition, Critique, and the Human Rights Frame. En Human Rights Review. Núm. 20. pp. 229-248. https://doi.org/10.1007/s12142-018-0538-y [ Links ]

Núñez, A. (2017). Precariedad y criminalización de mujeres migrantes centroamericanas en la frontera sur de México. Tesis para optar al grado de maestra en Antropología Social. México: Centro de Investigaciones y Estudios Sociales en Antropología Social. Recuperado de http://investigacion.politicas.unam.mx/catedratrata/wp-content/uploads/2018/11/TESIS_AMNC.pdfLinks ]

Mckinnon, C. (2014). Feminismo inmodificado. Discursos sobre la vida y el derecho. Buenos Aires: Siglo XXI. [ Links ]

Orozco, R. (2015). Explotación sexual. Esclavitud como negocio familiar. México: L.D. Books. [ Links ]

Pateman, C. (1988). The Sexual Contract. California: Stanford University Press. [ Links ]

Raymond, J. (2013). Not a Choice, not a Job: Exposing the Myths about Prostitution and the Global Sex Trade. Washington: Potomac. Books. https://doi.org/10.2307/j.ctt1ddr7wg [ Links ]

Shapiro, M. y Hughes, D. (2017). Decriminalized Prostitution: Impunity for Violence and Exploitation. En Wake Forest Law Review. Núm. 52. pp. 533-560. https://doi.org/10.1007/BF02687593 [ Links ]

Weitzer, R. (2006). Moral Crusade Against Prostitution. En Society. Vol. 43. Núm. 3. pp. 33-38. [ Links ]

United States Department of State (USDOS). (2015). Trafficking in Persons Report. Recuperado de https://2009-2017.state.gov/documents/organization/245365.pdfLinks ]

United States Department of State (USDOS). (2016). Trafficking in Persons Report. Recuperado de https://2009-2017.state.gov/documents/organization/258876.pdfLinks ]

United States Department of State (USDOS). (2017). Trafficking in Persons Report. Recuperado de https://www.state.gov/wp-content/uploads/2019/02/271339.pdfLinks ]

United States Department of State (USDOS). (2019). Trafficking in Persons Report. Recuperado de https://www.state.gov/wp-content/uploads/2019/06/2019-Trafficking-in-Persons-Report.pdfLinks ]

United States Department of State (USDOS). (2020). Trafficking in Persons Report. Recuperado de https://www.state.gov/wp-content/uploads/2020/06/2020-TIP-Report-Complete-062420-FINAL.pdfLinks ]

United States Department of State (USDOS). (2021). Trafficking in Persons Report. Recuperado de https://kr.usembassy.gov/wp-content/uploads/sites/75/TIP_Report_Final_20210701.pdfLinks ]

Yayori, M. (1977). Sexual Slavery in Korea. En Frontiers: a Journal of Women Studies. pp. 22-30. https://doi.org/10.2307/3346104 [ Links ]

*Este artículo presenta resultados del Proyecto de investigación CB-2013-01 220663 “Trata y prostitución en México”, financiado por SEP/CONACYT, y del INVUAT19-21 “El impacto social del desplazamiento de migrantes en masa de forma clandestina y los derechos humanos”, financiado por la Universidad Autónoma de Tamaulipas.

Anexo 1

Entrevistas citadas en el texto.

Andrea Migrante guatemalteca de 30 años entrevistada en Tamaulipas en diciembre de 2013
Alicia Migrante guatemalteca de 26 años entrevistada en Ciudad de México en abril de 2014
Ana Migrante salvadoreña de 23 años entrevistada en Ciudad de México en abril de 2014
Blanca Migrante salvadoreña de 25 años entrevistada en Ciudad de México en abril de 2014
Basilia Migrante guatemalteca de 26 años entrevistada en Ciudad de México en abril de 2014
Bruna Migrante guatemalteca de 31 años entrevistada en Veracruz en julio de 2014
Catalina Migrante guatemalteca de 20 años entrevistada en Veracruz en julio de 2014
Carmen Migrante guatemalteca de 22 años entrevistada en Veracruz en julio de 2014
Dionisia Migrante guatemalteca de 28 años entrevistada en Veracruz en julio de 2014
Evelia Migrante salvadoreña de 24 años entrevistada en Veracruz en julio de 2014
Elvia Migrante salvadoreña de 23 años entrevistada en Veracruz en julio de 2014
Elisea Migrante hondureña de 26 años entrevistada en Nuevo León en marzo de 2015
Flora Migrante guatemalteca de 20 años entrevistada en Nuevo León en marzo de 2015
Helena Migrante salvadoreña de 21 años entrevistada en Coahuila en marzo de 2015
Jimena Migrante salvadoreña de 24 años entrevistada en Veracruz en julio de 2015
Lucía Migrante guatemalteca de 25 años entrevistada en Nuevo León en diciembre de 2015
Micaela Migrante guatemalteca de 23 años entrevistada en Nuevo León en diciembre de 2015
Natalia Migrante guatemalteca de 26 años entrevistada en Tamaulipas en octubre de 2016
Patricia Migrante colombiana de 24 años entrevistada en Nuevo León en marzo de 2018
Petra Migrante hondureña de 20 años entrevistada en Ciudad de México en junio de 2018
Romana Migrante guatemalteca de 22 años entrevistada en Ciudad de México en junio de 2018
Sara Migrante hondureña de 21 años entrevistada en Ciudad de México en junio de 2018
Susana Migrante hondureña de 21 años entrevistada en Ciudad de México en junio de 2018
Teodora Migrante salvadoreña de 25 años entrevistada en Ciudad de México en junio de 2018
Teresa Migrante guatemalteca de 25 años entrevistada en Ciudad de México en junio de 2018
Valentina Migrante salvadoreña de 20 años entrevistada en Tamaulipas en marzo de 2020
Verónica Migrante salvadoreña de 21 años entrevistada en Veracruz en abril de 2021
Yolanda Migrante salvadoreña de 27 años entrevistada en Veracruz en abril de 2021
Los Nombres Son Pseudónimos

Anexo 2

GUÍA DE LA ENTREVISTA.

1.- Características sociodemográficas y laborales.

  • Edad, lugar de nacimiento y años de educación.

  • Características familiares (Edad, años de educación y profesión de los padres, hermanos, hijos y cónyuge).

  • Historial laboral (Año cuando comenzó a trabajar, diferentes actividades realizadas y salarios recibidos).

  • Historial migratorio (Número de veces que ha emigrado, años cuando emigró, lugares de destino, tiempo de permanencia y actividades realizadas).

2.- Descripción de las diferentes veces que emigró (15 a 20 minutos).

  • Fecha, lugares y tipo de transporte utilizado hasta llegar al punto de destino en cada experiencia migratoria.

  • Descripción del comportamiento de los polleros que la transportaron (Cómo les contactó, cuánto pagó, cómo obtuvo el dinero para los pagos, comportamiento de los polleros, peligros y situaciones de abuso durante el trayecto).

  • Descripción de las casas de seguridad por las que transitó cada vez que emigró: ubicación, tiempo de permanencia y trato recibido en estos espacios.

3.- Narración de la experiencia de secuestro, esclavitud sexual y condiciones de cautiverio (30 a 40 minutos).

  • Narración de dónde, cuándo, cómo fue secuestrada y duración de la situación de esclavitud.

  • Características de la persona o grupo que la secuestró y esclavizó.

  • Descripción del lugar o lugares donde permaneció secuestrada.

  • Número, edades y nacionalidades de las otras víctimas de esclavitud sexual.

  • Descripción de los lugares donde fue prostituida, número de clientes que debía atender, horarios de trabajo y tiempos de descanso.

  • Clase social de los clientes, características y comportamiento.

  • Otras actividades realizadas para el grupo que la secuestró.

  • Mecanismos de vigilancia y metodologías utilizadas para que no escapase.

  • Formas de violencia física y psicológica sufridas, recompensas y castigos, privación de alimentos y consumo de drogas.

4.- Descripción de los vínculos entre delincuentes y autoridades policiales (10 a 15 minutos).

  • Relación de las autoridades policiales con los esclavistas.

  • Comportamiento de los policías como clientes.

5.- Descripción de cómo escaparon de sus captores (10 a 15 minutos).

  • Número de veces que intentó escapar y represalias sufridas.

  • Elaboración de un plan de escape sola, con otras víctimas de cautiverio o con la ayuda de un cliente, y selección del momento adecuado para escapar.

  • Participación de las autoridades policiales en su liberación.

Recibido: 31 de Agosto de 2021; Aprobado: 09 de Diciembre de 2021

Creative Commons License Este es un artículo publicado en acceso abierto bajo una licencia Creative Commons