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Andamios

On-line version ISSN 2594-1917Print version ISSN 1870-0063

Andamios vol.15 n.38 Ciudad de México Sep./Dec. 2018

https://doi.org/10.29092/uacm.v15i38.663 

Artículos

La secularización de los hospitales y el ayuntamiento de la ciudad de México ante el decreto de supresión de órdenes monacales, 1820-1822

The secularization of the hospitals and the ayuntamiento of México City following upon the decree of suppression of the monastic orders, 1820-1822

J. Edgar Mendoza García* 

*Investigador en el Centro de Investigación y Estudios Superiores en Antropología Social, México. Correo electrónico: edgarmengar@hotmail.com


Resumen

El presente artículo analiza la aplicación del decreto sobre supresión de monasterios de las órdenes monacales y hospitalarias de 1820, con el fin de conocer la respuesta inmediata de una parte de la sociedad, del clero y del ayuntamiento de la ciudad de México a estas medidas legislativas entre 1820 y 1822. Asimismo, describe los factores sociales, políticos y económicos que en estos primeros años impidieron al ayuntamiento administrar y financiar a los hospitales laicos, y retrasaron el proceso de secularización de esta institución de beneficencia pública.

Palabras clave: Secularización; hospitales; Estado; ayuntamiento; Iglesia

Abstract

This article analyzes the implementation of the decree of suppression of the religious houses hospitals of the monastic orders in 1820, and the responses of some segments of the society, the clergy, and the City Council of Mexico to these legislative measures between 1820 and 1822. Also examined are the social, political and economics factors that prevented the ayuntamiento to administer and finance the lay hospitals in those years and delayed the secularization of these institution of public charity.

Keywords: Seculatization; Hospitals; State; ayuntamiento; Church

Introducción

Durante el siglo XIX, la iglesia mexicana enfrentó profundas transformaciones social, política y económica, que modificaron su relación con la sociedad y el Estado nacional. Las ideas ilustradas y liberales se fueron incrustando en la legislación republicana y fragmentaron las instituciones corporativas del antiguo régimen. En este contexto, se vislumbra la expulsión de ciertas órdenes religiosas, supresión de conventos, reclamo del Real Patronato, la desamortización, nacionalización de los bienes eclesiásticos y el proceso de secularización, y en suma, la separación entre la iglesia y el Estado.

Si bien existen numerosos estudios históricos que han tratado diversos temas en torno a la institución eclesiástica y sus relaciones con el Estado desde el nacimiento de la primera república federal hasta las reformas liberales (Costeloe, 1978; Pérez, 1977; Staples, 1976; Illades y Rodríguez, 2000; Connaughton, 2005), también destacan aquellos que han centrado su análisis en el proceso de desamortización y nacionalización de los bienes del clero y su traspaso a manos particulares (Bazant, 1984; Knowlton, 1976; Berry, 1989). Otra línea de investigación abordó el tema de las instituciones educativas, de caridad y beneficencia pública que antes estaban en poder de la Iglesia y pasaron a manos del Estado (Macedo, 1900; Palavacini, 1945; Gonzálbo, 1982; Padilla, 1993; Valero, 2002; Arrom, 2000 y 2011). Sin embargo, ambos enfoques se incluyen de manera general en el proceso de secularización de la sociedad y el fortalecimiento del Estado nacional mexicano (Galeana, 2010; Blancarte, 2013). Desde esta última perspectiva, el presente artículo analiza el impacto de la promulgación de la Real Orden sobre supresión de monasterios de las órdenes monacales y hospitalarias de 1820, observando la respuesta de una parte de la sociedad, del ayuntamiento y del clero de la ciudad de México a estas medidas legislativas entre 1820 y 1822; al mismo tiempo, explicará algunos factores que llevaron a la imposición de este decreto y su fracaso en el corto plazo.

No se trata de hacer una historia de la fundación, organización, financiamiento y supresión de los conventos y hospitales que estaban a cargo de las órdenes religiosas, asunto que ya han tratado varios historiadores (Álvarez y Bustamante, 1960; Cruz, 1959; Muriel, 1960; Sedano, 2012), sino de dilucidar la reacción inmediata de los actores sociales ante el decreto de supresión, considerando al ayuntamiento de la ciudad de México que se hizo cargo de los hospitales suprimidos. ¿Qué motivos tuvo el ayuntamiento para aceptar una nueva responsabilidad? ¿Cuáles fueron los factores que llevaron al fracaso de los hospitales laicos en estos primeros años?

Durante la primera mitad del siglo XIX, el gobierno español y luego el Estado mexicano trataron de apropiarse de los bienes de la Iglesia y de transferir a su poder las funciones públicas y de beneficencia que hasta entonces habían permanecido bajo la batuta eclesiástica. En este proceso de desamortización y secularización se incrusta el decreto de supresión de 1820, como un intento más del gobierno civil para desplazar a la iglesia de sus antiguas funciones sociales. En otras palabras, las élites políticas buscaron sustituir las concepciones cristianas y morales de la caridad, la pobreza y educación, para sustituirlos por los derechos individuales como la libertad e igualdad, lo que significó la secularización y reestructuración de estas instituciones de acuerdo al nuevo orden liberal (Padilla, 1993, p. 49).

Sin embargo, estos años no fueron oportunos para efectuar cambios trascendentales en una instancia de beneficencia pública: las guerras de independencia estancaron la economía, incrementaron la inestabilidad social y generaron una crisis política, que desembocaron en la caída del Imperio de Iturbide y el nacimiento de la primera república federal. También hay que considerar otros elementos, como la falta de recursos económicos y la inexperiencia del gobierno local en estos menesteres. Asimismo, la oposición de una parte de la sociedad conservadora, impidieron llevar a cabo estos cambios liberales en el corto plazo y retrasaron el proceso de secularización y la formación de los hospitales laicos hasta la segunda mitad del siglo XIX.

Este primer acercamiento, se sustenta en documentos del ramo de Justicia Eclesiástica del Archivo General de la Nación, en las actas del cabildo del ayuntamiento del Archivo Histórico de la Ciudad de México, y en una bibliografía secundaria.

El contexto político y social

La constitución de Cádiz se estableció de forma parcial en México entre 1812 y 1813, y después en 1820, pero su influencia se manifestó en varias constituciones estatales hasta más allá de la constitución federal de 1857 (De Gortari, 1994; Salinas, 2001). No obstante, durante la última década de dominio colonial, varios factores impidieron la aplicación de los preceptos liberales gaditanos: la guerra de independencia, el retorno absolutista de Fernando VII en 1814 y, finalmente, la independencia del país (Ortiz y Serrano, 2007). Pero a partir de 1820, las corrientes de tendencia reformista se fortalecieron cuando se volvió a establecer en México la libertad de prensa y se promulgaron algunas leyes.1 La Ley de Supresión de Monasterios y Órdenes Monacales y Arreglo de los Conventos de los Regulares se puso en vigor en 1820, cuando Fernando VII fue presionado por los políticos liberales para respetar la constitución gaditana. Sin embargo, cuando esta medida legislativa se llevó a la práctica, se topó con graves contradicciones y problemas sociales y económicos generados por las guerras de independencia (Maldonado, 1995, p. 27). La fuga de capitales españoles, la parcial destrucción de la minería, la desarticulación del mercado y, en suma, la división política fueron factores que se conjugaron e impidieron la instauración de un régimen con estabilidad durante las primeras décadas del México independiente. En este contexto desolador, las instituciones de asistencia social padecieron un lamentable abandono por la falta de recursos, edificios adecuados y personal capacitado.

Las condiciones de la ciudad de México eran deplorables. En la década de 1820 existían carencias, desempleo e insalubridad que facilitaban el desarrollo de enfermedades y epidemias (Dávalos, 1994; Lugo y Malvido, 1994; Maldonado, 1995). No es extraño que la pobreza, la vagancia y la mendicidad se convirtieran en un problema creciente (Arrom, 2011, p. 26). A principios del siglo XIX, el científico Alexander von Humboldt calculó que en la ciudad de México existían entre 20 y 30 mil miserables, que representaban entre el 15 y 22 por ciento de la población de la capital (Humboldt, 1966). El nivel de pobreza y los vagos aumentaron con la independencia. En 1822, el ministro estadounidense Joel Poinsett señaló que “al menos veinte mil habitantes de esta capital […] carecen de un lugar permanente de residencia, y de medios aparentes para ganarse la vida”, también reportó que dichos “léperos” vivían en la miseria, mendigando o robando durante el día para luego retirarse a dormir, bajo los portales de las iglesias, en calles y barrancas.2 Además de los vagos y léperos, había trabajadores, sirvientes domésticos, vendedores ambulantes, artesanos indígenas y arrieros que llenaban las calles y coexistían en la pobreza e insalubridad (Arrom, 2011, p. 25; Lugo y Malvido, 1994, pp. 311-319).

Por estas razones, los hospitales y hospicios eran vitales para las clases menesterosas y los enfermos que buscaban refugio a sus desgracias. Las enfermedades y epidemias acosaron a los habitantes de la capital desde el periodo colonial hasta mediados del siglo XIX. Por ejemplo, en 1804 hubo un brote de viruela en la ciudad de México, donde murieron ocho mil 55 individuos, es decir, el 5.7 por ciento de la población de aquel año que sumaba la cantidad de 134 mil 891 habitantes. Esta enfermedad nuevamente causó una gran mortandad en 1830 (Maldonado, 1995, p. 32). Otra extraña enfermedad surgió entre 1812 y 1813, y fue registrada como “fiebres del 13”, porque los médicos no estaban seguros si se trataba de fiebre amarilla o tifo. Sea lo que fuere, los contagios se prolongaron por toda la ciudad con consecuencias devastadoras; tan es así, que de 83 mil 190 habitantes que vivían en 1813, fallecieron 17 mil 267, es decir, el 20.76 por ciento. Entre junio y noviembre de 1820, otra vez más la enfermedad se manifestó en la capital y, para evitar contagios, la Junta de Sanidad del Ayuntamiento tomó medidas drásticas, ordenando que los arrieros procedentes del Puerto de Veracruz “con calenturas” que llegaban a las garitas de San Lázaro y Peralvillo, fueran trasladados al Hospital de San Lázaro. Incluso el virrey Apodaca ofreció un apoyo de mil pesos para cubrir los gastos necesarios (Maldonado, 1995, pp. 34-35).

Pese a este panorama, algunos habitantes aristocráticos de la ciudad contaban con lugares de esparcimiento, se reunían en tertulias y se divertían jugando pelota, gallos, billar y juegos de azar. En cambio, las clases populares acudían a las pulquerías y tabernas donde jugaban cartas, bailaban y cantaban (Viqueira, 1987). La población vivía alrededor de un fervor religioso, celebrando los ritos que imponía el santoral católico con procesiones, rezos y fiestas profanas. La ciudad contaba con numerosos templos y conventos, ermitas e imágenes sacras distribuidas por todos los rumbos, donde los feligreses acudían a rezar el rosario y escuchar misa (Staples, 1976; Hernández, 1994).

A principios de la década de 1820, todavía existían algunos hospitales religiosos como el de San Juan de Dios, San Hipólito y el de Belem, que se encargaban de cuidar y curar a los enfermos (Muriel, 1960; Padilla, 1993). La Orden de San Juan de Dios se orientaba hacia la hospitalidad, de modo que fundar y atender hospitales constituyó uno de sus votos y casi su obligación fundamental (Muriel, 1960).

Según Josefina Muriel, al principio las órdenes hospitalarias no poseían bienes que pudieran ser utilizados en sus obras sociales. Vivían de la limosna pública o de los bienes que cada hospital poseía para sustento de sus enfermos y su personal. Muchas veces los betlemitas, juaninos o hipólitos solicitaron a los buenos cristianos la fundación de un hospital; en otras, era el fervor religioso de los particulares el que los fundaba. Una vez constituido, los frailes se encargaban de administrar sus bienes y cuidar a los enfermos bajo la vigilancia del gobierno (Muriel, 1960, pp. 276-277).

El Hospital de San Juan de Dios seguía funcionando en la ciudad de México, pero su capital económico estaba muy disminuido, y en comparación con el promedio anual de tres mil 983 enfermos que llegó a tener en 1772, para 1821 no pasaba de 200 (Ronzón, 1994, p. 15). El decreto de supresión amenazó la institución benefactora para la población de menos recursos. En este ambiente, el ayuntamiento trató de administrar los hospitales y de darles un sentido laico, pero el resultado en el corto plazo no fue nada alentador.

Aunque desde fines del siglo XVIII abundaron las disposiciones para cerrar hospitales y quitar a los frailes de la administración (Muriel, 1960, pp. 281-283), fue en el México independiente, cuando José María Luis Mora insistió en la secularización de la sociedad y Gómez Farías decretó algunas leyes para activarla (Staples, 1976). Sin embargo, algunos sectores se opusieron a estas medidas liberales y fue necesario esperar hasta las leyes de reforma para modernizar al país y “reducir a la iglesia a los aspectos puramente espirituales” (Matute, 1984, p. 35).

Ante la pobreza de las instituciones de caridad, el gobierno trató de controlar definitivamente a los hospitales, se trataba de buscar una vida más práctica y menos subordinada a la religión. La secularización significó delinear dos esferas: la del mundo terrenal y la del mundo sagrado:

El proceso de secularización significaba reducir paulatinamente la influencia de la segunda esfera, redondear las prioridades, poner lo económico y lo político antes que las inquietudes metafísicas, concentrar la atención en los problemas del momento. En el plano político esto significaba crear una sociedad orientada al hombre y sus necesidades, no hacia Dios. (Staples, 1986, p. 111)

Si antes la pobreza tenía un sentido de gracia, las nuevas ideas liberales de libertad e igualdad fueron transformando y secularizando esta idea hasta perder su carácter sagrado (Pérez Toledo, 1993, p. 44). Dios, como centro del mundo medieval, fue sustituido por el hombre como centro del mundo moderno. Así, el liberalismo económico transformó paulatinamente el régimen de propiedad y dentro de estas ideas, las antiguas instituciones hospitalarias en manos religiosas no tuvieron cabida (Muriel, 1960, pp. 282-283).

Supresión de monasterios de órdenes monacales y manifestación social

El decreto de consolidación de vales reales y la desamortización de algunos bienes eclesiásticos iniciaron un proceso adverso a la institución eclesiástica que se prolongaría hasta mediados del siglo XIX. En 1812, las Cortes de Cádiz disminuyeron el poder de las órdenes religiosas y empezaron a reducir los conventos. En la constitución gaditana se encuentra el primer paso para constituir un hospital como una institución laica en manos del gobierno local, “está a cargo de los ayuntamientos el cuidado de los hospitales, hospicios, casas de expósitos y demás establecimientos de beneficencia, bajo las reglas que se prescriban” (Hernández, 1985). A esto se añadió el decreto de supresión de las órdenes hospitalarias, dado por las cortes españolas en 1820.

La tendencia secularizadora se fue fortaleciendo en la medida en que las cortes aprobaron leyes y decretos para desamortizar los bienes eclesiásticos, cerrar monasterios y conventos, volver a expulsar a los jesuitas y suprimir la Inquisición. Pero no solo fueron expulsadas algunas órdenes, sino también se debilitó a las restantes prohibiendo la incorporación de nuevos miembros (Staples, 1976, p. 13).

El 9 de octubre de 1820, el rey Fernando VII decretó la Ley de Supresión de Órdenes Monacales y Arreglo de Conventos de los Regulares, que contenía 29 artículos. He aquí algunos de los más importantes para nuestro análisis:

Art. 1º. Se suprimen todos los monasterios de las órdenes monacales: los de canónigos regulares de San Benito de la congregación claustral Terraconense y Casaraugustana: los de San Agustín, y los Premonstrenses; los conventos y colegios de las Órdenes Militares de Santiago, Calatrava, Alcántara y Montesa, los de San Juan de Jerusalén; los de San Juan de Dios, Betlemitas, y todos los demás hospitales de cualquier clase.

Art. 3º. Los beneficios unidos a los monasterios y conventos que se suprimen por esta ley quedaran restituidos a su primitiva libertad y provisión real y ordinaria respectivamente.

Art. 6º. Los demás monges profesos, percibirán anualmente cien ducados, no llegando a la edad de cincuenta años; y doscientos si pasaren. Quedando además habilitados para obtener empleos civiles en todas las carreras así como estarán sujetos a las cargas de legos.

Art. 14. La nación dará cien ducados de conjura a todo religioso ordenado in sacris que se secularice, la cual disfrutará hasta que obtenga algún beneficio o renta eclesiástica para subsistir. Art. 25. Todo regular que se secularice o cuya casa quede suprimida podrá llevar consigo los muebles de su uso particular.

(Hernández, 1985)

El Decreto de Supresión de Órdenes Monacales llegó a Nueva España en ese mismo año, pero fue hasta el 26 de febrero de 1821 cuando el virrey emitió una circular que iba dirigida a los “gobernadores, Gefes Políticos y Obispos”. Sin embargo, durante los dos meses que se tardó el gobierno virreinal de dar a conocer tal decreto, se desató una ola de críticas, rumores y protestas por parte de una sociedad todavía inmersa en su religión y sus costumbres.

Las ideas expuestas por Mora sobre el supuesto odio que sentía la sociedad hacia el clero (Mora, 1986, pp. 110-125), no se pueden generalizar y se desvanecen cuando observamos los documentos de la época. En estos años, el pueblo católico seguía apoyando a sus ministros y defendían su religión y sus tradiciones. Por ejemplo, cuando se conoció la noticia sobre el decreto de supresión de los conventos, en algunos lugares como la ciudad de Puebla hubo confusión y disgusto. Algunos vecinos protestaron y enviaron pasquines o anónimos al obispo. En un principio corrió el rumor de que se trataba una vez más de la expulsión de los jesuitas. El siguiente pasquín da cuenta de ello:

Si no han bastado los papeles suplicatorios por la conservación de la sagrada compañía de Jesús, si las cortes no cumplen lo que nos prometen cuando nos dicen que no se determinará nada en orden a nuestra América hasta que lleguen nuestros diputados. Si desprecian los remordimientos de sus conciencias, son tan tibios en nuestra religión. Todavía hay en nosotros algún zelo y en fuerza de éste a nombre de la nación y porque primero fuimos católicos que buenos vasallos decimos que por último suplicamos, antes de tomar otros recursos que se suspendan en un todo la marcha de los jesuitas permaneciendo como hasta aquí, dándose cuenta a las cortes no ser voluntad de América que se efectué esta ni el cerrar los noviciados, pues si los americanos somos débiles en materias políticas en las religiosas somos valerosos soldados. Religión o Muerte. (Archivo General de la Nación, en adelante AGN, Justicia eclesiástica, tomo I, f. 18)

A pesar de que estos pasquines reflejan la inconformidad de los feligreses, el 16 de diciembre de 1821, el obispo escribió una carta al virrey, explicando que era falso de que el público se conmoviera sospechando la partida de los jesuitas, sin embargo, agregó lo siguiente, “el pueblo se halla abatido con esta noticia y acaso no hay uno de todos los vecinos de esta populosa población que no haya recibido muy mal y que no se exprese sobre este particular de un modo funesto presagiando unos resultados igualmente tristes”. Incluso algunos anónimos invitaban al pueblo a defender su religión: “Europeos y americanos ¿si es cierta la religión que profesáis? ¿Por qué se mantienen en silencio los obispos, curas y demás sacerdotes viendo los impíos decretos que acaban de llegar? ¿Y si es falsa? ¿Qué esperáis para no sacudir el yugo que os impone?” (AGN, Justicia eclesiástica, tomo I, f. 19).

Otro mensaje, dirigido al rey, manifestaba que todos estaban a la expectativa de su conducta sobre este asunto: “temo con bastante fundamento que si no se suspenden pueden tener funestos resultados porque V. E., no ignora la fuerza moral e influjo del clero secular y regular de Nueva España”. Además, agregaba que Guayaquil ya se había declarado independiente y este mal ejemplo podía extenderse por doquier, “porque parece que las cortes no tienen la menor idea de lo que son las Indias y están empeñados en perderlas. Aquí hasta los más decididos por la unión de España están volteando casaca” (AGN, Justicia Eclesiástica, tomo I, f. 24).3

La religión permeaba casi todos los aspectos de la vida cotidiana y pública, por tanto, una parte de la sociedad novohispana y luego mexicana de la década de 1820 opusieron una fuerte resistencia a las ideas ilustradas y al proceso de secularización. Una estrategia de protesta no violenta se manifestó en folletos, volantes, pasquines anónimos, acrósticos y poesías. De esta manera, las clases subalternas se desahogaban y enfrentaban a los poderosos sin el peligro de ser descubiertos y castigados (Scott, 2003). He aquí una poesía que revela parte del pensamiento de aquellos años:

Oye ilustre pastor americano

De tus tristes ovejas el valido

Con que el favor imperas de tu mano

Que suspenda la presa que atrevido

Intenta ser el lobo mal tirano

Con otros muchos que se ha unido

Este es aquel Boltaire luterano

Favor de los cetros que ha venido

Opuestos a los dogmas de cristianos

Que todo monasterio sea extinguido

¿Lo ha autorizado el papa? No es muy humano

No, no debe de ser obedecido

Sí, no obedezcáis príncipe diocesano

Muere con tus ovejas al partido

No temas a ningún diocesano

Con católica sangre sea ungido

Todo este vasto suelo indiano

Que jamás por su ley cobarde ha sido.

Pese a la resistencia de algunos sectores, el proceso de secularización se hizo presente de diferentes maneras, por ejemplo, se reglamentaron los usos de las campanas de la ciudad (Staples, 1977, pp. 178-180), se removieron las imágenes religiosas de las calles públicas, se demolieron templos y capillas. Andrés Lira señala que se intentaba dar “un aspecto a la ciudad acorde con la vida civil y republicana de la que el ayuntamiento era portavoz” (Lira, 1974, p. 93).

La promulgación del Decreto de Supresión de Ódenes Monacales generó inconformidad en la ciudad de México. A lo largo de 1821 hubo constantes solicitudes por parte de civiles y religiosos para que se restablecieran las órdenes suprimidas. Una vez consumada la independencia, el nuevo gobierno tuvo que afrontar los problemas heredados de la política anticlerical española. En numerosos folletos y volantes anónimos de la época se solicitó reparar el daño “causado a la religión” (Ocampo, 1969, p. 241). A pesar de estas peticiones, el gobierno mexicano no se retractó.

La situación de los conventos y el ayuntamiento

Desde la promulgación de la Ley de Consolidación de Vales Reales en 1804, la economía de los hospitales se vio dañada, cuestión que se agravó con el movimiento insurgente. Además, en estos años de crisis, el diezmo y las limosnas disminuyeron notablemente. Por estas razones, al momento de suprimir las órdenes hospitalarias en 1821, su situación económica era precaria y no podían sostener sus obras de beneficencia.

El 9 de noviembre de1820, el gobierno de Madrid ordenó al virrey de Nueva España que se pusiera de acuerdo con “los comisionados del crédito público y jefes superiores de la hacienda nacional”, para que se verificara con el mayor decoro y regularidad la supresión de monasterios y hospitales:

Y respeto a la supresión de los conventos de las órdenes de San Juan de Dios y Betlemitas quedarían muchos hospitales y escuelas de primeras letras que tal vez serán de gran utilidad para el público, sin el servicio que corresponde y que también puede ser muy perjudicial su reforma o extinción dispondrá VE, que los respectivos Ayuntamientos se hagan cargo en virtud de sus atribuciones de estos establecimientos tan necesarios, proponiendo los arbitrios para la subsistencia sin gravamen del pueblo. (AGN, Justicia eclesiástica, tomo I, f. 127)

Entre otras cosas, se disponía que el ayuntamiento se hiciera cargo de los archivos, libros y objetos del arte, que recibirían por inventario los comisionados. Esta última correspondencia llegó a México el 14 de febrero de 1821. Inmediatamente, el virrey informó a las Diputaciones Provinciales, a los obispos y al ayuntamiento de la capital, confirmando que este último debería hacerse cargo de escuelas y hospitales, pues en ningún momento debían quedar abandonados.

Pero cuando el virrey Apodaca recibió la real orden a fines de 1820, el descontento independentista iba en aumento. Por eso solo se atrevió a promulgar el decreto en la ciudad de México, dejando a los intendentes la libertad de utilizar la ley a discreción. La medida era hábil, pues los únicos hospitales conventos, como el de San Juan y Belem, estaban en la ciudad de México. Así, al suprimirse éstos, los que estaban en las provincias quedarían aislados y condenados a la extinción (Muriel, 1960, pp. 283-284). Sin embargo, muchos lograron resistir y continuaron funcionando.4

En enero de 1821 se procedió a lanzar de los hospitales a los juaninos, a los hermanos de la caridad de San Hipólito y a los betlemitas. Pero, antes, el ayuntamiento nombró una comisión integrada por los regidores para encargarse de las escuelas y hospitales. José de Tagle y Juan Arce quedaron a cargo de la Escuela de Belem; Francisco Javier de Heras se encargó del Hospital de San Juan de Dios; Miguel Dacomba de San Lázaro; y José Manuel de Balvotin de San Hipólito (Archivo Histórico de la Ciudad de México, en adelante AHCM, Actas capitulares, 19 de febrero 1821, p. 125). En esta ocasión, los miembros del gobierno local afirmaron:

Si el ayuntamiento se presta sin réplica y gustoso a correr con esos establecimientos es por no abrumar a su superioridad proponiéndole dificultades, desembarazándole con ellas sus suposiciones ulteriores, pero que si no se le auxilia cuanto antes por su Excelencia y por su excelentísima Diputación Provincial con la adjudicación de los fondos propios privativos de otros hospitales y convención de arbitrios capaces de llenar el gran déficit que todavía resulta, de nada serviría la disposición de los señores comisionados a trabajar personalmente y tendrá esta corporación que cerrarlos bien pronto pues no cuenta para empezar sino con suplementos que ni pueden ser tan cuantiosos como se necesitan ni proporcionan mucha espera, por lo que se le suplica que luego que resuelva comience la responsabilidad, se sirva disponer que se liquiden sin pérdida de tiempo qué capitales están destinados en rigor de justicia para manutención y curación de los enfermos y que si no pulsa ningún inconveniente se entreguen a este cuerpo todas las escrituras que existan en los conventos para reconocerla y representas a su Excelencia lo que estime conveniente. (AHCM, Actas capitulares, 19 de febrero de 1821, p. 125)

Una vez formada la Comisión de Educación y Hospitales, los comisionados solicitaron informes a los prelados de Belem, San Juan de Dios y San Hipólito, con el fin de llevar a efecto la real orden de 9 de octubre de 1820. He aquí un breve resumen: en Belem había una escuela donde se educaban a 259 niños, allí se les enseñaba a leer, escribir, doctrina cristiana y urbanidad, y no pagaban nada por su enseñanza, aunque algunos daban medio real cada mes. No era vista como una contribución, pues a todos se les daba tinta, papel, libros y plumas. Dicha escuela no tenía más dotación que 15 pesos, rédito de 300 pesos “impuesto a cuatro asesorías del callejón”. Además, el convento contaba con un hospital de convalecencia en el que había diariamente entre 14 y 16 enfermos, los cuales recibían cama, medicina y alimentos. El gasto anual de la enfermería era de 4,000 mil a 4,500 pesos, “y los fondos particulares que tenía procedente de imposiciones hechas a haciendas y casas por varios bienhechores ascendían a sesenta mil y pico de pesos, a los que veinte mil se hallan ahora concursados, sin que podamos asegurar si hay algunos otros capitales en el mismo” (AGN, Justicia eclesiástica, tomo I, f. 141).

Por su parte, la orden de San Juan cuidaba de un hospital situado en el convento y además el de San Lázaro y San Antonio Abad. El primero tenía 50 enfermos y se sostenía de réditos y arrendamientos de algunas fincas dadas por “bienhechores” para la curación de los enfermos y ascendían a 24 mil pesos que se gastaban en un año en medicamentos y salarios. El Hospital de San Lázaro contaba con 70 enfermos cuya curación anual importaba 14 mil pesos. Los fondos de ese capital eran de 75 mil 600 pesos de capitales impuestos en diversas partes, pero de ellos 38 mil estaban perdidos, de tal forma que en ese año sólo contaba con seis mil pesos.

En cambio, los religiosos de San Hipólito tenían a su cargo el “hospital de locos” con 50 enfermos y un gasto no menor de ocho mil pesos. Ante tales circunstancias, el ayuntamiento dudaba sostener la escuela y los hospitales. Y sus miembros se preguntaban, “¿con qué se va a curar y mantener cerca de 200 individuos? Que según la experiencia de hospitales le deben importar cosa de seis reales diarios por persona que suma al año de 55 a 60 mil pesos, es decir que tendremos un deficiente de más de cuarenta mil pesos y si aumentaran los enfermos crecerá el gasto anual” (AGN, Justicia Eclesiástica, tomo I, f. 141v).

Para resolver el problema la comisión hizo sus propuestas: reducir de dos maestros a uno en la escuela y tratar de conservar y mejorar los hospitales. Opinaron que se estableciera un solo hospital cívico con toda la extensión y comodidad, lo que ahorraría una cuarta parte de los gastos, y que fuera el de San Hipólito porque era el más adecuado por su ubicación. Pero, ¿con qué fondos sostendrían estos establecimientos? Según la comisión, en lo referente a la escuela de Belem, se contaba aún con la gratificación que daba al ayuntamiento la Lotería Nacional por la asistencia a los sorteos que el virrey tenía ya cedidas a las escuelas, y se argumentó que con un poco más de los fondos públicos se podrían cubrir los gastos. Este optimismo pronto se enfrentó con la realidad. Las finanzas del ayuntamiento de la ciudad de México eran insuficientes para cubrir nuevos gastos (Gamboa, 1994).

El 21 de febrero, el virrey escribió al arzobispo para que nombrara a personas de confianza para que se hicieran cargo de las iglesias de los conventos suprimidos y recibieran bajo inventario los ornamentos del culto conforme lo establecía el artículo 29. Asimismo libró orden al ayuntamiento para que se presentaran los comisionados a recibir la escuela y los hospitales (véase AGN, Justicia Eclesiástica, tomo I, f, pp. 150-151).

Una vez que los regidores se hicieron cargo de los hospitales, exigieron al ayuntamiento los gastos para su mantenimiento. Por ejemplo, Balvotín, encargado del “hospital de pobres dementes de San Hipólito”, propuso un sueldo anual de seiscientos pesos para don Juan Rodríguez, prior del convento, dos enfermeros con un sueldo de trescientos pesos cada uno, dos porteros a cien pesos cada uno, cuatro mozos a setenta y dos pesos cada uno, un cocinero con noventa y seis pesos, un atolero cuarenta y ocho pesos, un “facultativo” con ciento cincuenta pesos y un barbero con setenta y dos pesos. Exceptuando al barbero y el facultativo, todos los demás tendrían que comer y vivir en el hospital (véase AHCM, Actas capitulares, 26 de febrero 1821, p. 148).

No solo faltaba personal para la administración y mantenimiento, sino también algunos edificios y muebles estaban deteriorados. Para colmo, los enfermos empezaron a aumentar en los diferentes hospitales. Heras comunicó al ayuntamiento que las camas del hospital de San Juan de Dios eran insuficientes y se hallaban “desprovistas”. Por lo tanto, para resolver estas carencias solicitó mil 500 pesos (AHCM, Actas capitulares, 26 de febrero 1821, p. 150).

Conforme avanzaron los días, los problemas aumentaron. En marzo, el mismo Heras presentó, inconforme, una lista de salarios atrasados que adeudaba el “convento de San Juan de Dios a los dependientes y criados del hospital”. Asimismo, comentaba que en iguales condiciones se encontraba el Hospital de San Lázaro (AHCM, Actas capitulares, 18 de marzo 1821, p. 190).

Aparte de los gastos del hospital, el ayuntamiento también tuvo que costear las fiestas religiosas de los templos de los conventos suprimidos: desde el 5 de abril, los comisionados solicitaron al ayuntamiento dinero para celebrar las fiestas de los santos titulares, jubileos y semana santa, pues, según el artículo 28 del decreto de 1820, el ayuntamiento no podría exigir al obispo “toda la carga del culto religioso”, y sin embargo, el obispo había contribuido con dinero, tratando de evitar:

que el público no advierta la menor innovación, que no falten a los fieles que se encuentren en las iglesias los socorros espirituales que en ellas disfruta, que desde la efectiva suspensión de hospitalarios hasta esta fecha se ha cumplido la calidad de por ahora con que se explicó su excelencia en cuanto a mantener abiertas las iglesias costeando su ilustrísima el gasto del vino, aceite, cera y demás que ha sido indispensable, menos en el hospital de San Lázaro, donde lo costea el regidor del ayuntamiento. (AHCM, Actas capitulares, 5 de abril 1821, p. 247).

A partir de abril, el ayuntamiento cubrió parte de los gastos de las fiestas religiosas, así, el 26 de ese mismo mes, Balvotín cobró a la tesorería 287 pesos por los gastos de la semana santa. El 19 de junio, Heras informó que los gastos de San Juan de Dios del mes de abril hasta el 8 de junio habían sido de cuatro mil 288 pesos tres reales, y éstos habían sido cubiertos por el ayuntamiento. Con tal suma, se pagaron medicamentos y el salario de siete médicos; una cantidad de mil 214 pesos (véase AHCM, Actas capitulares, 19 de junio 1821, p. 407), lo que indica que los comisionados buscaron personal capacitado para curar a los enfermos y trataron de innovar y mejorar la calidad de los servicios en estos espacios públicos de beneficencia.

La situación era complicada. En julio de 1821, el ayuntamiento solicitó al teniente general que se le entregasen los bienes pertenecientes a los hospitales que estaban a su cargo, proponiendo que “VE. Disponga quién los ha de manejar y de qué fondos pues los del ayuntamiento se han agotado y están desatendidas sus principales obligaciones”. Sin embargo, el 16 de agosto se informó que la solicitud “es opuesta a la real orden y no debe accederse a ella pues los bienes de los monasterios son para el crédito público y los hospitales deben mantenerse con los arbitrios que proponga el ayuntamiento y apruebe el gobierno”. Ante esta respuesta, el ayuntamiento informó amenazante que dejaría de servir a los enfermos en los hospitales, “a no ser que el intendente entregase a los administradores el dinero necesario” (AGN, Justicia eclesiástica, vol., I, fs, 192.193).

Conforme pasó el tiempo, fue más difícil para esta institución otorgar dinero a los hospitales para su funcionamiento. En el mes de agosto surgieron problemas entre los administradores y el cabildo, ya que los primeros solicitaron los intereses que producían los bienes confiscados y el segundo reclamaba el derecho a mantenerlos bajo su jurisdicción. Ante el aumento constante de los enfermos, el administrador de San Juan de Dios advirtió al ayuntamiento que de no recibir los recursos necesarios, ya no se admitirían más enfermos. A esta advertencia se sumaron los hospitales de San Andrés y San Lázaro (AHCM, Hospitales, vol. 2304, exp. 14, fs. 5-6). Las amenazas propiciaron que el cabildo decidiera el 21 de agosto entregar los fondos y los bienes de las órdenes suprimidas a los hospitales. Sin embargo, seis días después se negó a efectuar el traspaso y los bienes no fueron devueltos tal como se había anunciado. Por tanto, a partir del día primero de septiembre, los administradores se negaron a recibir más enfermos y junto con los párrocos se quejaron ante el ayuntamiento advirtiendo que los enfermos que vagaban por casas y calles podrían convertirse en un foco de infección en la ciudad (AHCM, Hospitales, vol. 2304, exp. 19).

Finalmente, el ayuntamiento logró que se reabrieran las puertas de los hospitales, pero no entregó las propiedades, como solicitaban los administradores. Eso no significó que los problemas se resolvieran, pues las autoridades no contaba con recursos económicos para sostener los nosocomios ni para pagar las indemnizaciones, lo que provocó que en distintos momentos éstos cerraran o reabrieran sus puertas (Ronzón, 1994, pp. 27-28). Las protestas por parte de los comisionados continuaron, por ello, el intendente expresó lo siguiente:

Que los fondos de las religiones hospitalarias suprimidas cuya colección está a cargo de su Señoría (el intendente), de ninguna manera deben venir al cabildo pues el decreto de supresión no previene semejante cosa sino que los ayuntamientos para su subsistencia propongan arbitrios, consistiendo en la omisión del cabildo en esta parte que los hospitales carezcan de recursos para su manutención y gastos a más de lo que su señoría recauda no alcanza para la pensión de los religiosos suprimidos y culto de sus respectivas iglesias, advirtiéndose al mismo tiempo que los hospitales han recibido más enfermos que los que el ayuntamiento pudiera socorrer, pues el de San Juan tenía 40 y hoy 240 de que resulta el gasto de 25 mil pesos que en su atención se ha consumido (AHCM, Actas capitulares, 19 de septiembre, 1821).

Como los comisionados, Heras, Balvotín y Damacota, no lograron que los bienes de los conventos suprimidos pasaran a manos del ayuntamiento, ni tampoco obtuvieron dinero para asistir a los enfermos, hicieron su “formal renuncia” el 19 de septiembre de 1821. Javier Heras culpaba al ayuntamiento de su falta de decisión para mantener los hospitales. “La condescendencia del ayuntamiento por no haber tomado la providencia […] en orden a recursos para los gastos de los ramos de que se ha encargado no solo lo han conducido al miserable estado en que se halla, sino que dentro de breve han de ponerlo en el de una verdadera quiebra” (AHCM, Actas capitulares, 2 de octubre 1821).

Los argumentos de Heras no estaban equivocados y, finalmente, en junio de 1823 el ayuntamiento, no contando con fondos suficientes para sostener el hospital, dispuso que se cerraran sus puertas (AHCM, Actas capitulares, junio de 1823, pp. 31-36). San Hipólito corrió la misma suerte y su edificio, junto con el de San Juan de Dios, fue destinado para alojar las tropas del ejército. En 1824 y 1829, una vez más, se intentó reabrirlo, pero la situación política y la escasez de dinero lo impidieron. Esta primera etapa refleja el fracaso del gobierno municipal para sostener una institución que con todo y sus problemas había sido relativamente más exitosa en manos de la Iglesia.

Los regulares y la secularización

Uno de los artículos del decreto de supresión de 1820 también invitaba a la secularización de los miembros de las órdenes suprimidas. Al parecer, esta medida tenía el propósito de trasladar a los religiosos del clero regular al clero secular, pero también permitía que éstos pudieran elegir una vida laica. Para llevar a cabo este objetivo, el gobierno novohispano otorgó facilidades. Según el artículo 14, se ofrecía como pensión cien ducados de gratificación a todos los religiosos ordenados in sacris que optaran por la secularización. Esta forma de pensión la disfrutarían hasta que obtuvieran algún beneficio o renta eclesiástica para subsistir. Además, se les protegía contra cualquier tipo de vejación o castigo de sus superiores. Con tales facilidades, muy pronto abundaron las solicitudes de varios religiosos para efectuar su secularización.

Desde el 2 de marzo de 1821 empezaron a llegar las primeras solicitudes de los religiosos, no sólo de la capital sino de la provincia. A los primeros solicitantes les fue negada la pensión, porque ésta sólo se les otorgaría a los ordenados in sacris. En estos casos, los solicitantes eran legos y no estaban ordenados. Es probable que muchos de los miembros de las órdenes hospitalarias fueran legos, pero esto no impedía que se les denominaran como frailes.5

Sin embargo, también acudieron religiosos de la Orden de la Merced, sin que ésta hubiera sido suprimida. Una de las razones que argumentaron para secularizarse eran motivos económicos. Por ejemplo, “Francisco Pérez, religioso corista lego de la orden de la Merced, solicita secularización así por convenir a su conciencia como por indigencia y desnudez en que se halla”.6

Para evitar confusiones, el intendente solicitó las listas de los religiosos de cada orden suprimida con el fin de que “se les diesen las pensiones señaladas”. Por tanto, se mandó a imprimir un modelo de solicitud y se distribuyeron credenciales a los pensionados (AGN, Justicia eclesiástica, vol. II, fs. 235.237).7 Había 19 religiosos en el convento de San Juan de Dios; 18 en el de Belem y 25 en el de San Hipólito (AGN, Justicia eclesiástica, tomo I, pp. 220-225).

Entre marzo y abril, los religiosos que cumplieron con los requisitos hicieron su respectiva solicitud y obtuvieron su pensión, al menos por un tiempo. Sin embargo, muy pronto el gobierno tuvo problemas para pagar a los religiosos secularizados. En mayo de 1821, el intendente informó que había pagado la cantidad siguiente:

A los jesuitas, 482 pesos

A los de San Juan de Dios y San Lázaro, 629

A los de San Hipólito y el Espíritu Santo, mil 34

A los Betlemitas, 666

A los Monserrate, 150

En total, dos mil 962 pesos

Además, agregaba que ya no se contaba con dinero para pagar a los que faltaban. Así no resulta extraño que en el mes de junio, fray Segundo Martínez, Juan Abreu y otros más se quejaran porque no se les había pagado (AGN, Justicia eclesiástica, vol. I, f. 215). Entonces, el intendente comunicó al teniente general la falta de fondos para sufragar los gastos y cubrir las pensiones de los regulares, pues algunos habían contraído deudas y ahora desacreditaban al gobierno. Las listas nominales de los regulares a quienes se les debía la pensión, a fines de junio ascendía a cinco mil 855 pesos, de los cuales el intendente afirmó en septiembre de 1821 que se debía 855, más las asignaciones del julio y agosto importaban dos mil 776 pesos, que sumaban la cantidad de tres mil 621 pesos. Por lo tanto, suplicaba al teniente general se le entregara el dinero ya que:

Los interesados me instan diariamente aun con lágrimas en los ojos por su congrua porque están careciendo de este único recurso que tienen para subsistir porque en lo absoluto carecen de arbitrios y esto me estimula a hacer lo presente a VE. Suplicando que en uso de su acreditada caridad tenga la bondad de prevenir a dichos señores ministros que inmediatamente me entreguen la expresada cantidad de 3,621 pesos tres reales para que se hagan los pagos respectivos y se socorran a estos infelices en sus necesidades que me consta con sumo dolor a mi corazón, están pereciendo y casi en estado de mendicidad (AGN, Justicia eclesiástica, tomo I, f. 264v).

El problema para llevar a cabo la ley de supresión de monasterios era la falta de recursos económicos, precisamente en un año en que se efectuaba un importante cambio político: la independencia de México.

El proceso de secularización no sólo implicaba el paso del clero regular al secular, sino también hacia la vida laica. En la documentación de la época existen varios casos donde los regulares dejaron la vida religiosa para ir a la milicia o a estudiar leyes. Por ejemplo, en el mes de septiembre de 1821, José Mariano Góngora, exreligioso de San Hipólito, pidió al intendente “una constancia de su congrua para acreditar las asistencias de cadete en milicias provinciales de México” (AGN, Justicia eclesiástica, tomo I, fs. 269-270).

En suma, los problemas de inestabilidad social, penurias económicas y divisiones políticas complicaron el proceso secularizador y retrasaron el traspaso de los hospitales de caridad y beneficencia a manos del ayuntamiento y del Estado hasta fines del siglo XIX.8

Conclusión

La Ley de Supresión de Monasterios y Órdenes Monacales se inscribe en el largo proceso de desamortización y secularización que iniciaron los gobiernos borbones y continuaron los regímenes liberales del México decimonónico. Uno de los propósitos era disminuir el poder de la Iglesia, trasladando los hospitales de beneficencia a manos del gobierno civil. Así, la promulgación de esta medida legislativa fue un intento más del gobierno por administrar los espacios públicos que hasta entonces habían estado en manos religiosas. Sin embargo, la situación social y política de la década de 1820, la falta de experiencia en la administración de los hospitales públicos por parte de los miembros del ayuntamiento de la ciudad de México y sobre todo la falta de recursos económicos, llevaron al fracaso.

Durante los años veinte del siglo XIX, los hospitales religiosos estaban en malas condiciones. En ese contexto, el ayuntamiento trató de manejar los hospitales de los conventos suprimidos y las escuelas de Belem, pero a pesar que los comisionados Javier Heras y Miguel Balvotín se esforzaron por mejorar las condiciones y el servicio de estos hospitales, y hasta reclamaron constantemente los bienes del hospital con la finalidad de obtener recursos económicos, el ayuntamiento tuvo problemas financieros para sostener esta nueva responsabilidad. Para colmo, los enfermos aumentaron en los hospitales, y la falta de dinero hizo más evidente la pobreza de estos centros de beneficencia.

Los religiosos de las órdenes hospitalarias y sus centros de beneficencia pública habían representado sin duda una esperanza para los enfermos pobres de la ciudad, y esta acción de caridad, difícilmente podía ser sustituida de manera inmediata por los gobiernos civiles que carecían de experiencia y recursos económicos. Valdría la pena continuar el estudio de las instituciones hospitalarias y su relación con el gobierno durante el siglo XIX, para observar con mayor profundidad su organización y sus efectos sociales, tratando de dilucidar el momento clave en que el Estado logró apropiarse de los hospitales públicos y hacerlos funcionar de manera adecuada.

En suma, la promulgación del Decreto de Supresión de Órdenes Monacales fue un paso entre al antiguo régimen y el Estado nacional que de manera mínima sentó las bases y disminuyó el poder de la iglesia en los espacios públicos y en el control de las instituciones de beneficencia.

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1 Por ejemplo, en abril de 1821, el ayuntamiento de la ciudad de México fue informado que por decreto de las Cortes de Cádiz de 1820, seguían en vigor las disposiciones de 1745 contra la vagancia (véase Pérez Toledo, 1993, p. 28).

2La situación no mejoró, las crisis políticas y penurias económicas continuaron en las siguientes décadas. Para 1855, el soldado francés Ernest Vigneaux estimó que los léperos de la ciudad de México ascendían a 50 mil (citado en Arrom, 2011, p. 25).

3Puebla, diciembre de 1820, anónimo enviado al virrey de Nueva España.

4Comentario personal de Anne Staples.

5La palabra fraile proviene del latín frater, hermano, en tanto que lego, del latín laicus; ignorante u ordinario, también de indoctus, inexperto. Véase Pimentel, 1997.

6Llama la atención que los mercedarios quisieran secularizarse y mencionaran motivos de pobreza cuando vivían en comunidad

7En este volumen se encuentran los machotes impresos pero no encontramos ninguna credencial.

8Por ejemplo, a fines del siglo XIX se inauguró la Penitenciaria del Distrito Federal y el Hospital General, que según las autoridades sanitarias y los cronistas de la época, en nada envidiaba a los mejores del mundo. Posteriormente se inauguró el Manicomio General. Ambas instituciones sociales ejercieron un control social sobre las clases trabajadoras (citado en Padilla, 1993, p. 67).

Recibido: 08 de Marzo de 2016; Aprobado: 18 de Abril de 2018

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